CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Aguascalientes, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Aguascalientes, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios. CONVENIO ESPECFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISIN FEDERAL PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIN FEDERAL PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. JOS ALEJANDRO DAZ LOZANO, EN SU CARÁCTER DE SUBSECRETARIO DE EGRESOS EN SUPLENCIA DEL SECRETARIO DE FINANZAS, EL DR. JOS FRANCISCO ESPARZA PARADA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, ASISTIDO POR EL DR. ERNESTO JAIME ROMERO FRAS, DIRECTOR DE REGULACIN SANITARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud. II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", la Secretaría de Salud y el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, asistido por el Director de Regulación Sanitaria y, el Subsecretario de Egresos, en suplencia de la Secretario de Finanzas; y por "LA SECRETARA", el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. DECLARACIONES I. De "LA SECRETARA": 1. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un rgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud. 2. Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de marzo de 2011, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto. 3. Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 4. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 5. Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 6. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. 7. Que existe aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013. 8. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal. II. Declara "LA ENTIDAD": 1. Que el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 15, fracción VI y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 21 fracción X de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, cargo que quedó debidamente acreditado con las copias de los nombramientos que se adjuntaron respectivamente a "EL ACUERDO MARCO". 2. Que el Subsecretario de Egresos, en suplencia del Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 15, fracción III, 22, 27 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO". 3. Que el Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguscalientes, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con los artículos 19, fracción XIV y 32 del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial el 18 de Diciembre de 2013, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de octubre de 2013, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado, Ing. Carlos Lozano De La Torre, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto. 4. Que dentro de las funciones de la Dirección de Regulación Sanitaria el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguscalientes, se encuentran las de programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de las funciones de regulación, control y fomento sanitarios, coordinar las acciones de vigilancia sanitaria de los establecimientos, actividades y servicios materia de salubridad local, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial el 18 de Diciembre de 2013. 5. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios. 6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Margíl de Jesús No. 1501, del fraccionamiento Arboledas, C.P. 20020, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes. Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan. Aplicando al objeto del presente Convenio Específico, lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 9, 13, 17 bis, 17 bis 1, 19, de la Ley General de Salud; 1, 2, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1, 2, 3 y 10, fracción XVI del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; los "Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013; así como en los artículos 36, 46, fracción VII, inciso a) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes; 1, 2, 3, 5, 13, 15, fracciones III y VI, 24, 27 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas; 21 de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguscalientes; 13, 20, 21, fracción VIII y 28, inciso A fracción III y 38 de la Ley de Salud del Estado de Aguscalientes y; demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos 1, 2 y 3 que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARA", en términos de los artículos 9, 13, 17 bis y 19 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" en el ejercicio fiscal 2014 en materia de protección contra riesgos sanitarios, fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, en los plazos y términos establecidos en los Anexos 1, 2 y 3, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos presupuestales federales transferidos; el tiempo de ejecución de los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARA" y; los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Con el objeto de asegurar la efectiva aplicación de los recursos presupuestales transferidos mediante el presente Convenio Específico, las partes se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas, sus Anexos 1, 2 y 3, así como lo estipulado en "EL ACUERDO MARCO" y, a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE RECURSOS.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARA" transferirá a "LA ENTIDAD", con cargo a los recursos presupuestales de "LA SECRETARA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, recursos presupuestarios federales que se aplicarán exclusivamente a los conceptos hasta por los importes que se indican a continuación: CONCEPTO | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | IMPORTE | Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) | Ramo 12 | Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad | $3,297,543.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) | "Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios" (Laboratorio Estatal de Salud Pública) | Ramo 12 | Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad | $808,447.00 (OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) | | TOTAL | $4,105,990.00 (CUATRO MILLONES CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.) | Los recursos a que se refiere el cuadro anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización. Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen y dentro de los cinco días hábiles siguientes al Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, (unidad ejecutora definida en la Cláusula Cuarta, fracción III de "EL ACUERDO MARCO"), en la cuenta bancaría específica productiva que previamente aperturará esta última, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Los recursos Federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto del presente instrumento. La no transferencia de los recursos en el plazo establecido se considerará incumplimiento del presente convenio y podrá ser causa de reintegro de los recursos con los rendimientos financieros obtenidos a la Tesorería de la Federación. Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las infraestructuras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. "LA ENTIDAD" deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos: PARÁMETROS "LA SECRETARA" verificará, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que los recursos presupuestales señalados en esta Cláusula, sean destinados únicamente para la realización de los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances: a) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios transferirá los recursos presupuestales asignados a "LA ENTIDAD" a efecto de que sean aplicados específicamente al fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para fortalecer la Red Nacional de Laboratorios, citados en la Cláusula Primera del presente Convenio Específico y conforme a lo estipulado en los Anexos 1, 2 y 3, que forman parte integrante de su contexto, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con la ejecución de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien con el programa físico financiero de infraestructura, de equipamiento y, adquisición de insumos, que contribuyan o fortalezcan al desarrollo de las acciones de protección contra riesgos sanitarios, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD". b) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas conforme a lo acordado para este fin con "LA ENTIDAD", a efecto de observar los avances en el desarrollo de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento, solicitando a "LA ENTIDAD", la entrega del reporte fotográfico y escrito de los avances de la infraestructura y su equipamiento, así como de la "relación de gastos", que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en esta Cláusula . Los documentos que integran la relación de gastos, deberán reunir los requisitos que enuncian los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y, serán enviados a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. c) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines objeto del presente Convenio Específico de conformidad con el Anexo 1 del mismo, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de "EL ACUERDO MARCO". d) Los recursos presupuestales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DEL DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio Específico, se aplicarán a los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del mismo, los cuales tendrán los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas que se mencionan en el Anexo 3, el cual será sustanciado y validado en la Memoria de Cálculo que genere "LA SECRETARA" a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Dicho Anexo 3 debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto. CUARTA.- APLICACIN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, mismos que se encuentran descritos en el Anexo 3 del presente Convenio. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se transfieren, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, deberán aplicarse, en su caso, en la misma proporción a los conceptos previstos en la Cláusula Primera. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedan a cargo de "LA ENTIDAD". SEXTA.- OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD", adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento en los conceptos establecidos e importes indicados en la misma, en los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en la Cláusula Tercera y en los Anexos 2 y 3, respectivamente, de este instrumento, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos. II. Entregar trimestralmente, por conducto de la unidad ejecutora (definida en la Cláusula Cuarta, fracción III de "EL ACUERDO MARCO") a "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto. III. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la unidad ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo entre otros: domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y conceptos de pago. IV. Ministrar los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento, por medio de la Secretaría de Finanzas, al Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, a efecto de que esta última esté en condiciones de iniciar de forma inmediata las acciones específicas para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico, contados a partir de la transferencia que "LA SECRETARA" haga de los recursos conforme a la calendarización estipulada en el Anexo 2 del presente instrumento. Para los efectos del párrafo anterior, la unidad ejecutora deberá previamente aperturar una cuenta bancaria específica productiva, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Los recursos presupuestales federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la unidad ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos de manera inmediata en los términos de este Convenio, se procederá a su reintegro, con los rendimientos financieros obtenidos, al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los quince días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARA". V. Informar, mediante el Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo máximo de cinco días hábiles que los recursos presupuestales federales transferidos han sido ministrados por parte de la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD" íntegramente al Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes; para tal efecto, dicho plazo comenzará a partir del día siguiente de ministrados los recursos presupuestales federales a la unidad ejecutora. VI. Informar, a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante la unidad ejecutora, a los 10 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos presupuestales federales, conforme a la calendarización establecida en los Anexos 2 y 3, así como de forma pormenorizada sobre el avance financiero de los proyectos previstos en este instrumento. VII. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a través del Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, sobre el avance en el cumplimiento de los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 3 y en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico, y en su caso, los resultados de las actividades específicas que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. VIII. Informar, trimestralmente a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. IX. Mantener actualizados los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. X. Facilitar, por conducto del Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, la información y documentación que "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas que esta última optará por realizar, para la comprobación de los avances en el desarrollo de las actividades descritas en el Anexo 3 del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento; la entrega del reporte fotográfico y escrito; así como la "relación de gastos" que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, según corresponda. XI. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos. XII. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de su legislatura local. XIII. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA SECRETARA", por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. SPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE "LA SECRETARA".- "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios se obliga a: I. Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda, párrafo primero, del presente Convenio Específico de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Verificar que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. III. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos. IV. Solicitar al Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, la entrega de la "relación de gastos", que sustenten y fundamenten, el ejercicio, destino y la aplicación de los recursos federales transferidos a "LA ENTIDAD", conforme a las atribuciones que la Ley General de Salud, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones legales aplicables le confieren, bajo la opción de practicar visitas a la unidad ejecutora a efecto de dar seguimiento a la adecuada aplicación de los recursos. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente, misma que deberá expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago. V. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informar a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", cuando "LA ENTIDAD" no envíe a "LA SECRETARA" la información referida en las fracciones II, VI, VII, VIII y X de la Cláusula Sexta del presente instrumento, así como el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o que no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de "EL ACUERDO MARCO". VI. Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico. VII. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento. VIII. El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento serán transferidos, corresponderá a "LA SECRETARA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Unidad de Auditoría Preventiva de "LA SECRETARA", realice el rgano de Control de "LA ENTIDAD". IX. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas. X. Informar sobre la suscripción de este Convenio, a la Auditoría Superior de la Federación. XI. Publicar en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente instrumento. XII. Difundir en su página de internet los conceptos financiados con los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XIII. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA ENTIDAD", por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. OCTAVA.- ACCIONES DE VIGILANCIA, INSPECCIN, CONTROL Y EVALUACIN.- "LA ENTIDAD" conviene que para la eficaz vigilancia, inspección, control y evaluación en el avance de los proyectos estipulados en el presente instrumento, entregará a "LA SECRETARA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la documentación de fiscalización de los recursos presupuestales federales transferidos en el presente convenio, que se genere en la Contraloría del Ejecutivo Estatal o su equivalente y en el órgano de fiscalización de la legislatura de "LA ENTIDAD", según las disposiciones legales aplicables. NOVENA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes convienen que los recursos no ejercidos, remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en las cuentas bancarias productivas específicas a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2014, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, conforme a las disposiciones aplicables. DCIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD". DCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECFICO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito durante su vigencia, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD". En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DCIMA SEGUNDA.- CAUSAS DE TERMINACIN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado. II. Por acuerdo de las partes. III. Por caso fortuito o fuerza mayor. IV. Por no existir la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que adquiere "LA SECRETARA". DCIMA TERCERA.- CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las siguientes causas: I. Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales permanecen ociosos, o bien, sean utilizados con fines distintos a los previstos en el presente instrumento, o II. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo. Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de "EL ACUERDO MARCO". DCIMA CUARTA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de "EL ACUERDO MARCO", a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo al tipo de recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen, y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, constante de trece fojas, lo firman por quintuplicado, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil catorce.- Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, José Francisco Esparza Parada.- Rúbrica.- El Subsecretario de Egresos en suplencia del Secretario de Finanzas, José Alejandro Díaz Lozano.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, Ernesto Jaime Romero Frías.- Rúbrica. ANEXO 1 | CONCEPTOS PARA LA APLICACIN DE RECURSOS | RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 | ENTIDAD: | AGUASCALIENTES | | | | CONCEPTO: | Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) | PROGRAMA: | Protección contra Riesgos Sanitarios | | CONVENIO CLAVE: | COFEPRIS-CETR-AGS.-01/14 | | | | TEMA | PROYECTO | PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS | FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS | TOTAL | INOCUIDAD DE ALIMENTOS | Calidad Microbiológica de Alimentos | $245,360.00 | $249,000.00 | $494,360.00 | Rastros | $114,338.00 | | $114,338.00 | Zoonosis/Brucelosis | $140,400.00 | $5,000.00 | $145,400.00 | Productos de la Pesca | | | | Uso Ilegal de Clembuterol | | $129,887.00 | $129,887.00 | Plaguicidas en Alimentos | $23,779.00 | $95,000.00 | $118,779.00 | Moluscos Bivalvos | | | | Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina | | | | Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones | | | | AGUA | Marea Roja | | | | Agua y Hielo Purificados | $168,200.00 | $5,000.00 | $173,200.00 | Agua de Calidad Bacteriológica | $307,040.00 | $71,000.00 | $378,040.00 | Agua de Calidad Fisicoquímica | | $253,560.00 | $253,560.00 | Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario | | | | Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo | | | | Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo | | | | POLTICA FARMACUTICA | Farmacovigilancia | $129,669.00 | | $129,669.00 | VIGILANCIA FOCALIZADA | Tabaco | $98,001.00 | | $98,001.00 | VERIFICACIN FOCALIZADA | Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) | | | | Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias | | | | Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social | | | | Manejo Integral de Plagas | | | | Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud | | | | EMERGENCIAS | Emergencias | $114,335.00 | | $114,335.00 | SALUD OCUPACIONAL | Protección Radiológica | | | | Plomo en Loza Vidriada | | | | Uso de Plaguicidas | $1,956,421.00 | | $1,956,421.00 | ATENCIN MDICA | Muerte Materna | | | | Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión | | | | Infecciones Nosocomiales | | | | SANIDAD EN PRODUCTOS AGRCOLAS | Sanidad en Productos Agrícolas | | | | NORMATIVIDAD | Marco Normativo | | | | OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO | Mesa Saludable y Sello de Calidad Nutricional de Platillos | | | | AGUA SEGURA PARA CONSUMO HUMANO | Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación | | | | TOTAL | $3,297,543.00 | $808,447.00 | $4,105,990.00 | Anexo 1 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes. Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, José Francisco Esparza Parada.- Rúbrica.- El Subsecretario de Egresos en suplencia del Secretario de Finanzas, José Alejandro Díaz Lozano.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, Ernesto Jaime Romero Frías.- Rúbrica. ANEXO 2 | CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO | RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 | ENTIDAD: | AGUASCALIENTES | | | | | | | | | | | | | CONCEPTO: | Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) | PROGRAMA: | Protección contra Riesgos Sanitarios | | | | | | | | | | CONVENIO CLAVE: | COFEPRIS-CETR-AGS.-01/14 | | | | | | | | | | | | | - PROTECCIN CONTRA RIESGOS | | | | | | | | | | | | | TEMA | PROYECTO | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGS | SEP | OCT | NOV | DIC | TOTAL | INOCUIDAD DE ALIMENTOS | Calidad Microbiológica de Alimentos | $245,360.00 | | | | | | | | | | | $245,360.00 | Rastros | $114,338.00 | | | | | | | | | | | $114,338.00 | Zoonosis/Brucelosis | $140,400.00 | | | | | | | | | | | $140,400.00 | Productos de la Pesca | | | | | | | | | | | | | Uso Ilegal de Clembuterol | | | | | | | | | | | | | Plaguicidas en Alimentos | $23,779.00 | | | | | | | | | | | $23,779.00 | Moluscos Bivalvos | | | | | | | | | | | | | Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina | | | | | | | | | | | | | Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones | | | | | | | | | | | | | AGUA | Marea Roja | | | | | | | | | | | | | Agua y Hielo Purificados | $168,200.00 | | | | | | | | | | | $168,200.00 | Agua de Calidad Bacteriológica | $307,040.00 | | | | | | | | | | | $307,040.00 | Agua de Calidad Fisicoquímica | | | | | | | | | | | | | Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario | | | | | | | | | | | | | Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo | | | | | | | | | | | | | Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo | | | | | | | | | | | | | POLTICA FARMACUTICA | Farmacovigilancia | $129,669.00 | | | | | | | | | | | $129,669.00 | VIGILANCIA FOCALIZADA | Tabaco | $98,001.00 | | | | | | | | | | | $98,001.00 | VERIFICACIN FOCALIZADA | Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) | | | | | | | | | | | | | Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias | | | | | | | | | | | | | Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social | | | | | | | | | | | | | Manejo Integral de Plagas | | | | | | | | | | | | | Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud | | | | | | | | | | | | | EMERGENCIAS | Emergencias | $114,335.00 | | | | | | | | | | | $114,335.00 | SALUD OCUPACIONAL | Protección Radiológica | | | | | | | | | | | | | Plomo en Loza Vidriada | | | | | | | | | | | | | Uso de Plaguicidas | $1,956,421.00 | | | | | | | | | | | $1,956,421.00 | ATENCIN MDICA | Muerte Materna | | | | | | | | | | | | | Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión | | | | | | | | | | | | | Infecciones Nosocomiales | | | | | | | | | | | | | SANIDAD EN PRODUCTOS AGRCOLAS | Sanidad en productos agrícolas | | | | | | | | | | | | | NORMATIVIDAD | Marco Normativo | | | | | | | | | | | | | OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO | Mesa Saludable y Sello de Calidad Nutricional de Platillos | | | | | | | | | | | | | AGUA SEGURA PARA CONSUMO HUMANO | Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación | | | | | | | | | | | | | TOTAL | $3,297,543.00 | | | | | | | | | | | $3,297,543.00 | - FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS | | | | | | | | | | | | | TEMA | PROYECTO | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGS | SEP | OCT | NOV | DIC | TOTAL | INOCUIDAD DE ALIMENTOS | Calidad Microbiológica de Alimentos | $249,000.00 | | | | | | | | | | | $249,000.00 | Rastros | | | | | | | | | | | | | Zoonosis/Brucelosis | $5,000.00 | | | | | | | | | | | $5,000.00 | Productos de la Pesca | | | | | | | | | | | | | Uso Ilegal de Clembuterol | $129,887.00 | | | | | | | | | | | $129,887.00 | Plaguicidas en Alimentos | $95,000.00 | | | | | | | | | | | $95,000.00 | Moluscos Bivalvos | | | | | | | | | | | | | Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina | | | | | | | | | | | | | Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones | | | | | | | | | | | | | AGUA | Marea Roja | | | | | | | | | | | | | Agua y Hielo Purificados | $5,000.00 | | | | | | | | | | | $5,000.00 | Agua de Calidad Bacteriológica | $71,000.00 | | | | | | | | | | | $71,000.00 | Agua de Calidad Fisicoquímica | $253,560.00 | | | | | | | | | | | $253,560.00 | Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario | | | | | | | | | | | | | Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo | | | | | | | | | | | | | Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo | | | | | | | | | | | | | POLTICA FARMACUTICA | Farmacovigilancia | | | | | | | | | | | | | VIGILANCIA FOCALIZADA | Tabaco | | | | | | | | | | | | | VERIFICACIN FOCALIZADA | Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) | | | | | | | | | | | | | Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias | | | | | | | | | | | | | Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social | | | | | | | | | | | | | Manejo Integral de Plagas | | | | | | | | | | | | | Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud | | | | | | | | | | | | | EMERGENCIAS | Emergencias | | | | | | | | | | | | | SALUD OCUPACIONAL | Protección Radiológica | | | | | | | | | | | | | Plomo en Loza Vidriada | | | | | | | | | | | | | Uso de Plaguicidas | | | | | | | | | | | | | ATENCIN MDICA | Muerte Materna | | | | | | | | | | | | | Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión | | | | | | | | | | | | | Infecciones Nosocomiales | | | | | | | | | | | | | SANIDAD EN PRODUCTOS AGRCOLAS | Sanidad en productos agrícolas | | | | | | | | | | | | | NORMATIVIDAD | Marco Normativo | | | | | | | | | | | | | OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO | Mesa Saludable y Sello de Calidad Nutricional de Platillos | | | | | | | | | | | | | AGUA SEGURA PARA CONSUMO HUMANO | Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación | | | | | | | | | | | | | TOTAL | $808,447.00 | | | | | | | | | | | $808,447.00 | - TOTAL | | | | | | | | | | | | | | TEMA | PROYECTO | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGS | SEP | OCT | NOV | DIC | TOTAL | INOCUIDAD DE ALIMENTOS | Calidad Microbiológica de Alimentos | $494,360.00 | | | | | | | | | | | $494,360.00 | Rastros | $114,338.00 | | | | | | | | | | | $114,338.00 | Zoonosis/Brucelosis | $145,400.00 | | | | | | | | | | | $145,400.00 | Productos de la Pesca | | | | | | | | | | | | | Uso Ilegal de Clembuterol | $129,887.00 | | | | | | | | | | | $129,887.00 | Plaguicidas en Alimentos | $118,779.00 | | | | | | | | | | | $118,779.00 | Moluscos bivalvos | | | | | | | | | | | | | Prevención de intoxicación por ciguatoxina | | | | | | | | | | | | | Prevención de intoxicación por consumo de Ostiones | | | | | | | | | | | | | AGUA | Marea Roja | | | | | | | | | | | | | Agua y Hielo Purificados | $173,200.00 | | | | | | | | | | | $173,200.00 | Agua de Calidad Bacteriológica | $378,040.00 | | | | | | | | | | | $378,040.00 | Agua de Calidad Fisicoquímica | $253,560.00 | | | | | | | | | | | $253,560.00 | Playas Limpias: agua de mar para uso recreativo con contacto primario | | | | | | | | | | | | | Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo | | | | | | | | | | | | | Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo | | | | | | | | | | | | | POLTICA FARMACUTICA | Farmacovigilancia | $129,669.00 | | | | | | | | | | | $129,669.00 | VIGILANCIA FOCALIZADA | Tabaco | $98,001.00 | | | | | | | | | | | $98,001.00 | VERIFICACIN FOCALIZADA | Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) | | | | | | | | | | | | | Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias | | | | | | | | | | | | | Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social | | | | | | | | | | | | | Manejo Integral de Plagas | | | | | | | | | | | | | Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud | | | | | | | | | | | | | EMERGENCIAS | Emergencias | $114,335.00 | | | | | | | | | | | $114,335.00 | SALUD OCUPACIONAL | Protección Radiológica | | | | | | | | | | | | | Plomo en Loza Vidriada | | | | | | | | | | | | | Uso de Plaguicidas | $1,956,421.00 | | | | | | | | | | | $1,956,421.00 | ATENCIN MDICA | Muerte Materna | | | | | | | | | | | | | Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión | | | | | | | | | | | | | Infecciones Nosocomiales | | | | | | | | | | | | | SANIDAD EN PRODUCTOS AGRCOLAS | Sanidad en productos agrícolas | | | | | | | | | | | | | NORMATIVIDAD | Marco Normativo | | | | | | | | | | | | | OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO | Mesa Saludable y sello de calidad nutricional de platillos | | | | | | | | | | | | | AGUA SEGURA PARA CONSUMO HUMANO | Agua en localidades priorizadas con alto nivel de marginación | | | | | | | | | | | | | TOTAL | $4,105,990.00 | | | | | | | | | | | $4,105,990.00 | Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, José Francisco Esparza Parada.- Rúbrica.- El Subsecretario de Egresos en suplencia del Secretario de Finanzas, José Alejandro Díaz Lozano.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, Ernesto Jaime Romero Frías.- Rúbrica. ANEXO 3 | PROGRAMA, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS | RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 | ENTIDAD: | AGUASCALIENTES | | | | | | | | | | | | | | CONCEPTO: | Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) | | | | | | | | | | PROGRAMA: | Protección contra Riesgos Sanitarios | | | | | | | | | | CONVENIO CLAVE: | COFEPRIS-CETR-AGS.-01/14 | | | | | | | | | | | | | | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Inocuidad de Alimentos | Calidad Microbiológica de Alimentos | Proteger a la población de los riesgos microbiológicos potencialmente presentes en los alimentos | 1. Integrar un padrón de establecimientos donde se expenden los alimentos priorizados indicados por la COFEPRIS (con aviso de funcionamiento). | 1 | | | | | | | | | | | 1 | 2. Elaborar un informe estatal de los alimentos priorizados que incluya los volúmenes de producción/comercialización y las temporadas de mayor consumo para cada uno. | | 1 | | | | | | | | | | 1 | 3. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. | | 1 | | | | | | | | | | 1 | 4. Muestras de alimentos priorizados para análisis microbiológico. | | | 91 | 91 | 91 | 91 | 91 | 91 | | | | 546 | 5. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | | | 6 | 6. Revisar trimestralmente el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | 1 | | | | 1 | | | 2 | 7. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | 1 | | | | 1 | | | 2 | 8. Realizar reuniones de trabajo con asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, a fin de establecer una estrategia para evitar la contaminación microbiológica de los alimentos, basadas en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 3 | | | | | | 3 | | | | 6 | 9. Evaluación de puntos críticos en el manejo de alimentos con asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | | | 3 | | | | | | | 3 | 10. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación que incluya a las asociaciones de restaurantes, de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, para contribuir a que no exista contaminación microbiológica de los alimentos, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 11. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión para prevenir los brotes relacionados con la contaminación microbiológica de los alimentos y ETAs, dirigida a las asociaciones de restaurantes, de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel y a la población en general, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Inocuidad de Alimentos | Rastros | Coadyuvar al mejoramiento de las condiciones sanitarias de rastros y mataderos municipales para minimizar el riesgo sanitario derivado de las actividades en estos establecimientos, en municipios en más de 50,000 habitantes. (Al menos el 70% de la población) | 12. Aplicación de las Cédulas de Evaluación de Riesgos en los rastros y mataderos priorizados por la COFEPRIS. | | | 1 | | | | | 1 | | | | 2 | 13. Elaborar los informes de resultados estatales de las evaluaciones de riesgo sanitario realizadas en rastros y mataderos municipales en el formato establecido por la COFEPRIS. | | | | 1 | | | | | 1 | | | 2 | 14. Elaborar la propuesta de mejora por cada cédula de evaluación de riesgos realizada en rastros y mataderos municipales. | | | | | 1 | | | | | 1 | | 2 | 15. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | | 1 | | | | | 1 | | 2 | 16. Elaborar un diagnóstico situacional referente a las fuentes de contaminación ambiental presentes en rastros y mataderos municipales de acuerdo a los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. | | | | | | 1 | | | | | | 1 | 17. Realizar eventos de capacitación dirigidos a médicos veterinarios, operarios, verificadores y/o dictaminadores donde se incluya tanto el tema de normatividad sanitaria, como de evaluación y manejo de riesgos aplicable a rastros y mataderos municipales. | | 1 | | 1 | | | 1 | | 1 | | | 4 | 18. Elaborar, implementar y evaluar un programa de acciones de capacitación y/o campañas de difusión sobre los riesgos del consumo de carne y sus derivados posiblemente contaminados, dirigidos a la industria, organismos públicos y privados, así como al personal involucrado en rastros, con el fin de mejorar la condición sanitaria de los productos. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 19. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne, acerca de las medidas preventivas para minimizar los riesgos sanitarios, relacionadas con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos. | | | | | | | | | | | | | 20. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne y a la población en general, acerca de las medidas preventivas para minimizar los riesgos sanitarios, relacionadas con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Inocuidad de Alimentos | Zoonosis/Brucelosis | Proteger a la población del riesgo de brucelosis por el consumo de alimentos potencialmente contaminados con Brucella | 21. Elaborar/actualizar un padrón de empresas/productores que elaboren quesos artesanales que considere datos sobre sus volúmenes de producción. | 1 | | | | | | | | | | | 1 | 22. Elaborar/actualizar un padrón de productores, introductores y/o acopiadores de leche que venden a los productores de quesos artesanales. | 1 | | | | | | | | | | | 1 | 23. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. | | 1 | | | | | | | | | | 1 | 24. Toma y análisis de muestras de alimentos priorizados para Brucella. | | | | | 1 | 1 | 1 | 1 | | | | 4 | 25. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | | | 1 | 1 | 1 | 1 | | | 4 | 26. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | | 1 | | 1 | | | 2 | 27. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | | | 1 | | 1 | | 2 | 28. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a productores de quesos artesanales y distribuidores de leche para quesos artesanales, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de quesos artesanales y disminuir los riesgos por el consumo de productos posiblemente contaminados con Brucella, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 29. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión dirigido a productores de quesos artesanales y distribuidores de leche para quesos artesanales, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de quesos artesanales y disminuir los riesgos por el consumo de productos posiblemente contaminados con Brucella, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Inocuidad de Alimentos | Productos de la Pesca | Proteger a la población de riesgos sanitarios por el consumo de productos de la pesca contaminados | 30. Elaborar/actualizar un censo estatal que contenga los principales puntos de venta de productos de la pesca, frescos, refrigerados o congelados. | | | | | | | | | | | | | 31. Elaborar un informe estatal de los productos priorizados que incluya los volúmenes de producción y las temporadas de mayor consumo de cada uno. | | | | | | | | | | | | | 32. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 33. Número de determinaciones en los alimentos priorizados para análisis del binomio producto-microorganismo para Vibrio Cholerae, Vibrio Parahaemolyticus y Salmonella, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 34. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 35. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 36. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 37. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión dirigido a productores, organizaciones sociales (cooperativas) y distribuidores con el propósito de mejorar las condiciones sanitarias de los productos de la pesca, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 38. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, respecto al riesgo y beneficio de consumir productos de la pesca, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | Uso Ilegal de Clembuterol | Proteger a la población del consumo de clembuterol en productos de bovino sin procesar | 39. Elaborar un censo de puntos de venta que contenga volúmenes de carne y vísceras de bovino. | 1 | | | | | | | | | | | 1 | 40. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. | | 1 | | | | | | | | | | 1 | 41. Toma de muestra y análisis de carne y vísceras para determinación de clembuterol. | | 52 | 53 | 52 | 53 | 52 | 53 | 52 | 53 | 52 | 28 | 500 | 42. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 9 | 43. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | 1 | | | | 1 | | | 2 | 44. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | 1 | | | | 1 | | | 2 | 45. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos de intoxicación por clembuterol a la población en general, derivados del consumo de vísceras y carne, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 46. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a la industria, organismos públicos y privados, y población en general con el propósito de dar a conocer los riesgos derivados del consumo de vísceras y carne posiblemente contaminadas por clembuterol, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Inocuidad de Alimentos | Plaguicidas en Alimentos | Proteger a la población de los riesgos potenciales por residuos de plaguicidas presentes en alimentos | 47. Elaborar un censo de puntos de venta que tenga volúmenes de los alimentos priorizados. | 1 | | | | | | | | | | | 1 | 48. Seleccionar las localidades establecimientos para la implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. | | 1 | | | | | | | | | | 1 | 49. Toma y análisis de muestras de alimentos para determinación de plaguicidas. | | | | | | 14 | 14 | 14 | 14 | 14 | | 70 | 50. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | | | | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 5 | 51. Elaborar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados de muestreo con base en los lineamientos por COFEPRIS. | | | | | | | | 1 | | | 1 | 2 | 52. Elaborar un informe de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgo con base a los lineamientos emitidos por la COFEPRIS | | | | | | | | 1 | | | 1 | 2 | 53. Levantar un censo de los principales cultivos de la región y plaguicidas empleados para su producción. | | | | | 1 | | | | | | | 1 | Moluscos Bivalvos | Proteger a la población de riesgos microbiológicos y químicos potencialmente presentes en moluscos bivalvos, a través de la clasificación y vigilancia sanitaria de las áreas de cosecha | 54. Número de visitas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas de cosecha, así como el envío de muestras y reporte de resultados por los canales establecidos por la COFEPRIS | | | | | | | | | | | | | 55. Análisis del número de muestras de agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha, de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 56. Análisis del número de muestras de producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos, de acuerdo con los criterios técnicos establecido por COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 57. Realizar análisis de biotoxinas marinas en producto de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas rápidas para detección de PSP, ASP, y DSP, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados), de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 58. Realizar análisis de biotoxinas marinas en producto de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas rápidas para detección de Brevetoxina, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados), de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | 59. Integración y envío de los estudios sanitarios iniciales y anuales de las áreas de cosecha de moluscos bivalvos | | | | | | | | | | | | | Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina | Establecer la presencia de áreas potencialmente riesgosas para la propagación de la ciguatoxina con el objeto de establecer vedas temporales o permanentes | 60. Toma de muestras para la identificación de especies de dinoflagelados de género gambierdicus en la zona costera del caribe. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 61. Llevar a cabo visitas de verificación sanitaria. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 62. Llevar a cabo reuniones de fomento sanitario para que las cooperativas pesqueras se abstengan de expender especies de productos de escama relacionados con brotes de intoxicación por ciguatoxina. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Inocuidad de Alimentos | Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones | Reducir los riesgos a la salud por consumo de Ostión | 63. Entregar el padrón de establecimientos de Plantas desconchadoras de ostión. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 64. Visitas de verificación de condiciones sanitarias de las plantas desconchadoras. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 65. Toma de muestras de ostión desconchado en plantas desconchadoras. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 66. Dictaminación de las visitas de verificación. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 67. Elaboración de informes de monitoreo de ostión. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 68. Realizar capacitaciones al personal Manipulador del Producto relacionado con el Manejo Higiénico del Proceso de Desconchado. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 69. Realizar actividades de clasificación sanitaria de al menos un área de extracción de moluscos bivalvos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 70. Muestras de producto para análisis microbiológicos de coliformes fecales, Vibrio cholerae, Vibrio parahemolityccus, Salmonella y E. Coli. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 71. Muestras de agua para análisis bacteriológicos, coliformes totales y coliformes fecales. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 72. Muestras de agua para análisis fisicoquímicos, pH, temperatura, color, materia en suspensión, oxígeno disuelto, salinidad e hidrocarburo de origen petrolero. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 73. Muestras de producto para análisis fisicoquímicos, metales pesados, mercurio, cadmio, plomo y plaguicidas. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 74. Remitir los informes de clasificación/mantenimiento de áreas de conformidad con los lineamientos establecidos por la Entidad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Agua | Marea Roja | Establecer un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos de Algas Nocivas (Marea Roja), con el fin de aplicar medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos expuestos a mareas rojas tóxicas | 75. Realizar monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 76. Asistir al curso de capacitación del proyecto. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Agua | Agua y Hielo Purificados | Proteger a la población del riesgo bacteriológico potencialmente presente en el agua y hielo purificado, con el fin de reducir riesgos | 77. Elaborar un padrón de establecimientos productores de agua y hielo purificados. | 1 | | | | | | | | | | | 1 | 78. Seleccionar los establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. | | | 1 | | | | | | | | | 1 | 79. Toma de muestras y análisis de agua y hielo para análisis microbiológico. | | | 26 | 26 | 26 | 26 | 26 | 26 | 26 | 26 | | 208 | 80. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 8 | 81. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | 1 | | | | 1 | | 2 | 82. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | 1 | | | | 1 | | 2 | 83. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación a la industria, al comercio y a productores relacionado con la prevención de los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 84. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria con el fin de dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | 30% | | | | 65% | | | 100% | | | 100% | Agua de Calidad Bacteriológica | Proteger a la población del riesgo bacteriológico potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano | 85. Elaborar un informe de qué método de desinfección del agua se utiliza (cloro residual, plata coloidal o método alternativo) en las localidades a vigilar con base en el formato establecido por la COFEPRIS. | | | 1 | | | | | | | | | 1 | 86. Toma de muestras para análisis bacteriológico en determinaciones de cloro con valor debajo de 0.2 p.p.m., de acuerdo a la meta establecida entre COFEPRIS y el Estado. | | | 50% | 50% | 50% | 50% | 50% | 50% | 50% | 50% | | 50% | 87. Implementar pruebas rápidas para análisis bacteriológico en agua. | | | | | | | | | | | | | 88. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 89. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al uso y consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 90. Elaborar, implementar y evaluar un programa que establezca acciones de prevención para la población en general acerca de las enfermedades asociadas al uso y consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Agua | Agua de Calidad Fisicoquímica | Proteger a la población del riesgo fisicoquímico potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano en las regiones identificadas en el país | 91. Toma de muestras para análisis fisicoquímico con base a los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. | | | 120 | 120 | 120 | 120 | 120 | 120 | 120 | 120 | | 960 | 92. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. | | | | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 8 | 93. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, con el fin de dar a conocer los riesgos asociados al consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | Playas limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario | Contar con información automatizada sobre la calidad bacteriológica del agua de mar | 94. Realizar los monitoreos mensuales y pre-vacacionales de las playas prioritarias e informar los resultados a la COFEPRIS y publicar la información en las páginas electrónicas estatales. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 95. Asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 96. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión para la población en general, sobre los resultados de los muestreos y análisis realizados por el Sistema Federal Sanitario en los distintos destinos turísticos basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Calidad Sanitaria de Agua de Contacto de Uso Recreativo | Proteger contra riesgos sanitarios a la población usuaria de agua de contacto de uso recreativo | 97. Elaborar un censo de establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo (centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos y parques acuáticos). |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 98. Realizar cursos de capacitación dirigidos a prestadores de servicios relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo, a fin de dar a conocer las medidas sanitarias de acuerdo a la normatividad aplicable. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 99. Visitas de verificación a los establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 100. Dictaminación de actas de verificación. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 101. Visitas para realizar toma de muestra. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 102. Toma de muestra para realizar análisis bacteriológico. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 103. Realizar la vinculación y concertación con el sector privado para difusión de la normatividad sanitaria correspondiente. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 104. Realizar pláticas de difusión, dirigidos a prestadores de servicios relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo, a fin de dar a conocer las medidas sanitarias de acuerdo a la normatividad aplicable. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Agua | Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo | Proteger a la población del riesgo potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano en las regiones identificadas | 105. Actualización de censo de fuentes formales de abastecimiento de agua de uso y consumo humano en el Estado. | | | | | | | | | | | | | 106. Contratación de Laboratorio Tercero Autorizado para análisis fisicoquímico de muestras de agua de uso y consumo humano. | | | | | | | | | | | | | 107. Contratación de servicios especializados para el diseño e implementación del Sistema de Información Geográfica de la calidad fisicoquímica del agua. | | | | | | | | | | | | | 108. Desarrollo del Sistema de Información Geográfica de la calidad fisicoquímica del agua y capacitación del personal técnico de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. | | | | | | | | | | | | | 109. Realización del muestreo en fuentes formales de abastecimiento del Estado en periodo de estiaje y lluvias, respectivamente. | | | | | | | | | | | | | 110. Realizar la caracterización y evaluación del riesgo. | | | | | | | | | | | | | 111. Gestionar la implementación de las acciones correctivas necesarias ante las Dependencias competentes. | | | | | | | | | | | | | 112. Toma de muestras para análisis fisicoquímico. | | | | | | | | | | | | | 113. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad. | | | | | | | | | | | | | 114. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, con el fin de dar a conocer los riesgos asociados al consumo de agua potencialmente contaminada. | | | | | | | | | | | | | Política Farmacéutica | Farmacovigilancia | Vigilar la seguridad y eficacia de los medicamentos que se comercializan en el país, mediante la recepción de notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos, su evaluación y el fomento y difusión del programa de Farmacovigilancia | 115. Implementación y seguimiento de unidades y Comités de Farmacovigilancia Hospitalarios. | | | | | | | 1 | | | | | 1 | 116. Recopilar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas de medicamentos generadas en la entidad federativa. | | | | | | | | | | | 120 | 120 | 117. Captura, evaluación y envío al Centro Nacional de Farmacovigilancia de las notificaciones recibidas. | | | | | | | | | | | 120 | 120 | 118. Implementar un programa de capacitación con enfoque de riesgos para fortalecer el proyecto de farmacovigilancia en las unidades hospitalarias de la entidad, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS. | | | 1 | | | | | | | | | 1 | 119. Realizar acciones de fomento sanitario con enfoque de riesgos en los sectores público, privado y social para fomentar la notificación de sospechas de reacciones adversas atribuibles a los medicamentos, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS. | | | | | | 1 | | | | | | 1 | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Vigilancia focalizada | Tabaco | Reducir la exposición pasiva al humo de tabaco en espacios públicos | 120. Verificación focalizada en establecimientos con mayor probabilidad de exposición y riesgo (restaurantes, oficinas de gobierno y escuelas). | | 40 | 40 | 40 | 40 | 40 | 40 | 40 | 40 | 40 | | 360 | 121. Dictaminación de actas de la verificación focalizada. | | 30% | 80% | 80% | 80% | 80% | 80% | 80% | 80% | 80% | 50% | 80% | 122. Elaborar, implementar y evaluar un programa, dirigido al sector público, privado y social, con el fin de difundir los alcances de la Ley y su Reglamento para fomentar los espacios 100% libres de humo de tabaco, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | 123. Elaborar, implementar y evaluar un programa, en coordinación con los sectores público y privado, para promover edificios libres de humo de tabaco, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. | | | 30% | | | 65% | | | 100% | | | 100% | Verificación Focalizada | Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) | Proteger a la población de los riesgos sanitarios y microbiológicos potencialmente presentes en los alimentos preparados | 124. Visitas de verificación en establecimientos donde se preparan alimentos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 125. Muestras de alimentos preparados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 126. Dictaminación de actas de verificación. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 127. Distribución de carteles. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 128. Realizar pláticas dirigidas a manejadores de alimentos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias | Proteger a la población mediante una correcta dispensación de medicamentos, aplicando la Legislación Sanitaria vigente | 129. Elaborar un censo de establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías a través de las Unidades de Control Sanitario de la entidad federativa. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 130. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de verificación. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 131. Visitas de verificación en establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 132. Dictaminación de actas de verificación. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 133. Realizar cursos de dispensación de medicamentos en farmacias públicas y privadas. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 134. Asistencia del líder estatal a la reunión nacional de capacitación y evaluación del proyecto. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 135. Realizar cursos de capacitación para la formación de instructores. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 136. Impresión de materiales destinados a los establecimientos dedicados a la dispensación de medicamentos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Verificación Focalizada | Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social | Vigilar y realizar acciones de orientación para el cumplimento de las disposiciones sanitarias vigentes, aplicables a cada tipo de centro | 137. Elaborar un censo de cada uno de los tipos de centros de asistencia social. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 138. Toma y análisis de muestras de los alimentos que se preparan en los centros de asistencia social. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 139. Captura de resultados en la base de datos de la Entidad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 140. Realizar visitas de verificación sanitaria a los centros de asistencia social identificados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 141. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a los responsables de los centros de asistencia social así como al personal involucrado en la preparación de alimentos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Manejo Integral de Plagas | Disminuir el contacto involuntario con los plaguicidas y así preservar la salud de la población a través de la incorporación del manejo integral de plagas en los servicios urbanos de fumigación | 142. Integrar un padrón de establecimientos de manejo integral de plagas en los servicios urbanos de fumigación con aviso de funcionamiento. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 143. Elaborar un informe de los productos de fumigación principalmente utilizados que incluya giros de establecimientos que solicitan el servicio. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 144. Seleccionar las demarcaciones territoriales y establecimientos prioritarios para implementar el plan de manejo integral. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 145. Visitas de verificación sanitaria, Norma Oficial Mexicana 256.- Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 146. Capturar los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 147. Elaborar y revisar el programa de manejo de riegos y seguimiento de conformidad con los resultados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud | Vigilar el cumplimiento de la Normatividad Sanitaria en las farmacias, boticas, droguerías y almacenes de depósito y distribución de medicamentos para uso humano | 148. Visitas de verificación a establecimientos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 149. Realizar balances de medicamentos controlados en establecimientos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 150. Realizar pláticas dirigidas a dispensadores de medicamentos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Emergencias | Emergencias | Protección a la salud de la población contra riesgos sanitarios derivados de emergencias sanitarias | 151. Enviar los informes de notificación de eventos en los formatos previamente establecidos por la COFEPRIS que incluyan los recursos utilizados en plazo no mayor a: 1 día en brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes; 5 días en desastres (huracanes); 1 día en otros desastres; 3 días en exposición a otros agentes; 8 y 15 días en acciones preventivas (muestras positivas a Vibrios inmediato); 1 día para infecciones nosocomiales. | | | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 152. Enviar los informes mensuales de emergencias sanitarias en los formatos establecidos por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias. | | | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 9 | 153. Enviar el informe anual de emergencias sanitarias en el formato establecido por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias. | | | | | | | | | | | 1 | 1 | 154. Gestionar y diseñar en base a sus necesidades la capacitación en materia de emergencias sanitarias para los brigadistas de protección contra riesgos sanitarios desde nivel local al estatal. | | | | | 1 | | | | | | | 1 | 155. Adquirir los insumos básicos, equipo, uniformes y materiales para la atención de emergencias sanitarias, para distribuir a las jurisdicciones sanitarias y/o coordinaciones de protección contra riesgos; considerando sus aspectos socio-geográficos, el registro de eventos atendidos y la priorización establecida en el catálogo autorizado para ejercer el presupuesto FASSC, previa validación del área operativa correspondiente. | | | | 1 | | | | | | | | 1 | Salud Ocupacional | Protección Radiológica | Contribuir a garantizar la protección a la salud de pacientes y trabajadores expuestos en el uso médico de fuentes generadoras de radiación ionizante, asegurando la existencia de programas de seguridad radiológica y de calidad, así como proteger a la población general de riesgos derivados de la exposición a radiaciones ionizantes y campos electromagnéticos. | 156. Elaborar un padrón de establecimientos de atención de salud, cuya actividad esté relacionada con el uso de radiaciones ionizantes. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 157. Visitas de verificación a los establecimientos de diagnóstico médico con rayos x. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 158. Realizar acciones de fomento sanitario a la población ocupacionalmente expuesta de los establecimientos de radiodiagnóstico. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 159. Implementar un programa de capacitación al personal verificador que realiza funciones en la materia de protección radiológica. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 160. Llevar a cabo reuniones de vinculación y concertación con el sector público y privado en materia de protección radiológica. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 161. Llevar a cabo acciones regulatorias al sector salud, IMSS, ISSSTE, unidades médicas municipales y sector privado. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 162. Capacitación a población para fomentar de manera eficiente las acciones de control de calidad que debe tener una unidad médica de radiodiagnóstico del sector público y privado. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 163. Impulsar la estrategia para prevención de cáncer de mama de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana de cáncer de mama como ente regulador a las caravanas de la salud con mastógrafo, unidades de mama del sector salud y convocar a unidades del sector privado con salas de mastografía para dar a conocer la estrategia. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 164. Llevar a cabo visitas regulatorias de acuerdo a la Norma Oficial de Cáncer de Mama. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 165. Llevar la dictaminación de las acciones regulatorias de acuerdo a las visitas que se realizan, al sector público y privado. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Salud Ocupacional | Plomo en Loza Vidriada | Proteger a la población alfarera y sus familias, de la exposición al óxido de plomo | 166. Verificaciones sanitarias con base en la modificación de la NOM 004 SSA 1. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 167. Toma de muestras y análisis con base en la NOM 231. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 168. Elaborar un censo que incluya alfareros, distribuidores y comercializadores de greta. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 169. Realizar reuniones y/o pláticas con Asociaciones o grupos de alfareros para sensibilizar y concertar acciones de capacitación en buenas prácticas para la elaboración de loza vidriada de baja temperatura libre de plomo. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 170. Llevar a cabo reuniones con Instituciones y Casa de Artesanías, a fin de promover buenas prácticas en la alfarería vidriada de baja temperatura utilizando materiales libres de plomo en las comunidades alfareras. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 171. Llevar a cabo reuniones con la CANIRAC estatal para promover entre sus agremiados el uso de loza vidriada libre de plomo, en la preparación y presentación de alimentos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 172. Llevar acabo la gestión correspondiente para que el líder estatal asista a la Reunión Nacional del Proyecto. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 173. Monitoreo de plomo en loza vidriada a través de pruebas rápidas. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 174. Monitoreo ambiental de suelo de los talleres de alfarería de loza vidriada en base a la NOM-147. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 175. Monitoreo biológico en alfareros y sus familias de loza vidriada en base a la NOM-231 |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 176. Realizar reuniones de trabajo con asociaciones de restaurantes, comercializadores de loza vidriada, a fin de establecer una estrategia para promover el uso de loza vidriada libre de plomo. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 177. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación que incluya a los elaboradores y comercializadores de loza vidriada, las asociaciones de restaurantes, para promover la fabricación, comercialización y uso de loza vidriada libre de plomo. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 178. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión para promover la fabricación, comercialización y uso de loza vidriada libre de plomo, dirigida a los artesanos, comercializadores y las asociaciones de restaurantes. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Salud Ocupacional | Uso de Plaguicidas | Reducir la población expuesta a riesgos por plaguicidas | 179. Realizar cursos de capacitación a capacitadores en materia del buen uso y manejo de agroquímicos. | | | | | | | | | | | | | 180. Realizar cursos de capacitación y/o pláticas a personal ocupacionalmente expuesto a los agroquímicos. | | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 20 | 181. Realizar cursos de actualización a médicos sobre el diagnóstico y tratamiento de intoxicación por plaguicidas. | | | | | | | 1 | | | | | 1 | 182. Implementar estudios de percepción de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa. | | | | | 1 | | | | | | | 1 | 183. Implementar campañas de comunicación de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa. | | | | | | | | | 1 | | | 1 | 184. Visitas de verificación a empresas que utilizan plaguicidas. | | | | | | | | | | | | | 185. Visitas de verificación a empresas que formulan plaguicidas. | | | | | | | | | | | | | 186. Visitas de verificación a campos agrícolas. | | | | | | | | | | | | | 187. Realizar visitas de Verificación Sanitarias a Empresas Comercializadoras de plaguicidas | | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 19 | 188. Realizar visitas de Verificación Sanitarias a Empresas de Servicios de Control y Exterminación de Plagas. | | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 19 | 189. Dictaminación de Actas de Comercializadoras de Plaguicidas y Servicios de Control y Exterminación de Plagas. | | 2 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 38 | 190. Realizar capacitación y/o pláticas acerca del Plan de Manejo de Envases Vacíos (triple lavado y disposición final de envases vacíos). | | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | | 18 | 191. Participar en Reuniones con instituciones para impulsar la creación de centros de acopio temporal (CAT´S) y centros de acopio primario (CAP'S) de envases vacíos de plaguicidas. | | | | | | | | | | | | | 192. Realizar cursos de capacitación al personal médico y personal de enfermería de las diferentes instituciones del sector de salud tanto público como privados sobre "Diagnóstico y tratamiento de las intoxicaciones por agroquímicos". | | | | | | | | | | | | | 193. Verificar los campos agrícolas en cuanto a los plaguicidas en desuso (plaguicidas almacenados que no pueden seguir utilizándose). | | | | | | | | | | | | | 194. Coordinar con brigadas de salud acciones de servicio médico a personal jornalero en los campos agrícolas como análisis, consulta médica, consulta dental, vacuna toxoide tetánico, medicamento, recetas para tratamientos médicos. | | | | | | | | | | | | | 195. Programar y realizar en coadyuvancia con la STPS inspecciones conjuntas a campos agrícolas. | | | | | | | | | | | | | 196. Toma de muestras para la determinación de bisfenoles. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 197. Reporte de resultados de las muestras tomadas para la determinación de los bisfenoles. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 198. Realizar reuniones del COESPLAFEST para dar seguimiento a las acciones programadas del proyecto. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Atención Médica | Muerte Materna | Coadyuvar en la disminución de la incidencia de muertes maternas | 199. Visitas de verificación preventivas en establecimientos de atención médica y/u obstétrica de 1er. y 2o. nivel. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 200. Visitas de verificación a los establecimientos de atención médica por ocurrencia de muerte materna. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 201. Visitas de verificación a establecimientos de atención médica de referencia y primer contacto. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 202. Dictaminación de las actas de verificación sanitaria de los establecimientos donde ocurrió la muerte materna. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 203. Realizar notificaciones a los establecimientos donde ocurrió la muerte materna. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 204. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 205. Visitas de fomento a establecimientos de atención médica de 1er. y 2o. nivel, tanto públicos como privados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 206. Realizar pláticas de fomento en las diferentes instituciones del Sector Salud de la entidad federativa. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 207. Asistencia a las reuniones convocadas por el Comité Interinstitucional de muerte materna en la entidad federativa. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 208. Llevar a cabo la gestión correspondiente para que el líder estatal asista a la Reunión Nacional del Proyecto. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 209. Elaboración de artículos promocionales para comunicación de riesgos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 210. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión con representantes de hospitales públicos y privados, colegios médicos y representantes de instituciones educativas. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 211. Replicar la capacitación a todas las jurisdicciones sanitarias. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 212. Supervisar que el personal médico y paramédico cuenten con el título y cédula profesional en su expediente en el área de recursos humanos de la unidad hospitalaria. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 213. Verificar que las ambulancias de las unidades hospitalarias públicas y privadas cumplan con la normatividad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Atención Médica | Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión | Establecer criterios y lineamientos para llevar a cabo evaluación de todos los establecimientos que realicen actos quirúrgicos y/u obstétricos, así como el llenado del Acta de Verificación Sanitaria con la finalidad de constatar el cumplimiento de la legislación sanitaria vigente | 214. Aplicación de cédulas de autoevaluación a establecimientos de atención médica y/u obstétrica. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 215. Visitas de fomento a establecimientos de atención médica, tanto públicos y privados |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 216. Visitas de verificación a establecimientos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 217. Dictaminación de las actas de verificación sanitaria |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 218. Realizar pláticas de fomento dirigidas a directivos de hospitales, de las diferentes instituciones del Sector Salud. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 219. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa (trípticos, dípticos). |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 220. Asistencia a las reuniones para actualización y unificar criterios durante las visitas de verificación |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 221. Replicar la capacitación a todas las jurisdicciones sanitarias |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 222. Seguimiento a trámites, para lograr la expedición de Licencias Sanitarias y Avisos de Responsables. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 223. Recepción, valoración y Autorización de Libros de Ingresos y Egresos de Sangre y componentes Sanguíneos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 224. Concentrar informes mensuales de los establecimientos médicos y a su vez enviarlos a centro nacional de la transfusión sanguínea. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Infecciones Nosocomiales | Prevenir riesgos sanitarios derivados de infecciones de tipo epidemiológico en unidades hospitalarias y fortalecer acciones de vigilancia sanitaria | 225. Visitas de verificación a Unidades Hospitalarias. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 226. Dictaminación de las actas de verificación. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 227. Realizar acciones de fomento sanitario con los sectores público, privado y social para prevenir y controlar infecciones de tipo epidemiológico. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 228. Implementar un programa de capacitación al personal de unidades de atención médica en prevención y control de infecciones nosocomiales. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 229. Llevar a cabo inspección y vigilancia aleatoria de las unidades hospitalarias del sector público, privado y social reportadas con casos de infecciones nosocomiales, para constatar el cumplimiento del tratamiento adecuado de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 230. Recopilar notificaciones de infecciones nosocomiales generadas por cada unidad de atención médica en la Entidad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Sanidad en Productos Agrícolas | Sanidad en Productos Agrícolas | Proteger a la población de riesgos potenciales microbiológicos y fisicoquímicos presente en frutas, verduras y hortalizas | 231. Elaborar un censo de puntos de venta de frutas, verduras y hortalizas de los productos priorizados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 232. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 233. Toma y análisis de muestras de productos priorizados para la determinación de salmonella. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 234. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 235. Toma y análisis de muestras de productos priorizados para la determinación de plaguicidas organofosforados y organoclorados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 236. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 237. Elaborar un programa de manejo de riesgo y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 238. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgo con base en los lineamientos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Normatividad | Marco Normativo | Actualizar y homologar el marco normativo jurídico estatal en materia de salud con los diferentes ordenamientos estatales y con el marco normativo jurídico federal y las normas oficiales mexicanas | 239. Publicar en el Diario Oficial del Gobierno del Estado las reformas a la Ley de Salud del Estado, así como las reformas al reglamento de Control y Vigilancia Sanitaria de los Establecimientos que expenden Alimentos y Bebidas en General. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 240. Revisar y actualizar los procesos internos de la Dirección por medio del mapeo desglosando las actividades principales, los subprocesos y entregables. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 241. Elaborar los manuales, guías, lineamientos y políticas internas que establezcan el flujo optimizado de los procesos y trámites. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 242. Gestionar la implementación de un sistema informático que establezca una base de datos única de los trámites. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 243. Sistematizar el resguardo de los expedientes que correspondan a los trámites realizados. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Otros productos y Servicios de Consumo | Mesa Saludable y Sello de Calidad Nutricional de Platillos | Fomentar el sello de la calidad nutricional de los platillos entre los comedores industriales y restaurantes, mediante acciones de fomento sanitario y los esquemas de comunicación y difusión que promuevan mejores hábitos alimenticios con la población que come fuera de casa | 244. Integrar un padrón de establecimientos de restaurantes y comedores en el Estado. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 245. Participar en reuniones con las instancias involucradas: - del sector público: universidades públicas, Secretaría de Turismo, promoción a la salud y - del sector privado: CANIRAC, Asociación de Hoteles y Moteles, Empresas para la implementación del proyecto en restaurantes y comedores industriales. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 246. Realizar reuniones de trabajo con los agremiados de las asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y directores de los hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, a fin de difundir las acciones del programa mesa saludable y el sello de calidad nutricional de platillos. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 247. Capacitación al personal a los restaurantes y comedores sobre plato del bien comer, la preparación de alimentación saludable, hábitos alimenticios inadecuados y Nom 251. |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 248. Realizar acciones de vinculación y difusión de los comedores y restaurantes referente al programa (visitas de fomento sanitario). |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | Tema | Proyecto | Objetivo | Actividad Específica | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | Agua Segura para Consumo Humano | Agua en localidades priorizadas con alto nivel de marginación | Proteger a la población de riesgo bacteriológico en localidades sin distribución formal de agua | Aplicar el protocolo de intervención para el aseguramiento del agua de consumo humano en localidades sin abastecimiento de agua de red, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. | | | | | | | | | | | | | Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios | | Fortalecimiento de la capacidad analítica y sistemas de gestión a través de la autorización | 250. Enviar la información requerida para el seguimiento de los proyectos que solicite la CCAYAC (Por ejemplo: marco analítico, reportes de avances, bases de datos de análisis de muestra, seguimiento a acuerdos y demás apoyo que sea requerido). No. de solicitudes atendidas/No. de solicitudes requeridas a los LESP*100). | | | | | | | | | | | 100% | 100% | 251. Enviar los reportes de atención de auditorías internas o externas (planes de acción y el estado de sus acciones correctivas) conforme a su cronograma, para dar seguimiento al mantenimiento de la autorización como Tercero. (Número de reportes enviados/No. de reportes solicitados*100). | | | | 33% | | | 33% | | | 34% | | 100% | 252. Enviar los reportes de avances de validación para dar seguimiento al mantenimiento de la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio. (Número de reportes enviados/No. de reportes solicitados). | | | | 1 | | | 1 | | | 1 | | 3 | 253. Ingreso del Trámite en tiempo conforme a las fechas de Renovación del Laboratorio. | | | | | | | | | 1 | | | 1 | 254. Obtener la renovación de la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio. | | | | | | | | | | | 1 | 1 | 255. Ampliar la Autorización de las pruebas del marco analítico incluidas en el muestreo establecido por CEMAR con enfoque de riesgos (No. de pruebas ampliadas/No. de pruebas comprometidas). | | | | | | | | | | | 2 | 2 | 256. Atender la demanda analítica del marco básico establecido por la COFEPRIS, con enfoque de riesgos y de acuerdo a las metas programadas para los proyectos incluidos en este convenio con respecto a las muestras ingresadas. | | | | | | | | | | | 100% | 100% | | | | Indicador de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | | | | Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios= (Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios realizadas / Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios programadas) x 100 | | | | | | | | | | | 100% | 100% | | | | |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | | | | Indicador de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | | | | Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios= (Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios realizadas / Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorio programadas) x 100 |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 100% | 100% | | | |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | | | | | Meta Programada Mensual | | | | Indicador Global de cumplimiento | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ags | Sept | Oct | Nov | Dic | TOTAL | | | | Cumplimiento global= Σ (Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios*0.65) (Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios*0.35) |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  | 100% | 100% | Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, José Francisco Esparza Parada.- Rúbrica.- El Subsecretario de Egresos en suplencia del Secretario de Finanzas, José Alejandro Díaz Lozano.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, Ernesto Jaime Romero Frías.- Rúbrica.
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