EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia del Nazareno en México Rancho Nuevo, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia del Nazareno en México, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA DEL NAZARENO EN MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA DEL NAZARENO EN MEXICO RANCHO NUEVO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA DEL NAZARENO EN MEXICO RANCHO NUEVO para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA DEL NAZARENO EN MEXICO. A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Avenida Miguel Alemán S/N, Cantón Rancho Nuevo, Municipio de Huixtla, Chiapas. C.P. 30648.
II.- Bien inmueble: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Avenida Miguel Alemán, S/N, Cantón Rancho Nuevo, Municipio de Huixtla, Chiapas. C.P. 30648, mismo que fue manifestado de manera unilateral bajo la figura jurídica de contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Ocuparse, preponderantemente, de la observancia, práctica, propagación o instrucción de una doctrina religiosa o de un cuerpo de creencias religiosas. Cristiano Evangélico".
IV.- Representante: Amauri Guzmán Nolasco.
V.- Relación de asociados: Amauri Guzmán Nolasco, Merari Yoania Nájera Guzmán, Nicolás Caballero Antonio, José Dolores Ocaña Flores y Marco Antonio Mateo Anzueto.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo Directivo", integrado por las personas y cargos siguientes: Amauri Guzmán Nolasco, Presidente; Merari Yoania Nájera Guzmán, Vicepresidente; Nicolás Caballero Antonio, Secretario; José Dolores Ocaña Flores, Tesorero, y Marco Antonio Mateo Anzueto, Vocal.
VIII.- Ministro de Culto: Amauri Guzmán Nolasco.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.