ACUERDO por el que se otorga el Premio Nacional de la Juventud 2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 2, 3, 5 y 6, fracción VIII, 13, 14, 33 y 72 a 76 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla la articulación de políticas que fomenten el desarrollo personal y profesional de los jóvenes del país, para que participen activamente en el desarrollo del mismo y puedan cumplir sus expectativas sociales y culturales, con el propósito de transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente;
Que el desarrollo integral de la juventud necesita de estrategias transversales en las cuales los jóvenes sean sujetos de derechos y actores estratégicos para el desarrollo y prosperidad de nuestro país;
Que el Premio Nacional de la Juventud es el máximo reconocimiento público que hace el Estado a los jóvenes mexicanos cuya edad queda comprendida entre los 12 y 29 años, y su conducta o dedicación al trabajo o al estudio cause entusiasmo y admiración entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso de la comunidad;
Que el Premio Nacional de la Juventud se podrá otorgar en dos categorías de edad: A) de 12 años hasta menos de 18 años, y B) de 18 años hasta 29 años, y que en ambas categorías se podrán conceder las distinciones previstas en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, y
Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, los Jurados del Premio Nacional de la Juventud 2018 han formulado, mediante dictámenes, las proposiciones que el Consejo de Premiación ha sometido a la consideración del Poder Ejecutivo a mi cargo, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se otorga el Premio Nacional de la Juventud 2018, en las categorías y distinciones establecidas en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles que se precisan, a los jóvenes mexicanos que a continuación se mencionan:
Categoría de edad A:
Distinción. Logro académico, a: Bruno Gutiérrez Chávez
Distinción. Expresiones artísticas y artes populares, a: Sergio Vargas Escoruela
Distinción. Compromiso social, a: Desierta
Distinción. Fortalecimiento a la cultura indígena, a: Natalia Lizeth López López
Distinción. Protección al ambiente, a: Bryan Rosales Roldán
Distinción. Ingenio emprendedor, a: Jesús Abraham Maya Pedraza
Distinción. Derechos Humanos, a: Yovanni Guerrero Trejo
Distinción. Discapacidad e integración, a: Desierta
Distinción. Aportación a la cultura política y a la democracia, a: Steven Antonio Carreto Campos
Distinción. Ciencia y Tecnología, a: Kristal Esmeralda Enríquez Ramos
Categoría de edad B:
Distinción. Logro académico, a: José de Jesús Montaño López
Distinción. Expresiones artísticas y artes populares, a: Jan Cristhian Mata Ferrer
Distinción. Compromiso social, a: Miguel Ángel Sosme Campos
Distinción. Fortalecimiento a la cultura indígena, a: Nadia López García
Distinción. Protección al ambiente, a: María Esther Velasco García
Distinción. Ingenio emprendedor, a: Luis Daniel Lorenzini Gutiérrez
Distinción. Derechos Humanos, a: Mujeres, Lucha y Derechos para Todas Voluntariado
· Citlali de la Cruz González
· Mariela González de Jesús
· Mercedes Esquivel Casio
· Montserrat Guadalupe Tapia Sánchez
· Vanesa García Rodríguez
Distinción. Discapacidad e integración, a: Jaime Isaac Aquino Zapata
Distinción. Aportación a la cultura política y a la democracia, a: Cecilia Catalina García Montoya
Distinción. Ciencia y Tecnología, a: Andrea Sánchez Navarro
SEGUNDO.- La ceremonia de entrega del Premio Nacional de la Juventud 2018 tendrá verificativo el día 16 de octubre de 2018, en la Ciudad de México.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a doce de octubre de dos mil