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DOF: 12/08/2016
NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015, Personas con discapacidad

NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015, Personas con discapacidad.- Acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil en situación de emergencia o desastre.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-008-SEGOB-2015, PERSONAS CON DISCAPACIDAD.- ACCIONES DE PREVENCIÓN Y CONDICIONES DE SEGURIDAD EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA O DESASTRE.
ROGELIO RAFAEL CONDE GARCÍA, Director General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil en mi carácter de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 fracción II, 40 fracciones VII, VIII, 41, 43, 44 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 19 fracción XV de la Ley General de Protección Civil; 62 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; así como al Acuerdo por el que se definen los efectos de los dictámenes que emite la Comisión Federal de Mejora Regulatoria respecto de las Normas Oficiales Mexicanas y su respectiva Manifestación de Impacto Regulatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 12 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 expone la ruta que el Gobierno de la República se ha trazado para contribuir de manera más eficaz, para lograr que México alcance su máximo potencial, estableciendo como Metas Nacionales: un México en Paz y un México Incluyente.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su Objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano; y en su Estrategia 1.6.1. Política estratégica para la prevención de desastres, como principales acciones que permitan atender a la población ante la presencia de una emergencia o desastre.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su Plan de Acción II.2. Integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades, buscando asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral.
Que el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018 expone en su Estrategia 1.3. Establecer mecanismos que garanticen el acceso de las personas con discapacidad a acciones, proyectos y programas de desarrollo social, con su Línea de Acción 1.3.6. Establecer mecanismos para que la atención de las personas con discapacidad sea prioritaria en situaciones de emergencia o desastre; y en su Estrategia 2.7. Fomentar la cultura de protección civil incluyendo a las personas con discapacidad, con su Línea de Acción 2.7.2 busca Garantizar que las instalaciones de la administración pública sean accesibles y seguras para el desplazamiento de personas con discapacidad en situaciones de emergencia y riesgo.
Que el Programa Nacional de Protección Civil 2014-2018, en su Capítulo III. Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción que establece en uno de sus objetivos, Generar un marco jurídico consistente que permita brindar certeza jurídica a las acciones en materia de protección civil, que define en su Estrategia 4.1 Consolidar la actualización y creación de ordenamientos jurídicos complementarios de la Ley General de Protección Civil, impulsando la emisión de Normas Oficiales Mexicanas que proporcionen regulaciones técnicas a los procesos y servicios de protección civil.
Que el 11 de noviembre de 2015 se publicó para consulta pública en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015 "Personas con discapacidad.- Acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil para su atención y auxilio en situación de emergencia o desastre", a fin de que los interesados en un plazo de 60 días naturales, enviaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización y Prevención de Desastres.
Que conforme al artículo 47, fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los comentarios al proyecto presentados por los interesados se analizaron en el seno del Comité, realizándose las modificaciones procedentes.
Que con fundamento en lo establecido en el artículo 47, fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las respuestas a los comentarios recibidos, previa aprobación del Comité, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 2016.
Que de conformidad en lo dispuesto por los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de
Mejora Regulatoria, quien emitió dictamen favorable de fecha 27 de julio de 2016.
Que con la aprobación de la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación con dictamen de fecha 6 de noviembre de 2015, habiendo cumplido el procedimiento que establece la Ley Federal de Metrología y Normalización para elaborar y emitir normas oficiales mexicanas y siendo aprobada su publicación en el Diario Oficial de la Federación por el Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-008-SEGOB-2015, PERSONAS CON DISCAPACIDAD.- ACCIONES DE
PREVENCIÓN Y CONDICIONES DE SEGURIDAD EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL EN SITUACIÓN
DE EMERGENCIA O DESASTRE
PREFACIO
La Secretaría de Gobernación, a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, reunió a los sectores interesados para participar en la elaboración de la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015 "Personas con discapacidad.- Acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil en situación de emergencia o desastre", a fin de establecer los requisitos básicos en materia de protección civil que deberán cumplir las dependencias, organismos y asociaciones de los sectores público, privado, social y académico en favor de las personas con discapacidad cuando se presenten contingencias provocadas por fenómenos naturales o antropogénicos.
La aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, contribuye a mejorar las condiciones de seguridad de las personas con discapacidad para salvaguardar su integridad física y su vida en los inmuebles e instalaciones donde laboran, estudian o concurren, al establecer requisitos mínimos que deben implementarse para garantizar su atención y auxilio en situaciones de emergencia o desastre, mismos que complementan los lineamientos del Programa Interno de Protección Civil.
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron:
-      Secretaría de Gobernación
-      Secretaría de Marina
-      Secretaría de la Defensa Nacional
-      Secretaría de Desarrollo Social
-      Secretaría de Comunicaciones y Transportes
-      Secretaría de Educación Pública
-      Secretaría de Salud
-      Secretaría del Trabajo y Previsión Social
-      Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
-      Secretaría de Turismo
-      Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
-      Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad
-      Comisión Federal de Electricidad
-      Comisión Nacional de Seguridad
-      Instituto Mexicano del Seguro Social
-      Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
-      Comisión Nacional de Emergencia, A.C.
-      Caritas Emergencias, A.C.
-      Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos
-      Universidad Nacional Autónoma de México
-      Instituto Politécnico Nacional
-      Universidad Autónoma Metropolitana
-      Asesoría y Capacitación Profesional en Protección Civil, S.C.
 
ÍNDICE
       Introducción
1.     Objetivo
2.     Campo de Aplicación
3.     Referencias
4.     Definiciones
5.     Obligaciones del propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social
6.     Capacitación y sensibilización del personal de emergencia, brigadistas y voluntarios, para el trato y manejo digno de las PCD
7.     Criterios para el procedimiento de emergencia respecto a personas con discapacidad que laboran y/o estudian en inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social
8.     Bibliografía
9.     Concordancia con Normas Internacionales
10.   Vigilancia
11.   Procedimiento de Evaluación de la Conformidad
12.   Transitorios
Introducción
En México, la legislación para personas con discapacidad inició en 1983, cuando el Senado de la República ratificó el Convenio sobre la Readaptación Profesional y el Empleo para Personas Inválidas, mismo que continúa vigente con la firma y ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como con el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018, alineado con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y la Ley General de Inclusión para las Personas con Discapacidad 2011, normatividad que asegura los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la accesibilidad, la igualdad de oportunidades y la no-discriminación.
En el país existen documentos normativos relativos a la accesibilidad de las personas con discapacidad, sin embargo éstos se orientan a especificaciones de seguridad en los espacios físicos y la infraestructura más que a medidas o acciones en materia de protección civil que los protejan ante cualquier tipo de emergencia o desastre. Este vacío legal, ante una situación de emergencia o desastre, los hace más vulnerables, pues en el momento de la ocurrencia de una contingencia provocada por agentes perturbadores, suelen permanecer en la zona afectada, por las dificultades que enfrentan derivadas de la falta de accesos adecuados para su movilización y por la deficiencia en los procedimientos para su evacuación.
Por lo anterior, resulta necesario contar con un documento rector que establezca las líneas de acción, así como los mecanismos de atención que permitirán prevenir y mitigar los efectos negativos de los fenómenos perturbadores, bajo la premisa de igualdad en la atención de las personas con discapacidad en casos de emergencia o desastre, en atención a ello se genera la presente Norma Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015 "Personas con discapacidad.- Acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil situación de emergencia o desastre".
En consecuencia, la Norma constituye una valiosa aportación para alcanzar el objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil, que es proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad de una emergencia o desastre, provocado por agentes perturbadores de origen natural o humano, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas humanas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales, el daño a la naturaleza y la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.
Se estima también que la presente Norma sea la pauta para incluir en las políticas públicas, planes y programas de protección civil a las personas con discapacidad, a fin de que cuenten con los apoyos necesarios ante una situación de emergencia o desastre.
Finalmente, como Estado Parte de la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, México estaría atendiendo la responsabilidad de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo por fenómenos naturales y antropogénicos.
 
1. Objetivo
Establecer las acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil que se requieren para las personas con discapacidad en situación de emergencia o desastre.
2. Campo de aplicación
Es de observancia en todo el territorio nacional y obligatoria para todos los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social, en los cuales laboren, estudien o atiendan de manera ocasional o permanente a personas con discapacidad y que deban cumplir con lo establecido en las leyes, reglamentos y normatividad en materia de protección civil.
3. Referencias
Para la correcta interpretación de esta Norma, deberán consultarse las siguientes Normas Oficiales Mexicanas vigentes o las que las sustituyan:
3.1 NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-condiciones de seguridad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2008
3.2 NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2008.
3.3 NOM-005-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 2010.
3.4 NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para Protección Civil - Colores, formas y símbolos a utilizar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2011.
3.5 NOM-015-SSA3-2012, Para la atención integral a personas con discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2012.
3.6 NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2013.
4. Definiciones
Para efectos de esta Norma, se establecen las definiciones siguientes:
4.1. Accesibilidad: Medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.
4.2. Ayudas Técnicas: Dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las personas con discapacidad.
4.3. Autoridad: Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil de la Secretaría.
4.4. Comunicación: Lenguaje escrito, oral y la lengua de señas mexicana, la visualización de textos, sistema de escritura braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia escritos o auditivos de fácil acceso, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios, sistemas y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso.
4.5. Deficiencia: Problemas en las funciones o estructuras corporales, tales como una desviación significativa o una pérdida.
4.6. Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
4.7. Discapacidad: Deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.
4.7.1. Discapacidad Física: Es la secuela de una afección en cualquier órgano o sistema corporal.
4.7.2. Discapacidad Intelectual: Se caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual (razonamiento, planificación, solución de problemas, pensamiento abstracto, comprensión de ideas complejas, aprender con rapidez y aprender de la experiencia) como en conducta adaptativa (conceptuales, sociales y prácticas), que han aprendido y se practican por las personas en su vida cotidiana.
 
4.7.3. Discapacidad Psicosocial: Restricción causada por el entorno social y centrada en una deficiencia temporal o permanente de la psique, lo que limita las capacidades del individuo para establecer interacciones en un entorno normalizado disminuyendo su participación plena y efectiva.
4.7.4. Discapacidad sensorial: Se refiere a discapacidad auditiva y discapacidad visual.
4.7.4.1. Discapacidad Auditiva: Es la restricción en la función de la percepción de los sonidos externos.
4.7.4.2. Discapacidad Visual: Es la deficiencia del sistema de la visión, las estructuras y funciones asociadas a él. Es una alteración de la agudeza visual, campo visual, motilidad ocular, visión de los colores o profundidad, que se clasifican de acuerdo a su grado.
4.8. Emergencia: Situación anormal que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un agente perturbador.
4.9. Establecimiento mercantil: Local ubicado en un inmueble donde una persona física o moral desarrolla actividades relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes o prestación de servicios lícitos, con fines de lucro.
4.10. Evacuación: Desplazamiento que como medida precautoria se realiza para salvaguardar la integridad física y la vida de las personas, ante la amenaza o presencia de un riesgo, emergencia o desastre.
4.11. Evaluación de la Conformidad: Determinación del grado de cumplimiento con la Norma Oficial.
4.12. Fenómeno antropogénico: Agente perturbador producido por la actividad humana.
4.13. Fenómeno natural perturbador: Agente perturbador producido por la naturaleza.
4.14. Formatos accesibles (alternativos): Consiste en presentar la información en diferentes medios adicionales al escrito, para que pueda ser entendida por personas con cualquier tipo de discapacidad. Estos pueden incluir, braille, macrotipos, grabaciones de audio, interpretación en lengua de señas y formatos electrónicos, entre otros, que cumplan con estándares internacionales de accesibilidad.
4.15. Lengua de Señas Mexicana: Lengua de una comunidad de sordos, que consiste en una serie de signos gestuales articulados con las manos y acompañados de expresiones faciales, mirada intencional y movimiento corporal, dotados de función lingística, forma parte del patrimonio lingístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.
4.16. Ley: Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
4.17. Macrotipos: Es un sistema de comunicación escrita mediante caracteres ampliados.
4.18. Perro guía o animal de servicio: Son aquellos que han sido certificados para el acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad.
4.19. Persona con discapacidad (PCD): Toda persona que por razón congénita o adquirida presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal, y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás.
4.20. Prevención: Conjunto de acciones y mecanismos implementados con antelación a la ocurrencia de los agentes perturbadores, con la finalidad de conocer los peligros o los riesgos, identificarlos, eliminarlos o reducirlos; evitar o mitigar su impacto destructivo sobre las personas, bienes, infraestructura, así como anticiparse a los procesos sociales de construcción de los mismos.
4.21. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad: Metodología establecida por la Secretaría para realizar la evaluación de la conformidad con la Norma Oficial.
4.22. Programa Interno de Protección Civil: Es un instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social; que se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.
4.23. Protección Civil: Es la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antropogénicos como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente.
 
4.24. Reglamento: Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
4.25. Riesgo: Daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad y la presencia de un agente perturbador.
4.26. Ruta de Evacuación: Vía que permite el movimiento de personas y vehículos a lugares o estructuras seguras, cuyo diseño debe estar basado en el volumen esperado de personas y vehículos, velocidad de la evacuación y condiciones de seguridad.
4.27. Secretaría: Secretaría de Gobernación.
4.28. Simulacro: Representación mediante una simulación de las acciones de respuesta previamente planeadas con el fin de observar, probar y corregir una respuesta eficaz ante posibles situaciones reales de emergencia o desastre. Implica el montaje de un escenario en terreno específico, diseñado a partir de la identificación y análisis de riesgos y la vulnerabilidad de los sistemas afectables.
4.29. Sistema de Escritura Braille: Sistema para la comunicación representado mediante signos en relieve, leídos en forma táctil, por las personas ciegas.
4.30. Verificación o Verificar: Constatación ocular y comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.
5. Obligaciones del propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social
5.1. Deberá incluir en el Programa Interno de Protección Civil un procedimiento de emergencia respecto a personas con discapacidad de acuerdo al numeral 7.
5.2. Deberá capacitar y sensibilizar al personal de servicio de emergencia, incluyendo brigadistas y voluntarios, respecto del trato digno y adecuado a las PCD conforme a los criterios mínimos que señala el capítulo 6.
5.3. Deberá establecer la Unidad Interna de Protección Civil la cual deberá realizar y mantener actualizado el censo de las personas con discapacidad que se encuentren al interior del inmueble y que laboren o estudien en el mismo, mediante registro diario. Para el caso de PCD visitantes en inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social de registro obligatorio, estará a cargo de personal designado en la entrada del inmueble, quien lo deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil. El censo debe recabar, como mínimo, la información siguiente:
a)    Nombre de la persona;
b)    El área donde labora o estudia;
c)    El tipo de discapacidad que presenta;
d)    En su caso horarios de trabajo o estudio;
e)    Teléfonos de familiares para dar aviso en caso de emergencia o desastre, y
f)     Para el caso de PCD en carácter de visitantes, por lo menos se debe considerar el nombre completo, el área que visita y número telefónico.
La información recabada en el censo deberá ser resguardada por la Unidad Interna de Protección Civil en archivo físico mediante una relación que considere lo señalado en este numeral, así como por el propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social, y estar disponible para cuando lo solicite la autoridad competente.
5.4. Para el caso de inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social de concurrencia masiva y libre acceso, deberá colocar en los accesos, así como en los lugares que determine la Unidad Interna de Protección Civil, información en formato accesible, que permita que la PCD que labore o estudie en el inmueble, así como a la PCD visitante conozca las rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de menor riesgo.
5.5. Deberá informar a la PCD que labore o estudie en el inmueble, que para fines de evacuación, así como para garantizar su integridad física y su vida en situación de emergencia o desastre, puede ubicar su lugar de trabajo o estudio, si así lo permiten las condiciones propias del inmueble, en planta baja o en el lugar más cercano a una ruta de evacuación o salida de emergencia, para facilitar su desalojo, siempre que no implique riesgo para los demás usuarios.
5.6. Deberá instalar dispositivos de alarma de acuerdo a las características del inmueble y a los diferentes tipos de discapacidad, que permitan alertar a la PCD que labore o estudie en el inmueble o PCD visitante que se encuentren dentro de las instalaciones, en caso de emergencia o desastre.
 
Tratándose de discapacidad física, intelectual, psicosocial o sensorial podrá ser desde un silbato hasta un sistema de sonido local. Para el caso de discapacidad auditiva podrá ser desde un foco hasta una sirena con lámpara estroboscópica intermitente.
5.7. Deberá establecer el procedimiento de emergencia en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social incluyendo a las PCD con base en los criterios del capítulo 7.
5.8. Deberá incluir a la PCD en la coordinación de los simulacros que se lleven a cabo conforme al procedimiento de emergencia que señala el numeral 5.7., para efectos de lo anterior, la PCD deberá manifestar su interés en participar por escrito.
6. Capacitación y sensibilización del personal de emergencia, brigadistas y voluntarios, para el trato y manejo digno de las PCD
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social, deberá promover la capacitación y sensibilización del personal de emergencia, brigadistas y voluntarios para el trato digno de las PCD, atendiendo los siguientes criterios:
a) La capacitación y sensibilización se impartirá al personal de servicio de emergencia, incluyendo brigadistas y voluntarios y debe considerar, al menos, los siguientes temas:
1.     Acciones y medidas preventivas durante la permanencia de las personas con discapacidad en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
2.     Identificación de las diferentes señalizaciones en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
3.     Información sobre diversos riesgos que puede tener la PCD durante su permanencia en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
4.     Información sobre el trato y manejo digno y adecuado para personas con discapacidad atendiendo como mínimo los criterios de este capítulo de acuerdo a la discapacidad.
5.     Identificación de los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento que se encuentren en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
6.     Información sobre las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia.
7.     Instrucciones para el manejo específico del equipo para la evacuación de las personas con discapacidad.
8.     Instrucciones para la elaboración y actualización del censo de las personas con discapacidad que se encuentren al interior de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
9.     La capacitación se deberá de aplicar por lo menos cada 12 meses.
10.   Información sobre los procedimientos de emergencia atendiendo como mínimo los criterios del capítulo 7.
6.1 Para discapacidad física:
a)    Centre su atención en la persona antes que en su discapacidad o déficit
b)    Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
c)    Pídale que le explique en qué puede ayudarle y de qué forma.
d)    Háblele directamente, no evada la mirada. No se dirija al acompañante.
e)    Al conversar con la persona con discapacidad, procure ponerse a la altura de sus ojos, siéntese o inclínese.
f)     No tome las muletas, bastones, brazos de la silla de ruedas u otros implementos que utilice la persona, solamente sujete lo que él o ella le indique.
g)    Procure que las ayudas técnicas estén muy cerca de él o ella (silla de ruedas, prótesis, bastones, muletas, etc.)
h)    Ayude a revisar y a seleccionar las formas y/o técnicas de evacuación en silla de ruedas.
6.2 Discapacidad auditiva o con baja audición:
a)    Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
 
b)    Al conversar deberá colocarse de frente, a fin de que la PCD observe el movimiento de labios para que pueda entender la información que está recibiendo.
c)    Hable con tranquilidad, de manera normal, es conveniente utilizar un ritmo pausado a menos que la PCD lo solicite de otra manera.
d)    Si no le está mirando, puede llamar su atención agitando su mano, no es necesario ser brusco, con un leve toque en el hombro o en el brazo bastará.
e)    También puede encender y apagar luces en repetidas ocasiones.
f)     Puede comunicarse de forma escrita, es decir, escribir la información a comunicar con palabras o símbolos alusivos al mensaje.
g)    Use toda su expresividad corporal y gestual.
h)    Facilite el uso de un teléfono celular, tablet o computadora para poder escribir mensajes de texto.
i)     La PCD que utiliza audífonos no necesariamente escucha con claridad.
j)     Mientras esté conversando, mantenga siempre el contacto visual. Si desvía la vista, la PCD puede pensar que la conversación terminó.
k)    Establezca contacto con la PCD, a través de los ojos, aunque haya un intérprete.
l)     Póngase de cara a la luz, no mueva la cabeza y nunca mastique chicle.
m)   Compruebe que se entendió el mensaje, si no, repítalo.
n)    Sea paciente, puede ser difícil para la persona comprender la urgencia de su mensaje.
6.3 Discapacidad visual o con baja visión:
a)    Preséntese con su nombre, enseguida, pregunte si requiere o no de su ayuda.
b)    Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo
c)    Ofrézcale su brazo u hombro, de este modo, usted se transformará en un guía vidente para indicarle con claridad lo que va a hacer.
d)    Para orientar a la PCD visual en el entorno físico o para señalar direcciones, use indicaciones claras e infórmele de posibles peligros en el recorrido, evite utilizar palabras como "aquí", "allí", "esto" o "aquello", en su lugar utilice referencias como derecha, izquierda, atrás, adelante, arriba, abajo, etc.
e)    No le tome del brazo, mucho menos del bastón.
f)     Si tiene un perro guía, no lo toque, no lo alimente, no lo distraiga. El perro se convierte en parte del cuerpo de la persona.
g)    Si usted sirve de guía vidente, la persona soltará el arnés del perro y solamente lo sujetará por la correa.
h)    Describa el lugar donde se encuentran y las personas que están presentes.
i)     Para pasar por un pasillo o lugar estrecho, si usted está sirviendo de guía vidente, coloque su brazo detrás de su espalda, esto le indicará a la persona con discapacidad visual que deberá colocarse detrás del guía.
j)     Al bajar o subir escaleras o desniveles, indique la ubicación del pasamanos para proporcionar más apoyo y seguridad.
6.4 Discapacidad intelectual:
a)    Tenga presente que puede entender más allá de lo que usted considera.
b)    Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
c)    Proporcione ejemplos o sinónimos que faciliten llegar a los conceptos que quiere explicar.
d)    Utilice un lenguaje simple y concreto.
e)    Considere sus intereses y necesidades con relación a su edad. Si son adultos trátelos como tales.
f)     Si la PCD está acompañada por otra persona, no lo ignore.
g)    Si la PCD tiene dificultad para hablar y usted no comprende inmediatamente lo que está tratando de comunicar, pida que lo repita.
 
h)    Debe respetar el ritmo de la PCD, puede tardar en hacer alguna actividad, en la forma en que habla, camina, sostiene objetos, etc.
i)     Tenga paciencia al escucharlo, puede tener dificultades en el habla.
j)     No trate a la PCD como a un niño o alguien que no entiende.
k)    Debe ser aún más paciente con personas con discapacidad de aprendizaje, pues presentan dificultad para reconocer las instrucciones recibidas por parte del personal de rescate.
l)     Debe prever que la PCD tenga limitaciones en su sentido de dirección, por lo que puede necesitar que alguien le acompañe.
m)   Deberá utilizar símbolos y señales simples.
6.5 Discapacidad psicosocial:
a)    Considere que la comunicación de la PCD puede tener un ritmo más lento y ello dificulte su nivel de expresión.
b)    Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
c)    Si la PCD eleva la voz o se altera, manténgase sereno y evalúe la situación. No grite ni se altere.
7. Criterios para el procedimiento de emergencia respecto a personas con discapacidad que laboran y/o estudian en inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social, deberá implementar en coordinación con la Unidad Interna de Protección Civil, el procedimiento de emergencia para la atención de PCD, considerando lo siguiente:
7.1 Discapacidad física
a)    Antes de la evacuación:
1.     Indicar a la PCD que cuente con un silbato y que deberá mantener una linterna cerca de su lugar de trabajo o estudio y asegurarse de que funciona correctamente, así, en caso de suspensión del suministro de energía eléctrica podrá contar con iluminación.
2.     Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
3.     Indicar a la PCD que deberá conocer el procedimiento de emergencia.
4.     Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
5.     Indicar a la PCD que en caso de usar equipo ortopédico, deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil el manejo específico de su equipo para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
6.     Indicar a la PCD que deberá identificar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
b)    Durante la evacuación:
1.     Indicar que en caso de sismo o incendio no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas.
2.     Indicar que el brigadista debe tomar el control de los equipos ortopédicos únicamente cuando la PCD lo permita.
3.     Indicar que se debe trasladar con rapidez a la PCD con el equipo que utiliza para su movilización, Guiándola cuidadosamente.
4.     Indicar que en caso de no poder movilizar a la PCD, se deberá trasladar con ayuda de las personas necesarias para bajar o subir escaleras o desniveles utilizando las técnicas de levantamiento adecuadas, en caso de ser posible, trasladar también el equipo.
5.     Indicar que la evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población, siempre y cuando no obstruya o aumente el tiempo de evacuación general, de ser el caso deberá adherirse a los procedimientos específicos del inmueble.
6.     Indicar que la brigada de evacuación debe asegurarse de trasladar a la PCD al punto de reunión.
 
c)    Después de la evacuación:
1.     En caso de que la PCD requiera atención médica, la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
7.2 Discapacidad visual o con baja visión.
a)     Antes de la evacuación:
1.     Sugerir a la PCD que mantenga un silbato en su lugar de trabajo y/o estudio.
2.     Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
3.     Indicar a la PCD que deberá conocer el procedimiento de emergencia.
4.     Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
5.     Indicar a la PCD que en caso de usar equipo auxiliar, deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil el manejo específico de su equipo para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
6.     Indicar a la PCD que deberá ubicar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
b)    Durante la evacuación:
1.     En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas.
2.     Presentarse con la PCD, indíquele qué está pasando y ofrezca su ayuda.
3.     Colocarse delante de la PCD, ofrézcale su brazo u hombro, de este modo usted se transformará en un guía vidente para indicarle claramente lo que va a hacer, no le tome del brazo, mucho menos del bastón.
4.     Procurar ser muy descriptivo acerca de lo que está sucediendo y de la ruta de evacuación. Asimismo deberá alertar de posibles peligros en el recorrido.
5.     Si la PCD tiene perro guía, recuerde que el perro se convierte en parte del cuerpo de la persona, por lo que es necesario facilitar que la evacuación sea segura, tanto para la persona como para el animal.
6.     La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población, siempre y cuando no obstruya o aumente el tiempo de evacuación general, de ser el caso deberá adherirse a los procedimientos específicos del inmueble.
7.     Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de trasladar a la PCD al punto de reunión.
c)    Después de la evacuación:
1.     En caso de que la PCD requiera atención médica, la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
7.3 Discapacidad auditiva o con baja audición.
a)    Antes de la evacuación:
1.     Definir la forma que utilizará para alertar a la PCD en caso de emergencia y hágalo de su conocimiento.
2.     Sugerir a la PCD que tenga una linterna cerca de su lugar de trabajo y/o estudio, a fin de facilitarle leer los labios en la oscuridad.
3.     Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
4.     Indicar a la PCD que deberá conocer el procedimiento de emergencia.
5.     Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
6.     Indicar a la PCD que deberá ubicar los equipos de emergencia en su lugar de trabajo y/o estudio.
 
b)    Durante la evacuación:
1.     En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas. Alerte a la PCD con un leve toque en el hombro o el brazo.
2.     La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población.
3.     Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de trasladar a la PCD al punto de reunión.
c)    Después de la evacuación:
1.     En caso de que la PCD requiera atención médica, la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
7.4 Discapacidad intelectual.
a)    Antes de la evacuación:
1.     Sugerir a la PCD que mantenga una linterna cerca de su lugar de trabajo o estudio, así, en caso de suspensión del suministro de energía eléctrica podrá contar con iluminación.
2.     Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
3.     Indicar a la PCD que deberá conocer el plan de emergencia.
4.     Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
5.     Indicar a la PCD que deberá identificar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
6.     Indicar a la PCD que deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil así como a sus compañeros o personas cercanas si toma medicamentos y el manejo específico de su discapacidad para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
b)    Durante la evacuación:
1.     En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas. Si la situación lo permite explicar a la PCD lo que está pasando y lo que van a hacer (evacuar hacia un lugar seguro).
2.     Trasladar con rapidez a la PCD, guíela cuidadosamente por la ruta de evacuación.
3.     La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población.
4.     Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de trasladar a la PCD al punto de reunión.
c)    Después de la evacuación:
1.     En caso de que la PCD requiera atención médica la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
7.5 Discapacidad psicosocial.
a)    Antes de la evacuación:
1.     Sugiera a la PCD que mantenga una linterna cerca de su lugar de trabajo y/o estudio, así, en caso de suspensión del suministro de energía eléctrica podrá contar con iluminación.
2.     Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia del lugar de trabajo y/o estudio.
3.     Indicar a la PCD que deberá conocer el plan de emergencia.
4.     Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
5.     Indicar a la PCD que deberá identificar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
6.     Indicar a la PCD que deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil así como a sus compañeros o personas cercanas si toma medicamentos y el manejo específico de su discapacidad para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
 
b)    Durante la evacuación:
1.     En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas.
2.     Explicar a la PCD lo que está pasando y lo que van a hacer (evacuar hacia un lugar seguro).
3.     Preguntar a la PCD si requiere de apoyo para realizar la evacuación.
4.     La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población.
5.     Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de que la PCD llegue al punto de reunión.
c)    Después de la evacuación:
1.     En caso de que la PCD requiera atención médica la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
8. Bibliografía
8.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
8.2. Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
8.3. Ley General de Protección Civil.
8.4. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
8.5. Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
8.6. Reglamento de la Ley General de Protección Civil.
8.7. Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
8.8. Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
8.9. Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018
8.10. Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud 2001, Organización Mundial de la Salud (OMS).
8.11. Programa Regional de Discapacidad y Rehabilitación y Programa de Emergencias y Desastres, "Atención a Personas con Discapacidad en situaciones de Desastres", Organización Panamericana de la Salud, Organización Mundial de la Salud.
8.12. Manual Técnico de Accesibilidad de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda SEDUVI.
8.13. "Guía para Personas con Discapacidad en caso de Emergencia y Desastres", Corporación Gestión Ecuador en cooperación con USAID.
9. Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Oficial Mexicana no tiene concordancia con ninguna norma internacional.
10. Vigilancia
La vigilancia y verificación del cumplimiento en la aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, corresponde a la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil, quien se reserva el derecho de autorizar a terceros acreditados, para realizar la evaluación de la conformidad, mediante los instrumentos jurídicos que considere pertinentes.
11. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad
Para un procedimiento satisfactorio de evaluación se debe:
11.1. La visita física y revisión documental de la Norma la efectuará la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil, lo anterior de conformidad con el artículo 62, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
11.2. El presente procedimiento para la evaluación de la conformidad aplica para las visitas de inspección desarrolladas por la autoridad de protección civil.
11.3. El dictamen vigente deberá estar a disposición de la autoridad de protección civil cuando ésta lo solicite.
 
11.4. Los aspectos a verificar durante la evaluación de la conformidad de la presente Norma se realizará, según aplique, mediante la constatación física, revisión documental, conforme a lo siguiente:
Disposición
Tipo de
comprobación
Criterio de aceptación
Observaciones
Riesgo
5.1. y 7
Documental
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando presenta evidencia documental de que su Programa Interno de Protección Civil incluye, un procedimiento de emergencia respecto a personas con discapacidad de acuerdo al numeral 7.
 
 
5.2. y 6
Física y/o
documental
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando presenta evidencia documental, así como listas de asistencia del personal de servicios de emergencia, incluyendo brigadistas y voluntarios que haya asistido a la capacitación, así como evidencia fotográfica del personal cuando ha sido capacitado; de igual forma, mediante comprobación física cuando después de una evaluación a los brigadistas y voluntarios, se cerciora que conocen el trato y manejo digno y adecuado para las PCD tomando en consideración los distintos tipos de discapacidad y atendiendo los siguientes criterios:
   La capacitación y sensibilización se impartirá al personal de servicio de emergencia, incluyendo brigadistas y voluntarios y debe considerar, al menos, los siguientes temas:
   Acciones y medidas preventivas durante la permanencia de las personas con discapacidad en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
   Identificación de las diferentes señalizaciones en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
   Información sobre diversos riesgos que puede tener la PCD durante su permanencia en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
   Información sobre el trato y manejo digno y adecuado para personas con discapacidad atendiendo como mínimo los criterios de este capítulo de acuerdo a la discapacidad.
   Identificación de los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento que se encuentren en los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
   Información sobre las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia.
   Instrucciones para el manejo específico del equipo para la evacuación de las personas con discapacidad.
 
 
 
 
 
   Instrucciones para la elaboración y actualización del censo de las personas con discapacidad que se encuentren al interior de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social.
   La capacitación se deberá de aplicar por lo menos cada 12 meses.
   Información sobre los procedimientos de emergencia atendiendo como mínimo los criterios del capítulo 7.
·  Para discapacidad física:
o   Centre su atención en la persona antes que en su discapacidad o déficit.
o   Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
o   Pídale que le explique en qué puede ayudarle y de qué forma.
o   Háblele directamente, no evada la mirada. No se dirija al acompañante.
o   Al conversar con la persona con discapacidad, procure ponerse a la altura de sus ojos, siéntese o inclínese.
o   No tome las muletas, bastones, brazos de la silla de ruedas u otros implementos que utilice la persona, solamente sujete lo que él o ella le indique.
o   Procure que las ayudas técnicas estén muy cerca de él o ella (silla de ruedas, prótesis, bastones, muletas, etc.).
o   Ayude a revisar y a seleccionar las formas y/o técnicas de evacuación en silla de ruedas.
·  Discapacidad auditiva o con baja audición:
o   Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
o   Al conversar deberá colocarse de frente, a fin de que la PCD observe el movimiento de labios para que pueda entender la información que está recibiendo.
o   Hable con tranquilidad, de manera normal, es conveniente utilizar un ritmo pausado a menos que la PCD lo solicite de otra manera.
o   Si no le está mirando, puede llamar su atención agitando su mano, no es necesario ser brusco, con un leve toque en el hombro o en el brazo bastará.
o   También puede encender y apagar luces en repetidas ocasiones.
o   Puede comunicarse de forma escrita, es decir, escribir la información a comunicar con palabras o símbolos alusivos al mensaje
o   Use toda su expresividad corporal y gestual.
o   Facilite el uso de un teléfono celular, Tablet o computadora para poder escribir mensajes de texto.
o   La PCD que utiliza audífonos no necesariamente escucha con claridad.
o   Mientras esté conversando, mantenga siempre el contacto visual. Si desvía la vista, la PCD puede pensar que la conversación terminó.
 
 
 
 
 
 
o   Establezca contacto con la PCD, a través de los ojos, aunque haya un intérprete.
o   Póngase de cara a la luz, no mueva la cabeza y nunca mastique chicle.
o   Compruebe que se entendió el mensaje, si no, repítalo.
o   Sea paciente, puede ser difícil para la persona comprender la urgencia de su mensaje.
·  Discapacidad visual o con baja visión:
o   Preséntese con su nombre enseguida, pregunte si requiere o no de su ayuda.
o   Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
o   Ofrézcale su brazo u hombro, de este modo, usted se transformará en un guía vidente para indicarle con claridad lo que va a hacer.
o   Para orientar a la PCD visual en el entorno físico o para señalar direcciones, use indicaciones claras e infórmele de posibles peligros en el recorrido, evite utilizar palabras como "aquí", "allí", "esto" o "aquello", en su lugar utilice referencias como derecha, izquierda, atrás, adelante, arriba, abajo, etc.
o   No le tome del brazo, mucho menos del bastón.
o   Si tiene un perro guía, no lo toque, no lo alimente, no lo distraiga. El perro se convierte en parte del cuerpo de la persona.
o   Si usted sirve de guía vidente, la persona soltará el arnés del perro y solamente lo sujetará por la correa.
o   Describa el lugar donde se encuentran y las personas que están presentes.
o   Para pasar por un pasillo o lugar estrecho, si usted está sirviendo de guía vidente, coloque su brazo detrás de su espalda, esto le indicará a la persona con discapacidad visual que deberá colocarse detrás del guía.
o   Al bajar o subir escaleras o desniveles, indique la ubicación del pasamanos para proporcionar más apoyo y seguridad.
·  Discapacidad intelectual:
o   Tenga presente que puede entender más allá de lo que usted considera.
o   Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
o   Proporcione ejemplos o sinónimos que faciliten llegar a los conceptos que quiere explicar.
o   Utilice un lenguaje simple y concreto.
o   Considere sus intereses y necesidades con relación a su edad. Si son adultos trátelos como tales.
o   Si la PCD está acompañada por otra persona, no lo ignore.
o   Si la PCD tiene dificultad para hablar y usted no comprende inmediatamente lo que está tratando de comunicar, pida que lo repita.
 
 
 
 
 
o   Debe respetar el ritmo de la PCD, puede tardar en hacer alguna actividad, en la forma en que habla, camina, sostiene objetos, etc.
o   Tenga paciencia al escucharlo, puede tener dificultades en el habla.
o   No trate a la PCD como a un niño o alguien que no entiende.
o   Debe ser aún más paciente con personas con discapacidad de aprendizaje, pues presentan dificultad para reconocer las instrucciones recibidas por parte del personal de rescate.
o   Debe prever que la PCD tenga limitaciones en su sentido de dirección, por lo que puede necesitar que alguien le acompañe.
o   Deberá utilizar símbolos y señales simples.
·  Discapacidad psicosocial:
o   Considere que la comunicación de la PCD puede tener un ritmo más lento y ello dificulte su nivel de expresión.
o   Llame a la PCD por su nombre. En caso de no saberlo, preguntárselo.
o    Si la PCD eleva la voz o se altera, manténgase sereno y evalúe la situación. No grite ni se altere.
 
 
 
5.3.
Documental
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando presenta evidencia documental del censo actualizado por la Unidad Interna de Protección Civil de las personas con discapacidad que se encuentren al interior del inmueble y que laboran o estudian en el mismo, mediante registro diario.
Para el caso de PCD visitantes en inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social de registro obligatorio, se cumple al presentar evidencia documental del censo actualizado por el personal designado en la entrada del inmueble. El censo debe recabar, como mínimo, la información siguiente:
·  Nombre de la persona;
·  El área donde labora o estudia;
·  El tipo de discapacidad que presenta;
·  En su caso horarios de trabajo o estudio
·  Teléfonos de familiares para dar aviso en caso de emergencia o desastre, y
·  Para el caso de PCD en carácter de visitantes, por lo menos se debe considerar el nombre completo, el área que visita y número telefónico.
La información recabada en el censo deberá ser resguardada por la Unidad Interna de Protección Civil en archivo físico mediante una relación que considere lo señalado en este numeral, así como por el propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social, y estar disponible para cuando lo solicite la autoridad competente.
 
 
 
 
5.4.
 
Física
 
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social de concurrencia masiva y libre acceso cumple cuando después de un recorrido se constata que cuenta en el o los accesos y demás lugares determinados por la UIPC con información en formato accesible, que permita a la PCD que labore o estudie en el inmueble, así como a la PCD visitante conozca las rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de menor riesgo.
 
 
 
5.5.
Física
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando después de un recorrido se constata de que la PCD se encuentre informada por el responsable de la Unidad Interna de Protección civil, que para fines de evacuación, puede ubicar su lugar de trabajo o estudio, si así lo permiten las condiciones propias del inmueble en planta baja o en el lugar más cercano a una ruta de evacuación o salida de emergencia.
 
 
5.6.
Física
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando después de un recorrido se constata que cuenta con dispositivos de alarma que permitan alertar a la PCD de forma eficiente en caso de emergencia o desastre que se encuentren dentro de las instalaciones de acuerdo a las características del inmueble y a los diferentes tipos de discapacidad.
Tratándose de discapacidad física, intelectual, visual, mental o psicosocial podrá ser desde un silbato hasta un sistema de sonido local.
Para el caso de discapacidad auditiva podrá ser desde un foco hasta una sirena con lámpara estroboscópica intermitente.
 
 
5.7. y 7
Documental y/o
física
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando presenta evidencia documental, así como listas de asistencia del personal que haya participado y minutas de trabajo para establecer el procedimiento de emergencia incluyendo a las PCD; asimismo de forma física cuando después de un recorrido y evaluación al inmueble, se hace constar que lo ha implementado en coordinación con la Unidad Interna de Protección Civil y que lo está cumpliendo, tomando en cuenta las distintas discapacidades, antes, durante y después de la evacuación, considerando lo siguiente:
·  Discapacidad física.
  Antes de la evacuación:
o   Indicar a la PCD que cuente con un silbato y que deberá mantener una linterna cerca de su lugar de trabajo o estudio y asegurarse de que funciona correctamente, así, en caso de suspensión del suministro de energía eléctrica podrá contar con iluminación.
 
 
 
 
 
o   Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
o   Indicar a la PCD que deberá conocer el procedimiento de emergencia.
o   Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
o   Indicar a la PCD que en caso de usar equipo ortopédico, deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil el manejo específico de su equipo para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
o   Indicar a la PCD que deberá identificar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
  Durante la evacuación:
o   Indicar que en caso de sismo o incendio no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas.
o   Indicar que el brigadista debe tomar el control de los equipos ortopédicos únicamente cuando la PCD lo permita.
o   Indicar que se debe trasladar con rapidez a la PCD con el equipo que utiliza para su movilización. Guiándola cuidadosamente.
o   Indicar que en caso de no poder movilizar a la PCD, se deberá trasladar con ayuda de las personas necesarias para bajar o subir escaleras o desniveles utilizando las técnicas de levantamiento adecuadas, en caso de ser posible, trasladar también el equipo.
o   Indicar que la evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población, siempre y cuando no obstruya o aumente el tiempo de evacuación general. De ser el caso deberá adherirse a los procedimientos específicos del inmueble.
o   indicar que la brigada de evacuación debe asegurarse de trasladar a la PCD al punto de reunión.
  Después de la evacuación:
o   En caso de que la PCD requiera atención médica, la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
·  Discapacidad visual o con baja visión.
  Antes de la evacuación:
o    Sugerir a la PCD que mantenga un silbato en su lugar de trabajo y/o estudio.
 
 
 
 
 
o   Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
o   Indicar a la PCD que deberá conocer el procedimiento de emergencia.
o   Indique a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
o   Indicar a la PCD que en caso de usar equipo auxiliar, deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil el manejo específico de su equipo para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
o   Indicar a la PCD que deberá ubicar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
  Durante la evacuación:
o   En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas.
o   Presentarse con la PCD, indíquele qué está pasando y ofrezca su ayuda.
o   Colocarse delante de la PCD, ofrézcale su brazo u hombro, de este modo usted se transformará en un guía vidente para indicarle claramente lo que va a hacer, no le tome del brazo, mucho menos del bastón.
o   Procurar ser muy descriptivo acerca de lo que está sucediendo y de la ruta de evacuación. Asimismo deberá alertar de posibles peligros en el recorrido.
o   Si la PCD tiene perro guía, recuerde que el perro se convierte en parte del cuerpo de la persona, por lo que es necesario facilitar que la evacuación sea segura, tanto para la persona como para el animal.
o   La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población, siempre y cuando no obstruya o aumente el tiempo de evacuación general, de ser el caso deberá adherirse a los procedimientos específicos del inmueble.
o   Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de trasladar a la PCD al punto de reunión.
  Después de la evacuación:
o   En caso de que la PCD requiera atención médica, la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
 
 
 
 
 
· Discapacidad auditiva o con baja audición.
  Antes de la evacuación:
o   Definir la forma que utilizará para alertar a la PCD en caso de emergencia y hágalo de su conocimiento.
o   Sugerir a la PCD que tenga una linterna cerca de su lugar de trabajo y/o estudio, a fin de facilitarle leer los labios en la oscuridad.
o   Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
o   Indicar a la PCD que deberá conocer el procedimiento de emergencia.
o   Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
o   Indicar a la PCD que deberá ubicar los equipos de emergencia en su lugar de trabajo y/o estudio.
  Durante la evacuación:
o   En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas. Alerte a la PCD con un leve toque en el hombro o el brazo.
o   La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población.
o   Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de trasladar a la PCD al punto de reunión.
  Después de la evacuación:
o   En caso de que la PCD requiera atención médica, la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
· Discapacidad intelectual.
  Antes de la evacuación:
o   Sugerir a la PCD que mantenga una linterna cerca de su lugar de trabajo o estudio, así, en caso de suspensión del suministro de energía eléctrica podrá contar con iluminación.
o   Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia, al menos, las más cercanas a su lugar de trabajo y/o estudio.
 
 
 
 
 
o   Indicar a la PCD que deberá conocer el plan de emergencia.
o   Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
o   Indicar a la PCD que deberá identificar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
o   Indicar a la PCD que deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil así como a sus compañeros o personas cercanas si toma medicamentos y el manejo específico de su discapacidad para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
  Durante la evacuación:
o   En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas. Si la situación lo permite explicar a la PCD lo que está pasando y lo que van a hacer (evacuar hacia un lugar seguro).
o   Trasladar con rapidez a la PCD, guíela cuidadosamente por la ruta de evacuación.
o   La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población.
o   Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de trasladar a la PCD al punto de reunión.
  Después de la evacuación:
o   En caso de que la PCD requiera atención médica la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
·  Discapacidad psicosocial.
  Antes de la evacuación:
o   Sugiera a la PCD que mantenga una linterna cerca de su lugar de trabajo y/o estudio, así, en caso de suspensión del suministro de energía eléctrica podrá contar con iluminación.
o   Indicar a la PCD que deberá conocer y recorrer las rutas de evacuación, puntos de reunión, zonas de menor riesgo y salidas de emergencia del lugar de trabajo y/o estudio.
o          Indicar a la PCD que deberá conocer el plan de emergencia.
 
 
 
 
 
o   Indicar a la PCD que deberá identificar al brigadista responsable de la zona donde labora y/o estudia.
o   Indicar a la PCD que deberá identificar los equipos de emergencia y dispositivos de alertamiento en su lugar de trabajo y/o estudio.
o   Indicar a la PCD que deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil así como a sus compañeros o personas cercanas si toma medicamentos y el manejo específico de su discapacidad para trasladarla en caso de emergencia o desastre.
  Durante la evacuación:
o   En caso de emergencia no debe utilizar los ascensores ni escaleras eléctricas.
o   Explique a la PCD lo que está pasando y lo que van a hacer (evacuar hacia un lugar seguro).
o   Preguntar a la PCD si requiere de apoyo para realizar la evacuación.
o   La evacuación de la PCD se realizará de forma simultánea con la demás población.
o   Al final del procedimiento de evacuación asegúrese de que la PCD llegue al punto de reunión.
  Después de la evacuación:
o    En caso de que la PCD requiera atención médica la Unidad Interna de Protección Civil realizará lo necesario para su traslado y/o atención.
 
 
5.8
Documental
El propietario, responsable o administrador de los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social cumple cuando presenta evidencia documental en la que verifica que la PCD es incluida en la coordinación de los simulacros que se lleven a cabo conforme al procedimiento de emergencia que señala el numeral 5.7., cuando la PDC manifieste su interés en participar por escrito.
 
 
 
12. Transitorios
PRIMERO. La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 90 días naturales posteriores a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Para el cumplimiento del numeral 5.6. referente a la instalación de los sistemas de alarmas, éstos deberán ser instalados en un plazo no mayor a 120 días naturales a partir del inicio de la vigencia de la presente Norma.
Dado en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- El Director General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, Rogelio Rafael Conde García.- Rúbrica.
 
 

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