DOF: 23/01/2020
CIRCULAR por la que el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, Órganos Autónomos, así como de las entidades fede

CIRCULAR por la que el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, Órganos Autónomos, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la sanción impuesta a la empresa Comercializadora Sell, S.A. de C.V., Expediente de Sanción a Proveedores: 0005/2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fiscalía General de la República.- Órgano Interno de Control.- Área de Responsabilidades.

CIRCULAR. - POR LA QUE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ÓRGANOS AUTÓNOMOS, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA SANCIÓN IMPUESTA A LA EMPRESA COMERCIALIZADORA SELL, S.A. DE C.V., EXPEDIENTE DE SANCIÓN A PROVEEDORES: 0005/2019.
Con fundamento en los artículos 14, 16, 102 Apartado A y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, fracción X y 34, fracción X, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República; artículos Primero y Primero Transitorio del Acuerdo A/009/19 por el que se Instala el Órgano Interno de Control; numerales Primero, Segundo, fracción I, y último párrafo del Acuerdo A/014/19 por el que se crean las unidades administrativas del Órgano Interno de Control; y artículos Primero, Segundo, fracción I, punto c, inciso 3), del Acuerdo A/OIC/001/19 por el que se distribuyen las facultades del Órgano Interno de Control entre sus unidades administrativas, estos últimos publicados en el Diario Oficial de la Federación el nueve de mayo, cinco y veinticinco de septiembre, todas fechas del año dos mil diecinueve; 1 párrafo segundo, 59, 60, y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 111, 112, 114 y 115 de su Reglamento, en cumplimiento a lo ordenado en el punto QUINTO de la Resolución del ocho de enero de dos mil veinte, dictada en el expediente de Sanción a Proveedores 0005/2019, se da aviso las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, Órganos Autónomos, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que le fue impuesta a la empresa COMERCIALIZADORA SELL, S.A. DE C.V., la sanción administrativa consistente en la INHABILITACIÓN TEMPORAL POR UN PERIODO DE SEIS MESES para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, el proveedor no haya pagado la multa impuesta, la inhabilitación subsistirá en términos de lo establecido en el artículo 60, párrafo tercero, de la Ley en comento.
La presente Circular, se emite en la Ciudad de México, el diez de enero de dos mil veinte.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, Alejandro Vélez Walter.- Rúbrica.
 

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