CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de fortalecimiento de la oferta turística en el Marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, que celebran la Secretarí

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de fortalecimiento de la oferta turística en el Marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Campeche.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE LA OFERTA TURSTICA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO REGIONAL TURSTICO SUSTENTABLE Y PUEBLOS MÁGICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL LIC. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, CON LA INTERVENCIN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIN Y DESARROLLO TURSTICO, LIC. RUBN GERARDO CORONA GONZÁLEZ Y EL LIC. HERIBERTO HERMOSILLO GOYTORTA, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE FOMENTO TURSTICO EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y FOMENTO TURSTICO; Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CAMPECHE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. RAFAEL ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, ASISTIDO POR LA SECRETARIA DE FINANZAS, C.P. AMRICA DEL CARMEN AZAR PREZ, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIN E INNOVACIN GUBERNAMENTAL, ING. GUSTAVO MANUEL ORTIZ GONZÁLEZ, EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ING. EDILBERTO JESS BUENFIL MONTALVO, EL SECRETARIO DE LA CONTRALORA, LIC. JOAQUN SANTIAGO SÁNCHEZ GMEZ, Y EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. JORGE ENRIQUE MANOS ESPARRAGOZA; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
1.     De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.
2.     Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 26 de febrero de 2016, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en materia de Fortalecimiento de la Oferta Turística en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2016 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".
3.     En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos" (PRODERMAGICO) y el "Programa Especial Concurrente", sería por un importe de $36´525,000.00 (Treinta y seis millones quinientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio autorizado
1
Infraestructura y
Servicios
Proyecto Señalética Estatal 3a. Etapa
$7´000,000.00
2
Infraestructura y
Servicios
Mejoramiento de Imagen del Acceso al Sitio Arqueológico de Calakmul
$25,100,000.00
3
Asistencia Técnica
Proyecto Ejecutivo para el Mejoramiento de la Imagen Urbana de Hecelchakán
$325,000.00
4
Imagen Urbana
Mejoramiento de la Imagen Urbana de la Ciudad de San Francisco de Campeche, nomenclatura Braille en el Centro Histórico
$450,000.00
5
Infraestructura y
Servicios
Construcción de muelle fijo y muelle flotante en la Ciudad de Palizada
$3´000,000.00
6
Asistencia Técnica
Proyecto Ejecutivo mejoramiento de la imagen Urbana de Isla Aguada, Carmen
$325,000.00
7
Asistencia Técnica
Proyecto Ejecutivo para el mejoramiento de la imagen Urbana de Calkiní
$325,000.00
Importe total del subsidio otorgado
$36´525,000.00
 
4.     En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de $42´950,000.00 (Cuarenta y dos millones novecientos cincuenta mil pesos 00 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $6´425,000.00 (Seis millones cuatrocientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR".
5.     Que con fecha 2 de junio de 2016, mediante oficio No. ST/DPPI//046/2016, emitido por el Lic. Jorge Enrique Manos Esparragoza, Secretario de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" solicitó al Lic. Rubén Gerardo Corona González, en su carácter de Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico de "LA SECTUR", realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO.
6.     El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.
7.     La Cláusula DCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.6 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO) para el ejercicio fiscal 2016".
8.     Con fecha 23 de mayo 2016, fue autorizada por el Comité Dictaminador del PRODERMAGICO la modificación de los proyectos, por medio de la cual en el Anexo 1 del Convenio se realicen los siguientes ajustes:
⏠ Disminución de los recursos destinados para el proyecto número 2, denominado "Mejoramiento de Imagen del Acceso al Sitio Arqueológico de Calakmul por $11´800,000.00 (Once millones ochocientos mil pesos 00/100 M.N.) y la adición del Proyecto denominado "Mejoramiento de Imagen del Acceso al Sitio Arqueológico de Calakmul Zona 2 INAH por un importe de $11´800,000.00 (Once millones ochocientos mil pesos 00/100 M.N.).
DECLARACIONES
I. De "LA SECTUR":
 
I.1    Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO; asimismo, se adicionan las declaraciones I.7 y I.8 en los términos siguientes:
I.7   El licenciado Rubén Gerardo Corona González, en su carácter de Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, cuenta con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente CONVENIO, según se desprende de lo previsto en el artículo 9 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo."
II.8  Que el licenciado Heriberto Hermosillo Goytortúa, en su carácter de Director General Adjunto de Fomento Turístico en Suplencia por ausencia del Director General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico, cuenta con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 41 en relación al artículo 3, inciso A, fracción I, subinciso a); 9, fracción VIII, del Reglamento Interior antes citado.
II. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
II.1   Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.
III. Comunes de "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
III.1  Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y adicionan las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:
III.3 "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes 5 y 8 del presente Convenio Modificatorio.
III.4 "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente 8 del presente Convenio Modificatorio.
III.5 La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación a los proyectos contenidos en el Anexo 1 y con ello, la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar el CONVENIO, la Cláusula Segunda; así como el Anexo 1; por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Las partes convienen en modificar la Cláusula Segunda del CONVENIO, para que su texto íntegro quede de la siguiente manera:
SEGUNDA.- MONTO DEL SUBSIDIO AUTORIZADO.- El Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" y con cargo al presupuesto de ésta, ha determinado otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", por concepto de subsidios y en el marco del programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos" (PRODERMAGICO) y el "Programa Especial Concurrente", un importe de $36´525,000.00 (Treinta y seis millones quinientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio autorizado
1
Infraestructura y
Servicios
Proyecto Señalética Estatal 3a. Etapa
$7´000,000.00
2
Infraestructura y
Servicios
Mejoramiento de Imagen del Acceso al Sitio Arqueológico de Calakmul
$13,300,000.00
3
Asistencia Técnica
Proyecto Ejecutivo para el Mejoramiento de la Imagen Urbana de Hecelchakán
$325,000.00
4
Imagen Urbana
Mejoramiento de la Imagen Urbana de la Ciudad de San Francisco de Campeche, nomenclatura Braille en el Centro Histórico
$450,000.00
5
Infraestructura y
Servicios
Construcción de muelle fijo y muelle flotante en la Ciudad de Palizada
$3´000,000.00
6
Asistencia Técnica
Proyecto Ejecutivo mejoramiento de la imagen Urbana de Isla Aguada, Carmen
$325,000.00
7
Asistencia Técnica
Proyecto Ejecutivo para el mejoramiento de la imagen Urbana de Calkiní
$325,000.00
8
Infraestructura y
Servicios
Mejoramiento de Imagen del Acceso al Sitio Arqueológico de Calakmul Zona 2 INAH
$11´800,000.00
Importe total del subsidio otorgado
$36´525,000.00
 
SEGUNDA.- El Anexo 1 que se menciona en la cláusula modificada en los términos de la cláusula anterior de este instrumento, se modifica de la misma manera y se agrega al presente Convenio Modificatorio como parte integrante de él.
TERCERA.- Las partes acuerdan que con excepción de lo que expresamente se establece en este Convenio Modificatorio, el cual pasará a formar parte integrante del CONVENIO, las Cláusulas que no fueron modificadas continuarán vigentes en los términos y condiciones estipulados en el CONVENIO, por lo que éstas regirán y se aplicarán con toda su fuerza, subsistiendo plenamente todas las demás obligaciones y derechos contenidos en el mismo, salvo las modificaciones pactadas en este instrumento.
CUARTA.- Cualquier duda que surgiese por la interpretación de este instrumento o sobre los asuntos que no estén expresamente previstos en el mismo, las partes se sujetarán en todo momento a lo establecido en el CONVENIO.
QUINTA.- Este Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, celebrado el 26 de febrero de 2016; lo firman por duplicado de conformidad y para constancia el día 30 de junio de 2016.- Por el Ejecutivo Federal, la SECTUR: el Titular de la Secretaría de Turismo, Enrique de la Madrid Cordero.- Rúbrica.- El Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, Rubén Gerardo Corona González.- Rúbrica.- El Director General Adjunto de Fomento Turístico en suplencia por ausencia del Director General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico, Heriberto Hermosillo Goytortúa.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Campeche: el Gobernador Constitucional del Estado, Rafael Alejandro Moreno rdenas.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas, América del Carmen Azar Pérez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración e Innovación Gubernamental, Gustavo Manuel Ortiz González.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas e Infraestructura, Edilberto Jesús Buenfil Montalvo.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría, Joaquín Santiago Sánchez Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Turismo, Jorge Enrique Manos Esparragoza.- Rúbrica.