DOF: 13/10/2020
ACUERDO E/JGA/42/2020 por el que se da a conocer la autorización para la operación del Sistema de Justicia en Línea Versión 2, en diversas Salas Regionales y Especializadas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

ACUERDO E/JGA/42/2020 por el que se da a conocer la autorización para la operación del Sistema de Justicia en Línea Versión 2, en diversas Salas Regionales y Especializadas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO E/JGA/42/2020.
AUTORIZACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA VERSIÓN 2, EN DIVERSAS SALAS REGIONALES Y ESPECIALIZADAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.
CONSIDERANDO
Primero. Que en términos del artículo 23, fracciones II, V y XXXVIII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, son facultades de la Junta de Gobierno y Administración, expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; llevar a cabo los estudios necesarios para determinar las regiones, sedes y número de las Salas Regionales; las sedes y número de las Salas Auxiliares; la competencia material y territorial de las Salas Especializadas, así como determinar el establecimiento de Salas Especializadas, incluyendo su ámbito jurisdiccional, que podrá ser nacional o regional, de conformidad con criterios de racionalidad y de accesibilidad a la justicia;
Segundo. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal;
Tercero. Que de conformidad con el artículo 1, en relación con el artículo 58-A de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, los juicios que se promuevan ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se regirán por las disposiciones de esa Ley y podrán promoverse, substanciase y resolverse en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea el cual se establecerá y desarrollará en el Tribunal; en términos de lo dispuesto por la citada Ley y las demás disposiciones que resulten aplicables de ese mismo ordenamiento;
Cuarto. Que en términos del artículo 132 último párrafo del Reglamento Interior de esta Institución, las Salas Regionales en las que se autorice la implementación del Sistema de Justicia en Línea tendrán la facultad de tramitar y resolver los asuntos de su competencia material y territorial, en la modalidad tradicional o en línea.
Quinto. Que el artículo 101, fracciones I, IV, VIII XIV, XV, XIX y XXI del Reglamento Interior del Tribunal, corresponde a la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico del Tribunal; fijar y proponer a la Junta políticas y estrategias, para que todos los sistemas informáticos y soluciones digitales de comunicación e información del Tribunal existentes y por desarrollar, se integren al Sistema de Justicia en Línea; planear, diseñar, mantener y supervisar la operación de los sistemas de información que requieran los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Tribunal, a través de las Direcciones Generales a su cargo; presentar a la Secretaría Auxiliar la información y documentación de los asuntos de su competencia que deban ser considerados por la Junta; coordinar la planeación de los temas y asuntos de su competencia que deban ser sometidos a consideración de la Junta y las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y la Junta, determinar las necesidades del Tribunal en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como evaluar y proponer los proyectos que optimicen y automaticen las funciones y procedimientos de los órganos jurisdiccionales y las unidades administrativas con apego al marco normativo aplicable al Tribunal, así como las que le competan a las unidades administrativas que tenga adscritas;
Sexto. Que desde la emisión del Plan Estratégico 20102020 de este Órgano Jurisdiccional, se planteó como uno de los Objetivos estratégicos la implementación, puesta en operación y consolidación del Sistema de Justicia en Línea, considerando como ejes estratégicos; la implementación y puesta en operación de la plataforma aplicativa, tecnológica y funcional, así como la importancia de mantener actualizada la plataforma tecnológica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, lo que ha orientado el permanente esfuerzo institucional, que ahora se concretiza con la consolidación del Sistema de Justicia en Línea Versión 2, (SJLV2) como eje de todas las herramientas telemáticas que coadyuven a la impartición de justicia pronta y expedita, permitiendo a este Tribunal incorporarse a nuevas etapas de modernización y eficacia;
Séptimo. Que en este contexto, la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el ámbito de sus atribuciones, solicita la autorización de la Junta de Gobierno y Administración para la implementación y puesta en operación del SISTEMA DE JUSTICIA EN LINEA VERSIÓN 2, en la Sala Regional del Norte-Centro I con sede en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua; Sala Regional del Norte-Centro IV y Auxiliar en Materia de Pensiones Civiles, con sede en la Ciudad de Zacatecas Estado de Zacatecas; Segunda Sala Especializada en Comercio Exterior y Auxiliar en Materia de Pensiones Civiles, con sede en el Municipio de San Pedro Garza García, en el Estado de Nuevo León, que tiene competencia territorial limitada a los Estados de Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas y Zacatecas; así como en la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual con sede en la Ciudad de México y con competencia nacional.
Por lo expuesto con antelación, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 58-A de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; 21, 23, fracción II, 28, fracción III, 29 y 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como el artículo 28, párrafo primero, inciso B), fracción I, 29, primer y cuarto párrafos, 50 fracción II, 101 fracciones I, IV, VIII, XIV, XV, XIX y XXI, 132 último párrafo y del Reglamento Interior del Tribunal; la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se autoriza a la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a poner en operación el SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA VERSIÓN 2, en la Sala Regional del Norte-Centro I con sede en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua; Sala Regional del Norte-Centro IV y Auxiliar en Materia de Pensiones Civiles, con sede en la Ciudad de Zacatecas Estado de Zacatecas; Segunda Sala Especializada en Comercio Exterior y Auxiliar en Materia de Pensiones Civiles, con sede en el Municipio de San Pedro Garza García, en el Estado de Nuevo León, con competencia territorial limitada a los Estados de Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas y Zacatecas; y en la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual con sede en la Ciudad de México y con competencia nacional;
SEGUNDO. Las Salas Regionales y Especializadas señaladas en el punto anterior, tramitarán y resolverán las demandas que se promuevan en la modalidad tradicional o en línea, en el ámbito de su competencia material y territorial, a partir del día hábil siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación;
TERCERO. La Sala Especializada en Juicios en Línea, con sede en la Ciudad de México, seguirá operando en los términos actuales y con competencia nacional, excepto en las demarcaciones territoriales y competencias materiales de las Salas Regionales y Especializadas a que se refiere el punto Primero de este Acuerdo, conforme a lo que dispone el Transitorio Segundo de la reforma al Reglamento Interior aprobada por el Pleno General el 30 de septiembre de 2020;
CUARTO. El Secretario Operativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el ámbito de sus atribuciones, será responsable de supervisar el debido cumplimiento del presente Acuerdo e informar a la Junta de Gobierno y Administración las modificaciones que sean necesarias en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página Web del Tribunal.
Segundo. El presente acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dictado en sesión ordinaria de fecha 01 de octubre de 2020, realizada a distancia utilizando herramientas tecnológicas, por unanimidad de votos de los Magistrados Rafael Estrada Sámano, Juan Carlos Roa Jacobo, Luz María Anaya Domínguez, Juan Ángel Chávez Ramírez y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Pedro Alberto de la Rosa Manzano, Secretario Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II y III de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 499085)
 

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