DOF: 28/05/2020
ACUERDO General 10/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 8/2020, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19,

ACUERDO General 10/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 8/2020, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, en relación con el periodo de vigencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 10/2020, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL SIMILAR 8/2020, RELATIVO AL ESQUEMA DE TRABAJO Y MEDIDAS DE CONTINGENCIA EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES POR EL FENÓMENO DE SALUD PÚBLICA DERIVADO DEL VIRUS COVID-19, EN RELACIÓN CON EL PERIODO DE VIGENCIA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró que el coronavirus SARS-CoV2 y la enfermedad COVID-19 debían calificarse como una pandemia, razón por la cual se hizo "un llamamiento a los países para que adopten medidas urgentes y agresivas";
QUINTO. En el ámbito del Poder Ejecutivo Federal se adoptaron las siguientes acciones:
·   El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos emitió el Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de marzo de 2020.
·   El Consejo de Salubridad General emitió el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de marzo de 2020.
·   El Secretario de Salud emitió el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2020. Dicho instrumento ordenó la suspensión de actividades no esenciales hasta el 30 de abril de 2020, y calificó a la procuración e impartición de justicia como "actividades esenciales".
·   El Secretario de Salud emitió el Acuerdo por el que se modifica el similar antes descrito, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 21 de abril de 2020, ampliando la suspensión de actividades no esenciales hasta el 30 de mayo de 2020;
SEXTO. En respuesta al brote del virus COVID-19 y partiendo de las mejores prácticas en la materia, especialmente las derivadas de recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Consejo de la Judicatura Federal adoptó medidas preventivas para la protección de sus servidoras y servidores públicos y de las personas justiciables en general, así como acciones para promover y vigilar su cumplimiento en los centros de trabajo;
·   El 17 de marzo de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 4/2020, relativo a las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19. El Acuerdo asumió la prestación del servicio público de impartición de justicia como una actividad esencial y, consecuentemente, mantuvo la operatividad de los órganos jurisdiccionales para la atención de casos urgentes, bajo un esquema estricto de distanciamiento social y trabajo a distancia como elementos centrales.
·   El 13 de abril de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 6/2020, mediante el cual se
reformó y adicionó el diverso 4/2020, para ajustarlo en tres sentidos: (i) ampliar la descripción del concepto de casos urgentes; (ii) establecer medidas de apoyo a los órganos de guardia; y (iii) aumentar el número de órganos de guardia y reemplazar a la mayoría.
·   El 27 de abril de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 8/2020, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, con la finalidad de establecer un nuevo esquema de contingencia en los órganos jurisdiccionales que mantuviera la atención a casos urgentes a partir de un catálogo nuevo, y agregando la posibilidad de resolver asuntos listos para sentencia que se hubieran sustanciado físicamente, así como la de tramitar y resolver asuntos mediante el esquema de "juicio en línea";
SÉPTIMO. El Secretario de Salud emitió el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de mayo de 2020; y
OCTAVO. Atendiendo a que el Consejo de la Judicatura Federal ejerce su competencia territorial a través de Circuitos, los cuales involucran municipios que pueden estar en cualquiera de los colores de semáforo señalados por la Secretaría de Salud, y considerando que el esquema de trabajo planteado en el Acuerdo General 8/2020 lleva pocos días en vigor y ha representado un importante ajuste para el personal jurisdiccional, resulta conveniente ampliar el plazo de vigencia de dicho instrumento normativo al 15 de junio de 2020. Lo anterior garantizará la continuidad y mejor funcionamiento de un nuevo esquema de trabajo que ha permitido mantener la impartición de justicia a nivel federal dentro de los esquemas implementados frente a la emergencia sanitaria.
Por lo anterior, con fundamento en los párrafos primero y séptimo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 68 y 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; en los artículos 140, 141 y 184 de la Ley General de Salud, y en el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, este Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforma el párrafo primero del artículo 1 del Acuerdo General 8/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, para quedar como sigue:
"Artículo 1. Esquema de contingencia. Con el objetivo de dar continuidad a las medidas tendientes a evitar la concentración de personas y la propagación del virus, así como reanudar las actividades jurisdiccionales en mayor escala dentro del Poder Judicial de la Federación, se establece que durante el período del 6 de mayo al 15 de junio de 2020, la función jurisdiccional se regirá por los siguientes postulados:
I.     a IV. ...
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en intranet e internet.
TERCERO. Los órganos jurisdiccionales rendirán los reportes estadísticos pendientes atendiendo a los lineamientos que publique a más tardar el 1 de junio la Dirección General de Estadística Judicial.
CUARTO. La relación de los órganos jurisdiccionales de guardia durante el periodo de contingencia que transcurra del 1 al 15 de junio se encuentra en el anexo contenido en el siguiente enlace: https://www.cjf.gob.mx/2020/guardiasjunio.pdf. Adicionalmente, las ligas con órganos que han estado de guardia durante los períodos contenidos en los Acuerdos Generales 4/2020, 6/2020 y 8/2020 pueden consultarse, respectivamente, en los siguientes enlaces: https://www.cjf.gob.mx/resources/Anexoacdo4_2020.pdf; https://www.cjf.gob.mx/2020/anexocontingencia0420.pdf y https://www.cjf.gob.mx/2020/guardiasmayo.pdf.
 
QUINTO. La relación de días en que el personal de cada órgano jurisdiccional se encuentra habilitado para acudir físicamente al mismo, con la limitante establecida en los artículos 11, fracción II, y 16, fracción III, del Acuerdo General 8/2020, se mantiene en los términos previstos en el Anexo 2 del Acuerdo General 8/2020, aunque las nuevas fechas se encuentran disponibles en el siguiente enlace: https://www.cjf.gob.mx/2020/personalOJjunio.pdf.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 10/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 8/2020, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, en relación con el periodo de vigencia, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión extraordinaria de 25 de mayo de 2020, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Jorge Antonio Cruz Ramos, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Sergio Javier Molina Martínez y Loretta Ortiz Ahlf.- Ciudad de México, a 25 de mayo de 2020.- Conste.- Rúbrica.
 

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