DOF: 11/12/2018
CONVENIO Modificatorio a las Bases de Colaboración de fecha 25 de julio de 2018, que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Desarrollo Social, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado Coordinación Nacional de PROSPERA P

CONVENIO Modificatorio a las Bases de Colaboración de fecha 25 de julio de 2018, que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Desarrollo Social, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, para establecer e instrumentar el Programa Nacional de Becas en su modalidad de Manutención SEP-PROSPERA 2018.

CONVENIO MODIFICATORIO A LAS BASES DE COLABORACIÓN DE FECHA 25 DE JULIO DE 2018; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. RODOLFO TUIRÁN GUTIÉRREZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL A TRAVÉS DE SU ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO; COORDINACIÓN NACIONAL DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL, EN LO SUCESIVO "PROSPERA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MTRO. JAIME GUTIÉRREZ CASAS, ASISTIDO POR LA LIC. ANGÉLICA CASTAÑEDA SÁNCHEZ, DIRECTORA GENERAL DE PADRÓN Y LIQUIDACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTE
Con fecha 25 de julio de 2018, "LA SEP" y "PROSPERA" suscribieron las Bases Colaboración, en lo sucesivo "LAS BASES", por las cuales determinaron los mecanismos de coordinación para establecer e instrumentar el "Programa Nacional de Becas en su modalidad de Manutención SEP-PROSPERA 2018", en lo sucesivo "EL PROGRAMA", con el fin de fomentar que un mayor número de estudiantes beneficiarios del programa Prospera, inscritos en Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES), en condiciones económicas adversas tengan acceso a los servicios de educación superior y terminen oportunamente sus estudios.
En la Base SEGUNDA de "LAS BASES" se acordó que "LA SEP" y "PROSPERA", con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018, contribuirían con la aportación de hasta la cantidad de $633'550,000.00 (Seiscientos Treinta y Tres Millones Quinientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo siguiente:
·   "LA SEP" aportaría: Hasta la cantidad de $218'300,000.00 (Doscientos Dieciocho Millones Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.).
·   "PROSPERA" aportará: Hasta la cantidad de $415'250,000.00 (Cuatrocientos Quince Millones Doscientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.).
En la Base DÉCIMA de "LAS BASES" se estableció que su vigencia iniciaría a partir de la fecha de su firma y concluiría el 31 de diciembre de 2018, y que podría modificarse de común acuerdo entre "LA SEP" y "PROSPERA".
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que el Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que para efectos de las presentes Bases señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06029, en la Ciudad de México.
II.- De "PROSPERA":
II.1.- Que la Secretaría de Desarrollo Social es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada de conformidad con los artículos 2, fracción I, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y tiene, entre otras atribuciones, el fortalecer el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación y seguimiento, con los organismos respectivos, de las políticas de combate efectivo a la pobreza; atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, así como la de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza.
 
II.2.- Que por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 5 de septiembre de 2014, se crea la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social.
II.3.- Que el Mtro. Jaime Gutiérrez Casas, en su carácter de Coordinador Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, acredita su personalidad mediante nombramiento de fecha 5 de abril de 2018, expedido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto y registrado con el número 713 a foja 22 del "Libro de Nombramientos de Servidores Públicos que designa el Ejecutivo Federal" de fecha 17 de abril de 2018, por lo que cuenta con las facultades jurídicas necesarias para la suscripción del presente instrumento en términos de los artículos 1o., 2, 3, 4, 5 fracción II y 10 fracción XI del Decreto señalado en la declaración II.2 del presente instrumento; 37 fracción VII y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.
II.4.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2018, con cargo a la clave presupuestaria: 20 G00 2 608 0 008 S072 43701 1 1 09, denominada "Subsidios al Consumo".
II.5.- Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo Décimo Segundo, fracción III del Acuerdo por el que se delegan facultades a los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2016, así como en el Manual de Organización y de Procedimientos de la Coordinación Nacional de Prospera Programa de Inclusión Social, Dirección Jurídica Consultiva, funciones, numeral 2, previo a la celebración del presente instrumento jurídico, obtuvo la dictaminación jurídica correspondiente mediante el número DIC-DJC-CM BCOL-CNP-CNBES(SEP)/685/2018, emitido por la Dirección Jurídica Consultiva.
II.6.- Que para los efectos del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en la Avenida de los Insurgentes Sur No. 1480, piso 7, Colonia Barrio Actipan, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03230, en la Ciudad de México.
Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de "LA SEP" y "PROSPERA", han decido celebrar este convenio modificatorio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Es objeto del presente instrumento, modificar la Base SEGUNDA y el primer párrafo del Anexo de Ejecución de "LAS BASES".
Segunda.- "LA SEP" y "PROSPERA" acuerdan modificar la base SEGUNDA de "LAS BASES", para quedar como sigue:
"SEGUNDA.- "EL PROGRAMA" se ejecutará a fin de cubrir becas por un periodo de hasta 6 (seis) meses para estudiantes beneficiarios del programa PROSPERA, inscritos en el primero o segundo año en un programa de licenciatura o Técnico Superior Universitario (TSU), durante el primer periodo del ciclo escolar 2018-2019.
Por ello, para la implementación de las acciones objeto de estas Bases, "LA SEP" y "PROSPERA" acuerdan, que con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018, contribuirán con la aportación de hasta la cantidad de $679'550,000.00 (Seiscientos Setenta y Nueve Millones Quinientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) de conformidad con lo siguiente:
·  "LA SEP" aportará: Hasta la cantidad de $218'300,000.00 (Doscientos Dieciocho Millones Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.).
·  "PROSPERA" aportará: Hasta la cantidad de $461'250,000.00 (Cuatrocientos Sesenta y un Millones Doscientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.).
La beca consiste en un apoyo financiero que "LA SEP" y "PROSPERA" otorgarán directamente a cada beneficiario(a) mediante transferencia bancaria, vía Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), a través de BANSEFI, a las cuentas con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), registradas por los beneficiarios/as en el Sistema Único de Beneficiarios de Educación Superior (SUBES), conforme a los montos establecidos en el Anexo de Ejecución del presente instrumento, que corresponden a un periodo de hasta 6 (seis) meses del ciclo escolar 2018-2019."
Tercera.- "LA SEP" y "PROSPERA" acuerdan modificar el primer párrafo del Anexo de Ejecución de "LAS
BASES", para quedar como sigue:
...
"Para la realización de las acciones objeto de este instrumento, "LA SEP" y "PROSPERA" proporcionarán apoyo financiero por la cantidad de hasta $679'550,000.00 (Seiscientos Setenta y Nueve Millones Quinientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) de los cuales, "LA SEP" aportará la cantidad de hasta $218'300,000.00 (Doscientos Dieciocho Millones Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.) y "PROSPERA" hasta la cantidad de $461'250,000.00 (Cuatrocientos Sesenta y Un Millones Doscientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.), que se destinarán exclusivamente al desarrollo de "EL PROGRAMA" que a continuación se señala:
..."
Cuarta.- "LA SEP" y "PROSPERA" acuerdan que, con excepción de las modificaciones a la Base SEGUNDA y al primer párrafo del Anexo de Ejecución de "LAS BASES", a que se refieren las cláusulas Primera, Segunda y Tercera que anteceden, rigen todas y cada una de las declaraciones y Bases de "LAS BASES", mismas que se tiene por ratificadas mediante el presente instrumento.
Quinta.- El presente convenio modificatorio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.
Leídas y enteradas la SEP y PROSPERA del contenido y alcance del presente instrumento, lo firman al margen y al calce, en ocho tantos, correspondiendo cuatro ejemplares a PROSPERA y cuatro ejemplares a la SEP, en la Ciudad de México, el día 28 de noviembre de 2018.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por PROSPERA: el Coordinador Nacional, Jaime Gutiérrez Casas.- Rúbrica.- La Directora General de Padrón y Liquidación, Angélica Castañeda Sánchez.- Rúbrica.
 

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