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DOF: 17/08/2018
CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y PERAJ México, A

CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y PERAJ México, A.C., para el desarrollo del proyecto denominado PERAJ-ADOPTA UN AMIG@ 2018, en el marco del Programa Nacional de Becas.

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. RODOLFO TUIRÁN GUTIÉRREZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, PERAJ MÉXICO, A.C., EN LO SUCESIVO "LA ASOCIACIÓN" REPRESENTADA POR EL FÍS. ARMANDO JINICH RIPSTEIN, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES
Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".
Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).
Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.
Cuarto.- Los programas de acompañamiento escolar han demostrado ser una estrategia invaluable para incidir en la superación de los niños en las áreas de autoestima, competencias sociales y desempeño académico, así como en evitar conductas antisociales y deserción escolar.
Quinto.- Uno de los programas de acompañamiento escolar más exitoso a nivel mundial es el Proyecto Peraj, que se encuentra operando desde hace 40 años en Israel y cuyo promotor y representante en México es "Peraj México, A.C". El proyecto consiste en que jóvenes universitarios funjan como tutores de niños entre 8 y 12 años de edad, apoyándolos para desarrollar su potencial.
Sexto.- En México el programa se ha introducido con el nombre de PERAJ-ADOPTA UN AMIG@, consiste en que un alumno universitario se convierte en tutor modelo a seguir por el niño, al mismo tiempo este alumno participa en un espacio donde puede desarrollar su compromiso social y enriquece su formación humanística.
Séptimo.- Con fecha 28 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 23/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".
 
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que el Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2018, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.
I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- De "LA ASOCIACIÓN":
II.1.- Que es una Asociación Civil legalmente constituida de acuerdo con las leyes mexicanas, lo que se acredita con el Testimonio de la Escritura Pública No. 307,958 de fecha 29 de septiembre de 2010, otorgada ante la fe del Lic. Tomás Lozano Molina, Notario Público No. 10 del Distrito Federal, inscrita en el Folio Real No. 94055 en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
II.2.- Que el Fís. Armando Jinich Ripstein, en su carácter de Presidente del Consejo Directivo, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio, de conformidad con el Testimonio de la Escritura Pública No. 307,958 de fecha 29 de septiembre de 2010, facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido modificadas ni revocadas.
II.3.- Que tiene por objeto: Apoyar el desarrollo personal y educativo de personas, sectores y regiones de escasos recursos, comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, a través de la realización de las siguientes acciones, las cuales son enunciativas, pero no limitativas: I. Apoyar el desarrollo educativo, afectivo, social y cultural de niños y jóvenes mexicanos; II. Favorecer el desarrollo integral de niños en situación de vulnerabilidad a través del acompañamiento adicional al del entorno familiar y educativo, promoviendo y supervisando el establecimiento de una relación personal con un tutor universitario que le sirve de modelo positivo a seguir y que ayude a desarrollar el potencial del niño.
II.4.- Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil con la Clave Única de Inscripción en el Registro (CLUNI) No. PME10093009011, la cual se encuentra vigente.
II.5.- Que para los efectos legales de este instrumento señala como su domicilio el ubicado en calle Gobernador Melchor Múzquiz 15-403, colonia San Miguel Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11850, en la Ciudad de México.
Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:
 
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2018, a "LA ASOCIACIÓN" para el otorgamiento de hasta 1,500 (mil quinientas) Becas de Servicio Social, en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "PERAJ-ADOPTA UN AMIG@ 2018", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.
SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:
A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018, a "LA ASOCIACIÓN", para que administre y distribuya la cantidad de $8'000,000.00 (Ocho Millones de Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico a los(as) estudiantes que se encuentren inscritos en el "Programa";
B).- Coordinarse con "LA ASOCIACIÓN" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;
C).- Asesorar a "LA ASOCIACIÓN", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en este convenio y su Anexo de Ejecución;
D).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal 2018 no se hayan devengado, y
E).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con "LA ASOCIACIÓN", las que le correspondan derivadas de este convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas aplicables previstas en "Las Reglas".
TERCERA.- Por su parte, "LA ASOCIACIÓN", se obliga a:
A).- Elaborar la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) y ponerla(s) a consideración de la CNBES, en caso de que ésta así lo solicite por escrito;
B).- Abrir en una institución bancaria legalmente autorizada una cuenta productiva específica para la administración y distribución de los recursos financieros que le aporte "LA SEP" y los productos que generen, así como destinarlos exclusivamente al desarrollo del "Programa" descrito en el Anexo de Ejecución de este convenio;
C).- Asegurar y supervisar que los(as) Beneficiarios(as) seleccionados cumplan con el (o los) objetivo(s) del "Programa";
D).- Proveer los recursos técnicos y operativos necesarios para el eficiente y óptimo desarrollo del "Programa";
E).- Resguardar por un plazo de 5 (cinco) años, la documentación original comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos materia de este convenio;
F).- Entregar por escrito a la CNBES, los informes técnico-financieros parciales detallados que le solicite, referentes a la aplicación del "Programa" y del ejercicio de los recursos financieros que le aporte, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión de cada trimestre, de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio;
 
G).- Entregar por escrito a la CNBES, un informe técnico-financiero final detallado referente a la aplicación del "Programa" y al ejercicio de los recursos financieros, dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la conclusión del periodo de ejecución del presente convenio, de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución;
H).- Definir la forma en que efectuará el pago de las becas a los y las Beneficiarios(as) del "Programa", debiendo comprobar dicho pago a la CNBES, con la siguiente documentación:
·   Oficios de instrucción, dispersión u orden de pago.
·   Padrón de Beneficiarios(as) de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CNBES.
·   Documentación oficial, en donde se pueda identificar el monto pagado conforme a lo dispuesto en los incisos anteriores.
·   En caso de que el pago sea mediante cheque, se deberán enviar las nóminas, pólizas de cheque o recibos firmados por las y los Beneficiarios(as).
·   En caso de que dicho pago sea mediante transferencia, deberá enviarse la confirmación de pago proporcionada por la institución bancaria.
I).- Facilitar la fiscalización de los recursos federales que le aporte "LA SEP", que realice la Auditoría Superior de la Federación, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
J).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos financieros y productos generados que no hayan sido utilizados en cumplimiento al objetivo de este convenio, informando a "LA SEP", dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la devolución;
K).- Verificar que los(as) estudiantes que soliciten una beca en los términos del "Programa", proporcionen su información general y específica a través del medio electrónico establecido por la CNBES, mediante el llenado de una solicitud de apoyo, la cual contiene preguntas que le permitirán perfilar a todos(as) los(as) solicitantes, logrando contar con la información necesaria para la evaluación de los requisitos solicitados para ser Beneficiario(a) de una beca. Dicha información se capturará a través de la página web que sea determinada para dicho fin por "LA SEP", por conducto de la CNBES;
L).- Realizar las demás actividades que le correspondan indicadas en el presente convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas que acuerde por escrito con la CNBES, para el mejor cumplimiento del "Programa", y
M).- Cumplir en lo concerniente lo especificado en "Las Reglas";
CUARTA.- Para los efectos de enlace, coordinación, desarrollo, evaluación y seguimiento del objeto de este convenio, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su ejecución, "LA SEP" y "LA ASOCIACIÓN" acuerdan designar como responsables a:
Por "LA SEP": Al titular de la CNBES.
Por "LA ASOCIACIÓN": Al Fís. Armando Jinich Ripstein, Presidente del Consejo Directivo.
QUINTA.- "LA ASOCIACIÓN" se obliga a compartir con "LA SEP", los créditos y reconocimientos en la difusión, promoción, publicaciones y resultados que se obtengan con motivo de este convenio, mismo que realizará mediante la inclusión de la siguiente leyenda:
"Programa realizado con financiamiento de la Secretaría de Educación Pública-Subsecretaría de Educación Superior".
 
SEXTA.- El presente convenio no podrá interpretarse de ninguna manera como sustituto de cualquier tipo de asociación o vínculo de carácter laboral entre las partes, por lo tanto, las relaciones laborales se mantendrán en todos los casos entre la institución contratante y sus respectivos(as) empleados(as) o trabajadores(as), aun en los casos de trabajos realizados conjuntamente y que se desarrollen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de las partes.
SÉPTIMA.- Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se pudieran causar o derivar en caso de incumplimiento parcial o total de las acciones señaladas en este instrumento como consecuencia del paro de labores académicas o administrativas, caso fortuito o de fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las acciones en la forma y términos que determinen las partes por escrito.
OCTAVA.- Las partes acuerdan que, en la publicidad que adquieran para la difusión y en la papelería y documentación oficial para el "Programa", deberán incluir, claramente visible y audible según corresponda, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
NOVENA.- Las partes acuerdan en tratar como confidencial toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento, excepto aquélla que deba considerarse pública en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Por lo que se refiere al tratamiento, resguardo y transmisión de datos personales, las partes se comprometen a observar la normativa aplicable en dicha materia.
DÉCIMA.- La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 31 de julio de 2019, en el entendido de que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios del ejercicio fiscal 2018, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales; podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes o concluido con anticipación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de las partes con 60 (sesenta) días naturales de anticipación; en este último caso, las partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros.
DÉCIMA PRIMERA.- Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que en caso de presentarse alguna duda respecto a su interpretación o incumplimiento, ésta será resuelta de mutuo acuerdo y, en el supuesto de que no se lograra lo anterior, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este convenio, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, el día 10 de julio de 2018.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por la Asociación: el Presidente del Consejo Directivo, Armando Jinich Ripstein.- Rúbrica.
 
ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y PERAJ MÉXICO, A.C., CON FECHA 10 DE JULIO DE 2018.
"LA SEP" proporcionará apoyo financiero a "LA ASOCIACIÓN" por la cantidad de hasta $8'000,000.00 (Ocho Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que se destine exclusivamente al desarrollo del "Programa" que a continuación se señala:
Título del Programa: "PERAJ-ADOPTA UN AMIG@ 2018"
Unidad Ejecutora: PERAJ-MÉXICO, A.C.
Responsable del Programa: El Fís. Armando Jinich Ripstein, Presidente del Consejo Directivo.
Periodo de vigencia del Convenio: De la firma del presente instrumento al 31 de julio de 2019.
Periodo de ejecución del Programa: De la firma del presente instrumento al 30 de junio de 2019.
Objetivos: Otorgar hasta 1,500 (mil quinientas) Becas de Servicio Social a los alumnos/as de Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) participantes, que resulten Beneficiarios(as) del "Programa", el cual se desarrolla con niños de quinto y sexto grado de primaria, inscritos en escuelas públicas, ubicadas en comunidades con problemas de marginación, cercanas a las IPES, para desarrollar su potencial individual y social mediante el establecimiento de una relación significativa con un joven universitario que funge como mentor.
Metas: Que el apoyo otorgado por los prestadores de servicio social beneficiados, sirva no sólo como incentivo económico para la realización de su servicio social, sino también en su formación profesional e incida positivamente en las siguientes áreas de desarrollo del niño/a:
·   Afectiva.- Afianzando su autoestima, apoyo emocional, expresión de afectividad, vinculación y autocuidado.
·   Social.- Estimulando la integración, colaboración, interacción, sentido de pertenencia.
·   Cultural.- Enriqueciendo su acervo cultural, científico y recreativo.
·   Escolar.- Apoyando el aprendizaje, hábitos de estudio y desarrollo de competencias.
·   Motivacional.- Ampliando sus aspiraciones profesionales y de vida.
·   Comunicación.- Desarrollando competencias de comunicación verbal y escrita.
Becas: consiste en un apoyo que deberá entregarse por "LA ASOCIACIÓN" a cada Beneficiario(a), conforme a las siguientes especificaciones:
1. COORDINADORES DE MENTORES
Objetivo
Otorgar hasta 100 (Cien) Becas de Servicio Social a alumnos/as de IPES participantes, que resulten Beneficiarios/as del "Programa" y funjan como coordinadores de mentores. Al frente de cada IPES habrá un coordinador que será elegido por los mentores de la IPES.
 
IPES Participantes
Instituto Politécnico Nacional
Instituto Tecnológico de Campeche
Instituto Tecnológico de Celaya
Instituto Tecnológico de Ciudad Valles
Instituto Tecnológico de Sonora
Instituto Tecnológico Superior de Centla
Instituto Tecnológico Superior de Fresnillo
Instituto Tecnológico Superior de Huatusco
Instituto Tecnológico Superior de Monclova
Instituto Tecnológico Superior de Múzquiz
Instituto Tecnológico Superior de San Andrés Tuxtla
Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí Capital
Instituto Tecnológico Superior de Tepeaca
Instituto Tecnológico Superior de Zongolica
Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca
Universidad Autónoma de Baja California
Universidad Autónoma de Campeche
Universidad Autónoma de Chiapas
Universidad Autónoma de Chihuahua
Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
Universidad Autónoma de Coahuila
Universidad Autónoma de Guerrero
Universidad Autónoma de Nayarit
Universidad Autónoma de Occidente
Universidad Autónoma de Querétaro
 
 
Universidad Autónoma de San Luis Potosí
Universidad Autónoma de Sinaloa
Universidad Autónoma de Tamaulipas
Universidad Autónoma de Zacatecas
Universidad Autónoma del Carmen
Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Universidad Autónoma Metropolitana
Universidad de Celaya
Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas
Universidad de Colima
Universidad de Guadalajara
Universidad de Guanajuato
Universidad de Quintana Roo
Universidad del Caribe
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco
Universidad Juárez del Estado de Durango
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
Universidad Nacional Autónoma de México
Universidad Pedagógica Nacional, Unidad 142 Tlaquepaque
Universidad Pedagógica Nacional, Unidad Ajusco
Universidad Politécnica de Pénjamo
Universidad Politécnica de Sinaloa
Universidad Politécnica del Bicentenario
Universidad Popular de la Chontalpa
Universidad Tecnológica del Suroeste de Guanajuato
Universidad Veracruzana
 
Duración del Servicio
Social
10 meses, dentro del ciclo escolar 2018-2019
Monto de la Beca
Hasta $10,000.00 (Diez Mil Pesos 00/100 M.N.), que se pagarán en una sola exhibición conforme a lo establecido en la convocatoria respectiva, con cargo y durante el ejercicio 2018.
Beneficios
· Fortalece la formación integral del estudiante universitario, así como su vocación de retribución social hacia la comunidad.
· Brinda la oportunidad de dar lo mejor de sí para apoyar a niños en situación de vulnerabilidad.
· Ofrece una forma valiosa, distinta y de excelencia de realizar el servicio social, fomentando la responsabilidad social.
2. MENTORES
Objetivo
Otorgar hasta 1,400 (Un mil cuatrocientas) Becas de Servicio Social a alumno/as de IPES participantes, Beneficiarios/as del programa.
IPES Participantes
Instituto Politécnico Nacional
Instituto Tecnológico de Campeche
Instituto Tecnológico de Celaya
Instituto Tecnológico de Ciudad Valles
Instituto Tecnológico de Sonora
Instituto Tecnológico Superior de Centla
Instituto Tecnológico Superior de Fresnillo
Instituto Tecnológico Superior de Huatusco
Instituto Tecnológico Superior de Monclova
Instituto Tecnológico Superior de Múzquiz
Instituto Tecnológico Superior de San Andrés Tuxtla
Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí Capital
Instituto Tecnológico Superior de Tepeaca
Instituto Tecnológico Superior de Zongolica
Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca
Universidad Autónoma de Baja California
Universidad Autónoma de Campeche
Universidad Autónoma de Chiapas
Universidad Autónoma de Chihuahua
Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
Universidad Autónoma de Coahuila
Universidad Autónoma de Guerrero
Universidad Autónoma de Nayarit
 
 
Universidad Autónoma de Occidente
Universidad Autónoma de Querétaro
Universidad Autónoma de San Luis Potosí
Universidad Autónoma de Sinaloa
Universidad Autónoma de Tamaulipas
Universidad Autónoma de Zacatecas
Universidad Autónoma del Carmen
Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Universidad Autónoma Metropolitana
Universidad de Celaya
Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas
Universidad de Colima
Universidad de Guadalajara
Universidad de Guanajuato
Universidad de Quintana Roo
Universidad del Caribe
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco
Universidad Juárez del Estado de Durango
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
Universidad Nacional Autónoma de México
Universidad Pedagógica Nacional, Unidad 142 Tlaquepaque
Universidad Pedagógica Nacional, Unidad Ajusco
Universidad Politécnica de Pénjamo
Universidad Politécnica de Sinaloa
Universidad Politécnica del Bicentenario
Universidad Popular de la Chontalpa
Universidad Tecnológica del Suroeste de Guanajuato
Universidad Veracruzana
 
Duración del Servicio
Social
10 meses, dentro del ciclo escolar 2018-2019
Monto de la Beca
Hasta $5,000 (Cinco Mil Pesos 00/100 M.N.), que se pagarán en una sola exhibición, conforme a lo establecido en la convocatoria respectiva, con cargo y durante el ejercicio 2018.
Beneficios
· Fortalece la formación integral del estudiante universitario, así como su vocación de retribución social hacia la comunidad.
· Brinda la oportunidad de dar lo mejor de sí para apoyar a niños en situación de vulnerabilidad.
· Ofrece una forma valiosa, distinta y de excelencia de realizar el servicio social, fomentando la responsabilidad social.
Costo total del Programa
Coordinadores de Mentores
$1'000.000.00 (Un Millón de Pesos 00/100 M.N.)
100 M.N.)
Total
$8'000.000.00 (Ocho Millones de Pesos 00/100 M.N.)
 
 
En caso fortuito de que se presentaran eventualidades técnicas en el SUBES por un periodo mayor a 48 horas, la CNBES informará por escrito el proceso a seguir para continuar con la operación de la beca.
Informes técnico-financieros.
Los siguientes elementos deberán considerarse para el envío de la información respectiva a la CNBES.
Informe técnico.
La CNBES establece los requisitos técnicos necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos.
Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes datos:
·   Nombre del convenio. Éste debe corresponder al estipulado en el documento por medio del cual se suscribe dicho convenio.
·   Año de elaboración del convenio. Fecha en que se firma el convenio.
·   Nombre del "Programa". Nombre que aparece en el convenio por el cual se suscribe el "Programa".
·   Objetivo del "Programa". Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el "Programa" contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del "Programa".
·   Vigencia del "Programa". La duración esperada en que se ejecutará y completará el "Programa" suscrito en el convenio.
·   Responsables de la operación del "Programa" junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en el convenio y a quién se le solicitará información si es que la CNBES la requiere.
·   Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del "Programa", para ello deberán integrar la siguiente información:
o     Cobertura del "Programa". Alcance territorial del proyecto, utilizando la división política del territorio nacional se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del "Programa".
o     Características de los(as) Beneficiarios(as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser Beneficiarios(as) del "Programa".
o     Requisitos de los Beneficiarios(as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el "Programa" busca beneficiar.
o     Criterios de selección de los(as) Beneficiarios(as). Las valoraciones que realizarán los encargados
del "Programa" para elegir a los(as) Beneficiarios(as) del mismo. Estás valoraciones o criterios deberán enlistarse y ordenarse de mayor a menor importancia.
o     Tipos de apoyo. Especificar la naturaleza de los apoyos que se darán para alcanzar el objeto estipulado en el convenio. Los apoyos pueden ser becas, materiales, cursos entre otros.
o     Los mecanismos de entrega de los apoyos. Estipular en forma de procedimiento la operación del "Programa" y la entrega de los apoyos estipulados en el convenio. En este apartado se deberá agregar un diagrama de flujo que ilustre la operación del "Programa", con el fin de transparentar y obtener información organizada del uso de los recursos.
·   Informe de resultados del "Programa", que fortalezca la rendición de cuentas y la evaluación de los recursos entregado, por medio del convenio.
·   Un padrón de Beneficiarios(as) que contenga las siguientes variables de acuerdo al Decreto de Creación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 enero de 2006:
o     CURP
o     Primer apellido del (de la) Beneficiario(a)
o     Segundo apellido del (de la) Beneficiario(a)
o     Nombre completo del (de la) Beneficiario(a)
o     Fecha de nacimiento
o     Entidad federativa de nacimiento
o     Sexo
o     Identificación del domicilio geográfico del (de la) Beneficiario(a) con los siguientes datos:
o     Clave del estado civil
o     Tipo de vialidad (Catálogo INEGI)
o     Nombre de la vialidad
o     Nombre compuesto de la carretera
o     Nombre Compuesto del Camino
o     Número exterior 1
o     Número exterior 2
o     Parte Alfanumérica del Número Exterior
o     Tipo del asentamiento humano-Catálogo INEGI
o     Nombre del Asentamiento Humano
o     Código Postal
o     Nombre de la Localidad
o     Clave de la Localidad
o     Nombre del Municipio o delegación o equivalente-Catálogo INEGI
o     Clave del Municipio o Delegación o equivalente-Catálogo INEGI
o     Nombre de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o     Clave de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
 
o     Tipo de vialidad de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o     Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o     Tipo de vialidad
o     Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o     Tipo de vialidad.
·   Adicionalmente el padrón de Beneficiarios(as) deberá contener las siguientes variables:
o     Si el/la Beneficiario(a) pertenece a una comunidad indígena.
o     Si el/la Beneficiario(a) presenta alguna discapacidad motriz, de lenguaje o de aprendizaje.
o     Si el/la Beneficiario(a) está inscrito en el padrón de PROSPERA.
o     Número de integrantes de la familia nuclear del (la) Beneficiario(a).
o     Nivel de ingreso.
·   Indicadores para resultados, de gestión, que incorpore una perspectiva de género y aquellos que se hayan definido con la CNBES.
·   Flujograma de los procesos relacionados con la convocatoria, selección de Beneficiarios(as), dispersión de pagos, comprobación de pagos y los que se hayan acordado con la CNBES.
·   Listado (Nombre y Cargo) de los(as) responsables de operar el "Programa".
·   Actas de comité, minutas de sesión o cualquier documento del órgano encargado de la operación del "Programa", del que deriven los acuerdos relacionados con las y los Beneficiarios(as).
Informe Financiero
·   Apertura de una cuenta bancaria específica para la administración y ejercicio de los recursos financieros que reciba de "LA SEP", así como los rendimientos que se generen en la misma.
·   Padrón de Beneficiarias(os) efectivamente pagados desglosado por mes.
·   Identificación oficial de los(as) Beneficiarios(as).
·   Oficios de instrucción, dispersión u orden de pago.
·   Estados de cuenta emitidos por la institución bancaria.
·   En caso de que el pago sea mediante cheque, enviar las nóminas, pólizas de cheque o recibos debidamente requisitados y firmados por el (la) Beneficiario(a).
·   En caso de que el pago sea mediante transferencia bancaria, enviar la confirmación de pago proporcionada por la institución bancaria.
·   Primera y última hoja del listado de Beneficiarios enviado al banco del pago correspondiente debidamente autorizada.
·   Recibos que comprueben el fin de la beca (en caso que aplique).
Enteradas las partes del contenido y alcance de este Anexo de Ejecución, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, el día 10 de julio de 2018.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por la Asociación: el Presidente del Consejo Directivo, Armando Jinich Ripstein.- Rúbrica.
 
 

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