ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, así como los precios máximos al público de dichos combustibles cuando se opte po

ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, así como los precios máximos al público de dichos combustibles cuando se opte por aplicar dicho estímulo, correspondientes al periodo comprendido del 25 al 31 de enero de 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 05/2017
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación
de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, así como los precios
máximos al público de dichos combustibles cuando se opte por aplicar dicho estímulo,
correspondientes al periodo comprendido del 25 al 31 de enero de 2017.
MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Segundo, Quinto y transitorio Segundo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, así como los precios máximos al público de dichos combustibles cuando se opte por aplicar dicho estímulo, durante el periodo comprendido del 25 al 31 de enero de 2017, mediante el siguiente
ACUERDO
Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, así como los precios máximos al público cuando se opte por aplicar dicho estímulo, correspondientes al período comprendido del 25 al 31 de enero de 2017.
 
Zona I
Zona II
Zona III
Zona IV
Zona V
Zona VI
Zona VII
I.- Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$0.000
$0.576
$3.356
$3.158
$3.268
$2.773
$2.912
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$0.000
$0.601
$2.598
$2.189
$2.579
$1.770
$1.583
II.- Precios máximos al público:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$16.04
$15.59
$12.81
$13.07
$12.44
$13.26
$12.89
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$17.81
$17.35
$15.35
$15.96
$15.35
$16.03
$15.88
 
Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a que se refiere el artículo quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, así como los precios máximos al público de dichos combustibles cuando se opte por aplicar
dicho estímulo, durante el período comprendido del 25 al 31 de enero de 2017.
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 20 Y HASTA 25 KILMETROS AL SUR DE LA LNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
 
Zona I
Zona II
Zona III
Zona IV
Zona V
Zona VI
Zona VII
I.- Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$0.000
$0.480
$2.797
$2.632
$2.724
$2.311
$2.427
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$0.000
$0.501
$2.165
$1.824
$2.149
$1.475
$1.319
II.- Precios máximos al público:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$16.04
$15.69
$13.37
$13.60
$12.99
$13.72
$13.37
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$17.81
$17.45
$15.78
$16.33
$15.78
$16.32
$16.14
 
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 25 Y HASTA 30 KILMETROS AL SUR DE LA LNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
 
Zona I
Zona II
Zona III
Zona IV
Zona V
Zona VI
Zona VII
I.- Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$0.000
$0.384
$2.238
$2.105
$2.179
$1.849
$1.942
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$0.000
$0.401
$1.732
$1.460
$1.719
$1.180
$1.055
II.- Precios máximos al público:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$16.04
$15.79
$13.93
$14.12
$13.53
$14.18
$13.86
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$17.81
$17.55
$16.22
$16.69
$16.21
$16.62
$16.40
 
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 30 Y HASTA 35 KILMETROS AL SUR DE LA LNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
 
Zona I
Zona II
Zona III
Zona IV
Zona V
Zona VI
Zona VII
I.- Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$0.000
$0.288
$1.678
$1.579
$1.634
$1.386
$1.456
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$0.000
$0.301
$1.299
$1.095
$1.290
$0.885
$0.791
II.- Precios máximos al público:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$16.04
$15.88
$14.49
$14.65
$14.08
$14.64
$14.34
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$17.81
$17.65
$16.65
$17.06
$16.64
$16.91
$16.67
 
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 35 Y HASTA 40 KILMETROS AL SUR DE LA LNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
 
Zona I
Zona II
Zona III
Zona IV
Zona V
Zona VI
Zona VII
I.- Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$0.000
$0.192
$1.119
$1.053
$1.089
$0.924
$0.971
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$0.000
$0.200
$0.866
$0.730
$0.860
$0.590
$0.528
II.- Precios máximos al público:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$16.04
$15.98
$15.05
$15.18
$14.62
$15.11
$14.83
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$17.81
$17.75
$17.08
$17.42
$17.07
$17.21
$16.93
 
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 40 Y HASTA 45 KILMETROS AL SUR DE LA LNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
 
Zona I
Zona II
Zona III
Zona IV
Zona V
Zona VI
Zona VII
I.- Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$0.000
$0.096
$0.559
$0.526
$0.545
$0.462
$0.485
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$0.000
$0.100
$0.433
$0.365
$0.430
$0.295
$0.264
II.- Precios máximos al público:
 
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 92 octanos:
$16.04
$16.07
$15.61
$15.70
$15.17
$15.57
$15.31
b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:
$17.81
$17.85
$17.52
$17.79
$17.50
$17.50
$17.20
 
TRANSITORIO
NICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 23 de enero de 2017.- Con fundamento en el artículo Quinto, quinto párrafo del
Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Eduardo Camero Godinez.- Rúbrica.