DOF: 17/09/2020
DECLARATORIA de Emergencia por la ocurrencia de movimiento de ladera los días 27 y 28 de agosto de 2020 en 13 municipios del Estado de Oaxaca

DECLARATORIA de Emergencia por la ocurrencia de movimiento de ladera los días 27 y 28 de agosto de 2020 en 13 municipios del Estado de Oaxaca.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19 fracción XI, 21, 58, 59, 61 y 62 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 3 fracción I del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" -REGLAS GENERALES- (DOF.-03-XII-2010); 5 fracción I, inciso e); y 10 del "Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN" -LINEAMIENTOS- (DOF.-03-VII-2012), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número CEPCO/FONDEN/0601/2020 de fecha 3 de septiembre de 2020, suscrito por el Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, Lic. Héctor Anuar Mafud Mafud, se solicitó a la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC) la emisión de la Declaratoria de Emergencia por la presencia de movimiento de ladera los días 27 y 28 de agosto de 2020 para los municipios de Candelaria Loxicha, Coicoyan de las Flores, Constancia del Rosario, Cuilápam de Guerrero, Guevea de Humboldt, Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Huautla de Jiménez, Loma Bonita, Mazatlán Villa de Flores, Miahuatlán de Porfirio Díaz, Pluma Hidalgo, Putla Villa de Guerrero, San Agustín Loxicha, San Andrés Cabecera Nueva, San Andrés Huaxpaltepec, San Andrés Teotilálpam, San Antonio Tepetlapa, San Baltazar Loxicha, San Carlos Yautepec, San Francisco del Mar, San Francisco Ozolotepec, San Gabriel Mixtepec, San Jerónimo Coatlán, San Juan Comaltepec, San Juan Cotzocón, San Juan de los Cués, San Juan Lachao, San Juan Ozolotepec, San Juan Yaeé, San Lorenzo Texmelúcan, San Lucas Camotlán, San Luis Amatlán, San Mateo Piñas, San Mateo Río Hondo, San Miguel Chimalapa, San Miguel Coatlán, San Miguel del Puerto, San Miguel Peras, San Miguel Suchixtepec, San Miguel Tenango,San Pablo Coatlán, San Pedro Amuzgos, San Pedro Comitancillo, San Pedro el Alto, San Pedro Juchatengo, San Pedro Ocopetatillo, San Pedro Pochutla, San Pedro Yólox, San Sebastián Coatlán, San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Santa Catarina Quioquitani, Santa Catarina Cuixtla, Santa Catarina Loxicha, Santa Cruz Itundujia, Santa Cruz Zenzontepec, Santa Lucía Miahuatlán, Santa María Guienagati, Santa María Huatulco, Santa María Ozolotepec, Santa María Temaxcaltepec, Santa María Tepantlali, Santa María Totolapilla, Santa María Yucuhiti, Santiago Pinotepa Nacional, Santiago Amoltepec, Santiago Astata, Santiago Juxtlahuaca, Santiago Llano Grande, Santiago Xanica, Santiago Yaveo, Santiago Zacatepec, Santiago Lachiguiri, Santo Domingo Ozolotepec, Santo Domingo Petapa, Santo Tomás Tamazulapan, Silacayoápam, Totontepec Villa de Morelos, Villa de Chilapa de Díaz, Villa Sola de Vega y Villa Talea de Castro, de dicha Entidad Federativa; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número SSPC/SPPPCCP/CNPC/0939/2020 de fecha 4 de septiembre de 2020, la CNPC solicitó al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) el Dictamen Técnico correspondiente para, en su caso, emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Oaxaca señalados en el oficio número CEPCO/FONDEN/0601/2020 referido en el párrafo inmediato anterior.
Que mediante oficio número E00-DG/0832/2020 de fecha 8 de septiembre de 2020, el CENAPRED emitió el Dictamen Técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de movimiento de ladera los días 27 y 28 de agosto de 2020 para los municipios de Constancia del Rosario, Pluma Hidalgo, San Andrés Cabecera Nueva, San Antonio Tepetlapa, San Francisco Ozolotepec, San Gabriel Mixtepec, San Jerónimo Coatlán, San Juan Ozolotepec, San Miguel Suchixtepec, San Pedro el Alto, San Sebastián Coatlán, Santa María Huatulco y Santa María Yucuhiti del Estado de Oaxaca.
Que el 8 de septiembre de 2020 se emitió el Boletín de Prensa número BDE-098-2020, mediante el cual se dio a conocer que la CNPC emite una Declaratoria de Emergencia por la ocurrencia de movimiento de ladera los días 27 y 28 de agosto de 2020 para los municipios de Constancia del Rosario, Pluma Hidalgo, San Andrés Cabecera Nueva, San Antonio Tepetlapa, San Francisco Ozolotepec, San Gabriel Mixtepec, San Jerónimo Coatlán, San Juan Ozolotepec, San Miguel Suchixtepec, San Pedro el Alto, San Sebastián Coatlán, Santa María Huatulco y Santa María Yucuhiti del Estado de Oaxaca; con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA OCURRENCIA DE MOVIMIENTO DE LADERA LOS DÍAS
27 Y 28 DE AGOSTO DE 2020 EN 13 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia por la ocurrencia de movimiento de ladera los días 27 y 28 de agosto de 2020 para los municipios de Constancia del Rosario, Pluma Hidalgo, San Andrés Cabecera Nueva, San Antonio Tepetlapa, San Francisco Ozolotepec, San Gabriel Mixtepec, San Jerónimo Coatlán, San Juan Ozolotepec, San Miguel Suchixtepec, San Pedro el Alto, San Sebastián Coatlán, Santa María Huatulco y Santa María Yucuhiti del Estado de Oaxaca.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Oaxaca pueda acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a ocho de septiembre de 2020.- En ausencia de la Lic. Laura Velázquez Alzúa, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en los artículos 8, 9, fracción III, 10 fracciones I y II, 22, 24 y 73 del Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, suscribe el presente documento, la Directora General para la Gestión de Riesgos, Brisna Michelle Beltrán Pulido.- Rúbrica.
 

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