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DOF: 10/05/2018
OFICIO 500-05-2018-10789 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de l

OFICIO 500-05-2018-10789 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio: 500-05-2018-10789
Asunto:  Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, así como en la regla 1.4., último párrafo, inciso d) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, le comunica lo siguiente:
Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, y en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación:
Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Medio de notificación al contribuyente
Número y fecha de
oficio de
resolución
definitiva
Estrados de la autoridad
Notificación Personal
Notificación por buzón tributario
Fecha de
fijación en los
estrados de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
1
AVT110705U80
ALTERNATIVAS
VANGUARDISTAS DE
TAMAULIPAS, S.A. DE C.V.
Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos
2
CPO1204274U9
COMERCIALIZADORA
POST, S.A. DE C.V.
500-05-2016-32225
28 de septiembre de
2016
 
 
 
 
4 de octubre de
2016
5 de octubre de
2016
3
CRI090618252
COMERCIALIZADORA
RIVERCRUZ, S.A. DE C.V.
500-05-2016-32404
30 de septiembre de
2016
 
 
 
 
6 de octubre de
2016
7 de octubre de
2016
 
4
EMP1205169N1
EMPREBAJA, S.A. DE C.V.
500-05-2016-27016
25 de agosto de
2016
 
 
 
 
29 de agosto de
2016
30 de agosto de
2016
5
FCN081204MG1
FOMENTO CONSTRUCTOR
NAZAS, S.A. DE C.V.
500-05-2017-16239
3 de julio de 2017
 
 
 
 
4 de julio de
2017
5 de julio de
2017
6
HME090909RC5
HABERTEX MÉXICO, S.A.
DE C.V.
500-05-2017-38598
18 de octubre de
2017
 
 
 
 
24 de octubre de
2017
25 de octubre de
2017
7
PSC121107M94
PELANOC SERVICIOS DE
CONSULTORIA Y
ADMNISTRACION, S.A. DE
C.V.
500-05-2015-41790
18 de diciembre de
2015
16 de febrero
de 2016
10 de marzo de
2016
 
 
 
 
8
ZME101208C65
ZAJARE DE MÉXICO, S.A.
DE C.V.
500-05-2016-32234
30 de septiembre de
2016
 
 
5 de octubre de
2016
6 de octubre de
2016
 
 
 
Por lo anterior, los nombres o razón social de los contribuyentes a los que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el cual fue publicado en el Diario oficial de la Federación, como a continuación se indica:
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha de oficio que contiene en Listado
Global Definitivo
Fecha de publicación en el Diario Oficial de
la Federación
1
AVT110705U80
ALTERNATIVAS VANGUARDISTAS DE
TAMAULIPAS, S.A. DE C.V.
Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos
2
CPO1204274U9
COMERCIALIZADORA POST, S.A. DE C.V.
500-05-2016-38693 de fecha 25 de noviembre de
2016
7 de diciembre de 2016
3
CRI090618252
COMERCIALIZADORA RIVERCRUZ, S.A. DE C.V.
500-05-2016-38693 de fecha 25 de noviembre de
2016
7 de diciembre de 2016
4
EMP1205169N1
EMPREBAJA, S.A. DE C.V.
Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos
5
FCN081204MG1
FOMENTO CONSTRUCTOR NAZAS, S.A. DE C.V.
500-05-2017-32149 de fecha 15 de septiembre de
2017
10 de octubre de 2017
6
HME090909RC5
HABERTEX MÉXICO, S.A. DE C.V.
500-05-2017-38830 de fecha 22 de diciembre de 2017
29 de enero de 2018
7
PSC121107M94
PELANOC SERVICIOS DE CONSULTORIA Y
ADMNISTRACION, S.A. DE C.V.
500-05-2016-15936 de fecha 20 de mayo de 2016
2 de junio de 2016
8
ZME101208C65
ZAJARE DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
500-05-2016-38693 de fecha 25 de noviembre de
2016
7 de diciembre de 2016
 
Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpuso medios de defensa los cuales concluyeron con las siguientes resoluciones o sentencias:
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Medio de defensa
Fecha de la
Resolución o
sentencia firme
Autoridad que resolvió
Sentido y/ o efecto de la resolución
o sentencia firme
1
AVT110705U80
ALTERNATIVAS VANGUARDISTAS DE TAMAULIPAS, S.A. DE C.V.
Recurso de Revisión 847/2015 dentro del Juicio de Amparo 119/2014-3
13 de octubre de 2016
Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región
Únicamente ordena en el TERCER punto resolutivo se deje sin efectos el oficio número 500-02-2014-1583 de fecha 06 de marzo de 2014.
2
CPO1204274U9
COMERCIALIZADORA POST, S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 7263/16-06-02-1-OT
11 de agosto de 2017
Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Se declara la nulidad de la Resolución impugnada contenida en el oficio número 500-05-2016-32225 de fecha 28 de septiembre de 2016.
 
3
CRI090618252
COMERCIALIZADORA RIVERCRUZ, S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 2496/17-06-02-3
26 de octubre de 2017
Segunda Sala Regional del Noroeste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Se declara la nulidad de la Resolución impugnada contenida en el oficio número 600-43-2017-1398 de fecha 10 de marzo de 2017, a través de la cual, se resolvió el recurso de revocación RRL2016008456, en el sentido de confirmar la resolución contenida en el oficio número 500-05-2016-32404 de fecha 30 de septiembre de 2016.
4
EMP1205169N1
EMPREBAJA, S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 23063/16-17-12-3
12 de mayo de 2017
Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Se declara la nulidad de la Resolución impugnada contenida en el oficio número 500-05-2016-27016 de fecha 25 de agosto de 2016.
5
FCN081204MG1
FOMENTO CONSTRUCTOR NAZAS, S.A. DE C.V.
Recurso de Revocación RRL2017009105
28 de noviembre de 2017
Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal "2", con sede en la Ciudad de México, de la Administración General de Jurídica
Dejar insubsistente el oficio número 500-05-2017-16239 de fecha 3 de julio de 2017, emitido por la Administración Central de Fiscalización Estratégica y emitir una nueva resolución donde valore en su totalidad y en su justa dimensión las pruebas ofrecidas por la contribuyente en el recurso de revocación
6
HME090909RC5
HABERTEX MÉXICO, S.A. DE C.V.
Recurso de Revocación RRL2017012681
10 de enero de 2018
Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal "1", con sede en la Ciudad de México, de la Administración General de Jurídica
Dejó sin efectos la resolución contenida en el oficio 500-05-2017-38598 de 18 de octubre de 2017 emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, a través del cual, se le comunica que no desvirtuó la inexistencia de operaciones amparadas con los comprobantes emitidos a los contribuyentes que se señalaron en el oficio 500-05-2017-16376 de 31 de julio de 2017, por el ejercicio fiscal de 2014.
7
PSC121107M94
PELANOC SERVICIOS DE CONSULTORIA Y ADMNISTRACION, S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 2898/16-11-02-1
08 de agosto de 2018
Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Se declara la nulidad lisa y llana de las resoluciones 500-05-2016-15936 de fecha 20 de mayo de 2015 y 500-05-2015-41790 de fecha 18 de diciembre de 2015.
8
ZME101208C65
ZAJARE DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
Juicio de Nulidad 3860/16-12-02-1
06 de noviembre de 2017
Segunda Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Se declara la nulidad lisa y llama de la resolución administrativa contenida en el oficio número 500-05-2016-32234, de fecha 30 de septiembre de 2016.
 
En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de la nulidad o revocación señaladas en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación seguido a esos contribuyentes también ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal.
Atentamente
Ciudad de México, a 17 de abril de 2018.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Ady Elizabeth García Pimentel.- Rúbrica.
 

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