DOF: 17/10/2019
EXTRACTO del Acuerdo INE/CG454/2019 por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2019-2020 y sus respectivos anexos

EXTRACTO del Acuerdo INE/CG454/2019 por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2019-2020 y sus respectivos anexos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.

Extracto del Acuerdo INE/CG454/2019 por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2019-2020 y sus respectivos anexos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG454/2019.
ANTECEDENTES
[...]
CONSIDERANDO
[...]
51.   En la ECAE 2019-2020, se incluye como una de las líneas estratégicas, la Reposición de procesos electorales, a través de una estrategia de capacitación y asistencia electoral para procesos extraordinarios, la cual establece los procedimientos que garantizan a las y los ciudadanos, partidos políticos y, en su caso, candidatos independientes, la legalidad de los actos y procedimientos electorales, aplicables a los resultados electorales derivados de las diversas causales de nulidad previstas en las leyes de la materia, misma que forma parte de los anexos de dicho documento.
52.   En la ECAE 2019-2020, que servirá de base para regular lo relativo a la Integración de MDC y la Capacitación Electoral en los procesos electorales locales en los estados de Coahuila e Hidalgo, cuya Jornada Electoral se celebrará el primer domingo de junio de 2020, se han realizado algunos ajustes en la periodicidad del desarrollo de algunas etapas, cuyo objeto es eficientar el ejercicio del presupuesto del INE, así como la optimización de las actividades inherentes a las citadas materias, desde luego, bajo la más estricta observancia y ponderación de las tareas normativamente asignadas al INE, así como de los principios rectores de la función electoral.
En el PIMDCyEC, que forma parte de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2019-2020, se ha determinado la necesidad operativa de ajustar el inicio de los operativos en campo de la primera y segunda etapas de capacitación electoral, las cuales serán realizadas de la siguiente manera:
·  La primera etapa de capacitación electoral será del 21 de febrero al 5 de abril de 2020.
·  La segunda etapa de capacitación electoral será del 17 de abril al 6 de junio de 2020.
Con estas medidas se garantiza la efectiva capacitación electoral de quienes integrarán las MDC, ello tomando en consideración que el INE ha adoptado diversas medidas cuyo objeto ha sido la optimización y mejora constante en materia de capacitación electoral.
El ajuste propuesto es el resultado de un análisis cuantitativo y cualitativo de la complejidad para integrar casillas, con base en los resultados obtenidos en elecciones previas y su correlación con el tiempo requerido para dar cumplimiento al conjunto de actividades de cada etapa.
Así, en la primera etapa de capacitación se sensibiliza a las personas insaculadas que eventualmente podrán integrar las MDC, dicha sensibilización esencialmente se centra en la importancia de la participación activa de la ciudadanía en la democracia mexicana. Mientras que, en la segunda etapa, se realiza una capacitación respecto de las actividades que tendrán que desarrollar las personas designadas como funcionarias de casilla el día de la Jornada Electoral. A manera de reforzamiento y de manera paralela, se implementan actividades vivenciales como los simulacros y las prácticas de la Jornada Electoral.
Adicionalmente, el INE implementa distintas modalidades de capacitación electoral que robustecen a las etapas antes citadas; tal es el caso de, los simulacros y las prácticas de la jornada electoral, cuyo ejercicio vivencial permite que la ciudadanía que integrará las MDC no solo tengan conocimientos teóricos respecto a las actividades a desarrollar el día de las elecciones, sino que también realicen ejercicios vivenciales con lo que se solidifican de manera práctica los conocimientos adquiridos.
 
Asimismo, con la finalidad de impulsar el uso de nuevas tecnologías en la capacitación electoral, se incluye la capacitación virtual en la ECAE 2019-2020, contemplada en el PIMDCyEC, así como en el Programa de Capacitación Electoral (estructura curricular), como una modalidad complementaria, la cual se impartirá a través de cursos de capacitación virtual, cuyo objetivo es fortalecer el aprendizaje de los temas de mayor complejidad que forman parte de la capacitación a las y los SE, a las y los CAE, a las y los funcionarios de MDC y a las y los observadoras electorales, mediante lecciones en una plataforma digital que las personas puedan realizar de manera asincrónica y a su propio ritmo.
Cabe señalar que, con los mecanismos implementados por el INE en la segunda etapa de capacitación, se fortalecen los conocimientos teóricos y prácticos sobre las actividades que realizan los funcionarios de MDC el día de la Jornada Electoral; con ello se logra garantizar el ejercicio de los derechos políticos-electorales de la ciudadanía, con apego a los principios rectores de la función electoral.
Por otro lado, en el Manual de Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, se ha establecido que el procedimiento de reclutamiento se realizará bajo los siguientes parámetros:
·  El periodo de reclutamiento será del 25 de noviembre de 2019 al 1 de febrero de 2020.
a)    Difusión de la convocatoria del 25 de noviembre de 2019 al 17 de enero de 2020.
b)    Examen de conocimientos 18 de enero de 2020.
c)     Entrevistas para Supervisor/a Electoral del 21 al 25 de enero de 2020.
d)    Entrevistas para Capacitador/a Asistente Electoral 27 de enero al 1 de febrero de 2020.
Las medidas que se enuncian fueron consideradas tomando en cuenta la temporalidad en que se desarrollarán los procesos electorales locales en los Estados de Coahuila e Hidalgo, cuyas legislaciones establecen que el inicio del proceso en cada una de éstas será:
a)   El Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza en el artículo 167, párrafo 1, dispone que el proceso electoral ordinario se inicia con la sesión que celebre el Consejo General del OPL de Coahuila el primer día del mes de enero del año correspondiente a la elección. (Derivado de la reforma, publicada el 23 de julio de 2019, en el periódico oficial del Estado de Coahuila de Zaragoza).
b)   El Código Electoral del Estado de Hidalgo en su artículo 100 establece que los procesos electorales para las elecciones ordinarias se inician con la sesión que realice el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo el 15 de diciembre del año anterior al de los comicios. [...]
53.   En el Plan de trabajo interdisciplinario para impulsar el uso de un modelo de voto electrónico, del 19 de junio del 2019, se estableció que las diferentes áreas del INE, participarían en la construcción de un modelo factible para la implementación del "Voto electrónico presencial (voto electrónico en casilla)" para los procesos electorales concurrentes en territorio nacional en el contexto de votación en de casilla única, basado en las experiencias que ha tenido el otrora Instituto Federal Electoral y el INE.
Asimismo, el Plan de trabajo contempla realizar un diagnóstico de las necesidades legales, operativas, técnicas y presupuestales, así como de las implicaciones de la adopción del modelo de votación electrónica presencial; los costos y beneficios de la implementación del voto electrónico respecto del modelo actual de votación.
Si derivado de los trabajos previstos en el plan el Consejo General establece que es propicio implementar el voto electrónico en los procesos electorales locales de 2019-2020, las áreas de INE deberán poner a consideración de dicho órgano de dirección o de los órganos ejecutivos centrales, las acciones regulatorias, operativas, administrativas y demás medidas indispensables para su ejecución.
[...]
...el Consejo General emite el siguiente:
 
ACUERDO
Primero. Se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2019-2020 y sus respectivos anexos, integrados por:
1.     Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral;
2.     Manual de Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales;
3.     Programa de Capacitación Electoral (estructura curricular);
4.     Mecanismos de Coordinación Institucional (DECEyEC-DEOE-DERFE-DEA/JL-JD/CL-CD);
5.     Articulación-Interinstitucional (INE-OPL);
6.     Criterios para la elaboración de materiales didácticos y de apoyo;
7.     Reposición de procesos electorales.
8.     Programa de Asistencia Electoral;
Segundo. La insaculación de las y los ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla en los procesos electorales locales de 2019-2020, deberá realizarse con base en el mes del calendario que el Consejo General sorteará en diciembre de 2019, junto con el que siga en el orden, así como con el sorteo de la letra que realice en el mes de febrero de 2020.
Tercero. En la formulación de los contenidos de los materiales de capacitación electoral, así como en la aplicación de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para los procesos electorales locales 2019-2020, deberá considerarse el objetivo superior de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023.
Cuarto. Una vez que el presupuesto del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2020 sea aprobado por la H. Cámara de Diputados, la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica podrá aprobar en su caso, los ajustes que sean necesarios a la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para los procesos electorales locales 2019-2020.
Quinto. La Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2019-2020, será aplicable para las elecciones extraordinarias que deriven de los procesos electorales locales 2019-2020, tomando como base el anexo denominado "Reposición de Procesos Electorales".
Sexto. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para que en el ámbito de su competencia, tome las medidas necesarias a efecto de que los Vocales Distritales del Registro Federal de Electores apoyen las actividades de capacitación y asistencia electoral, respecto de la conformación de las áreas y zonas de responsabilidad electoral y en la ubicación de los domicilios de las y los ciudadanos insaculados durante la primera etapa de capacitación electoral, así como en la entrega de listados nominales en las secciones con estrategias diferenciadas, nivel de afectación 2 y en los casos que sea necesario sustituir a las personas designadas como funcionarias de casilla una vez agotada la lista de reserva durante la segunda etapa.
Séptimo. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que, tres días antes de cada pago quincenal a las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, se informe a la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020 sobre las acciones que, en su caso, efectuó para realizar el pago de honorarios, gastos de campo y demás retribuciones de las y los prestadores de servicios mencionados. Además, en su momento, informe de los recursos asignados a las Juntas Distritales Ejecutivas para apoyar los gastos extraordinarios que se generen para esta actividad durante los procesos electorales locales 2019-2020, tomando en consideración la complejidad de cada uno de los Distritos y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.
Octavo. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica para que en la elaboración de los materiales didácticos que se utilizarán para la capacitación electoral, tome en consideración los procedimientos establecidos en los anexos aprobados en este Acuerdo.
Noveno. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que apoye a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral en la implementación de las medidas a que hacen referencia los puntos del presente Acuerdo.
Décimo. Se instruye a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Organización Electoral, así como a la Unidad Técnica de Igualdad de Género y no Discriminación para que, en el ejercicio de sus atribuciones, implementen las medidas necesarias para la óptima realización de las acciones que han sido referidas en este acuerdo y que tienen como finalidad la universalidad y progresividad
del derecho a votar de las y los ciudadanos.
Décimo Primero. Se instruye a las Direcciones Ejecutivas de Administración, Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral, así como a las Unidades Técnicas del Instituto Nacional Electoral, para que en el ámbito de sus atribuciones y, en caso de que este Consejo General determine instrumentar el voto electrónico en los Procesos Electorales Locales en los Estados de Coahuila e Hidalgo, propongan a éste las acciones regulatorias necesarias. Asimismo, las acciones operativas, administrativas y demás medidas necesarias para su óptima ejecución, podrán ser propuestas para su aprobación a este órgano de dirección o a los órganos ejecutivos centrales.
Décimo Segundo. Se instruye a los Consejos Locales y Distritales de las Entidades Federativas con proceso electoral en 2019-2020, a realizar tareas de supervisión y verificación en campo y en gabinete sobre las actividades involucradas en la integración de mesas directivas de casilla y asistencia electoral, de acuerdo con los Lineamientos anexos al Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral, así como del Manual de Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales. De las tareas realizadas, informarán del resultado en las sesiones de los Consejos correspondientes y, en su caso, se podrán presentar las observaciones correspondientes.
Décimo Tercero. Las y los representantes de los partidos políticos y de las y los candidatos independientes en los Consejos Distritales, podrán vigilar los procedimientos a que se refiere el presente Acuerdo.
Décimo Cuarto. Se instruye a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral, que una vez concluido el procedimiento de reclutamiento y selección de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, presenten un informe sobre la asignación de dichas figuras a la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020, creada para dar seguimiento a las actividades que se desarrollarán en ejercicio de las funciones que le corresponden al Instituto Nacional Electoral.
Décimo Quinto. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, para que de manera periódica informe a la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020, sobre el estadístico de las y los ciudadanos no revisitados derivado de haber llegado al número óptimo para la integración de mesas directivas de casilla.
Décimo Sexto. Las y los Presidentes de los Consejos Locales informarán a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de Organización Electoral del avance en la ejecución y el resultado de cada uno de los procedimientos previstos en el presente acuerdo. Una vez recibidos los informes, los Directores Ejecutivos lo harán del conocimiento de las y los Consejeros Electorales integrantes de la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020.
Décimo Séptimo. La Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2019-2020, informará al Consejo General sobre la verificación y supervisión del cumplimiento del presente acuerdo, una vez recibidos los avances correspondientes por parte de las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral.
Décimo Octavo. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que instrumente lo conducente a fin de que notifique el presente acuerdo para su conocimiento y debido cumplimiento a todas y todos los integrantes de los Consejos Generales de los Organismos Públicos Locales de los Estados de Coahuila e Hidalgo, cuya jornada electoral tendrá verificativo el primer domingo de junio de 2020.
Décimo Noveno. Notifíquese el presente acuerdo a las y los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas de los Estados de Coahuila e Hidalgo, para su conocimiento y debido cumplimiento.
Vigésimo. Se instruye a las y los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas de los Estados de Coahuila e Hidalgo, para que instrumenten lo conducente a fin de que, en su momento, las y los integrantes de los Consejos Locales y Distritales tengan pleno conocimiento de este acuerdo.
Vigésimo Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo General.
Vigésimo Segundo. Publíquese ...
El Acuerdo completo y anexos que forma parte integral del mismo, se encuentran disponibles para su consulta en la dirección electrónica: https://www.ine.mx/sesion-extraordinaria-del-consejo-general-30-septiembre-2019/
DOF: www.dof.gob.mx/2019/INE/CGext201909_30_ap_9.pdf
 
Ciudad de México, 2 de octubre de 2019.- El Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Roberto Heycher Cardiel Soto.- Rúbrica.
 

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