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DOF: 14/02/2018
CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que celebran

CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tlaxcala.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", ACTUANDO EN ESTE ACTO POR EL DR. JOSÉ MELJEM MOCTEZUMA, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD (SIDSS), ASISTIDO POR DR. MALAQUÍAS LÓPEZ CERVANTES, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL ESTADO DE TLAXCALA, POR LA INGENIERO MARÍA ALEJANDRA MARISELA NANDE ISLAS Y EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SALUD DE TLAXCALA, DOCTOR ALBERTO JONGUITUD FALCÓN, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES, CLÁUSULAS Y PARÁMETROS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.     De conformidad con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se determine por "LA ENTIDAD", la Secretaría de Planeación y Finanzas y la Secretaría de Salud y la Dirección General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala; y por "LA SECRETARÍA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y la Comisión Nacional contra las Adicciones, por mismas, o asistidas por las unidades administrativas y/o órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.
III.    El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento.
IV.   El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se
deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional.
       Asimismo, el PROSESA, en su Objetivo 5 Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea entre otras estrategias como forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud; el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud.
V.    Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programas Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, con el objeto de garantizar la oferta de servicios de salud en zonas marginadas del país, con alta dispersión y difícil acceso geográfico.
VI.   El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ampliar la oferta de servicios de salud a las personas que habitan en localidades de menor índice de desarrollo humano, alta y muy alta marginación, con dispersión poblacional y geográfica, sin acceso o dificultades para obtener atención médica, mediante equipos itinerantes de salud y unidades médicas móviles que ofrecen servicios de prevención y promoción del cuidado de la salud, basado en criterios de calidad, anticipación, integralidad, inclusión y resolutividad.
DECLARACIONES
I. De "LA SECRETARÍA":
1.     El Dr. José Meljem Moctezuma, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
2.     Dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES) se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARÍA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad e inclusión, así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3.     Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran el de contribuir a cerrar las brechas existentes en salud entre los diferentes grupos sociales y regiones del país, a través del mejoramiento de las condiciones de salud de la población sin acceso a servicios de salud,
mediante la oferta de servicios de promoción y prevención de la salud, así como intervenciones específicas comprendidas en el primer nivel de atención a la salud y otorgadas a través de las unidades médicas móviles, equipadas con el fin de que se continúe trabajando de manera complementaria a establecimientos de salud fijos en el primer nivel de atención. Además, en función de la disponibilidad de recursos financieros y humanos, participar en la atención hospitalaria, prehospitalaria y de urgencias en situaciones que demanden poblaciones y personas que sean víctimas de desastres naturales, emergencias epidemiológicas y otras situaciones de excepción, como grandes aglomeraciones, a fin de brindarles los apoyos temporales necesarios en materia de salud pública, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2017, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 29 de diciembre de 2016.
4.     Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
5.     Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II. De "LA ENTIDAD":
1.     La Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Tlaxcala a cargo de la Ingeniero María Alejandra Marisela Nande Islas, asiste y acredita tener facultades para participar en la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 1, 11, 31 y 32 fracciones VIII. En Materia de Planeación; incisos a), b), d), h), i), y j), de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, cargo que se acredita con la copia de su nombramiento de fecha 2 de enero de 2017, expedido por el Gobernador del Estado de Tlaxcala, Marco Antonio Mena Rodríguez, y que por reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, realizada mediante Decreto número 177, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, con fecha 5 de julio de dos mil trece, se cambió el nombramiento del titular de la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", para quedar como "Secretario de Planeación y Finanzas" del Estado de Tlaxcala.
2.     La Secretaría de Salud y la Dirección General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, a cargo del Doctor Alberto Jonguitud Falcón, asiste y acredita tener facultades para participar en la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 1, 11 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, así como los artículos 23, 30 fracciones I, XVI y XVII, 34 fracciones IV, VI y XV de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala; y los artículos 18 fracción VI, del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su nombramiento de fecha 2 de enero de 2017, expedido por el Gobernador del Estado de Tlaxcala, Marco Antonio Mena Rodríguez.
3.     Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.
4.     Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en la Calle Ignacio Picazo Norte número 25, Colonia Centro del Municipio de Santa Ana Chiautempan, Tlaxcala, Código Postal 90800.
 
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2016, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 29 de diciembre de 2016. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico de Colaboración al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración y sus Anexos tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios a "LA ENTIDAD" para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2017 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles y su aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales), que amparen a las unidades médicas móviles del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el Estado de Tlaxcala, y coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, de conformidad con el presente instrumento jurídico y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA", y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos presupuestarios que transfiere "LA SECRETARÍA" se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
 
CONCEPTO
IMPORTE
"PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA".
$7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.).
 
El importe que se transferirá a "LA ENTIDAD" para la operación del concepto a que se refiere el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio Específico de Colaboración.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico de Colaboración, "LAS PARTES" se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas y sus correspondientes Anexos, al contenido de "EL ACUERDO MARCO", así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" con cargo a su presupuesto para el ejercicio fiscal 2017 (enero-diciembre), transferirá a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio Específico de Colaboración.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se radicarán en varias ministraciones conforme al Anexo 2 y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria que se cuente, a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva, única y específica para este instrumento jurídico que ésta establezca para tal fin. Para los efectos anteriores, la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD" deberá remitir la documentación complementaria correspondiente relativa a la apertura de dicha cuenta a nombre del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Planeación y Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora. La no transferencia de los recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y podrá ser una causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Para los efectos del párrafo anterior, la Unidad Ejecutora deberá, previamente abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para los recursos que ampara el presente Convenio Específico de Colaboración.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio Específico de Colaboración no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el
objeto del mismo.
El control y la fiscalización de los recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas a través de este Programa quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Cuando las autoridades federales o locales que en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, conozcan que los recursos federales señalados no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente Convenio Específico de Colaboración, deberán hacerlo del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública en forma inmediata y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
"LA ENTIDAD" deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales transferidos.
PARÁMETROS
"LA SECRETARÍA" vigilará, por conducto de la DGPLADES, dentro de marco de sus atribuciones, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula SEGUNDA, sean destinados únicamente para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2017 (enero-diciembre) y realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles y su aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a las unidades médicas móviles del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el Estado de Tlaxcala, unidades médicas móviles otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y el Ejecutivo de la Entidad Federativa, así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, y por el monto a que se refiere la Cláusula PRIMERA, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:
a)    La DGPLADES transferirá los recursos presupuestarios federales asignados a "LA ENTIDAD" a efecto de que sean aplicados específicamente para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles y su aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a las unidades médicas móviles del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el Estado de Tlaxcala, y conceptos citados en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento jurídico, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que determine esta última, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
       "LA ENTIDAD" es responsable de realizar el pago y trámites correspondientes para el aseguramiento de la totalidad de las unidades médicas móviles y activos que se le han otorgado en comodato por "LA SECRETARÍA".
       La DGPLADES de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria podrá apoyar a la Entidad Federativa con recursos para cubrir la contratación del seguro de las unidades médicas móviles
otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y el Ejecutivo de la Entidad Federativa, así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, conforme a los establecidos en el párrafo anterior, "LA ENTIDAD" deberá apegarse a los lineamientos que se emiten por "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES mediante oficio y deben incluirse la totalidad de unidades médicas móviles que se han entregado en comodato a la Entidad: Unidades médicas móviles Tipo 0, de supervisión y de sustitución, así como las unidades médicas móviles tipo 1, 2 y 3, y dicho aseguramiento deberá comprender a los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, y con cobertura en casos de desastres naturales, y deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación, con la finalidad de que en casos de accidentes o percances en los que se determine la pérdida total de la unidad y se proceda al pago de ésta, el cheque se expida a favor de Tesorería de la Federación.
       Asimismo, el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, deberá ser realizado con recursos propios de la Entidad Federativa.
b)    La DGPLADES considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al programa (modelo y formatos de supervisión) que se establezca para este fin, y conforme al periodo de visitas establecido en el Anexo 12 de este instrumento jurídico, a efecto de observar la correcta operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, los informes de avances y rendimientos financieros (conforme al Anexo 10 de este instrumento jurídico), relaciones de gasto, los estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias; asimismo solicitará a "LA ENTIDAD", la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se detalla en el Anexo 4 del presente Convenio Específico de Colaboración, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto, y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos transferidos citados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento jurídico.
c)    La DGPLADES podrá en todo momento supervisar y verificar a "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud de este Convenio Específico de Colaboración, así como de sus rendimientos financieros generados, y podrá solicitar a esta última la comprobación fiscal que sustente y fundamente el ejercicio de los recursos citados. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio Específico de Colaboración (adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte).
d)   La DGPLADES aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestarios no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines objeto del presente Convenio Específico de Colaboración de conformidad con el Anexo 3 del presente instrumento jurídico, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia, proceder a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA", así como la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO", y de que notifique a las autoridades competentes en términos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente Convenio.
 
e)    Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARÍA" se comprometen a transferir a "LA ENTIDAD" mediante el presente instrumento jurídico, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios que comprenda la ejecución de los recursos transferidos al Programa, a través de las diversas fuentes de financiamiento federales que transfiere el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, a que se refiere la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración, se aplicarán al concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA del mismo, los cuales tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el CAUSES que se detalla en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico, a la población que no tiene acceso a los servicios de salud, y que habita en las localidades descritas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo de la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
META: Atender a la población de las localidades mencionadas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere "LA SECRETARÍA", a que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2017 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles y su aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a las unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Tlaxcala, por parte de la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
Dichos recursos no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieren con motivo de la ejecución del presente Convenio Específico de Colaboración, en su carácter de subsidios, se devengan conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y deberán ser registrados por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros y economías que generen los recursos presupuestarios federales transferidos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este Convenio Específico de Colaboración, previa autorización de la DGPLADES, podrán destinarse al Programa y conceptos previstos en la Cláusula PRIMERA y de
conformidad con lo establecido en el Anexo 8 de este Convenio Específico de Colaboración.
"LA ENTIDAD" presentará un informe (por lo menos de manera trimestral) de los rendimientos financieros y economías generadas, y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto conforme a los Anexos 4 y 10 del presente Convenio Específico de Colaboración.
"LA ENTIDAD", una vez cumplido el objeto del presente Convenio Específico de Colaboración, deberá de reintegrar al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días siguientes a dicho cumplimiento, los saldos no utilizados de los recursos presupuestarios federales que se hayan transferido, así como los rendimientos financieros y economías generadas que no hayan sido aplicados y comprobados de conformidad con la Cláusula PRIMERA y lo dispuesto en la presente Cláusula.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8 del presente Convenio Específico de Colaboración quedan a cargo de "LA ENTIDAD" y deberán realizarse con recursos propios.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD" adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a:
I.     La Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, como Unidad(es) Ejecutora(s), será(n) la(s) unidad(es) responsable(s) ante "LA SECRETARÍA" y enlace(s) para la adecuada ejecución y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico; y vigilará(n) el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.
II.     Aplicar los recursos presupuestarios federales y sus rendimientos financieros a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico en el concepto establecido en la Cláusula PRIMERA del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la Cláusula TERCERA de este instrumento jurídico, por lo que se hace responsable del uso, aplicación, comprobación y destino de los citados recursos.
III.  Remitir en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable (Comprobante Fiscal Digital por Internet â CFDI). Asimismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas a la Unidad Ejecutora, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable (Comprobante Fiscal Digital por Internet â CFDI).
       "LA ENTIDAD" a través de la Unidad Ejecutora, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
       La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio Específico de Colaboración, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son entre otros los dispuestos por los artículos 29 y 29-A
del Código Fiscal de la Federación, los cuales deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", Unidad Receptora de los recursos y/o Unidad Ejecutora según corresponda, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), conceptos de pago, etc.
IV.   La Secretaría de Planeación y Finanzas deberá ministrar íntegramente a la Unidad Ejecutora los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento jurídico y sus rendimientos financieros, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a que sean radicados dichos recursos en la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD" por parte de "LA SECRETARÍA" a efecto de que la Unidad Ejecutora, esté en condiciones de iniciar las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico de Colaboración.
       Los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos en los términos de este Convenio Específico de Colaboración, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA".
V.    Por conducto de la Unidad Ejecutora, informar de manera trimestral, dentro de los quince (15) primeros días siguientes al trimestre que se reporta, a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos y los rendimientos financieros y economías generados, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 10 del presente Convenio Específico de Colaboración. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte).
VI.  Por conducto de la Unidad Ejecutora, reportar y dar seguimiento trimestralmente, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al 2017 y enero del siguiente año, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico de Colaboración, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico, y en cumplimiento con las disposiciones jurídicas aplicables.
VII.  Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA SECRETARÍA" y la DGPLADES, por lo que en ningún caso se entenderán estas últimas como patrón sustituto o solidario.
VIII.  La Secretaría de Salud y/u Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2017 (enero-diciembre), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARÍA", y de conformidad con el Anexo 9 del presente Convenio Específico de Colaboración.
IX.   Informar a "LA SECRETARÍA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa a través del presente instrumento jurídico, mediante el formato descrito en el Anexo 11 del presente Convenio Específico de Colaboración, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones
bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
X.    Mantener actualizados los indicadores para resultados de los recursos presupuestarios federales transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
XI.   Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XII.   La Secretaría de Salud y/o el Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala informará sobre la suscripción de este Convenio Específico de Colaboración, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD".
XIII.  La Secretaría de Salud y/o el Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala realizará las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet.
XIV. Promover y realizar las acciones necesarias para que los beneficiarios realicen la contraloría social y de manera organizada verifiquen la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al Programa, así como efectuar la vigilancia operativa de las Unidades Médicas Móviles, con base en lo establecido en las Reglas de Operación del Programa y a los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
XV.  Las demás obligaciones que se establezcan a cargo de "LA ENTIDAD" dentro de "EL ACUERDO MARCO" que le aplique en función de la naturaleza de los recursos radicados en el presente Convenio Específico de Colaboración.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA":
I.     Realizar las gestiones necesarias a través de la DGPLADES, ante la instancia correspondiente, a efecto de que se ministren a "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo primero de la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 del presente Convenio Específico de Colaboración.
II.     Dar seguimiento, a través de la DGPLADES, documentalmente mediante el formato de certificación de gasto, conforme el Anexo 4 e informes, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados en este instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.    Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestarios federales transferidos.
IV.   A través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Programa que se establezca para este fin con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 12 de este instrumento jurídico.
V.    A través de la DGPLADES, a efecto de cumplir con lo dispuesto por las disposiciones jurídicas aplicables, solicitar a "LA ENTIDAD", de manera trimestral y dentro de los cinco (5) primeros días siguientes al trimestre que se deba reportar, la entrega del informe de actividades de los avances en
el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, el reporte de cumplimiento de metas e indicadores de resultados a través del formato de indicadores de desempeño de prestación de servicios (Anexo 7 del presente Convenio Específico de Colaboración), que permitan evaluar el desempeño y cumplimiento de los compromisos pactados, así como dar seguimiento al ejercicio de los recursos con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias y rendimientos financieros, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico y de las economías generadas, conforme al formato establecido en el Anexo 10, así como también a través del formato de certificación de gasto conforme al Anexo 4, ambos del presente instrumento jurídico, que sustenten y fundamenten la aplicación y destino de los recursos por "LA ENTIDAD".
       Así como solicitar a "LA ENTIDAD", la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales que se transfieren, la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normativa aplicable, misma que deberá expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, etc.
       "LA ENTIDAD" deberá remitir archivo electrónico del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezca, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Asimismo, deberá remitir archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
VI.   Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Contraloría en el ámbito estatal, el caso o casos en que los recursos presupuestarios federales, no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines que en este instrumento jurídico se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
VII.  Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico de Colaboración.
VIII.  Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
IX.   El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico sean transferidos, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de control de "LA ENTIDAD".
X.    Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XI.   Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las
disposiciones aplicables.
XII.   Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
OCTAVA.- VIGENCIA.- El presente Convenio Específico de Colaboración comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARÍA" y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2017.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico de Colaboración podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico de Colaboración podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I.      Por el cumplimiento del objeto para el que fue celebrado.
II.     Por acuerdo de "LAS PARTES".
III.    Por caso fortuito o fuerza mayor.
IV.   Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
V.    Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron para fines distintos a los previstos en el presente instrumento jurídico.
VI.    Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "LA SECRETARÍA".
DÉCIMA PRIMERA- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico de Colaboración deriva de "EL ACUERDO MARCO" a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento jurídico, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento jurídico como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente Convenio Específico de Colaboración.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico de Colaboración, lo firman por cuadruplicado.- Por la Entidad, a los once días del mes de enero de dos mil diecisiete.- Por la Secretaría, a los trece días del mes de enero de dos mil diecisiete.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, José Meljem Moctezuma.- Rúbrica.- El Director
General de Planeación y Desarrollo en Salud, Malaquías López Cervantes.- Rúbrica.- Por la Entidad: la Secretaria de Planeación y Finanzas, María Alejandra Marisela Nande Islas.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, Alberto Jonguitud Falcón.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CAPÍTULO DE GASTO
APORTACIÓN
FEDERAL
APORTACIÓN
ESTATAL
TOTAL 2017
4000 "Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas"
$7,489,576.35
$0.00
$7,489,576.35
TOTAL
$7,489,576.35
$0.00
$7,489,576.35
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CONCEPTO
01 ENE - 31 MZO
01 ABR - 30 JUN
01 JUL - 30 SEP
01 OCT - 31 DIC
TOTAL 2017
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.
$2,139,875.13
$1,547,166.18
$1,547,166.18
$2,255,368.86
$7,489,576.35
ACUMULADO
$2,139,875.13
$1,547,166.18
$1,547,166.18
$2,255,368.86
$7,489,576.35
 
La "Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento. La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al término del trimestre correspondiente.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la Operación del
Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
ASEGURAMIENTO DE
17 UMM
TOTAL 2017
CON GASTOS DE OPERACIÓN PARA
3 MESES
2 UMM
12 MESES
10 UMM
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$7,082,026.35
1o. Transferencia (01 ENE-31 MZO)
$1,796,675.13
2o. Transferencia (01 ABR-30 JUN)
$1,525,716.18
3o. Transferencia (01 JUL-30 SEP)
$1,525,716.18
4o. Transferencia (01 OCT-31 DIC)
$2,233,918.86
3700 "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIÁTICOS"
$98,550.00
1o. Transferencia (01 ENE-31 MZO)
$34,200.00
2o. Transferencia (01 ABR-30 JUN)
$21,450.00
3o. Transferencia (01 JUL-30 SEP)
$21,450.00
4o. Transferencia (01 OCT-31 DIC)
$21,450.00
34501 "SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES"
$309,000.00
1o. Transferencia (01 ENE-31 MZO)
$309,000.00
TOTAL
$7,489,576.35
 
* En caso de que la Entidad Federativa realice comisiones oficiales vía terrestre, en las cuales genere gastos por concepto de peaje podrá comprobar el gasto en la partida 39202
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
 
 

 
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2017
PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"
       INSTRUCTIVO
       Se deberá anotar lo siguiente:
1     Entidad Federativa.
2     Monto por concepto de gasto
3     Concepto de Gasto de Aplicación
4     Nombre del Concepto de Gasto
5     Fecha de elaboración del certificado
 
6     Partida Específica de gasto
7     No. de factura pagada
8     Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
9     Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
10    Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
11    Especificar si es contrato o pedido
12    Proveedor o Prestador de Servicios
13    Importe neto de la factura (incluye IVA)
14    Observaciones Generales
15    Total del gasto efectuado.
16    Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
17    Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
18    Nombre del Director de Administración.
19    Nombre del Secretario de Salud
20    Mes en que se reporta
NOTA:     ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERA EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASI COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
Asimismo deberá remitir archivo electrónico del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezca, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Asimismo, deberá remitir archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
Catálogo Universal de Servicios de Salud 2016
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE SALUD PÚBLICA
1
1
Vacunación contra tuberculosis (B.C.G)
2
2
Vacunación contra hepatitis b (HB) menores de 14 años
3
3
Administración de vacuna pentavalente (DPT, HB, HIB)
4
4
Vacunación contra rotavirus
5
5
Vacunación contra neumococo conjugado (heptavalente)
6
6
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional) menores de 14 años y grupos de riesgo
7
7
Vacunación contra sarampión, parotiditis y rubéola (SRP)
8
8
Vacunación contra difteria, tosferina y tétanos (DPT)
9
9
Vacunación contra poliomielitis (SABIN)
10
10
Vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH)
11
11
Vacunación contra hepatitis b (HB) mayores de 14 años
12
12
Vacunación contra sarampión y rubéola (SR)
13
13
Vacunación contra tétanos y difteria (TD)
14
14
Vacunación contra el neumococo para el adulto mayor
15
15
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional) para mayores de 60 años sin patologías asociadas
16
16
Acciones preventivas para recién nacido
17
17
Acciones preventivas para menores de 5 años
18
18
Acciones preventivas para niñas y niños de 5 a 9 años
19
19
Detección precoz de los trastornos de la conducta alimentaria
20
20
Acciones preventivas para adolescentes de 10 a 19 años
21
21
Acciones preventivas para mujeres de 20 a 59 años
22
22
Acciones preventivas para hombres de 20 a 59 años
23
23
Examen médico completo para mujeres de 40 a 59 años
24
24
Examen médico completo para hombres de 40 a 59 años
25
25
Prevención y atención a violencia familiar y de género
26
26
Acciones preventivas para adultos mayores de 60 años en adelante
27
27
Otras acciones de promoción a la salud y prevención de riesgos
 
 
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE CONSULTA DE MEDICINA GENERAL, FAMILIAR Y DE
ESPECIALIDAD
28
28
Diagnóstico y tratamiento de anemia ferropriva y por deficiencia de vitamina b12
29
29
Diagnóstico y tratamiento por deficiencia de vitamina A
30
30
Diagnóstico y tratamiento de escarlatina
31
31
Diagnóstico y tratamiento de sarampión, rubéola y parotiditis
 
 
32
32
Diagnóstico y tratamiento de varicela
33
33
Diagnóstico y tratamiento de faringoamigdalitis aguda
34
34
Diagnóstico y tratamiento de tos ferina
35
35
Diagnóstico y tratamiento de otitis media no supurativa
36
36
Diagnóstico y tratamiento de rinofaringitis aguda
37
37
Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis
38
38
Diagnóstico y tratamiento de rinitis alérgica y vasomotora
39
39
Diagnóstico y tratamiento de dengue clásico (y otras fiebres producidas por flavivirus y arbovirus)
40
40
Diagnóstico y tratamiento del síndrome diarreico agudo
41
41
Diagnóstico y tratamiento de fiebre paratifoidea y otras salmonelosis
42
42
Diagnóstico y tratamiento de fiebre tifoidea
43
43
Diagnóstico y tratamiento del herpes zóster
44
44
Diagnóstico y tratamiento de candidiasis oral
45
45
Diagnóstico y tratamiento de gonorrea
46
46
Diagnóstico y tratamiento de infecciones por chlamydia (incluye tracoma)
47
47
Diagnóstico y tratamiento de trichomoniasis
48
48
Diagnóstico y tratamiento de sífilis precoz y tardía
49
49
Diagnóstico y tratamiento de cistitis
50
50
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis aguda
51
51
Diagnóstico y tratamiento de vulvitis aguda
52
52
Diagnóstico y tratamiento de chancro blando
53
53
Diagnóstico y tratamiento de herpes genital
54
54
Diagnóstico y tratamiento de amebiasis
55
55
Diagnóstico y tratamiento de anquilostomiasis y necatoriasis
56
56
Diagnóstico y tratamiento de ascariasis
57
57
Diagnóstico y tratamiento de enterobiasis
58
58
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de equinococosis
59
59
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de esquistosomiasis
60
60
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de estrongiloidiasis
61
61
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de filariasis
62
62
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de giardiasis
63
63
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de teniasis
64
64
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de tricuriasis
65
65
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de triquinosis
66
66
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de brucelosis
67
67
Diagnóstico y tratamiento de escabiosis
 
68
68
Diagnóstico y tratamiento de pediculosis y phthiriasis
69
69
Diagnóstico y tratamiento de micosis superficiales (excepto onicomicosis)
70
70
Diagnóstico y tratamiento de onicomicosis
71
71
Diagnóstico y tratamiento de erisipela y celulitis
72
72
Diagnóstico y tratamiento de procesos infecciosos de rezago (paludismo, ricketsiosis, lepra, enfermedad de chagas, leishmaniasis, oncocercosis)
73
73
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis alérgica y de contacto
74
74
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis atópica
75
75
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis de contacto por irritantes
76
76
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis del pañal
77
77
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis exfoliativa
78
78
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis seborreica
79
79
Diagnóstico y tratamiento de verrugas vulgares
80
80
Diagnóstico y tratamiento del acné
81
81
Diagnóstico y tratamiento de infección aguda por virus de la hepatitis a y b
82
82
Diagnóstico y tratamiento de gastritis aguda, duodenitis y dispepsia
83
83
Diagnóstico y tratamiento del síndrome de intestino irritable
84
84
Diagnóstico y tratamiento de prediabetes y diabetes mellitus tipo 2
85
85
Diagnóstico y tratamiento de hipertensión arterial
86
86
Diagnóstico y tratamiento conservador de artrosis erosiva y poliartrosis no especificada
87
87
Diagnóstico y tratamiento de lumbalgia
88
88
Atención por algunos signos, síntomas y otros factores que influyen en el estado de salud
89
90
Método de planificación familiar temporal con anticonceptivos hormonales
90
91
Consejo y asesoramiento general sobre anticoncepción mediante el uso del condón
91
92
Método de planificación familiar temporal con dispositivo intrauterino
92
93
Atención prenatal en el embarazo
93
96
Diagnóstico y tratamiento de dismenorrea primaria
94
97
Diagnóstico y tratamiento del climaterio y menopausia
95
98
Diagnóstico y tratamiento trastornos benignos de la mama
96
99
Diagnóstico y tratamiento de hiperplasia endometrial
97
100
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis subaguda y crónica
98
101
Diagnóstico y tratamiento de endometriosis
99
102
Diagnóstico y tratamiento de uretritis y síndrome uretral
100
103
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de grados bajo y moderado
101
104
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de alto grado
102
105
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición leve, moderada y severa
 
103
106
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo kwashiorkor
104
107
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo marasmo
105
108
Diagnóstico y tratamiento de secuelas de desnutrición
106
109
Diagnóstico y tratamiento médico del sobrepeso y obesidad exógena
107
110
Diagnóstico y tratamiento de laringotraqueitis aguda
108
111
Diagnóstico y tratamiento de otitis media supurativa
109
112
Diagnóstico y tratamiento de sinusitis aguda
110
113
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en adultos
111
114
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en menores de 18 años
112
115
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis (TAES)
113
116
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis farmacorresistente (TAES)
114
117
Diagnóstico y tratamiento de psoriasis
115
118
Diagnóstico y tratamiento de esofagitis por reflujo
116
119
Diagnóstico y tratamiento de úlcera gástrica y péptica crónica no perforada
117
120
Diagnóstico y tratamiento de dislipidemia
118
121
Diagnóstico y tratamiento de hipertiroidismo
119
123
Diagnóstico y tratamiento de hipotiroidismo
120
124
Diagnóstico y tratamiento de diabetes mellitus tipo 1
121
125
Diagnóstico y tratamiento de insuficiencia cardiaca
122
126
Diagnóstico y tratamiento de osteoporosis
123
127
Diagnóstico y tratamiento de hiperuricemia y gota
124
128
Diagnóstico y tratamiento de artritis reumatoide
125
132
Diagnóstico y tratamiento ambulatorio de epilepsia y crisis convulsivas
126
133
Diagnóstico y tratamiento médico de enfermedad de parkinson
127
134
Diagnóstico y tratamiento conservador de luxación congénita de cadera
128
136
Diagnóstico y tratamiento de parálisis facial
129
137
Prevención y detección temprana de adicciones (consejería)
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE ODONTOLOGÍA
130
138
Prevención de caries dental
131
139
Aplicación de selladores de fosetas y fisuras dentales
132
140
Restauraciones dentales con amalgama, ionómero de vidrio y resina, por caries o fractura de los dientes
133
141
Diagnóstico y tratamiento de focos infecciosos bacterianos agudos en la cavidad bucal
134
142
Extracción de dientes erupcionados y restos radiculares
135
143
Terapia pulpar
136
144
Extracción de tercer molar
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES EN URGENCIAS
137
149
Diagnóstico y tratamiento de angina de pecho
138
155
Diagnóstico y tratamiento del envenenamiento por insecticidas organofosforados y carbamatos
139
158
Diagnóstico y tratamiento de picadura de alacrán
140
159
Diagnóstico y tratamiento de picaduras de abeja, araña y otros artrópodos
141
160
Diagnóstico y tratamiento de intoxicación aguda alimentaria
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES EN URGENCIAS
142
161
Manejo de mordedura y prevención de rabia en humanos
143
162
Extracción de cuerpos extraños
144
163
Curación y suturas de lesiones traumáticas de tejidos blandos
145
165
Manejo en urgencias de quemaduras de primer grado
146
166
Diagnóstico y tratamiento de esguince cervical
147
167
Diagnóstico y tratamiento de esguince de hombro
148
168
Diagnóstico y tratamiento de esguince de codo
149
169
Diagnóstico y tratamiento de esguince de muñeca y mano
150
170
Diagnóstico y tratamiento conservador de esguince de rodilla
151
171
Diagnóstico y tratamiento de esguince de tobillo y pie
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE HOSPITALIZACIÓN
152
172
Diagnóstico y tratamiento de pielonefritis
153
178
Diagnóstico y tratamiento de neumonía en menores de 18 años
154
181
DiagnoÌstico y tratamiento de enfermedad pélvica inflamatoria
155
184
Atención del parto y puerperio fisiológico
156
188
Atención del recién nacido
157
198
DiagnoÌstico y tratamiento de infección de episiorrafia o herida quirúrgica obstétrica
158
202
DiagnoÌstico y tratamiento de retención aguda de orina
159
211
DiagnoÌstico y tratamiento de neuropatía periférica secundaria a diabetes
160
218
Diagnóstico y tratamiento de diabetes gestacional
161
219
Diagnóstico y tratamiento de hipertensión inducida y/o preexistente en el embarazo
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE CIRUGÍA GENERAL
162
231
Diagnóstico y tratamiento de enfermedad hemorroidal
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN
EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
RUTAS 2017
No. de unidades: 4 UMM-0, 2 UMM-1, 4 UMM-2 y 2 UMM-3.
 
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Población
Objetivo
Personal
Jornada de la
Unidad Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la UMM
Tipo de UMM
y año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para
las Tipo 0)
Unidad de 2o. Nivel (Emergencias
Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150040
La Virgen
106
1 Médico(a)
General 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150036
La Soledad
210
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150015
San Gabriel Popocatla
1,188
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150045
San José Escandona
51
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
023
Nativitas
290230023
San Miguel Tlale
197
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
023
Nativitas
290230014
Santa Clara Atoyac
150
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
023
Nativitas
290230002
San Miguel Analco
1,482
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
024
Panotla
290240009
Santa Catalina Apatlahco
120
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLIMS000136
HGZ 1
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
024
Panotla
290240005
San Ambrosio Texantla
867
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLIMS000136
HGZ 1
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
012
Españita
290120018
San Miguel El Piñón
269
TLSSA000635
Villa Mariano
Matamoros
TLIMS000136
HGZ 1
TLSSA017756 (*)
Unidad Médica Móvil Tlaxcala II
UMM-0, 2009
 
4
 
10
4,640
3
8 horas
1
1
2
2
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040073
La Soledad Loma De Ocotla
[Ranchería]
129
1 Médico(a)
General 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040043
Xarero Xaltitla
55
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040028
San José Pilancón
263
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040007
Lázaro Cárdenas
399
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040006
La Garita
273
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040003
San José Buenavista
245
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040010
Nexnopala
695
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040008
Mesa Redonda
255
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040019
San Juan Ocotitla
301
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
 
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040009
Miahuapan El Bajo
106
 
 
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
004
Atltzayanca
290040052
Colonia Nazareth
371
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
047
Lázaro Cárdenas
290470009
San José de la Laguna
346
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
046
Emiliano Zapata
290460002
Ahilitla
38
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
013
Huamantla
290130147
Fracción Santa Ana Ríos
66
TLSSA000133
Santa Cruz
Pocitos
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017773 (*)
Unidad Médica Móvil Huamantla III
UMM-0, 2009
 
4
 
14
3,542
3
8 horas
1
1
1
1
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340042
El Mirador
13
1 Médico(a)
General 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340010
Los Capulines
95
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340013
La Ciénega
274
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340041
Las Mesas [Ranchería]
227
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340044
Ranchería Ojo De Agua
276
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340058
La Rosa
35
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340113
San Diego Quintanilla
76
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340117
Maguey Cenizo
151
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340158
Ncpe La Herradura
86
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340077
San Pedro La Cueva
244
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
034
Tlaxco
290340049
La Pedregosa
105
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
014
Hueyotlipan
290140011
San Andrés Cuaximala
306
TLSSA001236
San Antonio
Huexotitla
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017843
Unidad Médica Móvil Apizaco III
UMM-0, 2009
 
2
 
12
1,888
3
8 horas
1
1
1
1
 
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
021
Nanacamilpa de
Mariano Arista
290210017
Colonia Tepuente
223
1 Médico(a)
General 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA017831
Hospital General de
Calpulalpan
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
021
Nanacamilpa de
Mariano Arista
290210004
Domingo Arenas (La Calera)
539
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA017831
Hospital General de
Calpulalpan
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
020
Sanctórum de
Lázaro Cárdenas
290200055
Ncp Álvaro Obregón
518
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA017831
Hospital General de
Calpulalpan
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
040
Xaltocan
290400037
Colonia Puerto Arturo
197
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
040
Xaltocan
290400006
Las Mesas [Colonia]
194
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
019
Tepetitla de
Lardizábal
29019n/d
El Arenal
235
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
052
San José Teacalco
290520006
El Encinal Dos De Mayo
129
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
031
Tetla de la
Solidaridad
290310018
Plan De Ayala
460
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
031
Tetla de la
Solidaridad
290310020
San Isidro Piedras Negras
283
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
039
Xaloztoc
290390005
Colonia Velazco
858
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
012
Españita
290120010
Miguel Aldama
355
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
012
Españita
290120014
San Agustín
52
TLSSA000244
Mazapa
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017744
Unidad Médica Móvil Apizaco IV
UMM-0, 2009
 
8
 
12
4,043
3
8 horas
1
1
3
3
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340080
Santa María Zotoluca
232
1 Médico(a)
General 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
29034n/d
Ampliación Zotoluca
130
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340299
Rancho Campo David
68
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340210
Los Laureles
45
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340138
Titichilco
155
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
 
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340019
San Antonio Chapultepec
33
 
 
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340078
Santa Fe
40
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340039
Comisión Federal De
Electricidad-La Martinica
247
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340009
Capilla De Tepeyahualco
210
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
034
Tlaxco
290340084
Tecomalucan
602
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017761
Unidad Médica Móvil Apizaco VI
UMM-1, 2009
 
1
 
10
1,762
3
8 horas
 
 
1
1
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
005
Apizaco
290050023
Cuarta Manzana
33
1 Médico(a)
General 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
003
Atlangatepec
290030031
Villa De Las Flores
361
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
003
Atlangatepec
290030014
Colonia Benito Juárez
(Tezoyo)
473
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
003
Atlangatepec
290030018
Santiago Villalta
330
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
003
Atlangatepec
290030011
Santa María Tepetzala
61
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
003
Atlangatepec
290030007
Colonia Agrícola San Luis
153
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
038
Tzompantepec
290380006
Xaltianquisco
884
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
038
Tzompantepec
290380005
San Mateo Inophil
256
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
009
Cuaxomulco
290090004
Zacamolpa
287
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
052
San José Teacalco
29052n/d
Colonia la Mesa
204
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
011
Muñoz de Domingo
Arenas
290110004
San Isidro Chipila
295
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017662
Unidad Médica Móvil Apizaco I
UMM-1, 2007
 
6
 
11
3,337
3
8 horas
 
 
1
1
 
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
025
San Pablo del
Monte
290250008
Apatenco
165
1 Médico(a)
General 1
Estomatólogo(a)
1 Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
025
San Pablo del
Monte
290250019
Popozotzi
67
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
025
San Pablo del
Monte
29025n/d
Juquilita
113
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
025
San Pablo del
Monte
29025n/d
El Rancho
374
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
041
Papalotla de
Xicohténcatl
290419003
San Buena Ventura
1,066
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
041
Papalotla de
Xicohténcatl
29041n/d
Los Reyes Tenantitla
301
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
032
Tetlatlahuca
290320006
Santa Ana Portales
761
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
028
Teolocholco
290280004
Cuaxinca
514
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
028
Teolocholco
290280044
Tepetumayo
151
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
017
Mazatecochco de
José María Morelos
290170002
Atlamaxac
94
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
048
La Magdalena
Tlaltelulco
29048n/d
Col. Satélite
93
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150007
Espíritu Santo
640
 
 
TLSSA001142
Hospital General
Tlaxcala de
Xicoténcatl
TLSSA017691
Unidad Médica Móvil Tlaxcala I
UMM-2, 2007
 
7
 
12
4,339
4
8 horas
 
 
2
2
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
006
Calpulalpan
290060024
Ncpe Gustavo Díaz Ordaz
565
1 Médico(a)
General 1
Estomatólogo(a) 1
Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
006
Calpulalpan
290060019
La Soledad
1,107
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
006
Calpulalpan
290060038
La Venta
92
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
006
Calpulalpan
290060010
San Cristóbal Zacacalco
622
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
006
Calpulalpan
290060016
San Mateo Aticpac
960
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
012
Españita
290120012
La Reforma
370
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
012
Españita
290120005
La Constancia
404
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
012
Españita
290120016
San Juan Mitepec
409
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
 
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
014
Hueyotlipan
290140026
El Carmen (Las Carrozas)
57
 
 
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
014
Hueyotlipan
290140035
Ncp San Antonio Techalote
371
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
014
Hueyotlipan
290140017
San Lorenzo Techalote
340
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
014
Hueyotlipan
290140018
San Manuel Tlalpan
144
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
040
Xaltocan
290400014
San José Texopa
373
 
 
TLSSA017831
Hospital General
Calpulalpan
TLSSA017674
Unidad Médica Móvil Apizaco V
UMM-2, 2007
 
4
 
13
5,814
4
8 horas
 
 
1
1
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130039
Ncp San José Teacalco
243
1 Médico(a)
General 1
Estomatólogo(a)
1 Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130129
San Diego Xalpatlahuaya
150
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130002
Colonia Altamira Guadalupe
412
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130046
Colonia El Valle
710
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130042
Ranchería De Torres
316
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130077
Colonia Francisco Villa
Tecóac
894
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130071
La Lima [Ranchería]
205
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130097
El Molino [Ranchería]
212
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130084
Colonia Acasillados San
Martín Notario
350
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
037
Ziltlaltépec de
Trinidad Sánchez
Santos
290370002
Colonia Francisco Javier
Mina
1,114
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130076
Colonia Francisco I. Madero
La Mesa
141
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017686
Unidad Médica Móvil Huamantla I
UMM-2, 2007
 
2
 
11
4,747
4
8 horas
 
 
1
1
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
008
Cuapiaxtla
290080033
Colonia Del Valle
140
1 Médico(a)
General 1
Estomatólogo(a)
1 Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
008
Cuapiaxtla
290080007
Colonia José María Morelos
592
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
008
Cuapiaxtla
290080010
Colonia Manuel Ávila
Camacho
308
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
008
Cuapiaxtla
290080029
Santa Beatriz La Nueva
324
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
008
Cuapiaxtla
290080011
Plan De Ayala
501
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
 
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
008
Cuapiaxtla
290080027
Colonia Loma Bonita
216
 
 
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130047
N.C.P. José María Morelos
426
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
013
Huamantla
290130075
Rancho Cabildo
5
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
007
El Carmen
Tequexquitla
290070005
Colonia Vicente Guerrero
314
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
007
El Carmen
Tequexquitla
290070003
Ocotlán Temalacayucan
97
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
030
Terrenate
290300035
El Rincón [Ranchería]
83
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
030
Terrenate
290300096
Rancho Guadalupe
29
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
030
Terrenate
290300063
La Mesa (La Cumbre)
[Rancho]
45
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
007
El Carmen
Tequexquitla
290070008
Barrio De Guadalupe
187
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017703
Unidad Médica Móvil Huamantla II
UMM-2, 2007
 
4
 
14
3,267
4
8 horas
 
 
1
1
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340013
La Ciénega*
274
1 Médico(a)
General 1
Estomatólogo(a)
1 Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340041
Las Mesas [Ranchería]*
227
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340044
Ranchería Ojo de Agua*
276
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340113
San Diego Quintanilla*
76
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340117
Maguey Cenizo*
151
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340077
San Pedro La Cueva*
244
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340084
Tecomalucan*
602
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340080
Santa María Zotoluca*
232
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340009
Capilla de Tepeyahualco*
210
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
 
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340138
Titichilco*
155
 
 
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340299
Rancho Campo David*
68
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340039
Comisión Federal de
Electricidad-La Martinica*
247
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340078
Santa Fe*
40
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
034
Tlaxco
290340049
La Pedregosa*
105
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
014
Hueyotlipan
290140011
San Andrés Cuaximala*
306
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
031
Tetla de la
Solidaridad
290310018
Plan de Ayala*
460
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
031
Tetla de la
Solidaridad
290310020
San Isidro Piedras Negras*
283
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
005
Apizaco
290050023
Cuarta Manzana*
33
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
003
Atlangatepec
290030031
Villa de Las Flores*
361
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
003
Atlangatepec
290030014
Colonia Benito Juárez
(Tezoyo)*
473
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
011
Muñoz de Domingo
Arenas
290110004
San Isidro Chipila*
295
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017860
Unidad Médica Móvil Apizaco II
UMM-3, 2009
 
6
 
21
5,118
4
8 horas
 
 
1
1
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150036
La Soledad*
210
1 Médico(a)
General 1
Estomatólogo(a)
1 Enfermera(o)
1 Promotor(a) de la
Salud
08:00 Hrs./Diarias
 
 
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150015
San Gabriel Popocatla*
1,188
 
 
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
015
Ixtacuixtla de
Mariano Matamoros
290150045
San José Escandona*
51
 
 
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
023
Nativitas
290230014
Santa Clara Atoyac*
150
 
 
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
023
Nativitas
290230002
San Miguel Analco*
1,482
 
 
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
 
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
024
Panotla
290240005
San Ambrosio Texantla*
867
 
 
 
 
TLSSA001142
Hospital General de
Tlaxcala
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
012
Españita
290120018
San Miguel El Piñón*
269
 
 
TLIMS000136
HGZ 1
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040028
San José Pilancón*
263
 
 
TLIMS000136
HGZ 1
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040007
Lázaro Cárdenas*
399
 
 
TLIMS000136
HGZ 1
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040006
La Garita*
273
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040010
Nexnopala*
695
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040008
Mesa Redonda*
255
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040019
San Juan Ocotitla*
301
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
004
Atltzayanca
290040052
Colonia Nazareth*
371
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
047
Lázaro Cárdenas
290470009
San José de la Laguna*
346
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
038
Tzompantepec
290380006
Xaltianquisco*
884
 
 
TLSSA017983
Hospital General de
Huamantla
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
038
Tzompantepec
290380005
San Mateo Inophil*
256
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
052
San José Teacalco
29052n/d
Colonia La Mesa*
204
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
020
Sanctórum de
Lázaro Cárdenas
290200055
NCP Álvaro Obregón*
518
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
040
Xaltocan
290400037
Colonia Puerto Arturo*
197
 
 
TLSSA001376
Hospital General
Regional Emilio
Sánchez Piedras
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
040
Xaltocan
290400006
Las Mesas [Colonia]*
194
 
 
TLSSA017831
Hospital General de
Calpulalpan
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
012
Españita
290120010
Miguel Aldama*
355
 
 
TLSSA017831
Hospital General de
Calpulalpan
TLSSA017855
Unidad Médica Móvil Multirruta Tlaxcala IV
UMM-3, 2009
 
11
 
22
9,728
4
8 horas
 
 
5
5
12
12
12
 
33
 
119
37,379
42
8 horas
4
4
5
5
Nota: *) Unidades Médicas Móviles con financiamiento federal correspondiente al periodo enero-marzo de 2017.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2017
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestres (Escribir Nombre)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO UNIDADES MÉDICAS
MÓVILES)
 
Cobertura
Operativa
 
Personas atendidas por primera vez en el año
Casas trabajadas
en el periodo
Muertes
maternas por
lugar de origen
en el periodo
Embarazadas que
ingresan a control
prenatal durante el
periodo
 
 
Consultas por
diagnóstico y/o
tratamiento
Acciones de
promoción o
prevención
Hombres
Rango de Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
70 y más
 
 
 
1er.
 
 
 
 
 
 
 
65 a 69
 
 
 
2o.
 
 
 
 
 
 
 
60 a 64
 
 
 
3er.
 
 
 
 
 
 
 
55 a 59
 
 
 
4o.
 
 
 
 
 
 
 
50 a 54
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
45 a 49
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 a 44
 
 
 
Observaciones:
 
35 a 39
 
 
 
 
30 a 34
 
 
 
 
25 a 29
 
 
 
 
20 a 24
 
 
 
 
15 a 19
 
 
 
 
10 a 14
 
 
 
 
5 a 9
 
 
 
 
2 a 4 años
 
 
 
 
1 año
 
 
 
 
< de 1 año
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal (nombre y firma)
 
 
 
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
 
 
Responsable de Validación
 
I. Control Nutricional
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Infecciones Respiratoria Agudas en menores de cinco años
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de enfermedades infecciosas respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos de enfermedades infecciosas respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones por exploración para cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron ácido fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres activas de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Promedio de pacientes que reciben consulta odontológica
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
META
REALIZADO
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Análisis cualitativo de cada Indicador con sus respectivos avances en el periodo que se reporta:
 
 
 
 
 
 
 
I
 
 
 
 
 
 
II
 
 
 
 
 
 
III
 
 
 
 
 
 
IV
 
 
 
 
 
 
V
 
 
 
 
 
 
VI
 
 
 
 
 
 
VII
 
 
 
 
 
 
VIII
 
 
 
 
 
 
IX
 
 
 
 
 
 
X
 
 
 
 
 
 
XI
 
 
 
 
 
 
XII
 
 
 
 
 
 
XIII
 
 
 
 
 
 
XIV
 
 
 
 
 
 
XV
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones
cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
 
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR
CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVOS.
34501
SEGUROS DE BIENES
PATRIMONIALES
Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto 3500 Servicios de mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales.
37101*
PASAJES REOS NACIONALES
PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES REOS NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES REOS NACIONALES
PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE
MANDO EN EL DESEMPEÑO DE
COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES
NACIONALES ASOCIADOS A
DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
 
37204*
PASAJES TERRESTRES
NACIONALES PARA SERVIDORES
PÚBLICOS DE MANDO EN EL
DESEMPEÑO DE COMISIONES Y
FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA
SERVIDORES PÚBLICOS EN EL
DESEMPEÑO DE FUNCIONES
OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y
TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS
RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales". EXCLUSIVO PARA PAGO DE PEAJE
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS ASIGNADAS PARA COORDINADOR Y SUPERVISORES, EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, CUANDO ÉSTE SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARÍA" (DGPLADES), SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DE ESTE CONVENIO PARA CUBRIR SUS GASTOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PERSONAL EN EL ESTADO DE TLAXCALA
NIVEL ESTATAL
PERSONAL CONTRATACIÓN ENERO-DICIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
1
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
Enero-Diciembre
$639,649.20
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A")
1
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
Enero-Diciembre
$447,086.04
 
 
 
 
 
 
 
$1,086,735.24
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
TLSSA017744,TLSSA017843
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Enero-Diciembre
$412,692.96
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Enero-Diciembre
$344,483.04
 
 
 
 
 
 
 
$757,176.00
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
TLSSA017662,TLSSA017761
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Enero-Diciembre
$412,692.96
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Enero-Diciembre
$344,483.04
 
 
 
 
 
 
 
$757,176.00
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 2
TLSSA017674,TLSSA017686,TLSSA017691,TLSSA017703
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Enero-Diciembre
$825,385.92
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Enero-Diciembre
$688,966.08
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
4
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
Enero-Diciembre
$1,272,230.40
 
 
 
 
 
 
 
$2,786,582.40
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 3
TLSSA017855,TLSSA017860
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Enero-Diciembre
$412,692.96
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Enero-Diciembre
$344,483.04
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
2
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
Enero-Diciembre
$636,115.20
 
 
 
 
 
 
 
$1,393,291.20
 
 
 
 
 
SUBTOTAL
 
$6,780,960.84
 
PERSONAL CONTRATACIÓN ENERO-MARZO
 
 
 
 
 
 
 
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
0
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
Enero-Marzo
$-
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A")
1
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
Enero-Marzo
$111,771.51
 
 
 
 
 
 
 
$111,771.51
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
TLSSA017756,TLSSA017773
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Enero-Marzo
$103,173.24
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Enero-Marzo
$86,120.76
 
 
 
 
 
 
 
$189,294.00
 
 
 
 
 
SUBTOTAL
 
$301,065.51
 
 
 
 
 
TOTAL
 
$7,082,026.35
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de aguinaldo, se encuentra programada para ministrarse en el último trimestre del año
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
 
ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y ECONOMÍAS GENERADAS 2017
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
 
TRIMESTRE:
 
 
MES:
SECRETARÍA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
 
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
 
ECONOMÍAS GENERADAS DEL RECURSO PRESUPUESTAL
CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
 
CAPÍTULO 1000
CAPÍTULO 3000
 
ENERO
 
 
 
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
MONTO
TRIMESTRAL
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TOTAL
ACUMULABLE
$ -

 
$ -
 
$ -
 
$ -
$ -
$ -
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DÍAS, AL TÉRMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2017
Capítulo de
gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos
reintegrados a
TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría
de Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios
de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________
 
 
 
____________________________________
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
 
 
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NOTAS:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por
conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
 
ANEXO 12 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PROGRAMA DE VISITAS A REALIZAR EN EL ESTADO DE TLAXCALA
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: MAYO A DICIEMBRE DE 2017
 
Durante la realización de las visitas especificadas en el párrafo anterior, conforme a lo dispuesto en el inciso b) de los Parámetros y en la Cláusula Séptima fracción IV del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, se verificará que los recursos presupuestarios transferidos sean destinados únicamente para la realización del objeto establecido en la Cláusula Primera del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con carácter de subsidios por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, anteriormente señalado. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,489,576.35 (Siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos setenta y seis pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala.
Firmas de los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios para la operación
del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, José Meljem Moctezuma.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Malaquías López Cervantes.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala: la Secretaria de Planeación y Finanzas, María Alejandra Marisela Nande Islas.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, Alberto Jonguitud Falcón.- Rúbrica.
 

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11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

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