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DOF: 30/09/2020
ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación al artículo 26 del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal dos mil ve

ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación al artículo 26 del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal dos mil veinte.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/22/09/2020.06
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 26 DEL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTE.
Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII, y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, fracción I y 31, fracción XII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I, XIX, XXXIV y XXXV, 16, fracción VI, 18, fracciones XIV, XVI, XXVI y 30, fracciones II y IX del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y conforme a las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.     Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su artículo 127 que los servidores públicos de los organismos autónomos reciban una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
2.     Que el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI o Instituto) aprobó mediante Acuerdo ACT-PUB/19/02/2020.06 el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal dos mil veinte (Manual de Percepciones vigente), el cual regula la ejecución del gasto público en cuanto al sistema de remuneraciones al personal del Instituto. El Manual de Percepciones antes mencionado fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de febrero de 2020 y entró en vigor al día siguiente.
3.     Que el Manual de Percepciones vigente establece el sistema de remuneraciones al personal del Instituto en percepciones ordinarias (sueldos y salarios) y percepciones extraordinarias, refiriendo que, dentro de éstas últimas, son las que autorice el Pleno del Instituto con carácter excepcional.
4.     Que, en lo particular, el artículo 26 del Manual de Percepciones vigente establece el otorgamiento de un apoyo económico a los servidores públicos que ocupen un puesto de Jefe de Departamento, Consultor, Auditor, Enlace, Proyectista, Asesor, Secretaria, Chofer y Auxiliar Administrativo, que consuman sus alimentos en el comedor institucional, de conformidad con la siguiente tabla:
Puesto del servidor público
Porcentaje de apoyo respecto al costo
de la comida
Jefe de Departamento/Consultor/Auditor
20%
Enlace/Proyectista/Asesor
40%
Secretaria/Chofer/Auxiliar Administrativo
60%
 
5.     Que el día 20 de marzo del año en curso el Pleno del Instituto mediante Acuerdos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02 y ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, aprobó diversas medidas para garantizar los derechos de protección de datos personales y acceso a la información ante la situación de contingencia generada por el denominado virus COVID-19, así como aquellas medidas administrativas, preventivas y de actuación con relación a las personas físicas servidoras públicas del Instituto.
6.     Que el día 8 de septiembre del año en curso el Pleno del Instituto aprobó mediante Acuerdo ACT-PUB/08/09/2020.08 que el día 18 de septiembre de 2020 se reanudan los plazos para la totalidad de
los integrantes del Padrón de Sujetos Obligados del Ámbito Federal, así como para todos y cada uno de los trámites, procedimientos y demás medios de impugnación competencia del Instituto previstos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
7.     Que en el acuerdo citado en el considerando anterior, se aprobó que el Instituto continúe desarrollando sus funciones esenciales, privilegiando que las actividades se realicen con el personal mínimo e indispensable, mediante la implementación de guardias presenciales en casos que por su naturaleza lo requieran y a través de la realización del trabajo desde sus hogares, reiterando la entrega de reportes quincenales a los titulares de las áreas a las que están adscritos; en los demás casos, con apoyo de las herramientas tecnológicas y de comunicaciones.
8.     Que como medida de prevención y mitigación del virus COVID-19, y a efecto de evitar el riesgo de contacto con agentes externos contaminantes, la Dirección General de Administración, como unidad administrativa responsable de administrar los recursos humanos y materiales del Instituto, propone brindar el apoyo económico para el consumo de alimentos en el comedor institucional a aquellos servidores públicos que, independientemente del puesto que ocupen y conforme al presente Acuerdo, acudan a las instalaciones del Instituto a laborar, garantizando el cumplimiento de medidas de desinfección, higiene, sana distancia y horarios escalonados en el espacio físico de la cocina y comedor institucionales. Lo anterior, a efecto que el personal que acuda presencialmente a laborar consuma sus alimentos en el comedor institucional, evitando abandonar las instalaciones del Instituto para no incrementar el riesgo de contagio.
9.     Que, ante la notoriamente conocida eventualidad sanitaria del virus COVID-19, resulta necesario modificar el referido Manual de Percepciones, en lo relativo a las categorías de puesto y porcentajes de apoyo respecto al costo de la comida, para establecer el otorgamiento de un apoyo económico general para el consumo de alimentos en el comedor institucional.
Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, expide el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO. - Se aprueba la modificación al artículo 26 del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal dos mil veinte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2020, para quedar como sigue:
Artículo 26.- El Instituto brindará un apoyo económico para el consumo de alimentos en el comedor institucional a los servidores públicos que, conforme al Protocolo de regreso a las instalaciones del INAI, acudan al Instituto a laborar, de conformidad con la siguiente tabla:
Puesto del servidor público
Porcentaje de apoyo respecto al costo de la
comida
Servidores públicos del INAI, de las siguientes categorías:
Comisionado, Secretario, Director General / Jefe de Ponencia / Titular del Órgano Interno de Control, Secretario de Ponencia, Director de Área, Subdirector de Área, Jefe de Departamento / Consultor / Auditor, Enlace / Proyectista / Asesor, Secretaria, Chofer y Auxiliar Administrativo.
70%
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias a efecto de que se publique en el Diario Oficial de la Federación el presente acuerdo.
 
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de internet de este Instituto.
CUARTO. La aplicación de la modificación al artículo 26 del Manual de Percepciones estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria determinada en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veinte.
QUINTO. Se instruye a la Directora General de Atención al Pleno que en suplencia por ausencia del Secretario Técnico del Pleno, con fundamento en los artículos 29, fracciones XXX y XXXVII y 53 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y Décimo Séptimo de los Lineamientos que Regulan las Sesiones de Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en materia de acceso a la información y protección de datos personales del sector público; en relación con lo dispuesto en el artículo 45, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Séptimo numeral 21 de los Lineamientos que regulan las sesiones de Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en materia de acceso a la información y protección de datos personales del sector público; expida certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.
Así lo acordaron, por unanimidad de las Comisionadas y de los Comisionados del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Oscar Mauricio Guerra Ford, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Josefina Román Vergara, y Francisco Javier Acuña Llamas, en sesión ordinaria celebrada el veintidós de septiembre de dos mil veinte, ante Evangelina Sales Sánchez, en suplencia del Secretario Técnico del Pleno con fundamento en los artículos 29, fracción XXXVII y 53 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y Décimo Séptimo de los Lineamientos que Regulan las Sesiones de Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en materia de acceso a la información y protección de datos personales del sector público.
El Comisionado Presidente, Francisco Javier Acuña Llamas.- Los Comisionados: Oscar Mauricio Guerra Ford.- Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Rosendoevgueni Monterrey Chepov.- Josefina Román Vergara.- La Directora General de Atención al Pleno, Evangelina Sales Sánchez.
Suscribe Evangelina Sales Sánchez, en suplencia del Secretario Técnico del Pleno, con fundamento en los artículos 29, fracción XXXVII y 53 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y Décimo Séptimo de los Lineamientos que Regulan las Sesiones de Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en materia de acceso a la información y protección de datos personales del sector público.
EVANGELINA SALES SÁNCHEZ, EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL PLENO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 29, FRACCIÓN XXXVII; 53 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y DÉCIMO SÉPTIMO DE LOS LINEAMIENTOS QUE REGULAN LAS SESIONES DE PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL SECTOR PÚBLICO; EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Y SÉPTIMO NUMERAL 21 DE LOS LINEAMIENTOS QUE REGULAN LAS SESIONES DE PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO EN LO ORDENADO EN EL TRANSITORIO QUINTO, DEL ACUERDO ACT-PUB/22/09/2020.06 CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/22/09/2020.06, MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 05 FOJAS ÚTILES, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.- MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.- Rúbrica.
(R.- 498702)
 
 

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