DOF: 30/11/2016
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de acepta

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con las personas morales Galaz, Yamazaki, Ruíz Urquiza, S.C. y Datavision Digital, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Contraloría Interna.- Coordinación General de Quejas, Denuncias, Responsabilidades y Registro Patrimonial.- Expediente CI/DQDR/PSP-04/2014.

CIRCULAR No. 007/2016
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LAS PERSONAS MORALES GALAZ, YAMAZAKI, RUÍZ URQUIZA, S.C. Y DATAVISION DIGITAL, S.A. DE C.V.
Oficiales Mayores de las dependencias
y equivalentes de las Entidades Paraestatales
de la Administración Pública Federal,
Procuraduría General de la República,
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
y Gobiernos de las Entidades Federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 8, 9 primer párrafo, 13, 15, 70 fracciones II y VI, 72 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 59, 60 fracción III y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 y 42 fracción XIV de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; y 98, fracciones VII y XXVI del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable en términos de lo expuesto en el artículo Quinto Transitorio, párrafo tercero del "DECRETO por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa" publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis, vigente a partir del diecinueve de julio siguiente y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la resolución administrativa del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, dictada dentro del expediente número CI/DQDR/PSP-04/2014, mediante la cual esta Coordinación General de Quejas, Denuncias, Responsabilidades y Registro Patrimonial de la Contraloría Interna del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a las personas morales Galaz, Yamazaki, Ruíz Urquiza, S.C. y Datavision Digital, S.A. de C.V., se hace de su conocimiento que a partir del día siguiente en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dichas empresas de manera directa o por interpósita persona, por encontrarse inhabilitadas por el plazo de cinco años.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con las mencionadas infractoras, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
La presente Circular tiene como efecto que, si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, las empresas sancionadas no han pagado la multa que también les fue impuesta, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente.
Atentamente
"Sufragio Efectivo, No Reelección"
Ciudad de México, a 24 de noviembre de 2016.- El Coordinador General, Omar Herrera Salazar.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 19/04/2024

DOLAR
17.1145

UDIS
8.128964

TIIE 28 DIAS
11.2465%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

TIIE DE FONDEO
11.00%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024