CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las empresas productivas del Estado y a las entidades federativas, la sentencia dictada por la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 28401/18-17-05-2, promovido por la persona moral denominada Neodren, S. de R.L. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- 00641/30.15/2653/2019.- Expediente PISI-A-NC-DS-0032-2017.- No. Int.: JN-02/2019.- Reg. 7471 y 8104.
CIRCULAR
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DE VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECINUEVE, DICTADA POR LA QUINTA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 28401/18-17-05-2, PROMOVIDO POR LA C. HILDA RAMÍREZ TISTA, EN REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA PERSONA MORAL DENOMINADA NEODREN, S. DE R.L. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas,
empresas productivas del estado.
Presentes.
Con fecha veintiocho de febrero de dos mil diecinueve, la Quitna Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emitió la sentencia definitiva, dentro de la tramitación del juicio de nulidad número 28401/18-17-05-2 promovido por la C. Hilda Ramírez Tista, en representación legal de la empresa "NEODREN", S. DE R.L. DE C.V., en contra de la resolución con número de oficio número 00641/30.15/7940/2018, de fecha veintidós de octubre de dos mil dieciocho, dictada por el suscrito Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el expediente administrativo PISI-A-NC-DS-0032/2017, en la cual se le impuso una multa por la cantidad de $124,062.00 (ciento veinticuatro mil sesenta y dos pesos 00/100 M.N.) e inhabilitación para que por sí misma o a través de interpósita persona pueda presentar propuestas o celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las Empresas Productivas del Estado, así como las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por el plazo de cuatro meses, sentencia en la cual se determinó:
"...En mérito de lo expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II, de la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:
I.- Fue procedente el juicio de nulidad.
II.- La parte actora acreditó los hechos constitutivos de su pretensión en consecuencia;
III.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, precisada en el Resultando Primero del presente fallo...."..."
Lo anterior se hace de conocimiento, a efecto de que las entidades federativas y los municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 1 de abril de 2019.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Jorge Peralta Porras.- Rúbrica.