ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2018

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.
Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, implementada a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre.
 
Que en el Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social se apunta a la Secretaría de Desarrollo Social como integrante del Consejo y del Comité Técnico de dicha Coordinación para el cumplimiento, entre otros, de la atribución de promover la inserción y facilitar la vinculación de la población objetivo con la oferta institucional, programas y acciones de inclusión social, productiva, laboral y financiera para mejorar el ingreso de las familias beneficiarias. Lo anterior, a través de acciones de vinculación interinstitucional que faciliten el acceso de esta población a la oferta del Programa.
Que tomando en cuenta que con oficio número 312.A.-0004631 del 28 de noviembre de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las reglas de operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2018, y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria mediante oficio número COFEME/17/7089 de fecha 27 de diciembre de 2017, emitió el dictamen respectivo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DE PROGRAMAS DEL FONDO
NACIONAL DE FOMENTO A LAS ARTESANAS (FONART), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018
NICO: Se emiten las reglas de operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2018.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1° de enero de 2018.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las reglas de operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías, (FONART), para el ejercicio fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016.
TERCERO.- En caso de que sea necesario emitir alguna Nota Aclaratoria relacionada con las reglas de operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2018, dicha Nota deberá ser firmada por el Director General del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART).
CUARTO.- En caso de aplicar, el Programa utilizará los instrumentos de recolección (Cuestionario nico de Información Socioeconómica, CUIS/Cuestionario Complementario, CC) versión 2017 hasta que se cuente con la sistematización de los instrumentos correspondientes para el ejercicio fiscal 2018.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Desarrollo Social, Luis Enrique Miranda Nava.- Rúbrica.
1. Introducción
El Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (FONART) es un fideicomiso público del Gobierno Federal, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social, que surge como una respuesta a la necesidad de promover la actividad artesanal del país y de contribuir a mejorar el ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos a través de acciones dirigidas a mejorar las capacidades productivas y comerciales de las y los artesanos. Fue constituido el 28 de mayo de 1974 por mandato del Ejecutivo Federal con el objeto social de fomentar la actividad artesanal en el país.
La artesanía es una de las manifestaciones más visibles de la diversidad cultural de una sociedad, en ella se reflejan tradición, identidad, creatividad y cultura. Por todo esto, es impostergable contribuir al reconocimiento de la importancia de las artesanías como un valor que debe ser conservado, enriquecido y proyectado hacia el futuro. Las artesanas y artesanos del país son, por tanto, un sector social de innegable importancia para nuestro país. México tiene una riqueza artesanal que la sitúa como una de las ofertas más diversificadas, de mayor calidad y con una valiosa aportación al patrimonio cultural intangible de la humanidad.
A pesar de la aportación económica, social y cultural de las y los artesanos, se ha identificado que una parte importante de éstos no cuenta con las condiciones para generar ingresos sostenibles de su actividad. Por tanto, el FONART ha establecido como población potencial susceptible de ser atendida a las y los artesanos con ingreso inferior a la Línea de Bienestar, que en 2016, representaron alrededor de 762,138 personas. En ese mismo año, 82.0% de la población potencial presentaba la carencia por acceso a la seguridad social y 29.6% la carencia por acceso a la alimentación. Es importante destacar que en 2016, 29.1% de la población potencial habitaba en localidades rurales menores a 2,500 habitantes.
 
Asimismo, el Diagnóstico del Programa del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías señala que 33% de las personas artesanas son hablantes de lenguas indígenas, el 7% se encuentra en condición de discapacidad y sólo un 6% tiene acceso a la seguridad social. También destaca que la población potencial del sector tiene una distribución desigual de mujeres y hombres en la activad artesana, pues el 54% de la población artesana es de sexo masculino.
De esta forma el FONART es un vehículo para contribuir a lograr la independencia económica de las personas artesanas de México, de acuerdo a una perspectiva multidimensional del fenómeno artesanal, es decir, que contempla su carácter social, económico y cultural, bajo criterios que las definen como generadores de su propio desarrollo; considerándolas como una población de alta rentabilidad social. Por lo tanto, el FONART busca ser la institución que coordine de manera armoniosa, dinámica y efectiva las distintas políticas y recursos entre los organismos públicos municipales, estatales y federales, sectores social y privado, con el propósito fundamental de fomentar la actividad artesanal y proteger su desarrollo.
El Programa FONART apoya la actividad artesanal a través de ocho vertientes:
1.    Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica;
2.    Apoyos para Impulsar la Producción;
3.    Vertiente de Acopios de Artesanías;
4.     Apoyos para la Promoción Artesanal en Ferias y/o Exposiciones;
5.    Concursos de Arte Popular;
6.    Apoyos para la Salud Visual;
7.    Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos y
8.    Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos.
Lo anterior, con el propósito de atenderlos de forma integral y complementaria. En este sentido, además de sus ocho vertientes, el FONART como parte de sus atribuciones de fomentador realiza actividades adicionales a las establecidas en las presentes Reglas de Operación tales como: ventas por consignación; apertura de mercados; venta en línea; organización de reuniones; foros; congresos y coloquios de especialistas del sector; producción de materiales audiovisuales y publicación de textos especializados en temas artesanales, así como en materia de concientización y prevención de riesgos en el desarrollo de la actividad artesanal, dirigidos tanto a las personas artesanas como al público en general.
En función de lo anterior, el FONART busca atender de manera integral a los y las artesanas cuyo ingreso es inferior a la línea de bienestar, para proporcionarles las herramientas que faciliten su integración al desarrollo económico, social y cultural como resultado del ejercicio de su actividad, así como su inserción a los mercados.
Asimismo, el FONART contribuye al cumplimiento del Objetivo 4.8 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en el que se establece como prioridad el desarrollar los sectores estratégicos del país. Al respecto, las acciones de este programa se alinean a la Estrategia 4.8.5 del Plan Nacional de Desarrollo que busca fomentar la economía social.
De igual manera, el programa considera el eje transversal la perspectiva de género, la cual se alinea al Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 que comprende aquellas acciones emprendidas en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
En cuanto a las prioridades sectoriales, este programa se alinea al Objetivo 6 del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018, el cual tiene como propósito mejorar las fuentes de ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos, así como a la Estrategia 6.2, que busca desarrollar la actividad artesanal como un medio para generar ingresos, impulsando la elaboración, calidad, competitividad, reconocimiento y comercialización de sus productos.
Asimismo, en cumplimiento con la obligación señalada en el Programa Nacional de Desarrollo (2013-2018) de contar con una estrategia transversal de perspectiva de género en todos los programas, acciones y políticas de gobierno y en atención a los compromisos suscritos por el Estado Mexicano en el marco de las convenciones y los tratados internacionales, particularmente, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará), el Programa implementará acciones dirigidas a reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres a fin de alcanzar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en un marco de respeto irrestricto a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
En el Anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en las
presentes Reglas de Operación.
2. Objetivo
2.1 Objetivo General
Contribuir a mejorar el ingreso de las personas artesanas en situación de pobreza mediante el apoyo y desarrollo de proyectos productivos mediante acciones dirigidas a la consolidación de los proyectos artesanales.
2.2 Objetivo Específico
Consolidar los proyectos artesanales de las personas artesanas con ingresos por debajo de la línea de bienestar.
3. Lineamientos
3.1 Cobertura
El Programa operará a nivel nacional.
3.1.1 Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre
Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo con lo establecido en las presentes reglas de operación, podrán identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre. Dichas acciones priorizarán la atención a las personas que se encuentren en situación de pobreza extrema de alimentación, evaluados e identificados a partir de la información socioeconómica integrada al Sistema de Focalización de Desarrollo, SIFODE.
Lo anterior, con base en los Lineamientos de integración, uso y compartición de información socioeconómica del SIFODE disponibles en la dirección: http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_SIFODE_1_2016.pdf.
Asimismo, cuando aplique, para las acciones de servicios básicos e infraestructura social básica se atenderá a las personas que habitan en las Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales vigentes disponibles en la dirección electrónica: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/
Para implementar dichas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, así como, emitir convocatorias especificas o regionales para atender proyectos surgidos en el marco de la Cruzada contra el Hambre; estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes Reglas de Operación y de las metas establecidas en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal.
La Unidad Responsable del Programa deberá informar sobre las acciones, presupuesto y avances en las metas e indicadores que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivos de la Cruzada.
3.1.2 Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
En cumplimiento a los objetivos para prevenir la violencia y la delincuencia, el Programa podrá implementar acciones dedicadas a ese fin, las cuales atenderán a los hogares y sus integrantes que se encuentren en los polígonos ubicados en los municipios de atención de la política pública para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
Dichas acciones podrán realizarse en coordinación con otras dependencias y entidades, así como con órdenes de gobierno, y se llevarán a cabo de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y en función de la capacidad operativa y presupuestal del Programa.
3.2 Población Objetivo
La población objetivo del FONART son las mujeres y hombres con actividad artesanal cuyo ingreso está por debajo de la línea de bienestar.
La identificación de personas cuyo ingreso está por debajo de la línea de bienestar se realizará conforme a los Lineamientos de evaluación de condiciones socioeconómicas de los hogares que aplican los Programas Sociales de la Secretaría de Desarrollo Social, disponibles en este sitio:
http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_Evaluacion_CSH.pdf
3.3 Criterios y Requisitos de Elegibilidad
 
Criterios
Requisitos
(Documentos requeridos)
a) En todas las vertientes se deberá cumplir con lo siguiente:
1. Ser de nacionalidad mexicana con plena capacidad de goce y ejercicio de sus derechos.
1.1 La persona solicitante del programa deberá acreditarlo, presentando original para cotejo y entregando copia fotostática, de alguno de los siguientes documentos de Identificación:
Credencial para votar con fotografía vigente (INE, antes IFE).
Cartilla del Servicio Militar Nacional.
Pasaporte.
Cédula Profesional.
Cédula de Identidad Ciudadana.
Credencial del Instituto Nacional de las
Personas Adultas Mayores (INAPAM).
En caso de que la CURP se encuentre en la Credencial para votar, deberá ser legible; en otro caso presentar la CURP. En caso de no contar con este último, presentar Acta de Nacimiento, y entregar la CURP a más tardar el día de la entrega del apoyo.
Credencial expedida por el FONART, que lo acredita como artesano registrado en el Padrón Nacional de Artesanos.
2. Persona artesana
2.1. Presentar su producto, el cual estará sujeto a un análisis conforme a la Matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (Cuestionario Complementario, Matriz DAM) Anexo 2, aplicada por el FONART o por quien tenga convenio de coordinación y colaboración firmado y vigente.
3. Proporcionar Información Socioeconómica
3.1. Proporcionar la información solicitada para el llenado del Cuestionario nico de Información Socioeconómica (CUIS) Anexo 3, o en su caso presentar el certificado de elegibilidad emitido por el Sistema SIIPSO-SEDESOL.
(El certificado de elegibilidad sustituirá en el expediente la Matriz DAM y CUIS.)
4. Se podrá dar atención a las solicitudes presentadas a través de las Entidades Federativas, siempre y cuando:
4.1 Tengan convenio de colaboración y coordinación vigente firmado con el FONART, Anexo 4;
4.2 Presenten todos y cada uno de los requisitos de elegibilidad de las presentes Reglas de Operación en su numeral 3.3. y;
b) Adicionalmente a lo establecido en el inciso a), para las vertientes de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica; Apoyos para Impulsar la Producción; Apoyos para Impulsar la Comercialización; Apoyos para la Promoción Artesanal en Ferias y/o Exposiciones y Apoyos para la Salud Visual, se requiere:
 
 
1. Manifestar interés de recibir apoyos del programa.
1.1 Manifestar interés de recibir apoyos del programa de manera escrita o electrónica por medio de una solicitud que se encuentra disponible en:
http://appl.fonart.gob.mx/htmltopdf/solicitud_apoyo_fonart.php
1.2 Entregar solicitud de apoyo con la información requerida en el Anexo 5. Salvo en casos que sean beneficiarias o beneficiarios de otras vertientes dentro del esquema integral productivo, ya sea del mismo año o de ejercicios anteriores.
2. No haber recibido apoyos de otros programas federales por los mismos conceptos que otorga este programa en el presente ejercicio fiscal.
2.1 Manifestar bajo protesta de decir verdad que en el presente ejercicio fiscal no se han recibido apoyos de otros programas federales para los mismos conceptos que se recibirán de este Programa mediante el Anexo 5.
3. Adicionalmente para las vertientes de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica; Apoyos para Impulsar la Producción; Apoyos para Impulsar la Comercialización; y Apoyos para la Salud Visual, se requiere que las personas artesanas cuenten con ingresos por debajo de la línea de bienestar.
3.1. Brindar la información para llenar el CUIS Anexo 3 y cumplir con los criterios de ingreso por debajo de la línea de bienestar.
c) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), en la vertiente de Concursos de Arte Popular se deberá cumplir con lo siguiente:
1. Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria.
1.1 Entregar la Ficha de Registro de Concursos, Anexo 6, así como aquellos requisitos estipulados en las convocatorias, en Anexo 7. Cabe señalar que el CUIS será llenado por las y los artesanos ganadores del concurso, exclusivamente para fines estadísticos.
 
d) Para la vertiente Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos, además de lo establecido en el inciso a), se deberá cumplir con lo siguiente:
 
1. Presentar solicitud del grupo de artesanos y/o artesanas, las acciones a las que se comprometen los integrantes del grupo, el destino de la aplicación del recurso y, en su caso, la coparticipación de al menos uno de los tres órdenes de gobierno, a través de la entrega de la Solicitud y Acciones Comprometidas Ver (Anexo 10).
 
2. Ser un taller de artesanos integrado por lo menos con la mitad de las personas con ingresos por debajo de la línea de bienestar
2.1 Cada persona integrante del taller deberá proporcionar información para el llenado del CUIS
e) Para la vertiente Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos, además de lo establecido en el inciso a), se deberá cumplir con lo siguiente:
1. Presentar la solicitud del Proyecto Artesanal Estratégico con la síntesis del plan del proyecto artesanal. (Anexo 11).
 
2. Tratarse de una organización o grupo de mujeres y hombres con actividad artesanal de los cuales, por lo menos la mitad de las personas tengan ingresos por debajo de la línea de bienestar.
2.1 Cada uno de los integrantes del grupo deberá proporcionar información para el llenado del CUIS
 
3.4 Criterios de Selección
Los proyectos apoyados serán los que resulten seleccionados por el Comité de Validación y Aprobación de Proyectos Artesanales (COVAPA), teniendo en cuenta, la disponibilidad presupuestal del FONART y al orden de prelación con el que fueron presentados, de acuerdo a los siguientes criterios:
a) En todas las vertientes, se dará prioridad a las siguientes personas artesanas:
-      Que formen parte del Esquema Integral Productivo.
-      Que hayan recibido en el año anterior apoyo de las otras vertientes del FONART.
-      Que presenten solicitud a través de las entidades federativas, en atención al punto 3.3 en su numeral 4 de las presentes Reglas de Operación, Anexo 5.
-      Que cuenten con la participación de integrantes de hogares beneficiarios de PROSPERA Programa de Inclusión Social, así como del programa piloto "Territorios Productivos", de acuerdo a la suficiencia presupuestaria. Para este criterio, FONART determinará los recursos para financiar los proyectos demandados por dichas estrategias. En los casos que sea necesario, para hacer efectivo el acceso en estos supuestos, el Programa expedirá convocatorias que contendrán las acciones,
recursos, metas, así como el procedimiento para el diseño, registro y operación del proyecto, el ejercicio de los recursos y la comprobación de su correcta aplicación.
       Cuando se trate de integrantes de hogares de personas beneficiarias de PROSPERA, el Programa solicitará el número de folio familia para fines de monitoreo y seguimiento.
-      Que cuenten con Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
-      Que hayan sido identificados por el SIFODE como parte del universo potencial del Programa.
b) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para la vertiente de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica, se dará prioridad a las personas que:
-      Se integren y organicen en grupos en el esquema integral de proyectos productivos, dando prioridad a los grupos conformados por mujeres de todas las edades y a personas indígenas en posesión de un idioma distinto al español, personas con discapacidad, de zonas rurales o urbanas o de otra condición relevante.
-      Requieran atender una problemática específica asociada al proceso de producción o comercialización artesanal, la cual pueda ser resuelta por el FONART o mediante la coordinación interinstitucional.
-      Sus proyectos contemplen la aportación económica por parte de gobiernos estatales, municipales o de terceros.
-      Que cuenten con la credencial expedida por el FONART registrado en el Padrón Nacional de Artesanos.
c) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para la vertiente de Apoyos para Impulsar la Producción, se dará prioridad a las personas artesanas que se encuentren organizados en grupos así como aquellos que hayan recibido capacitación y/o asistencia técnica impartidos por FONART, por los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios o por Instituciones de Educación Superior con registro oficial en el presente año y el inmediato anterior.
d) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para la vertiente de Acopios de Artesanías, se dará prioridad a quien elabore productos que presentan alta demanda en el mercado, y/o baja disponibilidad o nula existencia en el almacén del FONART.
e) En la vertiente de Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos se dará prioridad a las solicitudes que se encuentren en alguno de los destinos turísticos determinados por el sector turístico, así como a las entidades federativas con alta densidad de población artesanal.
f) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), la Vertiente de Apoyos para la Salud Visual dará prioridad a las personas beneficiarias del Programa en alguna vertiente.
3.5 Tipos y Montos de Apoyo
3.5.1 Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica
El programa podrá otorgar capacitación integral o asistencia técnica derivado de un diagnóstico en el cual se definirá la factibilidad del proyecto y si éste requiere alguno de los dos tipos de apoyo.
3.5.1.1 Capacitación Integral
La capacitación integral tiene por objeto coordinar y administrar un proyecto enfocado al mejoramiento de la condición productiva y comercial de las y los artesanos, que permita el desarrollo de habilidades para: trabajo organizativo, materias primas, proceso productivo, comercialización, informática, administración, salud ocupacional, aspectos jurídicos, fiscales y de aprovechamiento sostenible, así como el desarrollo de certificación en competencias laborales.
La capacitación será impartida por maestras y maestros artesanos, técnicos, profesionistas, u Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) especialistas, sabedoras del quehacer artesanal, que tengan las capacidades y dominio de las diferentes ramas artesanales y aquellos que tengan capacidades gerenciales, administrativas y comerciales contratados por FONART; o bien, podrá ser impartida, de acuerdo a los convenios de coordinación y colaboración vigentes que el FONART haya firmado con las entidades federativa
y/o instituciones de Educación Superior, en los lugares que garanticen la asistencia y contribuyan a una óptima logística del curso.
El FONART podrá cubrir los gastos asociados a tal actividad hasta por un monto de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) por persona artesana, debiendo integrarse en grupos de por lo menos 15 personas. La capacitación integral podrá tener una duración de hasta 12 meses.
3.5.1.2 Asistencia Técnica
La asistencia técnica atiende necesidades específicas de conocimiento vinculadas al mejoramiento de la condición productiva de las y los artesanos.
El FONART podrá cubrir los gastos asociados a tal actividad hasta por un monto de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N) por persona artesana, debiendo integrarse en grupos de al menos 15 personas. La duración de la asistencia técnica podrá ser de hasta 6 meses.
3.5.2 Apoyos para impulsar la Producción
Esta vertiente apoya a las y los artesanos con recursos económicos y/o en especie para fortalecer la adquisición de materia prima y/o herramientas de trabajo destinados a la producción artesanal.
No se financiará en ningún caso mano de obra, pago de salarios ni gastos de administración.
Se podrán otorgar apoyos individuales o en grupo con recursos económicos y/o en especie hasta por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del FONART y al análisis de necesidades manifestadas en el formato de solicitud de apoyo, Anexo 5.
Cuando la persona beneficiaria se encuentre recibiendo apoyos por la vertiente de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica, se le podrá otorgar dos apoyos adicionales en el año dentro de la vertiente de Apoyos para Impulsar la Producción, si la suma de ambos apoyos no rebasé los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.).
La solicitud de apoyo podrá ser elaborada de manera individual por las y los artesanos o en conjunto con las entidades federativas, que tengan convenio de coordinación y colaboración vigente firmado con el FONART, siempre y cuando estos envíen el expediente completo con los requisitos de elegibilidad.
Excepcionalmente y previo acuerdo del COVAPA, se otorgarán apoyos cuando el grupo rebase el límite máximo de integrantes, mismos que serán distribuidos equitativamente entre el total de los participantes.
3.5.3 Vertiente de Acopios de Artesanías.
Esta vertiente tiene el objetivo de ampliar las opciones de la comercialización de la producción de las personas artesanas a través de:
3.5.3.1 Acopio de artesanías
Se otorgará a la persona artesana un monto de apoyo hasta por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año, para impulsar la comercialización de su producción, que podrá ser exhibida en las tiendas del FONART.
3.5.3.2. Demanda comercial específica
Consiste en atender las necesidades concretas y excepcionales del mercado, así como las demandas realizadas al FONART, a través de la identificación de las personas artesanas que podrían atender el requerimiento y la organización del pedido, otorgándoles previa autorización del COVAPA un apoyo de hasta $225,000.00 (doscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) por solicitud, y en lo individual puede superar los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año. Lo anterior, independientemente que la demanda pudiera ser por un monto mayor, permitiendo incrementar el potencial de comercialización de las personas artesanas, a través de la colocación de sus obras.
3.5.4. Apoyos para la Promoción Artesanal en Ferias y Exposiciones.
 
Esta vertiente tiene como objetivo apoyar a los artesanos, con recursos económicos para la trasportación, hospedaje, la construcción o acondicionamiento de espacios y mobiliario de exhibición, para garantizar su participación en ferias, exposiciones y eventos artesanales nacionales e internacionales, que les permitan promover, exhibir y comercializar sus artesanías. Para las ferias nacionales el apoyo individual se otorgará conforme a lo establecidos en el numeral 3.5.4.1.
En el caso de las ferias y exposiciones internacionales, los montos podrán superar los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año por persona artesana y hasta por un monto de $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), previa autorización del COVAPA.
Los apoyos podrán ser individuales o grupales.
3.5.4.1 Apoyos Individuales para la Promoción Artesanal en Ferias y Exposiciones.
Esta vertiente beneficia a las personas artesanas para la promoción, exhibición y difusión de sus artesanías, así como de sus técnicas de producción en eventos seleccionados y focalizados, donde se identifica la asistencia de demanda potencial. Otorgando recursos económicos de hasta $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.), de manera anual y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal para destinarse en uno o varios de conceptos enlistados en el siguiente cuadro:
Conceptos de apoyo individuales
1
Alojamiento.
2
Transporte y seguros de viajero.
3
Pago correspondiente por uso de stand (espacios, mobiliario, exhibidores, carpas, lonas, etc).
4
Registro de marca.
5
Diseño y Producción de:
 
5.1
Logotipo.
 
5.2
Imagen o identidad Comercial (material gráfico: tarjetas, hojas membrete, etc.).
 
5.3
Empaque, envase y cajas.
 
5.4
Material gráfico (folletos, catálogos, revistas o publicaciones).
 
5.5
Página de Internet.
 
5.6
Embalaje.
 
5.7
Etiquetas.
6
Código de barras (Cuota Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico AMECE).
7
Evaluación y certificación en competencias laborales.
8
Certificación de normas oficiales mexicanas.
 
3.5.4.2 Apoyos Grupales para la Promoción Artesanal en Ferias y Exposiciones.
Se podrán otorgar apoyos a grupos, conformados por al menos 5 y hasta 15 personas artesanas, por un monto de hasta $225,000.00 (doscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), una sola vez al año, siempre y cuando el monto individual no rebase los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.).
Excepcionalmente y previo acuerdo del COVAPA, se otorgarán apoyos cuando el grupo rebase el límite máximo de integrantes, mismos que serán distribuidos, equitativamente entre el total de participantes.
La solicitud de apoyo podrá ser elaborada en conjunto con las entidades federativas, que tengan convenio de coordinación y colaboración vigente con el FONART.
En caso de que alguna persona de los integrantes del grupo haya sido beneficiada por las demás modalidades de la vertiente, el monto del apoyo recibido previamente, se descontará del monto del apoyo de
ésta.
El apoyo podrá ser utilizado en uno o en varios de los siguientes conceptos:
Conceptos de apoyo grupales
1
Alojamiento.
2
Transporte y seguros de viajero.
3
Pago correspondiente por uso de stand (espacios, mobiliario, exhibidores).
4
Registro de marca.
5
Diseño y Producción de:
 
5.1
Logotipo.
 
5.2
Imagen o identidad Comercial (material gráfico: tarjetas, hojas membrete, etc.).
 
5.3
Empaque, envase y cajas.
 
5.4
Material gráfico (folletos, catálogos, revistas o publicaciones).
 
5.5
Página de Internet.
 
5.6
Embalaje.
 
5.7
Etiquetas.
6
Código de barras (Cuota Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico AMECE).
7
Evaluación y certificación en competencias laborales.
8
Certificación de normas oficiales mexicanas.
9
Constitución o modificación de la asociación.
 
3.5.5 Concursos de Arte Popular
Las acciones previstas en esta vertiente incluyen el reconocimiento de las personas artesanas, que se distinguen por la preservación, rescate o innovación de las artesanías, así como aquellos que mejoran las técnicas de trabajo y recuperan el uso y el aprovechamiento sostenible y sustentable de los materiales en su entorno natural, con independencia de su nivel de ingreso, de las diferentes regiones y centros productores del país.
Los recursos para esta vertiente provienen del subsidio asignado a FONART y serán complementados con recursos de los gobiernos federal, estatales, y municipales, así como de la iniciativa privada y organizaciones civiles, debiendo éstos aportar el 50% del total de la bolsa de premios del concurso, así como los gastos de organización conforme a los convenios o anexos de coordinación y colaboración previamente firmados que se encuentren vigentes, o en su caso, de acuerdo a las especificaciones pactadas antes de la celebración de los Concursos.
Sólo en casos excepcionales y previa justificación, el FONART aportará la bolsa total de premios de algún concurso.
Los montos de los premios otorgados para los concursos convocados por el FONART serán diferentes de acuerdo a la cobertura, tipo de obra, técnica, materiales y tiempo de elaboración. Los montos máximos de premio por persona y por tipo de concurso serán los siguientes:
-      Gran Premio Nacional de Arte Popular: hasta por $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
-      Nacional: hasta por $125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.).
-      Regional: hasta por $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.).
-      Estatal: hasta por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.)
 
-      Local: hasta por $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.).
En los concursos nacionales, adicionalmente al pago del premio se podrá otorgar a las personas artesanas ganadoras apoyo para transporte a la sede del evento de premiación, y dependiendo de la disponibilidad presupuestaria.
El FONART tendrá la potestad, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal para participar o no como copatrocinador de concursos a los que sea invitado.
En el caso de menores de edad que resulten premiados en algún concurso, podrán recibir el recurso con la asistencia de su padre, madre o tutor legal plenamente identificado.
3.5.6 Apoyos para la Salud Visual
La actividad propia de esta vertiente está encaminada a propiciar la salud visual preventiva mediante el otorgamiento de apoyos destinados a acceder a servicios especializados que detecten de manera temprana las posibles patologías o padecimientos visuales derivados de la actividad artesanal, para un tratamiento oportuno que evite la progresión de la enfermedad, mediante elementos ópticos como son los anteojos, propiciando calidad de vida y mejores condiciones productivas en el sector artesanal.
Este apoyo se podrá otorgar por artesano o artesana hasta por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.), de manera anual.
Cuando se requiera de un apoyo mayor se podrá solicitar la concurrencia de otras instituciones públicas o privadas.
3.5.7 Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos.
Esta vertiente beneficia a grupos de personas artesanas, por un monto de hasta $70,000.00 (setenta mil pesos 00/100 M.N.) al año, a través de un proyecto integral de intervención que comprende, la realización de las acciones de formación y desarrollo (capacitación) remodelación del área de sanitario, de producción y de servicios, así como la creación de espacios para exhibición y venta de la obra artesanal, señalización de talleres y material promocional, necesarias para su inserción en el mercado de la promoción turística que realiza el Gobierno de la República.
Estos grupos deben estar ubicados en destinos turísticos, pueblos mágicos o bien en entidades federativas con alta densidad artesanal, propicios de ofrecer obras artesanales a los turistas nacionales e internacionales.
El apoyo podrá ser de:
Destinado a:
Hasta un 70%
En el mejoramiento de los espacios físicos del taller artesanal que estén destinados a ofrecer la experiencia turística.
Hasta un 30%
En el pago de la capacitación y/o evaluación necesarias para la obtención del Distintivo Moderniza Artesanal que permite la inserción de los talleres en las cadenas turísticas.
Hasta un 10%
En el rubro de señalización de talleres y material promocional
 
Dicho Distintivo lo otorga FONART- SECTUR, como resultado de la implementación de la capacitación a los artesanos beneficiarios
Una vez que el proyecto fue aprobado por el COVAPA, se dividirá el recurso en ministraciones y la entrega de éste estará sujeta al avance del proyecto.
3.5.8. Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos
La vertiente de Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos, tiene como objetivo impulsar a grupos de personas artesanas organizados para que mejoren su proceso productivo y/o incrementen su capacidad comercial, buscando con su ejecución incentivar un desarrollo regional.
Vertiente dirigida al apoyo integral o parcial de grupos organizados de artesanas y artesanos para que a
través del desarrollo de proyectos artesanales estratégicos fortalezcan el proceso productivo en la elaboración de las artesanías, y amplíen su capacidad comercial; asimismo, contribuyan a la conservación, fomento y promoción de la tradición artesanal, además de estimular el desarrollo económico de la región, lo cual deberá justificarse con evidencia documental que será valorada por esta vertiente.
El grupo de personas artesanas organizadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
-      Producir artesanías que representen un capital cultural; es decir que sean representativas de la región.
-      Entregar la Solicitud y síntesis del plan estratégico (Anexo 11).
Se podrá apoyar hasta con un monto de $1´000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N) por proyecto. El recurso será entregado, en ministraciones a través de un anexo de ejecución a las Casas o Institutos de Artesanías, quienes serán las encargadas de administrar y comprobar los recursos otorgados para la ejecución del proyecto artesanal; asimismo para dar transparencia al proceso, formarán parte del Comité de Contraloría Social. Las ministraciones y estarán sujetas al alcance de los objetivos, debiendo considerar por lo menos 4 de los siguientes conceptos:
Concepto
Objetivo
Hasta el 50% del monto total del proyecto en Innovación en el desarrollo de nuevos productos, mejoras en el diseño y calidad del producto.
Incorporar nuevas técnicas, instrumentos tecnológicos, equipamiento e infraestructura productiva que fortalezca la difusión, competitividad, productividad y comercialización artesanal, que de como resultado productos de calidad.
Hasta el 20% del monto total del proyecto en
Capacitación y Asistencia Técnica
Obtener conocimientos, desarrollo de habilidades y aptitudes que impacten la actividad de la organización artesanal, abordando temas únicamente del proyecto estratégico.
Hasta el 20% del monto total del proyecto en Formalización y Asociacionismo.
Promover y organizar la actividad artesanal en torno a la formalización para participar en el mercado nacional e internacional.
Hasta el 30% del monto total del proyecto en Implementación del proyecto artesanal estratégico.
Contar con los insumos necesarios que contribuyan a mejorar la calidad de las artesanías, considerando la compra de materia prima; así como la disminución de los tiempos de elaboración e implementación de cualquier acción que permita incrementar el margen de ganancia de los artesanos.
Hasta el 15% del monto total del proyecto en Estudio de Mercado o Investigaciones.
Contribuir de manera directa a mejorar, orientar o potenciar las inversiones en el sector artesanal.
Hasta el 15% del monto total del proyecto en Promoción y Difusión.
Promover y difundir el Proyecto Estratégico para que este incida en la mejora de la comercialización.
 
Los porcentajes antes mencionados podrán aumentar previa autorización del COVAPA, con base en las necesidades planteadas en el proyecto artesanal estratégico presentado.
La selección de los proyectos artesanales estratégicos estará determinada por el impacto potencial en el empleo, en el ingreso económico, fomento de la tradición artesanal, y en el rescate del patrimonio cultural.
 
La agrupación solicitante del apoyo, deberá aportar al proyecto estratégico, por lo menos el 10% de la cantidad requerida al FONART, ya sea en especie o en monetario.
3.6 Derechos y Obligaciones de las y los beneficiarios
3.6.1 Derechos
a) Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado.
b) Recibir los apoyos conforme a las disposiciones del Programa.
c) Recibir un trato respetuoso, oportuno y con calidad, equitativo y sin discriminación alguna.
d) Tener la reserva y privacidad de la información personal, salvo manifestación de voluntad de publicidad.
e) Presentar denuncias y quejas ante las instancias correspondientes por el incumplimiento de estas Reglas de Operación.
f) Participar en los Comités de Contraloría Social.
g) Recibir información por parte del FONART y/o instancias ejecutoras, respecto al Programa y procedimientos para la solicitud de apoyos.
h) A seguir gozando de los beneficios del programa en caso de cambiar su domicilio de una entidad federativa a otra, respaldándoles bajo el criterio de portabilidad frente a cualquier acto de discriminación o de violencia en su contra.
i) En el caso de personas indígenas en posesión de un idioma distinto al español, personas con discapacidad, mujeres, o de otra condición, podrán solicitar el acompañamiento necesario para el llenado del formato.
3.6.2 Obligaciones
a) Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, la información que se les requiera de acuerdo a estas Reglas y sus anexos.
b) Cumplir con los requisitos establecidos en el numeral "3.3 Criterios y requisitos de elegibilidad".
c) Presentar la documentación comprobatoria del uso de los recursos en las vertientes de Apoyo para Impulsar la Producción, Apoyos para la Promoción en Ferias y Exposiciones y Apoyos para la Salud Visual, Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos y Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos. Mismos que se indican en el numeral 4.2 en sus incisos c), e), g) h) e i) de estas Reglas de Operación.
d) Acudir a los cursos impartidos, a través de la vertiente de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica, de los proyectos que fueron aprobados.
e) Permitir al FONART e instancias ejecutoras efectuar las visitas que éstas consideren necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, para verificar la aplicación de recursos y cumplimiento de metas.
f) Permitir al FONART e instancias ejecutoras verificar la veracidad de la información proporcionada por el solicitante mediante visitas aleatorias en campo y confrontas con bases de datos institucionales del Gobierno Federal.
g) Aplicar los recursos otorgados por el programa (incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen dichos recursos) única y exclusivamente para los fines autorizados.
3.7 Instancias Participantes
3.7.1 Instancias Ejecutoras
La instancia ejecutora es el FONART y, en su caso, previa suscripción del convenio respectivo (Anexo 4), las instancias públicas, estatales y federales así como Instituciones de Educación Superior.
3.7.2 Instancia Normativa
 
La Instancia normativa del FONART es el Comité Técnico que también es el encargado de interpretar estas Reglas de Operación y los casos no previstos en las mismas.
3.7.2.1. Comité de Validación y Aprobación de Proyectos Artesanales (COVAPA)
Es la instancia colegiada, cuyo propósito es validar y aprobar los proyectos artesanales que presenten las ocho vertientes del FONART de acuerdo a los criterios de selección establecidos en el numeral 3.4. El COVAPA tendrá las facultades y se regirá conforme a lo que establezcan los Lineamientos para su integración y funcionamiento, que podrán ser consultados en:
https://www.fonart.gob.mx/web/pdf/DAF/lineamientos%20integracion_COVAPA_2016.pdf
En casos de excepción, previa validación y aprobación del COVAPA, se podrán autorizar por vertiente, montos mayores a los establecidos en el numeral 3.5 donde la o el responsable de la vertiente presente una justificación sustentada, de acuerdo a los siguientes criterios:
a)    En todas las vertientes
-      En casos de contingencia o en situación de emergencia ocasionada por un fenómeno natural, en este último caso, previa emisión de la Declaratoria de Emergencia o publicación de la Declaratoria de Desastres Naturales por la Secretaría de Gobernación, el FONART podrá realizar acciones para atender la emergencia de acuerdo con la magnitud de los daños y la inmediatez requerida para atender a la población objetivo afectada.
-      Podrá autorizar montos superiores una vez que se justifique el impacto estratégico de los proyectos.
En este caso, la autoridad local presentará la lista de artesanas y artesanos beneficiarios que resulten afectados, la cual será analizada por el FONART para proceder a la entrega de apoyos.
-      Protección del entorno ambiental.
-      Mayor impacto social y económico en la comunidad.
b) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para la vertiente de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica se deberá considerar:
-      Desarrollo de infraestructura de producción.
-      Accesibilidad o lejanía de las localidades por atender.
c) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para la vertiente de Apoyos para Impulsar la Producción se deberá considerar:
-      Producción de piezas especiales para eventos, ferias y exposiciones.
d) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para las vertientes de Acopios de Artesanías, así como la de Apoyos para la Promoción de Artesanías en Ferias y Exposiciones, se deberá considerar:
-      Solicitudes de comercialización por parte del Área Comercial del FONART.
-      Comercialización de piezas participantes en concursos, ferias y exposiciones.
-      Cuando la pieza presentada para su comercialización exceda los montos establecidos, por el costo de la materia prima.
e) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), para la vertiente de Concursos de Arte Popular se deberá considerar:
A los concursos y ferias especiales convocados por instancias nacionales o internacionales, previo acuerdo entre el FONART y dichas instancias.
3.7.3 Coordinación Interinstitucional
El FONART establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal; la coordinación institucional y vinculación de acciones buscará potenciar el impacto de los recursos en las personas artesanas beneficiarias del programa, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la
complementariedad y reducir gastos administrativos.
Con este mismo propósito, podrá establecer acciones de coordinación con las Entidades y Dependencias de la Administración Pública Federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, e Instituciones de Educación Superior con registro oficial las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes Reglas de Operación y de la normatividad aplicable.
Del mismo modo, se podrán implementar acciones que contribuyan a la prevención social de la violencia y la delincuencia, así como a la erradicación del trabajo infantil, cumpliendo con lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
4. Mecánica Operativa
4.1 Ejercicio y Aprovechamiento de Recursos
Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, el FONART realizará una calendarización del gasto, de manera que los recursos se ejerzan; de manera oportuna, en apego a la normatividad aplicable.
Adicionalmente, a partir del 1 de julio del ejercicio fiscal 2017 la SEDESOL podrá realizar una evaluación del avance de las acciones y ejercicio de los recursos en cada entidad. Los recursos que no hubiesen sido ejercidos o comprometidos, o cuyas acciones no estuvieren de acuerdo a lo programado, serán reasignados por el FONART.
El presupuesto del FONART se aplicará de acuerdo a la siguiente distribución:
Concepto
Porcentaje
Vertientes del FONART, apoyos complementarios, promoción, fomento artesanal y contingencias.
Al menos 94.736%
Gastos de Operación.
Hasta 5.264%
 
En la ejecución de los recursos deberá cumplirse con el principio de anualidad del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.
Temporalidad
Conforme a los objetivos señalados en estas Reglas de Operación, el FONART, con base en los avances que se registren en las localidades objetivo apoyadas, determinará la terminación del otorgamiento de los subsidios; para ello, considerará si las comunidades cuentan con las capacidades y desarrollo productivo necesario para la generación de ingreso y empleo y así estar en posibilidad de cerrar las brechas de desigualdad a nivel regional, estatal o nacional; considerará también la suficiencia presupuestaria con que cuente el Programa.
4.2 Proceso de Operación
Todos los trámites, servicios y apoyos relacionados con la operación de las Vertientes del FONART a favor de las y los artesanos de México, son gratuitos y dicha operación se sujetará a lo siguiente:
a) En todas las Vertientes (excepto Concursos de Arte Popular)
Los artesanos podrán acceder a la información de los beneficios que otorga el FONART, por medio de la página de internet institucional www.gob.mx/fonart o bien www.gob.mx/sedesol, acercarse a pedir información directamente en las oficinas del FONART o en su caso, podrán solicitar informes con las Entidades Federativas.
De enero a septiembre, las y los artesanos podrán entregar personalmente, a través de las Entidades Federativas, que tengan convenio de coordinación y colaboración firmado vigente, o un representante perteneciente al grupo, la solicitud al FONART, Anexo 5, 10 y 11 según corresponda al tipo de apoyo, así como los documentos establecidos en el numeral 3.3 de estas Reglas de Operación para ser sujetos de apoyo en el ejercicio fiscal, las solicitudes entregadas en el último trimestre del año serán consideradas para el
ejercicio fiscal siguiente, salvo suficiencia presupuestal, en cualquiera de los siguientes domicilios:
Dirección General, Dirección Comercial de Artesanías o la Dirección de Operación y Proyectos Integrales para Artesanías, ubicadas en Río Misisipi 49, piso 10, Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06500.
A partir de la fecha de recepción, el FONART, a través del COVAPA, evaluará la viabilidad de la solicitud de acuerdo a los criterios que se establecen en el numeral 3.4, y dará respuesta en un plazo no mayor a 45 días naturales. Si la información en la solicitud proporcionada por la o el interesado estuviese incompleta o incorrecta, el FONART a la o el interesado en un plazo no mayor a 10 días hábiles para que éste proporcione la información requerida o solicitada por el FONART, con la finalidad de atender satisfactoriamente su solicitud y se le otorgará un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación para que lo solvente. En caso de no cumplir en el plazo establecido para la entrega de los documentos faltantes, se considerará como no presentada la solicitud.
Adicional a lo señalado en el inciso a) se deberá considerar lo siguiente;
b) En la vertiente de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica
Las capacitaciones integrales y/o asistencias técnicas se construyen a partir de un diagnóstico que identifica la problemática artesanal y propone soluciones dentro del proceso productivo, en conjunto con las demás vertientes y acompañadas, en su caso, de otras instancias, el cual podrá tener un costo de hasta $35,000.00 (Treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.).
c) En la vertiente de Apoyos para Impulsar la Producción
En esta vertiente una vez que ha sido aprobado el apoyo, se entregará el recurso en efectivo, cheque, transferencia bancaria o en especie, en un plazo no mayor a 90 días naturales.
La persona beneficiaria comprobará la aplicación de los apoyos en un plazo máximo de 45 días naturales a partir de la entrega del recurso. La documentación comprobatoria puede ser: facturas, recibos, remisiones y otros comprobantes de adquisición de materiales vinculados a la producción artesanal o en su caso, llenar el formato de comprobación.
El seguimiento a la comprobación de los recursos será por parte de las Casas e Institutos de Artesanías que tengan convenio de colaboración vigente con el FONART.
d) En la vertiente de Acopios de Artesanías.
Una vez que la o el artesano ha sido seleccionado para ser beneficiario en esta vertiente, se pactarán condiciones para la compra de su producción artesanal, apoyando en efectivo, cheque o transferencia bancaria al momento de entregar la artesanía.
1. Acopio de artesanías: En función del plan anual y de las condiciones del mercado se convoca a las y los artesanos que podrán ser sujetos de apoyo de acuerdo a los requisitos de elegibilidad y los criterios de selección (Descritos en el apartado 3.3), y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Una vez seleccionado se pactarán las condiciones de entrega de la producción artesanal. El apoyo podrá ser entregado en efectivo, cheque o transferencia bancaria al momento de entregar la artesanía.
2. Demanda comercial específica: una vez recibida la solicitud libre de la artesanía demandada, se requerirá detectar a las y los artesanos que producen y cuentan con una capacidad de producción pertinente, se les invita a atender la solicitud y se organiza la producción, posteriormente se convienen las condiciones del apoyo y la entrega del producto y se da seguimiento en los casos que sea necesario para cumplir con la entrega del producto. El apoyo podrá ser entregado en efectivo, cheque o transferencia bancaria al momento de entregar la artesanía mercancía.
e) En la vertiente de Apoyos para la Promoción de Artesanías en Ferias y Exposiciones.
Una vez que ha sido aprobado el apoyo para la promoción de artesanías en ferias y exposiciones, se entregará el recurso en efectivo, cheque o transferencia bancaria, o en especie en un plazo no mayor a 30 días naturales.
La persona beneficiaria comprobará la aplicación de los apoyos en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir de la entrega del recurso, salvo aquellos que acudan a ferias y exposiciones, quienes deberán realizar la comprobación al término de dichos eventos. La documentación comprobatoria, puede hacerse mediante los siguientes documentos: facturas, recibos, comprobantes correspondientes, Anexo 8,
para los apoyos individuales.
f) En la vertiente de Concursos de Arte Popular.
La coordinación de los concursos se realizará en conjunto con las instituciones convocantes, con quienes se pactarán los términos y condiciones de las convocatorias, las cuales estarán disponibles en www.gob.mx/fonart, así como en las poblaciones que se establezcan.
La participación de las y los artesanos se registrará en cédulas de inscripción (Anexo 6) que contienen los datos de la o el artesano y su pieza. La recepción de piezas se realizará en las fechas y sitios marcados en las convocatorias.
La calificación de las obras se realizará por un grupo de especialistas independientes, nombrados por las instituciones convocantes, cuyo fallo será inapelable. Posterior al fallo del jurado, se levantará un acta de calificación que se constituirá como el registro de personas artesanas ganadoras. El aviso a los ganadores lo realizarán las instituciones convocantes, en un plazo máximo de 10 días hábiles. Los premios se entregarán en efectivo o en cheque a los artesanos y artesanas una vez que presenten alguno de los documentos de identificación referidos en el numeral 3.3 inciso a). Sólo se pagarán premios a quienes asistan personalmente o en caso de que fallezca el artesano o artesana premiada recibirá el premio quien haya sido designado en el formato de registro como persona beneficiaria previa identificación con cualquiera de los documentos referidos en el numeral 3.3 inciso a) y presentación del acta de defunción de la o el artesano premiado. Después de ese día, la persona premiada que no se presente a la ceremonia tendrá hasta 30 días naturales para realizar su cobro, en las oficinas del FONART ubicadas en Avenida Patriotismo 691, Colonia Mixcoac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03910 en la Ciudad de México, o de acuerdo a lo establecido en la convocatoria. En caso de no presentarse dentro de este plazo, automáticamente perderá su premio.
g) En la vertiente de Apoyos para la Salud Visual.
En esta vertiente una vez que ha sido aprobado el apoyo, se entregará el recurso en efectivo, cheque, transferencia bancaria o en especie, en un plazo no mayor a 45 días naturales.
La persona beneficiaria comprobará la aplicación de los apoyos en un plazo máximo de 45 días naturales a partir de la entrega del recurso. La documentación comprobatoria puede ser: facturas, recibos, remisiones o, en su caso, llenar el formato de comprobación, Anexo 8, únicamente para los apoyos individuales.
h) Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos
El desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos se construye a partir de un diagnóstico que identifica las capacidades y potencialidades del grupo de trabajo, para integrarse al circuito turístico, así como los rubros de apoyo de acuerdo a las necesidades de cada taller.
i) Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos
El apoyo para Proyectos Artesanales Estratégicos considera la integración de un diagnóstico elaborado por el FONART para identificar la capacidad, productiva del grupo de trabajo y el posible impacto social, económico y de empleo en la región.
El representante de las o los artesanos beneficiados, presentará el Informe de Cierre (anexo 13) con los resultados del Proyecto, en donde se detallen los beneficios recibidos, y el valor de los mismos, además de especificar en qué consistió su aportación del 10% al proyecto, detallando los conceptos y montos aportados, esto se realizará al finalizar el proyecto en un plazo máximo de 45 días naturales.
4.3 Gastos de Operación
Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del Programa, el FONART podrá destinar recursos presupuestarios para los gastos de operación, hasta por el monto y/o porcentaje que al efecto determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
4.3.1. Avances Físico-Financieros
El FONART deberá elaborar trimestralmente el reporte sobre el avance financiero de las acciones contempladas en las vertientes del Programa, así como del cumplimiento de sus metas, durante los primeros quince días hábiles del mes inmediato posterior al periodo que se reporta, remitiéndolo a la SEDESOL para su revisión y gestión correspondiente.
 
4.3.2 Recursos No Devengados
El FONART deberá reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal.
4.3.3. Cierre de Ejercicio
El FONART integrará el Cierre de Ejercicio correspondiente a los recursos del Programa
5. Evaluación
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y con la finalidad de identificar y atender posibles áreas de mejora en el diseño, gestión y resultados del Programa, y de esta forma fortalecer su mecanismo de intervención, se deberá realizar, al menos, una de las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la SHCP y el CONEVAL. Lo anterior permitirá fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, ejercidos por el Programa.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), en conjunto con el Programa, conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica http://www.coneval.org.mx
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos, se podrán llevar a cabo las evaluaciones complementarias que resulten apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la DGEMPS en conjunto con el Programa.
La DGEMPS publicará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente, a través del portal de Internet de la SEDESOL (http://www.gob.mx/sedesol); asimismo, para el caso de las entidades sectorizadas, adicionalmente estas deberán publicar en sus portales de internet los resultados en comento.
6. Indicadores
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo 14 de las presentes Reglas de Operación. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por el FONART en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH).
La totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente liga:
https://www.gob.mx/fonart
7. Seguimiento físico y operativo
El FONART deberá realizar un ejercicio de seguimiento físico y operativo de sus apoyos, acciones o servicios entregados, cuya metodología deberá ser elaborada con base en los elementos técnicos mínimos que defina la DGEMPS. Asimismo, la DGEMPS establecerá el mecanismo para la validación de dicha metodología, previo a su aplicación en campo y revisará el informe final del ejercicio, analizando su consistencia metodología y sus resultados.
7.1. Control y Auditoría
Los ejecutores serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que las Unidades Responsables del Programa y las Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas serán responsables de supervisar y verificar el avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de solicitar la comprobación documental del gasto ejercido debidamente certificada, en
los plazos establecidos en las Reglas de Operación, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo. Considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o sus municipios no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes Instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por la Auditoría Superior de la Federación; por el rgano Interno de Control en la SEDESOL; por la SFP en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales.
La instancia Ejecutora dará todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar, las auditorías, revisiones o visitas de inspección de acuerdo a los programas anuales de auditorías o en el caso que juzgue pertinente; Asimismo, efectuarán las acciones necesarias para dar atención a las recomendaciones planteadas por dichas instancias fiscalizadoras, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, por la inobservancia de esta disposición la Unidad Responsable del Programa determinará con base en lo anterior si suspende o limita la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
Las Instancias Fiscalizadoras podrán verificar que los recursos asignados para cumplir con los objetivos y la cobertura establecida en la Cruzada contra el Hambre hayan sido ejercidos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como evaluar los procesos establecidos, con un enfoque preventivo y correctivo, con la finalidad de apoyar en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y en la mejora y calidad de los trámites y servicios, objeto de las presentes Reglas de Operación.
8. Difusión
Estas reglas de operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, están disponibles para su consulta en las Delegaciones, en la página electrónica de la SEDESOL: www.gob.mx/sedesol, así como en la página electrónica https://www.gob.mx/fonart
Las Delegaciones en coordinación con la URP, serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del Programa, informando las acciones institucionales a realizar y las comunidades beneficiadas.
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional e incluir la siguiente leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
8.1. Contraloría Social
Se promoverá la participación de las personas beneficiarias del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El FONART deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, con el fin de promover y realizar las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el Esquema validado por la Secretaría de la Función Pública.
El Programa deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, con el fin de promover y realizar las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el Esquema validado por la Secretaría de la Función Pública.
8.2. Procesos para la integración del Sistema de Focalización de Desarrollo, del Padrón nico de Beneficiarios y del Sistema de Información Social Georreferenciada
 
8.2.1. Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE)
El SIFODE se integra a partir de la información socioeconómica de las personas y hogares para la determinación de universos potenciales de atención. La focalización mediante el SIFODE será de uso obligatorio para aquellos programas que entregan apoyos a personas u hogares.
8.2.1.1. Recolección e Integración de información socioeconómica
El Programa realizará la recolección de información socioeconómica de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para los Procesos de Recolección de Información Socioeconómica y Captura., disponibles en http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_RISC.pdf
La información socioeconómica de personas y hogares será recolectada de manera electrónica mediante el Cuestionario nico de Información Socioeconómica (CUIS) considerando a todos los miembros que integren el hogar encuestado.
Dicha recolección será llevada a cabo por el personal que el Programa haya designado para tal efecto y que se encuentre previamente acreditado por la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios.
Previo a la captura de nuevos CUIS, el Programa deberá consultar la información disponible en el SIFODE para utilizarla, o en su caso, actualizarla.
La información recolectada será integrada al SIFODE siempre y cuando cumpla con los criterios de calidad de datos establecidos en los Lineamientos de Integración, Uso y Compartición de Información Socioeconómica del SIFODE, que pueden consultarse en http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_SIFODE_1_2016.pdf
Dado que la Clave nica de Registro de Población (CURP) es la llave de intercambio de información entre las dependencias del Gobierno Federal, se deberá solicitar a la potencial persona beneficiaria que la muestre al momento del llenado del instrumento de información socioeconómica que corresponda, sin que la presentación de esta clave sea condicionante para la aplicación del cuestionario y, en su caso, tampoco para la incorporación ni para el otorgamiento de los apoyos del Programa.
8.2.1.2. Evaluación de información socioeconómica
La determinación de los universos potenciales de atención de los Programas que focalizan personas u hogares, se realizará exclusivamente en el SIFODE mediante la evaluación de la elegibilidad de las personas u hogares con base en:
· La metodología para la medición multidimensional de la pobreza establecida por el CONEVAL, de acuerdo a los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares disponibles en http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_Evaluacion_CSH.pdf y
· El cumplimiento de los criterios de elegibilidad establecidos en el apartado 3.4 Criterios y requisitos
8.2.2 Conformación del Padrón de Beneficiarios del Programa
El Programa conformará su(s) padrón(es) de beneficiarios a partir de los datos que refieran a las personas beneficiarias y los apoyos que les fueron entregados de acuerdo al tipo de beneficiario:
Personas, Actores Sociales, o Población Beneficiaria en Áreas de Atención Social. Los padrones conformados por el Programa deberán identificar a quién, qué, cómo, cuándo y dónde se otorgaron los apoyos, así como su importe y/o conceptos.
En el presente ejercicio fiscal, toda incorporación de nuevos beneficiarios deberá acreditarse por el Programa mediante el ENCASEH/CUIS/CUAS correspondiente mediante la inclusión del folio ID CUIS SEDESOL en su padrón.
8.2.3 Padrón nico de Beneficiarios (PUB)
El Padrón nico de Beneficiarios (PUB) es una herramienta que, por conducto de la Dirección General de
Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, integra la información de los padrones de beneficiarios de los Programas de Desarrollo Social
8.2.3.1 Integración de padrones al PUB
La Unidad Responsable del Programa deberá estructurar y enviar su(s) padrón(es) para ser integrado(s) al PUB de acuerdo a los Lineamientos para la Integración del Padrón nico de Beneficiarios que la SEDESOL emite para tal efecto disponibles en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5471303&fecha=09/02/2017.
La DGGPB será el enlace oficial de la SEDESOL ante la Secretaría de la Función Pública para la integración de padrones al Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G) de acuerdo con la información integrada al PUB.
8.2.3.2 Análisis de Padrones
Con la finalidad de promover la transparencia en la operación del Programa e identificar complementariedades y sinergias en el otorgamiento de apoyos, la DGGPB realizará un análisis de los padrones integrados al PUB una vez al año y/o a solicitud del Programa.
8.2.4 Sistema de Información Social Georreferenciada (SISGE)
El SISGE es un sistema de información geográfica que integra información georreferenciada de infraestructura social, cobertura de los programas e información censal, así como los catálogos correspondientes a entidades, municipios y localidades para su visualización, consulta y análisis desde un contexto geográfico.
El SISGE está disponible en: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge
8.2.4.1 Domicilio geográfico
El domicilio geográfico registrado en los padrones de beneficiarios del Programa, así como el establecido en el CUIS, deberá regirse bajo lo establecido en la estructura de datos de la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos vigente emitida por el INEGI. La Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos podrá ser consultada a través de la página de internet: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/dom_geo.aspx
Las claves y nombres geográficos de entidades federativas, municipios y localidades referidos en la Norma, deberán corresponder a las establecidas en el Catálogo nico de Claves de Áreas Geoestadísticas Estatales, Municipales y Localidades (CENFEMUL) vigente, el cual podrá consultarse en la documentación del apartado de Catálogo de Localidades del módulo de seguimiento histórico de localidades en: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/
Para realizar aclaraciones de las localidades que in situ no existan o difieran en la ubicación geográfica, claves o nombres geográficos a los registrados en el CENFEMUL, el Programa se deberá apegar al procedimiento de actualización permanente del catálogo de claves de entidades federativas, municipios y localidades del INEGI, para lo cual podrá contactar a la persona responsable del procedimiento de actualización del catálogo en la Delegación SEDESOL correspondiente, o bien con la DGGPB. Los datos generales de los responsables del procedimiento de actualización de localidades en las delegaciones de SEDESOL podrán ser consultados en: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/ http://sisge.sedesol.gob.mx/descargas/N4/AnexoV.pdf
La documentación que indica el procedimiento de actualización permanente del CENFEMUL, podrá consultarse en la documentación del módulo de seguimiento histórico de localidades en: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/
El Programa deberá considerar que aquellas localidades levantadas en el último evento censal pudieran sufrir cambios en su clave geográfica, lo que representa modificaciones en su información censal. Las localidades que cambien de clave por adscripción a nuevos municipios, cambio de municipio o cambio de entidad, así como aquellas localidades declaradas como bajas, inexistentes, tapias o ruinas, no serán incluidas en la actualización mensual del CENFEMUL o en su caso, serán publicadas con la clave actualizada.
 
8.2.4.2. Infraestructura Social
Los Programas que cuenten con infraestructura social deberán proveer dicha información para su integración al SISGE conforme los siguientes requerimientos:
1. Se entenderá como infraestructura social a los inmuebles o establecimientos donde los Programas proporcionen algún tipo de servicio o entrega de apoyos a sus beneficiarios.
2. La información de infraestructura social deberá contar con: a) La georreferenciación de la infraestructura social a través de la coordenada geográfica (latitud-longitud); o capa geográfica de polígonos, líneas o puntos. b) La estructura de datos del domicilio geográfico conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el INEGI. c) Los atributos descriptivos asociados a cada elemento de infraestructura social.
3. La actualización de infraestructura social se realizará mensualmente, conforme a los periodos de corte de operación de cada Programa.
4. La integración de información será a través del responsable de análisis espacial en la DGGPB.
8.3. Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a las presentes reglas de operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, contenidas en las leyes Federales y/o Locales aplicables, los acuerdos emitidos por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, con la finalidad de prevenir el uso de recursos públicos y programas sociales con fines particulares, partidistas y/o político-electorales.
Con estas acciones se preservan los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público; se refrenda el compromiso con la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos humanos, asimismo se previenen e inhiben las conductas que deriven en delitos o sanciones administrativas."
9. Perspectiva de Género
En el ámbito de su competencia, el FONART incorporará la Perspectiva de Género con el propósito de contribuir a que las mujeres accedan a sus derechos sociales y se beneficien de manera igualitaria de ese derecho; privilegiando, en su caso, la inclusión de medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas), que aceleren el logro de la igualdad sustantiva para el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en el desarrollo económico, social, en la toma de decisiones, en los procesos de desarrollo del Programa y en general, en los objetivos planteados en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
10. Enfoque de Derechos
Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán mecanismos que hagan efectivo el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se dé únicamente con base en lo establecido en estas Reglas, sin discriminación o distinción alguna.
De igual manera, se fomentará que las y los servidores públicos involucrados en la operación del Programa, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las y los beneficiarios, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población objetivo, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.
Asimismo, el Programa fomentará la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, como lo son jóvenes, personas con discapacidad, personas en situación de calle, migrantes, adultos mayores, afrodescendientes y de los pueblos indígenas, entre otros, tomando en
consideración sus circunstancias, a fin de contribuir a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena.
En cumplimiento a la Ley General de Víctimas y atendiendo las reglas de operación vigentes, se favorecerá el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Víctimas, que se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante solicitud escrita, fundada y motivada que emane de autoridad competente.
Asimismo, en los casos en que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dicte medidas precautorias o cautelares a favor de determinada persona o grupos de personas, o emita una recomendación o conciliación, se procurará adoptar las acciones que permitan dar celeridad a su inscripción como beneficiaria del programa y garantizar con ello el ejercicio de sus derechos humanos, sin menoscabo del cumplimiento a los criterios establecidos en las presentes reglas de operación.
11. Casos de Emergencia o Desastre
Para facilitar la continuidad de los apoyos otorgados a las personas beneficiarias, el Programa deberá elaborar un protocolo para casos de emergencia o desastre, que deberá incluir al menos las siguientes previsiones:
1.     Ampliación de plazos de entrega de los apoyos.
2.     Documentación alternativa de identificación por parte de las personas beneficiarias, con la finalidad de que puedan recibir los apoyos otorgados por el Programa.
3.     Canales de comunicación con la finalidad de informar las personas beneficiarias, el procedimiento de entrega de apoyos o dudas acerca de la operación y continuidad del Programa.
4.     Establecimiento de casos en los que podrá suspenderse la comprobación de la corresponsabilidad
5.     Mecanismos de colaboración con otras instituciones con la finalidad de generar sinergias de apoyo a los beneficiarios del Programa.
6.     Mecanismos para activar, desactivar y difundir las acciones del protocolo.
El protocolo se pondrá en marcha en caso de que exista una Declaratoria de Emergencia o de Desastre que emita la Coordinación Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, o en su caso, instrucción del Titular de la SEDESOL a raíz de una emergencia o desastre. El Programa enviará a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional el protocolo.
12. Quejas, denuncias y solicitudes de información
Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Reglas de Operación, así como a presentar quejas o denuncias en contra de servidores públicos de la Sedesol, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes:
12.1. Quejas y denuncias
Las quejas y denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica o cualquier otro medio electrónico de comunicación y/o mediante comparecencia ante las oficinas que ocupa el rgano Interno de Control en la SEDESOL a través de:
a) rgano Interno de Control en la Sedesol:
Para recepción de quejas y denuncias Teléfono: 5328-5000, Ext. 51508.
Larga distancia sin costo:
01-800-714-8340
Correo electrónico: organo.interno@sedesol.gob.mx
Página Web: www.gob.mx/sedesol, Ruta: Inicio - SEDESOL âContacto â Denuncia contra servidores
públicos-opciones para realizar tu trámite-En Línea- Realiza tu queja o denuncia en línea aquí.
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.
b) En la Secretaría de la Función Pública:
Ciudad de México y Área metropolitana:
Teléfono: 2000-3000
Larga distancia sin costo:
01-800-3862-466
De Estados Unidos 01-800-4752-393
Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México.
c) Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del BUZON colocado para tal efecto.
También, se pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de la presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios y que se puede consultar en la página www.cofemer.gob.mx, con la Homoclave: SEDESOL-13-001.
12.2. Solicitudes de información
Las solicitudes de información, podrán realizarse ante el Área de Atención Ciudadana, por escrito y/o vía telefónica, a través de:
a) Sedesol: Área de Atención Ciudadana
Teléfonos: 5141-7972 o 5141â7974
Larga distancia sin costo:
01-800-007-3705
Correo electrónico: demandasocial@sedesol.gob.mx
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma número 116, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México.
b) Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del Área de Atención Ciudadana.
ANEXO 1
Para efectos del FONART, se entenderá por los siguientes términos:
Acciones afirmativas. Conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Actividad artesanal. Trabajo realizado manualmente en forma individual, familiar o comunitaria, que tiene por objeto transformar productos o sustancias orgánicas e inorgánicas en artículos nuevos, donde la creatividad personal y la mano de obra constituyen factores predominantes que les imprimen características culturales, folklóricas o utilitarias, originarias de una región determinada, mediante la aplicación de técnicas, herramientas o procedimientos transmitidos generacionalmente.
Activo Fijo: Se refiere a las construcciones necesarias para la operación del proyecto; adquisición, adaptación y rehabilitación de inmuebles e instalaciones (eléctrica, hidráulica, sanitaria), maquinaria y equipo.
 
Actor Social: Unidad conformada por un individuo, grupo, organizaciones o instituciones con un fin común que interactúan en la sociedad y que, por iniciativa propia, coordinan o ejecutan acciones y propuestas que contribuyen a fortalecer el desarrollo social.
Adeudos de Comprobación: Falta de un documento con el que la o el artesano acredite la utilización de un apoyo otorgado por el FONART para los fines que fue solicitado.
Artesanía. Producto de identidad cultural comunitaria, hecho por procesos manuales continuos, auxiliados por implementos rudimentarios y algunos de función mecánica y utilizando materia prima generalmente nativa. El dominio de las técnicas tradicionales de patrimonio comunitario permite a la o el artesano crear diferentes objetos de variada calidad y maestría, imprimiéndoles valores simbólicos e ideológicos de la cultura local.
Artesano o artesana. Persona cuyas habilidades naturales o dominio técnico de un oficio, con capacidades innatas o aprendidas, con conocimientos prácticos o teóricos, elabora bienes u objetos de artesanía, se entenderá que son las artesanas y los artesanos mexicanos.
Beneficiario: Aquellas poblaciones, actores sociales o personas, que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente.
Brechas de desigualdad. Son las desigualdades existentes entre mujeres y hombres en cuanto a oportunidades, acceso, control y uso de recursos, bienes y servicios que les permiten garantizar su bienestar y desarrollo humano. Las brechas de género son construidas sobre las diferencias biológicas y son el producto histórico de actitudes y prácticas discriminatorias tanto individuales como sociales e institucionales que obstaculizan el disfrute y ejercicio igualitario de los derechos humanos por parte de mujeres y hombres.
CENFEMUL: Catálogo de Claves de Entidades Federativas, Municipios y Localidades, cambió su nombre a Catálogo nico de Claves de Áreas Geoestadísticas Estatales, Municipales y Localidades; se menciona en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos.
Comisión Intersecretarial: El Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre tiene como uno de sus componentes la Comisión Intersecretarial para la Instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, con el objeto de coordinar, articular y complementar las acciones, programas y recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la estrategia presidencial, misma que está integrada por los Titulares de las Dependencias de: Secretaría de Desarrollo Social, quien la presidirá; Secretaría de Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía; Secretaría de Economía; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Educación Pública; Secretaría de Salud; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de Turismo; Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; Instituto Nacional de las Mujeres, y Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Comité Técnico del FONART. Instancia Colegiada presidida por la SEDESOL e integrada con representantes de las instituciones competentes de acuerdo a la normatividad aplicable. El cual funge como rgano de Gobierno.
Contingencias: Posibilidad de que situación generada por algún fenómeno que pueda afectar las condiciones de producción de un taller o una comunidad artesanal.
Cuestionario nico de Actores Sociales (CUAS): Instrumento de recolección de información en el que se registran los apoyos otorgados a actores sociales para integrarse al Padrón nico de Beneficiarios.
Cuestionario Complementario (CC).- Instrumento de recolección, adicional al CUIS/CUOS/CUAS, que capta información específica que el programa requiere para determinar la elegibilidad de las personas susceptibles a ser beneficiarias, así como conocer características socioeconómicas adicionales del hogar, sus integrantes, vivienda, localidades u organizaciones.
Cuestionario nico de Obras y Servicios (CUOS): Instrumento de recolección de información en el que
se registran los apoyos entregados a través de obras de infraestructura o servicios, en los que se ejercieron recursos públicos en áreas de atención social, para integrarse al Padrón nico de Beneficiarios.
COVAPA. Comité de Validación y Aprobación de Proyectos Artesanales, integrado por la Dirección General, Dirección de Administración y Finanzas, Dirección Comercial de Artesanías, Dirección de Operación y proyectos integrales para artesanías del FONART, Subdirección de Adquisición y Comercialización de Artesanías y Subdirección de Proyectos Productivos para Artesanías, para la validación y aprobación de proyectos artesanales dentro de las ocho Vertientes del FONART.
Cuestionario nico de Información Socioeconómica (CUIS).- Instrumento de recolección de información en el que se captan los datos sobre las condiciones socioeconómicas y demográficas del hogar y sus integrantes para la identificación de los posibles beneficiarios.
CURP: Clave nica de Registro de Población.
Desastre: Al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquellos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
Destinos turísticos: Producto o conjunto de productos que se oferta al turista, capaces de atraer importantes flujos de viajeros por sí mismo.
Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intensión o sin ella, no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud, o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; También se entenderá como discriminación la homofobia, la misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Discriminación contra las mujeres: Denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera de la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer.
Diagnóstico.- Es aquel documento técnico que identifica la problemática artesanal y propone soluciones dentro del proceso productivo, en conjunto con las demás vertientes y acompañadas, en su caso, de otras instancias.
Destinos turísticos: Producto o conjunto de productos que se oferta al turista, capaces de atraer importantes flujos de viajeros por sí mismo.
Entidad federativa: Se refiere a cualquiera de los 31 Estados de la República Mexicana y al Distrito Federal.
Entorno ambiental. Es la corresponsabilidad de las autoridades federales, estatales y municipales de respetar y aplicar las normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de: la calidad del medio ambiente, los ecosistemas naturales, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, la flora y fauna silvestre terrestre y acuática; las descargas de aguas residuales, en materia minera, materiales peligrosos y residuos sólidos y peligrosos.
Esquema Integral Productivo.- Es un ciclo que permite atender de manera integral la actividad artesanal, dando prioridad a grupos de artesanas y artesanos organizados, mismos que recibirán apoyo mediante las
ocho vertientes del FONART.
Hogar.- Conjunto de personas que hacen vida en común dentro de una misma vivienda, unidos o no por parentesco y que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina.
Igualdad de género. La igualdad entre mujeres y hombres implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.
Igualdad sustantiva. Acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Jefe(a) de hogar.- Persona que forma parte del hogar, que toma las decisiones importantes y a quien se le reconoce de forma natural como líder por parte de los demás integrantes por su edad, experiencia, autoridad, respeto o por razones de dependencia.
Línea de Bienestar: Línea definida por CONEVAL como el "valor monetario de una canasta de alimentos, bienes y servicios básicos"; que hace posible identificar a la población que no cuenta con los recursos suficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades (alimentarias y no alimentarias). Esta definición se puede consultar en http://web.coneval.gob.mx/Medicion/Paginas/Glosario.aspx
Localidad: De acuerdo con el Marco Geoestadístico es el lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposición legal o la costumbre.
Manualidad. Objeto o producto que es el resultado de un proceso de transformación manual o semi-industrializado a partir de materia prima procesada o prefabricada. Tanto las técnicas como la actividad misma no tienen una identidad de tradición cultural comunitaria y se pierden en el tiempo, tornándose en una labor temporal marcada por las modas y practicada a nivel individual o familiar.
Marca Colectiva. Es una marca comercial o marca de servicio utilizada, en el comercio, por un grupo de artesanas y/o artesanos miembros de una cooperativa, una asociación, u otro grupo colectivo u organización.
Matriz DAM. La Matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (Cuestionario Complementario, Matriz DAM) es una herramienta que permite evaluar de manera sencilla las características de un producto (Origen y Obtención de la Materia Prima, Forma y Tiempo de Elaboración, entre otros) en su conjunto para determinar si éste es Artesanía, Manualidad o Híbrido, ello con la finalidad de determinar qué tipo de artesanía se tiene y si es sujeto de apoyo.
Matriz de Indicadores para Resultados (MIR): Es una herramienta de planeación que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos de un programa, incorpora los indicadores que miden dichos objetivos y sus resultados esperados. También identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores e incluye los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa.
OSC. Organizaciones de la Sociedad Civil
Padrón de Beneficiarios: Lista o relación oficial de datos de los beneficiarios que reciben utilidad o provecho de un bien o servicio otorgado por un programa social que permite conocer quién, qué, cómo, cuándo y dónde (a nivel de localidad) recibió un determinado beneficio.
Padrón nico de Beneficiarios: Padrón nico de Beneficiarios, es una base de datos que contiene la información de todos los padrones de personas beneficiarias de los programas de desarrollo social a cargo de la SEDESOL, entidades sectorizadas y sus órganos administrativos desconcentrados.
Persona: Individuo que forma parte de un hogar, es decir que declara que hace vida en común dentro de una misma vivienda y puede estar unido o no por parentesco con otros individuos, que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina.
Perspectiva de Género: Se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las
diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.
Poblaciones Beneficiarias en Arreas de Atención Social: Grupos de personas que se benefician con las obras o acciones de infraestructura social y de servicios de proyectos concluidos.
Preservación de Técnicas. Protección y conservación de los productos, técnicas y diseños antiguos, y formas de producción tradicional en riesgo de caer en desuso, de origen prehispánico o colonial.
Problemas de comercialización. Se refiere a las personas artesanas que con base en su solicitud manifiestan no contar con los canales básicos para vender sus productos.
Programa Piloto Territorios Productivos: Es un programa que busca potenciar la productividad, la producción y los ingresos de los hogares en condición de pobreza, actualmente beneficiarios de PROSPERA, en México. El programa se basa en otorgar a los hogares tres bienes y servicios fundamentales: 1 Fomentar la participación y organización social, 2 Potenciar la capacidad productiva de la población atendida mediante la asistencia técnica permanente y, 3. Articulación de los programas productivos gubernamentales existentes.
PROSPERA: El Programa de Inclusión Social PROSPERA articula y coordina la oferta institucional de programas y acciones de política social, incluyendo aquellas relacionadas con el fomento productivo, generación de ingresos, bienestar económico, inclusión financiera y laboral, educación, alimentación y salud, dirigida a la población que se encuentre en situación de pobreza extrema, bajo esquemas de corresponsabilidad que les permitan a las familias mejorar sus condiciones de vida y aseguren el disfrute de sus derechos sociales y el acceso al desarrollo social con igualdad de oportunidades.
Registro de la marca. El derecho exclusivo relativo a una marca se adquiere tradicionalmente mediante el registro en una oficina de propiedad industrial pero, en un pequeño número de países, se adquiere por la primera utilización. Cuando se utiliza, una marca registrada va acompañada algunas veces del símbolo (R) para "registrada" ("Registered"), o TM para "marca" ("Trademark), o la mención "marca registrada" o "marca depositada".
Representante. Persona que actúa en representación del artesano o de la artesana, ya sea una institución o colectivo de ciudadanos y ciudadanas artesanos; sin que éstos reciban gratificación alguna por parte del FONART.
Salud. Es un estado de bienestar físico, mental y social.
Salud ocupacional. Disciplina que tiene por finalidad promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de las y los artesanos; evitar el desmejoramiento de la salud causado por las condiciones de trabajo; protegerlos en sus ocupaciones de los riesgos resultantes de los agentes nocivos; ubicar y mantener a las y los trabajadores de manera adecuada a sus aptitudes fisiológicas y sicológicas; y en suma, adaptar el trabajo a la personas y cada persona a su trabajo.
SEDESOL. Secretaría de Desarrollo Social.
SIFODE: Sistema de Focalización de Desarrollo, es una herramienta administrada por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, cuyo objetivo es la focalización de participantes para la atención por parte de los programas sociales a través de la integración de información socioeconómica, modelos de evaluación y la contribución al establecimiento de criterios de elegibilidad para la atención de las y los beneficiarios.
Solicitud de registro de una marca. Documento en el que el solicitante -o, por su cuenta, un mandatario (representante)- solicita el registro de una marca. Habitualmente, contiene una reproducción de ésta, la lista de productos y servicios para los que se solicita el registro y la clase o clases a las que pertenecen esos productos o servicios.
 
Terceros: Personas físicas o morales ajenas a los órdenes de gobierno, interesadas en participar con aportación financiera en el desarrollo de obras o acciones enmarcadas en estas Reglas de Operación.
Vertiente.- Estrategia de apoyo dentro del Programa.
Vivienda.- Espacio fijo delimitado generalmente por paredes y techos de cualquier material, con entrada independiente, que se construyó o adaptó para el alojamiento de personas.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
 

 









 
 

CONVENIO DE COORDINACION Y COLABORACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL FIDEICOMISO PUBLICO DENOMINADO "FONDO NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LAS ARTESANIAS" REPRESENTADO POR LA M. EN A. P. LILIANA ROMERO MEDINA, EN SU CARACTER DE DIRECTORA GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL FONART" Y POR LA OTRA PARTE, EL _________ (representante del Gobierno del Estado, quien tenga atribuciones) _________________, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. ___________________________, EN SU CARACTER DE _______________________ DEL ESTADO DE _________________, ASISTIDO DEL LIC. ________________________________, SECRETARIO DE _______________________DEL ESTADO DE __________________, CON LA PARTICIPACION DEL INSTITUTO _____________ EN LO SUCESIVO "EL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES", CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DECLARA "EL FONART":
a) Que es una Entidad de la Administración Pública Paraestatal, en términos de los artículos 3 fracción III y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como el artículo 40 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, según oficio No. 305-V-13581 fechado el 28 de Mayo de 1974, creado de
conformidad al contrato de fideicomiso de fecha 14 de junio de 1974, y modificado mediante convenios del día 28 de Noviembre de 1988 y 26 de Agosto de 1997 respectivamente.
b) Que el fideicomiso Denominado "Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías" tiene como fin el realizar acciones encaminadas a procurar un mayor ingreso de los artesanos del país; a conservar el sentido artístico de las artesanías mexicanas; adquirir con cargo al patrimonio del propio fideicomiso, productos artesanales proporcionando a los mismos asistencia técnica y administrativa y a la comercialización de los productos artesanales que adquiera el fideicomiso.
c) Que cuenta con la clave del Registro Federal de Contribuyentes No. FNF740528TQ0.
d) Mediante el oficio número 100.-046 de fecha 10 de diciembre de 2012, se designa a la M. en A. P. Liliana Romero Medina como Directora General del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, quien bajo protesta de decir verdad, declara que tales facultades no le han sido revocadas, ni modificadas en forma alguna a la firma de este Convenio, y que cuenta con facultades para administrar y representar legalmente a esta entidad de la administración Pública Paraestatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como por las facultades otorgadas mediante testimonio notarial No. 122,823 emitido por el Lic. José Angel Villalobos Magaña, titular de la Notaría Pública No. 9, de México, Distrito Federal.
e) Que tiene establecido su domicilio en calle Río Misisipi número 49, piso 10, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
II. DECLARA "EL ESTADO":
a) Que conforme a lo dispuesto en los artículo 40, 42, fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; __________ de la Constitución Política del Estado de _______________; es una entidad libre y soberana en todo lo que concierne en su régimen interior, que forma parte integrante de la Federación.
b) Que con fundamento en los artículos __, fracción __, inciso __, y __ de la Constitución Política del Estado de _________________; el Lic. ____________________, en su carácter de Gobernador Constitucional cuenta con las atribuciones para la celebración del presente instrumento jurídico, asistido del Lic. __________________, Secretario de ___________ de la Administración Pública del Estado de ______________.
c) El Secretario de _________ del Estado de _________cuenta con nombramiento de fecha __________ expedido por el Gobernador constitucional del Estado de __________quien tiene las facultades de suscribir el presente instrumento con fundamento en los artículos ____________________.
d) Que el Instituto _________________, en lo sucesivo "____________" es un Organismo _____________________de la Administración Pública Estatal, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido por el Gobierno Constitucional del Estado de _______________, sectorizado a la Secretaría de ________________________de la Administración Pública del Estado de _________________.
e) Que a "________________" le corresponde preservar, fomentar, promover, rescatar e impulsar el desarrollo de la actividad artesanal en lo económico y lo cultural; facilitar la organización y operación de las unidades de producción; reconocer al artesano como productor y proteger las artesanías como patrimonio cultural del Estado, atento al contenido de lo dispuesto en el numeral ____ de la Ley ___________________en el Estado de __________________, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el ____ de _____ de 20__.
f) Que tiene el interés de impulsar la implementación de programas de capacitación, y de mecanismos de difusión que contribuyan al mejoramiento de la productividad, competitividad, y economía de los artesanos del Estado de _____________ y sus Municipios.
g) Que tiene su domicilio legal para efectos del presente Convenio el ubicado
en_______________________________________, colonia _______________, Código Postal _________, de la Ciudad de ________________, Municipio ________________y Estado de _______________.
III.- DECLARAN "LAS PARTES":
a).- Que se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan y que es su deseo celebrar el presente convenio de acuerdo a lo establecido en los artículos 33 y 34 de Ley de Planeación, y 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a efecto de colaborar conjuntamente a fin de capacitar a los artesanos de la región, así como de buscar mecanismos de financiamiento para la producción, acopio y comercialización de artesanías, ferias y exposiciones, salud ocupacional, de igual forma concursos de arte popular mediante programas de desarrollo estratégico y en espacios en destinos turísticos.
Expuesto lo anterior, las partes convienen en formalizar el presente convenio, de conformidad con las siguientes:
CLAUSULAS:
PRIMERA.- "LAS PARTES" acuerdan que el objeto del presente Convenio es integrar sus acciones en el ámbito de sus respectivas competencias, con la finalidad de implementar programas de capacitación para el Sector Artesanal, promoviendo los mecanismos de difusión de la cultura Artesanal del Estado de ______________ y sus Municipios a través de concursos de arte popular, colaborando en la dispersión de financiamiento de proyectos estratégicos que tiendan a ayudar al artesano a mejorar su economía, y gestiones que tiendan a mejorar la comercialización de los productos artesanales de la Región y desarrollar espacios artesanales en destinos turísticos.
SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, "LAS PARTES" podrán celebrar anexos de coordinación a fin de ejecutar recursos y anexos de ejecución a fin de llevar a cabo actividades sin que implique la trasferencia de recursos, en los cuales se asegurará la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los mismos, así como los plazos de entrega y la fuente u origen del recurso, dichos anexos estarán sujetos a lo determinado por las reglas de operación vigentes de "EL FONART", así como a la normatividad aplicable en la materia, mismos que serán firmados por los servidores públicos que cuenten con las facultades para ello, en los que se establecerán detalladamente las actividades a desarrollar, duración, calendario de trabajo, localidades beneficiadas y las aportaciones que realizarán "LAS PARTES" y los responsables de las acciones, anexos que una vez formalizados serán considerados como parte integrante del presente convenio y de cumplimiento obligatorio de las partes.
TERCERA.- COMPROMISOS DE "EL FONART":
a). Aportar conforme a sus posibilidades, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal y conforme a sus vertientes, los recursos económicos y materiales necesarios para lograr el objetivo del presente instrumento jurídico, en conjunto con "EL ESTADO"; y
b). Proporcionar la información y documentación que obre en su poder y que resulte necesaria para la elaboración de acciones pretendidas en este Convenio, además de aportar los conocimientos profesionales, técnicos y la experiencia necesaria para realizar las tareas encomendadas en el mismo, que influyan en el desarrollo y crecimiento del sector artesanal del Estado de____________________.
c) Podrá transferir recursos a "EL ESTADO", cuando así se requiera para cumplir con el objeto del presente convenio y lo hará mediante anexos de coordinación, a fin de ejecutar recursos y anexos de ejecución a fin de llevar a cabo actividades sin que implique la trasferencia de recursos
d) Las demás que sean necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente instrumento.
CUARTA.- COMPROMISOS DE "EL ESTADO":
a). Identificar e informar a "EL FONART" de la población objetivo, y coordinar con los Municipios del Estado las acciones de atención para la aplicación de las vertientes que están enunciadas en las Reglas de
Operación vigentes.
b). Aportar los recursos económicos y materiales necesarios en conjunto con "EL FONART", para lograr el objetivo del presente instrumento;
c). Coordinar con los Municipios del Estado las acciones que se establecen en este Convenio;
d). Colaborar en los programas y tareas que "EL FONART" desempeñe con la finalidad de lograr el desarrollo artesanal del Estado de ____________;
e). Gestionar ante los Municipios e Instituciones correspondientes, los recursos necesarios para la operación y mantenimiento de las acciones que se estipulan en este documento, suscribiendo con los Municipios beneficiados los convenios específicos que determinen su participación en los rubros antes mencionados;
f). Gestionar con los Municipios del Estado la participación comunitaria en las actividades artesanales que se requieran derivados de los proyectos productivos;
g). Elaborar proyectos productivos artesanales;
h). Apoyar a los artesanos para la obtención de la materia prima o insumo necesario para la elaboración de su artesanías con la intervención económica de "EL FONART";
i). Colaborar en la organización de los concursos artesanales;
j). Verificar que no se presenten duplicidades en la asignación de los recursos.
k) Podrá transferir recursos a "EL FONART", cuando así se requiera para cumplir con el objeto del presente convenio y lo hará mediante anexos de coordinación, para la actividad específica a ejecutar.
l). Difundir a través de medios electrónicos, impresos, visuales y auditivos, así como en los eventos oficiales a nivel estatal y municipal la actividad artesanal del Estado; y
m). Las demás que sean necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente instrumento.
Estos compromisos se podrán llevar a cabo con la participación del "INSTITUTO ________________"
QUINTA. "LAS PARTES" SE COMPROMETEN A:
a).- Conjuntar esfuerzos y recursos, para otorgar los créditos y reconocimientos correspondientes, con motivo de los programas y actividades que conjuntamente lleven a cabo en beneficio del desarrollo del sector artesanal del Estado de_____________.
b).- Proporcionar la documentación necesaria para poder integrar el padrón de la comunidad artesanal.
c) Difundir, participar y promocionar la contraloría social conforme a los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, atendiendo a las reglas de operación y disposiciones legales en esta materia. "
SEXTA. El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio, o sus convenios modificatorios y anexos de ejecución o de coordinación, permanecerán en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte con la cual tiene establecida su relación laborar, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura de patrón sustituto o solidario.
SEPTIMA. Cada uno de los anexos de ejecución o de coordinación, contendrá las estipulaciones que sean necesarias para regular lo relativo a la propiedad de los derechos de autor, respecto de los materiales que se elaboren como resultado de la actividad conjunta, de conformidad con la Ley Federal de Derechos de Autor y su Reglamento.
Los derechos intelectuales que se originen como consecuencia de los trabajos realizados en el marco de este convenio pertenecerán a "LAS PARTES", en la proporción que corresponda a su autoría.
En caso de ser requerida alguna de las obras existentes, propiedad de cualquiera de "LAS PARTES" para
el desarrollo de los programas objeto de este convenio, se solicitará por escrito la autorización del titular de la obra para usarla en medios electrónicos o impresos, con el compromiso de reconocer de manera explícita y mantener a salvo los derechos de propiedad y los créditos autorales correspondientes.
OCTAVA. La vigencia del presente convenio será 31 de diciembre de 2018 y surtirá efectos a partir de que sea firmado por "LAS PARTES", sin embargo, cualesquiera de las partes podrán darlo por terminado anticipadamente, ya sea por así convenir a sus intereses, por incumplimiento de alguna de las cláusulas o bien por haber agotado la materia del mismo. "LAS PARTES" se obligan a dar aviso por escrito de la terminación del presente convenio con dos meses de anticipación, para lo cual tomarán las medidas necesarias para evitarse perjuicios y/o afectar a terceros.
La terminación del presente convenio surtirá la misma suerte para los anexos y demás programas derivados con motivo del mismo, salvo acuerdo en contrario de "LAS PARTES".
NOVENA. "LAS PARTES" manifiestan que las obligaciones contenidas en este instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, será solucionado de común acuerdo, y manifiestan que no se reservan acción alguna a ejercer, en caso de que persista el conflicto se llevarán a cabo las acciones correspondientes ante los ante tribunales correspondientes en la Ciudad de México.
DECIMA. Los aspectos no previstos en el presente instrumento y en sus anexos, y en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactados de común acuerdo entre "LAS PARTES", que por escrito se harán constar mediante un convenio modificatorio, mismo que surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DECIMA PRIMERA. "LAS PARTES" acuerdan que el presente convenio sustituye todos los anteriormente firmados por las mismas.
Enteradas las partes del alcance y contenido del presente convenio manifiestan su conformidad, asimismo se firma por triplicado al calce y rubrican sus fojas como constancia legal en la Ciudad de _________________ en el Estado de _______________a los ______ días del mes de _______ del año dos mil ________.
POR "EL FONART"
________________________________
M. EN A. P. LILIANA ROMERO MEDINA
DIRECTORA GENERAL
 
POR "EL ESTADO"
_______________________
LIC. ____________
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE _________
 
LIC. _______________
SECRETARIO DE ___________
 
LIC. _______________
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO
________________
 
NOTA: La Leyenda que antecede, deberá imprimirse en todas las hojas del Convenio. El Convenio será elaborado por FONART y firmado y rubricado por quienes en él intervienen. El presente Modelo de Convenio podrá presentar las modificaciones necesarias, de acuerdo al tipo de apoyo de que se trate. En todo caso, las modificaciones quedarán sujetas a la aprobación del FONART y se adecuarán al objeto de cada convenio y a cada dependencia que puede ser federal o entidad federativa.
 
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
 
 
 
Fecha de elaboración __ /__ / _____
Solicitud de (marque con una X)
1
Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica
 
2
Apoyos para Impulsar la Producción
 
3
Apoyos para la Salud Ocupacional
 
4
Adquisición de Artesanías
 
5
Apoyos para la promoción Artesanal en Ferias y Exposiciones Nacionales e Internacionales
 
I. Datos Generales del solicitante o representante de los solicitantes1
Nombre(s)
 
Edad:
 
Apellido paterno:
 
Apellido materno:
 
Calle y número.
 
Localidad:
 
Municipio/ Delegación:
 
Entidad Federativa:
 
Código postal
 
Grupo étnico:
 
Sexo:
 
Hombre
 
Mujer
Rama artesanal:
 
Correo electrónico:
 
Número telefónico:
 
CURP:  
RFC (En su caso):
Padrón Nacional de Artesanos (en su caso):
1_//Con fundamento en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, otorgo mi consentimiento y conformidad para que el FONART, comparta mis datos personales con la SEDESOL y con el SAT.
1 Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica
¿Para cuál de estas modalidades solicita el apoyo? [marque con una X]
[ ]
Capacitación Integral
[ ]
Asistencia Técnica
2 Apoyos para Impulsar la Producción
Concepto
Importe
Concepto
Importe
[ ]
Adquisición de
herramientas
 
[ ]
Materias primas
 
[ ]
Otro
cual__________________
 
[ ]
Otro
cual__________________
 
 
3 Apoyos para la Salud Ocupacional
¿Para cuál de estas modalidades solicita el apoyo? [marque con una X]
Concepto
Describa su necesidad
[ ]
Adquisición de prendas, accesorios y equipo que permitan mejorar el bienestar físico de la artesana o artesano.
 
[ ]
Otros (especifique)
 
 
Declaro bajo protesta de decir verdad
 
_____________________________________
Nombre y Firma del Artesano o Artesana
4 Adquisición de Artesanías
4.1 Apoyos individuales para la Adquisición de Artesanías
Indique la cantidad, la descripción y el precio de las artesanías
No.
Cantidad
Concepto
Importe
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total:
 
Describa las especificaciones de lo solicitado:
 
5 Apoyos para la promoción Artesanal en Ferias y Exposiciones
Marque con una X el tipo de apoyo solicitado
Apoyos Individuales en Ferias y Exposiciones [ ]
Apoyos Grupales en Ferias y Exposiciones [ ]
 
Concepto
Importe
Concepto
Importe
[ ]
Alojamiento
 
[ ]
Diseño de material gráfico.
 
[ ]
Transporte y seguros de
viajero
 
[ ]
Diseño de página de Internet.
 
[ ]
Pago correspondiente por
uso de stand (espacios,
mobiliario).
 
[ ]
Elaboración de empaque envase y cajas.
 
[ ]
Elaboración de embalaje.
 
[ ]
Registro de marca.
 
[ ]
Impresión de etiquetas.
 
[ ]
Diseño de logotipo.
 
[ ]
Impresión de material gráfico.
 
[ ]
Diseño de Imagen o
identidad Comercial
(material gráfico: tarjetas,
hojas membrete, etc.)
 
[ ]
Código de barras.
 
[ ]
Evaluación y certificación en competencias
laborales
 
[ ]
Certificación de normas oficiales mexicanas
 
[ ]
Diseño de empaque,
envase, etiquetas y cajas.
 
[ ]
Otro
 
Describa las especificaciones de lo solicitado:
 
Declaro bajo protesta de decir verdad

_____________________________________
Nombre y Firma del Artesano o Artesana
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
 
Institución Receptora, Estado
 
Ciudad de México
 
Nombre del Concurso
Año
Registro
 
 
 
 
DATOS GENERALES
Nombre (s)
Apellido Paterno
Apellido Materno
 
 
 
 
 
 
Fecha de Nacimiento: Año ( ) mes ( ) día ( )
Sexo: Femenino ( ) Masculino ( )
Grupo Etnico:
Estado:
 
Municipio:
Localidad:
Domicilio: (Calle, número exterior, número interior, colonia, barrio, ranchería, código postal).
 
CURP
RFC (En su caso)
Padrón Nacional de Artesanos (en su caso):
Teléfono
Lada
Número
Firma
 
Huella digital
 
Con fundamento en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, otorgo mi consentimiento y conformidad para que el FONART, comparta mis datos personales con la SEDESOL y con el SAT.
REGISTRO
REG
CATEGORIA
DESCRIPCION
COSTO UNITARIO
AVALUO FONART
 
 
 
 
 
 
Entregó la pieza:
 
Devolución de la pieza
Recibió:
 
 
Fecha __ / __ / ____
Observaciones:
 
 
Señalo como beneficiario en caso de mi fallecimiento al C.
________________________________________________________
 
CENTRO RECEPTOR
Calidad en General
Buena ( )
Regular ( )
Mala ( )
Recibió
Firma
Fecha __ / __ / ____
REVERSO DE LA FICHA DE REGISTRO
1. A partir de la fecha mencionada abajo, el FONART es el custodio de la(s) obra(s) que se menciona(n) en el frente de esta ficha de registro. Las y los artesanos le ceden al FONART los derechos para trasladar,
exhibir y comercializar en su nombre la(s) pieza(s). En caso de destrucción total o parcial, deterioro de la obra por causas ajenas al FONART como terremoto, inundación o incendio, así como en caso de robo, destrucción total o parcial o deterioro por efecto de traslado, almacenaje y exhibición de las mismas, el FONART o en su caso el Seguro contratado para tal fin se compromete a pagar a la o el artesano un porcentaje del monto establecido como AVALUO FONART.
2. La devolución de las piezas registradas, se realizará a partir de la terminación de la exposición, de acuerdo con las fechas marcadas en la convocatoria, dando un plazo máximo de 60 días hábiles para que la o el artesano recoja su obra. Después de este plazo FONART no se hace responsable de ellas. Al estampar su firma, la o el artesano está aceptando la posibilidad de que el FONART la traslade del status de consignación a patrimonio de la Institución.
3. La Institución que fungió como centro de registro en el interior del país se compromete a recoger en la sede del concurso de la Ciudad de México, las piezas inscritas en sus oficinas, a partir de la segunda semana de concluida la exposición para devolverlas a las y los artesanos a partir de la cuarta semana de concluida la misma, dando un plazo máximo de 30 días hábiles para que los artesanos recojan sus piezas. Después de este plazo, ni FONART ni la Institución del interior de la República que inscribió su obra se harán responsables de ellas. No se aceptarán reclamaciones.
4. Las piezas enviadas por paquetería o mensajería, viajarán por cuenta y riesgo del propio artesano. FONART no se compromete a trasladar ni enviar ninguna obra.
5. Las obras que se vendan durante la exposición serán pagadas a los artesanos a partir de la segunda quincena de concluida la exposición, dando un plazo máximo de 60 días naturales para cobrar la obra vendida. Después de este plazo FONART no se hace responsable de las obras que no fueron cobradas. Para saber si su pieza se vendió, deberá comunicarse al Departamento de Concursos de FONART a los teléfonos: 50 93 6000 extensiones 67552 y 67553, o a la lada sin costo 01 800 800 9006 con las mismas extensiones.
6. Las y los artesanos que resulten ganadores y sean avisados oportunamente deberán presentarse a la Ceremonia de Premiación en la hora y el día marcado en la convocatoria. Sólo se pagarán premios a las y los artesanos que asistan personalmente o, en caso de fallecimiento, a la persona que señale como beneficiario previa presentación de identificación oficial con fotografía. No se recibirán cartas poder. Después de ese día, el artesano premiado que no se presente a la ceremonia tendrá 30 días naturales para realizar su cobro. De no presentarse después de este plazo, automáticamente perderá su premio.
Ciudad de México, a ___ de _______________del año 20__.
 
ENTERADO
 
 
FIRMA DE CONFORMIDAD DEL ARTESANO
 
Nombre y firma del responsable del Centro de Registro:
 
 
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
 

Logotipos
Secretaría de Desarrollo Social, SEDESOL, Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, FONART,
Edición _____________ del
Concurso
BASES
1.     Podrán participar todas y todos los artesanos mexicanos que se dediquen a la elaboración de obras con técnicas, materiales y diseños tradicionales, así como nuevas propuestas de diseño, mismos que podrán inscribir sus piezas en las categorías a continuación:
Categorías de participación
A.                                                   B.                                            C.
2.     Las personas concursantes deberán presentar piezas con no más de un año de elaboración y que no hayan participado anteriormente en ningún otro certamen.
3.     Cada artesana o artesano sin excepción alguna, podrá registrar únicamente una sola pieza para participar; las obras que contengan más de una pieza como un traje, un ajedrez, entre otros se considerarán como una sola.
4.     Las personas participantes podrán presentar piezas según las siguientes características:
-     Piezas de diseño, técnica y materiales tradicionales.
-     Piezas de nuevo diseño que conserven elementos, técnicas y materiales de los grupos etnolingísticas que las producen.
-     Obras que rescaten piezas antiguas, brindando información sobre el origen, materiales, procesos de trabajo y diseño del original.
5.     Para el registro de las piezas las y los participantes deberán entregar:
a) La pieza en buen estado.
b) Una fotografía impresa y en medio electrónico de la obra que registren a concurso, para verificar las condiciones en que se recibe la pieza.
c) Copia de la Credencial de Elector y copia de la CURP.
d) Además, los Centros de Registro se reservan el derecho de aplicar la matriz de Diferenciación entre Artesanía y Manualidad (Matriz DAM) con la finalidad de determinar que las piezas participantes sean exclusivamente artesanales.
e) No se aceptará a concursar ninguna pieza que la o el artesano no esté dispuesto a vender.
6.     El certamen quedará abierto a partir de la publicación de la presente convocatoria y las piezas se registrarán desde el ____ de __________ de ____ y hasta el ____ de ________ en los Centros de Registro que para el efecto se instalarán y que se señalan en la presente convocatoria. Sin excepción alguna, no se registrarán piezas a concursar después de esta fecha.
7.     Para el aseguramiento de las piezas inscritas al concurso, los organizadores del certamen se reservan el derecho de presentar las piezas a su grupo de valuadores, quienes determinarán el monto por el cual quedan aseguradas las mismas durante el período en el que dure el certamen y
hasta la fecha establecida para la devolución de las piezas.
8.     La calificación se realizará a puerta cerrada. El jurado estará conformado por especialistas en arte popular y artesanías, designados por las instituciones que convocan al certamen. Su fallo será inapelable.
9.     Las y los artesanos concursantes se comprometen a prestar las piezas que sean seleccionadas por los organizadores, para la exposición que se montará con las obras del concurso, para lo cual un comité designado al efecto por los organizadores que convocan al certamen determinará de acuerdo al número de piezas registradas y al espacio disponible las que conformarán la exposición; las piezas que resulten premiadas, tendrán preferencia para la exposición que quedará abierta al público en general hasta el ____ de _________ del año _____.
10.   El comité organizador les notificará de manera oportuna a cada artesana o artesano ganador en la categoría participante, el resultado del veredicto que haya tomado el Jurado Calificador con la finalidad de que asista personalmente al lugar, el día y hora que se establece en el punto No. 11 de esta convocatoria, donde recibirán su reconocimiento y el premio que les corresponda.
11.   La premiación a las y los artesanos ganadores así como la inauguración de la exposición, se realizará el día ____ de _________ de _____ a las _____ horas en ______________, sitio por confirmar.
12.   Sólo se entregarán reconocimientos y premios a las y los artesanos ganadores que, sin excepción, alguna asistan de manera personal con la copia de su registro e identificación oficial vigente. Después de ese día, la o el artesano premiado que no se presente a la ceremonia tendrá hasta 30 días naturales para realizar su cobro, en el caso de no presentarse dentro del tiempo establecido automáticamente perderá su premio y no tendrá derecho a reclamarlo bajo ningún medio.
Monto de Premios (definir montos por categoría y lugar)
13.   Todas y todos los concursantes podrán solicitar una constancia de participación a los organizadores del mismo.
14.   Las piezas que se faciliten a los organizadores para la exposición establecida en el punto 9 de la presente convocatoria, deberán recogerse al término de la misma con su ficha de registro y credencial de elector, otorgándose un periodo para la devolución que corre del (días, mes y año) al (día, mes y año) en los Centros de Registro, ya que después de la fecha establecida como límite los organizadores no se hacen responsables de las piezas.
15.   Para el caso de no asistir a recoger su pieza en las fechas establecidas en el punto 14, los organizadores otorgarán un plazo de gracia de 60 días hábiles posteriores para recogerlas en las oficinas de los Centros de Registro, por lo que en el caso de inasistencia dentro de dicho periodo, las mismas cambiarán de status de consignación a patrimonio de los organizadores, sin derecho a reclamación alguna. Lo anterior, de acuerdo a las condiciones establecidas en la ficha de registro.
16.   En el supuesto de que las piezas resulten vendidas durante la exhibición, las y los artesanos deberán presentarse personalmente con la ficha de registro de su pieza e identificación oficial para el cobro de la misma, al lugar que previamente se les señale pasados 60 días naturales al término de la exhibición, de acuerdo a las condiciones establecidas en la ficha de registro.
17.   Los organizadores del certamen tendrán prioridad en la compra de las piezas presentadas, sin que ello signifique que exista compromiso de su parte para comprar la totalidad de las mismas.
18.   Los casos no previstos en la presente, serán resueltos por los organizadores del certamen, dejando claro que el fallo que emita el jurado será inapelable.
19.   Cuando por una persona tercera, ajena al concurso o que haya formado parte del mismo, ponga en
duda la elaboración y/o autoría de la obra, la o el artesano que la presentó a concurso y ganó el premio, tendrá que presentar a los organizadores del certamen, las pruebas necesarias para acreditar de manera plena y fehaciente ser el creador de la misma, ya que en caso contrario, las Instancias organizadoras y encargadas de realizar el pago a los ganadores, podrán determinar no realizar el pago, levantando una constancia de hechos en la que se establezca la transgresión de las bases de la convocatoria sin que los organizadores pudieran resultar perjudicados en el caso de que se trate.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
 
 
 
 
Fecha de elaboración __ / __ /_____
Solicitud de (marque con una X)
Apoyos para Impulsar la
Producción
( )
Apoyos para Impulsar
la Comercialización
( )
 
Apoyos para la promoción
artesanal en Ferias y
Exposiciones Nacionales e
Internacionales
( )
Apoyos para la Salud
Ocupacional
( )
I. Datos Generales
Apellido Paterno
 
Apellido Materno
 
Nombre (s):
 
Edad:
 
Entidad Federativa
 
Municipio
 
Dirección:
 
Con fundamento en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, otorgo mi consentimiento y conformidad para que el FONART, comparta mis datos personales con la SEDESOL y con el SAT.
II.1. Datos del Apoyo para Impulsar la Producción
Número del apoyo
 
Importe del Apoyo
$
II.2. Datos del Apoyo para Impulsar la Comercialización
Número del apoyo
 
Importe del Apoyo
$
II.3. Apoyos para la promoción artesanal en Ferias y Exposiciones Nacionales e Internacionales
Número del apoyo
 
Importe del Apoyo
$
II.4. Datos del Apoyo para la Salud Ocupacional
Número del apoyo
 
Importe del Apoyo
$
III. Declaración de gastos
Concepto
Importe
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
Bajo protesta de decir verdad, declaro que todos los datos proporcionados son verídicos.
Nombre y Firma del Artesano o Artesana
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
(Anexo 9) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR)
Nivel de
objetivo
Nombre del indicador
Fórmula
Unidad de
Medida
Frecuencia
de medición
Fin
Porcentaje de micronegocios que tuvieron como financiamiento inicial un programa de gobierno y tienen una antigedad igual o mayor a dos años.
(Número total de micronegocios que tuvieron como financiamiento inicial un programa de gobierno y tienen una antigedad igual o mayor a dos años / Número total de micronegocios que tuvieron como financiamiento inicial un programa de gobierno)*100
Porcentaje
Bienal
Propósito
Porcentaje de proyectos artesanales que permanecen en operación después de dos años de recibido el apoyo
(Número de proyectos artesanales que permanecen en operación después de dos años de recibido el apoyo/ Número total de proyectos artesanales apoyados por el FONART en el mismo año)*100.
Porcentaje
Bienal
Componente
Porcentaje de artesanos capacitados que aplican en su producción las técnicas aprendidas
(Número de artesanos capacitados en el año anterior que actualmente aplican en su producción las técnicas aprendidas / Número total de artesanos entrevistados que recibieron apoyo de capacitación integral y/o asistencia técnica en el año anterior)* 100.
Porcentaje
Anual
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos de capacitación integral y/o asistencia técnica
(Número de artesanos que reciben apoyos de capacitación integral y/o asistencia técnica en el periodo t / Número de artesanos programados para recibir capacitación integral y/o asistencia técnica en el periodo t) * 100.
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de artesanos beneficiados con apoyos para impulsar la producción que incrementaron su producción
(Número de artesanos beneficiados en el año anterior con apoyos para impulsar la producción y que al momento de la entrevista reportaron haber incrementado su producción / Número total de artesanos entrevistados que recibieron apoyos para impulsar la producción en el año anterior)* 100.
Porcentaje
Anual
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos para impulsar la producción
(Número de artesanos que reciben apoyos para impulsar la producción en el periodo t / Número de artesanos programados para recibir apoyos de impulsos a la producción en el periodo t) * 100.
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de artesanos beneficiados con apoyos para la promoción artesanal en ferias y exposiciones que mejoraron su posicionamiento en el mercado
(Número de artesanos beneficiarios en el año anterior con apoyos para la promoción artesanal en ferias y exposiciones y que al momento de la entrevista reportaron haber mejorado su posicionamiento en el mercado/Número total de artesanos entrevistados que recibieron apoyos para la promoción artesanal en ferias y exposiciones en el año anterior)* 100.
Porcentaje
Anual
 
 
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos para la promoción artesanal en ferias y exposiciones Nacionales e Internacionales
(Número de artesanos que reciben apoyos para la promoción artesanal en ferias y exposiciones en el periodo t/Número de artesanos programados para recibir apoyos de promoción artesanal en ferias y exposiciones en el periodo t)*100.
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de artesanos beneficiados con apoyos de concursos de arte popular que mejoraron sus técnicas de trabajo
(Número de artesanos beneficiados en el año anterior con apoyos de concursos de arte popular y que al momento de la entrevista reportaron haber mejorado sus técnicas de trabajo/Número total de artesanos entrevistados que recibieron apoyos de concursos de arte popular en el año anterior)* 100.
Porcentaje
Anual
Componente
Porcentaje de artesanos que participan en concursos de arte popular
(Número de artesanos que participan en concursos de arte popular en el periodo t/Número de artesanos programados para participar en concursos de arte popular en el periodo t) * 100
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de artesanos beneficiados con apoyos de impulsos a la comercialización que ampliaron el mercado
(Número de artesanos beneficiados en el año anterior con apoyos de impulsos a la comercialización y que al momento de la entrevista reportaron haber ampliado su mercado/Número total de artesanos entrevistados que recibieron apoyos de impulsos a la comercialización en el año anterior)* 100.
Porcentaje
Anual
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos para impulsar la comercialización
(Número de artesanos que reciben apoyos para impulsar la comercialización en el periodo t / Número de artesanos programados para recibir apoyos de impulsos a la comercialización en el periodo t) * 100
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos para la salud ocupacional
(Número de artesanos que reciben apoyos para la salud ocupacional en el periodo t / Número de artesanos programados para recibir apoyos para la salud ocupacional en el periodo t) * 100
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de artesanos beneficiados con apoyos de salud ocupacional que operaron en mejores condiciones de bienestar físico en su espacio de trabajo
(Número de artesanos beneficiados en el año anterior con apoyos de salud ocupacional y que al momento de la entrevista reportaron haber operado en mejores condiciones de bienestar físico en su espacio de trabajo/Número total de artesanos entrevistados que recibieron apoyos de salud ocupacional en el año anterior)* 100
Porcentaje
Anual
 
Componente
Porcentaje de artesanos beneficiados con acciones para el desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos que incrementaron el número de visitantes en sus espacios artesanales
(Número de artesanos beneficiados el año anterior por acciones para el desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos y que al momento de la encuesta percibieron haber incrementado el número de visitantes en sus espacios artesanales / Número total de artesanos entrevistados que fueron beneficiados por acciones para el desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos el año anterior) * 100
Porcentaje
Anual
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos de acciones para el desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos
(Número de artesanos que reciben apoyos de acciones para el desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos en el periodo t / Número de artesanos programados para recibir apoyos de acciones para el desarrollo de espacios artesanales en destinos turísticos en el periodo t) * 100
Porcentaje
Trimestral
Componente
Porcentaje de grupos de artesanos beneficiados con proyectos artesanales estratégicos que perciben producir o comercializar sus artesanías en mayor volumen
(Número de grupos de artesanos beneficiados el año anterior con apoyos para proyectos artesanales estratégicos y que percibieron haber mejorado la producción y comercialización de sus artesanías / Número total de grupos de artesanos entrevistados beneficiados que recibieron apoyos para proyectos artesanales estratégicos el año anterior) * 100
Porcentaje
Anual
Componente
Porcentaje de artesanos que reciben apoyos para proyectos artesanales estratégicos
(Número de artesanos que reciben apoyos para proyectos artesanales estratégicos en el periodo t / Número de artesanos programados para recibir apoyos para proyectos artesanales estratégicos en el periodo t) * 100
Porcentaje
Trimestral
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
FOLIO
 
Fecha __ / __ / ___
 
I. DATOS GENERALES DE LA ORGANIZACION O GRUPO DE ARTESANOS
Nombre de la organización o grupo de artesanos
 
Número de integrantes
Hombres
 
Mujeres
 
Total
 
Razón Social
(En su caso)
 
RFC
(En su caso)
 
Padrón Nacional de Artesanos (en su caso):
Ubicación
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Etnia Indígena
SI
 
NO
 
En caso afirmativo indique el nombre de la Etnia
 
 
II. DATOS DEL PROYECTO
Nombre del Proyecto
 
Tipo de Artesanía
 
Proyecto Nuevo
SI
 
NO
 
Proyecto Preexistente
SI
 
NO
 
Años de existencia
 
Ubicación del Proyecto
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Incluir croquis de localización del predio donde se realizará el proyecto
 
III. DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACION O GRUPO DE ARTESANOS
Nombre Completo del Representante
 
Domicilio
(Calle, número, barrio o colonia)
Ubicación
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Teléfono de contacto
Lada
 
Número
 
Correo electrónico
 
 
IV. Lista de los Artesanos Participantes en el Proyecto
Nombre (s)
Apellido Paterno
Apellido Materno
Sexo
CURP
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Con fundamento en el artículo 68, segundo párrafo, en relación con el artículo 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, otorgo mi consentimiento y conformidad para que el FONART, comparta mis datos personales con la SEDESOL y con el SAT.
 
 
V. DESTINO DE LOS RECURSOS DE FONART
Tipo de Apoyo
Monto en Pesos
Porcentaje
1.   Pintura
 
 
2.   Anaqueles
 
 
3.   Muebles de Baño (WC y Lavamanos)
 
 
4.   Lámparas
 
 
5.   Ventanas
 
 
6.   Sillas
 
 
7.   Cemento
 
 
8.   Arena
 
 
9.   Materiales de Limpieza
 
 
10. Otro (Especificar)
 
 
 
Declaro bajo protesta de decir verdad que toda la información asentada en este documento es verídica.
 
_______________________________________________________________________
Nombre y Firma del Representante de la organización o grupo de artesanos
 
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"

           Anexo 11
SOLICITUD Y SNTESIS DEL PLAN ESTRATGICO
PROYECTOS ARTESANALES ESTRATGICOS
Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías FONART
 
 
FOLIO
 
Fecha __ / __ / ____
I. DATOS GENERALES DE LA ORGANIZACION O GRUPO DE ARTESANOS
Nombre de la organización o grupo de artesanos
 
Número de integrantes
Hombres
 
Mujeres
 
Total
 
Razón Social
(En su caso)
 
RFC
(en su caso)
 
Padrón Nacional de Artesanos (en su caso):
Ubicación
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Etnia Indígena
SI
 
NO
 
En caso afirmativo indique el nombre de la Etnia
 
 
 
II. DATOS DEL PROYECTO
Nombre del Proyecto
 
Tipo de Artesanía
 
Proyecto Nuevo
SI
 
NO
 
Proyecto Preexistente
SI
 
NO
 
Años de existencia
 
Ubicación del Proyecto
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Incluir croquis de localización del predio donde se realizará el proyecto
 
III. DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACION O GRUPO DE ARTESANOS
Nombre Completo del Representante
 
Domicilio
(Calle, número, barrio o colonia)
Ubicación
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Teléfono de
contacto
Lada
 
Número
 
Correo electrónico
 
 
IV. RESUMEN EJECUTIVO
Describir los elementos más importantes del proyecto; principalmente la actividad económica, el mercado objetivo, los productos a ofrecer, la inversión requerida, el número de artesanos, el tipo de artesanía, las características que distinguen su artesanía de otras.
 
V. DESCRIPCION DEL PROYECTO
Mencionar las características, antecedentes y alcance del proyecto artesanal.
 
VI. OBJETIVO DEL PROYECTO
Describir los objetivos del proyecto: volumen de producción de artesanías mensual, número de empleos a generar, ventas mensuales, utilidades esperadas.
 
VII. MERCADO Y ANALISIS DE LA COMPETENCIA
Describir a qué mercado se va a enfocar el negocio; mencionar los productos a proporcionar y su distribución; la promoción a realizarse; identificar claramente la competencia y sus características principales.
 
VIII. ORGANIZACION
Describir las funciones de las personas que se van a involucrar en la empresa artesanal, además de la forma de organización y la razón de ser de la empresa.
 
IX. MATERIALES, INSUMOS Y PROCESOS
Describir los requerimientos de maquinaria y equipo, materia prima, proveedores, el proceso de producción, los estándares de calidad de las artesanías, así como los costos de producción.
 
X. ADMINISTRACION
Describir la estrategia operativa prevista por la asociación o grupo de artesanos para desarrollar el proyecto productivo
 
 
XI. EVIDENCIA FOTOGRAFICA
Incluir fotografías de las artesanías.
 
XII. PRESUPUESTO
APORTACIONES
Monto en Pesos
Porcentaje
Costo total del proyecto
 
100%
Aportación Federal solicitada (FONART)
 
 
Aportación Estatal
 
 
Aportación Municipal
 
 
Aportación de la organización o grupo de artesanos solicitante
 
 
 
APLICACION
Monto en Pesos
Porcentaje
Implementación del proyecto artesanal estratégico
 
100%
Capacitación y/o Asistencia Técnica
 
 
Innovación en el desarrollo de nuevos productos, mejoras en el diseño y calidad del producto
 
 
Promoción y difusión
 
 
Estudio de mercado o investigaciones
 
 
Formalización y Asociacionismo
 
 
Total
 
 
 
XIII. IMPACTOS ESTIMADOS
 
Comentarios
Impactos en el ingreso
económico de los
artesanos
 
Impactos en empleo de la
región
 
 
Declaro bajo protesta de decir verdad que toda la información asentada en este documento es verídica.
 
_______________________________________________________________________
Nombre y Firma del Representante de la organización o grupo de artesanos
Con fundamento en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública gubernamental,
en relación con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, otorgo mi consentimiento y conformidad para que el
FONART, comparta mis datos personales con la SEDESOL y con el SAT.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
Anexo 12
INFORME DE CIERRE PROYECTOS ESTRATGICOS
Programas del Fondo Nacional de Fomento a las
Artesanías FONART
 
FOLIO
 
Fecha __ / __ / ____
 
 
I. DATOS GENERALES DE LA ORGANIZACION O GRUPO DE ARTESANOS
Nombre de la organización o grupo de artesanos
 
Número de
integrantes
Hombres
 
Mujeres
 
Total
 
Razón Social (En
su caso)
 
RFC (En su
caso)
 
Padrón Nacional de Artesanos (en su caso):
Ubicación
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Etnia Indígena
SI
 
NO
 
En caso afirmativo indique el nombre de la Etnia
 
 
II. DATOS DEL PROYECTO
Nombre del Proyecto
 
Tipo de Artesanía
Rama Artesanal
Proyecto Nuevo
SI
 
NO
 
Proyecto Preexistente
SI
 
NO
 
Años de existencia
 
Ubicación del Proyecto
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Incluir croquis de localización del predio donde se realizará el proyecto
 
III. DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACION O GRUPO DE ARTESANOS
Nombre Completo del Representante
 
Domicilio
(Calle, número, barrio o colonia)
Ubicación
Estado
 
Municipio
 
Localidad
 
Código Postal
 
Teléfono de contacto
Lada
 
Número
 
Correo electrónico
 
 
IV. PRESUPUESTO APLICADO
APORTACIONES
Monto en Pesos
Porcentaje
Costo total del proyecto
 
100%
Aportación Federal solicitada (FONART)
 
 
Aportación Estatal
 
 
Aportación Municipal
 
 
Aportación de la organización o grupo de artesanos solicitante
 
 
 
APLICACION DE LOS RECURSOS RECIBIDOS
Monto en Pesos
Porcentaje
Implementación del proyecto artesanal estratégico
 
 
Capacitación y/o Asistencia Técnica
 
 
Innovación en el desarrollo de nuevos productos, mejoras en el diseño y calidad del producto
 
 
Promoción y difusión
 
 
Estudio de Mercado o investigaciones
 
 
 
Formalización y Asociacionismo
 
 
Total
 
 
 
V. IMPACTOS OBSERVADOS
 
Comentarios
Impactos en ingreso
 
Impactos en empleo
 
 
Declaro bajo protesta de decir verdad que toda la información asentada en este documento es verídica.
 
_______________________________________________________________________
Nombre y Firma del Representante de la organización o grupo de artesanos
Con fundamento en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
gubernamental, en relación con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, otorgo mi consentimiento
y conformidad para que el FONART, comparta mis datos personales con la SEDESOL y con el SAT.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
Anexo 13, Esquema de Contraloría Social
1. Introducción
Con este documento, el Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (FONART) que es un fideicomiso público del Gobierno Federal, sectorizado en la Secretaría de Desarrollo Social, busca ser
congruente con las líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y con el decreto de creación del Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, que establecen la necesidad de incorporar la participación social en el diseño, ejecución y evaluación de los programas sociales y el fortalecimiento de las contralorías sociales comunitarias.
De igual manera, se busca dar seguimiento con lo establecido en los artículos 67 y 71 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, referente a los Comités de Contraloría Social, donde se establece que éstos son las formas de organización social constituidas por los beneficiarios de los programas sociales a cargo de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, y de las Acciones del Gobierno de la República que tienen como eje central la Política Social dentro de una Política Pública que promueva el Desarrollo Humano y la participación ciudadana.
En este contexto, la Contraloría Social constituye una práctica de transparencia, rendición de cuentas y seguimiento en la aplicación de los recursos de los programas sociales, y brinda los espacios a los beneficiarios para que de manera organizada, vigilen la transparencia en la aplicación de los recursos y el cumplimiento de las metas y acciones relativas a la operación del programa FONART; por tal motivo, el FONART asume la responsabilidad de motivar la participación de los beneficiarios mediante el esquema de Contraloría Social y otorgando la información necesaria, la capacitación y asesoría correspondiente para su cumplimiento.
2. Medios de Difusión
Los medios por los cuales se difundirá la información relacionada con el programa del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías y la necesaria para realizar las actividades de la Contraloría Social, serán trípticos informativos, carteles y mantas con la información sintetizada, los cuales estarán disponibles en las siguientes oficinas de atención:
Ciudad de México:
o     Av. Río Mississipi núm. 49 piso 10, Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc C.P. 06500, Ciudad de México
o     Av. Patriotismo, 691, Col. Mixcoac, Delegación Benito Juárez. C.P. 03910.
o     Calle Sicomoro No.14 Col. Ampliación del Gas, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02970, Ciudad de México.
Aunado a lo anterior, dicha información será difundida a través del apartado Transparencia Focalizada de la página electrónica institucional en la siguiente dirección: www.gob.mx/fonart
3. Responsables de Organización
El FONART funge como Instancia Normativa y Representación Federal ya que no cuenta con Delegaciones Federales en los Estados, por lo que la ejecución del programa de Contraloría Social recae sobre la Dirección de Operación y Proyectos Integrales para Artesanías del FONART, la cual coordina y proporciona asesoría a los encargados de otorgamiento de los apoyos de las vertientes, los cuales son a su vez los responsables directos de la promoción, capacitación y seguimiento de la Contraloría Social en las comunidades.
Los encargados del otorgamiento de los apoyos operan las siguientes vertientes;
1.- Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica,
2.- Apoyos para la Promoción Artesanal en Ferias y Exposiciones,
3.- Acciones para el Desarrollo de Espacios Artesanales en Destinos Turísticos,
4.- Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos,
5.- Apoyos para Impulsar la Producción,
6.- Acopio de Artesanías,
7.- Concursos de Arte Popular, y
8.- Apoyos para la Salud Visual.
Los encargados del otorgamiento de apoyos de las 8 vertientes organizan la constitución de los Comités, de gestionar su registro, de capacitar y proporcionar asesoría a los integrantes del Comité, el recabar los
informes de comité y minutas de las reuniones.
Para el caso particular de la vertiente Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica, además de sus ejecutores de vertiente, establece contrataciones de servicios con entidades federativas, Instituciones Públicas y de Educación Superior, en el marco de convenios de coordinación y colaboración vigentes sujetos a las Reglas de Operación y contratación de servicio en caso en específico, constituyéndose como ejecutoras y asumiendo la responsabilidad de creación de los Comités de Contraloría Social en las comunidades, de gestionar su registro, de capacitar y proporcionar asesoría a los integrantes del Comité, el recabar los informes de comité y minutas de las reuniones. Para lo cual Dirección de Operación y Proyectos Integrales para Artesanías del FONART les brinda asesoría e información suficiente para el establecimiento del esquema de Contraloría Social a través de estas figuras.
4. Mecanismos de Seguimiento
El seguimiento a las actividades de Contraloría Social, así como de sus resultados, se hará principalmente por la Dirección de Operación y Proyectos Integrales para Artesanías del FONART, la cual estará en coordinación con el rgano Interno de Control para tal efecto.
El monitoreo de las actividades de promoción de Contraloría Social, se hará de acuerdo a las metas establecidas en el Plan Anual de Trabajo de Contraloría Social del FONART (PACTS-FONART 2017); mientras que los instrumentos a utilizar para monitorear los resultados obtenidos por los Comités de Contraloría Social, serán las Actas de Registro del Comité de Contraloría Social y los informes de comité, cuyos resultados son manifestados en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS) para su control y registro ante la Secretaría de la Función Pública.
5. Actividades de Contraloría Social
Se entiende por actividades de Contraloría Social aquellas que realicen las personas beneficiarias del FONART a través de los Comités que se constituyen durante el ejercicio fiscal 2017, orientadas al seguimiento, supervisión y vigilancia de las metas y acciones comprometidas en el Programa FONART así como la correcta aplicación de los apoyos otorgados por la Entidad.
Los Comités de Contraloría Social realizan las siguientes actividades:
1.- Solicitar, a través de sus encargados del otorgamiento del apoyo, la información pública relacionada con la operación del Programa FONART y del apoyo específico a recibir.
2.- Vigilar que:
-      Se difunda información suficiente, veraz y oportuna sobre la operación del Programa FONART.
-      El ejercicio de los recursos públicos para apoyos sea oportuno, transparente y con apego a lo establecido en las reglas de operación vigentes.
-      Los beneficiarios del Programa FONART cumplan con los requisitos de acuerdo a las reglas de operación para tener ese carácter.
-      Se cumpla con los periodos de ejecución de la entrega de los apoyos.
-      Exista documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos públicos y de la entrega de apoyos.
-      El Programa FONART no se utilice con fines políticos, electorales, de lucro u otro distinto al objeto del Programa.
-      El Programa FONART se ejecute en un marco de igualdad entre hombres y mujeres.
-      Las autoridades competentes den atención a las quejas y denuncias relacionadas con el Programa FONART.
3.- Registrar en los informes los resultados de las actividades de contraloría social realizadas, así como dar seguimiento, en su caso, a los mismos;
4.- Recibir las quejas y denuncias sobre la aplicación y ejecución del Programa FONART, recabar la información de las mismas y, en su caso, presentarlas junto con la información recopilada a delegación de SEDESOL de su Estado o con el representante de Contraloría Social, a efecto de que se tomen las medidas que haya lugar, y
5.- Recibir las quejas y las denuncias que puedan dar lugar al fincamiento de responsabilidades administrativas, civiles o penales relacionadas con el Programa FONART, así como turnarlas a las autoridades competentes para su atención.
 
6.- Solicitar, a través de la delegación de SEDESOL de su Estado o con el representante de Contraloría Social, la información del estatus que guarda su queja o denuncia para su seguimiento.
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"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
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