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DOF: 24/02/2020 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como de las entidades federativas, la sentencia del treinta y uno de enero de dos mil veinte, dictada por la Primera CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como de las entidades federativas, la sentencia del treinta y uno de enero de dos mil veinte, dictada por la Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 11283/19-17-01-4, interpuesto por la empresa Reliable de México, S.A de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- 00641/30.15/1424/2020.- Expediente PISI-A-NC-DS-0014/2018.- No. Int.: JN-58/2019.- Reg. 4891 y 5541. CIRCULAR CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DEL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, DICTADA POR LA PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 11283/19-17-01-4, INTERPUESTO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA RELIABLE DE MÉXICO, S.A DE C.V. Dependencias, entidades, empresas productivas del Estado, y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas presentes. Con fecha treinta y uno de enero de dos mil veinte, la Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dictó sentencia definitiva dentro del juicio de nulidad 11283/19-17-01-4, promovido por el representante legal de la empresa RELIABLE DE MÉXICO, S.A de C.V., en contra de la resolución con número de oficio 00641/30.15/1694/2019 de fecha veintinueve de marzo de dos mil diecinueve, dictada por el suscrito Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el expediente administrativo número PISI-A-NC-DS-0014/2018, a través de la cual se le impusieron las sanciones consistentes en inhabilitación para que por sí misma o a través de interpósita persona no pueda presentar propuestas celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las Empresas Productivas del Estado, así como las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados por el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por el plazo de un año seis meses, así como multa por la cantidad de $679,410.00 (Seiscientos setenta y nueve mil cuatrocientos diez pesos 00/100 M.N.); mismo fallo cuyos puntos resolutivos son del tenor siguiente: "...De acuerdo a lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve: I.- La parte actora acreditó su pretensión, en consecuencia; II.- SE DECLARA LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, precisada en el Resultando Primero del presente fallo. ..." Lo anterior se hace de su conocimiento, a efecto de que las entidades federativas y los municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Ciudad de México, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Jorge Peralta Porras.- Rúbrica.
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