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DOF: 16/10/2018
SEGUNDO Convenio Modificatorio a los Apéndices VII y VIII del Anexo Técnico de Ejecución para el ejercicio presupuestal 2017 del Estado de Campeche

SEGUNDO Convenio Modificatorio a los Apéndices VII y VIII del Anexo Técnico de Ejecución para el ejercicio presupuestal 2017 del Estado de Campeche.

SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO A LOS APÉNDICES VII Y VIII DEL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA
EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2017 DEL ESTADO DE CAMPECHE
CONVENIO MODIFICATORIO A LOS APÉNDICES VII Y VIII DEL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2017 QUE CELEBRA EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. PAULINA ESCOBEDO FLORES, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO TERRITORIAL Y ORGANIZACIÓN RURAL Y POR EL LIC. PEDRO ARMENTÍA LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE DELEGADO DE LA SAGARPA EN EL ESTADO DE CAMPECHE EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "DELEGACIÓN"; Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL ING. ARMANDO CONSTANTINO TOLEDO JAMIT, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que con fecha 25 de febrero del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar el desarrollo integral de este sector en el Estado de Campeche.
II.     Que en apego a la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" suscribieron el Anexo Técnico de Ejecución para el ejercicio presupuestal 2017, en lo subsecuente el "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", el cual tiene como objeto, establecer las acciones de las materias consideradas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", para lo cual se definirán los objetivos, líneas de acción, metas programáticas y montos, asignados a los Componentes del Programa de Concurrencia con las Entidades Federativas, a los Componentes de: A. Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; B. Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional); y C. Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales; del Programa de Apoyos a Pequeños Productores; y al Componente Información Estadística y Estudios (SNIDRUS) del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable; así como su cronograma de trabajo.
       Para lo cual las "PARTES" acordaron, de conformidad con la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", aplicar las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal, las que para el ejercicio presupuestal 2017, son las siguientes:
A.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2017, en lo sucesivo "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES";
B.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Concurrencia con las Entidades Federativas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2017, en lo sucesivo "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CONCURRENCIA"; y
C.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la "SAGARPA" para el ejercicio 2017, en lo sucesivo "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
       Acuerdos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.
       No se omite señalar que las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", fueron modificadas mediante el "Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños
Productores de la "SAGARPA" para el ejercicio 2017", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2017.
III.    Las "PARTES" acordaron en la Cláusula Octava del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", respecto a las modificaciones, así como en las situaciones no previstas en los apartados que forman parte de dicho instrumento jurídico, que bastará la suscripción del SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO con la comparecencia del Titular de la Unidad Responsable del Componente sobre el que verse la modificación, el Delegado de la "SAGARPA" en el Estado de Campeche y por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO", el titular de la SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, instrumento que será pactado en común acuerdo entre las "PARTES".
       En ese sentido, es que comparece el LIC. PEDRO ARMENTÍA LÓPEZ, Delegado de la "SAGARPA" en el Estado de CAMPECHE respectivamente, y el ING. ARMANDO C. TOLEDO JAMIT, en su carácter de SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL, en la citada entidad federativa.
IV.   De conformidad con el Artículo 101, Fracción I de "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", la Dirección General de Desarrollo Territorial y Organización Rural es la Unidad Responsable del Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, la cual se encuentra representada en este acto por la Lic. Paulina Escobedo Flores, en su carácter de Directora General de Desarrollo Territorial y Organización Rural.
V.    Las "PARTES" con la finalidad de establecer de manera específica la aplicación de los recursos federales asignados al Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales del Programa de Apoyos a Pequeños Productores, así como las metas y montos por Municipios en el Estado de Campeche, es que consideran oportuno la modificación de los apéndices VII y VIII del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", denominado "Cuadro de Metas y Montos 2017".
VI.   Por lo que con fundamento en lo señalado en la Cláusula Octava del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", las "PARTES" están de acuerdo en suscribir el presente instrumento, con el objeto de modificar los apéndices VII y VIII del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", para dar pleno cumplimiento al objeto del mismo.
VII.   Con base en los antecedentes expuestos, las "PARTES" reconocen la capacidad jurídica e intereses para suscribir el presente Segundo Convenio Modificatorio, en los siguientes términos:
CLÁUSULAS
PRIMERA DEL SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO A LOS APÉNDICES VII Y VIII DEL "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN"
Con sujeción a las disposiciones aplicables y a lo que en este instrumento se estipula, las "PARTES" están de acuerdo en modificar mediante el presente instrumento los Apéndices VII y VIII del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", denominado "Cuadro de Metas y Montos 2017", correspondientes al Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales de "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES para quedar en los siguientes términos:
Apéndice VII
CAMPECHE
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales
Metas y Montos por Municipios 2017
 
No.
NOMBRE DE
MUNICIPIOS A
ATENDER
NO.
LOCALIDADE
S A ATENDER
NÚMERO
DE
FAMILIAS
POR
ATENDER
CON ADR
(I)
INFRAESTRUCTURA, EQUIPO,
MATERIAL VEGETATIVO, ESPECIES
ZOOTÉCNICAS Y ACUÍCOLAS
SERVICIOS INTEGRALES PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE
DESARROLLO PARA LA SEGURIDAD
ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL, LA PROMOCIÓN,
DISEÑO, EJECUCIÓN Y EL ACOMPAÑAMIENTO
DE PROYECTOS.
INVERSIÓN TOTAL
PROYECTO DE
SEGURIDAD
ALIMENTARIA
PARA ZONAS
RURALES
2017
[1+2]
NO. LOCALIDADES ATENDIDAS POR ADR
NO.
PROYECTOS
PRODUCTIVOS
INVERSIÓN
[SUBTOTAL]
(1)
NUEVAS
CONTINUIDAD
INVERSIÓN
[SUBTOTAL]
(2)
1
HOPELCHÉN
12
324
60
$2,333,252.00
3
9
$1,198,800.00
$3,532,052.00
2
CALKINÍ
12
312
60
$2,333,252.00
0
12
$1,154,400.00
$3,487,652.00
3
HECELCHAKÁN
10
270
50
$1,947,459.00
0
10
$999,000.00
$2,946,459.00
4
TENABO
3
93
15
$597,184.00
0
3
$344,100.00
$941,284.00
5
CALAKMUL
13
351
66
$2,567,248.00
13
0
$1,298,700.00
$3,865,948.00
6
CANDELARIA
25
675
125
$4,840,905.00
0
25
$2,497,500.00
$7,338,405.00
7
CANDELARIA
20
520
220
$3,876,423.00
8
12
$1,924,000.00
$5,800,423.00
8
PALIZADA
5
155
100
$982,977.00
5
0
$573,500.00
$1,556,477.00
9
ESCÁRCEGA
20
500
100
$3,876,423.00
0
20
$1,850,000.00
$5,726,423.00
10
CHAMPOTÓN
5
175
100
$982,977.00
5
0
$647,500.00
$1,630,477.00
TOTAL
 
125
3,375
896
$24,338,100.00
34
91
$12,487,500.00
$36,825,600.00
 
Apéndice VIII
CAMPECHE
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales
Cuadro de Metas y Montos 2017
 
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Metas Programadas
Recursos (En pesos)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Componente
Sistema
Producto/
Servicio/
Actividad
Concepto de apoyo
Unidad de
Medida
Cantidad de
Medida
Unidades de
Producción
Familiar (UPF)
Beneficiarias
De la
SAGARPA
Del
Gobierno
del Estado
De los
Beneficiarios
Gran Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Totales
3,375
41,100,000

2,704,234
43,804,234
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(Subtotal)
896
3,375
24,338,100

2,704,234
27,042,334
Proyecto de
Seguridad
Alimentaria para
Zonas Rurales
Proyectos Productivos
Infraestructura, equipo, material vegetativo, especies zootécnicas y acuícolas para instrumentar proyectos productivos.
Proyecto
896
3,375
24,338,100

2,704,234
27-042,334
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(Subtotal)
3,375
13,473,900


13,473,900
Proyecto de
Seguridad
Alimentaria para
Zonas Rurales
Servicios
Servicios integrales para la implementación de estrategias de desarrollo para la seguridad alimentaria y nutricional, la promoción, diseño, ejecución y el acompañamiento de proyectos.
ADR
5
3,375
12,487,500


12,487,500
Servicios
Seguimiento al desempeño de la calidad de los servicios profesionales de las ADR, proporcionados a través de instancias externas a la operación. (2)
Servicios
1
3,375
986,400


986,400
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Gastos de Operación del Gobierno del Estado hasta el 1.2%
493,200
 
 
493,200
Gastos de Operación de la Delegación hasta el 0.78%
320,580
 
 
320,580
(1) Gasto para Supervisión a nivel central para la Unidad Responsable, hasta el 0.30%
123,300
 
 
123,300
(1) Tecnologías de la Información y comunicaciones (TIC), hasta el 0.44%
180,840
 
 
180,840
(1) Capacitación, hasta el 0.06%.
24,660
 
 
24,660
(1) Otros gastos de la Unidad Responsable hasta el 0.35%
143,850
 
 
143,850
(1) Gasto de Evaluación hasta el 0.20%
82,200
 
 
82,200
(1) Gasto de Difusión hasta el 0.3%
123,300
 
 
123,300
(1) Proyectos Especiales hasta el 1.12%
460,320
 
 
460,320
(1) Disposiciones de Austeridad 0.25%
102,750
 
 
102,750
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(3) Servicios de asistencia técnica y soporte técnico metodológico, bajo la metodología FAO, hasta el 2.0% de los recursos asignados al componente.
 
822,000
 
 
822,000
(4) Acciones de inducción, fomento y fortalecimiento sobre esquemas de asociatividad y alianzas de negocios; desarrollo de proyectos, aspectos empresariales, comerciales, giras tecnológicas, talleres, encuentros, foros, exposiciones, convenciones, bajo metodologías de Instancias Nacionales o Internacionales, la Unidad Responsable utilizará hasta el 1% de los recursos asignados al componente en el PEF
 
411,000
 
 
411,000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Notas y referencias:                  
(1) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el Artículo 21 de las Disposiciones Generales Aplicables a las Reglas de Operación de la SAGARPA y los Lineamientos de Gastos de Operación 2017.
(2) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el Artículo 98 de las Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA 2017, hasta el 2.4% de los recursos asignados al componente.
(3) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el Artículo 98 de las Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA 2017.
(4) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el Artículo 98 de las Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA 2017.
Las celdas sombreadas tienen fórmulas con las cuales se calcularán los totales automáticamente, no registre datos en ellas.
 
SEGUNDA DEL SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO A LOS APÉNDICES VII Y VIII DEL "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN".
El presente Segundo Convenio Modificatorio, no implica una novación del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", al que se refiere el apartado de antecedentes de este documento, por lo que las estipulaciones
en las pactadas seguirán surtiendo sus efectos jurídicos, con excepción de los puntos que se modifican en este instrumento jurídico.
TERCERA DEL SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO A LOS APÉNDICES VII Y VIII "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN".
El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las "PARTES", en el "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN", lo que será determinado por la suscripción del documento que dé por concluidas las obligaciones emanadas del mismo.
Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 176 de su Reglamento, en cuanto al devengo de los recursos, mismo que deberá realizarse a más tardar el día 31 de diciembre de 2017.
Leído que fue y debidamente enterados del contenido, alcance y fuerza legal de ese instrumento, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad de las partes que lo firman y ratifican en todas sus partes, en cinco ejemplares originales, en la ciudad de San Francisco de Campeche, Estado de Campeche, a los 13 días del mes de diciembre de 2017.- Por la SAGARPA: la Directora General de Desarrollo Territorial y Organización Rural, Paulina Escobedo Flores.- Rúbrica.- El Delegado de la SAGARPA en el Estado de Campeche, Pedro Armentía López.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Desarrollo Rural del Estado de Campeche, Armando C. Toledo Jamit.- Rúbrica.
 

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