ACUERDO General de Administración 4/2017, del catorce de diciembre de dos mil diecisiete, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACUERDO General de Administración 4/2017, del catorce de diciembre de dos mil diecisiete, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.

ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIN 4/2017, DEL CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que conforme a lo establecido en los artículos 100, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14, fracción I y XIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la representación y administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación corresponde a su Presidente, quien tiene la atribución de expedir los acuerdos generales que en materia de administración se requieran.
SEGUNDO. Que en el Plan Cuatrienal Estratégico Administrativo 2015 - 2018, el Ministro Presidente anunció una serie de políticas, acciones y estrategias, entre las que se encontró la simplificación del marco normativo, a fin de fortalecer su aplicación y dotar de certidumbre jurídica a los procesos que establece, cuyo diseño e implementación ordenó al Secretario Jurídico de la Presidencia, en atención a las atribuciones que tiene establecidas en el artículo 35 del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
TERCERO. Que en abril de dos mil dieciséis dio inicio la ejecución del Proyecto de Mejora Regulatoria para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (PMRSCJN), con los siguientes objetivos:
1)    El establecimiento de mecanismos permanentes de evaluación, planeación y sistematización normativa.
2)    La introducción de reglas de racionalidad en los procesos de creación, modificación y eliminación de normas.
3)    El establecimiento de un proceso de dictamen para los proyectos de instrumentos normativos en materia administrativa, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de estándares.
4)    El mejoramiento de los niveles de accesibilidad de la regulación interna.
5)    La reducción de los costos de cumplimiento de la regulación.
6)    La simplificación de los procesos contemplados en los instrumentos normativos.
La ejecución de PMRSCJN se dividió en tres etapas descritas, en lo esencial, a continuación:
La primera consistió en reunir todo el universo normativo interno a partir de dos procesos: la integración de diferentes bases de datos con registros de normatividad existentes bajo resguardo de algunas áreas, y el reporte de las áreas y órganos de la estructura orgánica de los instrumentos normativos con los que operan, para conformar la base de datos de PMRSCJN, la cual fue diseñada para incorporar todos los datos necesarios de cada instrumento para llevar a cabo diferentes ejercicios de depuración y clasificación. Dicha base de datos sumó más de 2,500 registros y fue la base para evaluar diferentes aspectos del sistema normativo, generar indicadores e identificar sus anomalías.
La segunda etapa consistió en la revisión de todos los instrumentos normativos contenidos en la base de datos a efecto de dictaminar su vigencia y revisar, en conjunción con todas las áreas de la estructura orgánica, su utilidad regulatoria. El resultado de este ejercicio fue la depuración de la base de datos y la identificación del universo normativo aplicable.
La tercera etapa consistió en el diseño de herramientas informáticas y procesos que permitan dar mantenimiento al sistema normativo, lo cual supone, por un lado, identificar las relaciones lógicas entre las normas del sistema para evitar anomalías tales como contradicciones, redundancias normativas y dispersión; y por otro lado, garantizar que los proyectos de instrumentos normativos que se emitan en el futuro cumplan con los estándares establecidos como resultado de PMRSCJN.
CUARTO. Que con la finalidad de dar cumplimiento a los referidos objetivos e institucionalizar los mecanismos y procedimientos que resultaron de la ejecución de PMRSCJN, resulta necesaria la emisión de un instrumento normativo que sirva como premisa para introducir y consolidar la mejora regulatoria como una práctica continua en este Alto Tribunal.
QUINTO. Que la emisión de dicho instrumento resulta el momento propicio para depurar el sistema normativo interno, en materia administrativa, de los instrumentos que no se encuentran ya vigentes o que han perdido utilidad regulatoria, conforme a los dictámenes que realizó la Secretaría Jurídica de la Presidencia,
durante la ejecución de PMRSCJN.
Por lo expuesto anteriormente, se emiten los:
LINEAMIENTOS PARA LA MEJORA REGULATORIA CONTINUA Y EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA NORMATIVO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN.
CAPTULO PRIMERO: OBJETO, DEFINICIONES Y REGLAS GENERALES.
Artículo 1o. Los presentes lineamientos tienen por objeto estandarizar las prácticas regulatorias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en materia administrativa, mediante las definiciones, reglas, procedimientos y herramientas que en ellos se establecen, y serán obligatorios para toda la estructura administrativa, conforme a la normativa que la establece. Quedan excluidos de su ámbito de aplicación, con las excepciones previstas, el Pleno, los Ministros, las Salas, los Presidentes de las Salas y la Comisión de Receso; así como la Secretaría General de Acuerdos, la Subsecretaría General de Acuerdos, y la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad.
Artículo 2o. Para los efectos del presente instrumento se definen los siguientes términos:
I.     Instrumento normativo: cualquier documento que, con independencia de su denominación, contenga al menos una norma.
II.     Cuerpo del instrumento normativo: la parte de un instrumento que contiene las normas que cumplen con su objeto regulatorio.
III.    Norma abstracta: una norma cuyo enunciado está configurado de tal forma que sus condiciones de aplicación y su objeto pueden actualizarse ilimitadamente mientras ésta se encuentre vigente, con plenos efectos.
IV.   Norma concreta: una norma cuyo enunciado está configurado de tal forma que sus condiciones de aplicación o su objeto sólo pueden actualizarse una vez, razón por la cual sus efectos se extinguen después de ser aplicada.
V.    Norma general: una norma cuyo sujeto no es un individuo o individuos en particular, sino una clase.
VI.   Sistema normativo interno: el universo de normas vigentes emitidas por algún órgano, área o funcionario de este Alto Tribunal de manera aislada o conjunta, individual o colegiada.
VII.   Relaciones normativas: las exclusiones, redundancias y especificaciones lógicas entre las normas.
VIII.  Exclusión: se presenta cuando el contenido lógico de dos normas es excluyente entre sí.
IX.   Redundancia: se presenta cuando el contenido lógico de dos normas es exactamente el mismo.
X.    Especificaciones: se presenta cuando el contenido lógico de una norma presupone el contenido de otra norma.
XI.   Taxonomía: la clasificación exhaustiva y excluyente de los procesos, funciones y tareas de la organización en una estructura jerárquica de taxones que va de lo más general a lo más particular.
XII.   Acuerdo General de Administración: instrumento normativo en materia administrativa emitido por el Presidente y, en su caso, por el Pleno o los Comités de Ministros.
XIII.  rganos y áreas: los previstos en la normativa que tenga por objeto establecer la estructura orgánica administrativa de la Suprema Corte.
XIV. Comités de Ministros: los Comités de Ministros con carácter consultivo y de apoyo en materia administrativa creados por el Presidente.
XV.  Comités: los previstos en cualquier instrumento interno en materia administrativa, integrados por funcionarios de la Suprema Corte.
Artículo 3o. La jerarquía de cada instrumento normativo, dentro del sistema normativo interno, corresponderá a la jerarquía del funcionario, órgano o área emisora, conforme a la normativa que establezca la estructura orgánica administrativa.
Artículo 4o. Podrán emitir Acuerdos Generales de Administración los Comités de Ministros creados por el Presidente con carácter consultivo y de apoyo, en la materia que éste les delegue, así como aquéllos en los que éste forme parte de su integración, o bien que tengan dicha facultad por virtud de una ley.
El Presidente podrá someter a consideración del Pleno la emisión de Acuerdos Generales de Administración cuando considere que el tema de los mismos lo amerite.
 
Los Acuerdos Generales de Administración tendrán por objeto la emisión de instrumentos normativos cuya denominación y diseño obedecerá en lo posible a la tipología establecida en el artículo 6, y deberán identificarse por un número consecutivo arábigo, el órgano emisor y la fecha de emisión.
Artículo 5o. Los titulares de los órganos y áreas administrativas podrán emitir instrumentos normativos de carácter general y abstracto en ejercicio de una facultad regulatoria establecida expresamente por el Ministro Presidente o los Comités de Ministros, o bien cuando tengan exclusivamente por objeto regular aspectos de la organización y funcionamiento internos del órgano o área a su cargo. En ambos casos los instrumentos normativos que emitan no deberán contravenir otros de mayor jerarquía.
CAPTULO SEGUNDO: DEL CONTENIDO DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS.
Artículo 6. El diseño y denominación de un instrumento normativo, salvo que se encuentren ya previstos de manera específica en una ley, deberán obedecer en lo posible a los criterios establecidos en la siguiente tipología:
Denominación
Efectos
Sujeto
Plazo de
vigencia
Objeto principal
Reglamento
Abstracto
Clase
Indefinido
Establecimiento de órganos y atribuciones.
Lineamientos
Abstracto
Clase
Indefinido /
Definido
Establecimiento de herramientas, funciones y
procedimientos sobre una materia.
Políticas
Abstracto
Clase
Indefinida /
Definida
Establecimiento de agendas, condiciones
generales o modelos sobre temas transversales
para la operación de la organización, en los que
se deja a juicio del sujeto los medios y acciones
específicas para alcanzarlos.
Manual, Guía
Abstracto
Clase
Indefinido
Establecimiento de reglas técnicas para la
operación de una herramienta o sistema.
Procedimiento,
Reglas
Abstracto
Clase
Indefinido /
Definido
Establecimiento de un proceso específico
Bases
Abstracto
Clase
Indefinido /
Definido
Establecimiento de reglas para la realización de
concursos y sorteos.
Circular*, Oficio*,
instrucción,
nombramiento.
Concreta
Clase /
individuos
Indefinido /
Definido
Establecimiento de instrucciones, mandatos
particulares o individualizados.
*No siempre constituyen instrumentos
normativos, ya que en ocasiones tienen
carácter exclusivamente informativo.
 
Artículo 7. Todos los instrumentos normativos que sean emitidos, además de su contenido regulatorio, deberán informar, por lo menos, la denominación, el fundamento jurídico para su emisión de manera clara y completa, la fecha de emisión, el órgano, área o funcionario emisor y, en caso de ser determinado, el plazo de su vigencia.
Artículo 8. Un instrumento normativo que por su objeto regulatorio pretenda tener una vigencia indefinida, por regla, no deberá contener en su cuerpo normas con un plazo de vigencia determinado, ni deberá contener en su cuerpo normas abstractas en conjunción con normas concretas, ni normas generales en conjunción con normas cuyo sujeto sea un individuo o individuos en lo particular.
Artículo 9. Los instrumentos normativos que contengan una parte considerativa o justificativa no deberán contener en ésta ninguna norma, salvo que ésta constituya el fundamento jurídico para su emisión. El contenido regulatorio deberá reservarse para el cuerpo del instrumento, el cual deberá ser claramente identificable.
Artículo 10. Las disposiciones transitorias únicamente podrán estar contenidas en instrumentos de carácter abstracto y general, y tendrán por objeto establecer las condiciones necesarias para hacer operativa la aplicación del instrumento, de manera que el contenido de sus normas deberá caracterizarse por ser concreto o tener un plazo determinado de vigencia. En caso de que esas condiciones deban realizarse mediante una acción o labor continuada o permanente, se establecerán de manera abstracta y general en el cuerpo del instrumento.
Dichas disposiciones deberán contener, por lo menos, la fecha de entrada en vigor del instrumento normativo, el medio de publicación, en caso de que se establezca uno distinto a los señalados en los
presentes Lineamientos, así como la cláusula derogatoria explícita y/o genérica, según sea el caso.
Artículo 11. La Secretaría Jurídica de la Presidencia podrá formular por instrucción del Ministro Presidente o de los Comités de Ministros, los proyectos de Acuerdos Generales de Administración que se requieran o bien, si ya existen, un dictamen para verificar que cumplan con los estándares que establecen los presentes Lineamientos.
Artículo 12. Los titulares de los órganos y áreas administrativas deberán enviar sus proyectos de instrumentos normativos a la Secretaría Jurídica de la Presidencia a efecto de que ésta dictamine el cumplimiento de lo establecido en el presente instrumento.
CAPTULO TERCERO: DE LA PUBLICACIN DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS.
Artículo 13. Los Acuerdos Generales de Administración deberán ser publicados, por lo menos, en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Portal de Internet institucional. Para el caso del Diario Oficial de la Federación, las gestiones para la publicación en este medio deberán iniciar a más tardar el día hábil siguiente al de la aprobación del Acuerdo General de Administración respectivo.
Artículo 14. Los instrumentos normativos de carácter general y abstracto emitidos por los órganos y áreas administrativas, con excepción de los que regulen exclusivamente aspectos del funcionamiento interno, deberán ser publicados, por lo menos, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Portal de Internet institucional.
CAPTULO CUARTO: DE LAS DEROGACIONES Y MODIFICACIONES
Artículo 15. Para la derogación o modificación explícitas de normas se seguirá, en principio, el mismo trámite que se siguió para su expedición, por parte del mismo órgano, área o funcionario, o uno de mayor jerarquía. En lo posible se procurará que la modificación y derogación explícitas de normas generales y abstractas se realice mediante la emisión de un instrumento normativo.
Artículo 16. La derogación de una norma será explícita cuando se emita otra norma que específicamente tenga por objeto dejar a la anterior sin efectos, o bien tácita cuando se emita una norma cuyo contenido sea lógicamente excluyente del contenido de la anterior. En ambos casos el órgano emisor de la norma derogatoria deberá tener igual o mayor jerarquía que la del órgano emisor de la norma derogada.
Artículo 17. Las derogaciones y las modificaciones explícitas se plasmarán en el cuerpo del instrumento normativo derogado o modificado, con una anotación en la parte impactada que contenga la fecha y los datos de identificación del instrumento normativo derogatorio o modificatorio. En caso de que el instrumento normativo derogado o modificado contenga una parte considerativa y/o transitoria, ésta se mantendrá íntegra, y en su caso se sumarán las del instrumento normativo derogatorio o modificatorio.
Artículo 18. Las normas que tengan por objeto una derogación o una modificación explícitas podrán contenerse en el cuerpo del instrumento normativo derogatorio o en sus disposiciones transitorias. Dichas normas se considerarán concretas y quedarán eliminadas del sistema normativo interno una vez que se cumpla su objeto y se plasmen los cambios respectivos en la norma derogada o modificada.
La eliminación de las normas concretas se llevará a cabo sin perjuicio de que quede registro y constancia de las mismas, a efecto de que se conozca la evolución del sistema normativo interno.
Artículo 19. La derogación total, esto es, la abrogación de un instrumento normativo, implicará necesariamente dejar sin efectos, cuando existan, lo establecido en sus disposiciones transitorias.
Artículo 20. Las derogaciones tácitas a instrumentos normativos vigentes que identifique la Secretaría Jurídica de la Presidencia las hará del conocimiento de las instancias respectivas de manera oportuna, a fin de que se tomen las medidas pertinentes.
CAPTULO QUINTO. DE LA SISTEMATIZACIN DEL UNIVERSO NORMATIVO Y DE LAS
HERRAMIENTAS PARA DICHA LABOR.
Artículo 21. La Secretaría Jurídica de la Presidencia será responsable de identificar las relaciones normativas y llevar a cabo las acciones que tiendan a evitar las exclusiones y redundancias no deseadas; asimismo deberá mantener el registro y constancia de las normas eliminadas del sistema.
El Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, con base en su atribución legal y reglamentaria, estará a cargo de plasmar las derogaciones y modificaciones explícitas en los instrumentos normativos internos en materia administrativa, en los términos señalados en el artículo 17 de los presentes Lineamientos, conforme a la solicitud que realice la Secretaría Jurídica de la Presidencia y a la información que ésta le proporcione.
Para los efectos señalados en el presente artículo, todos los órganos y áreas de la estructura
administrativa, las secretarías de los Comités de Ministros y de los Comités distintos a éstos, así como, en su caso, la Secretaría General de Acuerdos, deberán remitir a la Secretaría Jurídica de la Presidencia constancia documental de todos los instrumentos normativos en materia administrativa a más tardar el día hábil siguiente al de su emisión.
Artículo 22. La Secretaría Jurídica de la Presidencia podrá proponer a las instancias respectivas modificaciones al diseño del sistema normativo interno en materia administrativa con la finalidad de eliminar la dispersión y eficientarlo, las cuales podrán tener por objeto la fusión o la escisión de instrumentos normativos, la derogación y modificación explícitas de normas o instrumentos, así como la agrupación de normas en un instrumento normativo nuevo o la incorporación de éstas en uno existente.
Artículo 23. Los programas anuales de trabajo de las áreas deberán incluir un rubro de Mejora Regulatoria que tendrá por objeto la identificación de aquéllos procesos establecidos en algún instrumento normativo interno que puedan ser objeto de una simplificación, igualmente las áreas podrán aprovechar ese rubro para dar a conocer necesidades regulatorias. El contenido de esa parte de los programas anuales de trabajo será dictaminado por la Secretaría Jurídica de la Presidencia a efecto de proponer a las áreas la mejor forma de darle ejecución, en atención a los presentes Lineamientos.
Artículo 24. La Contraloría deberá remitir copia a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de aquéllas observaciones que haya realizado como resultado de algún proceso de auditoría y cuya atención pudiera suponer o requerir la modificación, derogación o emisión de una norma o un instrumento normativo.
Artículo 25 La Secretaría Jurídica de la Presidencia se encargará de diseñar y mantener actualizada una taxonomía que atienda a todos los procesos y funciones organizacionales de la Suprema Corte en materia administrativa. Dicha herramienta deberá permitir etiquetar todos los instrumentos normativos del sistema normativo a nivel de normas a efecto de facilitar la identificación de sus relaciones y, en lo posible, evitar exclusiones y redundancias no deseadas en los proyectos de instrumentos normativos, previamente a su emisión.
Artículo 26. La taxonomía, así como los datos relevantes de los instrumentos normativos, recabados para los efectos señalados en los presentes Lineamientos, deberán ser aprovechados para el desarrollo de un motor de búsqueda que deberá estar disponible tanto en el Portal de Internet como en Intranet, bajo la administración de la Secretaría Jurídica de la Presidencia con el apoyo técnico de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Artículo 27. El sitio en Intranet que contenga el motor de búsqueda deberá contar también con un boletín informativo en la forma de un banner que dé noticia de las modificaciones más recientes al sistema normativo, a fin de que los órganos y áreas estén en posibilidad de operar con los instrumentos normativos en su versión actual. La actualización de dicho banner estará a cargo de la Secretaría Jurídica de la Presidencia con el apoyo técnico de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día hábil siguiente al de su aprobación.
Artículo Segundo. Publíquense los presentes Lineamientos en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Portal de Internet e Intranet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Artículo Tercero. Se derogan las disposiciones normativas internas que se opongan a lo dispuesto en los presentes Lineamientos.
Artículo Cuarto. Con base en los dictámenes de vigencia y utilidad regulatoria realizados por la Secretaría Jurídica de la Presidencia a todos los instrumentos normativos contenidos en la base de datos de PMRSCJN, se abrogan los instrumentos normativos listados en el anexo respectivo.
Artículo Quinto. Se instruye a la Secretaría Jurídica de la Presidencia a ejecutar una agenda de reformas al sistema normativo interno en materia administrativa, conforme a las prioridades previamente autorizadas por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Así lo acordó y firma el señor Ministro Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el catorce de diciembre de dos mil diecisiete, ante el Secretario Jurídico de la Presidencia quien certifica.- Rúbricas.
 
ANEXO DE INSTRUMENTOS ABROGADOS
No.
INSTRUMENTO NORMATIVO
RGANO EMISOR
FECHA DE
EMISIN
RAZN PARA SU
ABROGACIN
1.
MANUAL PARA EL DESARROLLO
DE EVENTOS EN LAS CASAS DE
LA CULTURA JURDICA.
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
2.
CIRCULAR 25/99
DIRECCIN DE ARCHIVOS
JUDICIALES FORÁNEOS
02/12/1999
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
3.
CIRCULAR 25
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
12/12/2000
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
4.
CIRCULAR 31
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
22/12/2000
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
5.
CIRCULAR 10/2001
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
02/08/2001
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
6.
CIRCULAR 08
CENTRO DE
DOCUMENTACIN,
ANÁLISIS, ARCHIVOS Y
COMPILACIN DE LEYES
19/09/2001
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
7.
CIRCULAR 011
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
25/04/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
8.
CIRCULAR 012
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
30/04/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
 
9.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN II/2003, DEL
TRES DE MARZO DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE GOBIERNO
Y ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE CREA
LA CONTRALORA DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN Y SE ESTABLECEN
SUS ATRIBUCIONES.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
03/03/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
10.
DCCJ/CIRCULAR Nº 004
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
17/03/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
11.
CIRCULAR DCCJ/017/2003
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
17/06/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
12.
CIRCULAR 22/2003
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
18/08/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
 
 
13.
DCCJ/CIRCULAR Nº 28/2003
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
09/10/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
14.
DCCJ/CIRCULAR N° 29/2003
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
21/10/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
15.
DCCJ/CIRCULAR N° 32/2003
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
24/11/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
16.
DCCJ/CIRCULAR N° 036/2003
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
05/12/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
17.
CIRCULAR A LOS TITULARES DE
LAS CASAS DE LA CULTURA
JURDICA DE LA SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE LA NACIN
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
09/01/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
18.
DCCJ/CIRCULAR Nº 005/2004
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
19/02/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
19.
CIRCULAR DCCJ/37/2004
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
22/09/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
20.
CIRCULAR 06
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
02/02/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
21.
CIRCULAR 23-05
CENTRO DE
DOCUMENTACIN,
ANÁLISIS, ARCHIVOS Y
COMPILACIN DE LEYES
17/05/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
22.
CIRCULAR DGDCCJ/34/2005
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
22/08/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
23.
CIRCULAR DGCCJEH-CCJ-CIR-028-
2006
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
26/04/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
24.
CIRCULAR 53
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
27/06/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
 
25.
CIRCULAR A LOS TITULARES DE
LAS CASAS DE LA CULTURA
JURDICA DE LA SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE LA NACIN
SECRETARIA GENERAL DE
LA PRESIDENCIA;
OFICIALA MAYOR;
SECRETARIO EJECUTIVO
JURDICO
ADMINISTRATIVO;
SECRETARIO EJECUTIVO
DE ASUNTOS JURDICOS
08/11/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
26.
CIRCULAR DGCCJEH-003-2007
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
30/01/2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
27.
CIRCULAR DGCCJEH-006-2007
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
06/02/2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
28.
REQUERIMIENTO DGCCJEH-CCJ-
W-012-2007
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
16/02/2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
29.
CIRCULAR DGCCJEH-Y-036-04-
2007
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
20/04/2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo ya no tiene
utilidad regulatoria.
30.
REGLAS PARA EL USO, MANEJO Y
APROVECHAMIENTO DE LOS
EQUIPOS DE CMPUTO E
INFRESTRUCTURA INFORMÁTICA
CON QUE CUENTA LA DIRECCIN
GENERAL DE LA COORDINACIN
DE COMPILACIN Y
SISTEMATIZACIN DE TESIS
DIRECCIN GENERAL DE
LA COORDINACIN DE
COMPILACIN Y
SISTEMATIZACIN DE
TESIS
2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
31.
ACUERDO DE ADMINISTRACIN
DE LA PRESIDENCIA DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN.
PRESIDENCIA
01/08/1995
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
32.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 3/97 DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE
DETERMINAN LAS POLTICAS,
NORMAS Y LINEAMIENTOS PARA
EL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO
DE EGRESOS DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN.
PRESIDENCIA
02/05/1997
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
33.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 5/97 DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE
DETERMINAN LAS FACULTADES
DE LA CONTRALORA GENERAL
DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA DE LA NACIN.
PRESIDENCIA
16/07/1997
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
34.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 3/98 DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE
ESTABLECE LA OBLIGACIN DE
PRESENTAR DECLARACIONES
SOBRE SITUACIN PATRIMONIAL
A DIVERSOS SERVIDORES
PBLICOS DE ESTE ALTO
TRIBUNAL.
PRESIDENCIA
12/02/1998
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
35.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN NMERO 8/1998
DE LA PRESIDENCIA DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN
PRESIDENCIA
14/05/1998
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
36.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 19/99 POR EL
QUE DESAPARECE LA
SECRETARA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA Y OFICIALA
MAYOR, SE CREAN DOS
SECRETARAS ADMINISTRATIVAS
Y SE MODIFICA LA
DENOMINACIN DE LA
CONTRALORA GENERAL POR LA
DE SECRETARA DE LA
CONTRALORA Y DE GESTIN
ADMINISTRATIVA, AMPLIÁNDOSE
SUS ATRIBUCIONES, PARA EL
DEBIDO FUNCIONAMIENTO
ADMINISTRATIVO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN.
PRESIDENCIA
03/05/1999
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
37.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 19-1/99 POR EL
QUE DESAPARECE LA
SECRETARA ADMINISTRATIVA DE
COMUNICACIN Y DIFUSIN:: SE
ADSCRIBEN LAS ÁREAS
ADMINISTRATIVAS QUE TENA A
SU CARGO Y SE CREA LA
DIRECCIN GENERAL DE
CONTROL INTERNO DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN.
PRESIDENCIA
01/06/1999
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
38.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 21/99 DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE
DETERMINAN LAS FACULTADES
DE LA SECRETARA DE LA
CONTRALORA Y DE GESTIN
ADMINISTRATIVA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN.
PRESIDENCIA
01/06/1999
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
39.
OFICIO DCPEG-08-99-2032
SECRETARA DE LA
CONTRALORA Y GESTIN
ADMINISTRATIVA
02/08/1999
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
40.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 5/2000 DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE
ESTABLECE LA OBLIGACIN DE
PRESENTAR DECLARACIONES
SOBRE SITUACIN PATRIMONIAL
A DIVERSOS SERVIDORES
PBLICOS DE ESTE ALTO
TRIBUNAL.
PRESIDENCIA
23/06/2000
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
41.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 4/2000 POR EL
QUE DESAPARECEN LA
COORDINACIN GENERAL DE
RELACIONES INSTITUCIONALES,
COORDINACIN GENERAL DE
ADMINISTRACIN Y LA
COORDINACIN GENERAL
FINANCIERA Y SE READSCRIBEN
LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS
QUE TENAN A SU CARGO.
PRESIDENCIA
23/06/2000
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
42.
CIRCULAR 19/2000
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
07/07/2000
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
43.
CIRCULAR 02/2001
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
29/03/2001
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
44.
CIRCULAR 03
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
16/05/2001
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
45.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACION 5/2001, POR EL
QUE DESAPARECE LA DIRECCION
GENERAL DE PUBLICACIONES Y
DIVULGACION DE CULTURA
JURIDICA, Y SUS FUNCIONES SE
TRANSFIEREN A LA
COORDINACION GENERAL DE
COMPILACION Y
SISTEMATIZACION DE TESIS Y A
LA COORDINACION GENERAL DE
COMUNICACIN SOCIAL DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACION.
PRESIDENCIA
19/06/2001
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
46.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 7/2001 DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN.
PRESIDENCIA
08/08/2001
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
47.
CIRCULAR 002/2002
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
12/02/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
48.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN 3/2002, DE LA
PRESIDENCIA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE CREA Y
ESTABLECEN LAS ATRIBUCIONES
DE LA DIRECCIN GENERAL DE
GESTIN ADMINISTRATIVA DE
ESTE ALTO TRIBUNAL.
PRESIDENCIA
15/04/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
 
49.
CIRCULAR 15/2002
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
24/06/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
50.
CIRCULAR 016/2002
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
28/08/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
51.
OFICIO 07313
DIRECCIN GENERAL DE
ADQUISICIONES Y
SERVICIOS
20/09/2002
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
52.
CIRCULAR 003/03
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
12/02/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
53.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN IV/2003, DEL
DIECISIETE DE MARZO DE DOS
MIL TRES, DEL COMIT DE
GOBIERNO Y ADMINISTRACIN DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DE LA NACIN, POR EL QUE SE
CREAN LA SECRETARA DE
FINANZAS Y LA SECRETARA DE
ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN Y SE ESTABLECEN
SUS FACULTADES.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
17/03/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
54.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN V/2003, DEL
SIETE DE ABRIL DE DOS MIL TRES,
DEL COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE CREA
LA DIRECCIN GENERAL DE
ASUNTOS JURDICOS DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
07/04/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
55.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN VI/2003, DEL
VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE GOBIERNO
Y ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE
OTORGAN FACULTADES A
DETERMINADOS SERVIDORES
PBLICOS DE ESTE ALTO
TRIBUNAL EN MATERIA DE
ADQUISICIN DE BIENES,
CONTRATACIN DE SERVICIOS,
USOS, OBRA PBLICA Y
DESINCORPORACIN DE BIENES.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
21/04/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
 
56.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN VII/2003 DEL
DOCE DE MAYO DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE
PUBLICACIONES Y PROMOCIN
EDUCATIVA DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, POR EL QUE SE REGULA
EL PROCEDIMIENTO PARA EL
OTORGAMIENTO DE BECAS A LOS
SERVIDORES PBLICOS DE ESTE
ALTO TRIBUNAL.
COMIT DE
PUBLICACIONES Y
PROMOCIN EDUCATIVA
12/05/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
57.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN X/2003, DEL
CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE GOBIERNO
Y ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE
ESTABLECE Y REGULA LA
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
DE LA OFICIALA MAYOR DE ESTE
ALTO TRIBUNAL.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
04/08/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
58.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN XIX/2003, DEL
SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE GOBIERNO
Y ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE
DESIGNAN A LOS MIEMBROS DEL
COMIT TCNICO DEL
FIDEICOMISO DE INVERSIN
NMERO 14817-2.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
06/10/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
59.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN XV/2003, DEL
SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE GOBIERNO
Y ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE
DESIGNAN A LOS MIEMBROS DEL
COMIT TCNICO DEL
FIDEICOMISO DE INVERSIN Y
ADMINISTRACIN NMERO 11495-
2.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
06/10/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
60.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN XIV/2003, DEL
SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL
TRES, DEL COMIT DE GOBIERNO
Y ADMINISTRACIN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN, POR EL QUE SE
DESIGNAN A LOS MIEMBROS DEL
COMIT TCNICO DEL
FIDEICOMISO DE INVERSIN Y
ADMINISTRACIN NMERO 4657-
4.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
06/10/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
61.
CIRCULAR DGDH/137/2003
DIRECCIN GENERAL DE
DESARROLLO HUMANO Y
ACCIN SOCIAL
08/12/2003
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
62.
OFICIO CDAAC-ADM-G-100-03-2004
CENTRO DE
DOCUMENTACIN,
ANÁLISIS, ARCHIVOS Y
COMPILACIN DE LEYES
25/03/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
63.
NOTA INFORMATIVA A LOS
TITULARES DE LAS CASAS DE LA
CULTURA JURDICA
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
30/03/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
64.
CIRCULAR DCCJ/25/2004
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
06/07/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
65.
CIRCULAR 32/2004
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
17/08/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
66.
CIRCULAR 5/2004
COORDINACIN DE
COMPILACIN Y
SISTEMATIZACIN DE
TESIS
02/09/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
67.
OFICIO 06564
DIRECCIN GENERAL DE
ADQUISICIONES Y
SERVICIOS
09/09/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
68.
OFICIO OM/103/2004
OFICIALA MAYOR
25/10/2004
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
 
69.
OFICIO 00165
DIRECCIN GENERAL DE
ADQUISICIONES Y
SERVICIOS
10/01/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
70.
POLTICA DE DOTACIN DE
CALZADO CORRESPONDIENTE AL
BENEFICIO DE UNIFORME Y
VESTIMENTA DE TRABAJO PARA
EL PERSONAL DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIN, NIVELES 22 AL 33.
DIRECCIN GENERAL DE
ADQUISICIONES Y
SERVICIOS; SECRETARA
EJECUTIVA DE SERVICIOS
10/08/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
71.
POLTICA DE DOTACIN DE
UNIFORME PARA EL PERSONAL
QUE DESEMPEÑA FUNCIONES DE
MANTENIMIENTO, INTENDENCIA,
TRASLADO, Y SIMILARES O
ANÁLOGAS, CORRESPONDIENTE
AL BENEFICIO DE UNIFORME Y
VESTIMENTA DE TRABAJO
OTORGADO AL PERSONAL DE LOS
NIVELES 22 AL 33, DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN.
SECRETARA EJECUTIVA
DE SERVICIOS
10/08/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
72.
CIRCULAR DE 16 DE AGOSTO DE
2005
TESORERA
16/08/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
73.
CIRCULAR DGACCJ/39/2005
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
07/10/2005
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
74.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN I/2006, DEL
TREINTA DE ENERO DE DOS MIL
SEIS, QUE REGULA EL PLAN DE
PENSIONES COMPLEMENTARIAS
DE LOS SERVIDORES PBLICOS
DE MANDO SUPERIOR DE ESTE
ALTO TRIBUNAL.
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
30/01/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
75.
CIRCULAR DGCCJEH-CCJ-CIR-35-
2006
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
18/05/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
76.
OFICIO 09035
DIRECCIN GENERAL DE
ADQUISICIONES Y
SERVICIOS
13/06/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
77.
CIRCULAR DGCCJEH-CCJ-CIR-048-
2006
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
14/06/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
78.
CIRCULAR DGCCJEH-ATMDG-CIR-
54-2006
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
23/06/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
79.
CIRCULAR DGCCJEH-CCJ-W-028-
09-2006
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
29/09/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
80.
CIRCULAR DGCCJEH-CCJ-W-048-
10-2006
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
06/11/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
81.
LINEAMIENTOS DEL CATORCE DE
NOVIEMBRE DE 2006, DE LA
SECRETARA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA Y OFICIALA
MAYOR, POR LOS QUE SE
ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO
PARA EL OTORGAMIENTO DE
LICENCIAS CON GOCE DE
SUELDO Y DAS ECONMICOS A
LOS SERVIDORES PBLICOS DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DE LA NACIN, CONFORME A LO
PREVISTO EN LOS ACUERDOS
GENERALES DE ADMINISTRACIN
III/2005 Y IV/2006, DEL COMIT DE
GOBIERNO Y ADMINISTRACIN.
OFICIALA MAYOR;
SECRETARA GENERAL DE
LA PRESIDENCIA
14/11/2006
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
82.
LINEAMIENTOS DEL VEINTITRS
DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE
RELATIVOS A LOS GASTOS POR
HONORARIOS, ASESORA,
CONSULTORA, ESTUDIOS E
INVESTIGACIONES EN LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN.
OFICIALA MAYOR;
SECRETARA EJECUTIVA
DE ASUNTOS JURDICOS
23/02/2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
83.
LINEAMIENTOS DEL VEINTITRS
DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE
RELATIVOS A LAS ACCIONES
PARA GENERAR AHORROS EN EL
CONSUMO DE SERVICIOS
TELEFNICOS (TELEFONA
BÁSICA), EN LA SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE LA NACIN.
OFICIALA MAYOR;
SECRETARA EJECUTIVA
DE ASUNTOS JURDICOS
23/02/2007
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
84.
REGLAS DEL MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS DEL COMIT
DE ACCESO A LA INFORMACIN
SECRETARA EJECUTIVA
DE ASUNTOS JURDICOS
11/02/2008
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
85.
NOTA INFORMATIVA SGCCJ-Z-067-
03-2009
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
20/03/2009
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
86.
OFICIO DGCCJ-SGCCJ-DESCP-Z-
01-01-2011
CASAS DE LA CULTURA
JURDICA
24/01/2010
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
87.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN NMERO 01/
2011 DEL TRES DE ENERO DE DOS
MIL ONCE, DEL PRESIDENTE DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DE LA NACIN, POR EL QUE SE
REESTRUCTURA ORGÁNICA Y
FUNCIONALMENTE SU
ADMINISTRACIN
PRESIDENCIA
03/01/2011
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
88.
GUA TCNICA PARA LA
REESTRUCTURACIN ORGÁNICO-
FUNCIONAL DE LAS DIRECCIONES
GENERALES
OFICIALA MAYOR
11/04/2011
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
89.
REGLAMENTO INTERNO EN
MATERIA DE ADMINISTRACIN DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DE LA NACIN
COMIT DE GOBIERNO Y
ADMINISTRACIN
12/04/2011
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
90.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACION NUMERO 02/
2011 DEL CINCO DE SEPTIEMBRE
DE DOS MIL ONCE, DEL
PRESIDENTE DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACION, POR EL QUE SE SUPRIME
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
BASICA ADMINISTRATIVA LA
DIRECCION GENERAL DE
DESARROLLO
INTERINSTITUCIONAL
PRESIDENCIA
05/09/2011
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
91.
CIRCULAR 3/2012-AGP,
RELACIONADA CON LA DIVERSA
18/2011-AGP
PRESIDENCIA
03/02/2012
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
92.
OFICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIN RELATIVO A LOS
CONVENIOS ESPECFICOS DE
COLABORACIN EN MATERIA DE
PRESTACIN DE SERVICIO
SOCIAL
PRESIDENCIA
09/04/2012
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
93.
ACUERDO GENERAL DE
ADMINISTRACIN NMERO III/2013
DE VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS
MIL TRECE, DEL PRESIDENTE DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DE LA NACIN POR EL QUE SE
ESTABLECEN LAS FACULTADES Y
ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD DE
IGUALDAD DE GNERO.
PRESIDENCIA
27/06/2013
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
94.
GUA OPERATIVA PRESUPUESTAL
PARA TRÁNSITAR AL NUEVO
MODELO ORGÁNICO-FUNCIONAL
DEL ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DE LA NACIN
PRESIDENCIA
0/01/2011
De acuerdo con el
dictamen, el instrumento
normativo fue
tácitamente abrogado
por otro instrumento.
 
EL LICENCIADO ALEJANDRO MANUEL GONZÁLEZ GARCA, SECRETARIO JURDICO DE LA PRESIDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTCULO 8, FRACCIN XIII, DEL REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN, CERTIFICA: Que esta copia del "ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIN 4/2017, DEL CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN", constante de diez fojas útiles, concuerda fiel y exactamente con su original que obra en esta Secretaría Jurídica y se certifica para el trámite correspondiente.- Ciudad de México, quince de diciembre de dos mil diecisiete.- Rúbrica.