DOF: 02/12/2016
ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Marina, el inmueble federal con superficie de 310

ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Marina, el inmueble federal con superficie de 310.79 metros cuadrados, ubicado en calle Esteban Morales número 452, lote 001, Manzana 065, Cuartel 05, colonia Faros, en el Municipio y Estado de Veracruz.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.- Dirección de Incorporación y Desincorporación de Inmuebles.

ACUERDO POR EL QUE SE DESTINA A LA SECRETARÍA DE MARINA, EL INMUEBLE FEDERAL CON SUPERFICIE DE 310.79 M ², UBICADO EN CALLE ESTEBAN MORALES NÚMERO 452, LOTE 001, MANZANA 065, CUARTEL 05, COLONIA FAROS, EN EL MUNICIPIO Y ESTADO DE VERACRUZ.
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción VI; 9, 11, fracción I; 28, fracción I; 29, fracción V; 61, 66, 68 y 70 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones VI, XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016; 3 inciso B y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 1, 3, 11 fracciones I, II, y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y PRIMERO del Acuerdo Delegatorio emitido por la Secretaría de la Función Pública, publicado el Diario Oficial de la Federación del 28 de mayo de 2014, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal con superficie de 310.79 m ², ubicado en Calle Esteban Morales número 452, Lote 001, Manzana 065, Cuartel 05, Colonia Faros, en el Municipio y Estado de Veracruz, identificado en el Inventario del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal con el Registro Federal Inmobiliario 30-17454-8;
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble se acredita mediante Escritura Pública número 4 del 20 de diciembre de 1999, otorgada ante la fe del Licenciado Oscar Aguirre López, Notario Público número 23 en la Ciudad y Puerto de Veracruz, en el Estado del mismo nombre y del Patrimonio Inmueble Federal, mediante la cual se consigna la compraventa del inmueble descrito en el considerando Primero a favor del Gobierno Federal, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 54522 del 7 de abril del año 2000;
TERCERO.- Que las medidas y colindancias se consignan en el Plano Topográfico número 3/2000/156 de febrero del 2000, elaborado a escala 1:250, aprobado, certificado y registrado por la otrora Dirección de Registro Público y Catastro de la Propiedad Federal, bajo el número DRPCPF-462-2001-T/ el 12 de diciembre de 2001, mismo que obra en el expediente respectivo;
CUARTO.- Que mediante oficio número DRM-DGRI/ del 28 de julio de 2016, la Secretaría de Marina, manifestó la necesidad de recibir en destino el inmueble descrito en el considerando Primero, a efecto de que lo continúe utilizando como "Centro Recreativo para Adultos Mayores";
QUINTO.- Que mediante oficio número DRM-DGRI/ del 28 de julio de 2016, el Director General Adjunto de Abastecimiento de la Secretaría de Marina, manifestó bajo protesta de decir verdad, que el inmueble materia de este Acuerdo no es considerado Monumento Histórico o Artístico, conforme al criterio número 2/2011 del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2012;
SEXTO.- Que mediante oficio número LUS/231/05/16 del 16 de mayo de 2016, la Dirección de Centro Histórico, Mantenimiento Urbano y Ornato del H. Ayuntamiento de Veracruz, otorgó Licencia de Uso de Suelo compatible con Centro Recreativo para Adultos Mayores;
SÉPTIMO.- Que mediante Otorgamiento de Alineamiento y Número Oficial con número de folio 0142 del 16 de mayo de 2016, la Dirección de Centro Histórico, Mantenimiento Urbano y Ornato del H. Ayuntamiento de Veracruz, determinó que el inmueble materia de este Acuerdo se ubica en calle Esteban Morales número 452, Lote 001, Manzana 065, Cuartel 05, Colonia Faros, en el Municipio y Estado de Veracruz;
OCTAVO.- Que la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, y
Toda vez que se ha integrado el expediente, con base en las disposiciones que establece el artículo 62 de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno
con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se destina el inmueble descrito en el considerando Primero de este Acuerdo a la Secretaría de Marina, a efecto de que lo continúe utilizando como "Centro Recreativo para Adultos Mayores".
SEGUNDO.- Si la Secretaría de Marina diera al inmueble que se le destina, un uso distinto al establecido por este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto.
TERCERO.- En caso que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble destinado, previo a su realización, la Secretaría de Marina deberá gestionar y obtener ante las autoridades locales y federales las autorizaciones correspondientes.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a los 15 días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.- El Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Soraya Pérez Munguía.- Rúbrica.
 

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