DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-677-ANCE-2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-677-ANCE-2020, "VEHÍCULOS ELÉCTRICOS-EQUIPOS DE ALIMENTACIÓN" (CANCELA A LA NMX-J-677-ANCE-2014)

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 39 fracción III, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 36 fracciones I y XII del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C.", por medio del Comité de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (CONANCE), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido o consultado en la sede de dicho organismo o en sus sucursales ubicados respectivamente en Av. Lázaro Cárdenas No. 869, Fracc. 3, Colonia Nueva Industrial Vallejo, C.P. 07700, Ciudad de México, teléfono: 55 5747 4564, correo electrónico: vnormas@ance.org.mx o consultado en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.

La Norma Mexicana NMX-J-677-ANCE-2020 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20200131135629790.

CLAVE O CÓDIGO

TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA

NMX-J-677-ANCE-2020

Vehículos eléctricos-Equipos de alimentación (cancela a la  NMX-J-677-ANCE-2014).

Objetivo y campo de aplicación

Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y métodos de prueba aplicables a la entrada del equipo de alimentación de vehículos eléctricos (VE) con una tensión de fuente primaria igual o menor que 600 V c.a., con una frecuencia de 60 Hz y que se destina para suministrar energía en c.a. a un vehículo eléctrico con una unidad de carga a bordo. Esta Norma Mexicana aplica al equipo de alimentación para vehículos eléctricos que se destina para utilizarse en donde no se requiere ventilación.

Algunos ejemplos de equipo de alimentación de VE que se incluyen en esta Norma Mexicana son los siguientes:

a) Extensiones para VE-Con tensión asignada máxima de 127 V c.a. y corriente asignada máxima de 16 A, que se conectan por cordón y se destinan para uso interior y exterior;

b) Estaciones de carga que se sujetan a su lugar para VE-Con tensión asignada máxima de 250 V c.a. y corriente asignada máxima de 40 A, que se conectan por cordón y se destinan para uso interior y exterior;

c) Estaciones de carga fijas en su lugar para VE-Con tensión asignada máxima de 600 V c.a., que se conectan permanentemente y se destinan para uso interior o interior y exterior; y

d) Toma de corriente fijas en su lugar para VE-Con tensión asignada máxima de 600 V c.a., que se conectan permanentemente y se destinan para uso interior y exterior o exclusivamente para uso interior.

Los productos que se cubren en esta Norma Mexicana se destinan para utilizarse de acuerdo con los requisitos de la regulación nacional vigente en materia de instalaciones eléctricas (para propósitos informativos, consultar el renglón 1 en el Apéndice A).

Esta Norma Mexicana no cubre las extensiones o cordones de alimentación para aplicaciones que no sean extensiones para cargar VE. Las extensiones y cordones de alimentación están cubiertos por las Normas Mexicanas NMX-J-195-ANCE-2018 y la NMX-J-436-ANCE-2007 (para propósitos informativos, consultar el renglón 2 y renglón 3 respectivamente en el Apéndice A).

Esta Norma Mexicana no aplica a conectores del vehículo eléctrico que cubre la Norma Mexicana  NMX-J-678-ANCE-2014 (para propósitos informativos, consultar el renglón 5 en el Apéndice A).

Esta Norma Mexicana no aplica a equipos que se destinan a la transferencia de energía inalámbrica, que también puede designarse como carga inalámbrica, carga inductiva, carga por resonancia magnética o cualquier otra designación similar que indique la transferencia de energía desde el EAVE al vehículo a través de un conductor distinto al conductor de conexión.


Concordancia con Normas Internacionales

Esta Norma Mexicana NMX-J-677-ANCE-2020, Vehículos eléctricos-Equipos de alimentación,  NO ES EQUIVALENTE con la Norma Internacional IEC 61851-1, Electric vehicle conductive charging system-Part 1: General requirements, ed3.0 (2017-02), por las razones siguientes:

a) La Norma Internacional proporciona métodos de prueba mecánicos, electromagnéticos y ambientales, sin embargo, la presente Norma Mexicana proporciona mayor cantidad de métodos de prueba que se relacionan con: corriente de fuga, corriente de entrada, de temperatura, descarga del capacitor, aguante del dieléctrico a la tensión, liberación de esfuerzo, de impacto, de caída, entre otros, con el fin de proporcionar un grado de seguridad mayor en los equipos de alimentación.

b) La presente Norma Mexicana incluye instrucciones de mantenimiento por el usuario, así como instrucciones de manejo, transporte y almacenamiento de los dispositivos, mismos que no se proporcionan por la Norma Internacional, lo anterior para proporcionar seguridad y protección a los usuarios.

c) Esta Norma Mexicana proporciona requisitos generales para el equipo de suministro de vehículos eléctricos para su uso de acuerdo con la norma de instalaciones eléctricas de México. En la actualidad no existe una norma IEC para estos productos para su uso de acuerdo con dicha norma. Por lo tanto, esta Norma Mexicana no emplea ninguna norma IEC para los requisitos básicos.

Cabe señalar que se tiene la Norma Mexicana NMX-J-684/1-ANCE-2013, la cual toma como base de adopción la Norma Internacional IEC 61851-1, Electric vehicle conductive charging system-Part 1: General requirements, ed2.0 (2010-11).

Bibliografía

-        IEC 61851-1 ed3.0 (2017-02), Electric vehicle conductive charging system-Part 1: General requirements.

-        C22.2 No. 280-13 Ed. 2, Electric vehicle supply equipment.

-        UL 2594 Ed. 2, Electric vehicle supply equipment.


Atentamente,

Ciudad de México, a 7 de abril de 2020.- El Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.