DOF: 08/03/2019
DECRETO por el que se desincorporan del Sistema Federal Penitenciario los Centros Federales de Readaptación Social que se indican, ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías

DECRETO por el que se desincorporan del Sistema Federal Penitenciario los Centros Federales de Readaptación Social que se indican, ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 1o y 18 de la propia Constitución; 27, 30 Bis, y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Estatuto de las Islas Marías, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevé que la seguridad pública es una función a cargo de la federación, de las entidades federativas y de los municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en términos de la ley;
Que en virtud de la reforma al artículo 18, párrafo segundo, de la Carta Magna, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2008, fue regulado el Sistema Penitenciario, estableciéndose como fin para la pena, la reinserción de las personas privadas de su libertad sobre la base del trabajo, capacitación, educación, salud y deporte;
Que el artículo referido señala que las personas privadas de su libertad, en los casos y condiciones que establezca la ley, podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, a fin de propiciar su reintegración a la comunidad como forma de reinserción social. Esta disposición no aplica en caso de delincuencia organizada y respecto de otros internos que requieran medidas especiales de seguridad;
Que mediante Decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 1905, las islas que forman parte del grupo conocido como "Las Tres Marías", ubicadas en el Océano Pacífico frente al territorio de Tepic, se destinaron al establecimiento de una colonia penitenciaria;
Que el 30 de diciembre 1939 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Estatuto de las Islas Marías, el cual destinaba a las Islas Marías como Colonia Penal para que los reos federales o del orden común cumplieran una pena de prisión;
Que el 17 de septiembre de 1991 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Colonia Penal Federal de las Islas Marías, con el objeto de establecer su organización administración y funcionamiento, dependiente de la Secretaría de Gobernación;
Que el 6 de mayo de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, cuyo objeto es establecer la organización y funcionamiento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, adscrito a la Colonia Penal Federal Islas Marías;
Que el 27 de noviembre de 2000 y el 1 º de agosto de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, el archipiélago conocido como Islas Marías, ubicado en el mar territorial mexicano del Océano Pacífico, con una superficie total de 641,284-73-74.2 hectáreas;
Que el 1 º de abril de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y se adicionan los artículos 12, 13, 14, y 15 del Estatuto de las Islas Marías, en el que se destina el Archipiélago Islas Marías para el establecimiento de un Complejo Penitenciario como parte del Sistema Penitenciario Federal;
Que el 3 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo 04/2011 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se incorporan los Centros Federales de Readaptación Social que integran el Complejo Penitenciario Islas Marías, específicamente el Centro Federal Femenil de Readaptación Social de Seguridad Mínima "Zacatal", Centro Federal Femenil de Readaptación Social "Rehilete", Centro Federal de Readaptación Social de Mínima Seguridad "Aserradero" Centro Federal de Readaptación Social "Morelos", Centro Federal de Readaptación Social "Bugambilias" y Centro Federal de Readaptación Social de Seguridad Máxima "Laguna del Toro";
Que el 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de
derechos humanos, y se estableció que el Estado Mexicano organizaría el Sistema Penitenciario, sobre la base de respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, como medios para lograr la reinserción de las personas privadas de su libertad a la sociedad y procurar que no vuelvan a delinquir;
Que el 30 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento del Complejo Penitenciario Islas Marías, el cual tiene por objeto establecer las atribuciones de las Unidades Administrativas en el Complejo Penitenciario Islas Marías, las disposiciones que regulan la operación de sus instalaciones, las normas de seguridad y disciplina, así como su régimen interno;
Que 5 de octubre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo mediante el cual se modifica el diverso 04/2011 del Secretario de Seguridad Pública por el que se incorporan los Centros Federales de Readaptación Social que integran el Complejo Penitenciario Islas Marías, a través el cual se desincorporó del Sistema Federal Penitenciario el Centro Federal Femenil de Readaptación Social "Rehilete", ubicado en el Complejo Penitenciario Islas Marías;
Que para lograr la reinserción social de las personas privadas de su libertad, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Nacional de Ejecución Penal, es imperioso que dichas personas mantengan una convivencia familiar periódica, lo cual no es posible de lograr en todos los casos por la lejanía del territorio continental en donde se ubica el Complejo Penitenciario Islas Marías;
Que debido a la ubicación distante del Complejo Penitenciario Islas Marías, aun y cuando cuenta con un régimen de internamiento de semi-libertad, no resulta del interés de las personas privadas de su libertad ejecutar su pena en dicho sitio, lo cual ha provocado que disminuya drásticamente la población interna a 652 personas, cuando se cuenta con una capacidad instalada para albergar a 5 mil 106 personas;
Que resulta oneroso e inviable financieramente mantener un régimen de internamiento obsoleto, cuyo costo diario promedio oscila en los 2 mil 885 pesos, debido al alto costo de mantenimiento y al pago de servicios de personal que ahí labora, y
Que derivado de que la operación del Complejo Penitenciario Islas Marías representa mayores costos que beneficios obtenidos, que su lejanía no contribuye a la reinserción social de las personas privadas de su libertad y que se requiere contribuir a la preservación y conservación de la reserva de la biosfera de las Islas Marías declarada como Área Natural Protegida, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se desincorporan del Sistema Federal Penitenciario el Centro Federal Femenil de Readaptación Social de Seguridad Mínima "Zacatal", Centro Federal de Readaptación Social de Mínima Seguridad "Aserradero", Centro Federal de Readaptación Social "Morelos", Centro Federal de Readaptación Social "Bugambilias" y Centro Federal de Readaptación Social de Seguridad Máxima "Laguna del Toro", ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, en coordinación con el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, realizará las acciones tendientes al cierre de los Centros Federales de Readaptación Social ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías señalados en el artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO.- Las personas privadas de su libertad internas en el Complejo Penitenciario Islas Marías serán trasladadas a otros Centros Federales de Readaptación Social que determine el Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, quien realizará las acciones y gestiones necesarias para ello, respetando en todo momento sus derechos humanos.
ARTÍCULO CUARTO.- Los derechos de los trabajadores adscritos laboralmente al Complejo Penitenciario Islas Marías serán respetados conforme a la ley, por lo que serán reincorporados a los Centros Federales de Readaptación Social que determine el Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales será la encargada de administrar, desarrollar y preservar los ecosistemas y elementos de la reserva de la biosfera Islas Marías, así como de vigilar que las acciones que se realicen dentro de ésta para lograr el cumplimiento del presente Decreto, se ajusten a lo establecido en el Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, el archipiélago conocido como Islas Marías, ubicado en el mar territorial mexicano del Océano Pacífico, con una superficie total de 641,284-73-74.2 hectáreas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2000 y el 1 º de agosto de 2003 (segunda publicación), así como a su respectivo Programa de Manejo.
TRANSITORIOS
 
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el "Acuerdo 04/2011 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se incorporan los Centros Federales de Readaptación Social que integran el Complejo Penitenciario Islas Marías", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2011, el "Acuerdo mediante el cual se modifica el diverso 04/2011 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se incorporan los Centros Federales de Readaptación Social que integran el Complejo Penitenciario Islas Marías", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de octubre de 2016, así como el "Acuerdo por el que se otorga la autorización para el uso y aprovechamiento al Consejo de la Judicatura Federal, de un terreno con una superficie de 1,800 m2, del Archipiélago Islas Marías, ubicado en la Isla María Madre localizada a 112 km de la costa del Estado de Nayarit", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.
TERCERO.- Los trámites, procedimientos y procesos a cargo de los Centros Federales de Readaptación Social que por el presente se desincorporan del Complejo Penitenciario Islas Marías, que se encuentren pendientes de resolución a la entrada en vigor al presente Decreto, continuarán su trámite conforme a las disposiciones legales vigentes al momento de su inicio, ante la autoridad penitenciaria correspondiente.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 18 de febrero de 2019.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Francisco Alfonso Durazo Montaño.- Rúbrica.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Josefa González Blanco Ortíz Mena.- Rúbrica.
 

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