DOF: 03/07/2020
ACUERDO por el que se crea el Centro de Investigación Internacional del Instituto Matías Romero de la Secretaría de Relaciones Exteriores

ACUERDO por el que se crea el Centro de Investigación Internacional del Instituto Matías Romero de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 3, 6, 7, 43 y 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, corresponde a esta dependencia, a través del Instituto Matías Romero, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Relaciones Exteriores, promover mecanismos de reflexión sobre problemas de coyuntura, tales como foros, seminarios y estudios especializados, cuyo objetivo sea congregar a servidores públicos, académicos y otros expertos en temas vinculados al campo de los estudios internacionales, a fin de proporcionar al Secretario elementos para la toma de decisiones;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en el apartado Política exterior: recuperación de los principios, destaca que en el presente sexenio el gobierno federal ha recuperado la tradición diplomática del Estado mexicano que tan positiva resultó para nuestro país y para el mundo y que está plasmada en la Carta Magna, y
Que con el objeto de producir y coordinar la elaboración de documentos y actividades de análisis e investigación, en coordinación con otras áreas de la Secretaría de Relaciones Exteriores y, en el ámbito de sus competencias, con otras Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y Local, así como con el apoyo de académicos e instituciones nacionales e internacionales, para contribuir a la toma de decisiones de política exterior y a la difusión y entendimiento de las disciplinas y acontecimientos de la política internacional, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se crea el Centro de Investigación Internacional del Instituto Matías Romero, cuya sede será el mismo inmueble que ocupe dicho Instituto.
SEGUNDO.- El Centro de Investigación Internacional del Instituto Matías Romero ejecutará principalmente la atribución de ese Instituto descrita en el artículo 48, fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, consistente en promover mecanismos de reflexión sobre problemas de coyuntura, tales como foros, seminarios y estudios especializados, cuyo objetivo sea congregar a servidores públicos, académicos y otros expertos en temas vinculados al campo de los estudios internacionales.
TERCERO.- El Centro de Investigación Internacional del Instituto Matías Romero tendrá por objeto producir y coordinar la elaboración de documentos y actividades de análisis e investigación, en coordinación y, en el ámbito de sus competencias, con otras Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y Local, así como con el apoyo de académicos e instituciones nacionales e internacionales, para procurar contribuir a la toma de decisiones en política exterior y a la difusión y entendimiento de las disciplinas y acontecimientos de la política internacional.
CUARTO.- El Centro de Investigación Internacional del Instituto Matías Romero será identificado por la imagen incluida en el Anexo de este Acuerdo, la cual se utilizará conforme a los lineamientos que para fines de imagen institucional se emitan, y que estará acompañada en todo caso de la imagen representativa del Instituto Matías Romero.
QUINTO.- El Instituto Matías Romero, determinará las modalidades de funcionamiento del Centro de Investigación Internacional.
TRANSITORIOS
 
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La administración del Centro de Investigación Internacional se efectuará con los recursos humanos, materiales y financieros que tiene asignados el Instituto Matías Romero de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que los gastos que se generen por su operación, conservación y mantenimiento, deberán ser cubiertos con los recursos autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2020 y para los años subsecuentes.
TERCERO.- El Instituto Matías Romero integrará en sus Manuales de Organización y de Procedimientos al Centro de Investigación Internacional.
Dado en México, Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil veinte.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.
ANEXO
IMAGEN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONAL DEL INSTITUTO MATÍAS ROMERO.

___________________________________
 

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