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DOF: 04/06/2020
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-AA-119-SCFI-2020

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-AA-119-SCFI-2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-119-SCFI-2020, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS Y CRITERIOS DE DESEMPEÑO SUSTENTABLE PARA EL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE MARINAS TURÍSTICAS (CANCELA A LA NMX-AA-119-SCFI-2006).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada como proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COTEMARNAT), con número SINEC: 20180720123050119, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho Organismo ubicado en Av. Ejército Nacional 223 Piso 16 Ala B, Colonia Anáhuac, Miguel Hidalgo, Ciudad De México, C.P. 11320, Ciudad de México, o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en los pisos 7 y 12 del inmueble ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-AA-119-SCFI-2020
QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS Y CRITERIOS DE DESEMPEÑO SUSTENTABLE PARA EL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE MARINAS TURÍSTICAS (CANCELA A LA NMX-AA-119-SCFI-2006).
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos y criterios, que en materia ambiental deben observarse para el diseño, construcción y operación de las marinas turísticas, así como el procedimiento de evaluación de la conformidad de la misma.
La presente Norma Mexicana, es de observancia voluntaria para los interesados en su cumplimiento para el diseño, construcción y operación de las marinas turísticas de todo el litoral mexicano.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) a ninguna norma internacional por no existir referencia normativa al momento de su elaboración.
Bibliografía
·  Guía de Diseño para la Identificación Gráfica del Manejo Integral de los Residuos Sólidos Urbanos. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
·  Ley de Puertos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1993-07-18.
·  Ley General de Vida Silvestre publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2000-07-03.
·  Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1998-01-28.
·  Reglamento de la Ley de Puertos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1994-11-21.
·  Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Impacto Ambiental publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2000-05-30.
·  Cantú A. y M.E. Martínez. 2003. Taller de Análisis de Alternativas para la Regulación de Instalaciones Portuarias Turísticas de la Bahía de La Paz, B.C.S. Conservación del Territorio Insular Mexicano, A.C. 15 p.
·  EPA. 2003. Handbook for marina operators and recreational boaters. 17pp.
·  Grupo de Trabajo de Marinas de la Paz. 2004. Manual de Buenas Prácticas de Manejo de Marinas. Un Modelo Local de Planeación Participativa de Aplicación Nacional. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Instituto Nacional de Ecología y Conservación del Territorio Insular Mexicano, A.C. 105 p.
·  Organización Marítima Internacional. 1997. Código de conducta para prevenir la contaminación ocasionada por buques pequeños en los puertos deportivos y fondeaderos en la región del Caribe.
·  Organización Marítima Internacional. S/F. Guía Ambiental para Marinas y Astilleros de Yates. Iniciativa del Gran Caribe para los Desechos Generados por Buques.
·  Plan Nacional de Contingencias para Derrames de Hidrocarburos y Sustancias Nocivas Potencialmente Peligrosas en las Zonas Marinas Mexicanas. 2016. Secretaría de Marina. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24/10/2016.
·  Rodabue, D. 2001. Compendio sobre impactos ambientales y buenas prácticas en la construcción y operación de marinas turísticas. Conservación Internacional.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 17 de abril de 2020.- El Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.
 

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