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DOF: 13/12/2010
AVISO de prórroga, para fines de verificación y vigilancia, de la aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanita

AVISO de prórroga, para fines de verificación y vigilancia, de la aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, respecto de normas oficiales mexicanas específicas de producto expedidas por la Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

AVISO DE PRORROGA, PARA FINES DE VERIFICACION Y VIGILANCIA, DE LA APLICACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS-INFORMACION COMERCIAL Y SANITARIA", RESPECTO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS ESPECIFICAS DE PRODUCTO EXPEDIDAS POR LA SECRETARIA DE ECONOMIA.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 1o., 2o. fracción II, inciso e), 3 fracciones XVII y XVIII, 38 fracción II, 39 fracciones VII y XII de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 50 de su Reglamento; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
CONSIDERANDO
Que el día 5 de abril de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria".
Que el inciso a), del numeral 1.2 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, establece que es aplicable a todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de fabricación nacional y extranjera, destinados al consumidor en territorio nacional, con la excepción de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que estén sujetos a disposiciones de información comercial y sanitaria, contenidas en normas oficiales mexicanas específicas, o en alguna otra reglamentación federal vigente que explícitamente excluya del cumplimiento de dicho ordenamiento.
Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias competentes de la Administración Pública Federal, la aplicación y vigilancia de dicho ordenamiento.
Que el numeral 8 de la "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria" establece que la verificación y vigilancia de dicha norma oficial mexicana se llevará a cabo por la Procuraduría Federal del Consumidor, en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
Que la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, ha emitido diversas normas oficiales mexicanas específicas de producto, que contemplan disposiciones particulares en materia de información comercial, para diversos alimentos y bebidas no alcohólicas, sin que alguna de éstas excluya explícitamente del cumplimiento de la "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria", lo que implica una duplicidad de regulaciones diferentes aplicables a alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, con sus consecuentes costos de cumplimiento.
Que los lineamientos generales del gobierno procuran minimizar los impactos adversos que puedan derivarse del cumplimiento a las regulaciones que la sociedad requiere, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO DE PRORROGA, PARA FINES DE VERIFICACION Y VIGILANCIA, DE LA APLICACION DE LA
NORMA OFICIAL MEXICANA "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES GENERALES DE
ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS-INFORMACION
COMERCIAL Y SANITARIA", RESPECTO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS ESPECIFICAS DE
PRODUCTO EXPEDIDAS POR LA SECRETARIA DE ECONOMIA
ARTICULO UNICO.- Para fines de verificación y vigilancia del cumplimiento de las especificaciones de información comercial, previstas en la "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria", se concede un plazo hasta el 1 de junio de 2011, a los productos sujetos a las normas oficiales mexicanas:
NOM-084-SCFI-1994
Información comercial-Especificaciones de información comercial y sanitaria para productos de atún y bonita preenvasados (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 1995).
NOM-139-SCFI-1999
Información comercial-Etiquetado de extracto natural de vainilla (Vanilla spp), derivados y sustitutos (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2000).
NOM-145-SCFI-2001
Información comercial-Etiquetado de miel en sus diferentes presentaciones (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2001).
NOM-149-SCFI-2001
Café Veracruz-Especificaciones y métodos de prueba (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 2002).
NOM-155-SCFI-2003
Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 2003).
NOM-158-SCFI-2003
Jamón-Denominación y clasificación comercial, especificaciones fisicoquímicas, microbiológicas, organolépticas, información comercial y métodos de prueba (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2003).
NOM-169-SCFI-2007
Café Chiapas-Especificaciones y métodos de prueba (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2007).
NOM-173-SCFI-2009
Jugos de frutas preenvasados-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009).
 
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Para la aplicación de la "NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria", respecto de las normas listadas en el presente Aviso, su entrada en vigor se prorroga al 1 de junio de 2011
SEGUNDO.- Publíquese de conformidad con el artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
México, D.F., a 6 de diciembre de 2010.- El Director General de Normas, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.
 

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