ACUERDO por el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea

ACUERDO por el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en los artículos 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6 y 7, fracciones I y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Primero y Segundo del Decreto por el que se establecen los términos en los que se darán a conocer las resoluciones que emita el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea de fecha 7 de septiembre de 2017, y
CONSIDERANDO
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán Ley Suprema de toda la Unión, por lo que resultan de cumplimiento obligatorio dentro del territorio nacional;
Que de conformidad con el artículo 89, fracción X constitucional, la política exterior mexicana, tiene como principios normativos: la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;
Que el 26 de junio de 1945 México suscribió la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (Carta de la ONU), Tratado que fue aprobado por el Senado de la República el 5 de octubre de 1945, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre y ratificado el 7 de noviembre de ese mismo año;
Que el 13 de abril de 2015, a fin de dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el texto de diversas resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, que incluyó las resoluciones 1718 (2006), 1874 (2009), 2087 (2013) y 2094 (2013) que imponen medidas coercitivas en contra de la República Popular Democrática de Corea;
Que posteriormente se han adoptado las resoluciones 2270 (2016), 2321 (2016), 2356 (2017), 2371 (2017) y 2375 (2017), mismas que han reiterado, modificado y ampliado las sanciones impuestas a la República Popular Democrática de Corea;
Que es necesario dar a conocer las listas del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los nacionales y cualquier otra persona dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, estén en posibilidad material y jurídica de aplicar las sanciones o abstenerse de celebrar operaciones con las personas o entidades que aparecen en las referidas listas, y
Que a fin de dar cumplimiento al Decreto por el que se establecen los términos en los que se darán a conocer las resoluciones que emita el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de septiembre de 2017, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
ARTCULO PRIMERO.- A fin de dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, se dan a conocer las siguientes resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea:
Resolución
Fecha de
Aprobación
Descripción
Página electrónica en el que
podrá ser consultado el texto
íntegro
Resolución 2270 del
Consejo de
Seguridad
2 de marzo de 2016
Amplía el régimen de
sanciones contra la
RPDC
https://www.gob.mx/sre/documento
s/resolucion-2270-aprobada-por-el-
consejo-de-seguridad-en-su-7638-
sesion?state=published
Resolución 2321 del
Consejo de
Seguridad
30 de noviembre de
2016
Amplía el régimen de
sanciones contra la
RPDC
https://www.gob.mx/sre/documento
s/resolucion-2321-aprobada-por-el-
consejo-de-seguridad-en-su-7821-
sesion?state=published
Resolución 2356 del
Consejo de
Seguridad
2 de junio de 2017
Amplía el régimen de
sanciones contra la
RPDC
https://www.gob.mx/sre/documento
s/resolucion-2356?state=published
Resolución 2371 del
Consejo de
Seguridad
5 de agosto de 2017
Amplía el régimen de
sanciones contra la
RPDC
https://www.gob.mx/sre/documento
s/resolucion-2371-aprobada-por-el-
consejo-de-seguridad-en-su-8019-
sesion?state=published
Resolución 2375 del
Consejo de
Seguridad
11 de septiembre de
2017
Amplía el régimen de
sanciones contra la
RPDC
https://www.gob.mx/sre/documento
s/resolucion-2375-aprobada-por-el-
consejo-de-seguridad-en-su-8042-
sesion-celebrada-el-11-de-
septiembre-de-2017?
state=published
 
ARTCULO SEGUNDO.- Se dan a conocer los siguientes listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, en los cuales se identifican personas, entidades y artículos sujetos al régimen de sanciones establecido por la resolución 1718 de fecha 14 de octubre de 2006, y resoluciones subsecuentes de dicho órgano, respecto a la República Popular Democrática de Corea:
·   Lista consolidada de personas y entidades sujetas a sanciones por el Comité establecido en virtud de la resolución 1718 (2006). En la siguiente página electrónica podrá ser consultado el texto íntegro:
https://scsanctions.un.org/fop/fop?xml=htdocs/resources/xml/sp/consolidated.xml&xslt=htdocs/resources/xsl/sp
/dprk.xsl
·   Lista de artículos prohibidos a la exportación y de importación de la República Popular Democrática de Corea en virtud de la resolución 1718 (2006) del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas. En la siguiente página electrónica podrá ser consultado el texto íntegro:
https://www.un.org/sc/suborg/es/sanctions/1718/prohibited-items
ARTCULO TERCERO.- Las resoluciones y listas mencionadas en los artículos Primero y Segundo del presente Acuerdo, podrán consultarse también en la página electrónica institucional de la Secretaría de Relaciones Exteriores, disponible en:
https://www.gob.mx/sre/acciones-y-programas/regimen-de-sanciones-del-consejo-de-seguridad-de-la-onu-
relativo-a-corea-del-norte
TRANSITORIO
NICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los quince días del mes de septiembre del dos mil diecisiete.- El
Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.