DOF: 08/11/2018
ACTA de instalación y clausura de la Convención Revisora en su aspecto salarial del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto

ACTA de instalación y clausura de la Convención Revisora en su aspecto salarial del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Géneros de Punto.

ASUNTO: ACTA DE INSTALACIÓN Y CLAUSURA DE LA CONVENCIÓN REVISORA EN SU ASPECTO SALARIAL DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA TEXTIL DEL RAMO DE GÉNEROS DE PUNTO.
En la Ciudad de México, siendo las ONCE HORAS DEL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, día y hora señalados en la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, en cumplimiento a lo ordenado por los Artículos 406 y 419 fracciones II y III y 419 Bis de la Ley Federal del Trabajo, se procedió a la instalación de la Convención Obrero Patronal Revisora en su aspecto salarial del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto. En acatamiento a lo previsto por el artículo 411 de la Ley antes invocada, ante la presencia del señor LIC. GUILLERMO E. ROCA SANTOS COY, Titular de la Unidad de Funcionarios Conciliadores y representante del LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN, Secretario del Trabajo y Previsión Social, y del LIC. PEDRO GARCÍA RAMÓN, Subcoordinador de Convenciones de la referida Unidad, se reunieron en la sala 1 de la Unidad de Funcionarios Conciliadores de esta Secretaría, los Delegados Obreros y Patronales acreditados para asistir a la Convención Revisora del Contrato Ley referido.
Se procedió a pasar lista de asistencia, encontrándose presentes por el sector obrero y por el sector patronal, los Delegados que fueron acreditados ante esta Convención.
En atención a lo dispuesto por los artículos 406 y 419 de la Ley Federal del Trabajo, la Convención procedió a designar a los secretarios escrutadores; por el sector obrero los CC. J. GUADALUPE DELGADILLO VIZCARRA y FIDEL MORENO GARCÍA; por el sector patronal los CC. LICS. FERNANDO YLLANES MARTÍNEZ y ABIEL NOÉ SÁNCHEZ ROSAS.
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 406 y 419 de la Ley Federal del Trabajo, se procedió a designar a los Secretarios Escrutadores, siendo nombrados por el sector obrero los CC. José Guadalupe Delgadillo Vizcarra y Fidel Agustín Moreno García; por el sector empresarial, los CC. Héctor Martino Silis y Fernando Yllanes Martínez, con el objeto de que los Escrutadores pudieran llevar a cabo el recuento de los presentes, se declaró un receso y al reanudarse la sesión, informaron los Escrutadores del sector obrero que están representadas más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y los patrones que tienen a su servicio a dichos trabajadores informaron que se instalaba la Convención, pero que no existía quórum del sector industrial.
En uso de la palabra el señor Fermín Lara Jiménez, manifestó que habían presentado en tiempo y forma sus emplazamientos a huelga ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y que solicitaban al sector industrial una respuesta oportuna a su pliego petitorio de incremento salarial.
A continuación, el LIC. GUILLERMO E. ROCA SANTOS COY, Titular de la Unidad de Funcionarios Conciliadores hizo la siguiente declaratoria:
"HOY DÍA CUATRO DE OCTUBRE DOS MIL DIECIOCHO, ME PERMITO DECLARAR FORMALMENTE INSTALADA LA CONVENCIÓN REVISORA EN SU ASPECTO SALARIAL DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA TEXTIL DEL RAMO DE GÉNEROS DE PUNTO, ASIMISMO ME PERMITO COMUNICAR A USTEDES, QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 411 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EL SEÑOR SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN, ME HA DESIGNADO SU REPRESENTANTE PARA PRESIDIR LOS TRABAJOS DE ESTA CONVENCIÓN".
Efectuando un receso, se procedió al nombramiento por las representaciones obrera y patronal de las siguientes comisiones: a) Mesa Directiva; b) Comisión Redactora de Reglamento Interior de Labores y c) Comisión Dictaminadora de Credenciales, de conformidad con las listas anexas, mismas que fueron aprobadas por la asamblea.
Por último, el Lic. Pedro García Ramón, Subcoordinador de Convenciones y representante del Lic.
Guillermo E. Roca Santos Coy, Presidente de la convención, propuso a la asamblea y ésta aceptó, declarar los trabajos en SESIÓN PERMANENTE.
Efectuado un receso se celebró sesión plenaria, el día ocho de octubre del año en curso, en la que se aprobaron por unanimidad los informes de las comisiones: Redactora del Reglamento Interior de Labores y Dictaminadora de Credenciales.
De inmediato se procedió al nombramiento de la Comisión de Salarios siendo integrada por los Delegados Obreros y Patronales que fueron acreditados ante esta convención.
Reanudadas las actividades en sesión plenaria, el día ocho de octubre de dos mil dieciocho y siendo las catorce horas y una vez que los Secretarios de la Mesa Directiva, certificaron el quórum reglamentario, dieron cuenta los integrantes de la Comisión de Salarios del convenio con esta fecha, mismo que fue aprobado en todas y cada una de sus partes por unanimidad de los presentes.
A continuación, se levantó la sesión haciendo el Presidente de la Convención la siguiente declaratoria:
"HOY DÍA OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, DECLARO SOLEMNEMENTE CLAUSURADOS LOS TRABAJOS DE LA CONVENCIÓN OBRERO PATRONAL REVISORA EN SU ASPECTO SALARIAL DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA TEXTIL DEL RAMO DE GÉNEROS DE PUNTO".
PARA CONSTANCIA se levanta la presente acta, que después de leída y aprobada es firmada al calce por el Presidente de la Convención conjuntamente con los Secretarios de la Mesa Directiva y al margen por los Delegados Obreros y Patronales que quisieron hacerlo.
El Presidente, Guillermo E. Roca Santos Coy.- Rúbrica.- Los Secretarios Sector Obrero: Fermín Lara Jiménez, Alfredo Cruz Ruiz, Miguel Ángel Tapia Dávila, Fidel A. Moreno García.- Rúbricas.- Los Secretarios Sector Patronal: David Antonio García Cosio, Fernando Yllanes Martínez, Abiel Noé Sánchez Rosas, Alejandro Fernandez Suárez.- Rúbricas.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 25/04/2024

DOLAR
17.1098

UDIS
8.128018

CCP
9.76

CCP-UDIS
4.50

CPP
8.64

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.4029%

TIIE 182 DIAS
11.5604%

TIIE DE FONDEO
11.01%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024