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DOF: 05/06/2023
CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MOR/AC03/CESP/017, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos desti

CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MOR/AC03/CESP/017, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, SAMUEL SOTELO SALGADO; EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO, JOSÉ GERARDO LÓPEZ HUÉRFANO, Y POR EL COMISIONADO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, JOSÉ ANTONIO ORTIZ GUARNEROS; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mujeres, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022, se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $110,998,792.50 (Ciento diez millones novecientos noventa y ocho mil setecientos noventa y dos pesos 50/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará los recursos previstos en el PEF 2023, para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS) publicados en el DOF el 03 de febrero de 2023.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 20 de enero de 2023, suscrito por José Antonio Ortiz Guarneros en su carácter de Comisionado Estatal de Seguridad Pública y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/MOR/AC03/CESP/017.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad de $1,200,000.00 (Un millón doscientos mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/MOR/AC03/CESP/017. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/236/2023 de fecha 02 de febrero de 2023.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.      "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.   La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00038.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN; 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  El Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 57, 70, fracciones XXVI y XLIII y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 2, 6 y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.
II.3.  El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 9, fracción II, 13, fracción VI, 14 y 22, fracciones VII, VIII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 51, último párrafo, 52, fracciones I, V y XII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos; 8 y 9, fracción VII y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.  El Encargado de Despacho de la Secretaría de Hacienda del Estado, José Gerardo López Huérfano cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 9, fracción III, 13, fracción VI, 14, 15 y 23, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos; 11, 12, fracción XII y 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.  El Titular de la Comisión Estatal de Seguridad Pública y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, José Antonio Ortiz Guarneros, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 9, fracción XV, 13, fracción VI, 14 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 2, 7, 8 y 9, fracciones XXVIII y XXIX del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Seguridad Pública.
II.6.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, ubicado en Plaza de Armas S/N, Colonia Centro, Código Postal 62000, Municipio de Cuernavaca, Estado de Morelos.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.  Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Seguridad. Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/MOR/AC03/CESP/017, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
3. Seguridad. Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,200,00.00 (Un millón doscientos mil pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/MOR/AC03/CESP/017, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/ISO/090/01022023.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Hacienda en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre del Beneficiario:
Nombre del Proyecto:
Gobierno del Estado de Morelos
AVGM/MOR/AC03/CESP/017
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA México, S.A.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
012540001199788874
Número de Cuenta Bancaria:
0119978887
Tipo de Cuenta:
Cuenta de Cheques- 0251 Cash
Management Gobierno MN-
Productiva
Tipo de Moneda:
MXP
Número de Sucursal:
7693 Banca de Gobierno de Morelos
Número de Plaza:
540
Fecha de apertura de la Cuenta:
09 de febrero 2023
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo sexto de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo a las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos de acuerdo al PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO"; en caso de ser aplicables al Proyecto aprobado.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Hacienda, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar por conducto de la Comisión Estatal de Seguridad Pública las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar bimestralmente, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Hacienda, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
 
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Comisión Estatal de Seguridad Pública y por el Titular y/o Encargado de Despacho de la Secretaría de Hacienda, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2023 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso j) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2023, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la CONAVIM a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"

Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial, Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico Institucional:
sotero@segob.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"

Nombre:
Anabel Banda Ruíz
Cargo:
Directora General del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana
Dirección:
Autopista Chilpanchingo - Cuernavaca, colonia Granjas Mérida, C.P. 62790, municipio de Temixco, Morelos.
Teléfono institucional:
01 777 3621323 Ext. 14360
Correo Institucional:
centroestatal.prevencion@morelos.gob.mx
anabel.banda@morelos.gob.mx
 
Nombre:
Eduardo Leguízamo Ortega
Cargo:
Subdirector de Seguridad Escolar del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana
Dirección:
Autopista Chilpanchingo - Cuernavaca, colonia Granjas Mérida, C.P. 62790, municipio de Temixco, Morelos.
Teléfono institucional:
01 777 3621323 Ext. 14280
Correo Institucional:
eduardo.leguizamo@morelos.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORME DE RESULTADOS. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Comisión Estatal de Seguridad Pública informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y el inciso h) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2023, deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Comisión Estatal de Seguridad Pública.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2023 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Quincuagésimo de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado
por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo cuarto de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles a partir de su dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2023.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 31 del mes de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Encargado de Despacho de la Secretaría de Hacienda del Estado, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal de Seguridad Pública y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, José Antonio Ortiz Guarneros.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 31 de marzo de 2023, celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Estado Libre y Soberano de Morelos, de conformidad con el numeral Trigésimo segundo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
Estado Libre y Soberano de Morelos
 
Nombre del proyecto:
AVGM/MOR/AC03/CESP/017
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
3. Seguridad. Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
20 de enero de 2023
 
Instancia Local Responsable:
Comisión Estatal de Seguridad Pública
 
Instancia Local Receptora:
Comisión Estatal de Seguridad Pública
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$1, 200,000.00 (Un millón doscientos mil pesos mexicanos M.N.)
 
Monto coparticipación: (en caso de aplicar)
No aplica
 
Fecha de inicio del Proyecto:
15 de mayo de 2023
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2023
31 de octubre de 2023
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Convenio de Coordinación y Adhesión, he tenido a bien designar como Enlaces ante CONAVIM a:
Nombre:
Anabel Banda Ruíz
Cargo:
Directora General del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana
Dirección:
Autopista Chilpancingo - Cuernavaca, colonia Granjas Mérida, C.P. 62790, municipio de Temixco, Morelos
Teléfono institucional:
01 777 3621323 Ext. 14360
Correo Institucional:
centroestatal.prevencion@morelos.gob.mx
anabel.banda@morelos.gob.mx
 
 
Nombre:
Eduardo Leguízamo Ortega
Cargo:
Subdirector de Seguridad Escolar del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana
Dirección:
Autopista Chilpancingo - Cuernavaca, colonia Granjas Mérida, C.P. 62790, municipio de Temixco, Morelos
Teléfono institucional:
01 777 3621323 Ext. 14280
Correo Institucional:
eduardo.leguizamo@morelos.gob.mx
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
Segunda medida de seguridad. Diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres. Entre otras acciones, se solicita:
Cuarta medida de seguridad. Emprender acciones inmediatas y exhaustivas para valorar, implementar y monitorear objetiva y diligentemente las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia; particularmente, se brindará protección inmediata y pertinente en casos de violencia familiar.
Primera medida de prevención. Integrar y actualizar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres.
Con base en lo establecido en el artículo 23, fracción III de la Ley General de Acceso esta medida deberá permitir en un plazo razonable monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas, diagnósticos, análisis y reportes periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y en consecuencia instrumentar políticas públicas efectivas.
Seguridad. Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
B. Crear y/o fortalecer según sea el caso una Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, dentro de los Centros de Atención de Llamadas de Emergencia 9-1-1, que permita responder y atender situaciones de violencia de género.
Fortalecer los servicios especializados de la Comisión Estatal de Seguridad Pública de Morelos a través de una Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género. mediante la canalización y seguimiento de situaciones donde se violente a una niña, adolescente o mujer, reforzando la coordinación entre las unidades de estado y elementos operativos de la Policía Morelos y Policías de Género para las respuestas a las emergencias recibidas en Número Único de Emergencia 911, Segurichat y Teléfono de Asistencia a la Mujer Morelense (TELAMMOR); y el adecuado monitoreo y seguimiento de las medidas de protección basada en los artículos 27, 28, fracción I, 30, 34, 34 Ter, fracciones XIII y XX de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, proporcionando a las niñas, adolescentes y/o mujeres una medida de protección vigente, un mecanismo tecnológico denominado "Pulsera Inteligente con Botón de Pánico" georreferenciados al Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo (en lo sucesivo, C5) Morelos.
 
d.2 Metodología
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS
DE VERIFICACIÓN
Monitoreo y seguimiento de las medidas de protección basada en los artículos 27, 28, fracción I, 30, 34, 34 Ter, fracciones XIII y XX de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, proporcionando a las niñas, adolescentes y/o mujeres una medida de protección vigente, un mecanismo tecnológico denominado "Pulsera Inteligente con Botón de Pánico" georrefenciados al C5 Morelos.
Procedimiento de adquisición de 355 (trescientas cincuenta y cinco) Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico así como el software que permita su monitoreo y seguimiento de los alertamientos generados por las usuarias a quienes se dotarán dichos dispositivos y que se encuentren en una situación de riesgo o vulnerabilidad. Dichos alertamientos serán recibidos, despachados y atendidos a través del C5 Morelos.
Número total 355 Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico adquiridas y en correcto funcionamiento; un software adquirido; un procedimiento de adquisición pública emitido.
Contrato y factura de la adquisición de trescientas cincuenta y cinco Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico, así como del software
Con base en los artículos 27, 28, fracción I, 30, 34, 34 Ter, fracciones XIII y XX de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se distribuirá una Pulsera Inteligente con Botón de Pánico a las niñas, adolescentes y/o mujeres con una medida de protección vigente.
Número de Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico entregadas a niñas, adolescentes y/o mujeres con una medida de protección vigente / Número de Pulseras adquiridas
Reporte sistemático que permita monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, así como realizar estadísticas y análisis que permitan conocer las características, patrones de la violencia y atención. a través de las Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico.
Monitoreo permanente de las Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico a través del C5 Morelos.
Número de Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico dadas de alta, monitoreadas y atendidas a través del software adquirido y controlado por el C5 Morelos / Número de Pulseras adquiridas
Reporte mensual del comportamiento y alerta-miento de las Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico.
Atención presencial inmediata por parte de elementos operativos de la Policía Morelos y policías de Género hacia los alertamientos generados por la activación de las Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico.
Número de alertamientos emitidos por las Pulseras que son atendí-dos presencialmente por parte de elementos operativos de la Policía Morelos y Policías de Género.
Informe mensual de las atenciones presenciales inmediatas realizadas por parte de elementos operativos de la Policía Morelos y/o Policías de Género.
Registro en el Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) respecto de los servicios proporcionados a las usuarias a las que se les ha sido asignada un Pulsera Inteligente con Botón de Pánico.
Número de servicios reportados al BANAVIM.
Informe mensual de los servicios capturados en el BANAVIM.
Fortalecer los servicios de atención especializada hacia niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia recibidas en la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, mediante la canalización y seguimiento de situaciones donde se violente a una niña, adolescente o mujer, que fueron recibídas en el Número Único de Emergencia 911, Segurichat y Teléfono de Asistencia a la Mujer Morelense (TELAMMOR).
Servicios generados en atención a niñas, adolescentes y mujeres a través del Teléfono de Asistencia a la Mujer Morelense (TELAMMOR) y Segurichat del C5 Morelos, mediante la contratación de doce especialistas en perspectiva de género, distribuidos en las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana que integren la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género.
Número de atenciones proporcionadas a niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia, realizados por las y los especialistas en perspectiva de género.
Reporte mensual del número de atenciones, desglosados por las áreas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana.
Número de atenciones, canalizaciones y/o acompañamientos a niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia y detectados por las y los especialistas en perspectiva de género.
Reporte mensual del número de atenciones, canalizaciones y/o acompañamientos a niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia, y detectados por las y los especialistas, que se desglosarán por las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana.
 
Registro en el Sistema de Gestión de Emergencias (SIGEM) de los casos y/o servicios proporcionados a las niñas, adolescentes y mujeres, a través del Teléfono de Asistencia a la Mujer Morelense (TELAMMOR) y Segurichat del C5 Morelos, mediante la contratación de doce especialistas en perspectiva de género distribuidos en las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana que integren la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género.
Número de casos y/o servicios generados en atención hacia niñas, adolescentes y mujeres a través del Teléfono de Asistencia a la Mujer Morelense (TELAMMOR) y Segurichat del C5 mediante la contratación de 12 especialistas en perspectiva de género en las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana que integren la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género.
Informe mensual respecto de los números de casos y/o servicios generados en atención hacia niñas, adolescentes y mujeres a través del Teléfono de Asistencia a la Mujer Morelense (TELAMMOR) y Segurichat del C5 Morelos mediante la contratación de 12 especialistas en perspectiva de género en las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana que integren la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género.
 
 
 
Atención psicológica semanal a las y los especialistas en perspectiva de género en las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana que integren la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, y demás operadoras y operadores telefónicos del C5 Morelos, así como a las y los especialistas en las ramas de seguridad ciudadana, a través de la contratación de un especialista en la rama de psicología.
Número de atenciones psicológicas semanales a las y los especialistas.
Número de especialistas que recibieron atención psicológica / número de especialistas contratados
Reporte mensual de las atenciones psicológicas semanales a las y los especialistas en perspectiva de género.
Elaboración del informe final de resultados e impacto de la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, el monitoreo y seguimiento de las medidas de protección atendí-das con los mecanismos tecnológicos denominados "Pulsera Inteligente con Botón de Pánico" georrefenciados al C5 Morelos.
Registro de resultados e impacto de la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, el monitoreo y seguimiento de las medidas de protección atendidas con los mecanismos tecnológicos denominados "Pulsera Inteligente con Botón de Pánico", georrefenciados al C5 Morelos.
Porcentaje de resultados alcanzados con respecto al total de actividades consideradas en el proyecto.
Informe final de resultados e impacto de la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, el monitoreo y seguimiento de las medidas de protección atendídas con los mecanismos tecnológicos denominados "Pulsera Inteligente con Botón de Pánico", georrefenciados al C5 Morelos.
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Para el monitoreo y seguimiento de las medidas de protección a través de las "Pulseras Inteligentes con Botón de Pánico" georrefenciados al Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo (C5) Morelos, es necesario primero la adquisición de 355 instrumentos como los que se mencionan en este punto. Para ello, es necesario realizar un proceso de adjudicación por la cantidad de $355,000.00; esta inversión permitirá la adquisición no sólo de las pulseras inteligentes con botón de pánico sino que soportará el mantenimiento por un año del software para su correcta vinculación con el C5; es de señalar que a la presentación del proyecto, la Comisión Estatal de Seguridad Pública cuenta con 300 pulseras inteligentes con botón de pánico ya en operación, por lo que las nuevas solicitadas colaborarán en la atención de trescientas cincuenta y cinco mujeres más que se encuentran en situación de violencia.
2
Para lograr el fortalecimiento de los servicios de atención especializada hacia niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia, mediante la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, es necesaria la contratación de 13 prestadoras y prestadores de servicios especializados en perspectiva de género en las ramas de psicología, ciencias jurídicas y seguridad ciudadana. Estas personas devengarán un sueldo mensual de $13,000.00 en el periodo de junio a octubre del 2023, requiriendo una inversión de $845,000.00 pesos; estos prestadoras y prestadores estarán comisionados a las áreas de TELAMMOR, Segurichat. Un aspecto importante del proyecto solicitado será que a través de un especialista en la rama de psicología se brindará una atención psicológica semanal a las y los colaboradores de C5.
3
Las demás actividades que se contemplan desarrollar en el proyecto se realizarán a través del personal de la Comisión Estatal de Seguridad Pública por lo que no se requiere realizar una inversión al respecto.
 
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
d.4 Actores estratégicos
#
ACTOR
TIPO DE PARTICIPACIÓN
1.
Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo.
Coordinar las acciones del personal que integrará la Unidad Especializada de Primera Intervención para la Atención de la Violencia de Género, el monitoreo y seguimiento de las medidas de protección atendidas con los mecanismos tecnológicos denominados "Pulsera Inteligente con Botón de Pánico".
2.
Policía de Género de la Comisión Estatal de Seguridad.
Coordinación para la atención, canalización, seguimiento y/o acompañamiento de casos de violencias hacia niñas, adolescentes y mujeres.
3.
Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos.
Vínculo para la adecuada operación, captura de casos y/o servicios en el Banco Nacional de Información de Datos sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.
4.
Centro de Justicia para las Mujeres.
Vínculo para la canalización de las niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia que requieran atención especializada; además de canalizar al Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana a las niñas, adolescentes y Mujeres que requieran la instalación de una Pulsera Inteligente con Botón de Pánico.
5.
Coordinación Operativa de la Comisión Estatal de Seguridad Pública.
Establecimiento de vínculos y acuerdos del monitoreo y seguimiento de las medidas de protección asignadas a la Comisión Estatal de Seguridad Pública y que se les haya asignado una Pulsera Inteligente con Botón de Pánico.
 
d.5 Identificación de riesgos y cómo afrontarlos
RIESGO
MEDIDAS DE AFRONTAMIENTO
Bajo interés por parte de profesionistas para formar parte de las y los prestadores de servicios para realizar las actividades del proyecto.
Estrategia de sensibilización y difusión sobre la oferta de incorporación del personal para la atención de las actividades del proyecto.
Poca respuesta de las unidades de estado sobre las canalizaciones, acompañamiento y/o seguimiento de las niñas, adolescentes y mujeres en situación de violencia.
Acuerdos sobre los casos referidos a través de mesas de trabajo.
Baja participación de la ciudadanía respecto a la importancia de las acciones para la prevención social de la violencia de género, así como el uso de los servicios especializados de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, para la atención de la violencia ejercida por razones de género.
Estrategias de sensibilización dirigidas hacia la ciudadanía sobre la importancia de la prevención de la violencia ejercida en contra de las niñas, adolescentes y mujeres, así como del uso de los servicios especializados de la Comisión Estatal de Seguridad Pública.
 
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto

 

 
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Áreas de especialización requeridas
TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
ÁREAS DE
ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESPECIALIZACIÓN
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias Jurídicas
1 AÑO
Licenciatura
4
Ciencias de la salud
Elija un elemento.
Elija un elemento.
No aplica
Psicología
1 AÑO
Licenciatura
5
Trabajo Social
Elija un elemento.
Elija un elemento.
No aplica
Otro
1 AÑO
Licenciatura
 
OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar las personas que realizarán el proyecto.
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESPECIALIZACIÓN
ESPECIFIQUE
EL GRADO O
NIVEL
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
Seguridad Ciudadana
1 AÑO
Licenciatura
 
4
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal, firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/MOR/AC03/CESP/017, en la Ciudad de México, a 31 de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Encargado de Despacho de la Secretaría de Hacienda del Estado, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal de Seguridad Pública y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, José Antonio Ortiz Guarneros.- Rúbrica.
 

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