DOF: 15/12/2017
ACUERDO por el que se da a conocer la suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores durante el segundo periodo vacacional 2017

ACUERDO por el que se da a conocer la suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores durante el segundo periodo vacacional 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 7, fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y el numeral 76, fracciones II y IV de las "Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera" se considerarán días inhábiles entre otros, aquéllos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento público mediante Acuerdo del Titular de la Dependencia respectiva, que publicará en el Diario Oficial de la Federación;
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 70 de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno, en las fechas oficiales que se señalen;
Que el numeral tercero del "Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores para el año 2017", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2016, establece en su numeral Segundo que en la atención de solicitudes de acceso a la información por parte de la Unidad de Trasparencia se estará conforme al calendario de suspensión de labores que determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; asimismo, su numeral Tercero señala que el segundo periodo vacacional se dará a conocer mediante Acuerdo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, una vez que la Secretaría de Educación Pública determine el calendario escolar para el ciclo lectivo 2017-2018.
Que a fin de brindar certeza y seguridad jurídica al público en general respecto de los días que no correrán plazos durante el segundo periodo vacacional de 2017, en los procedimientos que se tramitan ante esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- De conformidad con las disposiciones legales respectivas, se suspenderán las labores en la Secretaría de Relaciones Exteriores del 21 de diciembre de 2017 al 5 de enero de 2018, considerándose como inhábiles los días mencionados para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en esta Dependencia, por lo que durante dicho periodo no correrán términos; reanudándose las labores el 8 de enero de 2018, con las excepciones y modalidades que se señalan en los artículos siguientes.
SEGUNDO.- Los titulares de las distintas unidades administrativas de la Secretaría deberán designar al personal que se quedará de guardia para atender los asuntos que pudieran presentarse durante el periodo citado.
TERCERO.- La Unidad de Trasparencia suspenderá los plazos para la atención de solicitudes de acceso a la información por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría durante el periodo del 21 al 5 de enero de 2018, lo anterior con base en el Acuerdo mediante el cual se establece el calendario oficial de días inhábiles del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
para el año 2017 y enero de 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2017. No obstante, el sistema electrónico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales permanecerá habilitado para la recepción de solicitudes durante el periodo mencionado. Por lo tanto, la Unidad de Trasparencia continuará turnando a las Unidades Administrativas las solicitudes que se reciban durante dicho periodo.
CUARTO.- La Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, recibirá promociones ordinarias hasta el 20 de diciembre de 2017, reanudando la recepción de las mismas el 8 de enero de 2018.
Para la atención de asuntos urgentes dicha Unidad Administrativa establecerá guardias de personal, que permitan atender cualquier eventualidad durante las fechas señaladas.
QUINTO.- La Dirección General de Servicios Consulares suspenderá las labores del 21 de diciembre de 2017 al 5 de enero de 2018, para reiniciar labores el lunes 8 de enero de 2018.
SEXTO.- Las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores no interrumpirán actividades durante el periodo del 21 de diciembre de 2017 al 5 de enero de 2018.
SÉPTIMO.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos brindará atención al público hasta las 14:30 del 20 de diciembre de 2017, en los módulos ubicados en Plaza Juárez número 20, Planta Baja, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06010, Ciudad de México, para los siguientes procedimientos:
I.     Solicitudes para obtener la nacionalidad mexicana por naturalización, así como certificados y declaratorias de nacionalidad mexicana por nacimiento.
II.     Convenios y solicitudes de permisos para la adquisición de bienes inmuebles fuera de zona restringida por extranjeros y avisos de adquisición de bienes inmuebles ubicados en zona restringida por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros.
Durante el segundo periodo vacacional 2017 citado en el numeral Primero del presente Acuerdo, también se suspenderá la recepción por medios electrónicos de las solicitudes de permisos para la constitución de fideicomisos, respecto de bienes ubicados en zona restringida que formulen los delegados fiduciarios, así como la recepción de los siguientes avisos que formulen los fedatarios públicos:
a)    Aviso de suscripción del convenio previsto en el artículo 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los instrumentos públicos en los que se haga constar la constitución de sociedades que establezcan la cláusula de admisión de extranjeros, y
b)    Aviso de suscripción del convenio previsto en el artículo 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando una sociedad modifique la cláusula de exclusión de extranjeros por la de admisión de extranjeros en las sociedades ya constituidas.
III.    Información de Exhortos y Cartas Rogatorias.
A partir del 8 de enero de 2018, se reanudará la atención al público para los procedimientos antes citados, en su horario normal de 9:00 a 14:30 horas, de lunes a viernes.
OCTAVO.- La Oficialía de Partes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sita en Plaza Juárez número 20, Planta Baja, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06010, Ciudad de México, recibirá documentación hasta las 18:00 horas del 20 de diciembre de 2017.
Para efectos de la recepción de documentación durante el segundo periodo vacacional 2017, la Dirección General de Asuntos Jurídicos establecerá una guardia en el Piso 5 del domicilio antes citado, en un horario de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.
La recepción de documentación en la Oficialía de Partes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos se reanudará el 8 de enero de 2018, en su horario normal de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
 
Dado en la Ciudad de México, a los seis días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.
 

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