AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-026-ASEA-2026, Sustancias sujetas a reporte de competencia federal del Sector Hidrocarburos para el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes - Listado, Umbrales de reporte para el Sector Hidrocarburos y criterios técnicos para incluir y excluir sustancias o modificar sus Umbrales de reporte.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- ASEA.- Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.

ANDREA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, Directora Ejecutiva de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, con fundamento en el artículo Décimo Noveno Transitorio, segundo párrafo, del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013; así como lo dispuesto en los artículos 1o., 2o., fracción I, 17 y 26, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., fracción XI, 4o., 5o., fracciones III, IV, VI y XXX, 6o., fracción II inciso a), 27 y 31, fracciones II, IV y VIII, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1, 127 y 164 de la Ley del Sector Hidrocarburos; 1, 3, fracciones VIII y IX, 10, fracciones VIII y XV, 24, 35, fracción V, primer párrafo y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 1 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o. y 3o., párrafos primero y segundo, fracciones I, VIII, XX y XLVII del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1o., 2o., fracción I, 3o., inciso B, fracción IV, 9, fracciones XXIII y XXXVII, 47 párrafo primero, 48, párrafos primero y tercero y 49 fracciones VI y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y

CONSIDERANDO

Que el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-026-ASEA-2026, Sustancias sujetas a reporte de competencia federal del Sector Hidrocarburos para el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes - Listado, Umbrales de reporte para el Sector Hidrocarburos y criterios técnicos para incluir y excluir sustancias o modificar sus Umbrales de reporte, fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos en su Primera Sesión Extraordinaria 2026, celebrada el día 05 de febrero de 2026, para someterlo a periodo de consulta pública.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 35, fracción V, primer párrafo y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, se publica en el Diario Oficial de la Federación, un aviso de consulta pública del Proyecto de la Norma Oficial Mexicana, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el Comité que lo propuso sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209, Colonia Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14210, México, o bien, al correo electrónico: hilda.pina@asea.gob.mx

Que el texto completo del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-026-ASEA-2026 puede ser consultado en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad a través del siguiente enlace: https://platiica.economia.gob.mx/proyectos-de-nom/

Código

PROY-NOM-026-ASEA-2026

Titulo:

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-026-ASEA-2026, Sustancias sujetas a reporte de competencia federal del Sector Hidrocarburos para el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes - Listado, Umbrales de reporte para el Sector Hidrocarburos y criterios técnicos para incluir y excluir sustancias o modificar sus Umbrales de reporte.

Síntesis: El Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece la lista de Sustancias sujetas a reporte de competencia federal del Sector Hidrocarburos que se emitan o transfieran en las Actividades del Sector Hidrocarburos para su integración en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), el cual es de observancia general y obligatoria en todo el territorio nacional y zonas donde la Nación ejerza su soberanía y jurisdicción, para los siguientes sujetos obligados:

1. Regulados responsables de Fuentes fijas de jurisdicción federal;

2. Grandes Generadores de Residuos Peligrosos que realicen Actividades del Sector Hidrocarburos;

3. Regulados que descarguen aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales, y

4. Prestadores de servicios autorizados para el manejo de Residuos Peligrosos en las modalidades de Reutilización, Reciclado, Co-procesamiento, Tratamiento, Incineración o Disposición Final provenientes de las Actividades del Sector Hidrocarburos.

Lo anterior, cuando emitan, transfieran, usen o elaboren y produzcan alguna de las sustancias que se encuentran listadas, en cantidades iguales o mayores a los Umbrales de reporte para el Sector Hidrocarburos.

Dicho Proyecto contiene los siguientes elementos:

a) Listado de Sustancias sujetas a reporte de competencia federal del Secor Hidrocarburos;

b) Umbrales de reporte, y

c) Criterios técnicos para incluir y excluir sustancias o modificar sus Umbrales de reporte.


Ciudad de México, a primero de abril de dos mil veintiséis.- La Directora Ejecutiva de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, Andrea González Hernández.- Rúbrica.