EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia de Dios Pentecostés Independiente Arca de Noé, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. CARLOS GOMEZ LÓPEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA DE DIOS PENTECOSTES INDEPENDIENTE ARCA DE NOE.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA DE DIOS PENTECOSTES INDEPENDIENTE ARCA DE NOE, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Domicilio innominado Calle el Cerrillo de por medio, sin número, Barrio el Cerrillo, Municipio de Oxchuc, Estado de Chiapas, C.P. 29450.
II.- Bien inmueble: Se relacionó para cumplir con su objeto el inmueble, ubicado en: Domicilio innominado Calle el Cerrillo de por medio, sin número, Barrio el Cerrillo, Municipio de Oxchuc, Estado de Chiapas, C.P. 29450, mismo que fue manifestado en uso de la agrupación religiosa con la autorización de la Comisaría de Bienes Comunales de Santo Tomás Oxchuc, Chiapas.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "La observancia, práctica, propagación e instrucción de la doctrina de Jesucristo".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Carlos Gómez López
VI.- Relación de asociados: Carlos Gómez López, Juan Gómez López, Abraham Méndez López, Mario Gómez Santíz y Juan Gómez Santíz.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Mesa Directiva", integrado por las personas y cargos siguientes: Carlos Gómez López, Presidente; Juan Gómez López, Secretario; Abraham Méndez López, Tesorero; Mario Gómez Santíz, Vocal y Juan Gómez Santíz Vocal.
IX.- Ministro de culto: Abraham Méndez López.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.