CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la sentencia dictada por la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 29730/16-17-09-2, promovido por Medidores Industriales y Médicos, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- 00641/30.15/5147/2019.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0047-2015.- No. Int.: JN-10/2017.- Reg. 18689.
CIRCULAR
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA SENTENCIA DE DIECISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE, DICTADA POR LA NOVENA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 29730/16-17-09-2, PROMOVIDO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE MEDIDORES INDUSTRIALES Y MÉDICOS, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias
y equivalentes de las entidades de la
administración pública federal y de los
gobiernos de las entidades federativas,
empresas productivas del Estado, municipios
y alcaldías de la Ciudad de México
Presentes.
Con fecha dieciséis de octubre de dos mil diecisiete, la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emitió la sentencia definitiva, dentro de la tramitación del juicio de nulidad número 29730/16-17-09-2 promovido por el C. Gerardo Márquez Ponce, en representación de MEDIDORES INDUSTRIALES Y MÉDICOS, S.A. DE C.V., en contra de las resoluciones con número de oficio 00641/30.1/364/2016 de fecha de diez de noviembre de dos mil dieciséis, dictada por el entonces Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social en el recurso de revisión RR-27/2016, y 00641/30.15/5521/2016 de catorce de noviembre de dos mil dieciséis recaída en el expediente PISI-A-NC-DS-0047-2015, a través de la cual el suscrito Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social le impuso a la referida empresa las sanciones administrativas consistentes en la inhabilitación por el plazo de un año para poder presentar propuestas o celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Público Federal, con las Empresas Productivas del Estado, así como las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con las mismas, y multa por la cantidad de $403,740.00 (cuatrocientos tres mil setecientos cuarenta 00/100 M.N.), sentencia en la cual se determinó:
"...En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II de la Ley Federal de Procedimientos Contencioso Administrativo, esta Sala resuelve:
PRIMERO. La parte actora acreditó su pretensión en el presente juicio, en consecuencia;
SEGUNDO. Se declara la nulidad de las resoluciones impugnadas, por los motivos y fundamentos expuestos en el considerando anterior de este fallo.
..."
Lo anterior se hace de conocimiento, a efecto de que las entidades federativas, empresas productivas del Estado, municipios y alcaldías de la Ciudad de México interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a 30 de julio de 2019.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Jorge Peralta Porras.- Rúbrica.