DOF: 30/09/2020
ACUERDO G/JGA/57/2020 por el que se da a conocer la suplencia de Magistrado en la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, con sede en Tijuana, Baja California

ACUERDO G/JGA/57/2020 por el que se da a conocer la suplencia de Magistrado en la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, con sede en Tijuana, Baja California.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/57/2020.
SUPLENCIA DE MAGISTRADO EN LA TERCERA PONENCIA DE LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL NOROESTE I, CON SEDE EN TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que las fracciones II, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, faculta a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el primer secretario de acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
6. Que el artículo 48 segundo párrafo de la citada Ley Orgánica, establece, entre otros supuestos, que las faltas de Magistrados en Salas Regionales, serán cubiertas provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el primer secretario del Magistrado ausente, hasta en tanto se realice un nuevo nombramiento.
7. Que en sesión de 23 de octubre de 2018 la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento que el 28 de octubre siguiente concluyó el periodo de 10 años para el cual fue nombrado el Magistrado Alonso Pérez Becerril y en consecuencia emitió el Acuerdo G/JGA/74/2018 por el que se aprobó la suplencia de Magistrado en la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, con sede en Tijuana, Baja California, autorizando que la Licenciada Clemencia González González, entonces Primera Secretaria de Acuerdos adscrita a la referida Ponencia, ejerciera funciones de Magistrada por Ministerio de Ley.
Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21 y 23, fracciones II, XXIII y XXXIX, y 48 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28 y 29 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/74/2018, en lo relativo a que la Licenciada Clemencia González González ejerza funciones de Magistrada por Ministerio de Ley; en consecuencia, se aprueba que la Licenciada Sarah Elizabeth Chávez de la Mora, Primera Secretaria de Acuerdos adscrita a la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, supla la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción, con efectos a partir del 22 de septiembre de 2020 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Segundo. La Licenciada Sarah Elizabeth Chávez de la Mora, deberá hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo, en el primer proveído que dicte en cada uno de los asuntos de su competencia, y deberá de colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Tercero. La Licenciada Clemencia González González, deberá entregar la Ponencia de su adscripción, conforme a lo señalado en el artículo 141 del Reglamento Interior vigente de este Tribunal.
Cuarto. Notifíquese el presente Acuerdo a las Licenciadas Clemencia González González y Sarah Elizabeth Chávez de la Mora.
Quinto. Otórguense las facilidades administrativas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.
Sexto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Dictado en sesión extraordinaria de fecha 22 de septiembre de 2020, realizada a distancia utilizando herramientas tecnológicas, por unanimidad de votos de los Magistrados Rafael Estrada Sámano, Juan Carlos Roa Jacobo, Luz María Anaya Domínguez, Juan Ángel Chávez Ramírez y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Pedro Alberto de la Rosa Manzano, Secretario Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II y III de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 498689)
 

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