DOF: 22/06/2018
ACUERDO General G/JGA/38/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se establece la adscripción de los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario), a la Primera Ponencia de la Seg

ACUERDO General G/JGA/38/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se establece la adscripción de los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario), a la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, Gabriela María Chaín Castro, a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, y Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos, a la Tercera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/38/2018
ADSCRIPCIÓN DE LOS MAGISTRADOS LUIS ENRIQUE OSUNA SÁNCHEZ (SUPERNUMERARIO), A LA PRIMERA PONENCIA DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL DEL NOROESTE III, GABRIELA MARÍA CHAÍN CASTRO, A LA SEGUNDA PONENCIA DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL DEL NOROESTE III, Y LUIS RAFAEL DEL CARMEN QUERO MIJANGOS, A LA TERCERA PONENCIA DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL DEL NOROESTE III.
Acuerdo General G/JGA/38/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se establece la Adscripción de los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario), a la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, Gabriela María Chaín Castro, a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, y Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos, a la Tercera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III.
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;
2. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, y que en términos de la fracción II del artículo 23 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal;
3. Que en términos de los artículos 46 y 47, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, vigente de conformidad con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; se entiende por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias, y los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal;
4. Que el artículo 23, fracción VI, de la Ley Orgánica de este Tribunal, faculta a la Junta de Gobierno y Administración para adscribir a las Salas Regionales ordinarias, auxiliares, especializadas o mixtas a los Magistrados Regionales; asimismo la fracción VII, de dicha Ley, faculta al Órgano Colegiado para designar a los Magistrados Supernumerarios que cubrirán las ausencias de los Magistrados de Sala Regional;
5. Que el artículo 48 de la citada Ley Orgánica, establece que las faltas definitivas de Magistrados en Salas Regionales, serán cubiertas provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el primer secretario del Magistrado ausente, hasta en tanto se realice un nuevo nombramiento. Asimismo, dispone que las faltas temporales y las comisiones a que se refiere la fracción XVI del artículo 23 de dicha Ley hasta por un mes de los Magistrados en Salas Regionales, se suplan por el primer secretario del Magistrado ausente. Las faltas temporales o las comisiones antes citadas superiores a un mes serán cubiertas por los Magistrados Supernumerarios o a falta de éstos por el primer secretario del Magistrado ausente. La suplencia comprenderá todo el lapso de la falta temporal, o de la comisión, salvo en aquellos casos en los que la Junta determine la conclusión anticipada de la misma;
6. Que mediante Acuerdo SS/22/2017, dictado por el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en sesión de fecha veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Reglamento Interior de este Tribunal, para prever, entre otros aspectos, la creación de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, para lo cual se modificó el artículo 22, fracción III, del Reglamento Interior de este Tribunal, para quedar como sigue: "Artículo
22.- En las regiones señaladas en el artículo anterior, la sede, denominación y el número de Salas Regionales, serán las siguientes: [...] III. Región del Noroeste III: Dos Salas que se denominarán "Primera Sala Regional del Noroeste III y "Segunda Sala Regional del Noroeste III", con sede en la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa; [...]";
7. Que mediante Acuerdo G/JGA/9/2017, dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha dieciséis de febrero de dos mil diecisiete, se adscribió al Magistrado Supernumerario Luis Enrique Osuna Sánchez a la Primera Ponencia de la entonces denominada Sala Regional del Noroeste III, actualmente Primera Sala Regional del Noroeste III;
8. Que mediante Acuerdo G/JGA/18/2014, dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha veintinueve de abril de dos mil catorce, se adscribió a la Magistrada Gabriela María Chaín Castro a la Segunda Ponencia de la entonces denominada Sala Regional del Noroeste III, actualmente Primera Sala Regional del Noroeste III;
9. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, es imperativa la debida integración de la Segunda Sala Regional del Noroeste III de este Tribunal, con tres Magistrados;
10. En este sentido, el veinticinco de abril de dos mil dieciocho, la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión aprobó el nombramiento de Magistrado de Sala Regional propuesto por el Presidente de la República, por un periodo de diez años a favor del ciudadano Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos, con efectos a partir del uno de julio de dos mil dieciocho;
11. Que en atención a lo expuesto y a los conocimientos, experiencia y probidad mostrados por los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario) y Gabriela María Chaín Castro, por la trayectoria de los servidores públicos en cuestión en el ejercicio de impartición de justicia y dada su experiencia en el quehacer jurídico, por sus características y cualidades como profesionales del derecho y juzgadores; así como en atención al nombramiento otorgado a favor del Magistrado Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos, esta Junta de Gobierno y Administración estima necesario, dadas las necesidades del servicio de la Segunda Sala Regional del Noroeste III y para el mejor funcionamiento del Tribunal; adscribir a los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario), Gabriela María Chaín Castro y Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos, en el orden en el que se señalan, a la Primera, Segunda y Tercera Ponencia, de la Segunda Sala Regional del Noroeste III.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21, 23, fracciones II y VI, 29 y 48, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 46 y 47, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en relación con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. A partir del uno de julio de dos mil dieciocho, se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/9/2017, por el que se estableció la adscripción del Magistrado Supernumerario Luis Enrique Osuna Sánchez en la Primera Ponencia de la entonces denominada Sala Regional del Noroeste III, actualmente Primera Sala Regional del Noroeste III, dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.
Segundo. A partir del uno de julio de dos mil dieciocho, se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/18/2014, por el que se estableció la adscripción de la Magistrada Gabriela María Chaín Castro en la Segunda Ponencia de la entonces denominada Sala Regional del Noroeste III, actualmente Primera Sala Regional del Noroeste III, dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha veintinueve de abril de dos mil catorce.
Tercero. A partir del uno de julio de dos mil dieciocho, se adscribe al Magistrado Supernumerario Luis Enrique Osuna Sánchez a la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III.
Cuarto. A partir del uno de julio de dos mil dieciocho, se adscribe a la Magistrada Gabriela María Chaín Castro a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III.
Quinto. A partir del uno de julio de dos mil dieciocho, se adscribe al Magistrado Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos a la Tercera Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste III.
Sexto. Los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario) y Gabriela María Chaín Castro,
deberán entregar las Ponencias a que se hace referencia en los Acuerdos Primero y Segundo del presente documento, conforme a lo señalado en el artículo 105 del Reglamento Interior de este Tribunal.
Séptimo. Los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario), Gabriela María Chaín Castro y Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos, adscritos, respectivamente, a la Primera, Segunda y Tercera Ponencia, de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, deberán hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo en el primer proveído que dicten en cada uno de los asuntos de su competencia y deberán de colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Octavo. Notifíquese el presente Acuerdo a los Magistrados Luis Enrique Osuna Sánchez (Supernumerario), Gabriela María Chaín Castro y Luis Rafael del Carmen Quero Mijangos.
Noveno. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Décimo. Otórguense las facilidades administrativas que sean necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.
Dictado en sesión de fecha tres de mayo de dos mil dieciocho, por unanimidad de votos de los Magistrados Adalberto Gaspar Salgado Borrego, Guillermo Valls Esponda, María del Consuelo Arce Rodea, Juan Ángel Chávez Ramírez y Carlos Chaurand Arzate.- Firman el Magistrado Carlos Chaurand Arzate, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada María Ozana Salazar Pérez, Secretaria Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II y III, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 16, fracción VI, 78, fracciones VIII y XI, y 103, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en relación con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 469018)
 

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