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DOF: 07/02/2018 |
ACUERDO por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales superficiales en las cuencas hidrológicas Arroyo Zarco, Río Ñadó, Río Galindo, Río San Juan 1, Río Tecozautla, Río San Juan 2, Río Grande de Tulancingo, Río Me ACUERDO por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales superficiales en las cuencas hidrológicas Arroyo Zarco, Río Ñadó, Río Galindo, Río San Juan 1, Río Tecozautla, Río San Juan 2, Río Grande de Tulancingo, Río Metztitlán 1, Río Metzquititlán, Río Metztitlán 2, Río Amajaque, Río Claro, Río Amajac, Río Calabozo, Río Los Hules, Río Tempoal 1, Río San Pedro, Río Tempoal 2, Río Verde 1, Río Verde 2, Río Verde 3, Arroyo El Puerquito o San Bartolo, Arroyo Altamira, Río Santa María 1, Río Santa María 2, Río Santa María 3, Río Tamasopo 1, Río Tamasopo 2, Río Gallinas, Río El Salto, Río Valles, Río Tampaón 1, Río Choy, Río Coy 1, Río Coy 2, Río Tampaón 2, Río Victoria, Río Tolimán, Río Extoraz, Embalse Zimapán, Río Moctezuma 1, Río Moctezuma 2, Río Tancuilín, Río Huichihuayán, Río Moctezuma 3, Río Moctezuma 4, Río Jaumave-Chihue, Río Guayalejo 1, Río Guayalejo 2, Río Sabinas, Río Comandante 1, Río Comandante 2, Río Mante, Río Guayalejo 3, Arroyo El Cojo, Río Tantoán, Río Guayalejo 4, Río Tamesí, Río Moctezuma 5, Río Chicayán 1, Río Chicayán 2, Río Pánuco 1, Arroyo Tamacuil o La Llave y Río Pánuco 2, mismas que forman parte de la subregión hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica número 26 Pánuco. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XVIII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI y XIII inciso e) bis, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el artículo 7 BIS fracción IV de la Ley de Aguas Nacionales declara de interés público el mejoramiento permanente del conocimiento sobre la ocurrencia del agua en el ciclo hidrológico, en su explotación, uso o aprovechamiento, en su conservación en el territorio nacional, y en los conceptos y parámetros fundamentales para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos, así como la realización periódica de inventarios de usos y usuarios, cuerpos de agua, infraestructura hidráulica y equipamiento diverso necesario para la gestión integrada de los recursos hídricos; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada "México Próspero", establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción, ordenar su uso y aprovechamiento para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 27 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se dan a conocer los límites de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", en el que se incluyen las 64 cuencas hidrológicas materia del presente, pertenecientes a la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco; Que el 7 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", del que se toman los valores de la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 64 cuencas hidrológicas que integran la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco; Que la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales se determinó conforme a la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2015; Que la Comisión Nacional del Agua ha procedido, con fundamento en el artículo 38 primer párrafo de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, a elaborar el estudio técnico, con el propósito de determinar la procedencia de modificar el marco regulatorio vigente en materia de control de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales; Que para la elaboración del estudio técnico referido, la Comisión Nacional del Agua dio participación a los usuarios del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentaron los resultados del mismo en la Sexta Asamblea General de Usuarios realizada el día 27 de abril de 2017, en la Ciudad de San Luis Potosí, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO TÉCNICO DE LAS AGUAS NACIONALES SUPERFICIALES EN LAS CUENCAS HIDROLÓGICAS ARROYO ZARCO, RÍO ÑADÓ, RÍO GALINDO, RÍO SAN JUAN 1, RÍO TECOZAUTLA, RÍO SAN JUAN 2, RÍO GRANDE DE TULANCINGO, RÍO METZTITLÁN 1, RÍO METZQUITITLÁN, RÍO METZTITLÁN 2, RÍO AMAJAQUE, RÍO CLARO, RÍO AMAJAC, RÍO CALABOZO, RÍO LOS HULES, RÍO TEMPOAL 1, RÍO SAN PEDRO, RÍO TEMPOAL 2, RÍO VERDE 1, RÍO VERDE 2, RÍO VERDE 3, ARROYO EL PUERQUITO O SAN BARTOLO, ARROYO ALTAMIRA, RÍO SANTA MARÍA 1, RÍO SANTA MARÍA 2, RÍO SANTA MARÍA 3, RÍO TAMASOPO 1, RÍO TAMASOPO 2, RÍO GALLINAS, RÍO EL SALTO, RÍO VALLES, RÍO TAMPAÓN 1, RÍO CHOY, RÍO COY 1, RÍO COY 2, RÍO TAMPAÓN 2, RÍO VICTORIA, RÍO TOLIMÁN, RÍO EXTORAZ, EMBALSE ZIMAPÁN, RÍO MOCTEZUMA 1, RÍO MOCTEZUMA 2, RÍO TANCUILÍN, RÍO HUICHIHUAYÁN, RÍO MOCTEZUMA 3, RÍO MOCTEZUMA 4, RÍO JAUMAVE-CHIHUE, RÍO GUAYALEJO 1, RÍO GUAYALEJO 2, RÍO SABINAS, RÍO COMANDANTE 1, RÍO COMANDANTE 2, RÍO MANTE, RÍO GUAYALEJO 3, ARROYO EL COJO, RÍO TANTOÁN, RÍO GUAYALEJO 4, RÍO TAMESÍ, RÍO MOCTEZUMA 5, RÍO CHICAYÁN 1, RÍO CHICAYÁN 2, RÍO PÁNUCO 1, ARROYO TAMACUIL O LA LLAVE Y RÍO PÁNUCO 2, MISMAS QUE FORMAN PARTE DE LA SUBREGIÓN HIDROLÓGICA RÍO PÁNUCO DE LA REGIÓN HIDROLÓGICA NÚMERO 26 PÁNUCO ARTÍCULO ÚNICO. Se dan a conocer los resultados del estudio técnico realizado en las 64 cuencas hidrológicas que integran la Subregión Hidrológica Río Pánuco, que a su vez forma parte de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco, con un total de 77 cuencas. 1. Delimitación geográfica El área de estudio corresponde a la Subregión Hidrológica Río Pánuco, perteneciente a la Región Hidrológica Número 26 Pánuco y abarca parte de los estados de Guanajuato, Hidalgo, Querétaro, México, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz. Esta área se ubica entre las coordenadas geográficas 23 °55'24.4''y 19 °48'39.9'' de latitud Norte y entre 101 °25'22.1'' y 97 °47'25.8'' de longitud Oeste. 2. Sistema hidrológico La Región Hidrológica Número 26 Pánuco tiene una superficie de 97,195.727 kilómetros cuadrados desde su nacimiento en el Valle de México hasta la desembocadura del cauce principal en el Golfo de México. La Región Hidrológica comprende principalmente parte de la Ciudad de México y los estados de Guanajuato, Hidalgo, México, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz, así como pequeñas porciones de los estados de Nuevo León, Puebla y Tlaxcala. Para fines de gestión del recurso hídrico superficial, la Región Hidrológica Número 26 Pánuco se ha dividido en 77 cuencas hidrológicas, cuyo escurrimiento medio anual es de 20,223.564 millones de metros cúbicos. La Región Hidrológica Número 26 Pánuco se divide en dos subregiones hidrológicas, la Subregión Hidrológica Valle de México-Río Tula, que abarca desde los orígenes de las corrientes que forman el río Tula hasta donde actualmente se ubica la presa Zimapán, y la Subregión Hidrológica Río Pánuco que va desde el embalse de la presa Zimapán hasta la descarga del río Pánuco en el Golfo de México. La primera subregión comprende 13 de las 77 cuencas hidrológicas de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco y las restantes 64 conforman la Subregión Hidrológica Río Pánuco. El área de estudio corresponde a las 64 cuencas hidrológicas que integran la Subregión Hidrológica Río Pánuco, misma que tiene una extensión de 81,250.879 kilómetros cuadrados, una precipitación anual promedio que oscila entre 614.4 y 1,148.7 milímetros, y un escurrimiento medio anual de 19,117.228 millones de metros cúbicos. 2.1 Ríos El río Pánuco nace en el centro de México y descarga en el Golfo de México, en los límites de los estados de Veracruz y Tamaulipas. A lo largo de su recorrido, el cauce principal recibe el nombre de río Tula, río Moctezuma y en la parte baja, río Pánuco. La Subregión Hidrológica Valle de México-Río Tula abarca desde el nacimiento de éste, en el cerro de la Bufa, con el nombre de río Tepeji o San Jerónimo hasta antes de la confluencia del río San Juan. Sobre el río Tula se ubican las presas Requena y Endhó; entre ambas presas descarga por la margen derecha el río El Salto y aguas abajo de la presa Endhó, el río Salado. Es a través de estos dos afluentes que la cuenca cerrada del Valle de México, de forma artificial, aporta sus aguas al río Tula y posteriormente a la Subregión Hidrológica Río Pánuco. La Subregión Hidrológica Río Pánuco inicia aguas arriba de la confluencia del río San Juan con el río Tula, a partir de donde el colector principal recibe el nombre de río Moctezuma. En dicha confluencia se ubica el vaso de la presa Zimapán. Después de la confluencia del río Tampaón con el río Moctezuma, este cambia su nombre a río Pánuco, que conserva hasta su descarga al Golfo de México. Los principales afluentes del río Moctezuma son los ríos San Juan, Extóraz, Amajac, Tempoal y Tampaón. Cuando cambia de nombre a río Pánuco, recibe como afluentes principales a los ríos Chicayán y Tamesí. El río Extoraz se forma por la unión de los ríos Tolimán y Victoria, mientras que el río Tampaón nace en el Estado de San Luis Potosí, a partir de la confluencia de los ríos Verde y Santa María y en su trayectoria recibe las aportaciones de los ríos Tamasopo, Gallinas, El Salto y Valles. El río Tempoal nace bajo los nombres de río Calabozo y Los Hules, y recibe las aportaciones del río San Pedro antes de confluir con el río Moctezuma en la frontera entre los estados de San Luis Potosí y Veracruz, a pocos kilómetros aguas arriba de donde el río Tampaón confluye con el río Moctezuma, cambiando su nombre a río Pánuco. Finalmente el río Tamesí nace a 3,000 metros sobre el nivel del mar con el nombre de río Guayalejo y toma el nombre del río Tamesí en la planicie antes de confluir al río Pánuco a 13 kilómetros de su desembocadura al Golfo de México; dicha planicie es una gran extensión de lagunas de poca profundidad interconectadas entre sí que corresponde fisiográficamente a una planicie de inundación. 2.2 Cuencas hidrológicas El área estudiada comprende las 64 cuencas hidrológicas que integran la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco. En la tabla siguiente se indican las cuencas hidrológicas, su descripción y superficie: Cuadro 1. Cuencas hidrológicas que integran la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco Cuenca hidrológica | Descripción | Superficie (kilómetros cuadrados) | 1 | Arroyo Zarco | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Taxhié | 619.379 | 2 | Río Ñadó | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica San Ildefonso | 499.856 | 3 | Río Galindo | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Galindo | 415.803 | 4 | Río San Juan 1 | Desde las Estaciones Hidrométricas Taxhié, San Ildefonso y Galindo hasta la Estación Hidrométrica Paso de Tablas | 1,887.026 | 5 | Río Tecozautla | Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Río San Juan | 1,257.750 | 6 | Río San Juan 2 | Desde la Estación Hidrométrica Paso de Tablas y la Confluencia del Río Tecozautla, hasta su descarga al embalse de la presa Zimapán | 463.188 | 7 | Río Grande de Tulancingo | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Alcholoya | 706.957 | 8 | Río Metztitlán 1 | Desde la Estación Hidrométrica Alcholoya hasta la Estación Hidrométrica Venados | 1,180.666 | 9 | Río Metzquititlán | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Álamo | 228.652 | 10 | Río Metztitlán 2 | Desde las Estaciones Hidrológicas Álamo y Venados hasta la Estación Hidrométrica Almolón | 714.526 | 11 | Río Amajaque | Desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Amajac | 1,470.654 | 12 | Río Claro | Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Río Amajac | 763.895 | 13 | Río Amajac | Desde la Estación Hidrométrica Almolón y la confluencia del Río Claro hasta la Estación Hidrométrica Temamatla | 1,756.526 | 14 | Río Calabozo | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Terrerillos | 1,481.771 | 15 | Río Los Hules | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Los Hules | 1,269.963 | 16 | Río Tempoal 1 | Desde las Estaciones Hidrométrica Terrerillos y Los Hules hasta la Estación Hidrométrica Platón Sánchez | 912.608 | 17 | Río San Pedro | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica El Cardón | 646.303 | 18 | Río Tempoal 2 | Desde las Estaciones Hidrométricas Platón Sánchez y El Cardón hasta la Estación Hidrométrica El Tempoal | 964.055 | 19 | Río Verde 1 | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Nogal Oscuro | 2,003.014 | 20 | Río Verde 2 | Desde la Estación Hidrométrica Nogal Oscuro hasta la Estación Hidrométrica Vigas | 4,130.584 | 21 | Río Verde 3 | Desde la Estación Hidrométrica Vigas hasta la Estación Hidrométrica Tanlacut | 3,020.052 | 22 | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Arroyo Altamira | 1,270.097 | 23 | Arroyo Altamira | Desde la confluencia con del Arroyo El Puerquito o San Bartolo hasta la Estación Hidrométrica Ojo Caliente | 1,714.532 | 24 | Río Santa María 1 | Desde la Estación Hidrométrica Ojo Caliente hasta el sitio del proyecto El Realito | 2,533.089 | 25 | Río Santa María 2 | Desde el sitio del proyecto El Realito hasta la confluencia con el Arroyo La Laja | 2,698.529 | 26 | Río Santa María 3 | Desde la confluencia del Arroyo La Laja hasta la Estación Hidrométrica Tansabaca | 3,900.768 | 27 | Río Tamasopo 1 | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Tamasopo | 297.376 | 28 | Río Tamasopo 2 | Desde la Estación Hidrométrica Tamasopo hasta la confluencia con el Río Gallinas | 237.864 | 29 | Río Gallinas | Desde su nacimiento y la confluencia del Río Tamasopo hasta la Estación Hidrométrica Gallinas | 707.200 | 30 | Río El Salto | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Micos | 2,371.904 | 31 | Río Valles | Desde su nacimiento y la Estación Hidrométrica Micos hasta la Estación Hidrométrica Santa Rosa | 1,760.499 | 32 | Río Tampaón 1 | Desde las Estaciones Hidrométrica Tansabaca, Gallinas y Santa Rosas hasta la Estación Hidrométrica El Pujal | 1,266.602 | 33 | Río Choy | Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Río Tampaón | 118.496 | 34 | Río Coy 1 | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Ballesmi | 192.731 | 35 | Río Coy 2 | Desde la Estación Hidrométrica Ballesmi hasta su confluencia con el Río Tampaón | 478.715 | 36 | Río Tampaón 2 | Desde la Estación Hidrométrica El Pujal y las confluencias de los ríos Choy y Coy hasta la Estación Hidrométrica Tamuín | 347.102 | 37 | Río Victoria | Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Río Tolimán | 1,343.619 | 38 | Río Tolimán | Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Río Victoria | 1,033.622 | 39 | Río Extoraz | Desde la confluencia de los Ríos Victoria y Tolimán hasta la confluencia con el Río Moctezuma | 1,514.555 | 40 | Embalse Zimapán | Desde las descargas de los ríos Tula y San Juan al embalse de la presa Zimapán, hasta su casa de máquinas | 737.960 | 41 | Río Moctezuma 1 | Desde la casa de máquinas de la presa Zimapán y la confluencia del Río Éxtoraz hasta la Estación Hidrométrica Puente Mazacintla | 836.552 | 42 | Río Moctezuma 2 | Desde la Estación Hidrométrica Puente Mazacintla hasta la Estación Hidrométrica Tierra Blanca | 989.000 | 43 | Río Tancuilín | Desde la su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Tancuilín | 331.279 | 44 | Río Huichihuayán | Desde su nacimiento y la Estación Hidrométrica Tancuilín hasta la Estación Hidrométrica Requetemu | 991.252 | 45 | Río Moctezuma 3 | Desde las Estaciones Hidrométricas Tierra Blanca, Requetemu y Temamatla hasta la Estación Hidrométrica San Vicente | 1,530.951 | 46 | Río Moctezuma 4 | Desde las Estaciones Hidrométricas San Vicente y Tempoal hasta la Estación Hidrométrica El Olivo | 897.070 | 47 | Río Jaumave-Chihue | Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Río Guayalejo | 3,318.808 | 48 | Río Guayalejo 1 | Desde la Confluencia de los Ríos Jaumave-Chihue hasta la Estación Hidrométrica La Encantada | 351.141 | 49 | Río Guayalejo 2 | Desde la Estación Hidrométrica La Encantada hasta la Estación Hidrométrica San Gabriel | 1,125.581 | 50 | Río Sabinas | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Sabinas | 606.117 | 51 | Río Comandante 1 | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica La Servilleta | 2,477.083 | 52 | Río Comandante 2 | Desde la Estación Hidrométrica La Servilleta hasta la Estación Hidrométrica Río Frío | 244.940 | 53 | Río Mante | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Mante | 68.572 | 54 | Río Guayalejo 3 | Desde las Estaciones Hidrométricas San Gabriel, Sabinas, Río Frío y Mante hasta la Estación Hidrométrica Magiscatzin | 2,318.034 | 55 | Arroyo El Cojo | Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Río Guayalejo | 401.326 | 56 | Río Tantoán | Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Río Guayalejo | 610.433 | 57 | Río Guayalejo 4 | Desde la Estación Hidrométrica Magiscatzin hasta la Estación Hidrométrica Tamesí | 3,061.097 | 58 | Río Tamesí | Desde la Estación Hidrométrica Tamesí y la confluencia del Río Tantoán, hasta la confluencia con el Río Pánuco | 1,953.536 | 59 | Río Moctezuma 5 | Desde las Estaciones Hidrométricas Tamuín y El Olivo hasta la Estación Hidrométrica Las Adjuntas | 1,282.148 | 60 | Río Chicayán 1 | Desde su nacimiento hasta la Estación Hidrométrica Paso de Piedras | 1,889.775 | 61 | Río Chicayán 2 | Desde la Estación Hidrométrica Paso de Piedras hasta la confluencia con el Río Pánuco | 1,549.461 | 62 | Río Pánuco 1 | Desde la Estación Hidrométrica Las Adjuntas hasta la Estación Hidrométrica Pánuco | 1,457.475 | 63 | Arroyo Tamacuil o La Llave | Desde su nacimiento hasta su confluencia a la Laguna de Pueblo Viejo | 1,084.897 | 64 | Río Pánuco 2 | Desde la Estación Hidrométrica Pánuco, las confluencias de los ríos Chicayán, Tamacuil y Tamesí, hasta su descarga al Golfo de México | 955.863 | | | TOTAL Subregión Hidrológica Río Pánuco | 81,250.879 | Fuente: Comisión Nacional del Agua (2016) 2.3 Presas En el área de estudio existen numerosas presas, siendo las principales: Huapango: Ubicada en el Estado de México, almacena un total de 121.5 millones de metros cúbicos para regar 7,000 hectáreas del módulo I del Distrito de Riego 096 Arroyo Zarco. San Idelfonso: Construida para riego (5,000 hectáreas) y control de avenidas con capacidad de 52.75 millones de metros cúbicos. Constitución de 1917: Ubicada en el Estado de Querétaro, almacena un total de 69.86 millones de metros cúbicos para regar 5,600 hectáreas del Módulo II del Distrito de Riego 023 San Juan del Río. El Centenario: Ubicada en el Estado de Querétaro, almacena 8.99 millones de metros cúbicos. En sus inicios uno de sus principales propósitos era la generación de energía eléctrica, en la actualidad su principal uso es el riego de 930 hectáreas. Laguna de Metztitlán: Ubicada en el Estado de Hidalgo, almacena un total de 365 millones de metros cúbicos. Esta laguna se formó por un derrumbe que obstruyó la salida del río. Ing. Valentín Gama: Ubicada en el estado de San Luis Potosí, almacena 10.0 millones de metros cúbicos y su principal propósito es el control de avenidas. Zimapán: Ubicada en el Estado de Hidalgo, almacena un total de 1,390.0 millones de metros cúbicos, su finalidad principal es la generación de energía eléctrica, aprovechando el potencial de los ríos Tula y San Juan, en el cañón del Infiernillo, donde se unían ambos ríos para formar el río Moctezuma. Presidente Emilio Portes Gil (San Lorenzo): Ubicada en el Estado de Tamaulipas, se construyó con el objeto de aprovechar parte de los escurrimientos del río Guayalejo, tiene capacidad de 230.8 millones de metros cúbicos para riego de 16,692 hectáreas. Estudiante Ramiro Caballero Dorantes: Ubicada en el Estado de Tamaulipas, almacena un total de 563.44 millones de metros cúbicos para regar 7,000 hectáreas. Paso de Piedras (Chicayán): Ubicada en el Estado de Veracruz, tiene una capacidad de 572 millones de metros cúbicos; fue construida para el control de avenidas del río Chicayán, así como para el riego de 17,000 hectáreas. El Realito: Ubicada en el Municipio de San Luis de la Paz en el Estado de Guanajuato, sobre el cauce del río Santa María. Su capacidad es de 50 millones de metros cúbicos y su objetivo principal es dotar de agua potable a los estados de Guanajuato y San Luis Potosí. Inició operación en el año 2012. 3. Uso del Suelo y Cobertura Vegetal Se reconocen 33 zonas por usos de suelo y vegetación. El área de estudio está dominada por el uso agrícola-pecuario-forestal con 32,179.40 kilómetros cuadrados, seguida por el bosque de encino con 9,309.44 kilómetros cuadrados; estas dos clases ocupan el 51% de la superficie total de la subregión hidrológica estudiada. Otras coberturas importantes son el matorral submontano y la selva baja caducifolia con 8.92 y 7.51 %. Los cuerpos de agua ocupan el 1.16%, las zonas urbanas el 0.51% y otros asentamientos humanos el 0.05% de la superficie total. 4. Zonas de reserva ecológica En el área de estudio se localizan diez Áreas Naturales Protegidas Federales, numerosas áreas del nivel estatal y cinco sitios Ramsar. 4.1 Áreas Naturales Protegidas Federales 1. El 8 de septiembre de 1936 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO que declara Parque Nacional la región que comprende la barranca de San Vicente y el cerro de Cangandó, en el Estado de Hidalgo", destinado a la perpetua conservación de los recursos forestales y de la fauna silvestre, con una superficie de 23,150 hectáreas y con el nombre de Parque Nacional de "Los Mármoles". 2. El 15 de septiembre de 1936 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO que declara Parque Nacional El Potosí, los terrenos denominados Cañada Grande, S.L.P." con una superficie de 2,000 hectáreas de la Serranía de Cañada Grande en el Municipio de Rio Verde, S.L.P. Entre las consideraciones que justificaron su emisión se expuso que las cuencas hidrográficas, por su propia extensión, contribuyen a la alimentación de las corrientes de los ríos, manantiales y lagunas de los valles. 3. El 22 de septiembre de 1936 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO que declara Parque Nacional âGogorrón', las tierras de la ex-hacienda y serranía de igual nombre que el mismo delimita", en la región de Villa de Reyes del Estado de San Luis Potosí, destinado a la perpetua conservación de los recursos naturales y obras hidráulicas de la Sierra de Bernalejo, las tierras bajas de la ex-hacienda de Gogorrón y Serranía del mismo nombre. 4. El 7 de abril de 1981 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que por causa de interés público, se establece Zona de Protección Forestal y Refugio de la Fauna Silvestre, la región conocida como Sierra de Álvarez, localizada en los municipios de Armadillo de los Infantes y Zaragoza, S.L.P., dentro de una superficie aproximada de 16,900 Has". Posteriormente el 7 de junio de 2000 se publicó en el mencionado órgano de difusión, el "ACUERDO que tiene por objeto dotar con una categoría acorde con la legislación vigente a las superficies que fueron objeto de diversas declaratorias de áreas naturales protegidas emitidas por el Ejecutivo Federal", mediante el cual se denominó a la citada zona, Área de Protección de Flora y Fauna "Sierra de Álvarez". 5. El 6 de julio de 1982 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se declara Parque Nacional con el nombre de El Chico, el área con superficies de 2,739-02-63 Has., localizadas en la Sierra de Pachuca, Hgo., y se expropia en favor del Gobierno Federal una superficie de 329-60-20 Has., de propiedad particular." 6. El 6 de junio de 1994 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se declara como área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como Sierra del Abra Tanchipa, ubicada en los municipios de Ciudad Valles y Tamuín, Estado de San Luis Potosí.", con una superficie total de 21,464-44-25 hectáreas, que incluye una zona núcleo con superficie de 16,758-08-50 hectáreas. Tal instrumento prevé en su Artículo Décimo Segundo que el uso, explotación y aprovechamiento de las aguas nacionales ubicadas en la Reserva, se regularán por las disposiciones jurídicas aplicables en la materia y se sujetarán a las políticas y restricciones para la protección de las especies de flora y fauna silvestres. 7. El 19 de mayo de 1997 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se declara área natural protegida con carácter de reserva de la biosfera, la región denominada Sierra Gorda localizada en los municipios de Arroyo Seco, Jalpan de Serra, Peñamiller, Pinal de Amoles y Landa de Matamoros, Qro.", con una superficie territorial de 383,567-44-87.5 hectáreas, dentro de la cual se ubican once zonas núcleo con una superficie total de 24,803-35-87.5 hectáreas y una zona de amortiguamiento con una superficie total de 353,764-09-00 hectáreas. El Artículo Octavo del Decreto en mención dispone que el uso, explotación y aprovechamiento de las aguas nacionales ubicadas en la reserva de la biósfera "Sierra Gorda" se sujetarán a las políticas y restricciones para la protección de las especies acuáticas. 8. El 27 de noviembre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se declara como área natural protegida con carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como Barranca de Metztitlán, ubicada en los municipios de Acatlán, de Atotonilco el Grande, de Eloxochitlán, de Huesca de Ocampo, de Metztitlán, de San Agustín Metzquititlán, de Metepec y de Zacualtipán de Ángeles, en el Estado de Hidalgo, con una superficie total de 96,042-94-70.18 hectáreas", en el que se menciona que la cuenca formada por el Río Metztitlán proporciona bienes y servicios ambientales de gran valor como son la naturaleza del suelo, la disponibilidad de agua para riego y la gran diversidad de microclimas que permiten el florecimiento de actividades agrícolas. 9. El 2 de febrero de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la zona conocida como Sierra Gorda de Guanajuato localizada en los municipios de Atarjea, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Victoria y Xichú, en el Estado de Guanajuato", cuyo Artículo Noveno establece que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales podrá promover el establecimiento de vedas de agua, con la finalidad de fomentar la conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, sin embargo, para tales fines lo conducente es el establecimiento de zona de reserva para uso ambiental o conservación ecológica. 10. El 7 de diciembre de 2016 se publicó en Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se declara Área Natural Protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como Sierra de Tamaulipas, localizada en los municipios de Aldama, Casas, González, Llera y Soto La Marina, en el Estado de Tamaulipas", en cuyos considerandos se reconoce a la Sierra de Tamaulipas como proveedora de servicios ambientales tales como la protección del suelo contra la erosión y los azolves, el amortiguamiento de crecientes impetuosas de ríos, abastecimiento de agua de excelente calidad a un millón de personas en dos regiones hidrológicas, San Fernando-Soto La Marina y Pánuco, así como la captación de agua en los ríos Soto La Marina, Carrizales, Tigre, Barberena, y los arroyos Grande y El Cojo. 4.2 Áreas Naturales Protegidas Estatales En el Estado de Guanajuato se ubican las Áreas de Uso Sustentable Peña Alta y Sierra de Lobos, así como la Reserva de Conservación Pinal del Zamorano. En el Estado de Hidalgo se localizan las Áreas Naturales Protegidas con categoría de Zonas de Preservación Ecológica de los Centros de Población denominadas Cascadas de Cuatenáhuatl, Cerro La Paila-Matías Rodríguez y Cerro La Paila-El Susto. En el Estado de México existen cuatro parques estatales: El Oso Bueno, Santuario del Agua Presa Ñadó, Santuario del Agua Sistema Hidrológico Presa Huapango y Santuario del Agua y Forestal Subcuenca Tributaria Arroyo Sila. La Zona Sujeta a Conservación Ecológica Santa Marta de Abajo se ubica en el Municipio de Zaragoza, Nuevo León, mientras que en el Estado de Querétaro se encuentra la Reserva Estatal Mario Molina Pasquel. En el Estado de San Luis Potosí se ubica El Sótano de las Golondrinas y la Hoya de las Huahuas, con categoría de Monumento Natural, así como los Parques Estatales Bosque Adolfo Roque Bautista, Manantial de la Media Luna y Palma Larga, la reserva estatal Sierra del Este y Sierra de Enmedio, además de la reserva estatal con carácter de Reserva de la Biosfera Real de Guadalcázar. En el Estado de Tamaulipas se localiza el área ecológica protegida con carácter de reserva de la biosfera El Cielo, el Monumento Natural Bernal de Horcasitas o Cerro de Bernal y la zona especial sujeta a conservación ecológica Altas Cumbres. Finalmente en el Estado de Veracruz, se ubican la reserva ecológica Sierra de Otontepec y la Zona sujeta a Conservación Ecológica y de valor escénico denominada "Zona Ecológica Santuario del Loro Huasteco". 4.3 Sitios RAMSAR El 2 de febrero de 2004 fueron declarados sitios RAMSAR la laguna de Metztitlán en los municipios de Eloxochitlán y Metztitlán del Estado de Hidalgo y en el Estado de Querétaro la Presa Jalpan, la cual se ubica en el municipio de Jalpan de Serra, dentro de la Reserva de la Biosfera Sierra Gorda. El 27 de noviembre de 2005 se declaró como sitio RAMASR la Laguna de Tamiahua, en la parte norte del Estado de Veracruz, y el 2 de febrero de 2008 los humedales La Ciénega de Tamasopo, y Los Arroyos y Manantiales de Tanchachín, ambos en el Estado de San Luis Potosí. 5. Usos del agua 5.1 Aprovechamiento de las aguas nacionales superficiales El volumen total concesionado es de 7,048.583 millones de metros cúbicos por año, equivalente al 36.9% del escurrimiento medio anual. Los principales usos del agua concesionada en el área de estudio son el agrícola (65.4%), la generación de energía eléctrica (19.9%) y los servicios (4.6%). La cuenca hidrológica Río Tamesí tiene un gran uso industrial y la del Río Pánuco 1 en servicios. Las cuencas hidrológicas Río San Juan 1, Río Grande de Tulancingo, Río El Salto y Embalse Zimapán son aquellas que cuentan con uso para generación hidroeléctrica. Cuadro 2. Volúmenes concesionados de aguas superficiales en la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica 26 Pánuco Cuenca hidrológica | Número de Aprovechamientos | Volumen anual de extracción concesionado Millones de metros cúbicos | Arroyo Zarco | 64 | 29.052 | Río Ñadó | 332 | 14.395 | Río Galindo | 256 | 20.665 | Río San Juan 1 | 217 | 93.824 | Río Tecozautla | 409 | 32.531 | Río San Juan 2 | 144 | 11.047 | Río Grande de Tulancingo | 90 | 60.691 | Río Metztitlán 1 | 367 | 45.377 | Río Metzquititlán | 46 | 0.899 | Río Metztitlán 2 | 84 | 56.557 | Río Amajaque | 326 | 18.877 | Río Claro | 607 | 6.342 | Río Amajac | 330 | 2.946 | Río Calabozo | 579 | 7.362 | Río Los Hules | 488 | 6.000 | Río Tempoal 1 | 375 | 390.257 | Río San Pedro | 344 | 15.158 | Río Tempoal 2 | 519 | 179.728 | Río Verde 1 | 142 | 7.066 | Río Verde 2 | 91 | 79.295 | Río Verde 3 | 172 | 10.582 | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | 24 | 36.324 | Arroyo Altamira | 81 | 47.508 | Río Santa María 1 | 303 | 17.927 | Río Santa María 2 | 170 | 14.545 | Río Santa María 3 | 856 | 34.750 | Río Tamasopo 1 | 28 | 3.245 | Río Tamasopo 2 | 140 | 22.044 | Río Gallinas | 158 | 12.407 | Río El Salto | 366 | 437.423 | Río Valles | 326 | 118.331 | Río Tampaón 1 | 322 | 110.236 | Río Choy | 78 | 40.911 | Río Coy 1 | 121 | 8.519 | Río Coy 2 | 210 | 42.781 | Río Tampaón 2 | 260 | 470.309 | Río Victoria | 74 | 2.109 | Río Tolimán | 273 | 10.694 | Río Extoraz | 435 | 7.507 | Embalse Zimapán | 161 | 989.178 | Río Moctezuma 1 | 142 | 132.450 | Río Moctezuma 2 | 276 | 2.068 | Río Tancuilín | 187 | 3.881 | Río Huichihuayán | 299 | 6.604 | Río Moctezuma 3 | 777 | 48.037 | Río Moctezuma 4 | 484 | 181.515 | Río Jaumave-Chihue | 82 | 36.652 | Río Guayalejo 1 | 9 | 0.179 | Río Guayalejo 2 | 201 | 148.536 | Río Sabinas | 162 | 18.579 | Río Comandante 1 | 349 | 30.603 | Río Comandante 2 | 79 | 16.617 | Río Mante | 24 | 0.906 | Río Guayalejo 3 | 627 | 473.755 | Arroyo El Cojo | 102 | 8.341 | Río Tantoán | 70 | 3.649 | Río Guayalejo 4 | 398 | 512.779 | Río Tamesí | 517 | 268.809 | Río Moctezuma 5 | 283 | 1,018.917 | Río Chicayán 1 | 792 | 3.477 | Río Chicayán 2 | 522 | 66.951 | Río Pánuco 1 | 573 | 461.855 | Arroyo Tamacuil o La Llave | 444 | 3.161 | Río Pánuco 2 | 399 | 84.863 | TOTAL | 18,166 | 7,048.583 | Fuente: Elaboración propia con datos del REPDA (2015). 5.2 Aprovechamiento de las aguas nacionales subterráneas El volumen total concesionado es de 949.195 millones de metros cúbicos por año. Los principales usos de agua subterránea concesionada en el área de estudio son: agrícola (68.0%), público urbano (20.7%) e industrial (8.1%), siendo las cuencas hidrológicas Río San Juan 1, Río Verde 2, Río Guayalejo 3 y Arroyo El Puerquito o San Bartolo las que presentan los mayores volúmenes concesionados. Cuadro 3. Volúmenes concesionados de aguas subterráneas en la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica 26 Pánuco Cuenca hidrológica | Número de Aprovechamientos | Volumen anual de extracción concesionado Millones de metros cúbicos | Arroyo Zarco | 39 | 7.268 | Río Ñadó | 17 | 2.578 | Río Galindo | 34 | 9.194 | Río San Juan 1 | 945 | 269.892 | Río Tecozautla | 106 | 26.768 | Río San Juan 2 | 30 | 7.166 | Río Grande de Tulancingo | 187 | 34.081 | Río Metztitlán 1 | 152 | 30.133 | Río Metzquititlán | 0 | 0.000 | Río Metztitlán 2 | 17 | 1.681 | Río Amajaque | 13 | 3.581 | Río Claro | 8 | 0.223 | Río Amajac | 4 | 0.102 | Río Calabozo | 41 | 0.234 | Río Los Hules | 39 | 1.075 | Río Tempoal 1 | 160 | 1.059 | Río San Pedro | 14 | 0.105 | Río Tempoal 2 | 114 | 0.842 | Río Verde 1 | 172 | 10.663 | Río Verde 2 | 1445 | 104.630 | Río Verde 3 | 167 | 9.269 | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | 296 | 69.005 | Arroyo Altamira | 676 | 59.457 | Río Santa María 1 | 321 | 15.356 | Río Santa María 2 | 35 | 1.142 | Río Santa María 3 | 254 | 1.224 | Río Tamasopo 1 | 26 | 0.398 | Río Tamasopo 2 | 7 | 0.089 | Río Gallinas | 21 | 0.123 | Río El Salto | 126 | 10.482 | Río Valles | 218 | 3.929 | Río Tampaón 1 | 253 | 2.096 | Río Choy | 4 | 0.397 | Río Coy 1 | 31 | 0.190 | Río Coy 2 | 65 | 0.696 | Río Tampaón 2 | 54 | 0.550 | Río Victoria | 80 | 5.404 | Río Tolimán | 139 | 11.059 | Río Extoraz | 52 | 2.812 | Embalse Zimapán | 5 | 0.527 | Río Moctezuma 1 | 70 | 1.691 | Río Moctezuma 2 | 10 | 0.121 | Río Tancuilín | 12 | 0.083 | Río Huichihuayán | 97 | 0.606 | Río Moctezuma 3 | 351 | 3.645 | Río Moctezuma 4 | 141 | 3.956 | Río Jaumave-Chihue | 137 | 6.954 | Río Guayalejo 1 | 3 | 0.020 | Río Guayalejo 2 | 212 | 20.012 | Río Sabinas | 228 | 7.913 | Río Comandante 1 | 584 | 13.472 | Río Comandante 2 | 93 | 1.002 | Río Mante | 39 | 0.482 | Río Guayalejo 3 | 632 | 74.225 | Arroyo El Cojo | 14 | 1.656 | Río Tantoán | 17 | 0.127 | Río Guayalejo 4 | 117 | 1.198 | Río Tamesí | 41 | 1.234 | Río Moctezuma 5 | 93 | 0.563 | Río Chicayán 1 | 50 | 0.414 | Río Chicayán 2 | 162 | 0.474 | Río Pánuco 1 | 174 | 0.622 | Arroyo Tamacuil o La Llave | 235 | 3.190 | Río Pánuco 2 | 185 | 0.942 | TOTAL | 10,064 | 850.078 | Fuente: Elaboración propia con datos del REPDA (2015). 6. Disponibilidad 6.1 Disponibilidad de aguas nacionales superficiales El 7 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", en el que se actualizó la disponibilidad media anual de la Región Hidrológica Número 26 Pánuco. De acuerdo con la publicación señalada, de las 64 cuencas que integran la Subregión Hidrológica Río Pánuco, 56 presentan disponibilidad y las restantes 8 se clasifican con déficit. En resumen, la disponibilidad media anual a la salida de las 64 cuencas hidrológicas que conforman la Subregión Hidrológica Río Pánuco es de 9,348.659 millones de metros cúbicos. Cuadro 4. Disponibilidad media anual de aguas superficiales a la salida de las cuencas hidrológicas de la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica 26 Pánuco Cuenca hidrológica | Volumen medio anual escurrimiento hacia aguas abajo (Ab) Millones de metros cúbicos | Volumen anual actual comprometido aguas abajo (Rxy) Millones de metros cúbicos | Disponibilidad media anual (D) Millones de metros cúbicos | Clasificación | Por Usos | Para flujos mínimos ecológicos | Arroyo Zarco | -1.112 | 0.000 | 0.109 | -1.221 | Déficit | Río Ñadó | -27.594 | 0.000 | 0.000 | -27.594 | Déficit | Río Galindo | -8.395 | 0.000 | 0.000 | -8.395 | Déficit | Río San Juan 1 | 57.154 | 56.493 | 0.936 | -0.276 | Déficit | Río Tecozautla | 49.635 | 48.986 | 0.421 | 0.228 | Disponibilidad | Río San Juan 2 | 83.540 | 82.447 | 1.040 | 0.053 | Disponibilidad | Río Grande de Tulancingo | 14.419 | 8.447 | 2.668 | 3.304 | Disponibilidad | Río Metztitlán 1 | 134.484 | 59.990 | 21.962 | 52.532 | Disponibilidad | Río Metzquititlán | 31.898 | 14.229 | 4.855 | 12.815 | Disponibilidad | Río Metztitlán 2 | 172.519 | 36.995 | 39.545 | 95.979 | Disponibilidad | Río Amajaque | 78.971 | 16.935 | 16.855 | 45.180 | Disponibilidad | Río Claro | 446.881 | 94.916 | 90.980 | 260.985 | Disponibilidad | Río Amajac | 1,130.958 | 240.211 | 267.672 | 623.074 | Disponibilidad | Río Calabozo | 1,174.140 | 442.142 | 217.763 | 514.235 | Disponibilidad | Río Los Hules | 994.589 | 374.529 | 182.411 | 437.649 | Disponibilidad | Río Tempoal 1 | 2,041.158 | 525.333 | 442.767 | 1,073.058 | Disponibilidad | Río San Pedro | 371.083 | 95.506 | 79.283 | 196.295 | Disponibilidad | Río Tempoal 2 | 2,530.938 | 517.916 | 572.955 | 1,440.067 | Disponibilidad | Río Verde 1 | 27.080 | 15.836 | 4.165 | 7.079 | Disponibilidad | Río Verde 2 | 119.443 | 36.922 | 28.013 | 54.508 | Disponibilidad | Río Verde 3 | 195.844 | 53.228 | 47.714 | 94.902 | Disponibilidad | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | -0.452 | 0.000 | 0.015 | -0.467 | Déficit | Arroyo Altamira | 5.552 | 5.041 | 0.948 | -0.437 | Déficit | Río Santa María 1 | 18.514 | 9.354 | 18.200 | -9.041 | Déficit | Río Santa María 2 | 127.230 | 57.085 | 42.045 | 28.100 | Disponibilidad | Río Santa María 3 | 600.756 | 163.278 | 190.620 | 246.858 | Disponibilidad | Río Tamasopo 1 | 306.737 | 90.659 | 72.972 | 143.107 | Disponibilidad | Río Tamasopo 2 | 653.263 | 177.548 | 151.125 | 324.590 | Disponibilidad | Río Gallinas | 384.123 | 104.400 | 96.637 | 183.086 | Disponibilidad | Río El Salto | 815.807 | 221.726 | 171.802 | 422.279 | Disponibilidad | Río Valles | 207.405 | 56.370 | 61.426 | 89.609 | Disponibilidad | Río Tampaón 1 | 4,461.264 | 1,132.238 | 1,098.130 | 2,230.895 | Disponibilidad | Río Choy | 207.875 | 38.505 | 56.895 | 112.475 | Disponibilidad | Río Coy 1 | 916.610 | 260.175 | 201.411 | 455.023 | Disponibilidad | Río Coy 2 | 1,019.503 | 258.743 | 232.599 | 528.161 | Disponibilidad | Río Tampaón 2 | 5,118.858 | 948.184 | 1,353.456 | 2,817.218 | Disponibilidad | Río Victoria | 39.399 | 31.014 | 3.171 | 5.215 | Disponibilidad | Río Tolimán | 20.760 | 16.342 | 2.079 | 2.339 | Disponibilidad | Río Extoraz | 49.964 | 20.919 | 15.383 | 13.662 | Disponibilidad | Embalse Zimapán | 24.697 | 10.340 | 304.400 | -290.043 | Déficit | Río Moctezuma 1 | 822.121 | 175.437 | 188.946 | 457.738 | Disponibilidad | Río Moctezuma 2 | 1,628.151 | 345.813 | 344.575 | 937.763 | Disponibilidad | Río Tancuilín | 388.036 | 82.418 | 89.614 | 216.005 | Disponibilidad | Río Huichihuayán | 804.567 | 170.887 | 177.627 | 456.053 | Disponibilidad | Río Moctezuma 3 | 4,873.989 | 997.383 | 1,221.533 | 2,655.072 | Disponibilidad | Río Moctezuma 4 | 7,441.605 | 1,378.434 | 1,837.187 | 4,225.984 | Disponibilidad | Río Jaumave-Chihue | 102.209 | 73.021 | 10.967 | 18.221 | Disponibilidad | Río Guayalejo 1 | 369.241 | 263.744 | 36.347 | 69.150 | Disponibilidad | Río Guayalejo 2 | 377.640 | 227.304 | 48.607 | 101.728 | Disponibilidad | Río Sabinas | 494.810 | 297.830 | 66.105 | 130.875 | Disponibilidad | Río Comandante 1 | 220.394 | 134.234 | 27.251 | 58.909 | Disponibilidad | Río Comandante 2 | 907.920 | 546.485 | 132.455 | 228.981 | Disponibilidad | Río Mante | 131.399 | 79.090 | 19.307 | 33.002 | Disponibilidad | Río Guayalejo 3 | 1,712.630 | 831.353 | 308.837 | 572.439 | Disponibilidad | Arroyo El Cojo | 33.397 | 16.212 | 5.742 | 11.443 | Disponibilidad | Río Tantoán | 85.615 | 25.256 | 12.882 | 47.477 | Disponibilidad | Río Guayalejo 4 | 1,635.502 | 482.467 | 398.994 | 754.041 | Disponibilidad | Río Tamesí | 1,650.183 | 0.000 | 485.777 | 1,164.405 | Disponibilidad | Río Moctezuma 5 | 11,833.374 | 1,281.774 | 3,305.724 | 7,245.876 | Disponibilidad | Río Chicayán 1 | 209.750 | 32.673 | 58.594 | 118.483 | Disponibilidad | Río Chicayán 2 | 433.754 | 11.045 | 144.390 | 278.320 | Disponibilidad | Río Pánuco 1 | 11,346.179 | 288.907 | 3,444.520 | 7,612.752 | Disponibilidad | Arroyo Tamacuil o La Llave | 184.168 | 4.689 | 50.283 | 129.196 | Disponibilidad | Río Pánuco 2 | 13,530.659 | 0.000 | 4,182.000 | 9,348.659 | Disponibilidad | Fuente: Comisión Nacional del Agua (2016) La NOM-011-CONAGUA-2015 Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales, señala que la disponibilidad media anual de agua superficial en una cuenca hidrológica se determina en el cauce principal en la salida de la cuenca hidrológica, mediante la siguiente expresión: Donde: D | = | Disponibilidad media anual de agua superficial en la cuenca hidrológica | Ab | = | Volumen medio anual de escurrimiento de la cuenca hacia aguas abajo | Rxy | = | Volumen anual actual comprometido aguas abajo | Para este caso en particular las cuencas hidrológicas del área de estudio cuentan con un flujo mínimo para garantizar la estabilidad de los cauces, lagos, lagunas, humedales y esteros, así como la protección de los ecosistemas acuáticos y sus especies, equivalente al 30% de las aguas superficiales disponibles a la salida de cada cuenca, conforme se señala en el "DECRETO por el que se suprime parcialmente la veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones y asignaciones para los aprovechamientos de las aguas en las cuencas de los ríos Metztitlán, Moctezuma, Tempoal, Verde, Santa María, Tampaón, Guayalejo y Tamesí-Chicayán", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 1999. 6.2 Disponibilidad de aguas subterráneas En el área de estudio, que comprende 64 cuencas hidrológicas, se ubican asimismo 31 acuíferos denominados Xichú-Atarjea, Zimapán, Orizatlán, Atotonilco-Jaltocán, Xochitlán-Huejutla, Atlapexco-Candelaria, Calabozo, Huichapan-Tecozautla, Meztitlán, Huasca-Zoquital, Valle de Tulancingo, Amajac, Polotitlán, Valle de San Juan del Río, Valle de Tequisquiapan, Valle de Cadereyta, Tolimán, Moctezuma, TampaónâZona de Sierra, Jaral de BerriosâVilla de Reyes, CerritosâVilla Juárez, Río Verde, San Nicolás Tolentino, Santa María del Río, Huasteca Potosina, Tamuín, Palmillas-Jaumave, Llera-Xicoténcatl, OcampoâAntiguo Morelos, Zona Sur y TampocoâMisantla. De estos acuíferos, 25 cuentan con disponibilidad y 6 se encuentran en déficit. El 4 de enero de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican", en el cual se incluyen los 31 acuíferos identificados en la zona de estudio, con los valores siguientes: Cuadro 5. Disponibilidad media anual de aguas subterráneas en los acuíferos ubicados en la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica 26 Pánuco Acuífero | Disponibilidad millones de metros cúbicos | Déficit | Clave | Nombre | millones de metros cúbicos | 1101 | Xichú-Atarjea | 1.780293 | 0.000000 | 1301 | Zimapán | 1.795766 | 0.000000 | 1302 | Orizatlán | 6.116866 | 0.000000 | 1303 | Atotonilco-Jaltocán | 4.144195 | 0.000000 | 1304 | Xochitlán-Huejutla | 7.059613 | 0.000000 | 1305 | Atlapexco-Candelaria | 8.849692 | 0.000000 | 1306 | Calabozo | 9.243797 | 0.000000 | 1307 | Huichapan-Tecozautla | 0.000000 | -12.856815 | 1314 | Meztitlán | 16.553936 | 0.000000 | 1315 | Huasca-Zoquital | 10.577692 | 0.000000 | 1317 | Valle de Tulancingo | 0.000000 | -20.117722 | 1321 | Amajac | 1.308591 | 0.000000 | 1503 | Polotitlán | 0.000000 | -3.664437 | 2203 | Valle de San Juan del Río | 0.000000 | -135.398314 | 2205 | Valle de Tequisquiapan | 1.198069 | 0.000000 | 2206 | Valle de Cadereyta | 0.482993 | 0.000000 | 2207 | Tolimán | 0.000000 | -3.531932 | 2210 | Moctezuma | 43.4271 | 0.000000 | 2211 | TampaónâZona de Sierra | 34.196726 | 0.000000 | 2412 | Jaral de BerriosâVilla de Reyes | 0.961659 | 0.000000 | 2414 | CerritosâVilla Juárez | 5.744383 | 0.000000 | 2415 | Río Verde | 68.843062 | 0.000000 | 2416 | San Nicolás Tolentino | 7.639823 | 0.000000 | 2417 | Santa María del Río | 0.000000 | -21.592966 | 2418 | Huasteca Potosina | 91.020303 | 0.000000 | 2419 | Tamuín | 67.346245 | 0.000000 | 2810 | Palmillas-Jaumave | 5.609734 | 0.000000 | 2811 | Llera-Xicoténcatl | 9.054241 | 0.000000 | 2812 | OcampoâAntiguo Morelos | 12.275721 | 0.000000 | 2813 | Zona Sur | 7.989766 | 0.000000 | 3017 | Tampoco-Misantla | 102.064662 | 0.000000 | | Totales | 525.284928 | -197.162186 | Fuente: Comisión Nacional del Agua (2017) 7. Estimación de la demanda de agua superficial para uso ambiental o para conservación ecológica 7.1 Reserva para uso ambiental o para conservación ecológica En las cuencas de los ríos Metztitlán, Moctezuma, Tempoal, Verde, Santa María, Tampaón, Guayalejo y Tamesí-Chicayán se ha reservado un volumen equivalente al 30% de las aguas superficiales disponibles en términos de los estudios técnicos para determinar la disponibilidad de las aguas superficiales de la cuenca del río Pánuco, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 26 de octubre de 1998, a fin de garantizar la estabilidad de los cauces, lagos, lagunas, humedales, esteros así como la protección de los ecosistemas acuáticos y sus especies, el cual corresponde a los valores siguientes: Cuadro 6. Flujo mínimo ecológico a la salida de las cuencas hidrológicas de la Subregión Hidrológica Río Pánuco de la Región Hidrológica 26 Pánuco Cuenca Hidrológica | Flujo mínimo ecológico 30% disponibilidad DOF 21/01/2008 Millones de metros cúbicos | | Cuenca Hidrológica | Flujo mínimo ecológico 30% disponibilidad DOF 21/01/2008 Millones de metros cúbicos | Arroyo Zarco | 0.109 | | Río Choy | 56.895 | Río Ñadó | 0.000 | | Río Coy 1 | 201.411 | Río Galindo | 0.000 | | Río Coy 2 | 232.599 | Río San Juan 1 | 0.936 | | Río Tampaón 2 | 1,353.456 | Río Tecozautla | 0.421 | | Río Victoria | 3.171 | Río San Juan 2 | 1.040 | | Río Tolimán | 2.079 | Río Grande de Tulancingo | 2.668 | | Río Extoraz | 15.383 | Río Metztitlán 1 | 21.962 | | Embalse Zimapán | 304.400 | Río Metzquititlán | 4.855 | | Río Moctezuma 1 | 188.946 | Río Metztitlán 2 | 39.545 | | Río Moctezuma 2 | 344.575 | Río Amajaque | 16.855 | | Río Tancuilín | 89.614 | Río Claro | 90.980 | | Río Huichihuayán | 177.627 | Río Amajac | 267.672 | | Río Moctezuma 3 | 1,221.533 | Río Calabozo | 217.763 | | Río Moctezuma 4 | 1,837.187 | Río Los Hules | 182.411 | | Río Jaumave-Chihue | 10.967 | Río Tempoal 1 | 442.767 | | Río Guayalejo 1 | 36.347 | Río San Pedro | 79.283 | | Río Guayalejo 2 | 48.607 | Río Tempoal 2 | 572.955 | | Río Sabinas | 66.105 | Río Verde 1 | 4.165 | | Río Comandante 1 | 27.251 | Río Verde 2 | 28.013 | | Río Comandante 2 | 132.455 | Río Verde 3 | 47.714 | | Río Mante | 19.307 | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | 0.015 | | Río Guayalejo 3 | 308.837 | Arroyo Altamira | 0.948 | | Arroyo El Cojo | 5.742 | Río Santa María 1 | 18.200 | | Río Tantoán | 12.882 | Río Santa María 2 | 42.045 | | Río Guayalejo 4 | 398.994 | Río Santa María 3 | 190.620 | | Río Tamesí | 485.777 | Río Tamasopo 1 | 72.972 | | Río Moctezuma 5 | 3,305.724 | Río Tamasopo 2 | 151.125 | | Río Chicayán 1 | 58.594 | Río Gallinas | 96.637 | | Río Chicayán 2 | 144.390 | Río El Salto | 171.802 | | Río Pánuco 1 | 3,444.520 | Río Valles | 61.426 | | Arroyo Tamacuil o La Llave | 50.283 | Río Tampaón 1 | 1,098.130 | | Río Pánuco 2 | 4,182.000 | Fuente: Comisión Nacional del Agua (2016) 8. Antecedentes normativos 8.1 Aguas superficiales - "DECRETO por el que se suprime parcialmente la veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones y asignaciones para los aprovechamientos de las aguas en las cuencas de los ríos Metztitlán, Moctezuma, Tempoal, Verde, Santa María, Tampaón, Guayalejo y Tamesí-Chicayán", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 1999. - "DECRETO por el que se establece la reserva parcial de aguas nacionales superficiales para destinarse a los usos doméstico y público urbano, en la zona que ocupan las cuencas hidrológicas Río Moctezuma 1, Río Extóraz y Río Santa María 3", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 2013. 9. Conclusiones y recomendaciones 9.1. Conclusiones La Subregión Hidrológica Río Pánuco, pertenece a la Región Hidrológica Número 26 Pánuco; abarca parte de los estados de Guanajuato, Hidalgo, Querétaro, México, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz; está formada por 64 cuencas hidrológicas, tiene una extensión de 81,250.879 kilómetros cuadrados y un escurrimiento medio anual de 19,117.228 millones de metros cúbicos. En el área de estudio se ubican diez Áreas Naturales Protegidas federales, diversas Áreas Naturales Protegidas estatales y 5 sitios RAMSAR. El volumen total concesionado de aguas superficiales es de 7,048.583 millones de metros cúbicos por año, mientras que de aguas subterráneas es de 949.195 millones de metros cúbicos por año. De las 64 cuencas hidrológicas que integran la subregión hidrológica, 56 presentan disponibilidad y 8 se clasifican con déficit; respecto a las aguas subterráneas, de los 31 acuíferos que se ubican dentro del área de estudio, 25 cuentan con disponibilidad y 6 se encuentran en déficit. El Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 1999 suprime la veda para el otorgamiento de concesiones y asignaciones únicamente en las cuencas de los ríos Metztitlán, Moctezuma, Tempoal, Verde, Santa María, Tampaón, Guayalejo y Tamesí-Chicayán, sin hacer mención de la cuenca del río San Juan, que comprendería desde su origen hasta su confluencia con el río Tula, y que actualmente abarca las cuencas Arroyo Zarco, Río Ñadó, Río Galindo, Río San Juan 1, Río Tecozautla y Río San Juan 2, incluidas en el presente estudio. Dicho Decreto prevé que la Comisión Nacional del Agua sólo podrá concesionar o asignar el 70% de los volúmenes disponibles en las cuencas Metztitlán, Moctezuma, Tempoal, Verde, Santa María, Tampaón, Guayalejo y Tamesí-Chicayán, y que reservará el 30% restante de las agua disponibles para garantizar los flujos mínimos que requiera la estabilidad de los cauces, lagos, lagunas, humedales, esteros, así como la protección de los ecosistemas acuáticos y sus especies. 9.2. Recomendaciones 1. Reformar el "DECRETO por el que se suprime parcialmente la veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones y asignaciones para los aprovechamientos de las aguas en las cuencas de los ríos Metztitlán, Moctezuma, Tempoal, Verde, Santa María, Tampaón, Guayalejo y Tamesí-Chicayán", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 1999, mismo que señala que el 30% de la disponibilidad media no comprometida a la salida de cada una de esas cuencas se reservará para garantizar flujos mínimos. 2. Establecer reserva de aguas nacionales superficiales para uso ambiental o para conservación ecológica en la cuenca hidrológica Río Pánuco 2, por un volumen de 4,182.000 millones de metros cúbicos. 3. Las cuencas aguas arriba deben contar con gasto ecológico en su salida, el cual corresponde al volumen que cada una aporta para cubrir el volumen de la reserva en la cuenca Río Pánuco 2, tal como se señala a continuación: Cuadro 7. Volumen de gasto ecológico recomendado. Cuenca hidrológica | Volumen de gasto ecológico Millones de metros cúbicos | Arroyo Zarco | 0.109 | Río Ñadó | 0.000 | Río Galindo | 0.000 | Río San Juan 1 | 0.936 | Río Tecozautla | 0.421 | Río San Juan 2 | 1.040 | Río Grande de Tulancingo | 2.668 | Río Metztitlán 1 | 21.962 | Río Metzquititlán | 4.855 | Río Metztitlán 2 | 39.545 | Río Amajaque | 16.855 | Río Claro | 90.980 | Río Amajac | 267.672 | Río Calabozo | 217.763 | Río Los Hules | 182.411 | Río Tempoal 1 | 442.767 | Río San Pedro | 79.283 | Río Tempoal 2 | 572.955 | Río Verde 1 | 4.165 | Río Verde 2 | 28.013 | Río Verde 3 | 47.714 | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | 0.015 | Arroyo Altamira | 0.948 | Río Santa María 1 | 18.200 | Río Santa María 2 | 42.045 | Río Santa María 3 | 190.620 | Río Tamasopo 1 | 72.972 | Río Tamasopo 2 | 151.125 | Río Gallinas | 96.637 | Río El Salto | 171.802 | Río Valles | 61.426 | Río Tampaón 1 | 1,098.130 | Río Choy | 56.895 | Río Coy 1 | 201.411 | Río Coy 2 | 232.599 | Río Tampaón 2 | 1,353.456 | Río Victoria | 3.171 | Río Tolimán | 2.079 | Río Extoraz | 15.383 | Embalse Zimapán | 304.400 | Río Moctezuma 1 | 188.946 | Río Moctezuma 2 | 344.575 | Río Tancuilín | 89.614 | Río Huichihuayán | 177.627 | Río Moctezuma 3 | 1,221.533 | Río Moctezuma 4 | 1,837.187 | Río Jaumave-Chihue | 10.967 | Río Guayalejo 1 | 36.347 | Río Guayalejo 2 | 48.607 | Río Sabinas | 66.105 | Río Comandante 1 | 27.251 | Río Comandante 2 | 132.455 | Río Mante | 19.307 | Río Guayalejo 3 | 308.837 | Arroyo El Cojo | 5.742 | Río Tantoán | 12.882 | Río Guayalejo 4 | 398.994 | Río Tamesí | 485.777 | Río Moctezuma 5 | 3,305.724 | Río Chicayán 1 | 58.594 | Río Chicayán 2 | 144.390 | Río Pánuco 1 | 3,444.520 | Arroyo Tamacuil o La Llave | 50.283 | Fuente: Elaboración propia. 4. Suprimir la veda de aguas superficiales que mantuvo el Decreto del 26 de marzo de 1999 en la cuenca Río San Juan, la cual comprendía desde el origen de dicha corriente hasta su confluencia con el río Tula, y que actualmente corresponde a las siguientes cuencas hidrológicas: Cuadro 8. Cuencas hidrológicas de la cuenca Río San Juan, en las que se mantuvo veda por virtud del Decreto del 26 de marzo de 1999 Cuenca hidrológica | Disponibilidad Millones de metros cúbicos | Condición | Arroyo Zarco | -1.221 | Déficit | Río Ñadó | -27.594 | Déficit | Río Galindo | -8.395 | Déficit | Río San Juan 1 | -0.276 | Déficit | Río Tecozautla | 0.228 | Disponibilidad | Río San Juan 2 | 0.053 | Disponibilidad | Embalse Zimapán | -290.043 | Déficit | Fuente: Elaboración propia. 5. Establecer veda para el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas nacionales superficiales en las siguientes cuencas hidrológicas: Cuadro 9. Cuencas hidrológicas de la Subregión hidrológica Río Pánuco de la RH 26 Pánuco donde se recomienda establece zona de veda Cuenca hidrológica | Disponibilidad Millones de metros cúbicos | Condición | Arroyo Zarco | -1.221 | Déficit | Río Ñadó | -27.594 | Déficit | Río Galindo | -8.395 | Déficit | Río San Juan 1 | -0.276 | Déficit | Río Tecozautla | 0.228 | Disponibilidad | Río San Juan 2 | 0.053 | Disponibilidad | Arroyo El Puerquito o San Bartolo | -0.467 | Déficit | Arroyo Altamira | -0.437 | Déficit | Río Santa María 1 | -9.041 | Déficit | Embalse Zimapán | -290.043 | Déficit | Fuente: Elaboración propia. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. El estudio técnico que contiene la información detallada, así como los planos y tablas señalados en el presente Acuerdo, estarán disponibles para consulta pública en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, de la Comisión Nacional del Agua, ubicado en el Libramiento Emilio Portes Gil Número 200, Colonia Miguel Alemán, código postal 87030, Ciudad Victoria, Tamaulipas, y en la Subdirección General Técnica de la Comisión Nacional del Agua, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 2416, Piso 8, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, C.P. 04340, Ciudad de México. Ciudad de México, a los 26 días del mes de enero de 2018.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
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