AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-013-SCFI-2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

AVISO DE CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO DE NORMA MEXICANA PROY-NMX-F-013-SCFI-2020, "CAFÉ PURO TOSTADO, EN GRANO O MOLIDO, SIN DESCAFEINAR O DESCAFEINADO-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELARÁ A LA NMX-F-013-SCFI-2010)."

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción X, 39, fracciones III y XII, 51-A, 51-B, 54 y 66 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 43, 44 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuatro Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica el Aviso de Consulta Pública del Proyecto de Norma Mexicana que se indica a continuación, misma que ha sido elaborada como proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional para Productos Agrícolas y Pecuarios (CTNN-PAP), con número SINEC: 20201015000653800, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.

De conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, este Proyecto de Norma Mexicana, se publica para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el seno del Comité que lo propuso, ubicado en Municipio Libre número 377, piso 2 Ala B, colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, Ciudad de México, o a los correos electrónicos: gabriela.jimenez@agricultura.gob.mx y santiago.arguello@agricultura.gob.mx.

El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca No. 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico: dgn.alimentaria@economia.gob.mx o puede ser adquirido en la sede de dicho Comité.

CLAVE O CÓDIGO

TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA

PROY-NMX-F-013-SCFI-2020

CAFÉ PURO TOSTADO, EN GRANO O MOLIDO, SIN DESCAFEINAR O DESCAFEINADO-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELARÁ A LA NMX-F-013-SCFI-2010)

Síntesis

El presente Proyecto de Estándar establece las especificaciones para el café puro tostado en grano o molido, sin descafeinar o descafeinado y los métodos de prueba.

El presente Proyecto de Estándar es aplicable al café puro tostado, en grano o molido, descafeinado o sin descafeinar, independientemente del proceso o tueste por el cual fue obtenido, para ser comercializado en el territorio nacional.


Atentamente

Ciudad de México, a 4 de mayo de 2021.- El Director General de Normas y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.