ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación de la sede oficial de la Guardia Nacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
DR. ALFONSO DURAZO MONTAÑO, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 14, 16, 17, 26 y 30 Bis, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción I, 6, fracción II y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con relación al cuarto párrafo del Transitorio Sexto de la Ley de la Guardia Nacional; y 19 fracción XXV del Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional y
CONSIDERANDO
Que el 26 de marzo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional;
Que el artículo 21 constitucional establece que la Federación contará con una Institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional la cual tendrá el carácter civil, disciplinado y profesional;
Que el 27 de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional, misma que es reglamentaria del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que la Guardia Nacional es una Institución de seguridad pública, de carácter civil, disciplinada y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana;
Que conforme a lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos;
Que conforme al artículo 19 fracción XXV del Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional, le corresponde al Comandante de la Guardia Nacional proponer al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana la ubicación de la sede oficial de la Institución;
Que por todo lo anterior, y con el propósito de dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables que imponen la obligación de señalar la sede oficial de la Guardia Nacional, se emite el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO. Se hace del conocimiento que la sede oficial de la Guardia Nacional será el inmueble ubicado en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 3648 Colonia Jardines del Pedregal, Alcaldía de Álvaro Obregón, Código Postal 01900, en la Ciudad de México.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 26 de agosto de 2019.- El Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño.- Rúbrica.