ANEXOS 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 17, 23, 25 y 25-Bis de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, publicada el 10 de octubre de 2017

ANEXOS 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 17, 23, 25 y 25-Bis de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, publicada el 10 de octubre de 2017. (Continúa de la Segunda Sección).

(Viene de la Segunda Sección)
Modificación al Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
COMPILACIN DE CRITERIOS NORMATIVOS
PRIMERO. De conformidad con los artículos 33, penúltimo párrafo y 35 del CFF, en relación con la regla 1.9., fracción VIII de la RMF 2017, se dan a conocer los criterios normativos en materia de impuestos internos, conforme a lo siguiente:
 
CONTENIDO
APARTADOS:
A. Criterios del CFF
1/CFF/N a          ..............................................................................................................
29/CFF/N           ..............................................................................................................
 
B. Criterios de la Ley del ISR
1/ISR/N a           ..............................................................................................................
64/ISR/N            ..............................................................................................................
 
C. Criterios de la Ley del IVA
1/IVA/N a           ..............................................................................................................
40/IVA/N            ..............................................................................................................
41/IVA/N            En la enajenación de artículos puestos a bordo de aeronaves. Aplicación del Convenio sobre Transportes Aéreos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América y otros equivalentes (Se deroga)
42/IVA/IEPS/N     ..............................................................................................................
D. Criterios de la Ley del IEPS
1/IEPS/N a         ..............................................................................................................
9/IEPS/N            ..............................................................................................................
E. Criterios de la LFD
1/LFD/N a          ..............................................................................................................
2/LFD/N             ..............................................................................................................
F. Criterios de la Ley de Ingresos de la Federación
1/LIF/N              ..............................................................................................................
G. Criterios de la LISH
1/LISH/N a         ..............................................................................................................
14/LISH/N          ..............................................................................................................
 
A. Criterios del CFF
1/CFF/N a       ..............................................................................................................
29/CFF/N       ..............................................................................................................
B. Criterios de la Ley del ISR
1/ISR/N a       ..............................................................................................................
64/ISR/N        ..............................................................................................................
C. Criterios de la Ley del IVA
1/IVA/N a       ..............................................................................................................
40/IVA/N        ..............................................................................................................
41/IVA/N        En la enajenación de artículos puestos a bordo de aeronaves. Aplicación del Convenio sobre Transportes Aéreos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América y otros equivalentes. (Se deroga)
El artículo 1, fracción I de la Ley del IVA indica que están obligadas al pago del impuesto establecido en dicha ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, enajenen bienes. Además, el contribuyente deberá trasladar el impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que adquieran los bienes.
Del Convenio sobre Transportes Aéreos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra registrado ante la Secretaría de Relaciones Exteriores; se observa que conforme al Artículo 7, inciso d) de dicho Convenio, ambas partes acordaron exentar, a base de reciprocidad, de impuestos de aduanas, arbitrios, derechos de inspección y otros impuestos o gravámenes nacionales, al combustible, aceites lubricantes, otros materiales técnicos fungibles, piezas de repuesto, equipo corriente y provisiones puestos a bordo de las aeronaves de las líneas de una parte en el territorio de la otra y usados en servicios internacionales.
En consecuencia, la expresión otros impuestos o gravámenes nacionales que incide en el combustible, aceites lubricantes, otros materiales técnicos fungibles, piezas de repuesto, equipo corriente y provisiones puestos a bordo de aeronaves a que se refiere el inciso citado, debe entenderse en un contexto amplio; es decir, referida a todos los impuestos y gravámenes instituidos en México, considerando el propósito y fines por los que se celebró el Convenio.
Sin embargo, el IVA trasladado a las líneas aéreas que tengan derecho a aplicar los beneficios del Convenio referido, en la enajenación de los artículos a que se refiere el Artículo 7, inciso d) del Convenio, siempre que sean usados en servicios aéreos internacionales, podrá ser susceptible de solicitarse en devolución, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del CFF y a las demás disposiciones aplicables.
Este criterio también resulta aplicable a todos aquellos convenios bilaterales aéreos que México tenga en vigor y que contengan una disposición idéntica o análoga al Artículo 7, inciso d) del Convenio a que se refieren los párrafos anteriores.
 
Origen
Primer antecedente
2012
0ficio 600-04-02-2012-68776 de 22 de octubre de 2012 mediante el cual se dan a conocer los criterios normativos aprobados en el tercer trimestre 2012. Oficio 600-04-02-2012-69616 de 29 de noviembre de 2012 a través del cual se da a conocer el Boletín 2012, con el número de criterio normativo 138/2012/IVA.
Motivo de la derogación
En atención a que ha sido incorporado al Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2016, que estarán exentos sobre la base de reciprocidad los impuestos al consumo interno.
42/IVA/IEPS/N ..............................................................................................................
D. Criterios de la Ley del IEPS
1/IEPS/N a      ..............................................................................................................
9/IEPS/N        ..............................................................................................................
E. Criterios de la LFD
1/LFD/N         ..............................................................................................................
2/LFD/N         ..............................................................................................................
F. Criterios de la Ley de Ingresos de la Federación
1/LIF/N          ..............................................................................................................
G. Criterios de la LISH
1/LISH/N a      ..............................................................................................................
14/LISH/N      ..............................................................................................................
Atentamente
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
 
Contenido
Información actualizada hasta el 29 de septiembre de 2017, de conformidad al artículo 19 de la Ley
del IEPS.
A.                   ................................................................................................................
B.                   Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de
tabacos labrados
C. a G.             ................................................................................................................
 
 
A.      .........................................................................................................................
B.     Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos
labrados
 
Claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas:
..............................................................................
Claves de marcas de tabacos labrados:
1.        BRITISH AMERICAN TOBACCO MEXICO, S.A. DE C.V.,                          R.F.C. BAT910607F43
CLAVES                MARCAS
001189         Lucky Strike Original 25s FF 83MM CD Con Filtro Tubo
001190         Lucky Strike Dark Infuse 20s FF 83MM CD Con Filtro Tubo
001191         Lucky Strike Blond Infuse 20s FF 83MM CD Con Filtro Tubo
..........................................................................................................................................
 
 
35.      GESTION INTERNACIONAL DE MEXICO S DE RL DE CV.,                         R.F.C. GIM030523KV7
 
CLAVES                MARCAS
035004                Prime Time Cherry
035005                Prime Time Vainilla
..........................................................................................................................................
 
44.        MONTEPAZ MEXICO, S.A. DE C.V.,                                                  R.F.C. MME090512TS7
 
CLAVES                MARCAS
044004                  Madison Fresh
044005                  Norton Full Flavor
C. a G  .............................................................................................................................
Atentamente
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
Contenido
* Información generada desde el 14 de junio hasta el 15 de agosto de 2017, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF.
1.    Autorizaciones.
A.   Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)
B.   Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)
C.   Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica (artículo 79, fracción XI de la Ley del ISR)
D.   Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)
E.   Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la Ley del ISR)
 
F.   Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)
G.   Organizaciones civiles y fideicomisos para la reproducción de especies en protección y peligro de extinción (artículo 79, fracción XX de la Ley del ISR)
H.   Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)
I.    Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 36, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)
J.   Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de bibliotecas privadas con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)
K.   Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)
L.   Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)
2.    Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.
M.   Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).
3.     Revocaciones.
4.     Actualizaciones.
4.1. Cambios de Denominación
4.2. Cambios de Rubro
5.     Rectificaciones.
5.1. Ejercicio 2016
6.     Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medida Cautelar.
1.    Autorizaciones.
A.    Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
ABU1604085I3
Abuelandia, A.C.
AUI141121NX4
Acajete Unido Impulsando El Desarrollo, A.C.
AAC150310GH5
ACAPSO Agrupación Cívica de Adolescentes y Personas Socialmente Opacadas, A.C.
AVC111005BX3
Alcance Victoria Central Tijuana, A.C.
ACH0605036A3
Alegra Casa Hogar, A.C.
ABS140903E3A
Alianza para el Bienestar Social Alprebs, A.C.
ANA160620U56
Angeles Naranjas, A.C.
APS150321KG3
Antal Promoción de la Salud, A.C.
ARA161114515
Antelmo Ramírez Arreortua, A.C.
AAA131108AC3
Asistencia para Alcoholismo y Adicciones Biocon, A.C.
ALC150511315
Asociación de Lucha Contra el Cáncer en Niños, A.C.
ALE1701057C3
Asociación Lebbeo, A.C.
AAV151105MR8
Aves, Asociación de Vivienda y de Estudios Socioculturales, A.C.
APB140728C91
Ayuda Progreso y Bienestar Maoo, A.C.
CSP130716N17
C&j Sonidos y Palabras, A.C.
CAF160926QD7
Cafecol, A.C.
CEN991209D5A
Casa Esperanza para Niños, I.A.P.
CHC150513KV3
Casa Hogar Corazón Valiente San Miguel, A.C.
CHP040507489
Casa Hogar Príncipe de Paz, A.C.
CAM150324HV3
Centro de Ayuda a Mujeres Vulnerables, A.C.
CIA100225SS3
Centro de Innovación de Agricultura Sostenible en Pequeña Escala, A.C.
CRA980204SK9
Centro de Rehabilitación El Alfarero, A.C.
COD150212163
Centro ptico Dental E, Code, A.C.
CPV120320UGA
Cida Palo Verde, A.C.
CJH1608165J8
Colores de Jhia, A.C.
CHE140815Q16
Comedor la Hermandad, A.C.
CAH160816TW4
Comunidad de Alianza Hechos 242, A.C.
CSG591205A91
Conde de Sierra Gorda, A.C.
CSV051214HU6
Convivencia sin Violencia, A.C.
COT101117FL0
Creando Oportunidades para Todos, A.C.
MUV140206HF9
De la Mano por una Vida Digna, A.C.
DDM080131TZ3
Delfiton de México, A.C.
DAR1606023G8
Desarrollar Acciones a Realizar con xito, A.C.
DDD120806U6A
Descendientes de David, A.C.
DMT161219LY1
Di Más Por Ti, A.C.
DIR081028KA1
DIRUVI, A.C.
DGP130520BS6
Diseño y Gestión de Proyectos, A.C.
DUS000328KS6
Drogadictos Unidos en Superación, A.C.
EDU151111P38
EDUCAV, A.C.
EEC1401296V2
Emcopaz, Empresa Constructora de Paz, A.C.
ETC1101187C6
Emotional Trainning Center LFH, A.C.
EDI160912LU0
Enfoque Desarrollo e Innovación Social, A.C.
EAM160930JE9
Equinoterapia Amblar, A.C.
ESV1006078M1
Esperanza y Solidaridad Veracruzana, A.C.
EFA970220N96
Extra Fondo de Apoyo a Trabajadores de los Medios de Comunicación, A.C.
FFU160224834
Familias con Futuro, A.C.
FAS150120GN1
Fundación Arther Salud, A.C.
FCX140630Q89
Fundación Camacho Xtreme, A.C.
FCF1603043T8
Fundación Chiara e Francesco, A.C.
FCL150303IQ9
Fundación Claraval, A.C.
FDP100222EF2
Fundación Detalles Pequeños, A.C.
FEB000609SL7
Fundación Emmanuel del Bajío, A.C.
FHA140618TF6
Fundación Haccesbit, A.C.
FIS161206L75
Fundación ISSSTE, A.C.
FJT100921333
Fundación Jóvenes Tlatilco, A.C.
FJZ131024FL3
Fundación Jóvenes Zacatecanos, A.C.
FMM1308124Q4
Fundación Mano con Mano por Baja California, A.C.
GHD100203JJ4
Fundación Manos Creando, A.C.
FMM160316L83
Fundación Mas Manos al Servicio, A.C.
ACM131111KX8
Fundación Michel, Centro para la Atención de Personas con Discapacidad Auditiva, I.A.P.
FAT160811C35
Fundación para la Atención y Traslado del Paciente Crítico, A.C.
FPF150901FF8
Fundación Pasos Firmes por Amor, A.C.
FPE021122GKA
Fundación Peters, I.A.P.
FUA1703287E0
Fundación Unidos con Amor por México, I.A.P.
FVA1503241Z6
Fundación Vace, A.C.
GAC150624MM9
Grupo de Ayuda Convicción por México, A.C.
HME151117R91
Hertz Mek, A.C.
HPA090731LF1
Huellas de Pan, A.C.
HUN161028AF8
Hunnic, A.C.
III1504167Y8
IIPSIS Investigación e Intervención Psicosocial, A.C.
IDY150623K4A
Ingenieros para el Desarrollo de Yucatán, A.C.
IBS130620BNA
Institución de Bienestar Social y Salud Emocional, A.C.
IIC131016NB2
Instituto ICADI, A.C.
INM130308RD1
Integración Nacional de Mujeres Aralia INAMUJ, A.C.
KAG090805LK9
Kinal Antzetik Guerrero, A.C.
LAE1608268A0
Lazos de Amor y Esperanza, A.C.
LQN050818QQ9
Lo Que Nos Mueve Eres Tú, A.C.
MVE150626CW5
Manos y Voces por la Educación, A.C.
MRE140711LB5
Mapa Renacer, A.C.
FEP140516975
Más Allá de la Adversidad, A.C.
MHS990427MK8
MDR Hogar San Luis, A.C.
MBI160507IS3
Meyaj Biin, A.C.
MAM060324K21
Misión Acción México, A.C.
MBA0506304B9
Mizran de la Baja, A.C.
MVA100628DK1
Mujeres de Valor, A.B.P.
MFR990825CG7
Mujeres en Frecuencia, A.C.
MTP151211DS9
Mujeres Trabajando por el Progreso de la Región, A.C.
MUR161012TC5
Mujeres Unidas Rompiendo Cadenas, A.C.
NTE160907386
Nuestro Tequio, A.C.
NAB0902178L6
Nuevo Abrigo, A.C.
ORN1010078J5
Ornaprodu, A.C.
PVI780210D77
Pan de Vida, A.C.
PNM1411056Q7
Parlamento Nacional de la Mujer, A.C.
PAY141013789
Pasión por Ayudar, A.C.
PCN100215UG5
Patronato Chihuahua por sus Niños, A.C.
PAS8501093N6
Patronato de Apoyo Social, A.C.
PFC680913P32
Patronato Femenil de la Casa Hogar, Monseñor Enrique Tomás Lozano, A.C.
PIE050609DQ6
Patronato Infantil Emanuel, A.C.
UBC130115PH6
Por un Bien Común, A.B.P.
PCR141101B10
Prevención de Conductas de Riesgo, A.C.
PIF170228QB1
Prof. Isidro Flores Velasco, I.A.P.
PSI160818AD6
Profesionales en Salud Integral Yucatán, A.C.
RES151218MA0
Regalando Estrellas, A.C.
SDS890421T57
Servicios para el Desarrollo Social, A.C.
SDE890307S59
Sistema Desem, A.C.
SUI140414HR8
Sustentabilidad Urbana Ideas que Transforman, A.C.
SEC1607295X0
Sustento de Enfermedades Crónicas y Terminales, A.C.
TUC1507067W3
Taiyari un Corazón para Todos, A.C.
TNM130528QFA
Todos por los Niños del Municipio de Tepeapulco, A.C.
TNC1308293S0
Transformando Nuevos Comienzos, A.C.
UGR141002NPA
Unidos Por Gratitud, A.C.
USH160512HP6
Unidos Somos Héroes, A.C.
UCD1210197L3
Unión Comunitaria para el Desarrollo Sustentable en la Orilla de la Tierra, A.C.
URG160302APA
Unión Revolucionaria, Gral. Escobedo, NL, A.C.
VPC121115M16
Vida Plena Corazón Contento, A.C.
VCC150203EJ6
Voluntad Contra el Cáncer Reynosa- Río Bravo, A.C.
VSM080513313
Voluntad Solidaria por México, A.C.
XAL060116V33
Xalhabana, A.C.
 
B.    Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
ACS610310B97
Acción Cultural y Social de Monterrey, A.C.
CEM161109GG3
Calidad Educativa Martinak, A.C.
CGV920228R40
Colegio Guadalupe Victoria de Chavinda, A.C.
CMV740720G8A
Colegio Motolinia de Villaflores Chiapas, A.C.
EIS150812EGA
Educación Integral Sullivan, A.C.
EEN7710173W9
Escuela de Enfermería Nuestra Señora de Guadalupe, A.C.
FEV160308TL1
Fundación Escuela para la Vida, A.C.
IJV960604MZ6
Instituto Juventud de Villa de García, A.C.
IPS890504MN9
Instituto Plancarte de San Juan del Río, A.C.
LUZ6001279I0
La Luz, A.C.
NEI160218ETA
Nic Educación Internacional, S.C.
 
D.    Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
ACC120117DH0
Artistas y Creadores de Chihuahua, A.C.
CDI151114CC9
Centro de Documentación e Investigación Musical Hidalguense, A.C.
CPU150417FI0
Círculo Púrpura, A.C.
SAM081106HI6
Con Sabor a México Arte y Cultura, A.C.
CIT090116AF8
Consejo para Innovar la Tradición Cerámica de Oaxaca, A.C.
CCS120614JH1
Contraparte Cultural del Sur, A.C.
CME140514AM4
Creando a México, A.C.
CGC130408FR0
Cuentos Grandes para Calcetines Pequeños, A.C.
CMC161104GQ2
Cultura por México, Culmex, A.C.
CCA1512172H3
Cultural Chakte, A.C.
DCI140319U7A
Desarrollo Cultura e Impulso de Temascalcingo DECIDTE, A.C.
FIC1604159U3
Fomento para las Industrias Creativas y Culturales de México, A.C.
FDC1001265J8
Fundación Desarrollo Contigo, A.C.
FNU160905BZ3
Fundación Ni Un Teatro Menos, A.C.
FSM1509273K7
Fundación Somos Mexicanos y Somos Lectores, A.C.
FTA170223B17
Fundación Tamara, A.C.
GBC160112KG7
Generando Bienestar y Cultura, A.C.
IMR130905277
Instituto Mexicano de Recreación y Tiempo Libre, Parques y Animación Socio-Cultural, A.C.
JPF160604760
Juventud a Paso Firme, A.C.
JEP160426PI1
Juventud Emprendedora Poblana, A.C.
NMI120131RS4
Nonoalco Mixcoatl, A.C.
OTT161012PX5
One, Two, Three for The Human Rights, A.C.
OTM110720IB9
Otro Tiempo México, A.C.
PSO1508253QA
Práctica Social, A.C.
REC0910288D3
Raíces y Esencias Culturales de Pátzcuaro, A.C.
SGC1604139F7
Sophia-Cultura, Arte y Sabiduría, A.C.
VCS000316857
Voces contra el Silencio, Video Independiente, A.C.
 
E.    Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
FLP870829KC5
Fundación Limón Padilla
HCA1704049J2
Hecho con Capacidad, A.C.
NDE1702209E6
Nosotr@s Por La Democracia, A.C.
 
F.    Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
AME090530DN3
AMEAM, A.C.
FIC150622686
Fauna Ilimitada de Chihuahua, A.C.
FMA901123E56
Fundación Miguel Ángel Barberena Vega, A.C.
IPA081204QV4
Instituto de Planeación Ambiental y Calidad de Vida, A.C.
OVI1501215J6
Océanos Vivientes, A.C.
PCE101026GI0
Patronato Cultural Ecológico Animal, A.C.
PDC090622FZA
Patronato para la Defensa y Conservación del Fraccionamiento Jardines del Pedregal de San Ángel, A.C.
SCA840625MG2
Sarar Capacitación, A.C.
 
H.    Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
PIN150914D37
Patronato del Instituto Nacional de Geriatría, A.C.
ROS141113F92
Rafiringa Organización de Solidaridad Internacional No Lucrativa de Utilidad Social, A.C.
 
I.     Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 36, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
APB0508088DA
Asociación Pro Bomberos de Tijuana, A.C.
CPA1702228Q4
Comité Pro- Mejoramiento de la Aduana Fronteriza de Tijuana, A.C.
ESU110629NX4
Escuelas Sustentables, A.C.
MTD121205IB8
México 32 en Desarrollo, A.C.
PBP000404QE8
Patronato de Bomberos y Protección Civil de Mexicali, A.C.
RRE161219SI2
Riviera Rescue, A.C.
K.    Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 134 del Reglamento de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
MNA030416CK3
Museo Nacional de la Acuarela Alfredo Guati Rojo, A.C.
 
L.    Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
AUB150527881
Amigos Unidos para el Bien de México, A.C.
BME140304JI3
Butterflies en México, A.C.
CCA120330H10
CADHEM Contra los Abusos de los Derechos Humanos en México, A.C.
CCA830407UY9
Centro de Ciencias y Artes, A.C.
CCT110209KC4
Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI, A.C.
ENE150910MS2
Espacio Neuroespiritual, A.C.
FCA170531188
Fundación Ciudadanía Activa, A.C.
FDS1604073E3
Fundación Despierta y Sonríe, A.C.
FUM170130LQ5
Fundación por una Mejor Ciudad, A.C.
FRO160405KF9
Fundación Robid, A.C.
HRE160125EE2
Hagamos Realidades, A.C.
MDE161021L67
Maquech Desarrollo Equitativo, A.C.
MCJ140507K73
México y Caribe Jóvenes, A.C.
MTL160825S43
Mujeres Tejiendo Lazos en Sororidad, A.C.
OCM151023A88
Observatorio Ciudadano de Mazatlán, A.C.
OCD161025CY0
Observatorio para la Competitividad y el Desarrollo de Sonora, A.C.
PBT910610SP2
Patronato de Bomberos de Tapachula, A.C.
DMD070628IT8
Por el Derecho a Morir con Dignidad, A.C.
RZE0804095R3
Rutas Zapotecas Ecoturísticas, A.C.
SPP110302U66
Se Permite Pensar, A.C.
TAC150305F15
Tenamaztle Arte y Cultura por los Derechos Humanos, A.C.
 
2.     Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.
M.    Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).
RFC
Denominación Social
Objeto
ABU1604085I3
Abuelandia, A.C.
Asistencial
AAC150310GH5
ACAPSO Agrupación Cívica de Adolescentes y Personas Socialmente Opacadas, A.C.
Asistencial
ACS610310B97
Acción Cultural y Social de Monterrey, A.C.
Educativa
AVC111005BX3
Alcance Victoria Central Tijuana, A.C.
Asistencial
ALE160203UF1
Alemex2014, A.C.
Asistencial
AME090530DN3
AMEAM, A.C.
Ecológica
AUB150527881
Amigos Unidos para el Bien de México, A.C.
Desarrollo Social
ANA160620U56
Angeles Naranjas, A.C.
Asistencial
APS150321KG3
Antal Promoción de la Salud, A.C.
Asistencial
CED101119FW6
Asociación Cedidown, I.A.P.
Asistencial
AJA9712154VA
Asociación Juvenil de Ayuda al Niño y al Discapacitado, A.C.
Asistencial
ALE1701057C3
Asociación Lebbeo, A.C.
Asistencial
AMA1105312X6
Asociación Magisterial Arte y Gestión, A.C.
Cultural
AAV151105MR8
Aves, Asociación de Vivienda y de Estudios Socioculturales, A.C.
Asistencial
CSP130716N17
C&j Sonidos y Palabras, A.C.
Asistencial
CAF160926QD7
Cafecol, A.C.
Asistencial
CAM150324HV3
Centro de Ayuda a Mujeres Vulnerables, A.C.
Asistencial
CDI151114CC9
Centro de Documentación e Investigación Musical Hidalguense, A.C.
Cultural
CRA980204SK9
Centro de Rehabilitación El Alfarero, A.C.
Asistencial
CPV120320UGA
Cida Palo Verde, A.C.
Asistencial
CPU150417FI0
Círculo Púrpura, A.C.
Cultural
CAH160816TW4
Comunidad de Alianza Hechos 242, A.C.
Asistencial
CIT090116AF8
Consejo para Innovar la Tradición Cerámica de Oaxaca, A.C.
Cultural
CMC161104GQ2
Cultura por México, Culmex, A.C.
Cultural
CCA1512172H3
Cultural Chakte, A.C.
Cultural
MUV140206HF9
De la Mano por una Vida Digna, A.C.
Asistencial
DDM080131TZ3
Delfiton de México, A.C.
Asistencial
DAR1606023G8
Desarrollar Acciones a Realizar con xito, A.C.
Asistencial
DCI140319U7A
Desarrollo Cultura e Impulso de Temascalcingo DECIDTE, A.C.
Cultural
DDD120806U6A
Descendientes de David, A.C.
Asistencial
DPA1206297A6
Doctor Payaso, A.C.
Asistencial
EDU151111P38
EDUCAV, A.C.
Asistencial
EEC1401296V2
Emcopaz, Empresa Constructora de Paz, A.C.
Asistencial
ETC1101187C6
Emotional Trainning Center LFH, A.C.
Asistencial
EDI160912LU0
Enfoque Desarrollo e Innovación Social, A.C.
Asistencial
EAM160930JE9
Equinoterapia Amblar, A.C.
Asistencial
ESV1006078M1
Esperanza y Solidaridad Veracruzana, A.C.
Asistencial
FCX140630Q89
Fundación Camacho Xtreme, A.C.
Asistencial
FCL150303IQ9
Fundación Claraval, A.C.
Asistencial
FDP100222EF2
Fundación Detalles Pequeños, A.C.
Asistencial
FEB000609SL7
Fundación Emmanuel del Bajío, A.C.
Asistencial
FHA140618TF6
Fundación Haccesbit, A.C.
Asistencial
FIS161206L75
Fundación ISSSTE, A.C.
Asistencial
FJZ131024FL3
Fundación Jóvenes Zacatecanos, A.C.
Asistencial
FMM1308124Q4
Fundación Mano con Mano por Baja California, A.C.
Asistencial
ACM131111KX8
Fundación Michel, Centro para la Atención de Personas con Discapacidad Auditiva, I.A.P.
Asistencial
FPE021122GKA
Fundación Peters, I.A.P.
Asistencial
FUA1703287E0
Fundación Unidos con Amor por México, I.A.P.
Asistencial
GBC160112KG7
Generando Bienestar y Cultura, A.C.
Cultural
HME151117R91
Hertz Mek, A.C.
Asistencial
HUN161028AF8
Hunnic, A.C.
Asistencial
III1504167Y8
IIPSIS Investigación e Intervención Psicosocial, A.C.
Asistencial
IDY150623K4A
Ingenieros para el Desarrollo de Yucatán, A.C.
Asistencial
IBS130620BNA
Institución de Bienestar Social y Salud Emocional, A.C.
Asistencial
IPA081204QV4
Instituto de Planeación Ambiental y Calidad de Vida, A.C.
Ecológica
IMR130905277
Instituto Mexicano de Recreación y Tiempo Libre, Parques y Animación Socio-Cultural, A.C.
Cultural
JEP160426PI1
Juventud Emprendedora Poblana, A.C.
Cultural
KAG090805LK9
Kinal Antzetik Guerrero, A.C.
Asistencial
LAE1608268A0
Lazos de Amor y Esperanza, A.C.
Asistencial
LQN050818QQ9
Lo Que Nos Mueve Eres Tú, A.C.
Asistencial
MVE150626CW5
Manos y Voces por la Educación, A.C.
Asistencial
MRE140711LB5
Mapa Renacer, A.C.
Asistencial
MBI160507IS3
Meyaj Biin, A.C.
Asistencial
MAM060324K21
Misión Acción México, A.C.
Asistencial
MBA0506304B9
Mizran de la Baja, A.C.
Asistencial
MVA100628DK1
Mujeres de Valor, A.B.P.
Asistencial
MFR990825CG7
Mujeres en Frecuencia, A.C.
Asistencial
MUR161012TC5
Mujeres Unidas Rompiendo Cadenas, A.C.
Asistencial
NTE160907386
Nuestro Tequio, A.C.
Asistencial
OVI1501215J6
Océanos Vivientes, A.C.
Ecológica
OTT161012PX5
One, Two, Three for The Human Rights, A.C.
Cultural
ORN1010078J5
Ornaprodu, A.C.
Asistencial
OTM110720IB9
Otro Tiempo México, A.C.
Cultural
PVI780210D77
Pan de Vida, A.C.
Asistencial
PNM1411056Q7
Parlamento Nacional de la Mujer, A.C.
Asistencial
PCE101026GI0
Patronato Cultural Ecológico Animal, A.C.
Ecológica
PCR141101B10
Prevención de Conductas de Riesgo, A.C.
Asistencial
PIF170228QB1
Prof. Isidro Flores Velasco, I.A.P.
Asistencial
PSI160818AD6
Profesionales en Salud Integral Yucatán, A.C.
Asistencial
REC0910288D3
Raíces y Esencias Culturales de Pátzcuaro, A.C.
Cultural
RSU081223MD7
Red Social Up, A.C.
Asistencial
SDS890421T57
Servicios para el Desarrollo Social, A.C.
Asistencial
SAD1508056N4
Sonora Adelante, A.C.
Asistencial
SGC1604139F7
Sophia-Cultura, Arte y Sabiduría, A.C.
Cultural
SUI140414HR8
Sustentabilidad Urbana Ideas que Transforman, A.C.
Asistencial
UGU980314L76
Unidos de Guadalajara, A.C.
Asistencial
USH160512HP6
Unidos Somos Héroes, A.C.
Asistencial
UDU041211K71
Universidad Dunamis, A.C.
Educativa
VCC150203EJ6
Voluntad Contra el Cáncer Reynosa- Río Bravo, A.C.
Asistencial
3.    Revocaciones.
RFC
Denominación Social
Objeto
CTT0811109S8
Chantiik Taj Tajinkutic, A.C.
Asistencial
ETT100311PR3
Evo Trabajando para Ti, A.C.
Asistencial
FIM1602093M6
Fundación Involucrarte con el Mundo, A.C.
Becante
PHD930428650
Patronato del Hospital Doctor Juan Graham Casasús, A.C.
Apoyo Económico
 
4.    Actualizaciones.
4.1. Cambios de Denominación
RFC
Denominación Social
Objeto
 
Anterior:
 
FJN910614HE6
Fundación Junto con los Niños de Puebla, A.C.
Asistencial
 
Actual:
 
 
Fundación Juconi México, A.C.
 
 
 
Anterior:
 
FOM0809297H0
Fundación Omnilife, A.C.
Apoyo Económico
 
Actual:
 
 
Fundación Jorge Vergara, A.C.
 
 
 
Anterior:
 
PMT9408301E9
Patronato del Museo Tecnológico de Comisión Federal de Electricidad, A.C.
Desarrollo Social
 
Actual:
 
 
Fundación CFE, A.C.
 
 
4.2. Cambios de Rubro
RFC
Denominación Social
Rubro Autorizado
Anterior
Actual
PMT9408301E9
Fundación CFE, A.C.
H
L
FGR040906RGA
Fundación Gruma, A.C.
A
H
LNI160503P93
Leer nos Incluye a TODOS, I.A.P.
A
D
TSF141022F25
Tecnología Sin Fines de Lucro, A.C.
I
L
 
5.    Rectificaciones.
5.1  Ejercicio 2016.
 
Debe decir:
1.   Autorizaciones.
B.   Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
ACS610310B97
Acción Cultural y Social de Monterrey, A.C.
 
2.    Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.
M.   Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.8. de la RMF).
RFC
Denominación Social
Objeto
ACS610310B97
Acción Cultural y Social de Monterrey, A.C.
Educativa
 
H.   Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)
RFC
Denominación Social
PIN150914D37
Patronato del Instituto Nacional de Geriatría, A.C.
 
6.     .............................................................................................................................
Atentamente.
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
Contenido
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
A.     ................................................................................................................................
B.     ................................................................................................................................
C.     Código de Claves Vehiculares:
1.   Registradas.
 
 
C.    Código de claves vehiculares
1. Registradas
Clave                Empresa                    01 :                     FCA México, S.A. de C.V. (antes Chrysler de
México, S.A. De C.V.)

           Modelo 10 :      Jeep

 
00110AC           Versión                      AC :                    Jeep Cherokee 4x2 aut., 3.2 lts., 6 cil., 5 ptas.
00110AD                                           AD :                    Jeep Wrangler JK, aut., 3.6 lts., 6 cil., 2 ptas.
00110AE                                           AE :                     Jeep Wrangler JK Unlimited, aut., 3.6 lts., 6 cil., 4 ptas.
00110AF                                           AF :                     Jeep Grand Cherokee 4x4 aut., 5.7 lts., 8 cil., 5 ptas.
                       Modelo                      32 :                     Ram 2500 (nacional)
1013221            Versión                      21 :                     Crew Cab HD 4x4 aut., 6.4 lts., 8 cil., gasolina
Clave                Empresa                     02 :                    Ford Motor Company, S.A. de C.V.
                       Modelo                      12 :                     Mustang 2 puertas (importado)
0021219            Versión                      19 :                     GT o GT Coupé Premium, T/M, motor 5.0 lts., piel o tela, 8 cil.
0021220                                            20 :                     GT o GT Coupé Premium, T/A, motor 5.0 lts., piel o tela, 8 cil.
0021226                                            26 :                     Ecoboost o Ecoboost Premium, motor 2.3 lts., T/A, piel o tela, 4 cil.
0021227                                            27 :                     Ecoboost o Ecoboost Premium, motor 2.3 lts., T/M, piel o tela, 4 cil.
0021228                                            28 :                     Ecoboost o Ecoboost Premium Convertible, motor 2.3 lts., T/M, piel, 4 cil.
0021230                                            30 :                     Ecoboost Premium Convertible, motor 2.3 lts., T/A, piel, 4 cil.
0021231                                            31 :                     GT Premium Convertible, motor 5.0 lts., T/M, piel, 8 cil.
                       Modelo                      21 :                     Expedition 4 puertas (importado)
0022124            Versión                      24 :                     XLT MAX 4x2, motor 3.5 lts., Ecoboost, V6, T/A, 10 vel., piel
                       Modelo                      44 :                     Eco Sport 4 puertas (importado)
0024410            Versión                      10 :                     Titanium 4x2, motor 2.0 lts., I4, T/A, tela o piel, 4 cil.
0024411                                            11 :                     Ambiente, motor 1.5 lts., Dragon I3, T/M, tela, 3 cil.
0024412                                            12 :                     Ambiente, motor 2.0 lts., GDI, I4, T/A, tela, 4 cil.
0024413                                            13 :                     Trend, motor 1.5 lts., Dragon I3, T/M, tela, 3 cil.
                       Modelo                      47 :                     Lincoln 4 puertas (nacional)
0024706            Versión                      06 :                     MKZ Premiere, motor 2.0 lts., GTDI I4 o GTDI EcoBoost I4, T/A, 6 vel., piel, 4 cil.
0024707                                            07 :                     MKZ Select, motor 2.0 lts., GTDI I4 o GTDI EcoBoost I4, T/A, 6 vel., piel, 4 cil.
0024708                                            08 :                     MKZ Reserve, motor 3.0 lts., GTDI o GTDI EcoBoost, V6, T/A, 6 vel., piel, 6 cil.
0024709                                            09 :                     MKZ HEV Select Hybrid, motor 2.0 lts., I4, T/A,
6 vel., piel, 4 cil.
                       Modelo                      53 :                     Figo 4 puertas (importado)
0025306            Versión                      06 :                     Ambiente, motor 1.5 lts., T/M, 5 vel., tela, 4 cil.
0025307                                            07 :                     Ambiente, motor 1.5 lts., T/A, 6 vel., tela, 4 cil.
                       Modelo                      54 :                     Figo 5 puertas (importado)
0025405            Versión                      05 :                     Ambiente, motor 1.5 lts., T/M, 5 vel., tela, 4 cil.
Clave               Empresa                    03 :                     General Motors de México, S. de R. L. de C.V.
                       Modelo                      90 :                     Chevrolet Spark (importado)
0039008            Versión                      08 :                     Paq. "D/LS" manual, motor 1.2 lts., 81 HP, tela, calefacción
0039009                                            09 :                     Paq. "E/LS" manual, motor 1.2 lts., 81 HP, tela, A/A
                       Modelo                      AC :                    Beat 5 puertas (importado)
003AC04           Versión                      04 :                     Paq. "D" manual, 1.2 lts., 5 vel., 4 cil.
003AC05                                           05 :                     Paq. "E" manual, 1.2 lts., 5 vel., 4 cil., A/C
                       Modelo                      12 :                     Express Cargo Van (importado)
2031202            Versión                      02 :                     Paq. "1SB" motor 4.3 lts., aut., 8 vel., 6 cil., 4,354 Kg. PBV
Clave               Empresa                    04 :                     Nissan Mexicana, S.A. de C.V.
                       Modelo                      27 :                     X-Trail 5 puertas
0042731            Versión                      31 :                     Híbrida CVT 2.5 lts., 4 cil.
                       Modelo                      47 :                     Versa
0044714            Versión                      14 :                     Sense Mobility T/A A/C 1.6 lts.
0044715                                            15 :                     Advance Mobility T/A A/C 1.6 lts.
0044716                                            16 :                     Exclusive Navi Mobility T/A A/C 1.6 lts.
                       Modelo                      67 :                     Infiniti Q60 2 puertas
0046702            Versión                      02 :                     400 Sport Plus 3.0 lts., T/A
Clave               Empresa                    05 :                     Volkswagen de México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      20 :                     Seat 4 puertas
00520AO           Versión                      AO :                    Toledo Style, 1.0 lts., TSI, 110 HP, manual, gasolina
00520AP                                           AP :                     Toledo XCELLENCE, 1.4 lts., TSI, 125 HP, DSG, gasolina
00520AQ                                           AQ :                    Ibiza XCELLENCE, 1.6 LTS., 110 HP, manual, gasolina
00520AR                                           AR :                    Ibiza XCELLENCE, 1.6 LTS., 110 HP, Tiptronic, gasolina
00520AS                                           AS :                     Ibiza FR, 1.6 LTS., 110 HP, manual, gasolina
00520AT                                           AT :                     Ibiza FR, 1.0 LTS., TSI, 115 HP, manual, gasolina
 
                       Modelo                      49 :                     Audi 4 puertas
00549AR           Versión                      AR :                    Audi Q2 2.0 lts., 190 HP, S Tronic, Quatrro, gasolina
                       Modelo                      57 :                     Porsche Panamera 4 puertas
0055718            Versión                      18 :                     Panamera, 3.0 lts., 330 HP, PDK, gasolina
0055719                                            19 :                     Panamera, 3.0 lts., 330 HP, tracción integral, PDK, gasolina
                       Modelo                      69 :                     Amarok
0056912            Versión                      12 :                     Amarok, 3.0 lts., 224 HP, aut. 4 Motion, diesel
                       Modelo                      78 :                     Marca Teramont 5 puertas
0057801            Versión                      01 :                     Teramont, 2.0 lts., 238 HP, Tiptronic, gasolina
0057802                                            02 :                     Teramont, 3.6 lts., 280 HP, Tiptronic, gasolina
Clave               Empresa                    07 :                     Renault México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      22 :                     Stepway 5 puertas
0072210            Versión                      10 :                     Trek 1.6 lts., T/M
                       Modelo                      26 :                     LOGAN 4 puertas
0072612            Versión                      12 :                     Life 1.6 lts., T/M
Clave                Empresa                    10 :                     Mexicana de Autobuses, S.A. de C.V./Volvo Industrial de México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      15 :                     Autobús Marca Volvo
2101510            Versión                      10 :                     B410R con Carrocería Irizar i8, 19,000 Kg. PBV
2101511                                            11 :                     B290R con Carrocería Ayco Cosmopolitan, 18,000 Kg. PBV
Clave               Empresa                    14 :                     Mercedes-Benz México, S. de R. L. de C.V./ Mercedes-Benz México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      51 :                     Maybach 4 puertas
0145108            Versión                      08 :                     Mercedes - Maybach S 650
                       Modelo                      76 :                     C Coupé 2 puertas
0147615            Versión                      15 :                     C 300 Convertible
                       Modelo                      81 :                     S 2 puertas
0148105            Versión                      05 :                     S 450 L Biturbo
0148106                                            06 :                     S 560 L Biturbo
                       Modelo                      82 :                     Mercedes-AMG 4 puertas/2 puertas
0148232            Versión                      32 :                     Mercedes-AMG S 65 Coupé
0148233                                            33 :                     Mercedes-AMG S 63 L
0148234                                            34 :                     Mercedes-AMG GLC 43 Coupé 4MATIC
                       Modelo                      87 :                     Mercedes-Benz Hybrid
0148706            Versión                      06 :                     S 550e
 
Clave               Empresa                    25 :                     Honda de México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      04 :                     Acura 4 puertas
0250419            Versión                      19 :                     TLX ADVA, T. Aut., 6 cil., 3.5 lts., 290 HP, a/a, v/p
0250420                                            20 :                     TLX ADV, T. Aut., 6 cil., 3.5 lts., 290 HP, a/a, v/p
0250421                                            21 :                     TLX ADVAR, T. Aut., 6 cil., 3.5 lts., 290 HP, a/a, v/p
                       Modelo                      06 :                     Odyssey minivan 5 puertas
0250613            Versión                      13 :                     EXL, T. Aut., 6 cil., 3.5 lts., 280 HP, a/a, v/p
0250614                                            14 :                     Touring, T. Aut., 6 cil., 3.5 lts., 280 HP, a/a, v/p
                       Modelo                      15 :                     Honda HR-V 5 puertas
0251504            Versión                      04 :                     Uniq, T. Man., 4 cil., 1.8 lts., 141 HP, a/a, v/t
0251505                                            05 :                     Uniq, T. Aut. CVT, 4 cil., 1.8 lts., 141 HP, a/a, v/t
0251506                                            06 :                     Epic, T. Aut. CVT, 4 cil., 1.8 lts., 141 HP, a/a, v/t
0251507                                            07 :                     Touring, T. Aut. CVT, 4 cil., 1.8 lts., 141 HP, a/a, v/p
                       Modelo                      17 :                     Honda Civic 5 puertas
0251701            Versión                      01 :                     Type R, T. Man., L4, 2.0 lts. Turbo, 306 HP, a/a, v/p
Clave               Empresa                    26 :                     BMW de México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      33 :                     MINI Cooper 5 puertas
0263332            Versión                      32 :                     MINI Cooper Countryman Business automático
0263333                                            33 :                     MINI Cooper Countryman Chili automático
                       Modelo                      45 :                     MINI Cooper Hatch 5 puertas
0264510            Versión                      10 :                     MINI Cooper 5 Door Business manual
0264511                                            11 :                     MINI Cooper 5 Door Business automático
                       Modelo                      49 :                     MINI Cooper Clubman 6 puertas
0264902            Versión                      02 :                     MINI Cooper Clubman Business automático
Clave               Empresa                    28 :                     Navistar México, S. de R.L. de C.V.
                       Modelo                      01 :                     Chasís Cabina
2280129            Versión                      29 :                     HFC1041 - Cummins ISF â 154 HP
2280130                                            30 :                     HFC1061 - Cummins ISF - 154 HP
                       Modelo                      09 :                     Chasís Control Trasero
2280904            Versión                      04 :                     Urbanstar RE - Cummins ISL - 280 HP
Clave               Empresa                    32 :                     Peugeot México, S.A. de C.V.
 
                       Modelo                      41 :                     2008 5 puertas
0324109            Versión                      09 :                     2008 1.2 lts., 3 cil., manual 5 vel., Turbo
Clave                Empresa                    34 :                     Volvo Trucks de México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      02 :                     Tractocamión
2340239            Versión                      39 :                     VNR42T300 (importado)
2340240                                            40 :                     VNR62T300 (importado)
2340241                                            41 :                     VNR64T300 (importado)
2340242                                            42 :                     VNR42T400 (importado)
2340243                                            43 :                     VNR62T400 (importado)
2340244                                            44 :                     VNR64T400 (importado)
2340245                                            45 :                     VNR42T640 (importado)
2340246                                            46 :                     VNR62T640 (importado)
2340247                                            47 :                     VNR64T640 (importado)
2340248                                            48 :                     VNL42T300 (importado)
2340249                                            49 :                     VNL64T300 (importado)
2340250                                            50 :                     VNL62T400 (importado)
2340251                                            51 :                     VNL64T400 (importado)
2340252                                            52 :                     VNL62T740 (importado)
2340253                                            53 :                     VNL64T740 (importado)
2340254                                            54 :                     VNL62T760 (importado)
2340255                                            55 :                     VNL64T760 (importado)
2340256                                            56 :                     VNL62T780 (importado)
2340257                                            57 :                     VNL64T780 (importado)
Clave                Empresa                    35 :                     Scania Comercial, S.A. de C.V./Scania de México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      02 :                     Autobús
2350234            Versión                      34 :                     K320 IA 6x2/2 Autobús artículado gas natural para aplicación urbana
Clave                Empresa                    52 :                     Toyota Motor Manufacturing de Baja California, S. de R. L. de C.V. /Toyota Motor Sales de México, S. de R.L. de C.V.
                       Modelo                      06 :                     Hi Lux 4 puertas
1520605            Versión                      05 :                     Pick Up, Doble cabina, L4, 16 válvulas T/M, 6 vel.
1520606                                            06 :                     Pick Up, Doble cabina, L4, 16 válvulas T/A, 6 vel.
Clave                Empresa                    55 :                     DaimlerChrysler Vehículos Comerciales México, S.A. de C.V. /Daimler Vehículos Comerciales México, S. de R.L. de C.V.
 
                       Modelo                      29 :                     Autobús Mercedes-Benz
2552901            Versión                      01 :                     LO 916/48 Autobús 9,400 Kg. PBV
2552902                                            02 :                     LO 916/45 Autobús 9,400 Kg. PBV
2552903                                            03 :                     MBO 1019/44 Autobús 10,000 Kg. PBV
2552904                                            04 :                     MBO 1419/60 Autobús 14,000 Kg. PBV
2552905                                            05 :                     MBO 1018/44 Autobús 10,000 Kg. PBV
2552906                                            06 :                     MBO 1218/52 Autobús 12,000 Kg. PBV
2552907                                            07 :                     MBO 1221/52 Autobús 12,000 Kg. PBV
2552908                                            08 :                     MBO 1421/60 Autobús 14,000 Kg. PBV
2552909                                            09 :                     MBO 1421/65 Autobús 14,000 Kg. PBV
2552910                                            10 :                     OF 1119/41 Autobús 11,000 Kg. PBV
2552911                                            11 :                     OF 1319/44 Autobús 13,000 Kg. PBV
2552912                                            12 :                     OF 1118/41 Autobús 11,000 Kg. PBV
2552913                                            13 :                     OF 1318/44 Autobús 13,000 Kg. PBV
2552914                                            14 :                     OF 1321/44 Autobús 13,000 Kg. PBV
2552915                                            15 :                     OF 1724/59 Autobús 17,000 Kg. PBV
2552916                                            16 :                     OF 1724/59 Torino 17,000 Kg. PBV
2552917                                            17 :                     OF 1724/59 Chasis 17,000 Kg. PBV
2552918                                            18 :                     OH 1519/47 Autobús 15,000 Kg. PBV
2552919                                            19 :                     OH 1519/52 Autobús 15,000 Kg. PBV
2552920                                            20 :                     OH 1623/52 L Autobús 16,000 Kg. PBV
2552921                                            21 :                     OH 1518/47 Autobús 15,000 Kg. PBV
2552922                                            22 :                     OH 1518/52 Autobús 15,000 Kg. PBV
2552923                                            23 :                     OH 1524/52 Autobús 15,000 Kg. PBV
2552924                                            24 :                     OH 1619/52 L Autobús 16,000 Kg. PBV
2552925                                            25 :                     OH 1621/52 L Autobús 16,000 Kg. PBV
2552926                                            26 :                     OH 1624/52 L Autobús 16,000 Kg. PBV
2552927                                            27 :                     OH 1625/30 L Autobús 16,000 Kg. PBV
2552928                                            28 :                     O 500 RS 1835 Autobús 18,000 Kg. PBV
2552929                                            29 :                     O 500 RS 1941 Autobús 19,000 Kg. PBV
2552930                                            30 :                     O 500 MA 2836 Autobús 28,000 Kg. PBV
2552931                                            31 :                     O 500 MDA 3736 Autobús 37,000 Kg. PBV
2552932                                            32 :                     O 500 U 1826 Autobús 18,000 Kg. PBV
2552933                                            33 :                     O 500 M 1826 Autobús 18,000 Kg. PBV
2552934                                            34 :                     O 500 1825 Autobús 18,500 Kg. PBV
2552935                                            35 :                     OC 500 RF 1943 Autobús 19,000 Kg. PBV
2552936                                            36 :                     OC 500 RF 2543 Autobús 24,850 Kg. PBV
Clave                Empresa                    64 :                     Hino Motors Sales México, S.A. de C.V.
 
                       Modelo                      06 :                     Tractocamión Quinta Rueda Hino Serie 700 (importado)
2640601            Versión                      01 :                     700 SS2848K, diesel, 28,300 Kg. PBV
Clave                Empresa                    65 :                     Man Truck & Bus México, S.A. de C.V.
                       Modelo                      11 :                     Chasis Control Trasero Marca Volkswagen (importado)
2651106            Versión                      06 :                     17-280 OT CNG, 2 ejes, 18,000 Kg. PBV
                       Modelo                      12 :                     Chasis Control Trasero Marca Volkswagen (nacional)
2651206            Versión                      06 :                     17-280 OT CNG, 2 ejes, 18,000 Kg. PBV
Clave                Empresa                    67 :                     GDV Imports México, S.A.P.I. de C.V. (antes Jaguar Land Rover México, S.A. de C.V.)
                       Modelo                      07 :                     Range Rover Velar 5 puertas (importado)
0670701            Versión                      01 :                     Range Rover Velar S, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670702                                            02 :                     Range Rover Velar R-Dynamic S, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670703                                            03 :                     Range Rover Velar HSE, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670704                                            04 :                     Range Rover Velar R-Dynamic HSE, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670705                                            05 :                     Range Rover Velar S, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670706                                            06 :                     Range Rover Velar R-Dynamic S, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670707                                            07 :                     Range Rover Velar HSE, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670708                                            08 :                     Range Rover Velar R-Dynamic HSE, 2.0 lts. L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670709                                            09 :                     Range Rover Velar S, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
0670710                                            10 :                     Range Rover Velar R-Dynamic S, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
0670711                                            11 :                     Range Rover Velar HSE, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
0670712                                            12 :                     Range Rover Velar R-Dynamic HSE, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
0670713                                            13 :                     Range Rover Velar SE, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
0670714                                            14 :                     Range Rover Velar R-Dynamic SE, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
0670715                                            15 :                     Range Rover Velar First Edition, 3.0 lts. V6, Supercargado, T/A, 8 vel., 6 cil., 380 HP
 
                       Modelo                      08 :                     Jaguar E-PACE 5 puertas (importado)
0670801            Versión                      01 :                     Jaguar E-PACE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670802                                            02 :                     Jaguar E-PACE S, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670803                                            03 :                     Jaguar E-PACE SE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670804                                            04 :                     Jaguar E-PACE HSE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670805                                            05 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670806                                            06 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic S, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670807                                            07 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic SE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670808                                            08 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic HSE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670809                                            09 :                     Jaguar E-PACE First Edition, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 250 HP
0670810                                            10 :                     Jaguar E-PACE S, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670811                                            11 :                     Jaguar E-PACE SE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670812                                            12 :                     Jaguar E-PACE HSE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670813                                            13 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic S, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670814                                            14 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic SE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
0670815                                            15 :                     Jaguar E-PACE R-Dynamic HSE, 2.0 lts., L4, Turbocargado, T/A, 8 vel., 4 cil., 300 HP
Clave                Empresa                    73 :                     Hyundai Motor de México, S. de R.L. de C.V.
                       Modelo                      11 :                     Hyundai Santa Fe 5 puertas
0731102            Versión                      02 :                     GLS Premium automático, 1.6 lts., 4 cil.
                       Modelo                      13 :                     Accent 5 puertas
0731301            Versión                      01 :                     Manual, 6 vel., 1.4 lts., 4 cil.
0731302                                            02 :                     Manual, 6 vel., 1.6 lts., 4 cil.
0731303                                            03 :                     Automático, 6 vel., 1.6 lts., 4 cil.
0731304                                            04 :                     GL Mid manual, 6 vel., 1.6 lts., 4 cil.
0731305                                            05 :                     GL Mid automático, 6 vel., 1.6 lts., 4 cil.
0731306                                            06 :                     GLS automático, 6 vel., 1.6 lts., 4 cil.
                       Modelo                      14 :                     Ioniq 4 puertas
 
0731401            Versión                      01 :                     Híbrido Limited, automático, 6 vel., 4 cil.
Clave                Empresa                    75 :                     KIA Motors México, S. A. de C.V.
                       Modelo                      07 :                     Soul 5 puertas (importado)
0750705            Versión                      05 :                     EX Pack 2.0 lts., T/A 6 vel., 4 cil.
Clave                Empresa                    98 :                     Empresas ensambladoras e importadoras de camiones nuevos
                       Modelo                      06 :                     D20 Marca BAIC 4 puertas (nacional)
0980601            Versión                      01 :                     D20 Sedán Fashion, manual, 5 vel., 4 cil.
0980602                                            02 :                     D20 Sedán Fashion, automáticol, 4 vel., 4 cil.
0980603                                            03 :                     D20 Sedán Top, automático, 4 vel., 4 cil.
                       Modelo                      07 :                     D20 Marca BAIC 5 puertas (nacional)
0980701            Versión                      01 :                     D20 Hatchback Fashion, manual, 5 vel., 4 cil.
0980702                                            02 :                     D20 Hatchback Fashion, automático, 4 vel., 4 cil.
0980703                                            03 :                     D20 Hatchback Top, automático, 4 vel., 4 cil.
                       Modelo                      08 :                     X25 Marca BAIC 4 puertas (nacional)
0980801            Versión                      01 :                     X25 Fashion, manual, 5 vel., 4 cil.
0980802                                            02 :                     X25 Fashion, automático, 4 vel., 4 cil.
0980803                                            03 :                     X25 Top, automático, 4 vel., 4 cil.
Clave                Empresa                    99 :                     Vehículos importados por personas físicas con Actividad empresarial o personas morales distintas a los fabricantes y distribuidores autorizados.
                       Modelo                      40 :                     Maserati 4 puertas
4994009            Versión                      09 :                     Quattroporte GTS, automático, 8 cil., gasolina
                       Modelo                      42 :                     UAZ Hunter 5 puertas (importado)
4994201            Versión                      01 :                     Trophy 2.7 lts., manual, tracción 4x4, 4 cil., gasolina
4994202                                            02 :                     Classic 2.7 lts., manual, tracción 4x4, 4 cil., gasolina
4994203                                            03 :                     Trophy 2.2 lts., manual, tracción 4x4, 4 cil., diesel
4994204                                            04 :                     Classic 2.2 lts., manual, tracción 4x4, 4 cil., diesel
 
Atentamente.
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
A.    Definiciones.
B.    Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores y/o permisionarios.
C.    Requisitos y obligaciones que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio.
D.    Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor.
E.    Requisitos y obligaciones que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como rgano Verificador.
F.    Operadores que presten el servicio de juegos con apuestas y sorteos a través de agencias.
G.    Información que deberá entregar el operador y/o permisionario.
H.    Información que deberá entregar el operador y/o permisionario que lleve a cabo sorteos o concursos transmitido por medios de comunicación masiva.
I.     Procedimiento que el SAT debe seguir para llevar a cabo la revocación de las autorizaciones conferidas para fungir como Proveedor de Servicio Autorizado o como rgano Verificador.
 
A.    Definiciones
       Para los efectos de las reglas 5.2.38., 5.2.39. y 5.2.40., así como de los apartados del presente Anexo, se entenderá por:
I.          Acceso en línea: Entrada disponible en forma permanente, de manera remota y automatizada a los sistemas central de apuestas, de caja y control de efectivo, así como al sistema de cómputo.
II.         Agencia: Punto de venta fijo autorizado por el contribuyente en el cual se comercializan a su nombre, los productos de juegos con apuestas y sorteos. Se consideran también agencias, los cajeros automáticos de instituciones financieras que ofrecen el servicio de venta de boletos de juegos con apuestas y sorteos, así como las compañías de servicios de telecomunicaciones que realicen el cobro al jugador, del derecho a participar en juegos con apuestas y sorteos.
III.        Apuesta: El monto susceptible de apreciarse en moneda nacional, que se arriesga en un juego con la posibilidad de obtener o ganar un premio, cuyo monto, sumado a la cantidad arriesgada deberá ser superior a éste.
IV.        Balance final: El saldo de dinero que el sistema de caja y control de efectivo registró al final de cada día de actividades, por cada línea de negocio. Este, será igual a la diferencia entre el saldo inicial y el saldo final.
V.         Balance inicial: El saldo de dinero que el sistema de caja y control de efectivo registró al inicio de cada día de actividades, por cada línea de negocio.
VI.        Boleto: El documento o registro electrónico autorizado, que acredita al portador o titular el derecho de participar en un juego con apuesta o sorteo y garantiza sus derechos, según sea el caso, los cuales deberán estar impresos en el mismo documento o bien contenidos en el sistema en donde se resguarden los registros.
 
VII.       Boleto con premio oculto: Se refiere a aquellos boletos en donde se deben descubrir símbolos, imágenes o números mediante "raspar" las casillas o parte del boleto para la obtención del premio.
VIII.      Catálogo de agencias: Listado de las Agencias a través de las cuales el contribuyente comercializa los boletos de sus sorteos.
IX.        Catálogo de combinaciones: Es el índice o instructivo el cual permite ordenar sistemáticamente los diferentes tipos de juegos con apuestas y sorteos por cada una de las líneas de negocio.
X.         Catálogo de tipo de pago: Es el índice o instructivo el cual permite ordenar sistemáticamente los diferentes tipos de pagos que pudieran existir en cada línea de negocio.
XI.        Catálogo de las sublíneas de negocio: Es el índice o instructivo el cual permite identificar cada una de las opciones de juego o productos que existen dentro de una línea de negocio.
XII.       Catálogo de establecimientos: Es el listado que permite identificar el número de establecimientos que existen por cada una de las líneas de negocio.
XIII.      Clave de apuesta: La opción seleccionada por el jugador o, en su caso, el marcador seleccionado.
XIV.      Combinación: Cada una de las variantes que puede tener un juego con apuesta, sorteo o en máquina de juego.
XV.       Constancia de retención: Es el documento que debe expedir el operador en premios mayores a $10,000.00 M.N. (Diez mil pesos 00/100 en moneda nacional) en el cual se precisa el impuesto sobre la renta retenido a quien recibió el premio.
XVI.      Convertidor de datos: Mecanismo automatizado que habilita el monitoreo de datos, que reside en las instalaciones del operador, está conectado directamente a las máquinas de juego y utiliza estándares de la industria para tal efecto.
XVII.     Divisa: Moneda extranjera con la cual se cotiza el precio de cada evento en juego con apuesta, sorteo o máquinas de juego.
XVIII.     Evento: Acontecimiento en el que se llevan a cabo actividades relativas a la materia de juegos con apuestas y sorteos.
XIX.      Espectáculos: Actividades realizadas en hipódromos, galgódromos, frontones y eventos deportivos referentes al cruce de apuestas, ya sea en vivo, en centros de apuestas remotas o en medios de comunicación masiva.
XX.       Establecimiento: Lugar abierto o cerrado en el que se llevan a cabo juegos con apuestas o sorteos.
XXI.      Forma de pago: Medio de pago utilizado en el evento, ya sea en efectivo, tarjeta bancaria u otro medio.
XXII.     Identificador del evento (ID Evento): El número de serie asociado a cada evento, de acuerdo a las fracciones I o II del artículo 87 y 104 del Reglamento.
XXIII.     Juego con apuesta: Juegos de todo orden en que se apuesta incluyendo los de azar, además de los previstos en la Ley y Reglamento, que requieran autorización de la Secretaría de Gobernación.
XXIV.    Jugador o participante: Persona física que, de acuerdo a las reglas del establecimiento, participa en las distintas modalidades de juego.
XXV.     Ley: Ley Federal de Juegos y Sorteos.
XXVI.    Línea de cierre: Línea con la que el establecimiento cierra la oferta del evento en que se apuesta.
XXVII.   Línea ganadora: Línea que determina a los ganadores de cada evento.
XXVIII.   Línea inicial: Línea con la que el operador o permisionario abre la oferta del evento en que se
apuesta.
XXIX.    Línea de negocio: Cada una de las diferentes opciones genéricas de juego con apuesta, sorteo o máquinas de juego, con que cuenta cada establecimiento.
XXX.     Máquinas de juego: Artefacto, dispositivo electrónico o electromecánico, digital, interactivo o de cualquier tecnología similar, que mediante la inserción de un billete, moneda, tarjeta, banda magnética, contraseña, ficha, dispositivo electrónico de pago u objeto similar, o por el pago de alguna contraprestación, está disponible para operarse y que, como resultado de dicha operación, permite al usuario participar en un juego con apuesta.
XXXI.    Operador: Es el contribuyente, sea persona física o moral que presta los servicios de juegos con apuestas, sorteos o máquinas de juego y es quien tiene la obligación de registrar y proporcionar al SAT la información a que se refiere el artículo 20 de la Ley del IEPS.
XXXII.   rgano Verificador: Persona moral autorizada por el SAT para garantizar que el sistema de cómputo proporcione al SAT la información del sistema central de apuestas, así como el sistema de caja y control de efectivo, cumpliendo con los requisitos de seguridad, confiabilidad e inviolabilidad del proceso y del producto entregable.
XXXIII.   Permisionario: Persona física o moral a quien la Secretaría de Gobernación otorga un permiso para llevar a cabo alguna actividad en materia de juegos con apuestas y sorteos, permitida por la Ley y el Reglamento.
XXXIV.  Proveedor de Servicio Autorizado: La persona moral autorizada por el SAT, contratada por el operador y/o permisionario para proporcionarle la infraestructura tecnológica, los sistemas de cómputo y servicios inherentes necesarios para que obtenga de éstos, de forma permanente, la información de cada una de las máquinas o terminales de juego en agencias, monitoreo de operaciones realizadas en vivo o de forma remota, consulta de datos en línea y elaboración de reportes que defina el SAT; así como la administración de la información y/o datos que se almacenen en los citados sistemas.
XXXV.   Premio: Retribución en efectivo o en especie que obtiene el ganador de un juego con apuestas o sorteo.
XXXVI.  Reglamento: Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
XXXVII. Servidor central de monitoreo: El conjunto de sistemas, programas y equipos de cómputo que recopilan de forma segura y acumulan todos los datos recibidos del convertidor de datos.
XXXVIII. Sistema central de apuestas: Sistema central de cómputo que registra y totaliza las transacciones generadas con motivo de la apuesta y permite su interconexión segura, a través de servicios o sistemas de telecomunicaciones.
XXXIX.  Sistema de caja y control de efectivo: El conjunto de equipo de cómputo y programas informáticos para el registro de las transacciones de juegos con apuestas y sorteos realizadas en efectivo o, en su caso, con el uso de fichas, tarjetas, contraseñas o cualquier otro comprobante, así como a través de bandas magnéticas, dispositivos electrónicos u objetos similares, que se utilicen para apostar en sustitución de cantidades de dinero y que sean aceptadas para esos fines por la persona que realice el juego con apuesta o sorteo de que se trate. Este sistema registra el balance inicial, el balance final, las entradas y salidas de dinero por cada evento. El sistema de caja y control de efectivo puede formar parte del sistema central de apuestas o en su caso alimentarlo con la información.
XL.       Sistemas de operación del establecimiento: Es el conjunto de elementos informáticos propios de cada establecimiento que alimentan al sistema central de apuestas y de caja y control de efectivo.
XLI.      Sistema de cómputo: Conjunto de programas y equipos de cómputo a través de los cuales se
proporciona al SAT, en forma permanente, la información en línea y en tiempo real proveniente del sistema central de apuestas por cada establecimiento, así como del sistema de caja y control de efectivo.
XLII.     Sorteo: Actividad en la que los poseedores o titulares de un boleto mediante la selección previa de uno o varios números, combinación de números, números predeterminados o cualquier otro símbolo, obtienen el derecho a participar, ya sea de manera gratuita o mediante un pago, conforme al cual se determina al azar un número, combinación de números, símbolo o símbolos que generan uno o varios ganadores de un premio.
XLIII.     Sublínea de negocio: Cada una de las opciones de juego o productos que, en su caso, existen dentro de una línea de negocio.
XLIV.    Terminales de juegos en agencias: Punto de venta de las agencias mediante el cual se registra y comercializa la venta de boletos o contraseñas para participar en sorteos.
XLV.     Tiempo real: Momento en el que una operación realizada coincide con su registro en los sistemas centrales de apuestas, una vez que el jugador o participante cierre la sesión del evento de cada línea o sublínea de negocio y la información esté disponible para ser proporcionada al SAT.
XLVI.    Tipo de pago: Las diversas formas de pago que pueden aplicar para un evento. Ejemplos: Consolación, mínimo, parimutual, jackpot, 2 1, etc.
B.    Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores y/o permisionarios.
            Características técnicas del sistema de cómputo
            Para los efectos del artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS, el sistema de cómputo deberá:
I.          Permitir el acceso del SAT (sólo lectura) a los monitores de operación en tiempo real.
II.         Permitir el acceso del SAT (en línea y en tiempo real) a todas las máquinas de juego a través de un protocolo estándar de la industria, a los sistemas de operación, central de apuestas y de caja y control de efectivo en un esquema cuya disponibilidad sea del 99.9% anual, en un modo de lectura únicamente.
III.        Estar conectado a los sistemas, central de apuestas y de caja y control de efectivo.
IV.        Almacenar cuando menos tres meses la información para su consulta en línea, sin menoscabo de crear el resguardo correspondiente, para consultas futuras.
V.         Cada máquina de juego deberá estar conectada a un convertidor de datos que permita el monitoreo de los mismos, instalado en las ubicaciones de la operadora y anexado directamente a las máquinas de juego independientemente de la línea de negocio de que se trate. Dicho convertidor de datos deberá interconectarse al sistema central de apuestas, así como al sistema de caja y control de efectivo, debiendo en todo momento mantener la integridad y evitar la manipulación de los datos almacenados y transmitidos mediante:
a)    Dispositivos electrónicos para el almacenamiento de datos.
b)    Mediante el registro continuo de una bitácora, aunque se desconecte temporalmente del servidor central. Si no se establece una conexión, después de un periodo de tiempo preestablecido, las máquinas deben inhabilitarse de manera inmediata.
c)    Tener capacidad de conexión permanente en línea, usando conexiones de banda ancha.
d)    Cuando no haya conexiones permanentes disponibles, se podrá usar comunicación por marcación con líneas fijas o a través de GSM (tecnología inalámbrica celular).
VI.        Generar, con una frecuencia diaria, un reporte en formato XML, conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, que incluirá los datos correspondientes a sus operaciones
y movimientos de caja.
VII.       Habilitar la comunicación al SAT, para los efectos de envío y consulta de información, a través de un enlace dedicado con cargo al operador del servicio.
VIII.      Además del acceso en línea, deberá permitir la extracción y posterior entrega de datos en demanda a través de otro medio digital u óptico (tal como disco compacto) o usando un puerto compatible con USB 2.0.
IX.        Llevar un registro al que pueda ingresar el SAT en línea y tiempo real, que genere un historial por cada jugador, el cual deberá contener los datos que se describen en los numerales 58 al 64 contenidos en el rubro denominado "Requerimientos de Información del Sistema de Cómputo" del presente Apartado.
            Para los efectos del párrafo anterior, cuando un contribuyente cuente con dos o más establecimientos sus sistemas de cómputo deberán estar interconectados.
X.         Con la finalidad de que los sistemas a que hace referencia el artículo 20 de la Ley del IEPS, sean operados de manera segura y susceptibles de ser verificados, las máquinas de juego que utilicen los operadores y/o permisionarios que prestan el servicio de juegos con apuestas y sorteos, con independencia de que dichas máquinas de juego sean o no propiedad de éstos, deberán contar a más tardar el 1 de julio de 2010, con la certificación de acuerdo a las Normas Mexicanas Vigentes clasificadas con los números: NMX-I-141-NYCE-2008. Tecnología de la Información-Sistemas de Terminales Electrónicas de Sorteo de Números, Apuestas y Tarjetas con Números Preimpresos. NMX-I-206-NYCE-2009. Tecnología de la Información-Kioscos. NMX-I-210-NYCE-2009. Tecnología de la Información-Dispositivos de Juegos Progresivos en Establecimientos. NMX-I-126-NYCE-2012. Tecnología de la Información-Sistemas de Terminales Electrónicas de Sorteo de Números y Apuestas. NMX-I-173-NYCE-2013. Tecnología de la Información- Sistemas de Manejo de Fondos Electrónicos en Establecimientos. NMX-I-209-NYCE-2013. Tecnología de la Información-Dispositivos de Juego en Establecimientos NMX-I-191-NYCE-2013.Tecnología de la Información- Sistemas de Monitoreo y Control en Línea (MCS) y Sistemas de Validación en Establecimientos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fechas 9 de mayo de 2008, 18 de agosto de 2009, 21 de marzo de 2012, 2 de abril de 2014, 23 de julio de 2014, respectivamente, así como las Normas Mexicanas Vigentes que se publiquen con posterioridad a la entrada en vigor del presente Anexo.
            Características de seguridad del sistema de cómputo
            Para los efectos del presente Anexo, se deberá garantizar la confiabilidad de la información teniéndose que cumplir para ello con lo siguiente:
I.          La protección de los datos deberá llevarse a cabo contra fallos físicos, fallos lógicos y fallos humanos (intencionados o no).
II.         Los aspectos fundamentales de la seguridad, que deberán observarse son:
a)    Accesibilidad. El sistema debe asegurar la disponibilidad de los datos al SAT, por lo que debe contar con mecanismos que permitan recuperar la base de datos en el caso de fallos lógicos o físicos que destruyan los datos en todo o en parte.
b)    Integridad. El sistema debe contar con medios que protejan la base de datos contra operaciones que introduzcan inconsistencias en los datos.
III.        Contar con un procedimiento definido y documentado de respaldos y recuperación de la información que incluya tanto la base de datos, como los archivos XML señalados en este Apartado. La periodicidad del respaldo a efectuar será de tres meses por cada establecimiento, manteniendo en todo momento la disponibilidad de la información como objetivo principal.
            Requerimientos de información del sistema de cómputo
            Toda la información proveniente de los distintos sistemas de operación utilizados por el contribuyente, operador y/o permisionario en cada establecimiento se debe concentrar en un archivo de forma automática, en el sistema de cómputo a que se refiere la fracción II del artículo 20 de la Ley del IEPS, y será conformada por un archivo de datos, codificado en UTF-8, conforme
al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT.
            La información que se almacenará en el sistema de cómputo a que se refiere el artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS, y que deberá estar a disposición del SAT en línea y tiempo real será la siguiente:
1.         Nombre, denominación o razón social del Permisionario
2.         Nombre, denominación o razón social del Operador
3.         RFC del Permisionario
4.         RFC del Operador
5.         Domicilio del Permisionario
6.         Domicilio del Operador
7.         Número del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación
8.         Fecha de autorización del permiso
9.         Fecha del inicio de la vigencia
10.        Fecha del término de la vigencia
11.        Tipo de espectáculos autorizados
12.        Porcentaje de aprovechamiento a pagar por el Permisionario por tipo de espectáculo y/o actividad en materia de juegos y sorteos (línea de negocio del evento)
13.        Clave de la línea de negocio
            - L001: Apuestas a caballos o galgos en vivo
            - L002: Apuestas a caballos o galgos de otros hipódromos
            - L003: Apuestas deportivas
            - L004: Sorteos de números a elección
            - L005: Sorteos de números con números predeterminados
            - L006: Sorteos con imágenes o símbolos
            - L007: Máquinas de juego
14.        Clave de la Sublínea de Negocio (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
15.        Sumatoria del balance inicial por línea de negocio
16.        Sumatoria del balance final por línea de negocio
17.        Sumatoria del balance inicial por la Sublínea de negocio
18.        Sumatoria del balance final por la Sublínea de negocio
19.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de los ingresos en caja
20.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de las salidas de caja
21.        Fecha y hora de generación del archivo
22.        Periodo al que corresponde la información que se reporta
23.        Clave de Establecimiento (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
24.        Nombre del Hipódromo y/o Galgódromo
25.        Número o ID de la carrera y/o Evento
26.        Monto Apostado por jugador en moneda nacional
 
27.        Clave de Apuesta
28.        Tipo de pago (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
29.        Monto del premio pagado en moneda nacional o en divisa según sea el caso
30.        Expedición de Constancia Sí/No
31.        Tipo de cambio utilizado en la operación referido a pesos mexicanos
32.        Forma de Pago
33.        Monto de Premios no reclamados
34.        Fecha y hora de la transacción del evento
35.        Línea Inicial
36.        Línea de Cierre
37.        Línea Ganadora
38.        Número de comprobante
39.        Nombre del juego y/o sorteo
40.        Número de boletos o billetes vendidos por sorteo
41.        Monto recaudado por sorteo
42.        Monto destinado a la bolsa acumulada
43.        Monto destinado a la reserva del premio especial
44.        Monto del premio pagado en moneda nacional por línea ganadora
45.        Monto del premio pagado en moneda nacional por sorteo (bingo y/o jack o juegos similares con números a elección)
46.        Monto del premio pagado en moneda nacional del Premio Especial (Reserva)
47.        Monto de los premios pagados en moneda nacional según tipo de sorteo
48.        Número de boletos emitidos por juego y/o sorteo
49.        Valor total de la emisión
50.        Valor total de boletos vendidos
51.        Número de Transacción
52.        Saldo inicial del jugador
53.        Saldo de promoción al jugador
54.        Número de registro de Caja
55.        Balance Inicial por línea de Negocio
56.        Balance Inicial por la Sublínea de Negocio
57.        Balance Final por Línea de Negocio
58.        Balance Final por la Sublínea de Negocio
59        Por cada jugador, se deberán incluir los siguientes campos:
60.        Nombre del jugador
61.        Copia escaneada de su documento oficial de identificación
62.        Domicilio del jugador
 
63.        Fecha en que acudió al establecimiento
64.        ISR retenido, en su caso
65.        Fecha de emisión de la Constancia, en su caso
66.        Número de máquina de juego
            Los datos de los campos de número de registros, sumatorias de importes de transacciones por evento, deberán coincidir con los datos existentes en los registros de detalles correspondientes.
            Catálogos
            Cada operador deberá entregar en la ADAFF del SAT, más cercana a su domicilio, dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Anexo, los catálogos referentes a las Combinaciones, Tipos de Pago, las Sublíneas de Negocio y Establecimientos; conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, codificado en UTF-8, lo anterior sin menoscabo de que si hubiere posteriores modificaciones a los mismos, por parte de los operadores y/o permisionarios se deberá presentar la actualización del catálogo correspondiente en la referida ADAFF, dentro de los 5 días naturales siguientes a aquel en que se realizó la actualización, con la siguiente información:
1.         Clave de línea de negocio
2.         Clave de combinación
3.         Descripción breve de la combinación de que se trate
4.         Clave de tipo de pago
5.         Descripción breve del tipo de pago de que se trate
6.         Clave de la Sublínea de negocio
7.         Descripción breve de la Sublínea de que se trate
8.         RFC del operador y/o permisionario
9.         Clave del Establecimiento
10.        Ubicación
11.        Certificaciones de Normas Mexicanas vigentes
12.        Fecha y hora de generación del archivo
C.    Requisitos y obligaciones que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio
1.- Requisitos:
       Para los efectos de las reglas 5.2.39. y 5.2.40., las personas que soliciten ante el SAT autorización mediante buzón tributario como Proveedor de Servicio, deberán cumplir con lo siguiente:
I.          Ser una Persona Moral con residencia en México que tribute conforme al Título II de la Ley del ISR o se ubique en la fracción X del artículo 79 de dicha Ley o, si es residente en el extranjero, cuente con establecimiento permanente en México.
II.         Presentar solicitud en la cual manifestará bajo protesta de decir verdad que toda la información y documentación vertida en su solicitud y en los anexos correspondientes es cierta y se encuentra vigente.
III.        Dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales y en caso de que no se encuentre obligado a ello, deberá manifestar en su solicitud que dictaminará para dichos fines por el ejercicio en el que se le otorgue la autorización y por los subsecuentes, siempre que continúe en su calidad de proveedor de servicio autorizado.
IV.        Presentar, junto con la solicitud de autorización, copia certificada de al menos tres contratos de
prestación de servicios con los que compruebe la experiencia, de al menos cinco años, en el monitoreo de sistemas de juegos con apuestas y sorteos.
            Las personas morales legalmente constituidas de conformidad con las leyes mexicanas, podrán acreditar el requisito a que se refiere el párrafo anterior, cuando demuestren que se encuentran asociadas con empresas extranjeras que cuentan con experiencia en la prestación de los servicios a que se refiere el presente Apartado. En este caso los contratos de prestación de servicios a que se refiere el párrafo anterior serán los correspondientes a las empresas extranjeras.
            Dicha asociación debe tener como finalidad que las personas morales legalmente constituidas de conformidad con las leyes mexicanas aprovechen la experiencia, conocimientos y, en su caso, la tecnología de la empresa extranjera en la prestación de los servicios mencionados. Asimismo, esta asociación deberá mantenerse por lo menos durante cinco años, contados a partir de que se obtenga la autorización correspondiente.
V.         Acreditar con documentación soporte, que cuenta con la capacidad financiera suficiente y dispone de los recursos e infraestructura tecnológica para la adecuada y oportuna prestación del servicio a que se refieren el presente Anexo.
VI.        Acreditar que no tiene participación de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de los permisionarios, operadores de juegos con apuestas y sorteos, socios, accionistas o empresas de éstos, o cuando exista vinculación entre ellas de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Aduanera con independencia de las actividades a que se dediquen, que ponga en duda la imparcialidad y/o transparencia de la prestación del servicio.
VII.       Contar con planes de contingencia para garantizar la correcta operación y respaldo de la información, los cuales presentará con su solicitud.
VIII.      Presentar, junto con la solicitud correspondiente, el plan de trabajo para garantizar que el servicio que brindará al operador y/o permisionario satisface los requerimientos de información que éste último tiene la obligación de proporcionar al SAT, así como el procedimiento de seguridad de datos, respaldo de información y de soporte técnico.
            El plan de trabajo se deberá actualizar cuando menos cada dos años contados a partir de la fecha de autorización que en su caso haya otorgado el SAT.
IX.        Guardar y mantener absoluta reserva respecto de los datos almacenados en el sistema de cómputo en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares publicada en el DOF el 5 de julio de 2010.
X.         Contar con la opinión global de cumplimiento expedida por el SAT, en la cual se considere que se encuentran al corriente respecto de sus obligaciones fiscales, así como que no son contribuyentes que estén listados conforme a los supuestos establecidos en los artículos 69, fracciones I a V y 69-B, tercer párrafo del CFF. Para ello los solicitantes deberán acceder al buzón tributario.
XI.        En tanto continúen vigentes los supuestos bajo los cuales se otorgó la autorización y se sigan cumpliendo los requisitos correspondientes, la autorización mantendrá vigencia siempre que el proveedor de servicio autorizado, presente en el mes de octubre del año de que se trate ante la AGJ, a través de buzón tributario, de conformidad con la ficha de trámite 31/IEPS "Aviso de renovación del Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos" del Anexo 1-A de la RMF vigente, en el que bajo protesta de decir verdad, declare que sigue reuniendo los requisitos para ser proveedor de servicio.
            Todos los documentos que se presenten, a través de buzón tributario, deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras. Tratándose de los contratos, estos podrán estar en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español.
            Para efectos de la continuidad de la autorización el Proveedor de Servicio Autorizado deberá haber sido certificado por el rgano Verificador por lo menos en una ocasión en cada año que prestó los servicios de Proveedor de Servicio Autorizado. La certificación se emitirá cuando
derivado de las verificaciones que realice dicho rgano se constate que el citado Proveedor ha cumplido con todas y cada una de las obligaciones que señalan la regla 5.2.40., y el presente Anexo.
            El Proveedor de Servicio Autorizado, de conformidad con lo dispuesto por la regla 5.2.40. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, está obligado a atender cualquier requerimiento o verificación que el SAT, a través de su área tecnológica, jurídica o de auditoría le realice a fin de corroborar el debido cumplimiento de los requisitos y obligaciones previstas en la citada regla así como en el presente Anexo, que como Proveedor de Servicio Autorizado le competen, por lo que en caso de que deje de cumplir o atender total o parcialmente cualquier requerimiento de información o no permita alguna verificación con el propósito de corroborar los requisitos y obligaciones aludidos, o bien, que a través del ejercicio de facultades de comprobación se detecte algún incumplimiento, el SAT a través de la AGJ, procederá a emitir resolución en la que deje sin efectos la autorización otorgada y se notificará al operador y/o permisionario el sentido de la misma, adicionalmente, será causa de revocación de la autorización cuando el Proveedor de Servicio Autorizado sea publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, tercer párrafo del CFF.
            El Proveedor de Servicio Autorizado que se ubique en el supuesto señalado en el párrafo anterior, deberá garantizar al operador y/o permisionario la continuidad del servicio dentro de los 90 días naturales siguientes a que le sea notificada la resolución que deja sin efectos la autorización, plazo en el cual el contribuyente deberá contratar a un nuevo Proveedor.
            El rgano Verificador enviará mediante buzón tributario copia de la certificación que le hubiera realizado al Proveedor de Servicio Autorizado.
            Cuando el rgano Verificador, detecte el incumplimiento de alguna de las obligaciones del Proveedor de Servicio Autorizado de las contenidas en el presente Anexo, deberá emitir un dictamen técnico referente al hallazgo y presentarlo al SAT, a través de la ACNII, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que se detectó el incumplimiento.
            La autorización, revocación y pérdida de vigencia a que se refiere este Anexo, surtirán efectos a partir de su publicación en el Portal del SAT.
            Al proveedor de servicio autorizado que le haya sido revocada su autorización, o que la misma hubiere perdido su vigencia, quedará inhabilitado para solicitar de nueva cuenta autorización.
2.- Obligaciones:
El Proveedor de Servicio Autorizado tendrá las siguientes obligaciones:
I.          Monitorear las operaciones de los sistemas central de apuestas, de caja y control de efectivo y de cómputo de los operadores y/o permisionarios.
II.         Integrar los reportes de resultados y de operación del contribuyente.
III.        Permitir el acceso del SAT (sólo lectura) a los monitores de operaciones en tiempo real de los operadores y/o permisionarios que contraten sus servicios.
IV.        El sistema de cómputo proporcionado a los operadores y/o permisionarios debe generar, con una frecuencia diaria, un reporte en formato XML conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, que incluirá los datos correspondientes a sus operaciones y movimientos de caja y control de efectivo. Dicho reporte debe almacenarse en el servidor central de monitoreo al cual tendrá acceso el Proveedor de Servicio de manera irrestricta.
V.         Generar y proporcionar al SAT un reporte elaborado conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT.
D.    Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor
            Especificaciones técnicas del servicio
            El Proveedor de Servicio Autorizado deberá proporcionar el servicio de monitoreo por medio del
uso de estándares de la industria como lo es el protocolo de mensajería SAS (Slot Accounting System), utilizando un esquema de cliente servidor donde se realice una consulta en tiempo real al estado de la máquina, integrando en la consulta de información hacia el nodo local de monitoreo y apegado a un esquema de transmisión y almacenamiento que garantice la seguridad de los datos bajo un procedimiento de algoritmo de cifrado que asegure que sólo el SAT pueda acceder a esa información y exista autenticidad de ésta.
            El envío de los archivos de acuerdo al modelo operativo debe realizarse apegado al esquema de datos XML publicado en el Portal del SAT.
            El Proveedor deberá enviar al SAT, utilizando la e.firma, la actualización de los archivos integrados de reporte en forma mensual.
            Los archivos entregados por el Proveedor al SAT deben tener un formato legible dentro de los equipos disponibles en el SAT, tanto los reportes mensuales como en los casos en que el SAT solicite información histórica procedente de respaldos.
            El SAT, a través del Proveedor de Servicio Autorizado, debe contar con acceso en línea a los equipos terminales al igual que al servidor central y a los sistemas de caja en un esquema cuya disponibilidad sea 99.9% anual.
            Para efectos de que el SAT esté en posibilidad de utilizar el esquema de monitoreo de las operaciones, el Proveedor de Servicio Autorizado, proporcionará a éste rgano Desconcentrado, la infraestructura física y tecnológica con las medidas de seguridad y confiabilidad.
            El sistema de cómputo previsto en el artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS, a la que hace alusión la regla 5.2.39., deberá permitir en todo momento, mediante tecnología abierta y en tiempo real, el acceso en línea al SAT a un servidor central de monitoreo desarrollado por el Proveedor de Servicio Autorizado, en el cual se almacenará de todas las líneas de negocio la información consolidada proveniente del sistema central de apuestas así como del sistema de caja y control de efectivo por cada establecimiento. Los sistemas antes referidos deberán estar conectados a un convertidor de datos que permita el monitoreo de los mismos, instalado en las ubicaciones de la operadora e incorporado internamente en las máquinas de juego, independientemente de la línea de negocio de que se trate.
       El convertidor de datos de cada una de las máquinas de juego deberá interconectarse al sistema central de apuestas, así como al sistema de caja y control de efectivo, debiendo en todo momento mantener la integridad y evitar la manipulación de los datos almacenados y transmitidos mediante:
a)         Dispositivos electrónicos para el almacenamiento de datos.
b)         Mediante la continua protocolización de datos, aunque se desconecte temporalmente del servidor central. Si no se establece una conexión, después de 5 minutos, las máquinas deben inhabilitarse de manera inmediata.
c)         Teniendo capacidad de conexión permanente en línea, usando conexiones de banda ancha.
d)         Cuando no habiendo conexiones permanentes disponibles, podrán usar comunicación por marcación con líneas fijas o marcación GSM. (Tecnología inalámbrica)
       En lo que respecta al sistema central de apuestas, así como al sistema de caja y control de efectivo, éstos deberán, a su vez, estar interconectados al servidor central de monitoreo, dicho servidor deberá contar con las características que a continuación se señalan:
a)         Estar alojado físicamente en México.
b)         Integrar y enlazar, a través de cualquier protocolo serial o red de cableado estructurado, tanto al sistema central de apuestas como al sistema de caja y control de efectivo, a los convertidores de datos interconectados a las distintas máquinas de juego.
c)         Contar con un nivel de seguridad que garantice al 100% la integridad y confidencialidad de la información.
d)         Almacenar, cuando menos, tres meses la información para su consulta en línea en el servidor central, sin menoscabo de crear el resguardo correspondiente, para consultas futuras.
 
e)         Generar informes consolidados para consulta del SAT, mediante un visor, con los datos requeridos por parte del SAT, referidos en el Apartado C del presente Anexo.
f)          Contar con el nivel de seguridad que garantice la integridad de la información. Debiendo mantener registro en la bitácora del mismo servidor de cualquier intento de alteración a la información, mismo que se integrará como parte de la información periódica que se almacenará.
g)         Permitir comunicación al SAT, para proporcionar datos en forma directa.
h)         Además del acceso en línea, se deberá permitir la extracción y posterior entrega de datos a través de otro medio digital u óptico (tal como disco compacto) o usando un puerto compatible con USB 2.0.
i)          Contar con comunicación bidireccional, que permita consolidar la información en una base de datos relacional.
j)          Cuando un contribuyente cuente con dos o más establecimientos sus sistemas de cómputo deberán estar interconectados.
       Derivado del acceso en línea que, en su caso, realice el SAT, el operador deberá permitir dicho acceso tanto al sistema central de apuestas como al sistema de caja y control de efectivo, así como a los distintos sistemas de operación de cada establecimiento.
       Características de la información reportada al Servidor Central de Monitoreo
       La información relacionada con los sistemas central de apuestas y de caja y control de efectivo se debe concentrar en un archivo de forma automática, en el servidor central de monitoreo proveniente de los distintos sistemas utilizados por el operador y/o permisionario en cada establecimiento, será conformada por un archivo de datos, codificado en UTF-8, conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT.
            Los datos que se almacenarán en el servidor central de monitoreo serán los siguientes:
1.         Nombre, denominación o razón social del permisionario
2.         Nombre, denominación o razón social del Operador
3.         RFC del Permisionario
4.         RFC del Operador
5.         Domicilio del Permisionario
6.         Domicilio del Operador
7.         Nombre del Proveedor del Servicio Autorizado
8.         RFC del Proveedor del Servicio Autorizado
9.         Número del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación
10.        Fecha de autorización del permiso
11.        Fecha del inicio de la vigencia
12.        Fecha del término de la vigencia
13.        Tipo de espectáculos autorizados
14.        Porcentaje de aprovechamiento a pagar por el operador o permisionario por tipo de espectáculo y/o actividad en materia de juegos y sorteos (línea de negocio del evento) en los términos y montos que establezca la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación.
15.        Clave de la línea de negocio
            - L001: Apuestas a caballos o galgos en vivo
            - L002: Apuestas a caballos o galgos de otros hipódromos
            - L003: Apuestas deportivas
 
            - L004: Sorteos de números a elección
            - L005: Sorteos de números con números predeterminados
            - L006: Sorteos con imágenes o símbolos
            - L007: Máquinas de juego
16.        Clave de la Sublínea de Negocio (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
17.        Sumatoria del balance inicial por línea de negocio
18.        Sumatoria del balance final por línea de negocio
19.        Sumatoria del balance inicial por la Sublínea de negocio
20.        Sumatoria del balance final por la Sublínea de negocio
21.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de los ingresos en caja
22.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de las salidas de caja
23.        Fecha y Hora de generación del Archivo
24.        Periodo al que corresponde la información que se reporta
25.        Clave de Establecimiento (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
26.        Nombre del Hipódromo y/o Galgódromo
27.        Número o ID de la carrera y/o Evento
28.        Monto Apostado por jugador en moneda nacional
29.        Clave de Apuesta
30.        Tipo de pago (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
31.        Monto del premio pagado en moneda nacional o en divisa según sea el caso
32.        Expedición de Constancia Sí/No
33.        Tipo de cambio utilizado en la operación referido a pesos mexicanos
34.        Forma de Pago
35.        Monto de Premios no reclamados
36.        Fecha y hora de la transacción del evento
37.        Línea Inicial
38.        Línea de Cierre
39.        Línea Ganadora
40.        Número de comprobante
41.        Nombre del juego y/o sorteo
42.        Número de boletos o billetes vendidos por sorteo
43.        Monto recaudado por sorteo
44.        Monto destinado a la bolsa acumulada
45.        Monto destinado a la reserva del premio especial
46.        Monto del premio pagado en moneda nacional por línea ganadora
47.        Monto del premio pagado en moneda nacional por sorteo (bingo y/o jack o juegos similares con números a elección)
 
48.        Monto del premio pagado en moneda nacional del Premio Especial (Reserva)
49.        Monto de los premios pagados en moneda nacional según tipo de sorteo
50.        Número de boletos emitidos por juego y/o sorteo
51.        Valor total de la emisión
52.        Valor total de boletos vendidos
53.        Número de Transacción
54.        Saldo inicial del jugador
55.        Saldo de promoción al jugador
56.        Número de registro de Caja
57.        Balance Inicial por línea de Negocio
58.        Balance Inicial por Sublínea de Negocio
59.        Balance Final por Línea de Negocio
60.        Balance Final por Sublínea de Negocio
       Tratándose de premios superiores a $10,000.00 M.N. (Diez mil pesos en moneda nacional), se deberán incluir los siguientes campos:
61.        Nombre del jugador
62.        RFC
63.        CURP
64.        Documento oficial de identificación
65.        Número del documento oficial de identificación
66.        ISR retenido
67.        Combinación (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
68.        Fecha de emisión de la Constancia de retención del ISR
69.        Número de Máquina de juego
       Los datos de los campos de número de registros, sumatorias de importes de transacciones por evento, deberán coincidir con los datos existentes en los registros de detalles correspondientes.
       Características de seguridad, confiabilidad e inviolabilidad de la información
       Para los efectos del presente Anexo, se deberá garantizar la confiabilidad de la información en el servidor central de monitoreo, teniéndose que cumplir para ello con lo siguiente:
I.          La protección de los datos deberá llevarse a cabo contra fallos físicos, fallos lógicos y fallos humanos (intencionados o no).
II.         Los aspectos fundamentales de la seguridad, que deberán observarse son:
a)    Accesibilidad. El sistema debe asegurar la disponibilidad de los datos a aquellos usuarios que tienen derecho a ello, por lo que el sistema debe contar con mecanismos que permitan recuperar la base de datos en el caso de fallos lógicos o físicos que destruyan los datos en todo o en parte.
b)    Integridad. El sistema debe contar con mecanismos que protejan la base de datos contra operaciones que introduzcan inconsistencias en los datos.
III.        Contar con un procedimiento definido y documentado de respaldos y recuperación de la información que incluya tanto la base de datos, como los archivos XML señalados en este Apartado. La periodicidad del respaldo a efectuar será de acuerdo al volumen de información
manejado por cada establecimiento, garantizando en todo momento la disponibilidad de la información como objetivo principal.
IV.        El sistema de cómputo proporcionado por el Proveedor de Servicio Autorizado deberá ser auditado por un rgano Verificador, autorizado por el SAT, para garantizar que la entrega de información cumpla con los requisitos de seguridad, confiabilidad e inviolabilidad del proceso y del producto final.
       Catálogos
       Cada operador deberá entregar en la ADAFF del SAT, más cercana a su domicilio, dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Anexo, los catálogos referentes a las Combinaciones, Tipos de Pago, las Sublíneas de Negocio y Establecimientos; conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT de acuerdo a una estructura en archivo de datos codificado en UTF-8, con la siguiente información:
1.         Clave de línea de negocio
2.         Clave de combinación
3.         Descripción breve de la combinación de que se trate
4.         Clave de tipo de pago
5.         Descripción breve del tipo de pago de que se trate
6.         Clave de la Sublínea de negocio
7.         Descripción breve de la Sublínea de que se trate
8.         RFC del operador y/o permisionario
9.         Clave del Establecimiento
10.        Ubicación
11.        Nombre del Proveedor del Servicio Autorizado
12.        RFC del Proveedor del Servicio Autorizado
13.        Fecha y hora de generación del archivo
E.    Requisitos y obligaciones que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como rgano Verificador
1.- Requisitos:
       Para los efectos de la regla 5.2.40. los interesados que soliciten ante el SAT autorización mediante buzón tributario como rgano Verificador, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a)         Ser una Persona Moral con residencia en México que tribute conforme al Título II de la Ley del ISR o, se ubique en la fracción X del artículo 79 de dicha Ley o si es residente en extranjero, cuente con establecimiento permanente en México.
b)         Presentar solicitud en la cual manifestará, bajo protesta de decir verdad, que toda la información y documentación que presenta es cierta y se encuentra vigente.
c)         Dictaminar sus estados financieros para fines fiscales, salvo que se trate de instituciones u organismos educativos que en términos de las disposiciones fiscales, no se encuentren obligados a ello.
d)         Acreditar documentalmente o mediante la presentación de copia certificada de al menos tres contratos, que tiene por lo menos, tres años de experiencia en la prestación del servicio que le permita fungir como rgano Verificador.
            Las personas morales legalmente constituidas de conformidad con las leyes mexicanas, podrán acreditar el requisito a que se refiere el párrafo anterior, cuando demuestren que se encuentran asociadas con empresas extranjeras que cuentan con experiencia en la prestación de servicios
de verificación. En este caso los contratos de prestación de servicios a que se refiere el párrafo anterior serán los correspondientes a las empresas extranjeras.
            Dicha asociación debe tener como finalidad que las personas morales legalmente constituidas de conformidad con las leyes mexicanas aprovechen la experiencia, conocimientos y, en su caso, tecnología de la empresa extranjera en la prestación de servicios mencionados. Asimismo, esta asociación deberá mantenerse por lo menos durante tres años, contados a partir de que se obtenga la autorización correspondiente.
e)         Acreditar con documentación soporte, que cuenta con la capacidad financiera y dispone de los recursos e infraestructura tecnológica para la adecuada y oportuna prestación del servicio de verificación a que se refiere el presente Apartado.
f)          Acreditar que la empresa solicitante no mantiene participación de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de los permisionarios, operadores de juegos con apuestas y sorteos, así como con socios, accionistas de la(s) empresa(s) que resulte(n) proveedor o proveedoras del servicio de monitoreo, o cuando exista vinculación entre ellas de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Aduanera, lo anterior con la finalidad de que no se ponga en duda la imparcialidad y/o transparencia de la verificación del Sistema de Cómputo.
g)         Presentar carta en la que el representante legal declare bajo protesta de decir verdad, que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República y gobiernos estatales, ni que por su conducto participan personas físicas o morales, que se encuentren en dicho supuesto.
h)         No haber sido proveedor o arrendador de máquinas o de cualquier tipo de sistemas relacionados con la prestación del servicio de juegos con apuestas o sorteos, lo anterior con la finalidad de que no se ponga en duda la imparcialidad y/o transparencia de las verificaciones que realizará el OV.
            Los OV deberán abstenerse de celebrar en el futuro el tipo de actos señalados en el párrafo anterior.
i)          No pertenecer a alguna asociación o sociedad de permisionarios u operadores en materia de juegos con apuestas y sorteos.
       La autorización a que se refiere el presente Apartado tendrá una vigencia de dos años y podrá ser renovada siempre y cuando el rgano Verificador presente en el mes de octubre de cada año aviso por medio del Portal del SAT, conforme a la ficha de trámite del Anexo 1-A de la RMF vigente, "32/IEPS Presentación de la solicitud de renovación de autorización para continuar fungiendo como rgano Verificador (OV), para garantizar y verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del PSA" en el que declare bajo protesta de decir verdad, que sigue reuniendo los requisitos para constituirse como tal, para lo cual deberá permitir las revisiones que el SAT le practique a fin de corroborar dicho cumplimiento.
       Todos los documentos que se presenten a través de buzón tributario deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras. Tratándose de los contratos, estos podrán estar en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español.
2.-Obligaciones:
            Las actividades específicas que realizarán los rganos Verificadores autorizados por el SAT serán:
1.         Verificar que los Proveedores de Servicio Autorizados cumplan con las obligaciones establecidas en la regla 5.2.40., y en el presente Anexo.
2.         Verificar que el sistema de cómputo proporcionado por el Proveedor cumple con las características técnica, de seguridad y requerimientos de información previstos en el Apartado D del presente Anexo.
3.         Verificar a más tardar en el mes de agosto del año de que se trate, o cuando así lo requiera el
SAT, que el sistema de cómputo proporcionado por el Proveedor de Servicio Autorizado esté enviando la información de los sistemas central de apuestas y de caja y control de efectivo, cumpliendo con los requisitos de seguridad, confiabilidad e inviolabilidad del proceso y del producto final previstos en el presente Anexo.
4.         Verificar que la totalidad de las operaciones, provenientes de las máquinas y demás líneas de negocio, registradas en los sistemas central de apuestas y de caja y control de efectivo coincidan con las transacciones reportadas al SAT.
5.         Verificar la veracidad de las causas por fallas del sistema de cómputo reportadas al SAT por el Proveedor del Servicio Autorizado, a través del aviso correspondiente, en cumplimiento a la obligación prevista en la regla 5.2.37., y en su caso informar al SAT dentro de los 5 días hábiles siguientes a la detección de inconsistencias, mediante escrito dirigido al titular de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI).
6.         Verificar que las características de la información enviada al SAT se apeguen a las especificaciones definidas en el XML publicado por dicho rgano desconcentrado.
7.         Las demás que el SAT le encomiende a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los Proveedores de Servicio Autorizado.
       La certificación se emitirá cuando derivado del total las verificaciones que realice dicho rgano se constate que el citado Proveedor ha cumplido con todas y cada una de las obligaciones que señalan la regla 5.2.40., y deberá ser enviada en el mes de agosto de cada año a través del Portal del SAT, de conformidad con lo señalado en la ficha de trámite 34/IEPS denominada "Aviso de certificación de Proveedor de Servicio Autorizado (PSA)", contenida en el Anexo 1-A, mediante aviso manifestando bajo protesta de decir verdad que el Proveedor de Servicio Autorizado ha sido certificado, en caso de que la documentación adjunta en el aviso sea ilegible o esté incompleta, la AGJ lo hará del conocimiento del contribuyente a través de la misma aplicación.
       El rgano Verificador estará obligado a atender cualquier requerimiento o verificación que el SAT, a través de su área tecnológica, jurídica o de auditoría, le realice a fin de corroborar el debido cumplimiento de los requisitos y obligaciones previstas en el presente Anexo que como rgano Verificador le competen, por lo que en caso de que deje de cumplir o atender total o parcialmente cualquier requerimiento de información o no permita alguna verificación con el propósito de corroborar los requisitos y obligaciones aludidos, o bien, que a través del ejercicio de facultades de comprobación se detecte algún incumplimiento, el SAT a través de la AGJ procederá a emitir resolución en la que deje sin efectos la autorización otorgada y se notificará al (los) Proveedor(es) de Servicio Autorizado(s) el sentido de la misma, adicionalmente, será causa de revocación cuando el rgano Verificador sea publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, tercer párrafo del CFF.
       La autorización, revocación y pérdida de vigencia a que se refiere este Anexo, surtirá efectos a partir de su publicación en el Portal del SAT.
       Al rgano Verificador que le haya sido revocada su autorización, o que la misma hubiere perdido su vigencia, quedará inhabilitado para solicitar de nueva cuenta autorización dentro del ejercicio siguiente a aquél en que se actualizaron dichos supuestos.
F.    Operadores que presten el servicio de juegos con apuestas y sorteos a través de agencias
       Características técnicas del sistema de cómputo
            Para los efectos del artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS, el sistema de cómputo deberá:
1.         Permitir el acceso del SAT (sólo lectura) en línea al sistema de cómputo.
2.         Estar conectado a los sistemas central de apuestas y de caja y control de efectivo.
3.         Almacenar cuando menos tres meses la información para su consulta en línea, sin menoscabo de crear el resguardo correspondiente, para consultas futuras.
4.         Generar, con una frecuencia diaria, un reporte en formato XML, conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, que incluirá los datos correspondientes a su sistema central de apuestas. Campos 1 al 29 del presente Apartado.
 
5.         Generar, con una frecuencia mensual, un reporte en formato XML, conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, que incluirá los datos correspondientes a su sistema de caja y control de efectivo. Este reporte considera la información requerida en los campos 30 al 56 del presente Apartado. Dicha información deberá ser consolidada durante los primeros tres días hábiles del mes posterior al que se reporta.
6.         Además del acceso en línea, deberá permitir la extracción y posterior entrega de datos en demanda a través de otro medio digital u óptico (tal como disco compacto) o usando un puerto compatible con USB 2.0.
            Características de seguridad del sistema de cómputo
            Para los efectos del presente Anexo, se deberá garantizar la confiabilidad de la información teniéndose que cumplir para ello con lo siguiente:
I.          La protección de los datos deberá llevarse a cabo contra fallos físicos, fallos lógicos y fallos humanos (intencionados o no).
II.         Los aspectos fundamentales de la seguridad, que deberán observarse son:
a)    Accesibilidad. El sistema debe asegurar la disponibilidad de los datos al SAT, por lo que debe contar con mecanismos que permitan recuperar la base de datos en el caso de fallos lógicos o físicos que destruyan los datos en todo o en parte.
b)    Integridad. El sistema debe proteger la base de datos contra operaciones que introduzcan inconsistencias en los datos.
III.        Contar con un procedimiento definido y documentado de respaldos y recuperación de la información que incluya tanto la base de datos, como los archivos XML señalados en este Apartado. La periodicidad del respaldo a efectuar será de tres meses por cada establecimiento, manteniendo en todo momento la disponibilidad de la información como objetivo principal.
            Requerimientos de información del sistema de cómputo
            Toda la información proveniente de cada agencia se debe concentrar en un archivo de forma automática, en el sistema de cómputo a que se refiere el artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS, y será conformada por un archivo de datos, codificado en UTF-8, conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT.
            La información que se almacenará de forma en el sistema de cómputo a que se refiere el artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS, y que deberá estar a disposición del SAT en línea y tiempo real será la siguiente:
1.         Nombre, denominación o razón social del Permisionario
2.         Nombre, denominación o razón social del Operador
3.         RFC del Permisionario
4.         RFC del Operador
5.         Domicilio del Permisionario
6.         Domicilio del Operador
7.         Número del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación
8.         Fecha de autorización del permiso
9.         Fecha del inicio de la vigencia
10.        Fecha del término de la vigencia
11.        Tipo de espectáculos autorizados
12.        Porcentaje de aprovechamiento a pagar por el contribuyente, operador y/o permisionario por tipo de espectáculo y/o actividad en materia de juegos y sorteos (línea de negocio del evento) en los términos y montos que establezca la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos de la
Secretaría de Gobernación
13.        Clave de la línea de negocio
            - L003: Apuestas deportivas
            - L004: Sorteos de números a elección
            - L005: Sorteos de números con números predeterminados
            - L006: Sorteos con imágenes o símbolos, incluye boletos con premio oculto
14.        Clave de la Sublínea de Negocio (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
15.        Fecha y hora de generación del archivo.
16.        Periodo al que corresponde la información que se reporta
17.        Clave de Agencia
18.        Número o ID del Evento
19.        Monto Apostado por jugador en moneda nacional
20.        Clave de Apuesta
21.        Tipo de pago (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
22.        Forma de Pago
23.        Fecha y hora de la transacción del evento
24.        Número de comprobante
25.        Nombre del juego y/o sorteo
26.        Monto destinado a la bolsa acumulada
27.        Número de boletos emitidos por juego y/o sorteo
28.        Valor total de la emisión
29.        Número de Transacción
30.        Saldo inicial del jugador
31.        Institución Financiera
32.        ID Agencia
33.        Número de boletos vendidos por la agencia
34.        Monto de boletos facturados por la agencia
35.        Monto de premios pagados por la agencia
36.        Monto neto enterado por la agencia
37.        Monto de Comisiones de la agencia
38.        Monto de devoluciones realizada por la agencia
39.        Medio de pago
40.        ID Terminal de juego en Agencia
41.        Entidad Federativa de la Agencia
42.        Monto del premio pagado en moneda nacional o en divisa según sea el caso
43.        Expedición de Constancia Sí/No
44.        Monto de Premios no reclamados
 
45.        Número de boletos o billetes vendidos por sorteo
46.        Monto recaudado por sorteo
47.        Valor total de boletos vendidos
48.        Balance Inicial por línea de Negocio
49.        Balance Inicial por la Sublínea de Negocio
50.        Balance Final por Línea de Negocio
51.        Balance Final por la Sublínea de Negocio
52.        Sumatoria del balance inicial por línea de negocio
53.        Sumatoria del balance final por línea de negocio
54.        Sumatoria del balance inicial por la Sublínea de negocio
55.        Sumatoria del balance final por la Sublínea de negocio
56.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de los ingresos en caja
57.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de las salidas de caja
            Los datos de los campos de número de registros, sumatorias de importes de transacciones por evento, deberán coincidir con los datos existentes en los registros de detalles correspondientes.
Catálogos
       Cada operador deberá entregar en la ADAFF del SAT, más cercana a su domicilio, dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Anexo, los catálogos referentes a las Combinaciones, Tipos de Pago, las Sublíneas de Negocio y Agencias; conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, codificado en UTF-8, lo anterior sin menoscabo de que si hubiere posteriores modificaciones a los mismos, por parte de los operadores y/o permisionarios se deberá presentar la actualización del catálogo correspondiente en la referida ADAFF, dentro de los 5 días naturales siguientes a aquel en que se realizó la actualización, con la siguiente información:
a)         Clave de línea de negocio
b)         Clave de combinación
c)         Descripción breve de la combinación de que se trate
d)         Clave de tipo de pago
e)         Descripción breve del tipo de pago de que se trate
f)          Clave de la Sublínea de negocio
g)         Descripción breve de la Sublínea de que se trate
h)         RFC del operador
i)          Clave del Establecimiento
j)          Ubicación
k)         RFC del permisionario
l)          ID Agencia
m)        ID Terminal de juego en Agencia
n)         Entidad Federativa de la Agencia
o)         Ubicación de la Agencia
p)         Nombre de la Agencia
q)         RFC de la Agencia
r)          Fecha y hora de generación del archivo
G.    Información que deberá entregar el operador y/o permisionario
 
       Los contribuyentes que a la fecha de publicación de la presente resolución hubieren optado por cumplir con la facilidad administrativa señalada en la regla 5.2.39., proporcionarán al SAT, de forma mensual dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes al mes que se reporte, a través del buzón tributario, la información conforme al esquema XML publicado en el Portal del SAT, que contenga lo siguiente:
1.         Nombre, denominación o razón social del Permisionario
2.         Nombre, denominación o razón social del Operador
3.         RFC del Permisionario
4.         RFC del Operador
5.         Domicilio del Permisionario
6.         Domicilio del Operador
7.         Número del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación
8.         Fecha de autorización del permiso
9.         Fecha del inicio de la vigencia
10.        Fecha del término de la vigencia
11.        Tipo de espectáculos autorizados
12.        Porcentaje de aprovechamiento a pagar por el Permisionario por tipo de espectáculo y/o actividad en materia de juegos y sorteos (línea de negocio del evento)
13.        Clave de la línea de negocio
            - L001: Apuestas a caballos o galgos en vivo
            - L002: Apuestas a caballos o galgos de otros hipódromos
            - L003: Apuestas deportivas
            - L004: Sorteos de números a elección
            - L005: Sorteos de números con números predeterminados
            - L006: Sorteos con imágenes o símbolos
            - L007: Máquinas de juego
14.        Clave de la Sublínea de Negocio (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
15.        Sumatoria del balance inicial por línea de negocio
16.        Sumatoria del balance final por línea de negocio
17.        Sumatoria del balance inicial por la Sublínea de negocio
18.        Sumatoria del balance final por la Sublínea de negocio
19.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de los ingresos en caja
20.        Sumatoria de los importes totales en moneda nacional de las salidas de caja
21.        Fecha y Hora de generación del Archivo
22.        Periodo al que corresponde la información que se reporta
23.        Clave de Establecimiento (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
24.        Nombre del Hipódromo y/o Galgódromo
 
25.        Número o ID de la carrera y/o Evento
26.        Monto Apostado por jugador en moneda nacional
27.        Clave de Apuesta
28.        Tipo de pago (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
29.        Monto del premio pagado en moneda nacional o en divisa según sea el caso
30.        Expedición de Constancia Si/No
31.        Tipo de cambio utilizado en la operación referido a pesos mexicanos
32.        Forma de Pago
33.        Monto de Premios no reclamados
34.        Fecha y hora de la transacción del evento
35.        Línea Inicial
36.        Línea de Cierre
37.        Línea Ganadora
38.        Número de comprobante
39.        Nombre del juego y/o sorteo
40.        Número de boletos o billetes vendidos por sorteo
41.        Monto recaudado por sorteo
42.        Monto destinado a la bolsa acumulada
43.        Monto destinado a la reserva del Premio especial
44.        Monto del premio pagado en moneda nacional por línea ganadora
45.        Monto del premio pagado en moneda nacional por sorteo (bingo y/o jack o juegos similares con números a elección)
46.        Monto del premio pagado en moneda nacional del Premio Especial (Reserva)
47.        Monto de los premios pagados en moneda nacional según tipo de sorteo
48.        Número de boletos emitidos por juego y/o sorteo
49.        Valor total de la emisión
50.        Valor total de boletos vendidos
51.        Número de Transacción
52.        Saldo inicial del jugador
53.        Saldo de promoción al jugador
54.        Número de registro de Caja
55.        Balance Inicial por línea de Negocio
56.        Balance Inicial por Sublínea de Negocio
57.        Balance Final por Línea de Negocio
58.        Balance Final por Sublínea de Negocio
            Tratándose de premios superiores a $10,000.00 M.N. (Diez mil pesos en moneda nacional), se deberán incluir los siguientes campos:
59.        Nombre del jugador
60.        RFC
 
61.        CURP
62.        Documento oficial de identificación
63.        Número del documento oficial de identificación
64.        ISR retenido
65.        Combinación (De acuerdo al catálogo de las Sublíneas de negocio que debe ser reportado al SAT)
66.        Fecha de emisión de la Constancia
67.        Número de terminal de juego
H.    Información que deberá entregar el operador y/o permisionario que lleve a cabo sorteos o concursos transmitido por medios de comunicación masiva
       Los contribuyentes que opten por lo establecido en la regla 5.2.38., segundo párrafo, deberán informar mediante buzón tributario, que optan por cumplir con lo dispuesto en el presente apartado.
       Asimismo, los operadores y/o permisionarios que opten por lo establecido en la regla 5.2.38. segundo párrafo, deberán entregar, dentro de los 10 días naturales siguientes del mes que se reporta, en la ADAFF del SAT, más cercana a su domicilio, los campos por cada sorteo o concurso efectuado, conforme al esquema de datos de XML publicado en el Portal del SAT, codificado en UTF-8, o modificaciones respectivas. Dichos campos se refieren a la información siguiente:
1.         RFC del contribuyente que lleva a cabo los sorteos o concursos
2.         Domicilio del contribuyente que realiza el sorteo o concurso
3.         Identificador de cada llamada (número de la llamada)
4.         Identificador del sorteo o concurso (clave de sorteo o concurso)
5.         Permiso de Gobernación del sorteo o concurso
6.         Cuota, precio, cobro o tarifa pagada por el concursante por el sorteo o concurso en cuestión
7.         Número de llamadas totales del sorteo o concurso
8.         Número de llamadas cobradas del sorteo o concurso
9.         Monto del premio pagado en el sorteo o concurso en cuestión (sin impuestos)
10.        Monto del premio acumulado o transferido a Gobernación
11.        Divisa
12.        IVA cobrado por llamada
13.        Importe total cobrado por la compañía verificadora del cobro del sorteo o concurso
14.        Importe total cobrado por concepto de comisiones de la compañía verificadora del cobro del sorteo o concurso
15.        RFC de la compañía telefónica que realiza el cobro del sorteo o concurso
16.        Monto total facturado por la empresa verificadora a la compañía telefónica, siendo esta última quien realiza el cobro del sorteo o concurso en cuestión a la empresa verificadora
17.        Fecha de la factura emitida por la compañía verificadora a la compañía telefónica que realiza el cobro del sorteo o concurso en cuestión a la empresa verificadora
18.        IVA de la factura emitida por la compañía verificadora a la compañía telefónica que realiza el cobro del sorteo o concurso en cuestión a la empresa verificadora
19.        RFC de la compañía o empresa que presta el servicio de verificación al contribuyente poseedor del permiso de la Secretaría de Gobernación para realizar el sorteo o concurso
20.        Monto total de la factura emitida por la compañía verificadora que presta el servicio de verificación al contribuyente poseedor del permiso de la Secretaría de Gobernación por el sorteo o concurso
en cuestión
21.        Fecha de la factura emitida por la compañía o empresa que presta el servicio de verificación al contribuyente poseedor del permiso de la Secretaría de Gobernación por el sorteo o concurso en cuestión
22.        RFC del ganador del sorteo o concurso
23.        Nombre del ganador del sorteo o concurso
24.        Fecha de pago del premio
25.        Monto del premio pagado
26.        ISR retenido del premio pagado
27.        Monto de premio no reclamado
28.        Premio en especie (SI/NO)
29.        Tipo de premio en especie
30.        Valor de mercado del premio en especie
31.        Tipo de documento oficial de identificación
32.        Número del documento oficial de identificación
33.        Domicilio del jugador o concursante
34.        Fecha de emisión de la constancia de retención
35.        Monto de participaciones pagadas al Gobierno Federal
36.        Monto de impuestos pagados a Entidades Federativas por las actividades que realiza
37.        Monto de devoluciones efectuadas a los participantes
I.     Procedimiento que el SAT debe seguir para llevar a cabo la revocación de las autorizaciones conferidas para fungir como Proveedor de Servicio Autorizado o como rgano Verificador
I.          Determinada la irregularidad, que sea causa de revocación de la autorización conferida, el SAT por conducto de la AGJ emitirá una resolución en la que instaurará el inicio del procedimiento, señalando las causas que lo motivan y procederá a notificarla al proveedor de servicio u órgano verificador, de que se trate, requiriéndolo para que en un plazo de veinte días siguientes a aquél en que surta efectos dicha notificación, manifieste por escrito lo que a su derecho convenga, ofrezca y exhiba las pruebas que considere pertinentes.
II.         En la misma resolución en que se instaure el procedimiento, el SAT requerirá al proveedor de servicio o al órgano verificador que se abstengan de realizar nuevas contrataciones con los contribuyentes o proveedores de servicio autorizados, respectivamente, hasta en tanto se resuelva dicho procedimiento.
III.        La autoridad fiscal admitirá toda clase de pruebas, excepto la testimonial y la de confesión de las autoridades mediante absolución de posiciones. Las pruebas se valorarán en los términos del artículo 130 del CFF.
IV.        Agotado el periodo probatorio a que se refiere la fracción I, con vista en los elementos que obren en el expediente, la autoridad fiscal en un plazo que no excederá de tres meses, contados a partir del día siguiente a aquél en que se agote el plazo antes señalado emitirá la resolución que proceda.
V.         La resolución del procedimiento se hará del conocimiento del proveedor de servicio o del órgano verificador personalmente o por el buzón tributario. En caso de que la resolución sea en el sentido de revocar la autorización, una vez que ésta sea notificada, el SAT dentro de los cinco días siguientes a través de su Portal del SAT, dará a conocer los proveedores de servicios y órganos verificadores a quienes haya revocado su autorización.
VI.        En relación con la fracción anterior, el proveedor de servicio o el órgano verificador deberá dar
aviso a sus clientes de que su autorización fue revocada, en un plazo de tres días, contados a partir del día siguiente en que les sea notificada personalmente la resolución o a través del buzón tributario, a fin de que los contribuyentes o proveedores de servicio autorizado contraten a otro proveedor de servicio u órgano verificador, respectivamente.
VII.       El proveedor de servicio al que le haya sido revocada la autorización o cuya autorización haya perdido su vigencia, dentro de los tres meses siguientes a partir de su publicación en el Portal del SAT, deberá continuar prestando el servicio a sus clientes, plazo en el cual el contribuyente que recibía los servicios del citado proveedor, deberá contratar a un nuevo proveedor de servicio autorizado.
VIII.      Tratándose del cambio de proveedor de servicio, el nuevo proveedor de servicio autorizado que se contrate en términos de la fracción anterior, deberá poner en funcionamiento el sistema de cómputo a que se refiere el artículo 20, fracción II de la Ley del IEPS y proporcionar el servicio de monitoreo al contribuyente, dentro de un plazo de cuatro meses siguientes al de su contratación, plazo durante el cual el contribuyente deberá proporcionar al SAT, de forma mensual, la información que se establezca mediante disposiciones de carácter general.
       Para los efectos del procedimiento a que se refiere este apartado, tratándose de los proveedores de servicio autorizados, así como de los órganos verificadores, la revocación de sus respectivas autorizaciones procederá cuando incumplan con cualquiera de las obligaciones establecidas en este Anexo, o en las reglas de carácter general que les resulten aplicables, o que deriven de las autorizaciones conferidas; en el caso del proveedor de servicio autorizado lo anterior aplicará con independencia de que cuente con la certificación vigente.
            Tratándose de los proveedores de servicio autorizados, la revocación de la autorización procederá, cuando:
a)         Se niegue a recibir las verificaciones del SAT, impida el inicio de dichas verificaciones u oculte información durante las mismas, o bien a través del ejercicio de facultades de comprobación se detecte incumplimiento a las disposiciones de este Anexo y las demás que resulten aplicables.
b)         No integre los reportes de resultados y de operación del contribuyente, o bien, cuando habiéndolo hecho no cuenten con los elementos técnicos, comprobables, suficientes y acordes a la naturaleza de su revisión.
c)         Ceda o transmita parcial o totalmente, inclusive a través de fusión o escisión, los derechos derivados de la autorización.
d)         Se encuentre sujeto a un concurso mercantil, en etapa de conciliación o quiebra.
e)         Hubiera cometido o participado en la comisión de un delito de carácter fiscal.
f)          Se detecte que tiene participación de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de los contribuyentes a los que les preste servicios a que se refiere la autorización o cuando exista vinculación con dichos contribuyentes. Para efectos de este inciso, se considera que existe vinculación cuando se den los supuestos previstos en el artículo 68 de la Ley Aduanera.
g)         No reciba la certificación por parte del órgano verificador a que se refiere el Apartado C, del presente Anexo o se haga del conocimiento de la Autoridad Fiscal por parte del citado órgano que se actualiza en alguna de los incisos señalados en este Apartado.
h)         No haya celebrado antes del 31 de diciembre de 2013, contrato de prestación de servicios autorizados con al menos un operador y o permisionario en materia de juegos con apuestas y sorteos, para efectuar el envío en línea y tiempo real de la información proveniente de los sistemas de registro a que se refiere el artículo 20, fracción I de la Ley del IEPS, informando al efecto al SAT, por conducto de la AGJ, dentro de los 15 días siguientes contados a partir de la fecha de suscripción de dichos instrumentos privados, anexando copia de los mismos y
señalando con precisión la denominación o razón social y el RFC de los contribuyentes con los que contraten sus servicios para proporcionar el sistema de cómputo a través del cual consolide y proporcione al SAT en forma permanente la información en línea y tiempo real proveniente del sistema central de apuestas, así como del sistema de caja y control de efectivo, por cada establecimiento.
i)          Se abstenga de prestar el servicio autorizado a favor de al menos un contribuyente sujeto a la obligación prevista en el artículo 20 de la Ley del IEPS, con posterioridad al 30 de abril de 2014.
            Se considera que se ha abstenido de prestar el servicio autorizado, cuando habiendo transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no haya efectuado el envío en línea y tiempo real de la información proveniente de los sistemas de registro de al menos un contribuyente que se encuentre obligado al pago del IEPS por la realización de juegos con apuestas y sorteos, independientemente del nombre con que se les designe, que requieran permiso de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.
j)          No permita, interrumpa u obstaculice sin causa justificada el acceso del SAT y a los órganos verificadores a los monitores de operaciones en tiempo real de los reportes diarios en formato XML, cuyo acceso deberá ser en línea a los equipos terminales al igual que al servidor central y sistema de caja mediante la conexión a un convertidor de datos instalado directamente en las máquinas de juego independientemente de la línea de negocio de que se trate, con un esquema cuya disponibilidad sea 99.9% anual de los operadores y/o permisionarios que contraten sus servicios.
k)         Incumpla cualquiera de las obligaciones relativas a las especificaciones técnicas de seguridad e integridad del sistema, la continuidad, requerimientos de información de su sistema de cómputo, mediante el cual proporcionen al SAT, en forma permanente, la información en línea y tiempo real del sistema central de apuestas y sistema central de caja y control de efectivo.
l)          Divulgue o proporcione bajo cualquier medio, la información obtenida a través de su sistema de cómputo.
m)        Se detecte incumplimiento a las disposiciones previstas en el Apartado C de este Anexo, respecto a las especificaciones técnicas del servicio que debe prestar el proveedor de servicio autorizado, así como sus características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deben cumplir los sistemas del citado proveedor, derivado de las revisiones y/o verificaciones en materia de tecnología, sistemas y seguridad de la información que practique el SAT, a través de la AGCTI o el órgano verificador.
n)         Cuando derivado de las revisiones que realice el órgano verificador, manifieste que el proveedor de servicio autorizado no permitió o dio cumplimiento a los requerimientos de información solicitados por el órgano verificador, así como que no permitió el acceso a las instalaciones del citado proveedor.
            Por su parte, tratándose de los órganos verificadores, la revocación de la autorización procederá, cuando:
a)         Se niegue a recibir las verificaciones del SAT, impida el inicio de dichas verificaciones u oculte información durante las mismas, o bien cuando a través del ejercicio de facultades de comprobación se detecte algún incumplimiento a las disposiciones de este Anexo y las demás que resulten aplicables.
b)         Ceda o transmita parcial o totalmente, inclusive a través de fusión o escisión, los derechos derivados de la autorización.
c)         Se encuentre sujeto a un concurso mercantil, en etapa de conciliación o quiebra.
 
d)         Hubiera cometido o participado en la comisión de un delito de carácter fiscal.
e)         Emita al proveedor de servicio autorizado un certificado incorrecto, es decir que derivado del ejercicio de facultades de comprobación de las autoridades fiscales o a requerimiento de la autoridad fiscal, detecten que el órgano verificador emitió la certificación al proveedor de servicio autorizado sin cumplir con los requisitos a través de los cuales obtuvo su calidad de proveedor.
f)          Se detecte que tiene participación de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de los contribuyentes a los que les preste los servicios a que se refiere la autorización o cuando exista vinculación con dichos contribuyentes, así como con los contribuyentes que en forma habitual realicen los juegos con apuestas y sorteos a que se refiere el artículo 2, fracción II, inciso B) de la Ley del IEPS. Para efectos de este inciso, se considera que existe vinculación cuando se den los supuestos previstos en el artículo 68 de la Ley Aduanera.
g)         Se abstenga de acreditar ante el SAT, por conducto de la AGJ, que ha prestado el servicio conferido a favor de al menos un proveedor de servicio autorizado, con posterioridad al 31 de diciembre de 2014.
            Se considera que se ha abstenido de prestar el servicio relativo a sus actividades, cuando habiendo transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, o bien, durante los años subsecuentes no emita certificación alguna a favor de un proveedor de servicio autorizado, sin importar el sentido de la misma.
h)         Se detecte incumplimiento a las disposiciones previstas en el apartado E de este Anexo, respecto de las obligaciones específicas debe cumplir el órgano verificador, respecto a las características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deben cumplir los sistemas del proveedor de servicio autorizado, derivado de las revisiones y/o verificaciones en materia de tecnología, sistemas y seguridad de la información que practique el SAT, a través de la AGCTI.
Atentamente
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
 
Modificación al Anexo 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
Ubicación de las Unidades Administrativas del SAT
Contenido
I.     Administración General de Recaudación
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.   Administraciones Desconcentradas de Recaudación
II.    Administración General de Auditoría Fiscal Federal
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.   Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal Federal
 
III.    Administración General de Auditoría de Comercio Exterior
 ....................................................................................................................................................................................................................
VI.   Administración General de Servicios al Contribuyente
 ....................................................................................................................................................................................................................
C.   Subadministraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente
VIII.  Administración General de Recursos y Servicios
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.   Administraciones de Operación de Recursos y Servicios y Subadministraciones de Recursos y Servicios
IX.   Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información
 ....................................................................................................................................................................................................................
E.   Subadministraciones de Apoyo Desconcentradas "3" de Comunicaciones y Tecnologías de la Información
I.     Administración General de Recaudación
 ....................................................................................................................................................................................................................
A.    Administraciones Centrales de la Administración General de Recaudación
1.     Administración Central de Declaraciones y Pagos
       Ubicación de la Sede: Ciudad de México
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 18
Colonia
Guerrero
06300
Torre
Caballito
Basilio Badillo
y Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.    Administraciones Desconcentradas de Recaudación.
1.     Aguascalientes "1"
       Ubicación de la Sede: Aguascalientes
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Chichimeco
117
Planta baja
Colonia
San Luis
20250
Héroe de
Nacozari Sur y
Garabato
Aguascalientes
Aguascalientes
Aguascalientes
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
12.   Chiapas "1"
       Ubicación de la Sede: Tuxtla Gutierrez
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Segunda
Oriente
Norte
227
Piso 1
Colonia
Centro
29000
Entre
Primavera
Norte Oriente
y Segunda
Norte Oriente
Tuxtla
Gutiérrez
Tuxtla Gutiérrez
Chiapas
 ....................................................................................................................................................................................................................
20.   Guerrero "1"
       Ubicación de la Sede: Acapulco
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Antón de
Alaminos
Lotes 6, 8, 10,
12 y 14
Primer Piso
Fraccionamiento
Magallanes
39670
Costera
Miguel Alemán
Acapulco de
Juárez
Acapulco de
Juárez
Guerrero
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
36.   Nuevo León "3"
       Ubicación de la Sede: San Pedro Garza García
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
José
Vasconcelos
101 Oriente
Piso 3, 4 y 5
Fraccionamiento
Residencial
San Agustín
66278
Esquina Río
Nazas
San Pedro
Garza
García
San Pedro
Garza García
Nuevo León
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
41.   Quintana Roo "1"
       Ubicación de la Sede: Chetumal
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
avenida
5 de mayo
75
 
Colonia
Plutarco
Elías Calles
77090
Esquina
Avenida
Ignacio
Zaragoza
Chetumal
Othón P. Blanco
Quintana Roo
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
67.   Distrito Federal "4"
       Ubicación de la Sede: Sur de la Ciudad de México
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
San Lorenzo
104
PB
Colonia
San Lorenzo
La Cebada
16035
San Lorenzo y
Majuelos con
acceso
secundario en
calle Majuelos
S/N
San Lorenzo
La Cebada
Xochimilco
Ciudad de México
 
II.    Administración General de Auditoría Fiscal Federal
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.    Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal Federal
1.   Aguascalientes "1"
      Ubicación de la Sede: Aguascalientes
      Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Chichimeco
117
Piso 1
Colonia
San Luis
20250
Av. Héroe de
Nacozari y
Garabato
Aguascalientes
Aguascalientes
Aguascalientes
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
20.  Guerrero "1"
      Ubicación de la Sede: Acapulco
      Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Antón de
Alaminos
Lotes 6, 8, 10,
12 y 14
Segundo
Piso
Fraccionamiento
Magallanes
39670
Costera
Miguel Alemán
Acapulco de
Juárez
Acapulco de
Juárez
Guerrero
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
36.   Nuevo León "3"
 
       Ubicación de la Sede: San Pedro Garza García
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
José
Vasconcelos
101 Oriente
Piso 3, 4 y 5
Fraccionamiento
Residencial
San Agustín
66278
Esquina Río
Nazas
San Pedro
Garza
García
San Pedro
Garza García
Nuevo León
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
41.   Quintana Roo "1"
       Ubicación de la Sede: Chetumal
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
5 de mayo
75
 
Colonia
Plutarco
Elías Calles
77090
Esquina
Avenida
Ignacio
Zaragoza
Chetumal
Othón P. Blanco
Quintana Roo
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
66.   Distrito Federal "3"
       Ubicación: Oriente de la Ciudad de México
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Viaducto
Río de la
Piedad
507
Piso 1
Colonia
Granjas
México
08400
Calle Añil y
Francisco del
Paso y
Troncoso
Granjas
México
Iztacalco
Ciudad de México
 
67.   Distrito Federal "4"
       Ubicación: Sur de la Ciudad de México
       Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
San Lorenzo
104
PB
Colonia
San Lorenzo
La Cebada
16035
San Lorenzo y
Majuelos con
acceso
secundario en
calle Majuelos
S/N
San Lorenzo
La Cebada
Xochimilco
Ciudad de México
 
III.    Administración General de Auditoría de Comercio Exterior
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
A.    Administraciones Centrales de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior
 ....................................................................................................................................................................................................................
2.      Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior
         Ubicación de la Sede: Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 28
Colonia
Guerrero
06300
Torre Caballito
Basilio Badillo
y Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
 
3.      Administración Central de Investigación y Análisis de Comercio Exterior
         Ubicación de la Sede: Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 25
Colonia
Guerrero
06300
Torre Caballito
Basilio Badillo y
Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
4.      Administración Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior
         Ubicación de la Sede: Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 30
Colonia
Guerrero
06300
Torre Caballito
Basilio Badillo y
Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
 
5.      Administración Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior
         Ubicación de la Sede: Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 11
Colonia
Guerrero
06300
Torre Caballito
Basilio Badillo y
Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
 
6.      Administración Central de Certificación y Asuntos Internacionales de Auditoría de Comercio Exterior
         Ubicación de la Sede: Ciudad de México
 
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 31
Colonia
Guerrero
06300
Torre Caballito
Basilio Badillo y
Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.    Administraciones Desconcentradas de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior
1.      Del Pacífico Norte
         Ubicación de la Sede: Baja California
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Sor Juana
Inés de la
Cruz
19950
S/N
Colonia
Nueva
Tijuana
22435
 
Tijuana
Mesa de Otay
Centenario
Baja California
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
4.      Del Occidente
         Ubicación de la Sede: Jalisco
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Central
Guillermo
González
Camarena
735
 
Colonia
Anexo a
Residencial
Poniente
45136
Servidor
Público y
Circuito
Federalistas
Jaliscienses de
1823
Zapopan
Zapopan
Jalisco
 
5.      Del Centro
         Ubicación de la Sede: México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Viaducto
Río de la
Piedad
507
Piso 5
Colonia
Granjas
México
08400
Añil y Francisco
del Paso y
Troncoso
Granjas
México
Iztacalco
Ciudad de México
C.    Subsedes de las Administraciones Desconcentradas de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior
 ....................................................................................................................................................................................................................
 
2.      Del Sur
         Ubicación de la Sede: Yucatán
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
1-B
363
 
Fraccionamiento
Gonzalo
Guerrero
97115
8 y 10
Mérida
Mérida
Yucatán
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
4.      Del Pacifico Norte
         Ubicación de la Sede: Sonora
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo Río
Sonora y
Comonfort
S/N
Piso 2
Colonia
Fraccionamiento
Río Sonora
83280
Edificio Sonora
Hermosillo
Hermosillo
Sonora
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
VI.   Administración General de Servicios al Contribuyente
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.    Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente
1.      Aguascalientes "1"
         Ubicación de la Sede: Aguascalientes
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Chichimeco
119
 
Colonia
San Luis
20250
Héroe de
Nacozari
y Garabato
Aguascalientes
Aguascalientes
Aguascalientes
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
20.     Guerrero "1"
         Ubicación de la Sede: Acapulco
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Antón de
Alaminos
Lotes 6, 8, 10,
12 y 14
Planta Baja
Fraccionamiento
Magallanes
39670
Costera
Miguel Alemán
Acapulco de
Juárez
Acapulco de
Juárez
Guerrero
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
36.     Nuevo León "3"
 
         Ubicación de la Sede: San Pedro Garza García
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
José
Vasconcelos
101 Oriente
Planta Baja
Fraccionamiento
Residencial
San Agustín
66278
Esquina Río
Nazas
San Pedro
Garza
García
San Pedro
Garza García
Nuevo León
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
41.     Quintana Roo "1"
         Ubicación de la Sede: Chetumal
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
5 de mayo
75
 
Colonia
Plutarco
Elías Calles
77090
Esquina
Avenida
Ignacio
Zaragoza
Chetumal
Othón P. Blanco
Quintana Roo
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
64.     Distrito Federal "1"
         Ubicación: Norte de la Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Bahía de
Santa
Bárbara
23
Piso PB y
1°, ala "B"
Colonia
Verónica
Anzures
11300
Bahía de San
Hipólito y
Bahía de
Ballenas
Verónica
Anzures
Miguel Hidalgo
Ciudad de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
67.     Distrito Federal "4"
         Ubicación: Sur de la Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
San Lorenzo
104
 
Colonia
San Lorenzo
La Cebada
16035
San Lorenzo y
Majuelos con
acceso
secundario en
calle Majuelos
S/N
San Lorenzo
La Cebada
Xochimilco
Ciudad de México
 
C.    Subadministraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
3       Subadministraciones Desconcentradas del Estado de México "2"
         Ubicación de la Subadministración: Nezahualcóyotl.
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Sor Juana
Inés de la
Cruz
100
 
Colonia
Metropolitana
2a Sección
57740
Esquina Indio
Triste
Metropolitana
Netzahualcóyotl
Estado de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
5       Subadministraciones Desconcentradas del Estado de México "2"
         Ubicación de la Subadministración: Ecatepec
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Carlos Hank
González
 
Locales 7, 8,
9 y10
Colonia
Santa María
Tulpetlac
55400
Av.
Gobernadora y
Av. Oaxaca.
Estación de
MEXIBUS
Alfredo Torres
Santa María
Tulpetlac
Ecatepec
Estado de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
7.      Administración Central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables
         Ubicación de la Sede: Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Hidalgo
77
Módulo V,
Piso 1
Colonia
Guerrero
06300
Paseo de la
Reforma y
Valerio Trujano
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de
México
 
B.    Administraciones Desconcentradas Jurídicas
1.      Aguascalientes "1"
         Ubicación de la Sede: Aguascalientes
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Chichimeco
117
Piso 2
Colonia
San Luis
20250
Héroe de
Nacozari y
Garabato
Aguascalientes
Aguascalientes
Aguascalientes
 
 
....................................................................................................................................................................................................................
12.     Chiapas "1"
         Ubicación de la Sede: Tuxtla Gutierrez
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Segunda
Oriente
Norte
227
Piso 3
Colonia
Centro
29000
Entre Primera
Norte Oriente
y Segunda
Norte Oriente
Tuxtla
Gutiérrez
Tuxtla Gutiérrez
Chiapas
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
20.     Guerrero "1"
         Ubicación de la Sede: Acapulco
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Antón de
Alaminos
Lotes 6, 8, 10,
12 y 14
Primer Piso
Fraccionamiento
Magallanes
39670
Costera
Miguel Alemán
Acapulco de
Juárez
Acapulco de
Juárez
Guerrero
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
36.     Nuevo León "3"
         Ubicación de la Sede: San Pedro Garza García
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
José
Vasconcelos
101 Oriente
Piso 1
Fraccionamiento
Residencial
San Agustín
66278
Esquina Río
Nazas
San Pedro
Garza
García
San Pedro
Garza García
Nuevo León
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
41.     Quintana Roo "1"
         Ubicación de la Sede: Chetumal
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
5 de mayo
75
 
Colonia
Plutarco
Elías Calles
77090
Esquina
Avenida
Ignacio
Zaragoza
Chetumal
Othón P. Blanco
Quintana Roo
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
47.     Sonora "1"
         Ubicación de la Sede: Hermosillo
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Boulevard
Paseo Río
Sonora Sur
S/N
Planta baja
Centro de
Gobierno, Edificio
Hermosillo
Villa de
Seris
83280
Esquina con
Galeana
Hermosillo
Hermosillo
Sonora
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
65.     Distrito Federal "2"
         Ubicación: Centro de la Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Paseo de la
Reforma
10
Piso 5
Colonia
Guerrero
06300
Torre Caballito
Basilio Badillo
y Rosales
Guerrero
Cuauhtémoc
Ciudad de México
 ....................................................................................................................................................................................................................
67.     Distrito Federal "4"
         Ubicación: Sur de la Ciudad de México
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
San Lorenzo
104
PB
Colonia
San Lorenzo
La Cebada
16035
San Lorenzo y
Majuelos con
acceso
secundario en
calle Majuelos
S/N
San Lorenzo
La Cebada
Xochimilco
Ciudad de México
 
VIII.  Administración General de Recursos y Servicios
 ....................................................................................................................................................................................................................
B.    Administraciones de Operación de Recursos y Servicios y Subadministraciones de Recursos y Servicios....
 ....................................................................................................................................................................................................................
8       Subadministración de Recursos y Servicios de Aguascalientes
         Ubicación de la Sede: Aguascalientes
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Chichimeco
119
Piso 2
Colonia
San Luis
20250
Héroe de
Nacozari y
Garabato
Aguascalientes
Aguascalientes
Aguascalientes
 
9       Subadministración de Recurso y Servicios de Los Cabos
         Ubicación de la Sede: Los Cabos     
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Adolfo
López
Mateos
206
 
Colonia
Matamoros
23468
Entre calle
Hidalgo y
Cabo San
Lucas
Cabo San
Lucas
Los Cabos
Baja California Sur
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
13     Subadministración de Recursos y Servicios de Tuxtla Gutiérrez
         Ubicación de la Sede: Tuxtla Gutiérrez
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Segunda
Oriente
Norte
227
Piso 3
Colonia
Centro
29000
Entre Primera
Norte Oriente
y Segunda
Norte Oriente
Tuxtla
Gutiérrez
Tuxtla Gutiérrez
Chiapas
 ....................................................................................................................................................................................................................
17     Subadministración de Recursos y Servicios de Acapulco
         Ubicación de la Sede: Acapulco
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Antón de
Alaminos
Lotes 6, 8, 10,
12 y 14
Segundo
Piso
Fraccionamiento
Magallanes
39670
Costera
Miguel Alemán
Acapulco de
Juárez
Acapulco de
Juárez
Guerrero
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
19     Subadministración de Recursos y Servicios de Naucalpan
         Ubicación de la Sede: Tlalnepantla
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Sor Juana
Inés de la
Cruz
22
Piso 4
Colonia
Tlalnepantla
Centro
54000
Entre Calle
Tenayuca y
José Enrique
Dunant
Tlalnepantla
de Baz
Tlalnepantla de
Baz
Estado de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
25     Subadministración de Recursos y Servicios de Chichimequillas
         Ubicación de la Sede Chichimequillas
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Carretera
Estatal
Carretera
Estatal No. 540
tramo
Queretaro-
Chichimequillas
KM 19 + 300
 
Pueblo
Santa
María
Begoña
76250
Entre vía del
ferrocarril y
carretera a San
Luis Potosí
Chichimequillas
El Márquez
Querétaro
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
36     Módulo de Recursos y Servicios de la Subadministración de Recursos y Servicios de Cancún
         Ubicación de la Sede: Chetumal
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
avenida
5 de mayo
75
 
Colonia
Plutarco
Elías Calles
77090
Esquina
Avenida
Ignacio
Zaragoza
Chetumal
Othón P. Blanco
Quintana Roo
 
IX.   Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información
A.    Administraciones Centrales de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información
 ....................................................................................................................................................................................................................
9.      Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Baja California Sur "2"
         Ubicación de la Sede: Cabo San Lucas, Baja California Sur
DomicilioTipo
de vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Adolfo López
Mateos
206
 
Colonia
Matamoros
23468
López Mateos
y Camino al
Faro
Cabo San
Lucas
Los Cabos
Baja California Sur
 ....................................................................................................................................................................................................................
11.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Coahuila de Zaragoza "1"
 
         Ubicación de la Sede: Saltillo, Coahuila
Domicilio:Tip
o de vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Boulevard
Venustiano
Carranza
2845
Primer Piso
Colonia
La Salle
25240
Periférico Luis
Echeverría
Álvarez y
Avenida La
Salle
Saltillo
Saltillo
Coahuila de
Zaragoza
 ....................................................................................................................................................................................................................
20.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Chihuahua
         Ubicación de la Sede: Chihuahua, Chihuahua
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Homero
540
 
Colonia
Complejo
Industrial
Chihuahua
31109
 
Complejo
Industrial
Chihuahua
Chihuahua
Chihuahua
 
21.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Ojinaga
         Ubicación de la Sede: Ojinaga, Chihuahua
         Domicilio:
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Boulevard
 
Libre
Comercio
2401
 
 
Colonia
Rio Bravo
32882
Av. Fronteriza
y Margen del
Rio Bravo
Rio Bravo
Ojinaga
Chihuahua
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
24.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Nuevo León "1"
         Ubicación de la Sede: Monterrey, Nuevo León
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles
o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Pino Suárez
790 Sur
Tercer piso
Colonia
Zona
Centro
64000
Esquina con
Padre Mier
Monterrey
Monterrey
Nuevo León
 
....................................................................................................................................................................................................................
26.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Nuevo León "3"
         Ubicación de la Sede: San Pedro Garza García, Nuevo León
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles
o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
José
Vasconcelos
101 Oriente
Piso 5
Fraccionamiento
Residencial
San
Agustín
 
66278
Esquina Río
Nazas
San Pedro
Garza García
San Pedro
Garza García
Nuevo León
 ....................................................................................................................................................................................................................
28.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Monterrey
         Ubicación de la Sede: Escobedo, Nuevo León
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles
o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Carretera
Monterrey
Colombia
Km. 5.5
S/N
Planta Baja
Colonia
Niños
Héroes
66050
Rio
pesquería y
Antiguo
camino
Escobedo
Escobedo
Nuevo León
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
34.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Sonora "2"
         Ubicación de la Sede: Ciudad Obregón, Sonora
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles
o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Rodolfo Elías
Calles
2555
 
Colonia
Zona
Comercial
200
85157
Esquina
Boulevard
Padre
Francisco
Eusebio Kino
Ciudad
Obregón
Cajeme
Sonora
 
35.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Sonora "3"
         Ubicación de la Sede: Nogales, Sonora
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles
o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Prolongación
Avenida
Álvaro
Obregón
2857
 
Colonia
Industrial
84094
De la Bahía y
Av. Trípoli
Nogales
Nogales
Sonora
 
36.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Agua Prieta
         Ubicación de la Sede: Agua Prieta, Sonora
DomicilioTipo
de vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Calle 1 y 2
Avenida
Panamericana
150
 
Colonia
Centro
84200
 
Agua Prieta
Agua Prieta
Sonora
 ....................................................................................................................................................................................................................
38.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Naco
         Ubicación de la Sede: Naco, Sonora
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Francisco I.
Madero y
Calle
Internacional
5
 
Colonia
Centro
84180
 
Naco
Naco
Sonora
 
39.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Nogales
         Ubicación de la Sede: Nogales, Sonora
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Libramiento
Fiscal
4320
 
Zona Fiscal
Centro
84000
 
Nogales
Nogales
Sonora
 
40.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de San Luis Río Colorado
         Ubicación de la Sede: San Luis Río Colorado, Sonora
DomicilioTipo
de vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Carretera
Carretera
Federal No 2
Km 12+200
S/N
 
Colonia
Parque
Industrial
83455
Tramo San
Luis Rio
Colorado-
Sonoyta
San Luis Rio
Colorado
San Luis Rio
Colorado
Sonora
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
 
46.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Guerrero "1"
         Ubicación de la Sede: Acapulco de Juárez, Guerrero
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Antón de
Alaminos
Lotes 6, 8,
10, 12 y 14
Primer piso
Fraccionamiento
Magallanes
39670
Costera
Miguel
Alemán
Acapulco de
Juárez
Acapulco de
Juárez
Guerrero
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
74.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Distrito Federal "3"
         Ubicación de la Sede: Iztacalco, Ciudad de México
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Viaducto
Rio de la
Piedad
507
Piso 1
Colonia
Granjas
México
08400
Añil y
Francisco del
Paso y
Troncoso
Granjas
México
Iztacalco
Ciudad de México
 
75.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Distrito Federal "4"
         Ubicación de la Sede: Xochimilco, Ciudad de México
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
San Lorenzo
104
Edificio A
primer piso
Colonia
San
Lorenzo la
Cebada
16035
San Lorenzo y
Majuelos con
acceso
secundario en
calle Majuelos
S/N
San Lorenzo
la Cebada
Xochimilco
Ciudad de México
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
78.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de México
         Ubicación de la Sede: Azcapotzalco, Ciudad de México
Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Ferrocarril
Central
S/N
Edificio
Principal Piso 2
Colonia
Cosmopolita
02670
Cuitláhuac y
Rabaúl
Cosmopolita
Azcapotzalco
Ciudad de México
 
 
E.    Subadministraciones de Apoyo Desconcentradas "3" de Comunicaciones y Tecnologías de la Información
 ....................................................................................................................................................................................................................
80.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Ciudad del Carmen
         Ubicación de la Sede: Ciudad del Carmen, Campeche
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Adolfo López
Mateos
S/N
Recinto
Portuario Isla
del Carmen
Colonia
Recinto
Portuario
24129
Por calle 4 y 5
Sur
Ciudad del
Carmen
Carmen
Campeche
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
89.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Quintana Roo "1"
         Ubicación de la Sede: Chetumal, Quintana Roo
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
5 de mayo
75
 
Colonia
Plutarco
Elías Calles
77090
Esquina
Avenida
Ignacio
Zaragoza
Chetumal
Othón P.
Blanco
Quintana Roo
 ....................................................................................................................................................................................................................
90.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Quintana Roo "2"
         Ubicación de la Sede: Cancún, Quintana Roo
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Avenida
Bonampak
Manzana 1
Lotes 4 y 5
Piso 3
Colonia
Centro
75504
Esquina
Nichupte, Plaza
Vivendi
Cancún
Benito Juárez
Quintana Roo
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
96.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Tamaulipas "2"
         Ubicación de la Sede: Matamoros, Tamaulipas
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Prolongación
Calixto de
Ayala
202
 
Colonia
Industrial
87350
 
Matamoros
Matamoros
Tamaulipas
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
99.     Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Tamaulipas "5"
         Ubicación de la Sede: Tampico, Tamaulipas
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Héroes del
Cañonero
S/N
Piso 2
Colonia
Zona
Centro
89000
Esquina
Aduana
Tampico
Tampico
Tamaulipas
 
 ....................................................................................................................................................................................................................
106.   Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Tampico
         Ubicación de la Sede: Tampico, Tamaulipas
Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
 
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Calle
Calzada
Blanca
S/N
Piso 1
 
Colonia
Morelos
89290
Interior del
Recinto Fiscal
Tampico
Tampico
Tamaulipas
 ....................................................................................................................................................................................................................
113.   Subadministración de Apoyo Desconcentrado de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Aduana de Tuxpan
         Ubicación de la Sede: Tuxpan, Veracruz
         Domicilio
Tipo de
vialidad
Calle
Número
Exterior
Número
interior
Tipo de
asentamiento
Colonia
Código
Postal
Entre calles o
Referencias
Localidad
Delegación o
Municipio
Entidad
Federativa
Carretera
A la Barra
Sur Km. 8
km 8
Recinto
Fiscal
Congregación
Ejido
Tabuco
92774
Interior Recinto
Fiscal
Tuxpan
Tuxpan
Veracruz de
Ignacio de la Llave
 
Atentamente
Ciudad de México, 03 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
 
Modificación al Anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016
Contenido
I.     Acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América para mejorar el cumplimiento fiscal internacional incluyendo respecto de FATCA.
a)     Procedimientos para la identificación y reporte de Cuentas Reportables a EE.UU. y sobre pagos a ciertas Instituciones Financieras No Participantes.
b)     Instituciones Financieras de México no Sujetas a Reportar y Cuentas Excluidas.
II.    Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información respecto de las cuentas y los pagos a que se refiere el Apartado I, inciso a) del presente Anexo.
 
APARTADO I
ACUERDO ENTRE LA SECRETARA DE HACIENDA Y CRDITO PBLICO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL DEPARTAMENTO DEL TESORO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA PARA MEJORAR EL CUMPLIMIENTO FISCAL INTERNACIONAL INCLUYENDO RESPECTO DE FATCA.
....................................................................................................................................
       Formato para reportar
b)    .............................................................................................................................
       .............................................................................................................................
En el supuesto de que por el periodo reportable de que se trate, las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar no tengan operaciones que reportar deberán presentar, a través del Buzón Tributario, una manifestación bajo protesta de decir verdad conforme a la ficha de trámite 238/CFF "Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros)", contenida en el Anexo 1-A.
....................................................................................................................................
       Terceros prestadores de servicios
t)     .............................................................................................................................
Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar que cumplan con sus obligaciones conforme a lo dispuesto en el presente numeral deberán presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso al que se refiere la ficha de trámite 255/CFF "Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF", contenida en el Anexo 1-A. Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar que presten servicios conforme a lo dispuesto en este numeral, deberán presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso a que se refiere la ficha de trámite 255/CFF.
....................................................................................................................................
Atentamente
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo
Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016
Contenido
Primera parte.    Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de Cuentas Reportables
Sección I:           Obligaciones Generales de Reporte
Sección II:          Obligaciones Generales de Debida Diligencia
Sección III:          Debida Diligencia para Cuentas Preexistentes de Personas Físicas
Sección IV:         Debida Diligencia para Cuentas Nuevas de Personas Físicas
Sección V:          Debida Diligencia para Cuentas Preexistentes de Entidades
Sección VI:         Debida Diligencia para Cuentas Nuevas de Entidades
Sección VII:         Reglas Especiales de Debida Diligencia
Sección VIII:        Términos Definidos
Segunda parte.   Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información a que se refiere la Primera parte del presente Anexo
 
....................................................................................................................................
Segunda parte.     Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información a que se refiere la Primera parte del presente Anexo
.........................................................................................................................................
Formato para reportar
2.     .............................................................................................................................
       En el supuesto de que por el periodo reportable de que se trate, las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar no tengan operaciones que reportar deberán presentar, a través del Buzón Tributario, una manifestación bajo protesta de decir verdad conforme a la ficha de trámite 238/CFF "Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte ceros) contenida en el Anexo 1-A.
....................................................................................................................................
Número de Identificación de la Institución Financiera Sujeta a Reportar
14.   .............................................................................................................................
       Las Entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en los términos del presente Anexo, pero no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar en los términos del Anexo 25, deberán presentar un aviso a través del Buzón Tributario, conforme a la ficha de trámite 239/CFF "Aviso sobre el GIIN de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF" contenida en el Anexo 1-A.
....................................................................................................................................
Terceros prestadores de servicios
19.   .............................................................................................................................
       Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que cumplan con sus obligaciones conforme a lo dispuesto en el presente numeral deberán presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso al que se refiere la ficha de trámite 255/CFF "Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF", contenida en el Anexo 1-A. Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que presten servicios conforme a lo dispuesto en este numeral, deberán presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso a que se refiere la ficha de trámite 255/CFF.
....................................................................................................................................
Fideicomisos
34.   Para los efectos de la Sección VIII, Subapartado B(1)(e), cuando un fideicomiso que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar ejerza la opción a que se refiere dicho Subapartado, la fiduciaria del fideicomiso de que se trate, que reporte la información a que se refiere la Sección I, respecto de todas las Cuentas Reportables del fideicomiso que sea una Institución Financiera Sujeta
a Reportar, deberá presentar, a través del Buzón Tributario, un aviso conforme a la ficha de trámite 240/CFF "Aviso de la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, que ejerce la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF", contenida en el Anexo 1-A.
....................................................................................................................................
Atentamente
Ciudad de México, 3 de octubre de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.