DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-FF-034-SCFI-2020, PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA USO HUMANO NO INDUSTRIALIZADOS-CEREALES-MAÍZ (Zea mays L.)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 39 fracciones III y XII, 51-A, 51-B, 54 y 66, fracción V, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada como proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional para productos Agrícolas y Pecuarios (CTNN-PAP), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico dgn.alimentaria@economia.gob.mx o puede ser adquirido en la sede de dicho Comité ubicado en Av. Municipio Libre No. 377, Col. Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, Código Postal 03310 o al correo electrónico: gabriela.jimenez@agricultura.gob.mx.
La presente Norma Mexicana NMX-FF-034-SCFI-2020 entrará en vigor 60 días posteriores de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20201015000630887.
CLAVE O CÓDIGO |
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA |
NMX-FF-034-SCFI-2020 |
PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA USO HUMANO NO INDUSTRIALIZADOS-CEREALES-MAÍZ (Zea mays L.)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA |
Objetivo y campo de aplicación El presente Estándar establece las especificaciones que debe reunir el grano de maíz Zea mays L. Las especificaciones establecidas en el presente Estándar aplican al grano de maíz proveniente de variedades comerciales que se producen o comercializan en el territorio nacional. |
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Concordancia con Normas Internacionales La presente Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) a ninguna Norma Internacional por no existir referencia al momento de su elaboración. |
Bibliografía
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Atentamente
Ciudad de México, a 4 de mayo de 2021.- El Director General de Normas y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.