DOF: 12/07/2018
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y municipios, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los gobiernos de las entidades federativas y municipios, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos en materia de obras públicas o servicios relacionados con las mismas con la persona moral Comercializadora Empresarial y Privada, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano de Cinematografía.- Área de Responsabilidades.- Expediente: RS-1/2017.

CIRCULAR 01/2018
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS O SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON LA PERSONA MORAL "COMERCIALIZADORA EMPRESARIAL Y PRIVADA", S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de
los Gobiernos de las entidades
federativas y municipios.
Presentes.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XII, 44, párrafo primero de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del transitorio segundo del Decreto por el que se reforma y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis; 1, 2 fracción I, 3 fracciones I y III, 4 fracción I, 5, 7, 8 fracción IV, 22, 23 y 26 de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; en relación con el párrafo cuarto del transitorio tercero del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis; 80 fracción I numeral 6 del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veinte de octubre de dos mil quince, en relación con el séptimo transitorio del Decreto por el que expide el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinte de julio de dos mil diecisiete; y 27 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de Cinematografía, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo segundo de la Resolución RS-1/2017, mediante la cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa, incoado en contra de "Comercializadora Empresarial y Privada", S.A. de C.V.; esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos en la materia con motivo de su participación en las contrataciones públicas de carácter federal, con dicha persona moral de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses. Los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan por formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular. Las entidades federativas y municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular.
Atentamente
Ciudad de México, a 4 de julio de 2018.- La Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de
Control en el Instituto Mexicano de Cinematografía, Gabriela Aguirre Islas.- Rúbrica.
 

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