ACUERDO por el que se delegan en favor de los titulares de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diversas atribuciones conferidas a la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17 Bis y 32 Bis, fracción XLII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo 5, 6, fracción XXVII y 26, último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo, con excepción de aquellas atribuciones que deban ser ejercidas expresamente por dichos titulares.
Que el artículo 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece que a la persona Titular de la Secretaría, le corresponde originalmente, la representación, trámite y resolución de los asuntos que competen a la Secretaría, quien podrá, sin perjuicio de su ejercicio directo, delegar sus facultades en las personas servidoras públicas subalternas mediante acuerdos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Que, para mayor eficiencia en la adquisición, administración y guarda de los bienes muebles e inmuebles, así como en la prestación de los servicios de todo tipo que se requieran para el cumplimiento de los objetivos y metas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, es necesario delegar en favor de los titulares de las Oficinas de Representación diversas atribuciones de la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios;
Que de conformidad con el último párrafo del artículo 26 del Reglamento Interior supra citado, las atribuciones señaladas podrán ser ejercidas por las Oficinas de Representación de la Secretaría, en los términos del Acuerdo Delegatorio que para tal efecto emita la persona Titular de esta Dependencia, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN FAVOR DE LOS TITULARES DE LAS OFICINAS DE
REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES,
DIVERSAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES,
INMUEBLES Y SERVICIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- Se delegan en favor de las personas titulares de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las atribuciones conferidas por el artículo 26 fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX, X, XIII, XIX, XXII, XXIII, XXVI y XXVII del Reglamento Interior de esta Secretaría, para que las ejerzan dentro de su circunscripción territorial y/o ámbito de competencia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las atribuciones señaladas en las fracciones III, IV, V, XI, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XX, XXI, XXIV, XXV, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII y XXXIII del artículo 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, serán ejercidas únicamente por la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios en las unidades administrativas de la Secretaría.
ARTÍCULO TERCERO.- Las personas titulares de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dentro de su circunscripción territorial, serán responsables del ejercicio de las atribuciones que se les confieren en el presente Acuerdo, y en su desarrollo deberán cumplir con las leyes y demás normatividad aplicable en la materia.
ARTÍCULO CUARTO.- La Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios tendrá la facultad de supervisar las acciones realizadas por los titulares de las Oficinas de Representación, al amparo de este Acuerdo Delegatorio.
ARTÍCULO QUINTO.- Las facultades que se delegan con el presente Acuerdo, se entenderán sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del titular de la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios, así como de quien suscribe.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.
Dado en la Ciudad de México, a 3 de marzo de 2023.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.