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DOF: 02/10/2024
ANEXO Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Chiapas

ANEXO Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Chiapas.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA IMPULSAR LA SOSTENIBILIDAD Y RESILIENCIA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL SECTOR AGRÍCOLA 2024, EN ADELANTE "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE "AGRICULTURA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DOCTORA SOL ORTIZ GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE POLÍTICAS, PROSPECCIÓN Y CAMBIO CLIMÁTICO, EN ADELANTE LA "DGPPyCC" Y EL C. HÉCTOR CANO DE LA TORRE, TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE "AGRICULTURA" EN EL ESTADO DE CHIAPAS, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE AGRICULTURA"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR LA C. ZAYNIA ANDREA GIL VÁZQUEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y ACCIONES PARA EL LOGRO DEL OBJETO DEL PRESENTE ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.        Que con fecha 27 de marzo del año 2019, las "PARTES" celebraron un <<Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2019-2024>> en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general>>, así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Chiapas.
II.       La Ley de Planeación señala que el desarrollo rural deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la "CONSTITUCIÓN".
III.      Qué el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable señala que el Estado impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales.
Y el artículo 5 establece que el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados, entre otros objetivos, a fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable.
IV.      Que la Organización de las Naciones Unidas para Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, reconoce a la agricultura en un sentido amplio, involucrando a la agricultura, ganadería, pesca, acuacultura y silvicultura, los cuales presentan alta vulnerabilidad a los efectos del cambio climático.
V.       Que México es parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la cual en su Artículo 2 establece el objetivo de lograr la estabilización de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. La estabilización se debe lograr en un plazo suficiente que asegure que la producción de alimentos no se vea amenazada y el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
VI.      Que la Ley General de Cambio Climático, en los artículos 7° y 8° faculta a la Federación y a las entidades federativas para establecer, regular e instrumentar las acciones para la mitigación y la adaptación en materia agrícola y en los artículos 30 y 34, establece la participación de los tres niveles de gobierno en la implementación de acciones de adaptación y mitigación relacionadas con el sector agrícola.
VII.     Que nuestro país ratificó el Acuerdo de París derivado de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que establece metas para la reducción de las emisiones de GEI, por lo que se compromete a transitar a un futuro bajo en carbono, a través diferentes acciones. De acuerdo con el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, desde el ámbito de la agricultura se contribuye a las metas, limitando el crecimiento de la frontera agrícola, reduciendo el uso de fuego en terrenos agropecuarios, promoviendo el manejo de excretas animales, reduciendo las emisiones por fermentación entérica, optimizando el uso de fertilizantes nitrogenados, fomentando la recarbonización de suelos, promoviendo sistemas agroforestales y silvopastoriles, así como la siembra de arrecifes de coral y captura de carbono azul.
VIII.    Que con las acciones que se impulsen de forma coordinada entre las "PARTES", se aportará al cumplimiento de las metas de la Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC), en términos de adaptación y mitigación de emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero (GyCEI).
IX.      Que la Comisión de Recursos Genéticos de la FAO y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, consideran el gran valor de los recursos genéticos para la adaptación al cambio climático, por lo que resulta necesario conjuntar esfuerzos para impulsar programas de mejoramiento genético para atender la variabilidad climática, y evitar pérdidas de cosechas por sequías, heladas, inundaciones o presencia de plagas y enfermedades.
X.       Que con fecha 16 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de creación del Comité Sectorial de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura, como un mecanismo de coordinación sectorial para promover la conservación, manejo, distribución justa y equitativa de los beneficios y aprovechamiento sostenible de éstos, mediante la coordinación interinstitucional e interdisciplinaria en el Sector.
XI.      Que la estrategia de la FAO para la integración de la biodiversidad en los distintos sectores agrícolas, considera que la biodiversidad representa un factor importante para mantener la producción de alimentos a largo plazo. La pérdida o degradación de la integridad biológica conlleva efectos negativos en la producción de alimentos por la reducción de los diversos servicios ecosistémicos que brinda.
XII.     Que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en su Artículo 24, establece que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural no otorgará apoyos o incentivos económicos para actividades agropecuarias en zonas deforestadas o para aquellas que propicien el cambio de uso de suelo de terrenos forestales o incrementen la frontera agropecuaria.
XIII.    Que los polinizadores representan un rol muy importante en la producción de diversos cultivos, y que pueden ser considerados especies indicadoras de la sostenibilidad de los sistemas de producción. Por lo que "AGRICULTURA" reconoce que los polinizadores y sus servicios ecosistémicos contribuyen al abasto de alimentos y el bienestar de la población rural.
XIV.    Que con fecha 14 de junio de 2021, se publicó en el DOF el Aviso por el que se da a conocer la Estrategia Nacional para la Conservación y Uso Sustentable de los Polinizadores (ENCUSP). Esta estrategia representa un instrumento guía para los servidores públicos del Gobierno Federal de los sectores productivo y ambiental, para promover acciones en favor de los polinizadores, con el apoyo de actores relevantes, incluyendo al "GOBIERNO DEL ESTADO", quienes pueden coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones aplicables para promover acciones en favor de los polinizadores.
XV.     Que las "PARTES" reconocen la importancia del suelo, el agua y la agrobiodiversidad para la agricultura sostenible, por lo que se comprometen a implementar instrumentos de política y el fomento de acciones orientadas a promover la educación y concientización social sobre la importancia de estos recursos para la vida, con la participación de diversos actores, particularmente actores locales. De igual forma, fomentarán la generación e integración de conocimientos tradicionales y científicos con el objeto de propiciar innovaciones tecnológicas adaptadas a distintos contextos socioecológicos, que atiendan las necesidades específicas de los territorios y poblaciones en el país.
XVI.    Que con fecha 28 de julio de 2022, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se presenta la Estrategia Nacional de Suelo para la Agricultura Sostenible (ENASAS). Esta estrategia es el instrumento del Gobierno Federal para fomentar y coordinar acciones que promuevan e incrementen el manejo sostenible de los suelos agropecuarios del territorio nacional, con la participación de actores relevantes, incluyendo a el "GOBIERNO DEL ESTADO", quienes pueden coadyuvar a lograr el objetivo de conservar las funciones del suelo y restaurar los suelos agropecuarios degradados.
XVII.   Que las Agencias Internacionales de Cooperación para el Desarrollo Sostenible juegan un papel importante para contribuir a la acción climática, al fomento de la sostenibilidad y la integración de la biodiversidad en la agricultura, con base en instrumentos que forman parte de las herramientas para orientar y concretar acciones conjuntas en los territorios rurales.
XVIII.  Que un aspecto fundamental de la coordinación entre las "PARTES" es avanzar en la adaptación de las actividades agrícolas a las nuevas condiciones climáticas y con ello impulsar la resiliencia en todos los ámbitos, con énfasis en el estrés hídrico y la degradación de los suelos, factores que afectan los rendimientos y las condiciones de vida de la población rural.
XIX.    Que las "PARTES" reconocen que el impulso a un nuevo patrón de cultivos requiere la participación de la academia y la banca de desarrollo para promover el financiamiento a todas aquellas actividades que contribuyan a la reactivación de la economía rural, de manera sostenible.
XX.     Que en la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024", las "PARTES" designaron como sus representantes para suscribir los Anexos Técnicos de Ejecución a las siguientes:
"AGRICULTURA" designó a su Representante en el Estado de Chiapas, cargo que a la fecha lo ostenta el C. Héctor Cano de la Torre; y
El "GOBIERNO DEL ESTADO", designó a la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, cargo que a la presente fecha lo ostenta la C. Zaynia Andrea Gil Vázquez.
DECLARACIONES
I. DE "AGRICULTURA":
I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la "CONSTITUCIÓN", 2° fracción I; 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública federal.
I.2. Que en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se establece que entre sus atribuciones se encuentra el formular la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan el campo, en coordinación con las dependencias competentes; promover el empleo en el medio rural, así como establecer programas y acciones que tiendan a fomentar la productividad y rentabilidad de las acciones económicas rurales; formular, dirigir y supervisar los programas y actividades relacionadas con la asistencia técnica y capacitación de los productores rurales.
I.3. Que la Dra. Sol Ortiz García, en su carácter de Directora General de Políticas, Prospección y Cambio Climático, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", conforme a los artículos 2° Apartado A, fracción XVIII, 19 fracciones IV, VI y XXII, 26 fracciones III, V, VII, VIII, IX, X, XI y XII del Reglamento Interior de "AGRICULTURA".
I.4. Que el C. Héctor Cano de la Torre, Titular de la Oficina de Representación de "AGRICULTURA" en el Estado de Chiapas, se encuentra facultado para suscribir el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2° Apartado A, fracción XXXIV, 42, 43 y 44 del Reglamento Interior de "AGRICULTURA", y con la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024".
I.5. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en Carretera a Chicoasén km 0.350, Fraccionamiento Los Laguitos, C.P. 29020, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1.  Que la C. ZAYNIA ANDREA GIL VÁZQUEZ en su carácter de Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, de fecha 08 de diciembre del 2018, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", de conformidad con lo previsto en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, 11, 13, 14, 21, 28 fracción X y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, en correlación con la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024".
II.2.  Señala como domicilio para los efectos legales del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", el ubicado en Kilómetro 2.5 carretera Juan Crispín-Chicoasén, Centro Demostrativo "La Chacona", Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que las "PARTES" reconocen a la agricultura como un sector muy vulnerable ante los efectos del cambio climático, incluyendo la variabilidad climática y los fenómenos hidrometeorológicos extremos.
III.2. Que las "PARTES" reconocen la necesidad de una atención oportuna y coordinada para reducir los impactos del cambio climático y propiciar la resiliencia del sector.
III.3. Que las "PARTES" reconocen la importancia de producir de forma sostenible alimentos accesibles y saludables que contribuyan a la seguridad alimentaria.
III.4. Que las "PARTES" reconocen la diversidad de prácticas sostenibles que se pueden adaptar a las condiciones locales de los sistemas de producción, territorios, vocación productiva y características de las personas dedicadas a la producción.
III.5. Que las "PARTES" establecen de común acuerdo impulsar acciones coordinadas e intercambio de información para la transición hacia una agricultura más sostenible, productiva y resiliente al cambio climático.
III.6. Que las "PARTES" reconocen que los apoyos de las agencias internacionales para la implementación de acciones en los territorios requieren de la coordinación y sinergias entre los niveles de gobierno.
III.7. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que actúan y con la que acuden a la celebración del presente instrumento y tienen plena capacidad legal, técnica y económica para obligarse en los términos de este instrumento.
III.8. Que el presente instrumento no tiene Cláusula alguna contraria a la ley, moral o buenas costumbres, y para su celebración, no media coacción alguna; consecuentemente, carece de todo dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte, la validez del mismo.
III.9. Que es su voluntad suscribir el "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", para conjuntar esfuerzos y en su caso, recursos que permitan realizar acciones para el cumplimiento y desarrollo del objeto y las actividades que se deriven del mismo, conforme a la normatividad aplicable.
III.10. Que cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia, colaboración y apoyo para la consecución del objeto materia de este instrumento.
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" para la asignación de compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las acciones, planificadas en el "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO", metas y mecanismos de intercambio de información que faciliten la coordinación para la planeación agrícola y permitan el impulso y la adopción de una agricultura sostenible y resiliente ante los efectos adversos del cambio climático. Además, que contribuyan a mantener o incrementar la productividad, el abasto suficiente y el acceso de alimentos para la población, en el Estado de Chiapas.
Estas acciones aportarán al cumplimiento del Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, de los instrumentos de política para el desarrollo rural sustentable del Estado de Chiapas; así como de los compromisos y Tratados Internacionales de los cuales México forma parte en materia de sostenibilidad, cambio climático y biodiversidad.
APORTACIONES
SEGUNDA.- Considerando lo estipulado en la Ley Federal de Austeridad Republicana, las acciones que se deriven del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" se implementarán mediante la coordinación entre "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" para facilitar y optimizar los recursos humanos y de infraestructura, por lo que en su caso, las "PARTES" podrán acordar la aportación de los recursos humanos y mecanismos para el correcto ejercicio y aplicación del objeto del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
ACCIONES
TERCERA.- Las acciones que las "PARTES" consideran impulsar mediante el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" considerando, en su caso, la planeación agrícola que promueva nuevos patrones de cultivos, se establecen en el Apéndice Único, Acciones para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola - 2024, el cual forma parte del presente instrumento.
Las acciones señaladas en el Apéndice Único se vincularán con las metas que se definan coordinadamente por las "PARTES" en la Comisión de Seguimiento, para ser alcanzadas a más tardar en la fecha de término de la vigencia del presente instrumento.
CUARTA.- Para verificar el cumplimiento de las acciones, se definirán de forma coordinada, entre "AGRICULTURA" a través de la "DGPPyCC" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" las variables de seguimiento descritas en el Apéndice Único.
DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE
QUINTA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento acuerdan estar a lo dispuesto en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024", la legislación normativa y presupuestaria federal aplicable.
DE LAS OBLIGACIONES DE "AGRICULTURA"
SEXTA.- "AGRICULTURA" a través de la "DGPPyCC", se compromete a:
I.        Favorecer el intercambio de información técnica y científica con el "GOBIERNO DEL ESTADO", con la finalidad de contar con elementos para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola en el año 2024;
II.       Promover alianzas con el "GOBIERNO DEL ESTADO" y otros actores locales relevantes para implementar acciones derivadas de proyectos que maneja o participa la federación.
III.      Apoyar en la identificación de variables de seguimiento y metodologías para el seguimiento de las acciones implementadas por las "PARTES";
IV.      Coordinar la identificación de los riesgos potenciales asociados al cambio climático para contribuir con la planeación del sector, sus metas de sostenibilidad y el monitoreo de las respectivas variables de seguimiento;
V.       Facilitar la información y, en su caso, el acceso a sistemas que permitan contribuir con metas de sostenibilidad, identificar riesgos potenciales asociados a la variabilidad climática o para el monitoreo y reporte de variables de seguimiento, entre otros;
VI.      Proporcionar materiales disponibles que favorezcan la capacitación, participación de personal y técnicos que colaboren con el "GOBIERNO DEL ESTADO" y la "REPRESENTACIÓN ESTATAL" DE "AGRICULTURA" para la implementación de estrategias e instrumentos de política pública de "AGRICULTURA";
VII.     Colaborar activamente con el personal que el "GOBIERNO DEL ESTADO" designe como responsables para realizar las acciones comprendidas en este instrumento jurídico;
VIII.    Reunirse cuando sea necesario para vigilar la ejecución y control de las acciones objeto del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO";
IX.      Realizar reuniones de trabajo para el seguimiento de los resultados mismas que se definirán en la Comisión de Seguimiento.
DE LAS OBLIGACIONES DE LA REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA"
SÉPTIMA.- La "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" se compromete a:
I.        Dar seguimiento a la ejecución del objeto referido en la Cláusula Primera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO";
II.       Verificar que el desarrollo e implementación de las acciones referidas en la Cláusula Tercera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y descritas en el Apéndice Único, se efectúen de conformidad con apego a criterios de equidad social y de género, integralidad, productividad y sustentabilidad, así como los criterios y metodologías que para tal efecto recomiende la "DGPPyCC";
III.      Coordinarse con la "DGPPyCC" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" en todas las acciones necesarias para la consecución de las metas del presente instrumento;
IV.      Apoyar al "GOBIERNO DEL ESTADO" para que presente a la "DGPPyCC", los avances e informes trimestrales del cumplimiento de las acciones a las que se haya comprometido el "GOBIERNO DEL ESTADO" y en su caso, la sistematización de la información en un sistema electrónico;
V.       Coordinarse con los Distritos de Desarrollo Rural (DDR) y los Centros de Apoyo al Desarrollo Rural Sustentable (CADERS) para apoyar al "GOBIERNO DEL ESTADO" con apoyo técnico y asesoría para lograr la implementación de las acciones señaladas en la Cláusula Tercera del presente instrumento.
VI.      Apoyar en la verificación de la implementación de las acciones convenidas entre "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO".
VII.     Contribuir en la difusión de los beneficios productivos, económicos y ambientales de emplear prácticas sostenibles y resilientes al cambio climático, con la finalidad de crear conciencia entre productores y productoras sobre la importancia de su adopción e implementación en sus unidades de producción y,
VIII.    Apoyar en el manejo de los sistemas productivos a través de prácticas y estrategias resilientes y sostenibles del sector agropecuario, acuícola y pesquero, ante los efectos del cambio climático, que incluya el mantenimiento y conservación de los servicios ecosistémicos locales y regionales.
DE LAS OBLIGACIONES DEL "GOBIERNO DEL ESTADO"
OCTAVA.- El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
I.        Desarrollar las acciones descritas en la Cláusula Tercera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO", de conformidad con los elementos para impulsar la "Sostenibilidad y Resiliencia al Cambio Climático en el sector agrícola 2023", las acciones impulsadas por los instrumentos de política del "GOBIERNO DEL ESTADO", así como en las metodologías que adicionalmente le proporcione la "DGPPyCC";
II.       Brindar las facilidades necesarias de colaboración interinstitucional como son recursos técnicos, logísticos, humanos e instalaciones para el logro de las acciones a que se refiere la cláusula Tercera del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y establecidas en el Apéndice Único;
III.      Facilitar la información y, en su caso, el acceso a sistemas que permitan contribuir con la planeación del sector, las metas de sostenibilidad y los impactos del cambio climático para el Estado de Chiapas.
IV.      Coordinarse con "AGRICULTURA" a través de la "DGPPyCC", con el propósito de optimizar la consecución de acciones orientadas a favorecer la resiliencia del sector al cambio climático, contribuyendo a la reducción de pérdidas en la producción de alimentos y al incremento de la autosuficiencia alimentaria, que contribuya a la seguridad alimentaria;
V.       Entregar trimestralmente a la "REPRESENTACIÓN ESTATAL" DE "AGRICULTURA" los avances en la implementación de las acciones que permitan el logro de lo establecido en la Cláusula Tercera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO", o en su caso, la información podrá integrarse en un sistema electrónico que disponga para tal fin "AGRICULTURA";
VI.      Integrar a los centros de investigación o de transferencia de tecnología en materia del sector agrícola que posea "GOBIERNO DEL ESTADO", con la finalidad de garantizar el impulso de acciones coordinadas con "AGRICULTURA" y sus centros de investigación, innovación y transferencia de tecnología;
VII.     Contribuir en la difusión de los beneficios productivos, económicos y ambientales de emplear prácticas sostenibles y resilientes al cambio climático, con la finalidad de crear conciencia entre productores y productoras sobre la importancia de su adopción e implementación en sus unidades de producción;
VIII.    Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la "DGPPyCC", de la Secretaría de la Función Pública, de la Auditoría Superior de la Federación y del Órgano Interno de Control de "AGRICULTURA" para efectuar las revisiones que de acuerdo con sus programas de trabajo consideren conveniente realizar, así como cumplir los requerimientos de información relativos al instrumento jurídico que se suscriba y sean solicitados por éstos;
IX.      Coordinarse con la "REPRESENTACIÓN ESTATAL" DE "AGRICULTURA" para detener el crecimiento de la Frontera Agrícola, a través de la validación espacial de los nuevos predios de cada localidad, municipio y/o entidad federativa.
X.       Llevar a cabo el seguimiento y control de las acciones establecidas y que se deriven del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
XI.      Revisar periódicamente las actividades realizadas y los avances obtenidos.
XII.     Reunirse cuando sea necesario para vigilar la ejecución y control de las acciones objeto del presente instrumento.
XIII.    Realizar una reunión de trabajo para la presentación de los resultados misma que se definirá en la Comisión de Seguimiento.
DISPOSICIONES GENERALES
NOVENA.- En todo lo relativo a las auditorías, control y seguimiento, suspensión de recursos, difusión y transparencia, evaluación y solución de controversias, y demás disposiciones aplicables previstas en el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", las "PARTES" acuerdan sujetarse a los términos establecido en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024" y de manera particular a la legislación presupuestaria y de fiscalización federal que en su caso sea aplicable.
DE LAS RELACIONES LABORALES
DÉCIMA.- El personal de cada una de las "PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", permanecerá de forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada.
DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
DECIMOPRIMERA.- Las "PARTES" acuerdan que una vez suscrito el presente instrumento deberá quedar integrada en un plazo no mayor a 20 días hábiles, por los representantes de las "PARTES", una Comisión de Seguimiento en adelante referida como la "COMISIÓN", que coadyuve a la instrumentación, ejecución y cumplimiento técnico de las actividades que se deriven del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", la cual quedará integrada de la siguiente manera.
Por la "REPRESENTACIÓN ESTATAL" DE "AGRICULTURA"
I.     C. Héctor Cano de la Torre, en su carácter de Titular de la Representación Estatal de la "AGRICULTURA".
Por el "GOBIERNO DEL ESTADO"
I.     C. Zaynia Andrea Gil Vázquez, Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno del Estado de Chiapas.
En las sesiones de la "COMISIÓN" podrá participar personal adscrito a la "DGPPyCC".
Las "PARTES" acuerdan que el C. Héctor Cano de la Torre, Titular de la Oficina de la REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" será quien convoque a las reuniones de la "COMISIÓN", así mismo acuerdan que en el supuesto de que se den cambios en la misma tanto en la "REPRESENTACIÓN ESTATAL" DE "AGRICULTURA", como en el "GOBIERNO DEL ESTADO", los responsables serán las personas que ocupen los cargos descritos anteriormente, sin necesidad de que se modifique el presente instrumento, bastando con la comunicación escrita entre las "PARTES".
Los integrantes de la "COMISIÓN" podrán designar a un suplente para que los asista en casos de que se
encuentren impedidos en participar en las reuniones convocadas, quien deberá de tener un cargo inmediato inferior a este.
Una vez conformada la "COMISIÓN", deberán elaborarse actas de sesión o minutas de trabajo en donde se especificarán los acuerdos convenidos en las reuniones convocadas, firmando de conformidad los integrantes de la misma. La "REPRESENTACIÓN ESTATAL" DE "AGRICULTURA" remitirá las actas o minutas a la "DGPPyCC", para el seguimiento correspondiente.
Las "PARTES" podrán invitar a las personas que consideren necesarias para que asistan a las reuniones de trabajo, quienes, de acuerdo con su experiencia, solo podrán opinar en las mismas. Únicamente los integrantes de la "COMISIÓN" podrán realizar las determinaciones o decisiones, mismas que serán informadas a la "DGPPyCC".
DE LAS ATRIBUCIONES DE LA "COMISIÓN"
I.        Sesionar únicamente con la totalidad de sus integrantes. Para que puedan adoptarse las medidas de seguimiento a los compromisos establecidos en el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
II.       Establecer las metas asociadas a las acciones, para el seguimiento y evaluación de su cumplimiento.
III.      Sesionar previo a la revisión de los informes y avances físicos con la finalidad de establecer criterios de evaluación que deberán ser implementados para el cumplimiento en tiempo y forma de las actividades en el Apéndice Único, comprometidas en el presente instrumento.
IV.      Supervisar, evaluar y dar seguimiento a las actividades derivadas del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" conforme a los informes que en el consenso las "PARTES" se hayan comprometido. En caso de contar con un sistema electrónico, el seguimiento se podrá realizar a través de éste.
V.       Resolver las cuestiones inherentes que se presenten con motivo del retraso o el indebido cumplimiento de las acciones previstas en el citado "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
VI.      Conocer y resolver en términos conciliatorios sobre las controversias que formulen las "PARTES" que pudieran surgir del cumplimiento del presente Anexo.
VII.     Verificar al término del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y previo a la suscripción del acta de cierre correspondiente, que todas las acciones previstas en el mismo estén concluidas en su totalidad.
VIII.    Formalizar y suscribir después de cada sesión de trabajo un Acta de Sesión en la que se haga constar el resultado de la misma el grado de cumplimiento del objeto del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", misma que será remitida a la "DGPPyCC".
IX.      Tomar los acuerdos complementarios pertinentes, en consenso con las "PARTES", con relación con los problemas no previstos en la ejecución del objeto del presente instrumento con el propósito de obtener el pleno cumplimiento del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
DECIMOSEGUNDA. - Las "PARTES" acuerdan que en la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, respecto al impulso de la "Sostenibilidad y Resiliencia al Cambio Climático en el sector agrícola 2024", deberán incluir expresamente y en forma idéntica la participación de "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO":
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
De igual manera deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través de "AGRICULTURA".
DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA ELECTORAL
DECIMOTERCERA.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y/o locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación de toda la propaganda y sujetarse a los calendarios electorales que emita la autoridad competente. Salvo los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCIÓN", respecto a las actividades a realizarse, en su caso, con motivo de la aplicación de los recursos que sean asignados al cumplimiento del objeto del presente instrumento, lo anterior, en atención a lo dispuesto por el artículo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Respetar en los términos del artículo 134 de la "CONSTITUCIÓN", que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación que difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso, ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada, en las actividades con motivo de la aplicación de los recursos que sean asignados en cumplimiento del objeto del presente instrumento o de alguna otra figura análoga prevista en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Asimismo, las "PARTES" se comprometen a que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos, que impliquen su promoción y/o difusión ya sea en etapa de precampaña, campaña, elecciones federales y/o locales.
DE LAS MODIFICACIONES
DECIMOCUARTA.- Las situaciones no previstas en el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
Por lo que deberán concurrir a la firma del Convenio Modificatorio el Representante de "AGRICULTURA" en la Entidad Federativa del Estado de Chiapas, así como la Dra. Sol Ortiz García, Directora General de la "DGPPyCC" en razón de ser responsable del seguimiento del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" para impulsar la Sostenibilidad y Resiliencia al Cambio Climático en el sector agrícola 2024; y por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO" la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, la C. Zaynia Andrea Gil Vázquez.
TERMINACIÓN ANTICIPADA
DECIMOQUINTA.- Cualquiera de las "PARTES" podrá dar por terminado de manera anticipada el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", siempre y cuando lo notifiquen por escrito a la otra con un plazo de 30 días naturales con anticipación a la fecha en que desee concluirlo.
DEL CIERRE Y CONCLUSIÓN DEL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO
DECIMOSEXTA.- El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete que previo al cierre y conclusión del presente instrumento, entregará el informe final del cumplimiento de las acciones y metas derivadas del presente instrumento, conforme a lo establecido en el Apéndice Único "Acciones para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024", mismo que forma parte integral de este Anexo.
PUBLICACIÓN
DÉCIMOSÉPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos 36 de la Ley de Planeación, el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión del Gobierno del Estado de Chiapas, así como en las páginas institucionales de las "PARTES".
DE LA VIGENCIA
DECIMOCTAVA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las "PARTES", lo que será hasta el 31 de diciembre de 2024.
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal de este instrumento, las "PARTES" firman y ratifican en todas sus secciones el presente Anexo Técnico de Ejecución en cinco tantos originales, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los veinticinco días del mes de abril de 2024.- Por Agricultura: la Directora General de la DGPPYCC, Dra. Sol Ortiz García.- Rúbrica.- El Titular de la Oficina de Representación de la Agricultura en el Estado de Chiapas, C. Héctor Cano de la Torre.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, C. Zaynia Andrea Gil Vázquez.- Rúbrica.
Apéndice Único
Estado de Chiapas
Acciones para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024
 
No.
Acción
Variable de seguimiento
Unidad de
Medida
Meta
anual
1
Impulsar acciones de comunicación y difusión sobre la importancia y aprovechamiento sustentable de los polinizadores nativos en la agricultura.
Generación de Trípticos
Número de Trípticos
250
2
Fomento a los sistemas de captación, almacenamiento y cosecha de agua en zonas agropecuarias y acuícolas.
Número de obras de captación de agua pluvial
Obras
70
3
Promover la conservación de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (RGAA), que favorezcan la diversificación de los sistemas productivos y una agricultura sostenible.
Agricultores primarios del sector Agrícola atendidos
Número de Agricultores Primarios del Sector Agrícola
9322
4
Contribuir en la difusión y capacitación de personal, técnicos y estudiantes con el curso de capacitación "Integración de la Biodiversidad y los Servicios Ecosistémicos (ISE) en la planeación del desarrollo de paisajes agrarios" disponible en MéxicoX.
Difusión del curso (folletos, correos, infografías, página web, etc).
Personas capacitadas
15
5
Diseñar e implementar programas de concientización y educación sobre las prácticas sostenibles en la agricultura que favorezcan la conservación y aprovechamiento de agua, suelo y biodiversidad. 
Número de actividades presenciales o virtuales de educación y concientización
Curso
4
6
Promover acciones que favorezcan la reducción del uso del fuego en actividades agropecuarias.
Número de pláticas impartidas sobre alternativas al uso del fuego y normatividad asociada y alcance en término de número de productores y técnicos
Número de personas alcanzadas
100
7
Impulsar acciones de coordinación, normativas y de fomento que contribuyan a la estabilización de la frontera agrícola, evitando de deforestación y el cambio de uso de suelo
Platicas impartidas
Número personas alcanzadas
80
8
Promover sistemas productivos que pudieran considerarse "Amigables con la Biodiversidad".
Apoyos económicos para la Certificación Orgánica
Número de Apoyos
20
9
Contribuir al fortalecimiento del sistema de monitoreo agroclimático con la finalidad de brindar información oportuna a los productores para la toma de decisiones en sus unidades de producción.
1. Número de MTA que sesionan por año
Mesa técnica
2
2. Número de materiales difundidos sobre pronósticos agroclimáticos
Boletín
2
10
Impulsar la implementación de sistemas agroforestales y silvopastoriles, que contribuyan a la reducción de emisiones de GyCEI.
Unidades de Producción Pecuaria que realizan acciones productivas y de conservación del medio ambiente
Unidades de Producción Pecuaria (UPP)
25
11
Promover y fomentar acciones integrales y sistémicas para la recuperación de pesquerías en los cuerpos de agua y de la acuacultura.
Número de reuniones de coordinación realizadas
Reuniones
55
______________________________
 

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