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DOF: 23/01/2020
ACUERDO mediante el cual se pone a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el predio conocido como Colonia Francisco Villa, Municipio de Centro, Estado de Tabasc

ACUERDO mediante el cual se pone a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el predio conocido como Colonia Francisco Villa, Municipio de Centro, Estado de Tabasco.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Predio:
Colonia Francisco Villa
Municipio:
Centro
Estado:
Tabasco
Superficie:
Polígono 1, 8-44-27.27 ha;
Polígono 2, 3-58-06.08 ha.
Expediente:
831874
Solicitante:
Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS)
ACUERDO
Visto el estado que guarda el expediente número 831874 relativo a la solicitud de puesta a disposición del terreno "Colonia Francisco Villa", ubicado en el municipio de Centro, estado de Tabasco, con superficie analítica del Polígono 1, con 8-44-27.27 hectáreas; y del Polígono 2, con 3-58-06.08 hectáreas, mediante oficio número 1.0/304/2019 del doce de julio de dos mil diecinueve, suscrito por el Director General del Instituto Nacional del Suelo Sustentable, y
RESULTANDO
1. Que mediante escrito de dieciocho de diciembre de dos mil catorce, dirigido al Delegado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el estado de Tabasco, 55 personas solicitaron el inicio del procedimiento de titulación de "terrenos en forma global" respecto de una superficie de 19-35-21.46 hectáreas, ubicado en la comunidad denominada "Colonia Francisco Villa" (foja 1). Anexaron a su solicitud plano con coordenadas UTM, en el que desglosan la superficie en el polígono 1 con 17-04-86.34 hectáreas (diecisiete hectáreas, cuatro áreas, ochenta y seis punto treinta y cuatro centiáreas) y el polígono 2 con una superficie de 02-30-35.12 hectáreas (dos hectáreas, treinta áreas, treinta y cinco punto doce centiáreas), localizado en el municipio del Centro del estado de Tabasco (fojas 201 a 206).
2. En el Diario Oficial de la Federación (DOF) del siete de junio de dos mil diecinueve, se publicó la resolución de declaratoria de terreno nacional, que en su parte conducente señala: "...Se declara terreno nacional el predio denominado "Colonia Francisco Villa" Polígono 1, con una superficie de 8-44-27.27 hectáreas (ocho hectáreas, cuarenta y cuatro áreas, veintisiete punto veintisiete centiáreas) y el Polígono 2 con una superficie de 3-58-06.08 hectáreas (tres hectáreas, cincuenta y ocho áreas, seis punto ocho centiáreas), ubicado en el municipio de Centro, estado de Tabasco, cuya superficie, coordenadas y colindancias fueron descritas en el resultando 9 de esta resolución..." (fojas 413 a 420).
3. Los polígonos 1 y 2, comprendidos en dicha declaratoria arriba citada arrojan las siguientes coordenadas y colindancias:
Polígono 1
Se precisa que el predio del Polígono 1, colinda con el bordo de contención construido por la Comisión Nacional del Agua y con la zona federal del arroyo, por lo que se procedió a segregar la superficie sobrepuesta.
a) Coordenadas de ubicación geográfica:
De latitud norte 18 grados, 01 minutos, 43 segundos y de longitud oeste 92 grados, 53 minutos, 13 segundos.
b) Colindancias:
Al Norte: Bordo de contención de Comisión Nacional del Agua.
Al Sur: Carlos Pérez Padrón y zona federal del arroyo Las Carretas.
Al Este: Bordo de contención de Comisión Nacional del Agua y zona federal del arroyo Las Carretas.
 
Al Oeste: Colonia Francisco Villa.
c) Superficie:
8-44-27.27 hectáreas (ocho hectáreas, cuarenta y cuatro áreas, veintisiete punto veintisiete centiáreas).
Polígono 2
a) Coordenadas de ubicación geográfica:
De latitud norte 18 grados, 01 minutos, 34 segundos de longitud oeste 92 grados, 53 minutos, 42 segundos.
b) Colindancias:
Al Norte: Cerrada Francisco Villa y Colonia Francisco Villa.
Al Sur: Calle Victoriano Huerta.
Al Este: Colonia Francisco Villa y Calle Francisco Villa.
Al Oeste: Cerrada Francisco Villa y Calle Victoriano Huerta.
c) Superficie:
3-58-06.08 hectáreas (tres hectáreas, cincuenta y ocho áreas, seis punto ocho centiáreas).
4. Mediante oficio número 1.0/304/2019 del doce de julio de dos mil diecinueve, suscrito por el Director General del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), solicitó a la Titular de la Dirección General de la Propiedad Rural, tener a bien poner a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), el predio conocido como "Colonia Francisco Villa", que se compone de dos polígonos, "Polígono 1" con una superficie de 8-44-27.27 hectáreas y el "Polígono 2" con una superficie de 3-58-06.08 hectáreas, ya que en dichos polígonos existe un asentamiento humano irregular consolidado, el cual será beneficiado con la regularización de la tenencia de la tierra, además de incorporarlo al desarrollo urbano para evitar la expansión desordenada de los centros urbanos, permitiendo así beneficiar a más familias a través del otorgamiento de certeza jurídica de su propiedad y, con ello, mejorar su calidad de vida al posibilitar el acceso a diferentes programas del Gobierno Federal, relacionados con el mejoramiento de sus viviendas y a la introducción de servicios básicos por parte de las autoridades locales, al contar con la escritura de sus viviendas (fojas 428 y 429), por lo que
CONSIDERANDO
I. Que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, es competente para emitir el presente Acuerdo de conformidad con los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41, fracciones I y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 158, fracción I y 161 de la Ley Agraria; 2, fracción II, 6, fracción VII y 57 de la Ley General de Bienes Nacionales; 6, 7 y 8 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 112 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural y 5, 8, fracción XXIV inciso d), 20 fracción XII inciso c) y d) del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
II. Que analizadas las constancias de autos del expediente en que se actúa y tomando en cuenta que ha sido declarado Terreno Nacional la superficie que comprenden los polígonos 1 y 2 de la "Colonia Francisco Villa", y con base en lo manifestado por el Director General de Instituto Nacional del Suelo Sustentable en el oficio 1.0/304/2019, recibido el dieciséis de julio de dos mil diecinueve, en cumplimiento del artículo 161 de la Ley Agraria y 112 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, procede poner a disposición por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), el predio conocido como "Colonia Francisco Villa", que se compone de dos polígonos: "Polígono 1" con una superficie de 8-44-27.27 hectáreas y el "Polígono 2" con una superficie de 3-58-06.08 hectáreas.
III. Que en términos de lo establecido en el artículo 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales, deberá publicarse el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación; así mismo se ordena la inscripción del presente ante el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro Agrario Nacional de conformidad con lo que establecen los artículos 42 fracción XIV de la Ley General de Bienes Nacionales y 4 del Reglamento del Registro Agrario Nacional.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se emite el siguiente:
 
ACUERDO
PRIMERO. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano a solicitud del Instituto Nacional del Suelo Sustentable pone a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), el predio conocido como "Colonia Francisco Villa", que se compone de dos polígonos: "Polígono 1" con una superficie de 8-44-27.27 hectáreas y el "Polígono 2" con una superficie de 3-58-06.08 hectáreas, con las medidas y colindancias ya descritas.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO. Notifíquese con copia certificada del presente Acuerdo, así como del expediente de terrenos nacionales número 831874, al Instituto Nacional del Suelo Sustentable, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) y a la Oficina de Representación de esta Secretaría en el Estado de Tabasco para que se sirva notificar a los 55 solicitantes en el domicilio señalado para tales efectos.
CUARTO. Remítase copia certificada del presente Acuerdo para su inscripción en el Registro Agrario Nacional, así como al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), a fin de que por su conducto, se proceda a realizar la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad Federal.
QUINTO. Una vez hecho lo anterior, intégrese el original del presente Acuerdo al expediente en que se actúa y archívese como total y definitivamente concluido.
Dado en la Ciudad de México, a veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve.- El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Román Guillermo Meyer Falcón.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial y Agrario, David Ricardo Cervantes Peredo.- Rúbrica.- La Directora General de Ordenamiento de la Propiedad Rural, María Estela Ríos González.- Rúbrica.
 

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