ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2018

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

JOS RAMN NARRO ROBLES, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 y 29, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, así como 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho humano que toda persona tiene a la protección de la salud;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta Nacional México Incluyente, Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, Estrategia 2.3.3. Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad, prevé como línea de acción, la relativa a fomentar el desarrollo de infraestructura y la puesta en marcha de unidades médicas móviles y su equipamiento en zonas de población vulnerable;
Que el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA), en su segundo Objetivo Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad, establece como estrategias avanzar en el acceso efectivo a servicios de salud de la población mexicana, independientemente de su condición social o laboral, así como mejorar la calidad de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud;
Que el PROSESA, en su cuarto Objetivo Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país, Estrategia 4.3. Fortalecer los servicios de promoción y atención brindados a la población indígena y otros grupos en situación de vulnerabilidad, prevé como una de sus líneas de acción, la relativa a fortalecer la red de atención primaria a la salud, con énfasis en unidades móviles de salud;
Que el PROSESA, en su quinto Objetivo Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, para obtener mejores resultados en salud, plantea entre otras estrategias como forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud; la relativa a establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud;
Que conforme al Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, el Programa Caravanas de la Salud, hoy Fortalecimiento a la Atención Médica, coadyuva con acciones de promoción, prevención, atención médica y odontológica;
Que en términos de lo dispuesto por el artículo 29, párrafo primero y el Anexo 26, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre del 2017, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, estará sujeto a las Reglas de Operación que se emitan, de conformidad con el artículo 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y
Que el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados, así como cobertura, y los gastos indirectos de dicho programa, para el Ejercicio Fiscal 2018, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación 10 de diciembre de 2012; su modificación publicada el 30 de diciembre de 2013; los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados el 30 de enero de 2013 y los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 22 de febrero del 2016, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
ARTCULO NICO. Se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018.
TRANSITORIO
NICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil dieciocho.
 
Dado en la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Salud, José Ramón Narro Robles.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2018
ndice
1.- Introducción
1.1.- Glosario de términos
2.- Marco Jurídico y Programático
2.1.- Marco Jurídico aplicable al Programa
2.2.- Marco Programático
2.2.1.- Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
2.2.2.- Programa Sectorial de Salud 2013-2018
2.3.- Elementos Estratégicos para la Planeación del Programa
2.3.1.- Accesibilidad a la Red Integral de Servicios de Salud
2.3.2.- Orientación Estratégica del Programa
3.- Misión y visión del Programa
3.1.- Misión
3.2.- Visión
4.- Objetivos y matriz de indicadores para resultados
4.1.- Objetivo General
4.2.- Objetivos Específicos
4.3.- Matriz de Indicadores para resultados del Programa
5.- Generalidades
5.1.- Descripción, modalidades de atención y características del Programa
5.2.- Cobertura
5.3.- Áreas de Enfoque
5.4.- Criterios de inclusión para las Rutas de UMM
5.5.- Focalización
5.6.- Servicios que otorgan los SES a través de UMM
5.7.- Beneficiarios del Programa
5.8.- Obligaciones y derechos
5.8.1.- Bienes en comodato
5.8.2.- UMM en mantenimiento
5.9.- Clasificación de las UMM y servicios que otorgan
5.10.- Participantes
5.10.1.- Instancia Normativa
5.10.1.1.- Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud
5.10.1.2.- Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud
5.10.1.3.- Otras Unidades Administrativas de la Secretaría
 
5.10.2.- Instancia Ejecutora
5.10.2.1.- Servicios Estatales de Salud
5.10.2.2.- Régimen Estatal de Protección Social en Salud
5.10.2.3.- Coordinación del Programa
5.10.2.4.- Jurisdicción Sanitaria
5.10.2.5.- Comité Local de Salud
6.- Operación
6.1.- Proceso de Inclusión de Localidades del Programa
6.2.- Rutas fijas de UMM del Programa
6.2.1.- Integración de las Rutas de UMM
6.2.2.- Operación en Rutas de UMM
6.2.3.- Multi-ruta de UMM
6.3.- UMM para la atención de Contingencia
6.3.1.- Funcionamiento del Programa en caso de Contingencia
6.3.2.- Recursos del COPAC
6.3.3.- Funciones del COPAC
6.3.4.- Mecanismos de activación del COPAC
6.4.- Criterios para la sustitución de UMM
6.5.- Recursos humanos
6.5.1.- Criterios de reclutamiento y selección
6.5.2.- Perfil del personal
6.5.3.- Capacitación
6.6.- Referencia, seguimiento y contrarreferencia de pacientes
6.7.- Afiliación al Sistema de Protección Social en Salud
6.8.- Proceso de Acreditación
6.9.- Comunicación educativa
6.10.- Información de productividad
6.11.- De los Convenios
7.- Financiamiento
7.1.- Fuentes de Financiamiento
7.1.1.- Programación
7.1.2.- Transferencia de recursos presupuestarios federales a favor de las Entidades Federativas
7.1.3.- Ejercicio de los recursos
7.2.- Comprobación
7.3.- Recursos no ejercidos
7.4.- Cierre del ejercicio presupuestario
8.- Verificación, seguimiento, evaluación, control y fiscalización
 
8.1.- Auditoría y Control
8.2.- Seguimiento
9.- Evaluación
9.1.- Evaluación Interna
9.2.- Evaluación Externa
10.- Transparencia
10.1.- Difusión
10.2.- Contraloría Social
10.3.- Quejas y denuncias
ANEXOS
Anexo1.- CAUSES 2017
Anexo 2.- Esquema de Planeación de Rutas del Programa
Anexo 3A.- Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica
Anexo 3B.- Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el funcionamiento del Centro Operativo para la atención de Contingencias
Anexo 3C.- Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para la implementación de acciones y proyectos con nuevas modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica
Anexo 4.- Cierre presupuestario del Ejercicio Fiscal 2018
Anexo 5 y 5 Bis.- Esquema Operativo del Programa de Contraloría Social en el marco de los Comités Locales de Salud del Programa
1. Introducción
La Secretaría de Salud ha desarrollado diversas estrategias y programas para extender la cobertura de servicios esenciales de salud mediante equipos itinerantes, destacan entre tales experiencias, en orden cronológico, el Programa de Extensión de Cobertura (PEC), el Programa Comunitario Rural (PCR), el Programa de Salud Rural (PSR), el Programa de Apoyo a los Servicios de Salud para Población Abierta (PASSPA), el Programa de Ampliación de Cobertura (PAC), el Componente de Salud del Programa Solidaridad (hoy Prospera, Programa de Inclusión Social), así como el Programa Caravanas de la Salud (que operó durante los años 2007 al 2014). En el año 2015 el Programa Caravanas de la Salud cambió su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles y con motivo de la ejecución de un ejercicio de reestructuración programática, para el ejercicio fiscal 2016, el Programa Unidades Médicas Móviles se fusionó con el programa presupuestario (U006) denominado "Fortalecimiento a las Redes de Servicios de Salud", para quedar como Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los programas encaminados a extender la cobertura de servicios esenciales de salud mediante equipos itinerantes, no se encuentran aislados de la evolución normativa de los controles presupuestarios. En ese sentido, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, responde a la necesidad de contar con mecanismos de control presupuestario con la finalidad de reflejar las necesidades del país, entre ellas la de transparentar y hacer eficiente el uso y destino de los recursos federales. Los mecanismos para alcanzar tal objetivo son la programación y presupuestación anual del gasto público.
En el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica se define lo que debe entenderse por establecimiento para la atención médica, determinándose como aquellos lugares en los que se desarrollan actividades preventivas o tendientes a recuperar la salud del
individuo.
El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica coadyuva con los objetivos, las estrategias y líneas de acción, así como a la ejecución de acciones transversales señaladas en el PND y el PROSESA, que contribuyen a la superación de la desigualdad en el acceso a los servicios de salud.
En este sentido, el Programa a través de transferencias de recursos presupuestarios federales coadyuva a que las Entidades Federativas proporcionen la prestación de atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población; y asimismo permite que la Secretaría se coordine con los prestadores de servicios de atención médica de las Entidades Federativas que se encuentren afectadas por situaciones generadas con motivo de fenómenos perturbadores naturales o antropogénicos para proporcionar atención médica a la población vulnerable.
Estas Reglas han sido formuladas de acuerdo con los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal, emitidos por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, garantizando que no se contraponen, afecten o presenten duplicidad con otros programas y acciones de la Administración Pública Federal en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y cobertura.
1.1.- Glosario de términos
Para los efectos de estas Reglas, se entiende por:
ACERCABILIDAD: Acceso a una atención integral y de mayor Capacidad Resolutiva sin la necesidad de realizar trámites, pasar filtros o hacer grandes desplazamientos para recibir las intervenciones conforme al CAUSES. Supone la combinación de estrategias de atención itinerante y de Telemedicina por parte de las UMM.
ACREDITACIN: Procedimiento de evaluación externa de la calidad que se realiza mediante la autoevaluación y la evaluación a los establecimientos para la atención médica, a efecto de constatar que cumplen satisfactoriamente con criterios de capacidad, calidad y seguridad para el paciente, necesarios para proporcionar los servicios definidos en el CAUSES, en el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos del Sistema de Protección Social en Salud, así como en el Programa Seguro Médico Siglo XXI.
ACUERDO MARCO: Acuerdo Marco de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general.
ATENCIN PRIMARIA A LA SALUD: Asistencia sanitaria esencial basada en métodos y tecnologías prácticos, científicamente fundados y socialmente aceptables, puesta al alcance de todos los individuos y familias de la comunidad mediante su plena participación y a un costo que la comunidad y el país puedan cubrir en todas y cada una de las etapas de su desarrollo con un espíritu de auto responsabilidad y autodeterminación.
CALIDAD: Grado de satisfacción por la prestación de los servicios de salud a las personas con eficiencia, accesibilidad y capacidad técnica.
CAPACIDAD RESOLUTIVA: Resultado evidenciable que puede ofrecer un establecimiento para la atención médica para la solución o manejo de las necesidades de salud de la población a la que presta servicios utilizando su infraestructura, equipo médico, insumos y recursos humanos.
CASA DE SALUD: Establecimiento de apoyo para el Programa, que permite resguardar recursos, insumos y otros elementos para el funcionamiento de las UMM.
CAECS: Coordinación para la Atención de Emergencias y Contingencias en Salud.
CAUSES: Catálogo Universal de Servicios de Salud.
CENAPRECE: Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
CONTINGENCIAS: Sucesos inesperados que deben ser atendidos de manera inmediata.
 
CNPSS: Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
CONVENIO: Convenio específico de colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios suscrito por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, y las entidades federativas, para la ejecución del Programa.
COPAC: Centro Operativo para la Atención de Contingencias, que tiene como misión participar en la coordinación y acercar los servicios de salud para la atención a personas en riesgo o afectadas por Emergencias o Desastres, y brindar atención a personas cuyo establecimiento para la atención médica fijo se encuentra temporalmente inoperante por daño funcional a su infraestructura, así como evaluar los daños en la infraestructura de salud y a la población resultantes de Emergencias o Desastres, mediante UMM acondicionadas y personal capacitado, que permite dar una respuesta pronta y eficaz ante situaciones de Emergencia.
CRUM: Centro Regulador de Urgencias Médicas.
DESASTRE: Resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y/o extremos, concatenados o no, de origen natural, de la actividad humana o aquéllos provenientes del espacio exterior, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
DGCES: Dirección General de Calidad y Educación en Salud, unidad administrativa de la Secretaría, responsable del proceso de acreditación de los establecimientos para la atención médica.
DGIS: Dirección General de Información en Salud.
DGPLADES: Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud.
DGE: Dirección General de Epidemiología.
ENTIDADES FEDERATIVAS: Partes integrantes de la Federación y reconocidas por el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quienes reciben las transferencias de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa beneficiarios del mismo.
EDAN EN SALUD: Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades de Salud en situaciones de Desastre.
EMERGENCIA: Situación anormal que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un agente perturbador.
EQUIPAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS PARA LA ATENCIN MDICA DE PACIENTES AMBULATORIOS: Aparatos, accesorios e instrumental para uso específico destinados a la atención médica en procedimientos de exploración, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de pacientes.
EQUIPO DE SALUD ITINERANTE: Grupo de profesionales en el campo de la salud, conformados por Médico Cirujano, Cirujano Dentista, Enfermero(a), que cuenten con título profesional o certificado legalmente expedido y registrado por la autoridad educativa competente, así como los promotores polivalentes de salud con certificado de bachillerato.
ESTABLECIMIENTO DE ATENCIN MDICA: Aquellos lugares en los que se desarrollan actividades preventivas o tendientes a recuperar la salud del individuo.
FORTALECIMIENTO DE LA COBERTURA: Consiste en coadyuvar a la prestación de servicios de salud a cargo de las Entidades Federativas mediante UMM.
INFRAESTRUCTURA: Establecimientos para la prestación de servicios de salud.
INTERCONSULTA: Procedimiento que permite la participación de otro profesional de la salud en la atención del paciente a solicitud del médico tratante.
LOCALIDAD ATENDIDA: Aquélla en la que el Equipo Itinerante de Salud y la UMM proporcionan periódicamente la atención primaria a la salud y que se encuentra incorporada en el anexo 6 del Convenio.
 
LOCALIDAD EN COBERTURA: Aquélla integrada en el anexo 6 del Convenio.
PND: Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
PROGRAMA: Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el Ejercicio Fiscal 2018.
PROSESA: Programa Sectorial de Salud 2013-2018.
PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIN MDICA, HOSPITALARIA, PREHOSPITALARIA Y URGENCIAS: Centros Reguladores de Urgencias Médicas, Sistemas de Atención Médica de Urgencias y los Servicios Estatales de Salud.
RISS: Redes Integradas de Servicios de Salud, es una red de organizaciones que presta, o hace los arreglos para prestar, servicios de salud equitativos e integrales a una población definida, y que está dispuesta a rendir cuentas por sus resultados clínicos y económicos y por el estado de salud de la población a la que sirve.
REGLAS: Reglas de Operación del Programa.
REPSS: Regímenes Estatales de Protección Social en Salud.
RUTA DE UMM: Recorrido de la UMM que realiza con el Equipo de Salud Itinerante por las diferentes Localidades en Cobertura para proporcionar los servicios de Atención Primaria a la Salud. Las rutas son planeadas y definidas por los SES, integrando el resultado de dicha planeación en el anexo 6 del Convenio.
SECRETARA: Secretaría de Salud.
SEGUNDA OPININ: Aquélla en la que un médico o grupo de médicos independientes de quien emitió el primer diagnóstico y plan de manejo, emiten una opinión sobre estos aspectos, con objeto de confirmar la prestación del servicio de salud o afín relacionado con la prevención, curación, rehabilitación, paliativa y gestión de los servicios de salud, entre otros. Esta consulta sólo será generada si el paciente o usuario lo solicitan.
SES: Servicios Estatales de Salud, comprende a las Secretarías de Salud y a los Organismos Descentralizados en cada una de las 32 Entidades Federativas.
SINIESTRO: Suceso que produce un daño o una pérdida material considerable.
SIDSS: Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.
SPSS: Sistema de Protección Social en Salud.
TELECONSULTA: Consiste en la prestación de servicios de salud (consultas) en tiempo real o diferido utilizando las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente donde la distancia es una barrera para recibir atención de salud.
TELECONSULTA DIFERIDA: Conocida también como tecnología o modalidad de consulta asíncrona (Store & Forward). El especialista seleccionado y el coordinador del área reciben por correo electrónico el paquete con la información clínica y paraclínica (imágenes) del caso y envía la respuesta por el mismo medio.
TESOFE: Tesorería de la Federación.
UMM: Unidades Médicas Móviles, los vehículos automotores propiedad de la Federación dotados de diferente Capacidad Resolutiva que se otorgan en comodato a las Entidades Federativas, así como de aquellas UMM cuya propiedad haya sido transferida a la entidad para el desarrollo del Programa, y que funcionan como establecimientos de salud móviles.
2.- Marco Jurídico y Programático
2.1.- Marco jurídico aplicable al Programa
·   Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
·   Ley de Planeación;
·   Ley General de Salud;
·   Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
 
·   Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
·   Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
·   Ley General de Responsabilidades Administrativas;
·   Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
·   Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción;
·   Ley General de Contabilidad Gubernamental;
·   Ley General de Víctimas;
·   Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación;
·   Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018;
·   Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
·   Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica;
·   Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud;
·   Reglamento de la Ley General de Víctimas;
·   Reglamento Interior de la Secretaría de Salud;
·   Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, y su modificación publicada el 30 de diciembre de 2013;
·   Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018;
·   Programa Sectorial de Salud 2013-2018;
·   Modelo de Atención Integral de Salud;
·   Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013, y
·   Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 22 de febrero del 2016 en el Diario Oficial de la Federación, y
·   Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados el 28 de octubre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.
2.2.- Marco Programático
2.2.1.- Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
El Programa se alinea directamente con la meta nacional México Incluyente del PND publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, en dicha meta se estableció el Objetivo 2.1. Garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población, del que se desprende la Estrategia 2.1.2 Fortalecer el desarrollo de capacidades en los hogares con carencias para contribuir a mejorar su calidad de vida e incrementar su capacidad productiva conforme a su línea de acción Otorgar los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud; y el Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, del que, a su vez, se desprenden cinco estrategias cada una con diversas líneas de acción.
En ese sentido, el Programa se vincula con la Estrategia 2.3.1 Avanzar en la construcción de un Sistema Nacional de Salud Universal, la cual contempla la línea de acción referente a garantizar el acceso y la Calidad de los servicios de salud a los mexicanos, con independencia de su condición social o laboral.
Asimismo, está estrechamente relacionado con la Estrategia 2.3.2 que busca hacer de las acciones de
protección, promoción y prevención un eje prioritario para el mejoramiento de la salud.
De igual modo, forma parte de las Estrategias 2.3.3 Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad, puesto que la misma prevé como una de sus líneas de acción la de fomentar el desarrollo de infraestructura y la puesta en marcha de UMM y su equipamiento en zonas de población vulnerable; así como, 2.3.4. Garantizar el acceso efectivo a servicios de salud de calidad, la cual está enfocada, entre otros impactos, a implementar programas orientados a elevar la satisfacción de los usuarios en las unidades operativas públicas.
También forma parte del Objetivo 2.4 Ampliar el acceso a la seguridad social, Estrategia 2.4.1. Proteger a la sociedad ante eventualidades que afecten el ejercicio pleno de sus derechos sociales, la cual contempla entre sus líneas de acción la de apoyar a la población afectada por Emergencias u otras situaciones adversas, mediante la responsabilidad compartida entre la sociedad y el Estado.
2.2.2.- Programa Sectorial de Salud 2013-2018
El PROSESA, está vinculado a las Metas Nacionales marcadas por el PND, en particular a la referente a un México Incluyente, para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, que vaya más allá del asistencialismo y que conecte el capital humano con las oportunidades que genera la economía, en el marco de una nueva productividad social, que disminuya las brechas de desigualdad y que promueva la más amplia participación social en las políticas públicas como factor de cohesión y ciudadanía.
El Programa interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el PROSESA. Por ello, se alinea con el Objetivo 2. Asegurar el acceso efectivo de los servicios de salud, Estrategias 2.1. Avanzar en el acceso efectivo a servicios de salud de la población mexicana independientemente de su condición social o laboral y 2.3. Crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, esta última conforme a sus líneas de acción 2.3.6. Ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional, 2.3.7. Fortalecer la red de atención de telemedicina en regiones de alta marginación y dispersión poblacional. 2.3.8 Promover la implementación del modelo de atención pre hospitalaria para la homologación de la atención de emergencias en salud; así como con el Objetivo 3 Reducir los riesgos que afectan la salud de la población en cualquier actividad de su vida. Estrategia 3.2 Garantizar el control de emergencias en salud, desastres y de seguridad en salud; 3.2.2. Consolidar la organización y coordinación para la preparación y respuesta ante emergencias en salud y riesgos sanitarios, y 3.2.3. Fortalecer los mecanismos de anticipación y respuesta ante enfermedades emergentes, reemergentes y las asociadas a desastres, 3.2.4 Fortalecer la capacitación y actualización del personal involucrado en la preparación y respuesta ante emergencias y riesgos sanitarios. 3.2.6 Promover las acciones intersectoriales para controlar emergencias y desastres y de seguridad en salud; así como con el Objetivo 4. Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Estrategia. 4.3. Fortalecer los servicios de promoción y atención brindados a la población indígena y otros grupos en situación de vulnerabilidad, Línea de Acción. 4.3.2. Fortalecer la red de atención primaria a la salud con énfasis en unidades móviles en salud.
El Programa, se constituye como una manifestación de la política de salud del Gobierno de la República para resolver las graves limitaciones de cobertura de servicios de salud que aún prevalecen en las localidades con población menor a 2,500 habitantes y sin acceso a servicios de salud, por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
De esta manera la presente administración refrenda el compromiso social de hacer efectivo el derecho a la protección a la salud de todos los mexicanos que se encuentra consagrado en el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Teniendo siempre como referente mejorar y mantener la salud de la población menos favorecida por las condiciones epidemiológicas y de mortalidad propias de sus regiones y comunidades, mediante atención médica de primer nivel y oferta de servicios del CAUSES acorde a la morbilidad que actualmente prevalece.
2.3.- Elementos Estratégicos para la Planeación del Programa
El Programa consiste en coadyuvar a la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud a cargo de las Entidades Federativas mediante UMM en las localidades con menos de 2,500 habitantes y sin acceso a servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
 
En tal sentido el Programa, representa un elemento estratégico para extender la atención del primer nivel, a las localidades que no cuentan con acceso a servicios de salud debido a su dispersión geográfica o por las características de su población; y se incluye en el Modelo de Atención Integral a la Salud establecido por la Federación.
2.3.1.- Accesibilidad a la Red Integral de Servicios de Salud
El Programa forma parte de la RISS en aquellas localidades con menos 2,500 habitantes y sin acceso a servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
En la RISS participan, por tanto, todo tipo de estrategias de atención, diverso personal auxiliar, técnico y profesional, así como establecimientos de atención ambulatoria y hospitalaria para otorgar el servicio, captar la necesidad de la persona y poner a su disposición los beneficios de la atención en un proceso continuo.
El Programa fortalece la RISS mediante las UMM-3 con servicios de Teleconsulta diferida, que a través de un enlace satelital compartido pueden ofrecer servicios de Interconsulta, segunda opinión, en la modalidad de atención médica a distancia apoyados en las soluciones que las tecnologías de la información y las telecomunicaciones ofrecen para mejorar el acceso a los servicios de salud de especialidad y alta especialidad.
2.3.2.- Orientación Estratégica del Programa
El Programa fundamentalmente se encuentra dirigido a que los SES proporcionen servicios de atención primaria a la salud, a través de UMM en las localidades que cuenten con una población menor a 2,500 habitantes y sin acceso a servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
Para que los SES cumplan con esta función, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Salud realizará transferencias de recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios a las Entidades Federativas a fin de cubrir algunos conceptos de operación del Programa.
En este contexto, el Programa constituye la puerta de entrada a la RISS para la población que habita en localidades cuyas características de ubicación geográfica o situación sociodemográfica les impide el acceso a los servicios de salud de manera integral.
3.- Misión y Visión del Programa
3.1.- Misión
Ser un programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales destinados a la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 habitantes; así como con acciones de inversión para el fortalecimiento de la RISS.
3.2.- Visión
Fortalecer los servicios de Atención Primaria a la Salud proporcionados por las Entidades Federativas con Equipo de Salud Itinerante mediante UMM, en localidades con población menor a 2,500 habitantes.
4.- Objetivos y matriz de indicadores para resultados
4.1.- Objetivo General
Contribuir a asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con Calidad mediante el otorgamiento de servicios de Atención Primaria a la Salud a través de UMM, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las Entidades Federativas.
4.2.- Objetivos Específicos
a)    Contribuir con las Entidades Federativas para que cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado;
b)    Contribuir en la prestación de servicios de salud por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios a las Entidades Federativas;
 
c)    Promover la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud en localidades consideradas en el área de enfoque del Programa;
d)    Participar en la atención médica y acciones de prevención y promoción a la población en riesgo o afectada por agentes perturbadores naturales o antropogénicos;
e)    Contribuir en la modificación de los determinantes sociales de la salud que afectan a los individuos y su entorno a través de la participación organizada de la familia y la comunidad;
f)     Fomentar la afiliación de la población que se ubique en las localidades del Programa al SPSS y de los niños menores de cinco años al Seguro Médico Siglo XXI, y
g)    Fortalecer la RISS a través de acciones de inversión para el desarrollo de infraestructura (fija y móvil) y equipamiento en materia de salud, conforme a la disponibilidad presupuestaria.
4.3.- Matriz de Indicadores para resultados del Programa
Con base en "Criterios para el registro, revisión y actualización de la MIR y la ficha de indicadores del desempeño de los programas presupuestales para el ejercicio fiscal 2017", la Matriz de Indicadores del Programa (MIR) para el ejercicio 2018, da respuesta a los requerimientos normativos establecidos en el "Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP 2017)", y expresa de forma sistemática y lógica los objetivos del Programa y sus relaciones de causalidad establecidas en la lógica vertical, de conformidad con la metodología del marco lógico.
El esquema metodológico utilizado para la equivalencia, se representa en la Figura 1.
En este contexto, el objetivo general del Programa, está alineado con la Matriz de Indicadores del ejercicio presupuestario 2018, la cual en su Fin refiere que, con la operación del Programa se puede "Contribuir a asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles".
Los objetivos específicos del Programa son congruentes con los componentes de la Matriz de Indicadores para Resultados, que refieren los servicios que el Programa proporcionará a la población del Área de Enfoque Objetivo.
Figura 1
Programa Fortalecimiento a la Atención Médica
Relación Lógica entre la Orientación Estratégica y el Resumen Narrativo de la Matriz de Indicadores para
Resultados

5.- Generalidades
 
5.1.- Descripción, modalidades de atención y características del Programa
El Programa prevé la organización y operación efectiva de Equipos de Salud Itinerantes que brindan servicios de Atención Primaria a la Salud, sin discriminar por condiciones de género, edad, origen étnico, posición social, económica, capacidades diferentes o creencia religiosa; en UMM de diferente capacidad resolutiva, que son parte de la RISS conformada por los establecimientos de salud fijos y móviles.
El Programa articula recursos presupuestarios, humanos capacitados, medios de transporte, Casas de Salud, recursos materiales (medicamentos, insumos, dispositivos médicos), así como tecnologías de la información y comunicaciones que inciden en un espacio geográfico determinado, a través del establecimiento de rutas que brindan servicios en materia de promoción de la salud, prevención de enfermedades, atención médica y odontológica. Asimismo, con la ejecución del Programa se busca la continuidad de la atención a través de la referencia de pacientes a unidades médicas de mayor Capacidad Resolutiva de la RISS.
Con la transferencia de recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios a las entidades federativas, se contribuye a que a través de los SES, el Programa brinde servicios de Atención Primaria a la Salud en las localidades sin acceso a servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población, y con una población menor a 2,500 habitantes.
Asimismo, con la ejecución del Programa se busca la continuidad de la atención a través de la referencia de pacientes a unidades médicas de mayor Capacidad Resolutiva de la RISS.
Los SES ofrecen servicios en las modalidades de atención siguientes:
I.     Fortalecimiento a la cobertura: Consiste en coadyuvar a la prestación de servicios de salud a cargo de las Entidades Federativas mediante UMM.
       Se realiza mediante Equipos de Salud Itinerantes que acuden a las localidades sin acceso a servicios de salud por falta de Infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población y con una población menor a 2,500 habitantes.
       Los Equipos de Salud Itinerantes, mediante UMM recorren las rutas bajo un calendario mensual de visitas y ofertan servicios de Atención Primaria a la Salud, pudiéndose apoyar en Casas de Salud para pernoctar y reabastecerse de insumos.
II.     Fortalecimiento a la atención médica: Consiste en fortalecer la Capacidad Resolutiva para intervenciones de especialidad o subespecialidad médica, mediante:
a)   Otorgamiento de servicios de odontología.
b)   Diagnóstico oportuno e identificación de patologías que requieren atención con mayor Capacidad Resolutiva, para la referencia y seguimiento del paciente y contra referencia.
c) Ofertar servicios de atención médica a distancia a través de las UMM que cuentan con equipamiento para teleconsulta diferida.
       La Secretaría, por conducto de la DGPLADES, de acuerdo a la suficiencia presupuestaria podrá convenir con las Entidades Federativas la implementación de nuevas modalidades para la ejecución del Programa. Realización de acciones de inversión para el desarrollo de Infraestructura y equipamiento en materia de salud (fija y móvil) para el fortalecimiento de la RISS a fin de mejorar la Calidad de la atención médica.
III.    Participación en Contingencias: Los SES podrán destinar UMM para la participación en Contingencias en los siguientes dos supuestos:
a)   Servicios de Atención Primaria a la Salud: En función de la disponibilidad de recursos, participar con acciones de promoción a la salud y prevención de la enfermedad y odontológica de las personas que se encuentren en riesgo o afectadas con motivo de la presencia agentes perturbadores de origen natural o antropogénico.
b)   Participar en la coordinación con prestadores de servicios de atención médica para proporcionar a las personas en situación de vulnerabilidad con motivo de la presencia de agentes perturbadores naturales o antropogénicos, atención médica, pre-hospitalaria, hospitalaria y de urgencias.
 
Las características de los servicios de salud proporcionados por los SES son las siguientes:
a)    Gratuidad en el servicio;
b)    Acercabilidad;
c)    Efectivo;
d)    Eficiente;
e)    Accesible;
f)     Aceptable/centrado en el paciente;
g)    Equitativo;
h)    Seguro;
i)     Continuidad en la atención integral;
j)     Participación y corresponsabilidad ciudadana;
k)    Incorporación de establecimientos para la atención médica de las nuevas modalidades de atención, que cuente con la participación de las comunidades, y
l)     Atención a población vulnerable, en riesgo o afectada por agentes perturbadores.
5.2.- Cobertura
El Programa tiene cobertura nacional en las Entidades Federativas, mediante Equipos de Salud Itinerantes que acuden a las localidades sin acceso a servicios de salud por falta de Infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población y con una población menor a 2,500 habitantes, en las Áreas de Enfoque, señaladas en el numeral 5.3.
La transferencia de recursos presupuestarios federales se realiza en favor de las Entidades Federativas, en consecuencia, éstas son las responsables de acudir y atender a las Localidades en Cobertura por el Programa.
En caso de Emergencias o Desastres causados por agentes perturbadores naturales o antropogénicos, el Programa activa su modalidad de atención de Emergencias y Desastres, a través del COPAC, para brindar apoyo a las personas que se encuentren en riesgo o hayan sido afectadas por los agentes perturbadores, a través de servicios de promoción a la salud, prevención de la enfermedad, atención médica y odontológica.
5.3.- Áreas de Enfoque
Los SES, definirán las áreas geográficas que integran las Áreas de Enfoque para el Programa; cuyas características corresponden a tener una población menor a 2,500 personas y que no tengan acceso a servicios de salud por falta de Infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
Área de Enfoque Potencial, son aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de Infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
Área de Enfoque Objetivo, son aquellas localidades integradas en el anexo 6 del Convenio.
Área de Enfoque Atendida, son aquellas localidades en las que el Equipo de Salud Itinerante proporciona periódicamente los servicios de Atención Primaria a la Salud e integradas en el anexo 6 del Convenio.
5.4.- Criterios de Inclusión para las Rutas de UMM
Para ser consideradas en las Rutas de UMM, las localidades respectivas deberán cumplir con los siguientes criterios de inclusión:
a) No tienen acceso a servicios de salud por falta de Infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente a la población.
b) Contar con una población menor a 2,500 habitantes.
5.5.- Focalización
 
Los SES en la ejecución del Programa focalizarán su atención en las localidades que cumplan con las características de los numerales 5.3 y 5.4. de las Reglas.
En caso de Contingencia por agentes perturbadores naturales o antropogénicos, el Programa activa su modalidad de atención de Emergencias y Desastres, a través del COPAC, para brindar apoyo a las personas vulnerables, en riesgo o afectadas, con servicios de promoción a la salud, prevención de la enfermedad, atención odontológica, médica, hospitalaria, pre hospitalaria y de urgencias mediante la coordinación con los proveedores de servicios, de acuerdo con los criterios definidos por la DGPLADES para estos casos, y coadyuvará con otras dependencias en el marco de la participación del Programa en el Sistema Nacional de Protección Civil.
Conforme a la vertiente de atención de Emergencias y Desastres, los servicios que brinden las UMM, podrán ser complementarios a los prestados en los establecimientos de salud con menor Capacidad Resolutiva; así como en apoyo a establecimientos de salud inoperantes.
5.6.- Servicios que otorgan los SES a través de UMM
El otorgamiento de las intervenciones de salud estará determinado por la Capacidad Resolutiva de las UMM y mediante la referencia a otros niveles de atención como parte de la RISS, habrá de buscarse el acceso al total de las intervenciones del CAUSES 2017; considerando siempre la oportunidad y seguridad en la atención efectiva del paciente.
La cartera de servicios de atención médica que otorgan los SES es de 162 intervenciones incluidas en el CAUSES 2017 y agrupados en seis conglomerados.
Las intervenciones se pueden consultar de manera detallada en el Anexo 1.- CAUSES 2017, de estas Reglas; a continuación, se describen por conglomerado:
I.     Intervenciones de Salud Pública: Las acciones y servicios enfocados, básicamente, a preservar la salud mediante actividades de promoción, vigilancia epidemiológica, saneamiento básico y protección específica, y el diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y, en su caso, rehabilitación de padecimientos que se presentan con frecuencia y cuya resolución es factible por medio de atención ambulatoria basada en una combinación de recursos de poca complejidad técnica.
II.     Intervenciones de Consulta de medicina general, familiar y especialidad: Los SES incorporan esquemas de tratamiento, en respuesta a alertas sanitarias, padecimientos infecciosos, crónico degenerativos, entre otros, que ponen en riesgo la salud de la población del Área de Enfoque Objetivo. Así mismo, la detección oportuna de patologías que por su complejidad se referirán al siguiente nivel de atención para su resolución.
III.    Intervenciones de Odontología: Aquellas intervenciones realizadas por los SES dirigidas a todas las edades y tienen como objetivo, favorecer la formación de hábitos de higiene, la prevención de enfermedades dentales y cuando exista la patología bucal, su oportuna atención odontológica.
IV.   Intervenciones en Urgencias: Están orientadas a la atención oportuna de patologías que ponen en riesgo la vida del beneficiario o la función de alguno de sus órganos; se busca la estabilización, el diagnóstico y manejo terapéutico cuando sea posible, y su canalización a servicios de hospitalización o cirugía.
V.    Intervenciones de Atención Hospitalaria: Incluye la presunción y corroboración diagnóstica cuando sea posible, atención inicial de conformidad con la capacidad instalada sin poner en riesgo la vida del paciente, y la referencia oportuna y dirigida al siguiente nivel de atención.
VI.   Intervenciones de Cirugía General: Se incluyen intervenciones que por el estado clínico del paciente no pongan en riesgo su vida, entendiéndose que sólo se refiere al diagnóstico por el médico especialista a través de teleconsulta diferida entre la UMM y el hospital sede para realizar Interconsulta y referir al paciente con oportunidad para su atención.
Los SES garantizarán que el Equipo de Salud Itinerante esté capacitado y sensibilizado para otorgar la cartera de servicios que ofrece el CAUSES 2017, en un marco de igualdad y respeto a los derechos humanos.
De la misma manera, el personal estará en condiciones de brindar atención médica a víctimas de delitos y, de acuerdo a su valoración, las referirá a otros niveles de atención. Asimismo, fortalecerá la capacitación y actualización del personal involucrado en la preparación y respuesta ante Emergencias y Desastres.
5.7.- Beneficiarios del Programa
Se reconocen como beneficiarios del Programa. Respecto de la Federación, a las Entidades Federativas reconocidas por el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reciben la transferencia de recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios a través de los Convenios para la operación del Programa.
Para las Entidades Federativas, se reconoce como beneficiaria, a la población determinada en las Áreas de Enfoque, señaladas en el numeral 5.3. de las Reglas.
Conforme a lo anterior, todos los habitantes de las Localidades en Cobertura del Programa podrán recibir los servicios de atención a la salud que otorgan las UMM, sin importar su condición de género, edad, origen étnico, posición social, económica, discapacidad o creencia religiosa.
En la Figura 2 se describe el Proceso de Atención a la Salud para habitantes de localidades en Ruta.
5.8.- Obligaciones y derechos
Las Entidades Federativas deberán cumplir tanto con las obligaciones y respetar los derechos contenidos en el Acuerdo Marco de Coordinación, en los Convenios, en los Contratos de Comodato y sus correspondientes Convenios de prórroga de vigencia, en las presentes Reglas y las derivadas del modelo de supervisión; asimismo deberán atender los requerimientos de información realizados por la DGPLADES.
Las Entidades Federativas son las responsables del uso, aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales transferidos, y bienes otorgados en comodato o cuya propiedad haya sido transferida a la Entidad Federativa para el desarrollo del Programa, por lo que deberán de cumplir con las obligaciones contenidas en los instrumentos jurídicos y disposiciones que resulten aplicables.
En términos de lo previsto por la Ley General de Salud y las disposiciones reglamentarias de ésta, las UMM son establecimientos de atención médica, y conforme a la distribución de competencias en materia de regulación, control y fomento sanitario, corresponde a las Entidades Federativas tramitar las autorizaciones sanitarias correspondientes, así como las acreditaciones que resulten aplicables.
 
Asimismo las Entidades Federativas están obligadas a promover, operar y dar seguimiento a la contraloría social, en términos del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de octubre de 2016 bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública.
La población determinada en las Áreas de Enfoque, señaladas en el numeral 5.3. tiene derecho a:
I.       Recibir gratuitamente las intervenciones contempladas en el CAUSES;
II.      Recibir atención médica adecuada;
III.     Recibir servicios de salud efectivos, seguros, sensibles a la diversidad cultural, con pleno respeto de las prácticas culturales de la comunidad, que respondan a sus expectativas;
IV.     Recibir información precisa, clara, oportuna y veraz, sobre la atención de su salud y riesgos de los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se les indiquen o apliquen, así como la orientación necesaria acerca de alternativas de tratamiento;
V.     Decidir libremente sobre tu atención.
VI.     Otorgar o no su consentimiento informado para recibir tratamientos o procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos y/o quirúrgicos;
VII.    Solicitar una Segunda Opinión, emitida por personal médico del Sistema Nacional de Salud, acerca del diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud;
VIII.   Contar con un expediente clínico;
IX.     Recibir los medicamentos necesarios y acordes a la atención médica ofertados en la Cartera de Servicios de Salud del Programa;
X.     Recibir la atención médica integral y ser tratado con dignidad, respeto y confidencialidad;
XI.     Tener un acceso equitativo a la atención;
XII.    Ser referido a establecimientos de atención médica con mayor Capacidad Resolutiva cuando así lo requiera su estado de salud;
XIII.   Recibir información sobre mecanismos de acceso y obtención de servicios de atención médica en los establecimientos que para tal efecto se designen;
XIV.   Recibir los servicios que brindan las UMM, de acuerdo con la calendarización establecida en cada Entidad Federativa;
XV.   Presentar quejas por falta o inadecuada prestación de los servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas;
XVI.   Recibir la Cartilla de Salud que les corresponda, de acuerdo con su edad y sexo, y
XVII.  Conocer la información del Programa, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública.
La población determinada en las Áreas de Enfoque, señaladas en el numeral 5.3. tiene las siguientes obligaciones:
I.       Adoptar conductas de promoción de la salud y prevención de enfermedades;
II.      Colaborar con el equipo de salud, informando verazmente y con exactitud sobre sus antecedentes, necesidades y problemas de salud;
III.     Informarse acerca de los riesgos y alternativas de los procedimientos terapéuticos que se le indiquen o apliquen, así como de los procedimientos de consultas y quejas;
IV.     Cumplir con las recomendaciones, prescripciones, tratamientos o procedimientos generales a los que haya aceptado someterse;
V.     Llevar a la práctica las recomendaciones emitidas por el Equipo de Salud Itinerante y el auxiliar de la
salud;
VI.     Ejercer la corresponsabilidad en el autocuidado de su salud;
VII.    Dar un trato respetuoso al Equipo de Salud Itinerante de las UMM, así como a los otros usuarios y sus acompañantes;
VIII.   Hacer uso responsable de los servicios de salud;
IX.     Informarse sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso y servicios de atención médica;
X.     Asistir a las actividades de capacitación para el autocuidado de la salud;
XI.     Participar activamente en la identificación de causas y soluciones a los problemas de salud de su comunidad, y
XII.    Presentar la Cartilla Nacional de Salud correspondiente, al momento de solicitar atención médica.
5.8.1 Bienes en comodato
Las Entidades Federativas hacen uso de las UMM en virtud de los contratos de comodato previamente celebrados, por lo que en términos de las estipulaciones contenidas en dichos instrumentos consensuales y conforme a la legislación civil federal, es obligación de los SES conservar y realizar el mantenimiento de las UMM; así como del equipamiento e instrumental médico; mismo que deberá ejecutarse a los vehículos que por sus condiciones físicas o mecánicas lo requieran y cuantas veces sea necesario siempre que el mantenimiento tenga como finalidad que el bien se mantenga en condiciones de servir. Dicho mantenimiento deberá de ser reportado a la DGPLADES, para lo cual deberán remitir archivo electrónico con la documentación que así lo acredite.
Los mantenimientos se realizarán sobre las UMM que cada Entidad Federativa tenga asignadas de conformidad con el instrumento jurídico correspondiente y se realizarán en los términos definidos por la Secretaría.
Es responsabilidad de los SES la elaboración y ejecución de los programas anuales de mantenimientos de las UMM, los cuales estarán contenidos en los Programas Anuales de Trabajo elaborados por los SES.
5.8.2 UMM en mantenimiento
Preferentemente el mantenimiento de las UMM se deberá programar cuando se otorguen vacaciones al personal que opera cada una de las UMM.
Cuando una UMM de ruta se encuentre en mantenimiento, el Equipo de Salud Itinerante de esa UMM, excepcionalmente con la aprobación de los SES podrá cubrir la ruta mediante UMM de otras estrategias de atención itinerante las cuales deberán estar debidamente equipadas.
Para realizar lo anterior se requiere previa notificación de los SES a la DGPLADES, y el Equipo de Salud Itinerante dejará constancia de su productividad en el informe correspondiente.
5.9.- Clasificación de las UMM y servicios que otorgan
I.       Unidad Médica Móvil 0 (UMM-0). Ofrece servicios de Atención Primaria a la Salud como lo son los de promoción de la salud, prevención de enfermedades y atención médica; pueden apoyarse de las Casas de Salud, cuentan con medicamentos e insumos esenciales para proporcionar Atención Primaria en Salud, el Equipo Itinerante de Salud se integra por un médico general, una enfermera y un promotor de la salud-polivalente. Cuentan con equipos portátiles auxiliarles de diagnóstico en sangre y orina; medicamentos, material de curación, instrumental para cirugía menor y toma de muestras para la detección oportuna de cáncer cérvico-uterino.
II.      Unidad Médica Móvil 1 (UMM-1). Cuenta con una mayor Capacidad Resolutiva, ya que se encuentra equipada con un consultorio de medicina general, su respectivo equipamiento y electrocardiograma; ofrece los servicios de Atención Primaria a la Salud de una UMM-0, el Equipo Itinerante de Salud se integra por un médico general, una enfermera y un promotor de la salud-polivalente.
 
III.     Unidad Médica Móvil 2 (UMM-2). Ofrece los servicios de Atención Primaria a la Salud de las UMM-0 y UMM-1, su Capacidad Resolutiva se robustece con un consultorio odontológico; el Equipo Itinerante de Salud se integra por un médico general, un odontólogo, una enfermera y un promotor de la salud-polivalente.
IV.     Unidad Médica Móvil 3 (UMM-3). Ofrece los servicios de Atención Primaria a la Salud de las UMM-0, UMM-1 y UMM-2, su equipamiento consiste en consultorio de medicina general y odontológica, el equipamiento necesario para ambos, el Equipo Itinerante de Salud está integrado por un médico general, un odontólogo, una enfermera y un promotor de la salud-polivalente. La Capacidad Resolutiva dotada para este tipo de UMM es el de contar con ultrasonido.
Conforme a las necesidades de atención de la población y a la disponibilidad presupuestaria, se podrán incorporar otro tipo de UMM con características y funciones específicas.
5.10.- Participantes
5.10.1.- Instancia Normativa
El Programa es una estrategia federal cuya rectoría es responsabilidad de la Secretaría, por lo tanto, ésta determina la normativa para su operación, misma que debe ser observada por las unidades administrativas de dicha Dependencia del Ejecutivo Federal que intervienen en el Programa y por los SES.
La rectoría se ejercerá a través de la SIDSS y la DGPLADES.
5.10.1.1.- Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud
La SIDSS es la responsable de desarrollar políticas y estrategias dirigidas a coordinar e integrar el Sistema Nacional de Salud, impulsando la operación del Programa en los SES.
Corresponde a la SIDSS:
I.       Ejercer la rectoría del Programa;
II.      Encabezar la coordinación institucional con los SES, mediante la celebración de los instrumentos consensuales respectivos;
III.     Coordinarse con otras áreas de la Secretaría para realizar los esfuerzos en la ejecución de PFAM;
IV.     Coordinarse con otras instituciones para que, en el ámbito de su competencia, se desarrollen estrategias que permitan la ampliación de los servicios que prestan las UMM en las Localidades en Cobertura, y
V.     Coordinarse con las Entidades Federativas u otras instituciones públicas o privadas, para que brinden la atención a la población que se ve afectada en casos de Emergencias.
5.10.1.2.- Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud
La DGPLADES es la unidad administrativa de la Secretaría responsable de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de la Secretaría a través del cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad; coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, así como, desarrollar y proponer modelos de organización y operación de RISS, de conformidad con lo establecido en el artículo 25, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
Corresponde a la DGPLADES:
I.       Difundir y dar seguimiento a las Reglas;
II.      Definir los instrumentos de supervisión del Programa, para promover la mejora continua de los procesos, a fin de cumplir con las metas y objetivos del mismo;
III.     Dar seguimiento a la ejecución del Programa por parte de las Entidades Federativas;
IV.     Verificar en el ámbito de su competencia que los recursos presupuestarios transferidos a las
Entidades Federativas para la operación del Programa, sean destinados únicamente para la realización del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia corresponda a otros órganos de control o fiscalización, conforme a lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;
V.     Suscribir en conjunto con la SIDSS los Convenios para la operación del Programa;
VI.     Coordinar los procesos de vinculación inter e intrainstitucionales para favorecer la operación del Programa;
VII.    Facilitar la información que soliciten las instancias evaluadoras externas del Programa;
VIII.   Participar en la definición de los mecanismos de financiamiento para asegurar la sustentabilidad del Programa;
IX.     Establecer el Programa Anual de Trabajo del PFAM para su observancia y cumplimiento por las Entidades Federativas, sus metas y seguimiento;
X.     Coordinar las acciones del COPAC para brindar atención médica preventiva, y coordinar con los prestadores de servicios, la atención médica, hospitalaria, prehospitalaria y de urgencias a las personas vulnerables, en riesgo o afectadas por agentes perturbadores de origen natural o antropogénico, sujeta a la disponibilidad presupuestaria con que se cuente para tal efecto;
XI.     Definir los procedimientos para la utilización temporal de las UMM, para la atención de las personas vulnerables, en riesgo o afectadas por agentes perturbadores de origen natural o antropogénico;
XII.    Autorizar y coordinar que las UMM salgan temporalmente de sus rutas asignadas para brindar atención médica preventiva a personas vulnerables, en riesgo o afectadas por agentes perturbadores de origen natural o antropogénico;
XIII.   Supervisar la operación del Programa en las Entidades Federativas;
XIV.   Dar seguimiento a las acciones de coordinación que se establezcan con otras instituciones;
XV.   Designar al personal gerencial del COPAC de conformidad con los mecanismos de evaluación establecidos;
XVI.   Realizar las evaluaciones de los candidatos a ocupar puestos gerenciales del Programa en las Entidades Federativas, y
XVII.  Determinar con las Entidades Federativas, en el convenio específico que al efecto se celebre, las nuevas modalidades de atención que se podrán desarrollar para la operación del Programa.
5.10.1.3.- Otras Unidades Administrativas de la Secretaría
Conforme a las atribuciones que tienen establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, otras unidades administrativas de dicha Dependencia del Ejecutivo Federal podrán participar en el diseño y evaluación del Programa, y
Se procurará que la SIDSS, por conducto de la DGPLADES, establezca mecanismos de coordinación con las otras unidades administrativas de la Secretaría que tengan relación con el Programa.
5.10.2.- Instancia Ejecutora
Para efectos de las presentes Reglas, los gobiernos de las Entidades Federativas, a través de sus respectivas Secretarías de Salud, de los organismos descentralizados encargados de proporcionar los servicios de atención médica de primer nivel, sectorizados al sector salud, o sus equivalentes, constituyen los Servicios Estatales de Salud, por lo que son los responsables de la operación, ejecución, uso, aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales que se les transfieran con cargo al Programa, para lo cual se sujetarán a las Reglas, a las estipulaciones de los Convenios que celebren, así como a las disposiciones normativas que resulten aplicables, incluyendo las relativas de la transparencia y rendición de cuentas oportuna del Programa.
La forma en que cada Entidad Federativa manifiesta la intención de participar en el Programa, se
materializa por medio de la suscripción de los Convenios respectivos; la intervención de cada Entidad Federativa es fundamental para la operación y cumplimiento de las metas y objetivos del Programa.
Es de mencionar que los instrumentos de transferencia de recursos se elaborarán conforme a los Anexos 3A, 3B y 3C de las Reglas, en los que se contemplan los aspectos relacionados con el objeto, la administración, ejercicio, control, supervisión, transparencia y rendición de cuentas de los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación del Programa.
5.10.2.1.- Servicios Estatales de Salud
Para efectos de las Reglas, los Servicios Estatales de Salud en las Entidades Federativas son las instancias responsables de conducir la política de salud en las Entidades Federativas conforme a la distribución de competencias en materia de salubridad general, establecida en la Ley General de Salud y demás normatividad sanitaria aplicable, y serán responsables de la ejecución del Programa en su ámbito de competencia territorial y administrativa.
Los organismos públicos descentralizados encargados del primer nivel de atención en la distribución y atención del universo de usuarios de servicios de salud se auxilian de las jurisdicciones sanitarias.
Corresponde a los Servicios Estatales de Salud:
I.       La administración, control, ejecución, ejercicio y debida comprobación de los recursos presupuestarios federales que se transfieren a la Entidad Federativa, para la operación del Programa, coordinándose para ello con la Secretaría de Finanzas Estatal o su equivalente;
II.      Garantizar la transparencia y rendición de cuentas a través de los informes y las comprobaciones, establecidos en las presentes Reglas, en los Acuerdos Marco de Coordinación, en los Convenios respectivos y en las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables;
III.     Garantizar la dotación de medicamentos, material de curación e insumos para la operación del Programa;
IV.     Resguardar los bienes adquiridos con recursos federales y/o entregados en comodato a la Entidad Federativa o cuya propiedad haya sido transferida a la Entidad Federativa para la operación del Programa; así como, informar, por conducto del Coordinador del Programa, a la DGPLADES, de manera inmediata cualquier Siniestro ocurrido a los mismos o circunstancias que afecten significativamente su operación;
V.     Respetar la imagen institucional de las UMM;
VI.     Utilizar las UMM exclusivamente, en las rutas establecidas en los Convenios, salvo en los casos determinados como Contingencia, previa autorización o instrucción de la DGPLADES;
VII.    Garantizar que los recursos otorgados sean utilizados única y exclusivamente para los fines del Programa, y conforme a lo estipulado en los Convenios;
VIII.   Dotar de los recursos necesarios para la adecuada operación del Programa;
IX.     Recabar y vigilar que la documentación comprobatoria de las erogaciones y los registros contables correspondientes al Programa, se realicen conforme a lo establecido en la normativa aplicable;
X.     Garantizar la ejecución, uso, aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales en la operación del Programa, por lo que deberán de cumplir con las obligaciones contenidas en los instrumentos jurídicos y disposiciones que resulten aplicables, así como de la transparencia y rendición de cuentas oportuna del Programa;
XI.     Garantizar que la entrega a la Secretaría por conducto de DGPLADES de los informes, reportes, formatos de certificación y demás elementos de comprobación del ejercicio del gasto del Programa, establecidas en estas Reglas, en el Convenio correspondiente y en las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables, se realicen en tiempo y forma conforme a los Anexos 3A, 3B y 3C de estas Reglas;
XII.    Proponer a la DGPLADES al personal gerencial y médicos operativos para el proceso de selección;
XIII.   Contratar los recursos humanos de las UMM, bajo los criterios establecidos y los perfiles
determinados para cada uno de los puestos del Programa, tanto operativos como gerenciales;
XIV.   Realizar la supervisión y seguimiento del funcionamiento del Programa en conjunto con el Coordinador del mismo, y verificar que se remitan a la DGPLADES los reportes trimestrales de los hallazgos y seguimiento de los mismos;
XV.   Garantizar el cumplimiento de las obligaciones que correspondan al personal asignado al Programa;
XVI.   Proporcionar todos los apoyos y facilidades para el mejor desempeño del Programa en la Entidad Federativa;
XVII.  Proporcionar el apoyo necesario al Coordinador del Programa a través de sus unidades administrativas en las gestiones relativas a la solicitud de insumos para la operación del Programa, para la ministración de recursos a fin de cubrir honorarios del personal gerencial y operativo, viáticos y pasajes del personal gerencial y aseguramiento de UMM, además de otorgar las facilidades necesarias y suficientes para la obtención de información y documentación comprobatoria de gastos y elaboración de diversos informes para dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en los Convenios, así como la carga de información al Sistema de Formato nico y de otras plataformas informáticas para el control de los recursos y operación del Programa.
XVIII. Otorgar los viáticos correspondientes con base en el tabulador federal autorizado para las partidas de viáticos y pasajes.
XIX.   Proporcionar a la SIDSS, a través de la DGPLADES, cualquier información o documentación que ésta solicite, que tenga relación directa con la operación del Programa;
XX.   Proporcionar, a solicitud de la DGPLADES, un informe sobre la infraestructura disponible y operante, plantillas de personal, así como insumos médicos con que se cuente;
XXI.   En caso de Emergencia o Desastres derivados de agentes perturbadores naturales o antropogénicos, solicitar a la DGPLADES la autorización para movilizar UMM para la atención a la población afectada por Contingencias;
XXII.  En caso de Emergencia, o Desastres derivados de agentes perturbadores naturales o antropogénicos, solicitar a la DGPLADES apoyo temporal para establecimientos de salud inoperantes;
XXIII. Brindar el apoyo necesario al COPAC, en los casos en que se presenten daños o afectaciones debidos a agentes perturbadores naturales o antropogénicos;
XXIV. Apoyar la atención a la Contingencia a través de la red hospitalaria, con atención médica hospitalaria, prehospitalaria y de urgencias, utilizando, de ser necesario, mecanismos tales como los hospitales móviles, y
XXV.  Dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del comodato para que las UMM cuenten con un adecuado mantenimiento; así como de aquellas UMM cuya propiedad haya sido transferida a la Entidad Federativa para el desarrollo del Programa.
5.10.2.2.- Régimen Estatal de Protección Social en Salud
La CNPSS, a través del REPSS o su equivalente, realizará de manera conjunta con la Coordinación del Programa las siguientes acciones:
I.       La definición de la estrategia estatal de difusión del SPSS en las localidades del Programa;
II.      La revisión y validación de las rutas programadas por el Coordinador del Programa;
III.     El establecimiento de mecanismos para la afiliación o reafiliación en la Entidad Federativa de las personas al SPSS;
IV.     La instrumentación de criterios con el área competente de los SES para la compra de servicios de salud proporcionados por las UMM;
V.      El financiamiento a los SES por la prestación de servicios en las Localidades en Cobertura por el Programa, y
 
VI.     La administración de los recursos financieros transferidos por la CNPSS, establecidos por el Titular del SES para la operación del Programa.
5.10.2.3.- Coordinación del Programa
La Coordinación del Programa es el área responsable de ejecutar el Programa, vigilar que se lleve a cabo la operación del Programa en apego a la normativa establecida, y gestionar los recursos necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos del Programa.
Corresponde a dicha Coordinación:
I.       Participar en la planeación y seguimiento del ejercicio de los recursos y acciones del Programa con base en los lineamientos normativos establecidos en estas Reglas y los que con base en ellas determine la DGPLADES;
II.      Realizar el Programa Operativo Anual y presentarlos al REPSS para la obtención de los recursos financieros derivados del Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud que garanticen el funcionamiento y prestación de servicios de las UMM;
III.     Vigilar la aplicación del marco normativo en los procesos de planeación y operación del Programa;
IV.     Dar cumplimiento en el ámbito de sus atribuciones, a lo establecido en el Acuerdo Marco de Coordinación, en los Convenios específicos de transferencia de recursos presupuestarios federales, en los Contratos de Comodato y sus correspondientes convenios de prórroga de vigencia, en las Reglas y las derivadas del modelo de supervisión; asimismo deberán atender los requerimientos de información realizados por la DGPLADES;
V.     Dar cumplimiento en el ámbito de sus atribuciones, a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 y demás normatividad presupuestaria aplicable;
VI.     Elaborar el Programa Anual de Trabajo (PAT) conforme a los lineamientos que determine la DGPLADES;
VII.    Atender y dar seguimiento, en el ámbito de su competencia, a las auditorías y evaluaciones realizadas en su Entidad Federativa, producto de la operación y ejecución del Programa;
VIII.   Vigilar el cumplimiento del Programa de Contraloría Social;
IX.     Garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el Convenio que se suscriba, tales como: entrega oportuna de certificados de gasto con su documentación soporte, relaciones del gasto, estados de cuenta y conciliaciones bancarias, reporte de rendimientos financieros y cierre presupuestario, indicadores de desempeño y demás previstos en dicho Convenio;
X.     Coordinar, dirigir y apoyar la operación y aplicación del marco normativo del Programa en los niveles jurisdiccional y operativo;
XI.     Coordinar las acciones de vinculación con los titulares de las áreas de los SES para asegurar la operación efectiva del Programa;
XII.    Generar los informes derivados de la planeación y ejecución del Programa a solicitud de la DGPLADES en tiempo y forma;
XIII.   Gestionar la reunión estatal de planeación de rutas del Programa;
XIV.   Vigilar el cumplimiento de la ruta asignada a cada UMM;
XV.   Vigilar el cumplimiento de carga de información en las plataformas informáticas para el seguimiento y supervisión del Programa;
XVI.   Desarrollar y coordinar la ejecución del Programa Anual de Capacitación (PAC) dirigido al personal gerencial y operativo, con las áreas correspondientes de los SES, así mismo deberá programar y replicar el curso de inducción de acuerdo a los movimientos de personal que se realicen en su Entidad Federativa;
XVII.  Conducir la organización, control y supervisión del Programa, en el ámbito estatal y jurisdiccional
con base en la normativa aplicable incluyendo las Reglas;
XVIII. Llevar a cabo las actividades de supervisión previstas en el PAT, y enviar trimestralmente a la DGPLADES las cédulas evaluadas, así como el seguimiento a los hallazgos encontrados en dicha supervisión;
XIX.   Realizar, las acciones tendientes para la acreditación de las UMM;
XX.   Realizar y facilitar bajo la instrucción de la DGPLADES, visitas de asesoría, supervisión, verificación, seguimiento y control en otras Entidades Federativas;
XXI.   Promover la coordinación de actividades de supervisión, control y seguimiento del Programa, con las Jurisdicciones Sanitarias;
XXII.  Vigilar que el personal del Programa cumpla con las funciones para las cuales fue contratado;
XXIII. Gestionar, coordinar y verificar las acciones de conservación y mantenimiento a las UMM, en los términos definidos por la Secretaría, y
XXIV. Realizar todas aquellas acciones que sean requeridas por la DGPLADES para el cumplimiento del objetivo del Programa.
5.10.2.4.- Jurisdicción Sanitaria
Una Jurisdicción Sanitaria es una unidad técnico-administrativa con un área geográfica delimitada que cuenta con recursos y facultades para conducir la política de salud en su ámbito de competencia; las jurisdicciones sanitarias juegan un papel muy relevante debido a que son la entidad que está más próxima al sitio donde las UMM otorgan los servicios de atención primaria a la salud.
Las jurisdicciones sanitarias apoyarán la correcta aplicación de las acciones contempladas en el Programa y contribuirán en el marco de sus atribuciones a resolver los problemas de ejecución que se presenten respecto a la operación del Programa en el área de la jurisdicción sanitaria correspondiente.
Corresponde a las Jurisdicciones Sanitarias:
I.       Designar al personal de la Jurisdicción Sanitaria, quien establecerá el enlace de la parte operativa con el Coordinador del Programa para la planeación y control de las UMM y Equipos de Salud Itinerantes, y dar seguimiento a los procesos propios de la operación y para la entrega de información de la productividad registrada;
II.      Llevar a cabo las acciones de coordinación municipal y colaboración comunitaria para la gestión de apoyos necesarios para la operación del Equipos de Salud Itinerantes y de las UMM;
III.     Vigilar el cumplimiento de la programación mensual de las rutas de las UMM, así como de la productividad establecida para cada una de ellas;
IV.     Monitorear y controlar las operaciones de las UMM del Programa de su responsabilidad;
V.     Fomentar la capacitación, evaluación y retroalimentación hacia los Equipos de Salud Itinerantes;
VI.     Participar en la elaboración de los reportes conforme la normativa establecida por la Secretaría en coordinación con el Coordinador del Programa y mantener una comunicación constante y permanente;
VII.    Implementar los mecanismos o procedimientos de coordinación que se requieran para la operación del Programa;
VIII.   Vigilar la conformación y correcto funcionamiento de los Comités Locales de Salud;
IX.     En casos de Emergencias, derivadas de daño o riesgo por agentes perturbadores naturales o antropogénicos, brindar el apoyo necesario a las UMM, y
X.     Gestionar con las áreas administrativas correspondientes el mantenimiento de las UMM del Programa.
 
5.10.2.5.- Comité Local de Salud
Los Comités Locales de Salud son las instancias de participación comunitaria que auxilian directamente al Equipo de Salud Itinerante para la prestación de los servicios de salud, los comités tienen la tarea de concertar apoyos logísticos para fortalecer la operación del Programa en la localidad.
Los SES, promoverán la constitución de Comités Locales de Salud y resguardarán la información que soporte dicha constitución ya que son indispensables para el funcionamiento del Programa en cada una de las Localidades en Cobertura.
Son funciones del Comité Local de Salud:
I.       Apoyar a los Equipos de Salud Itinerantes en reunir a las personas de su comunidad para que acudan en el horario programado a recibir los servicios de salud en las UMM;
II.      Propiciar espacios y medios de comunicación (reuniones vecinales, atención directa a beneficiarios, entre otros);
III.     Apoyar al Auxiliar Comunitario de Salud para el desarrollo de sus acciones en ausencia de los Equipos de Salud Itinerantes de la UMM;
IV.     Instrumentar los mecanismos de capacitación, atención y seguimiento de quejas y sugerencias de la comunidad con respecto a la prestación de servicios otorgados por los Equipos de Salud Itinerantes de las UMM;
V.     Participar en el desarrollo de campañas de difusión de la Contraloría Social del Programa, utilizando los medios de comunicación local a su alcance;
VI.     Participar en las reuniones de trabajo que sean convocados por los Supervisores y Coordinadores Estatales del Programa;
VII.    Participar activamente con los Promotores de la Salud Polivalente para todas las acciones de promoción y prevención de la salud que se establezcan en su comunidad, y
VIII.   Las que establezca la Dirección General de Promoción de la Salud.
6.- Operación
6.1.- Proceso de inclusión de localidades en el Programa
Las localidades que formarán parte de una ruta de UMM tendrán que cumplir con las características señaladas en el apartado 5.4 Criterios de inclusión para las rutas de UMM.
6.2.- Rutas fijas de UMM del Programa
A partir de la Reunión Estatal de Planeación de Rutas y su minuta de acuerdos, los SES determinan la presentación de propuestas de nuevas rutas o modificación de las existentes en operación, así como la identificación de Localidades Subsedes Alternas y Subsede de Microrregión para los casos de excepción derivados de la imposibilidad de cubrir las localidades programadas en ruta.
Los SES deben presentar en el Formato de Planeación de Rutas el análisis de las características socioeconómicas, epidemiológicas y de salud de la microrregión en que se plantean las propuestas para ser validadas por la DGPLADES.
Las rutas constituyen el acuerdo institucional de las áreas responsables de la planeación y operación del primer nivel de atención en las Entidades Federativas; de que las UMM son la respuesta técnica efectiva para la entrega de la oferta de servicios de salud en las Microrregiones asignadas bajo su responsabilidad.
La ruta de UMM es el recorrido que la UMM realiza con los Equipos de Salud Itinerantes por las diferentes Localidades en Cobertura para proporcionar los servicios de Atención Primaria a la Salud.
Las rutas son planeadas y definidas por los SES en el Formato de Planeación de Rutas, considerando el número de UMM asignadas a la Entidad Federativa y las necesidades de atención en las localidades, integrando el resultado de dicha planeación en el Anexo 6 de trabajo validado por la Dirección de Planeación de los SES y el REPSS en cada Entidad Federativa.
Las rutas de las UMM pueden estar conformadas por localidades en más de un municipio, Jurisdicción
Sanitaria y Entidad Federativa, para el uso eficiente de los recursos disponibles.
Las rutas de UMM se integrarán preferentemente por un conjunto de 7 a 15 localidades o una población no mayor a 3,000 personas en toda la ruta, a efecto de garantizar la operación efectiva del Programa.
Podrán diseñarse rutas de UMM con un número menor de localidades o con una población menor a 1500 personas, siempre que las condiciones orográficas vuelvan imposible incluir más y que las UMM y el Equipo de Salud Itinerante sean el único medio que tienen los SES de proporcionar servicios de Atención Primaria a la Salud.
La planeación de las microrregiones en que opera el Programa a través de UMM está a cargo de las Entidades Federativas.
La prestación de servicios de salud de la UMM podrá ser reorganizada para un uso eficiente y eficaz de los recursos disponibles en una ruta.
6.2.1.- Integración de las Rutas de UMM
Los SES presentarán a la DGPLADES, para su integración las propuestas de Rutas de UMM.
La DGPLADES revisará que el Formato de Planeación de Rutas de las entidades cumplan con los criterios de inclusión para que puedan ser integradas por la Coordinación del Programa en el Anexo 6 de Trabajo, el cual deberá estar validado por los titulares de las áreas de planeación de los SES y por los titulares de los REPSS, para poder proceder a incorporarlas en el Anexo 6 del Convenio.
En caso de que las rutas no cumplan con los criterios de inclusión para las Rutas de UMM establecidos en el numeral 5.4 de las Reglas, la DGPLADES notificará la negativa de integración a los SES y les dará un plazo de 30 días hábiles para que corrijan, modifiquen o elaboren una nueva propuesta y pueda ser integrada al Anexo 6 del Convenio.
Para evitar duplicidad en la atención y en la asignación de recursos, los SES no podrán proponer rutas que contengan localidades de responsabilidad del IMSS-Prospera.
6.2.2.- Operación en Rutas de UMM
El Equipo de Salud Itinerante de UMM trabajará preferentemente 20 días por 10 de descanso, conforme a la programación mensual.
Las Coordinaciones del Programa bajo su responsabilidad podrán modificar la distribución de los días antes mencionados, de acuerdo a las necesidades operativas; con la condición de que se laboren 20 días al mes.
Durante la operación de las UMM deberá privilegiarse la racionalización y optimización de los recursos financieros, humanos y materiales, por lo que las Coordinaciones deberán definir si el recorrido realizado durante un día debe incluir la salida y regreso de la UMM y el Equipo de Salud Itinerante al sitio en que se resguarde la UMM o en su caso privilegiar la continuidad del recorrido hasta la completa cobertura de la totalidad de localidades, en este último supuesto se deberán identificar las casas de salud para acortar tiempos de desplazamiento y en donde podrán concentrarse en condiciones seguras, expedientes clínicos, medicamentos e insumos para reabastecerse.
Cada Localidad en Cobertura deberá ser atendida al menos dos veces al mes por las UMM, a excepción de las rutas que en el Anexo 6 del Convenio, excedan de la cantidad que es posible visitar en un periodo de 20 días, las cuales se atenderán una vez al mes.
La permanencia del Equipo de Salud Itinerante y la UMM deberá ser de 8 horas continuas, contadas a partir del momento de llegada a la prestación de los servicios de salud.
Si una localidad se integra por una población menor a 50 personas, la Coordinación del Programa podrá determinar que el Equipo de Salud Itinerante y la UMM permanezcan un menor tiempo en ese sitio, lo anterior con el objeto de que se trasladen a otra localidad y aumentar el número de servicios proporcionados en un mismo día.
Para realizar la anterior optimización de tiempos y recursos la Coordinación del Programa deberá notificar dicha decisión por oficio a la DGPLADES.
6.2.3.- Multi-ruta de UMM
 
Una multi-ruta implica que una Localidad en Cobertura recibe la visita de más de una UMM, de distinta capacidad resolutiva, con lo que se fortalece la oferta de servicios de salud.
La atención de una multi-ruta queda a cargo de UMM de mayor Capacidad Resolutiva, como lo son UMM-2 y UMM-3.
Las UMM-2 y UMM-3 podrán tener como parte de su ruta a una o más Localidades en Cobertura las cuales se encuentren a cargo de UMM-0 o UMM-1.
6.3.- UMM para la atención de Contingencias
6.3.1.- Funcionamiento del Programa en caso de Contingencias
En caso de contingencia por agentes perturbadores naturales o antropogénicos, el Programa activa su modalidad de atención de Emergencias y Desastres, a través del COPAC, para brindar apoyo a las personas vulnerables, en riesgo o afectadas, con servicios de promoción a la salud, prevención de la enfermedad y atención odontológica, asimismo deberá llevar a cabo la coordinación con los diversos prestadores de servicios de atención médica con la finalidad de que la población en condiciones de vulnerabilidad reciba atención prehospitalaria, hospitalaria y de urgencias.
La coordinación se llevará de acuerdo con los criterios definidos por la DGPLADES para estos casos, y coadyuvará con otras dependencias en el marco de la participación del Programa en el Sistema Nacional de Protección Civil.
Conforme a la modalidad de atención de Emergencias y Desastres, los servicios que brinden las UMM, podrán ser complementarios a los prestados en los establecimientos de salud con menor Capacidad Resolutiva; así como en apoyo a establecimientos de salud inoperantes.
Podrán destinarse recursos humanos y financieros con cargo al Programa para coordinarse con las Entidades Federativas y los prestadores de servicios de atención médica, prehospitalaria, hospitalaria y de urgencias, pudiendo incluir, en función de las circunstancias, el uso de hospitales móviles de conformidad con el modelo de Sistemas de Atención Médicas de Urgencias. El COPAC será responsable de coordinar dichas acciones.
6.3.2.- Recursos del COPAC
Para atender la operación de ambas vertientes, el COPAC dispone de recursos humanos, tales como médicos, odontólogos, enfermeras, promotores polivalentes y soportes administrativos.
La DGPLADES, con sujeción a la disponibilidad presupuestaria con la que cuente para tal fin, autorizará el presupuesto para la operación del COPAC.
Para efectos de lo anterior, conforme a las necesidades de operación del COPAC para el desarrollo de sus funciones, la Secretaría, previa autorización por escrito que otorgue el titular de la DGPLADES, podrá conforme a su disponibilidad presupuestaria, destinar recursos para cubrir, entre otras erogaciones, las comprendidas en los capítulos de gasto siguientes:
2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y 5000 Bienes muebles, inmuebles e intangibles.
Atendiendo a las necesidades de operación del Programa, estos y otros gastos podrán quedar a cargo de los recursos propios de la Entidad Federativa, conforme a lo estipulado en el convenio correspondiente.
6.3.3.- Funciones del COPAC
La participación y movilización de los recursos del Programa a través del COPAC, en la atención de Emergencias y Desastres será establecida en coordinación con los SES, así como con CENAPRECE, COFEPRIS y DGE en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil.
Dicha participación tendrá como finalidad, salvaguardar en todo momento la vida, integridad y salud del personal de salud y de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente; y podrá ser: antes, durante y después de la ocurrencia de algún agente perturbador.
Fase de preparación (antes): Antes de que se materialice el daño, el COPAC realiza la vigilancia, seguimiento y supervisión de los medios de alertamiento; y prepara las UMM con insumos, materiales, y recursos financieros suficientes. Asimismo, gestiona la movilización de las UMM a las zonas en riesgo, formando parte de los Comités para la Seguridad en Salud, y los Comités en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil para el despliegue conjunto de acciones.
 
Fase de atención (durante): Despliegue de UMM a los lugares afectados para brindar servicios de promoción a la salud, prevención de la enfermedad, atención médica y odontológica a las personas afectadas.
Fase de recuperación y vuelta a la normalidad (después): Realización del EDAN EN SALUD, en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil; delimitando las áreas afectadas, focalizando y priorizando los apoyos en el seno de los Comités para la Seguridad en Salud y del propio Sistema Nacional de Protección Civil.
En cualquier fase las UMM del Programa que actuarán como primer respondientes serán las más cercanas a la zona de riesgo o afectación.
Las UMM que cubren rutas podrán apoyar en situaciones de contingencia y brindar temporalmente atención médico preventiva en zonas de riesgo o afectación que no estén en su Localidad en Cobertura, siempre actuando como primer respondiente; para esto los SES deberán solicitar autorización de la DGPLADES para que las UMM salgan de ruta y apoyen en dichas situaciones, lo que estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria con que se cuente.
Para el caso de que la zona de riesgo o afectación corresponda con la ruta de UMM, éstas privilegiaran la atención en las Localidades en Cobertura.
A la llegada a la zona de riesgo o de afectación de las UMM del COPAC, la UMM de ruta deberá atender las instrucciones logísticas de permanencia o desmovilización que determine el COPAC, en función de los acuerdos basados en el EDAN EN SALUD y derivados de los Comités para la Seguridad en Salud y de Protección Civil.
6.3.4.- Mecanismos de activación del COPAC
El COPAC movilizará sus UMM a las zonas de Emergencia, Desastre que lo requieran previa solicitud por escrito del Titular del SES, o solicitudes de otras áreas de la Secretaría, unidades coordinadoras del Sistema Nacional de Protección Civil, y otras Dependencias de la Administración Pública Federal, dirigida al Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, y corresponderá únicamente a la DGPLADES autorizar el desplazamiento de dichas UMM dependiendo de la disponibilidad presupuestaria con que se cuente.
La desmovilización del COPAC será determinada en el seno de los Comités para la Seguridad en Salud, y los Comités de Protección Civil según se requiera.
Las UMM que cubren rutas fijas podrán apoyar situaciones de Contingencia y brindar temporalmente atención médico preventiva en localidades que no estén en su zona de influencia como primer respuesta local; para esto los SES deberán solicitar autorización de la DGPLADES para que las UMM salgan de ruta y apoyen situaciones de Contingencia, lo que estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria con que se cuente.
Los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por Desastres naturales, deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en sus respectivos ámbitos de competencia y demás disposiciones aplicables.
6.4.- Criterios para la sustitución de UMM
De conformidad con la suficiencia presupuestaria con que cuente la DGPLADES se podrá proceder a la sustitución de UMM del Programa, las cuales deberán cumplir con los siguientes criterios:
Que la UMM tenga más de 5 años de uso;
Que la UMM cuente con plantilla de personal completo;
Que la UMM conserve su fuente de financiamiento original, y
Que la UMM tenga a su cargo la atención de Localidades en Cobertura.
Asimismo, procederá la sustitución de UMM, sujeto a la disponibilidad presupuestaria con que se cuente, en los casos de siniestro y que la institución aseguradora determine que el vehículo es pérdida total, para lo cual deberá enterarse a la TESOFE, el importe del recurso recibido como pago del seguro.
6.5.- Recursos humanos
La Secretaría financiará la plantilla operativa seleccionada y contratada por los SES (personal de
enfermería, odontología y de promoción) y gerencial (Coordinadores y Supervisores) del Programa a través de los subsidios transferidos a las Entidades Federativas vía Convenio.
La incorporación del médico general al Programa en las Entidades Federativas se realizará con el código funcional "Médico Residente para Trabajo Comunitario Itinerante", con una vigencia limitada, no mayor a un año y conforme al tabulador de becas establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El reclutamiento y selección del médico general es responsabilidad de cada Coordinador Estatal del Programa.
El trámite para la incorporación del médico general al Programa lo realizará la DGPLADES, ante la Dirección de Integración de Puestos y Servicios Personales de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría.
La permanencia de dicho personal dependerá de los resultados de la evaluación anual realizada por parte del Coordinador del Programa considerando su productividad y desempeño dentro del Programa.
Para la reincorporación del Médico Residente para Trabajo Comunitario Itinerante al Programa, en cada Entidad Federativa deberán cumplir con los requisitos que para tal efecto establezca la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría y la DGPLADES.
6.5.1.- Criterios de reclutamiento y selección
Los SES en el reclutamiento y selección del personal gerencial (coordinador y supervisor) deberán observar lo establecido en los Convenios, aplicarán los procesos de selección que sus propias áreas de recursos humanos establezcan para la contratación del personal correspondiente, debiendo considerar los siguientes criterios:
Deberán evaluar al menos a tres candidatos del puesto a concursar, que cumplan con el perfil requerido en las Reglas.
Los candidatos a ser evaluados por los SES deberán reunir los requisitos señalados en el numeral 6.5.2 de las Reglas y evaluarán los conocimientos y habilidades señalados en el referido numeral.
Las materias a evaluar serán: administración, planeación, salud pública, las Reglas; habilidades gerenciales de los candidatos (negociación, liderazgo y orientación a resultados); conocimiento de la regionalización operativa de los servicios de salud e instancias participantes.
En el caso del Coordinador del COPAC, éste se designará y emitirá la designación correspondiente por el SES responsable del COPAC, a propuesta de la DGPLADES.
En caso de no ser favorables los resultados de ningún candidato al puesto en particular, los SES deberán integrar una nueva terna de candidatos a ocupar el puesto.
El Titular de los SES mediante oficio deberá enviar a DGPLADES los resultados de la evaluación realizada por la respectiva área de recursos humanos, así como la evidencia que acredite la evaluación aplicada.
El Titular de los SES deberá remitir a DGPLADES la designación correspondiente.
6.5.2.- Perfil del personal
En los procesos de selección del personal gerencial los SES deberán cumplir con los siguientes requisitos.
a)    Coordinador del Programa
·  Requisitos:
Titulado en área médica o administrativa;
Formación complementaria en administración de servicios de salud, calidad en servicios de salud, epidemiología o salud pública;
Experiencia en trabajo comunitario en salud, mínimo 3 años, preferentemente como Supervisor del Programa;
Conocimiento de la RISS de la Entidad Federativa;
 
Conocimientos de la normativa federal y estatal aplicable al puesto;
Disponibilidad de tiempo completo y para viajar, y
No tener otro empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría de Salud estatal.
·  Habilidades Gerenciales:
Liderazgo,
Negociación,
Trabajo en equipo, y
Capacidad de gestión en recursos financieros, humanos y materiales.
·  Funciones:
Apoyar a los SES en el seguimiento, supervisión y cumplimiento de la comprobación del ejercicio de los recursos transferidos por la Federación para la operación del Programa y demás informes y obligaciones derivadas del Convenio;
Desarrollar el Programa Operativo Anual que dé respuesta a las necesidades para el funcionamiento y prestación de servicios de las UMM, tomando en cuenta las diferentes fuentes de financiamiento;
Presentar al REPSS el Programa Operativo Anual correspondiente al financiamiento derivado a la atención del Programa a su población afiliada.
Elaborar y presentar el Programa Anual de Trabajo a la DGPLADES, en un plazo no mayor a la segunda quincena del mes de diciembre;
Atender las observaciones y recomendaciones normativas emitidas por las autoridades competentes en relación al Programa;
Gestionar con otras áreas de los SES la capacitación para los Equipos de Salud Itinerantes, que den respuesta a los requerimientos mínimos establecidos por el Programa en el numeral 6.5.3 de las Reglas;
Organizar y conducir las sesiones y réplicas, conjuntamente con el Jefe estatal de Enseñanza, o autoridades de salud de la Entidad Federativa, de los cursos y actualizaciones como parte del PAC inmerso en el PAT;
Coordinar y administrar el Programa con base en los lineamientos normativos establecidos en las Reglas y los que con base en las mismas, determine la DGPLADES;
Cumplir en tiempo y forma con los requerimientos de información solicitados por la DGPLADES que comprenda la comprobación de los recursos transferidos al Programa, a través de las diversas fuentes de financiamiento, así como de cualquier otro informe derivado de las obligaciones estipuladas en los Convenios;
Dar seguimiento y supervisión con los SES para el cumplimiento de la comprobación del ejercicio de los recursos transferidos por la Federación para la operación del Programa, así como desarrollar e implementar los mecanismos de control y supervisión necesarios en el ámbito de su competencia para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Anexos 3A, 3B y 3C de las Reglas;
Gestionar al interior de la Entidad Federativa la entrega oportuna de los informes que se deriven como obligaciones (recibo, certificados de gasto, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios, reporte de rendimientos financieros y cierre presupuestario, indicadores de desempeño) señaladas en el Convenio;
Participar con las Jurisdicciones Sanitarias para la ejecución efectiva de Programas Federales que coinciden con el cumplimiento del objetivo del Programa;
Promover la coordinación de actividades de supervisión, control y seguimiento del Programa, con las Jurisdicciones Sanitarias;
Entregar a la DGPLADES, la información que en su momento le requiera para el seguimiento de la operación del Programa;
Reportar a la DGPLADES, mediante el formato establecido, la productividad mensual de las UMM, de conformidad con el calendario establecido;
 
Elaborar el Programa Anual de Trabajo el cual deberá incluir entre otras cosas, el correspondiente programa de supervisión estatal;
Apoyar a la DGPLADES en las acciones de seguimiento y supervisión del Programa que ésta determine;
Ejecutar las acciones necesarias para asegurar el abasto completo de medicamentos e insumos asociados a las intervenciones del CAUSES definidas para el Programa;
Resguardar y custodiar las UMM, los equipos médicos y tecnológicos del Programa y todos los bienes inherentes a la operación del mismo que hayan sido financiados con recursos federales de la Secretaría;
Asegurar que las UMM cuenten con las pólizas de seguros vigentes que amparen la unidad, equipamiento y ocupantes;
Gestionar, conducir y vigilar que se lleven a cabo puntualmente las acciones de conservación y mantenimiento de las UMM en los términos definidos por la Secretaría, así como la correcta conservación de la unidad, instrumental y equipo médico de las mismas;
Notificar de manera inmediata a la DGPLADES, cualquier siniestro ocurrido a los bienes adquiridos con recursos federales y entregados en comodato a la Entidad Federativa para la operación del Programa, así como cumplir bajo su estricta responsabilidad con los requisitos y plazos para hacer efectivos los seguros correspondientes;
En situaciones de Contingencia, apegarse a las instrucciones para la movilización de UMM emitidas por la DGPLADES;
Gestionar las acciones de difusión del Programa en la Entidad Federativa;
Coadyuvar en la afiliación y re afiliación al SPSS con los REPSS; así como en el proceso de afiliación y re afiliación en la Entidad Federativa;
Resguardar la documentación relativa a los comodatos de las UMM, así como de cualquier otro bien que bajo esta figura sea entregado por la Federación a la Entidad Federativa, y
Promover la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para la vigilancia de los servicios de salud que proporcionan las UMM del Programa en la Entidad Federativa correspondiente.
b)    Supervisor
·  Requisitos:
Titulado en área médica;
Experiencia como personal operativo del Programa, de preferencia como mínimo dos años o experiencia en trabajo comunitario mínimo de dos años;
Conocimientos de la normativa federal y estatal aplicable al puesto;
Conocimiento de la región y de la RISS;
Disponibilidad de tiempo completo y para viajar, y
No deberá tener otro empleo, cargo o comisión al interior de la Secretaría de Salud estatal.
·  Habilidades:
Negociación, y
Trabajo en equipo.
·  Funciones:
Participar en la programación operativa de las rutas establecidas de las UMM, verificar y documentar su cumplimiento;
Supervisar que las UMM tengan de manera oportuna los medicamentos y otros insumos necesarios para su operación;
Vigilar que el personal operativo del Programa cumpla con las funciones y horarios que tienen
encomendadas y tengan los elementos necesarios para realizar sus funciones;
Participar en los procesos de capacitación del personal operativo;
Apoyar en la atención de las observaciones y recomendaciones normativas que reciben las jurisdicciones sanitarias y el personal operativo de las UMM;
Participar en la constitución de los Comités Locales de Salud en las Localidades en Cobertura del Programa, así como vigilar, dar seguimiento y cumplimiento al Programa de Contraloría Social;
Apoyar y dar seguimiento a las acciones de conservación y mantenimiento de las UMM, así también del equipo e instrumental médico;
Vigilar que se lleven a cabo puntualmente las acciones de conservación y mantenimiento de las UMM;
Implementar el programa de supervisión que determine la Coordinación del Programa en el Entidades Federativas, e informar a la DGPLADES a través del Coordinador de sus resultados, así como del plan de mejora establecido;
Apoyar a la DGPLADES en las acciones de seguimiento y supervisión del Programa que ésta determine;
Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual, y
Apoyar al Coordinador del Programa en la elaboración y seguimiento de los informes solicitados por la DGPLADES.
c)    Médico, Odontólogo o Enfermera
·  Requisitos:
Titulado;
Conocimiento de la región y de la RISS, y
Disponibilidad de tiempo completo y para viajar;
·  Funciones:
Todas aquellas vinculadas a la prestación de servicios conforme su perfil profesional;
Proponer la programación mensual de visitas de las UMM en la ruta;
Participar en la capacitación técnica y normativa;
Participar, coordinar y proporcionar los servicios de salud de acuerdo a la Cartera de Servicios de Salud definida, según las condiciones propias de la región;
Elaborar reportes e informes sobre productividad;
Requisitar los expedientes de las personas atendidas, y
Apoyar en la realización de procesos indirectos del Programa que inciden en la prestación de servicios de salud; como es el control de inventarios de medicamentos en la unidad, control de expedientes y lo que le sean asignados por el Coordinador del Programa.
d)    Promotor de la Salud
·  Requisitos:
Certificado de educación media superior, o carrera técnica afín a Ciencias de la Salud;
Disponibilidad de tiempo completo y para viajar;
Conocimiento de la región, y
Licencia de manejo vigente.
·  Funciones:
Visitar las localidades operativas de acuerdo a la programación mensual autorizada;
 
Promover la organización y participación comunitaria;
Brindar información a la comunidad referente a la promoción a la salud, prevención de enfermedades y estilos de vida saludables, incluyendo el autocuidado;
Desarrollar campañas de salud a nivel comunitario;
Realizar censos nominales y cédulas de micro diagnóstico de salud;
Participar en la referencia de los pacientes que requieran atención a las unidades de salud;
Todas aquellas relacionadas con la educación, promoción a la salud y prevención de la enfermedad;
Todas aquellas relacionadas con el cuidado del vehículo;
Difundir a la población los servicios que presta la UMM, y
Verificar las rutas de acceso.
6.5.3.- Capacitación
El Programa deberá contar con recursos humanos capacitados, para la mejora de los conocimientos, habilidades, actitudes y conductas, que se ven reflejados en la calidad del servicio y la atención de las personas.
Por lo tanto el Coordinador del Programa realizará el Programa Anual de Capacitación (PAC), mismo que deberá estar incluido en el PAT, con base en las prioridades de salud, panorama epidemiológico, atención de Emergencias y Desastres, así como de conocimientos gerenciales. Prioritariamente deberá incluir los siguientes temas: Interculturalidad, Contraloría Social, Paquete Garantizado de Servicios de Salud, Salud Reproductiva, Combate de conato de incendios, Salud del niño y el adolescente, Promoción de la Salud, Vigilancia epidemiológica, Vacunación, Adicciones y Salud Bucal. Adicionalmente considerará los siguientes temas: Reglas de Operación, manejo del equipo médico instalado en la UMM, normas oficiales mexicanas en salud que sean aplicables, lectura crítica de guías de práctica clínica, mantenimiento vehicular, ultrasonografía, electrocardiografía, manejo de expediente clínico, entre otros.
El PAC deberá incluir el curso de inducción que se efectuará durante el año para el personal gerencial de nuevo ingreso, y estará a cargo de la DGPLADES. Asimismo el Coordinador deberá capacitar al personal operativo de nuevo ingreso impartiendo el correspondiente curso de inducción.
El Coordinador deberá enviar a la DGPLADES el reporte del seguimiento de su PAC conforme a los temas establecidos por la DGPLADES.
6.6.- Referencia, seguimiento y contrarreferencia de pacientes
La referencia, el seguimiento y la contrarreferencia, son procesos necesarios para resolver los problemas de salud que se presentan en el primer contacto, y que garantizan la continuidad asistencial, para aquellos casos que requieren atención médica especializada, en establecimientos con mayor capacidad resolutiva, con los recursos y capacidades necesarias para incidir de manera positiva en la satisfacción del usuario, así como en la eficiencia y efectividad de los recursos.
El Programa incluye la referencia de pacientes a un nivel de atención con mayor capacidad resolutiva, previamente identificado en la RISS, cuando por sus necesidades de salud, requiera atención o intervenciones de mayor complejidad; asimismo, el seguimiento al paciente referido, para dar continuidad a la atención médica, y documentar el curso de su condición de salud hasta su mejoría o resolución.
El seguimiento se refiere tanto a las consultas subsecuentes como a las visitas domiciliarias de los pacientes referidos, por lo que deberá ser documentado en el expediente clínico del paciente, en la bitácora de visitas domiciliarias cuando así sea el caso, y en el registro de seguimiento construido para tal efecto en el informe correspondiente.
Se debe ofrecer al usuario las condiciones que garanticen la mejor Calidad en su atención, de acuerdo a las necesidades de sus condiciones de salud.
Los SES y las jurisdicciones sanitarias deberán garantizar un adecuado y eficaz sistema de referencia y contra referencia de usuarios entre los establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud, móviles y fijos, que interactúen de manera flexible por medio de diversos sistemas organizacionales y de comunicación
a través de los cuales deben fluir los usuarios en un proceso que asegure la continuidad de la atención.
6.7.- Afiliación al Sistema de Protección Social en Salud
El Programa coadyuva en la afiliación personas que no sean derechohabientes de las instituciones de seguridad social o no cuenten con algún otro mecanismo de previsión social en salud; al respecto se tiene presente que la facultad de promover e incorporar beneficiarios al SPSS corresponde a los gobiernos de las Entidades Federativas a través de los REPSS.
La CNPSS, promoverá de manera prioritaria la afiliación de las personas que habitan en las localidades atendidas que integran la Ruta de las UMM establecidas por los SES.
Las UMM apoyarán a solicitud del REPSS en las actividades relativas a la promoción y afiliación al SPSS, siempre y cuando, dichas actividades se realicen de manera coordinada. Las actividades a desarrollar, de manera genérica, son:
·   La promoción de los beneficios, derechos y obligaciones que conlleva la afiliación al SPSS;
·   La integración de los expedientes personales para su incorporación al SPSS y al Seguro Médico Siglo XXI, y
·   La entrega de las Pólizas de Afiliación y Cartas de Derechos y Obligaciones de los beneficiarios.
Asimismo, los SES deberán gestionar que los residentes de todas las Localidades en Cobertura, sean susceptibles de afiliarse al SPSS y se les asigne como unidad de salud de primer contacto la UMM del Programa. Esta acción se reflejará en la Póliza de Afiliación del SPSS; para ello, se requiere que el directorio de las UMM del Programa, con su correspondiente CLUES, se ingrese al Sistema de Administración del Padrón y se establezcan la(s) unidad(es) de referencia y contra referencia de pacientes de la RISS del Sistema.
Debe considerarse que la afiliación al SPSS es voluntaria, por lo que, en su caso, también se proporcionarán los beneficios del Programa a los no afiliados al SPSS.
No se integrará un padrón de beneficiarios del Programa, que se afilien al SPSS, en virtud de que éstos, acreditarán su afiliación conforme a los instrumentos que establezca la CNPSS, para acceder a los servicios que brinde el Programa, sin tener que realizar ningún desembolso por la recepción de los mismos.
Para el caso de personas que habitan en las Localidades en Cobertura y que por decisión propia, informada y manifiesta elijan no incorporarse al SPSS, se le proporcionará gratuitamente las intervenciones derivadas del CAUSES aplicables al Programa.
6.8.- Proceso de Acreditación
Las UMM, para efectos del SPSS, son consideradas como otros prestadores de servicios de salud de la RISS del SPSS.
A través de la DGCES, se lleva a cabo el proceso de acreditación que garantiza que cada UMM ofrezca la Cartera de Servicios de Salud en un contexto de Capacidad Resolutiva, Calidad y seguridad.
Para ello, el proceso de Acreditación auditará, la capacidad en estructura, en equipamiento, en insumos y en personal, así como en los procesos de atención médica y odontológica que se llevan a cabo durante la prestación del servicio.
La determinación del dictamen será: "Acreditada" o "No acreditada".
6.9.- Comunicación educativa
El Programa surge para fortalecer la cobertura de los servicios de salud en localidades, que tienen una población menor a 2,500 habitantes y sin acceso a servicios de salud por falta de Infraestructura, por lo que es necesario realizar un plan de comunicación y posicionamiento para dar a conocer las funciones de los Equipos de Salud Itinerantes de UMM, los servicios de salud que éste presta, así como fomentar la participación comunitaria de manera corresponsable en la prestación de los servicios de salud.
El éxito de la implementación del Programa depende en gran medida de la participación activa de los habitantes y de la comunidad en general, así como del empoderamiento que tengan del Programa y estará sujeta a la claridad que tengan de: ¿Qué es?, ¿Qué hace? y ¿Cuáles son los beneficios que pueden obtener de este Programa?, así como manifestar sus opiniones respecto de los servicios que ofrece el Programa.
 
Al llevar a cabo una campaña de comunicación educativa se promueve la participación social y comunitaria.
Es involucrar a los habitantes de la comunidad para que conozcan el Programa, tengan una participación corresponsable y que identifiquen las UMM como una oportunidad de prevención y atención a las enfermedades, dentro de su comunidad.
Las campañas de difusión de las acciones del Programa, estarán reguladas por las disposiciones normativas y materiales de comunicación que defina la DGPLADES en coordinación con la Dirección General de Comunicación Social de la Secretaría.
Los SES tendrán la responsabilidad de replicar la campaña de comunicación educativa del Programa que se determine, difundiendo los materiales impresos, de radio y televisión que se autoricen, utilizando los medios de comunicación a su alcance.
6.10.- Información de productividad
Al ser las UMM parte de la RISS, los mecanismos que se utilizarán por las Coordinaciones del Programa para la generación de datos serán los normados por el Sistema Nacional de Información Básica en Materia de Salud (SINBA), en particular, se relacionará con los subsistemas de Prestación de Servicios y de Información de Equipamiento, Recursos Humanos e Infraestructura para la Atención de la Salud, el Sistema de Información de Cáncer en la Mujer del Programa de Prevención y Control de Cáncer de Mama y Cáncer cervicouterino, y Sistema de Información de Enfermedades Crónico Degenerativas.
La DGPLADES podrá utilizar el Sistema Nacional de Información Básica en Materia de Salud (SINBA) para integrar diversos informes, así como solicitar información de productividad a los Coordinadores del Programa misma que previa a su envío deberá ser validada por los mismos.
En el caso de atención médica a la población vulnerable, en riesgo o afectada por fenómenos perturbadores naturales o antropogénicos, el COPAC deberá informar continuamente a DGPLADES sobre las acciones realizadas, población atendida y situaciones de riesgo.
6.11.- De los Convenios
Los Convenios, se realizarán de conformidad con lo estipulado en las cláusulas que correspondan al Acuerdo Marco, con la participación de los funcionarios que en el mismo se estipuló; y de conformidad a los modelos de instrumentos jurídicos descritos en los Anexos 3A, 3B y 3C de las Reglas.
7.- Financiamiento
7.1.- Fuentes de financiamiento
La operación del Programa depende de las siguientes fuentes de financiamiento:
La Secretaría, con base en los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 financiará en su caso la contratación del recurso humano necesario, así como algunos aspectos operativos del Programa, y en caso de contar con la disponibilidad presupuestaria, podrá financiar la adquisición de medicamentos e insumos, así como la adquisición o arrendamiento de los bienes (UMM y su equipamiento), lo cual deberá quedar estipulado en el Convenio que se suscriba, de conformidad con los Anexos 3A, 3B y 3C de las Reglas.
El Programa para garantizar su operación y otorgar las 162 intervenciones seleccionadas del CAUSES 2017, accederá en términos de las disposiciones que resulten aplicables al financiamiento de la aportación solidaria federal y aportación solidaria estatal que trasfiere la CNPSS a los REPSS, de conformidad con el artículo 77 bis 5, inciso B de la Ley General de Salud y basado en las necesidades de operación definidas por el Coordinador del Programa. La cápita asignada al Programa es adicional y no el único recurso estatal a considerar en la programación de gasto necesario para la operación del Programa.
Los recursos presupuestarios asignados a las Entidades Federativas, con cargo a los recursos del Programa, no implicarán limitación ni detrimento al financiamiento de la aportación solidaria federal y aportación solidaria estatal, que transfiere la CNPSS a los REPSS, ni de otros recursos de naturaleza federal que reciben las Entidades Federativas para la prestación de servicios de salud.
7.1.1.- Programación
Con base en el número de UMM en operación, así como en la capacidad resolutiva de las que se encuentren asignadas a la Entidad Federativa, se destinarán los recursos que quedarán formalizados en el
Convenio.
Para la operación del COPAC, se destinarán los recursos de conformidad con las autorizaciones emitidas por la DGPLADES a nivel de concepto y partida de gasto, derivados de las necesidades requeridas por COPAC para atender los riesgos o daños originados en territorio nacional por Emergencias y Desastres de origen natural o antropogénico.
7.1.2.- Transferencia de recursos presupuestarios federales a favor de las Entidades Federativas
La transferencia de recursos presupuestarios federales a las Entidades Federativas, se realizará con base en lo estipulado en el Convenio; los recursos transferidos deberán aplicarse exclusivamente en la operación del Programa.
Para que la Secretaría a través de la DGPLADES se encuentre en condiciones de transferir los recursos del Programa a las Entidades Federativas, deberá contar con la suficiencia presupuestaria correspondiente, el instrumento jurídico formalizado y las Entidades Federativas deberán cumplir con lo siguiente:
a)    A través de su Secretaría de Finanzas o equivalente, procederán a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa por cada Convenio y notificar por escrito los datos de identificación de dicha cuenta a la DGPLADES para que se lleve a cabo el registro correspondiente en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
b)    La unidad ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa por cada Convenio para la recepción de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas o equivalente en la Entidad Federativa y notificará por escrito los datos de identificación de dicha cuenta a la DGPLADES.
c)    Firmar de conformidad el Convenio, para su posterior formalización por la Secretaría.
d)    No presentar saldos pendientes por comprobar y/o reintegrar a la TESOFE los recursos correspondientes a ejercicios anteriores.
e)    Una vez transferidos los recursos por la DGPLADES, deberán de ser aplicados únicamente y exclusivamente al objeto del Convenio, de conformidad con las partidas autorizadas en dicho instrumento, cumpliendo con los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.
f)     Dar cumplimiento oportuno a las obligaciones estipuladas en el Convenio específico que se haya celebrado.
La Entidad Federativa a través de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, enviará a la DGPLADES en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados a partir de la fecha de la recepción del recurso, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
A su vez, con la finalidad de asegurar la operación del Programa, la Secretaría de Finanzas de la Entidad Federativa o su equivalente, se obliga a ministrar íntegramente los recursos a la unidad ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los 5 días hábiles siguientes a su recepción.
Para efectos del párrafo anterior, la unidad ejecutora deberá abrir una cuenta bancaria productiva por cada Convenio que se suscriba, de conformidad en lo establecido en el Acuerdo Marco celebrado con cada Entidad Federativa.
La transferencia de los recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios a las Entidades Federativas, podrá ser a través de una o varias ministraciones, de conformidad con lo establecido en los Convenios que para tal efecto se suscriban.
7.1.3.- Ejercicio de los recursos
El ejercicio de los recursos presupuestarios deberá sujetarse a los rubros autorizados en el Convenio, así como a la normativa que resulte aplicable entre la que destaca la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y el Código Fiscal de la Federación.
7.2.- Comprobación
La comprobación del ejercicio de los recursos corresponde a las Entidades Federativas y ésta deberá elaborarse de forma trimestral en el Formato de Certificación de Gasto establecido en el anexo correspondiente del Convenio, y deberá ser entregado a la DGPLADES dentro de los primeros 15 días hábiles
siguientes al término del trimestre de que se trate, y la documentación soporte que acredite la comprobación señalada en los certificados de gasto, deberá de incorporarse en las plataformas informáticas establecidas para tal fin.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales transferidos, deberá cumplir con los requisitos fiscales, en términos de lo establecido en el Artículo 66, Fracción III del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y los Artículos 29 y 29 A, del Código Fiscal de la Federación. Deberán expedirse a nombre de la Entidad Federativa, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, para lo cual deberán remitir archivo electrónico del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezca, en cuyo caso deberán de atender las disposiciones especiales para su comprobación y deberán remitir el archivo electrónico correspondiente a la verificación.
Los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias productiva únicas y específicas que se apliquen a la operación del Programa deberán ser comprobados utilizando el Formato de Certificación de Gasto, acompañado de la documentación soporte que acredite dicha comprobación, especificando que se trata de comprobación de rendimientos. De no ser aplicados dichos rendimientos a las acciones del Programa, las Entidades Federativas deberán realizar el reintegro correspondiente a la TESOFE y notificar a la DGPLADES con la emisión del Formato respaldado con la línea de captura y el comprobante bancario del reintegro.
Asimismo, deberá de reportar mediante el Anexo correspondiente del Convenio, los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias productivas con periodicidad trimestral.
La DGPLADES revisará los formatos para verificar que el recurso haya sido asignado de acuerdo a los rubros autorizados en el Convenio y podrá solicitar a los SES o su equivalente, el soporte documental o archivos electrónicos que permita constatar la aplicación de los recursos presupuestarios transferidos a la entidad federativa, de conformidad con la normativa vigente.
La Entidad Federativa deberá mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original, así como los archivos electrónicos de los recursos presupuestarios federales erogados hasta en tanto la misma le sea requerida por la Secretaría, o en su caso, por cualquier órgano fiscalizador, con base en lo señalado en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental siempre y cuando se cuente con el acta de cierre de los Convenios celebrados con anterioridad.
La falta de comprobación de los recursos por parte de la Entidad Federativa, así como el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya contraído en el Convenio, podrán dar lugar a la suspensión de las ministraciones subsecuentes.
7.3.- Recursos no ejercidos
Los recursos no ejercidos y los no destinados a los fines autorizados en el Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados por los SES a la TESOFE a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes a que los requiera la Secretaría por conducto de DGPLADES.
Los recursos federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas de la Entidad Federativa, no hayan sido ministrados a los SES, o que una vez ministrados no sean ejercidos en los términos del Convenio deberán ser reintegrados a la TESOFE dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera la Secretaría por conducto de DGPLADES.
En caso de que alguna Entidad Federativa no haya comprobado que los recursos fueron destinados para los fines acordados en el Convenio, la Secretaría, a través de la DGPLADES informará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación, al rgano de Fiscalización del Congreso Local y al rgano Estatal de Control, para que procedan a la investigación y, en su caso, emitan la sanción que corresponda, en el ámbito de sus respectivas competencias. Lo anterior sin perjuicio de que la Entidad Federativa reintegre los recursos a la TESOFE.
Los SES o su equivalente, solicitarán a través de la DGPLADES la línea de captura TESOFE para realizar el reintegro presupuestario correspondiente.
 
En el caso de los recursos derivados de rendimientos financieros de los recursos no ejercidos al término de la vigencia del Convenio, deberán proceder a su devolución; para tal efecto los SES tramitarán directamente la línea de captura ante la TESOFE, conforme a la normativa vigente.
Cuando la DGPLADES tenga conocimiento de que los recursos transferidos no se estén aplicados en los fines del Convenio, o que no se están realizando las comprobaciones requeridas mediante el Certificado de Gasto y su documentación soporte ingresados en los sistemas electrónicos establecidos, podrá suspender las ministraciones de recursos, hasta que los incumplimientos o desviaciones queden debidamente aclarados y se hayan entregado a DGPLADES los informes pendientes.
7.4.- Cierre del ejercicio presupuestario
Los SES se obligan a elaborar anualmente, el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos asignados al Programa. ste se define como el periodo con el que finaliza el año a nivel presupuestario y con ello el fin de las actividades por ese periodo.
Los SES deberán integrar el cierre del ejercicio presupuestario anual, con base en el formato que se describe en el Anexo 4 de las Reglas, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias.
Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los 30 días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
8.- Verificación, seguimiento, evaluación, control y fiscalización
8.1.- Auditoría y control
El control y la fiscalización de los recursos presupuestarios federales transferidos a las Entidades Federativas a través del Programa quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Cuando las autoridades federales o locales que en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, conozcan que los recursos federales señalados no han sido aplicados a los fines señalados, deberán hacerlo del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública en forma inmediata y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
Asimismo, cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
Por su parte, cuando el ejecutivo estatal por sí mismo o, a través del órgano de fiscalización de un Congreso Local detecte que los recursos federales señalados no se han destinado a los fines establecidos, deberá hacerlo del conocimiento inmediato de las autoridades a que se refiere el párrafo anterior.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales que deriven de afectaciones a la Hacienda Pública Federal, en que, en su caso, incurran las autoridades locales por desviación de los recursos de los fines previstos en el Programa, serán sancionadas en los términos de la legislación federal, por las autoridades federales, en tanto que en los demás casos dichas responsabilidades serán sancionadas y aplicadas por las autoridades locales con base en sus disposiciones jurídicas aplicables.
La supervisión y vigilancia de los recursos y acciones establecidas en las Reglas, estarán a cargo de las instancias fiscalizadoras correspondientes, en el marco de sus atribuciones conferidas.
8.2.- Seguimiento
La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por la Secretaría a las Entidades Federativas para la ejecución del Programa, corresponderá a la Secretaría, a través de la DGPLADES, para lo cual esta última implementará mecanismos de seguimiento al Programa.
 
La DGPLADES podrá realizar un muestreo de las acciones que estime convenientes, para realizar visitas de campo a efecto de verificar la adecuada operación y aplicación de los recursos al Programa. Para este efecto, la DGPLADES, podrá implementar un Programa Anual de Verificación, en el cual se contemplarán visitas a las Entidades Federativas verificando de manera aleatoria, la adecuada operación y la comprobación de los recursos presupuestarios transferidos, para lo cual la DGPLADES podrá solicitar a las Entidades Federativas la información necesaria, y en su caso, las aclaraciones que correspondan;
La DGPLADES podrá realizar un muestreo de las acciones que estime convenientes, para realizar visitas de campo a efecto de verificar la adecuada aplicación de los recursos al Programa. Para este efecto, la DGPLADES, podrá implementar un Programa Anual de Verificación, en el cual se contemplarán visitas a las Entidades Federativas verificando de manera aleatoria la comprobación de los recursos presupuestarios transferidos, para lo cual la DGPLADES podrá solicitar a las Entidades Federativas la información necesaria, y en su caso, las aclaraciones que correspondan;
Adicionalmente, la DGPLADES podrá supervisar de manera aleatoria el cumplimiento de las Rutas de UMM establecidas en el Anexo 6 del Convenio, dicha supervisión se realizará en al menos el 10% del total de las Entidades Federativas, con base en el "Modelo de Supervisión" emitido para tal fin.
En caso de que la DGPLADES encuentre diferencia en las Rutas de UMM acordadas en el Anexo 6 del Convenio, solicitará a los SES el cumplimiento de la ruta de UMM.
Todo lo anterior en función de la disponibilidad de recursos presupuestarios y de personal.; y con base en el "Modelo de Supervisión" autorizado por la DGPLADES.
9.- Evaluación
La evaluación del Programa se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 y demás disposiciones jurídicas aplicables.
La evaluación del Programa permite la valoración permanente de su avance, por lo que será necesaria la participación de todos los sectores que intervienen en la operación, para asegurar su involucramiento en la revisión del plan de trabajo y se dé seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora, derivados de los resultados de las evaluaciones.
Asimismo, se incorporarán metodologías de evaluación que generen información con indicadores para resultados con igualdad entre mujeres y hombres.
Se utilizan diversos procesos para la recopilación y análisis de información con el objetivo de determinar si se está cumpliendo con las actividades que se planearon y la medida en que se está cumpliendo con los objetivos planteados.
Para ayudar a que el Programa logre su finalidad en los objetivos establecidos; se llevará a cabo una autoevaluación con modelos integrales de seguimiento y monitoreo, aplicables en todos los niveles de la organización, permitiendo así, la mejora continua de los procesos.
9.1.- Evaluación Interna
Con base en la metodología del marco lógico se han establecido 11 indicadores (Tabla 1) vinculados a los objetivos del Programa. En cada uno de los indicadores de resultados planteados se describe: el nombre, la fórmula de cálculo y la periodicidad con la que se obtendrán los resultados de la operación, los cuales permitirán que la medición de los alcances de la operación de las UMM, contribuyan a asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad en la localidades sin acceso a servicios de salud por falta de infraestructura y con una población menor a 2,500 habitantes.
9.2.- Evaluación Externa
La evaluación externa es una herramienta que tiene como principal propósito asistir al Programa para su
mejoramiento en cuanto a la Calidad, desempeño, eficiencia, eficacia, resultados, impacto y sostenibilidad, mediante una valoración objetiva que permita la aportación de información documentada para la rendición de cuentas, transparencia en el ejercicio de los recursos y la toma de decisiones.
Las evaluaciones externas del Programa se harán del conocimiento de la DGPLADES y serán elaboradas de conformidad con los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal, y el Programa Anual de Evaluación.
10.- Transparencia
Garantizar la transparencia y rendición de cuentas a través de los informes y las comprobaciones, establecidos en las Reglas, en los Acuerdos Marco de Coordinación, en los Convenios respectivos y en las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables;
A través de la Contraloría Social se establece el vínculo de la sociedad como aval de las acciones del Programa.
Con la finalidad de mantener el Programa libre de injerencia política y contribuir a su operación transparente, la DGPLADES a través de las Coordinaciones Estatales del Programa, efectuará acciones y sesiones de orientación y difusión a la población de las localidades integradas en el anexo 6 del Convenio.
De igual forma, si en el ejercicio de sus funciones la DGPLADES conoce de conductas o hechos que pudieran constituir delitos por el uso político-electoral del Programa, deberá informarlo a las autoridades competentes.
10.1.- Difusión
La difusión es la divulgación del Programa, la cual contendrá elementos que certifiquen la correcta utilización de los recursos y la procedencia de los mismos.
Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones:
·   Se dará difusión al Programa a nivel nacional y se promoverán similares acciones por parte de los SES;
·   Como parte de la difusión del Programa, las Entidades Federativas deberán realizar las gestiones necesarias para difundir los Convenios en el órgano de difusión oficial de las Entidades Federativas y en las respectivas páginas de internet de los SES. Asimismo, deberán informar sobre la suscripción del instrumento jurídico, al rgano Superior de Fiscalización de la Entidad Federativa;
·   La información de las Localidades en Cobertura por el Programa se desagregará por Entidad Federativa y municipio, la cual estará disponible en formato electrónico, de texto modificable de base de datos, en la página de internet de la Secretaría y en el Portal de Obligaciones de Transparencia;
·   Dar a conocer los avances del Programa en los términos y plazos que disponga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
·   La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este Programa, incluirán la siguiente leyenda: "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
La información correspondiente será publicada en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones en la materia.
10.2.- Contraloría Social
Las Entidades Federativas a través de las Coordinaciones del Programa, promoverán la participación de los beneficiarios a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para la vigilancia de
los servicios de salud que proporcionan las UMM del Programa, así como las metas, acciones y la aplicación de los recursos asignados al mismo.
Los Comités de Contraloría Social se conformarán por miembros de la comunidad, incluidos integrantes de otros comités, como los Comités Locales de Salud o instancias asociativas de beneficiarios de otros Programas Públicos.
Para lograr lo anterior la DGPLADES se sujetará, de forma conjunta con las Entidades Federativas a lo establecido en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados el 28 de octubre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación para promover y realizar las acciones necesarias para la operación de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública.
Las Coordinaciones del Programa resguardarán en expedientes por cada UMM la información documental del desarrollo de la Contraloría Social y sus resultados, para que la DGPLADES verifique lo correspondiente a la realización de las acciones de Contraloría Social en el Marco de los Comités Locales de Salud del Programa.
Los rganos Estatales de Control podrán verificar lo correspondiente a la realización de las acciones de Contraloría Social de conformidad con los Acuerdos de Coordinación, así como con los documentos de Contraloría Social validados por la Secretaría de la Función Pública.
Las Entidades Federativas a través de las Coordinaciones del Programa vigilarán el despliegue de acciones tendientes a garantizar la atención de las quejas, denuncias, peticiones o sugerencias que presenten los beneficiarios del Programa.
10.3.- Quejas y Denuncias
Las quejas y denuncias vinculadas a la operación del Programa y a los servidores públicos serán canalizadas a las instancias que tienen las facultades para tal efecto en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables a cada caso.
La DGPLADES a través de las Coordinaciones del Programa procurará que las Secretarías de Salud de las Entidades Federativas, desplieguen las acciones tendientes a garantizar la atención de las quejas, denuncias, peticiones o sugerencias que presenten la población de las Localidades en Cobertura del Programa.
ANEXOS
Anexo 1.- CAUSES 2017
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE SALUD PBLICA
1
1
VACUNACIN CONTRA TUBERCULOSIS (B.C.G.)
2
2
VACUNACIN CONTRA HEPATITIS B (H.B.)-
3
3
ADMINISTRACIN DE VACUNA PENTAVALENTE (DPT, HB, HIB)
4
4
VACUNACIN CONTRA ROTAVIRUS
5
5
VACUNACIN CONTRA NEUMOCOCO CONJUGADO (HEPTAVALENTE)
6
6
VACUNACIN PROFILÁCTICA CONTRA INFLUENZA (GRIPE ESTACIONAL) MENORES DE 14 AÑOS Y GRUPOS DE RIESGO
7
7
VACUNACIN CONTRA SARAMPIN, PAROTIDITIS Y RUBOLA (SRP)
8
8
VACUNACIN CONTRA DIFTERIA, TOS FERINA Y TTANOS (DPT)
9
9
VACUNACIN CONTRA POLIOMIELITIS (SABIN)
10
10
VACUNACIN CONTRA EL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO (VPH)
11
11
VACUNACIN CONTRA HEPATITIS B (HB) MAYORES DE 14 AÑOS
12
12
VACUNACIN CONTRA SARAMPIN Y RUBOLA (SR)
13
13
VACUNACIN CONTRA TTANOS Y DIFTERIA (TD)
14
14
VACUNACIN CONTRA EL NEUMOCOCO PARA EL ADULTO MAYOR
15
15
VACUNACIN PROFILÁCTICA CONTRA INFLUENZA (GRIPE ESTACIONAL) PARA MAYORES DE 60 AÑOS SIN PATOLOGAS ASOCIADAS
16
16
ACCIONES PREVENTIVAS PARA RECIN NACIDO
17
17
ACCIONES PREVENTIVAS PARA MENORES DE 5 AÑOS
18
18
ACCIONES PREVENTIVAS PARA NIÑAS Y NIÑOS DE 5 A 9 AÑOS
19
19
DETECCIN PRECOZ DE LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA
20
20
ACCIONES PREVENTIVAS PARA ADOLESCENTES DE 10 A 19 AÑOS
21
21
ACCIONES PREVENTIVAS PARA MUJERES DE 20 A 59 AÑOS
22
22
ACCIONES PREVENTIVAS PARA HOMBRES DE 20 A 59 AÑOS
23
23
EXAMEN MDICO COMPLETO PARA MUJERES DE 40 A 59 AÑOS
24
24
EXAMEN MDICO COMPLETO PARA HOMBRES DE 40 A 59 AÑOS
25
25
PREVENCIN Y ATENCIN A VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GNERO
26
26
ACCIONES PREVENTIVAS PARA ADULTOS MAYORES DE 60 AÑOS EN ADELANTE
27
27
OTRAS ACCIONES DE PROMOCIN A LA SALUD Y PREVENCIN DE RIESGOS
 
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE CONSULTA DE MEDICINA GENERAL, FAMILIAR Y ESPECIALIDAD
28
28
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANEMIA FERROPRIVA Y POR DEFICIENCIA DE VITAMINA B12
29
29
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO POR DEFICIENCIA DE VITAMINA A
30
30
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESCARLATINA
31
31
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SARAMPIN, RUBOLA Y PAROTIDITIS
32
32
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VARICELA
33
33
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FARINGOAMIGDALITIS AGUDA
34
34
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TOS FERINA
35
35
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OTITIS MEDIA NO SUPURATIVA
36
36
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RINOFARINGITIS AGUDA
37
37
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CONJUNTIVITIS
38
38
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RINITIS ALRGICA Y VASOMOTORA
39
39
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DENGUE CLÁSICO (Y OTRAS FIEBRES PRODUCIDAS POR FLAVIVIRUS Y ARBOVIRUS)
40
40
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL SNDROME DIARREICO AGUDO
41
41
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FIEBRE PARATIFOIDEA Y OTRAS SALMONELOSIS
42
42
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FIEBRE TIFOIDEA
43
43
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL HERPES ZSTER
44
44
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CANDIDIASIS ORAL
45
45
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE GONORREA
46
46
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR CHLAMYDIA (INCLUYE TRACOMA)
47
47
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TRICHOMONIASIS
48
48
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SFILIS PRECOZ Y TARDA
49
49
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CISTITIS
 
50
50
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VAGINITIS AGUDA
51
51
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VULVITIS AGUDA
52
52
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CHANCRO BLANDO
53
53
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HERPES GENITAL
54
54
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE AMEBIASIS
55
55
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANQUILOSTOMIASIS Y NECATORIASIS
56
56
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ASCARIASIS
57
57
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENTEROBIASIS
58
58
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE EQUINOCOCOSIS
59
59
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE ESQUISTOSOMIASIS
60
60
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE ESTRONGILOIDIASIS
61
61
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE FILARIASIS
62
62
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE GIARDIASIS
63
63
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TENIASIS
64
64
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TRICURIASIS
65
65
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TRIQUINOSIS
66
66
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE BRUCELOSIS
67
67
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESCABIOSIS
68
68
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PEDICULOSIS Y PHTHIRIASIS
 
69
69
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE MICOSIS SUPERFICIALES (EXCEPTO ONICOMICOSIS)
70
70
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ONICOMICOSIS
71
71
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ERISIPELA Y CELULITIS
72
72
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PROCESOS INFECCIOSOS DE REZAGO (PALUDISMO,RICKETSIOSIS, LEPRA, ENFERMEDAD DE CHAGAS, LEISHMANIASIS, ONCOCERCOSIS)
73
73
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS ALRGICA Y DE CONTACTO
74
74
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS ATPICA
75
75
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS DE CONTACTO POR IRRITANTES
76
76
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS DEL PAÑAL
77
77
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS EXFOLIATIVA
78
78
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS SEBORREICA
79
79
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VERRUGAS VULGARES
80
80
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ACN
81
81
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIN AGUDA POR VIRUS DE LA HEPATITIS A Y B
82
82
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE GASTRITIS AGUDA, DUODENITIS Y DISPEPSIA
83
83
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL SNDROME DE INTESTINO IRRITABLE
 
84
84
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PREDIABETES Y DIABETES MELLITUS TIPO 2
85
85
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTENSIN ARTERIAL
86
86
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE ARTROSIS EROSIVA Y POLIARTROSIS NO ESPECIFICADA
87
87
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LUMBALGIA
88
88
ATENCIN POR ALGUNOS SIGNOS, SNTOMAS Y OTROS FACTORES QUE INFLUYEN EN EL ESTADO DE SALUD
89
90
MTODO DE PLANIFICACIN FAMILIAR TEMPORAL CON ANTICONCEPTIVOS HORMONALES
90
91
CONSEJO Y ASESORAMIENTO GENERAL SOBRE ANTICONCEPCIN MEDIANTE EL USO DELCONDN
91
92
MTODO DE PLANIFICACIN FAMILIAR TEMPORAL CON DISPOSITIVO INTRAUTERINO
92
93
ATENCIN PRENATAL EN EL EMBARAZO
93
96
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DISMENORREA PRIMARIA
94
97
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL CLIMATERIO Y MENOPAUSIA
95
98
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TRASTORNOS BENIGNOS DE LA MAMA
96
99
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERPLASIA ENDOMETRIAL
97
100
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VAGINITIS SUBAGUDA Y CRNICA
98
101
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENDOMETRIOSIS
99
102
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE URETRITIS Y SNDROME URETRAL
100
103
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LESIONES ESCAMOSAS INTRAEPITELIALES DE GRADOS BAJO Y MODERADO
101
104
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LESIONES ESCAMOSAS INTRAEPITELIALES DE ALTOGRADO
102
105
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN LEVE, MODERADA Y SEVERA
 
103
106
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN SEVERA TIPO KWASHIORKOR
104
107
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN SEVERA TIPO MARASMO
105
108
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SECUELAS DE DESNUTRICIN
106
109
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO MDICO DEL SOBREPESO Y OBESIDAD EXGENA
107
110
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LARINGOTRAQUETIS AGUDA
108
111
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OTITIS MEDIA SUPURATIVA
109
112
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SINUSITIS AGUDA
110
113
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ASMA Y SUS EXACERBACIONES EN ADULTOS
111
114
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ASMA Y SUS EXACERBACIONES EN MENORES DE 18 AÑOS
112
115
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TUBERCULOSIS (TAES)
113
116
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TUBERCULOSIS FARMACORRESISTENTE (TAES)
114
117
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PSORIASIS
115
118
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESOFAGITIS POR REFLUJO
116
119
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LCERA GÁSTRICA Y PPTICA CRNICA NO PERFORADA
117
120
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DISLIPIDEMIA
118
121
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO
119
123
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPOTIROIDISMO
120
124
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DIABETES MELLITUS TIPO 1
121
125
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INSUFICIENCIA CARDIACA
122
126
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OSTEOPOROSIS
123
127
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERURICEMIA Y GOTA
124
128
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ARTRITIS REUMATOIDE
125
132
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO DE EPILEPSIA Y CRISIS CONVULSIVAS
126
133
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO MDICO DE ENFERMEDAD DE PARKINSON
127
134
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE LUXACIN CONGNITA DE CADERA
128
136
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PARÁLISIS FACIAL
129
137
PREVENCIN Y DETECCIN TEMPRANA DE ADICCIONES (CONSEJERA)
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE ODONTOLOGA
130
138
PREVENCIN DE CARIES DENTAL
131
139
APLICACIN DE SELLADORES DE FOSETAS Y FISURAS DENTALES
132
140
RESTAURACIONES DENTALES CON AMALGAMA, IONMERO DE VIDRIO Y RESINA, POR CARIES O FRACTURA DE LOS DIENTES
133
141
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FOCOS INFECCIOSOS BACTERIANOS AGUDOS EN LA CAVIDAD BUCAL
134
142
EXTRACCIN DE DIENTES ERUPCIONADOS Y RESTOS RADICULARES
135
143
TERAPIA PULPAR
136
144
EXTRACCIN DE TERCER MOLAR
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES EN URGENCIAS
137
149
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANGINA DE PECHO
138
155
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ENVENENAMIENTO POR INSECTICIDAS ORGANOFOSFORADOS Y CARBAMATOS
139
158
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PICADURA DE ALACRÁN
140
159
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PICADURAS DE ABEJA, ARAÑA Y OTROS ARTRPODOS
141
160
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INTOXICACIN AGUDA ALIMENTARIA
142
161
MANEJO DE MORDEDURA Y PREVENCIN DE RABIA EN HUMANOS
143
162
EXTRACCIN DE CUERPOS EXTRAÑOS
144
163
CURACIN Y SUTURAS DE LESIONES TRAUMÁTICAS DE TEJIDOS BLANDOS
145
165
MANEJO EN URGENCIAS DE QUEMADURAS DE PRIMER GRADO
146
166
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE CERVICAL
147
167
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE HOMBRO
148
168
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE CODO
149
169
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE MUÑECA Y MANO
150
170
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE ESGUINCE DE RODILLA
151
171
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE TOBILLO Y PIE
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE HOSPITALIZACIN
152
172
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PIELONEFRITIS
153
178
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE NEUMONA EN MENORES DE 18 AÑOS
154
181
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD PLVICA INFLAMATORIA
155
184
ATENCIN DEL PARTO Y PUERPERIO FISIOLGICO
156
188
ATENCIN DEL RECIN NACIDO
157
198
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIN DE EPISIORRAFIA O HERIDA QUIRRGICA OBSTTRICA
158
202
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RETENCIN AGUDA DE ORINA
159
211
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE NEUROPATA PERIFRICA SECUNDARIA A DIABETES
160
218
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DIABETES GESTACIONAL
161
219
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTENSIN INDUCIDA Y/O PREEXISTENTE EN EL EMBARAZO
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE CIRUGA GENERAL
162
231
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD HEMORROIDAL
 
Anexo 2.- Esquema de Planeación de Rutas del Programa

Anexo 3A.- Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para la Operación del Programa
CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", ACTUANDO EN ESTE ACTO POR _______________________________, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR _______________________________________, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES) Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ________ (NOMBRE DE LA ENTIDAD FEDERATIVA SEGN CORRESPONDA), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ ___ "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), REPRESENTADO POR EL _______, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS ___ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA) Y EL ______, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y/O DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO Y/O TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD, ___ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), A QUIENES CUANDO ACTEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha ___ de ____________ de 20___(SEGN CORRESPONDA),  "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA) y "LA SECRETARA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a  "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA) para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.     De conformidad con lo establecido en la Cláusula (Segunda o Tercera, SEGN CORRESPONDA) de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Secretario de Finanzas y el Secretario de Salud Estatal y/o (Director General del Instituto y/o Titular de los Servicios Estatales de Salud O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA) de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARA", lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas; la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios o la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.
III.    El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento.
IV.   El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que
se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional.
       Asimismo, dicho Programa en su Objetivo 5. Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea como una forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud, el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos para la salud que incluyen infraestructura y equipamiento.
V.    Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VI.   El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ser un programa que coadyuve a las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 habitantes.
DECLARACIONES
I.     DE "LA SECRETARA":
I.1.   El ________________________, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2.   La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular el _________________, se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3.   Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran contribuir al aseguramiento del acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las entidades federativas, a través de las cuales proporcionarán la atención primaria a la salud en las áreas de enfoque objetivo, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentran contribuir a que las entidades federativas cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, la contratación del personal operativo del Programa en las entidades federativas, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha ___ de ______ del 20___.
I.4. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los
compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5.   Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II.     DE "LA ENTIDAD":
II.1. El Secretario de Finanzas __ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos ___________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de _________ (SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), cargo que quedó debidamente acreditado en "EL ACUERDO MARCO". (o cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento SEGN CORRESPONDA).
II.2.  El Secretario de Salud Estatal y/o Director General del Instituto y/o Titular de los Servicios Estatales de Salud ____ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA),  acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos _________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de ___________ (SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), cargo que quedó debidamente acreditado en "EL ACUERDO MARCO" (o cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento SEGN CORRESPONDA).
II.3.  Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.
II.4.  Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en ______ (SEGN CORRESPONDA).
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal ______ (ESTABLECER AÑO Y PERIODICIDAD SEGN CORRESPONDA) en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, o cuya propiedad haya sido transferida a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal ________", publicado en el Diario Oficial de la Federación el __________ (Reglas de
Operación), y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARA" transferirá a "LA ENTIDAD", en varias ministraciones, un importe de hasta $ _____ (EXPRESAR CANTIDADES EN NMERO Y LETRA SEGN CORRESPONDA AL MONTO ASIGNADO), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas o su equivalente, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Secretaría de Salud (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Finanzas o su equivalente, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio, no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin
perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de verificación de acuerdo al programa y formatos que se establezcan para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en su Anexo 12, a efecto de observar la correcta operación del Programa de Fortalecimiento a la Atención Médica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros y economías generadas con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 10, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
       En caso de que con motivo de las visitas de verificación "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.   "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.    "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio, al que deberán adjuntarse archivos electrónicos con la documentación soporte.
       En caso de presentarse la falta de comprobación los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a la "LA ENTIDAD", "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI.   Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan:
 
OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el Catálogo Universal de Servicios de Salud que se detalla en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico, en las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo de los Servicios de Salud del estado de ___ ___ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA) que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2018; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 8 (a excepción de las partidas 12101 y 13202), así como las partidas estipuladas en el Anexo 8A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8 del presente Convenio, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.       Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de su Secretaría de Salud, (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.      Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.     Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros,
sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.     Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere éste párrafo, deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
        Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.     Mantener "LA ENTIDAD" a través de la Unidad Ejecutora, se compromete a mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.     Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.    Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARA", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas o su equivalente de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio.
VIII.   Asegurar, por conducto de la Secretaría de Salud (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), las unidades médicas móviles asignadas en comodato o cuya propiedad haya sido transferida a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
        Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES.
IX.     Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que
acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, adjuntando en archivo electrónico la documentación comprobatoria.
X.     Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, así como del sistema de posicionamiento global.
XI.     Brindar las facilidades para que "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES pueda verificar, mediante el sistema de posicionamiento global, el cumplimiento de las rutas aprobadas.
XII.    Informar de manera trimestral a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros y economías generados, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 10 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte correspondiente).
XIII.   Cancelar, por conducto de la Secretaría de Salud, (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), la documentación comprobatoria, con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal ____".
XIV.   Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio ____ y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV.   La Secretaría de Salud del Estado (de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2018 (______) (ESTABLECER PERIODICIDAD SEGN CORRESPONDA), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARA", y de conformidad con el Anexo 9 del presente Convenio Específico de Colaboración.
XVI.   La Secretaría de Salud del Estado (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), deberá informar a "LA SECRETARA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 11, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII.  Mantener actualizada la información relativa al cumplimiento de los indicadores de desempeño de los recursos presupuestarios federales transferidos para la ejecución del Programa, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos.
XVIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
XIX.   Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud (o de los Servicios de Salud del
Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
XX.   Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet, por conducto de la Secretaría de Salud (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
XXI.   Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría social que se utilizarán son:
a.     Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
b.     Capacitación y asesoría a servidores públicos - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.     Capacitación a integrantes de Comités â "LA ENTIDAD"; y
d.     Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARA" se obliga a:
I.     Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II.     Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.    Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de verificación de acuerdo al Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en su Anexo 12, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.   Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se deba reportar, la entrega del informe del avance del cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, a través del formato contenido en su Anexo 7.
V.    Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias, conforme al formato establecido en su Anexo 10, así como el de certificación de gasto contenido en su Anexo 4.
VI.   Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.   Suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquéllos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII.  Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean
requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX.   Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X.    Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación a que hace referencia el presente instrumento.
XI.   Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación.
XII.   Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII.  Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIN, SEGUIMIENTO, EVALUACIN, CONTROL Y FISCALIZACIN.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DCIMA. RELACIN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de ____.
DCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de
manera anticipada por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los __________ días del mes de _____________ del año dos mil ________.
POR "LA SECRETARA"
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN Y
DESARROLLO DEL SECTOR SALUD
_________________________________
(Nombre)
POR "LA ENTIDAD"
(SEGN CORRESPONDA)
EL SECRETARIO DE FINANZAS
(o su equivalente)
______________________________
(Nombre)
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y
DESARROLLO EN SALUD
_______________________________
(Nombre)
EL SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y/O
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO Y/O
TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES
DE SALUD
(según corresponda)
_____________________________
(Nombre)
 
 
ANEXOS 1 AL 12 DEL CONVENIO (ANEXO 3A)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL
CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPTULO DE GASTO
APORTACIN FEDERAL
APORTACIN ESTATAL
TOTAL 2018
 
 
 
 
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$0.00
$0.00
$0.00
 
 
TOTAL
$0.00
$0.00
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER
DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CALENDARIO DE MINISTRACIN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO
PERIODO: ________
PERIODO: ________
PERIODO: ________
PERIODO: ________
TOTAL 2018
4000 "Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y
Otras Ayudas" 43801
"Subsidios a las Entidades
Federativas y Municipios.
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
ACUMULADO
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
"La Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento. La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al término del trimestre correspondiente.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER
DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DISTRIBUCIN DEL GASTO POR CAPTULO CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
GASTOS DE OPERACIN POR CAPTULO, CONCEPTO Y PARTIDA
PRESUPUESAL PARA __ UMM
TOTAL 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
3700 "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIÁTICOS" (*)
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
TOTAL
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
* En caso de que personal del FAM en la Entidad Federativa, realice comisiones oficiales vía terrestre, en las cuales genere gastos por
concepto de peaje podrá comprobar el gasto en la partida 39202
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL
ANEXO 4 FORMATO DE
CERTIFICACIN DE GASTO 2018 PARA
"GASTOS DE OPERACIN"
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INSTRUCTIVO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Se deberá anotar lo siguiente:
 
 
 
 
 
 
 
1
Entidad Federativa.
 
 
 
 
 
 
 
2
Monto por concepto de gasto
 
 
 
 
 
 
 
3
Concepto de Gasto de Aplicación
 
 
 
 
 
 
 
4
Nombre del Concepto de Gasto
 
 
 
 
 
 
 
5
Fecha de elaboración del certificado
 
 
 
 
 
 
6
Partida Específica de gasto
 
 
 
 
 
 
 
7
No. de factura pagada
 
 
 
 
 
 
 
8
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
 
 
 
 
9
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
 
 
 
 
 
10
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
 
 
 
 
11
Especificar si es contrato o pedido
 
 
 
 
 
 
12
Proveedor o Prestador de Servicios
 
 
 
 
 
 
13
Importe neto de la factura (incluye IVA)
 
 
 
 
 
 
14
Observaciones Generales
 
 
 
 
 
 
 
15
Total del gasto efectuado.
 
 
 
 
 
 
 
16
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
 
 
 
 
 
17
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
 
 
 
 
 
18
Nombre del Director de Administración.
 
 
 
 
 
 
19
Nombre del Secretario de Salud.
 
 
 
 
 
 
 
20
Mes en que se reporta
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NOTA:
ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), AS COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA DOCUMENTACIN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTCULOS 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE AS LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO CON LA VERIFICACIN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
RUTAS 2018
ENTIDAD FEDERATIVA:
No. de unidades:
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Población
Objetivo
Personal
Jornada
de la
Unidad
Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la
UMM
Tipo de
UMM y año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para las
Tipo 0)
Unidad de 2° Nivel (Emergencias
Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
 
 
 
 
 
 
 
 
Médico,
Enfermera,
Promotor
Polivalente.
8 horas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIN DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIN DE SERVICIOS 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestres (Escribir Nombre)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO UNIDADES
MDICAS MVILES)
 
Cobertura
Operativa
 
Personas atendidas por primera vez en el
año
Casas
trabajadas en
el periodo
Muertes maternas
por lugar de origen
en el periodo
Embarazadas que ingresan a control
prenatal durante el periodo
 
 
Consultas por
diagnóstico y/o
tratamiento
Acciones de
promoción o
prevención
Hombres
Rango de Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
70 y más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
 
65 a 69
 
 
 
2do
 
 
 
 
 
 
 
60 a 64
 
 
 
3er
 
 
 
 
 
 
 
55 a 59
 
 
 
4to
 
 
 
 
 
 
 
50 a 54
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
45 a 49
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 a 44
 
 
 
Observaciones:
 
35 a 39
 
 
 
 
30 a 34
 
 
 
 
25 a 29
 
 
 
 
20 a 24
 
 
 
 
15 a 19
 
 
 
 
10 a 14
 
 
 
 
5 a 9
 
 
 
 
2 a 4 años
 
 
 
 
1 año
 
 
 
 
< de 1 año
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal (nombre y firma)
 
 
 
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
 
 
Responsable de Validación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIN DE SERVICIOS 2018
 
 
 
 
 
 
 
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestre (Escribir Nombre)
 
 
 
 
 
 
 
I. Control Nutricional
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Infecciones Respiratoria Agudas en menores de cinco años
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de enfermedades infecciosas respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos de enfermedades infecciosas respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
2 de 5
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
3 de 5
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones por exploración para cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de casos nuevos de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron ácido fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de mujeres activas de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
4 de 5
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Promedio de pacientes que reciben consulta odontológica
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
META
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Análisis cualitativo de cada Indicador con sus respectivos avances en el periodo que se reporta:
 
 
 
 
 
 
 
I
 
 
 
 
 
 
II
 
 
 
 
 
 
III
 
 
 
 
 
 
IV
 
 
 
 
 
 
V
 
 
 
 
 
 
VI
 
 
 
 
 
 
VII
 
 
 
 
 
 
VIII
 
 
 
 
 
 
IX
 
 
 
 
 
 
X
 
 
 
 
 
 
XI
 
 
 
 
 
 
XII
 
 
 
 
 
 
XIII
 
 
 
 
 
 
XIV
 
 
 
 
 
 
XV
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
5 de 5
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA
LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
 
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
13202
GRATIFICACIN DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal de las entidades. GRATIFICACIN DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
37101*
PASAJES AREOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES AREOS NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES AREOS NACIONALES PARA
SERVIDORES PBLICOS DE MANDO EN EL
DESEMPEÑO DE COMISIONES Y
FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
1 de 2
 
 
 
 
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales". EXCLUSIVO PARA PAGO DE PEAJE
 
 
 
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS ASIGNADAS PARA COORDINADOR Y SUPERVISORES, EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, CUANDO STE SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARA" (DGPLADES), SE AUTORIZA LA APLICACIN DE RECURSOS DE ESTE CONVENIO PARA CUBRIR SUS GASTOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 8 A DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA
LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
APLICACIN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
 
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
21101
MATERIALES Y TILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas; entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHCULOS TERRESTRES, AREOS, MARTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PBLICOS Y LA OPERACIN DE PROGRAMAS PBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa FAM.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas de vestir: ropa de tela, y a la fabricación de accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de
laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de
rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las
unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIN A SERVIDORES PBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2018.
35401
INSTALACIN, REPARACIN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico
y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave),
equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades
médicas móviles federales del Programa FAM.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIN DE VEHCULOS TERRESTRES, AREOS, MARTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales
del Programa FAM y su planta de luz o de emergencia.
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
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ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PERSONAL EN EL ESTADO DE
________________
 
 
 
 
NIVEL ESTATAL
 
 
 
 
 
 
 
 
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA. (PERIODO)
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA
PRESTACIN DE SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MDICA "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MVIL TIPO 0
_________________
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA
PRESTACIN DE SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MVIL TIPO 1
_________________
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA
PRESTACIN DE SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MVIL TIPO 2
_________________
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA
PRESTACIN DE SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MVIL TIPO 3
__________________
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA
PRESTACIN DE SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de gratificación de fin de año, se encuentra programada para ministrarse en el último trimestre del año
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
 
TRIMESTRE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
MES:
SECRETARIA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
 
 
 
 
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
 
 
 
CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
 
 
 
ENERO
 
 
 
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TOTAL
ACUMULABLE
$

 
$

 
$

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DAS, AL TRMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________
________________________________
 
____________________________________
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACIN
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE
SALUD (O SU EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA
LA OPERACIN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo de
gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos reintegrados a
TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría
de Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios
de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________
________________________________
____________________________________
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACIN
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
SERVICIOS DE SALUD (O SU EQUIVALENTE)
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE
LA ENTIDAD (O SU EQUIVALENTE)
 
 
 
 
 
 
 
NOTAS:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 12 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIN DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA DE VISITAS A REALIZAR EN EL ESTADO DE
______________
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PERIODO DE VISITA:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DEL MES DE: ___ A ___ DE 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
De conformidad con el Modelo de Supervisión y la información de las Plataformas Informáticas para el Seguimiento y Supervisión del Programa, se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas TERCERA fracciones I, III y V y Octava fracción III del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ___ (SEGN CORRESPONDA), con el propósito de verificar la operación, el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $_0.00 ( ____ pesos 00/100 M.N.), del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, anteriormente señalado, y el estado general que guarden los bienes dados en comodato. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 de 1
 
 
Anexo 3B.- CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS (COPAC)
CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS (COPAC), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", ACTUANDO EN ESTE ACTO POR ____________________________, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL ___________________________, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE __________(NOMBRE DE LA ENTIDAD FEDERATIVA SEGN CORRESPONDA), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ ___"LA ENTIDAD", ACTUANDO POR EL ________________, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, ______________ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN SU ENTIDAD FEDERATIVA), Y EL _____, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y/O DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO Y/O TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD, __ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), A QUIENES CUANDO ACTEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
 
I.     Con fecha ___de ____ de 20__ (SEGN CORRESPONDA),  "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), y "LA SECRETARA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.     De conformidad con lo establecido en la Cláusula TERCERA (SEGN CORRESPONDA), de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se determine por  "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), el Secretario de Finanzas y el Secretario de Salud Estatal y/o Director General del Instituto y/o Titular de los Servicios Estatales de Salud ___ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA); y por  "LA SECRETARA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (SEGN CORRESPONDA en los Acuerdos Marco que así lo señalen: y la Comisión Nacional contra las Adicciones), por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.
III.    El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento.
IV.   Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.    El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional.
       Asimismo, el PROSESA, en su Objetivo 5 Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea entre otras estrategias como forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud; el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud.
V.    Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que
inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VI.   El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ser un programa que coadyuve a las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 habitantes. Adicionalmente mediante la operación del Centro Operativo para la Atención de Contingencias (COPAC), brindar apoyo temporal a personas en situaciones de desastres naturales, urgencias epidemiológicas, concentraciones masivas de población y otros eventos de naturaleza excepcional.
I.     DE "LA SECRETARIA":
I.1.   El ________________________, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2.   La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular el _________________, se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3.   Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran contribuir al aseguramiento del acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las entidades federativas, a través de las cuales proporcionarán la atención primaria a la salud en las áreas de enfoque objetivo, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentran contribuir a que las entidades federativas cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, la contratación del personal operativo del Programa en las entidades federativas; Además, en función de la disponibilidad de recursos financieros y humanos, participar en la atención en situaciones que demanden poblaciones y personas que sean víctimas de desastres naturales, emergencias epidemiológicas y otras situaciones de excepción, como grandes aglomeraciones, a fin de brindarles los apoyos temporales necesarios en materia de salud pública, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha ___ de ______ del 20___.
I.4.   Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5.   Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
 
II.     DE "LA ENTIDAD":
II.1.  El Secretario de Finanzas __ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos ___________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de _________ (SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), cargo que quedó debidamente acreditado en "EL ACUERDO MARCO". (o cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento SEGN CORRESPONDA).
II.2.  El Secretario de Salud Estatal y/o Director General del Instituto y/o Titular de los Servicios Estatales de Salud ____ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos _________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de ___________ (SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), cargo que quedó debidamente acreditado en "EL ACUERDO MARCO" (o cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento SEGN CORRESPONDA).
II.3.  Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como atención médica, y realizar las actividades necesarias para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias.
II.4.  Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en ______ (SEGN CORRESPONDA).
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal ______ (ESTABLECER AÑO Y PERIODICIDAD SEGN CORRESPONDA) en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, que le permitan realizar todas aquellas acciones para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias que se susciten en la República Mexicana, y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, o en su caso de las UMM cuya propiedad haya sido transferida a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal ________", publicado en el Diario Oficial de la Federación el __________ (Reglas de Operación), y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
 
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARA" transferirá a "LA ENTIDAD", en varias ministraciones, un importe de hasta $ _____ (EXPRESAR CANTIDADES EN NMERO Y LETRA SEGN CORRESPONDA AL MONTO ASIGNADO), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas o su equivalente, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Secretaría de Salud (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Finanzas o su equivalente, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio, no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento del objetivo y reporte de productividad a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula
Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de verificación de acuerdo al programa y formatos que se establezcan para este fin, a efecto de observar la correcta operación del Programa de Fortalecimiento a la Atención Médica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros y economías generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme a los Anexos del Convenio, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
       En caso de que con motivo de las visitas de verificación "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.   "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de productividad, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, relaciones del gasto, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.    "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio, al que deberán adjuntarse archivos electrónicos con la documentación soporte.
       En caso de presentarse la falta de comprobación los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a la "LA ENTIDAD", "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI.   Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVO Y REPORTE DE PRODUCTIVIDAD.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán el objetivo y reporte de productividad que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Realizar todas aquellas acciones para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias que se susciten en la República Mexicana, así como otorgar servicios de salud de
acuerdo a la cartera de servicios (Anexo 5 del presente instrumento jurídico) a la población que se encuentra afectada por alguna circunstancia considerada como contingencia y que no tienen acceso a los servicios de salud, a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo los Servicios de Salud del Estado de ____ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
REPORTE DE PRODUCTIVIDAD: Realizar las acciones necesarias para emitir los reportes del funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias que se susciten en la República Mexicana, así como otorgar servicios de salud de acuerdo a la cartera de servicios (Anexo 5 del presente instrumento jurídico) a la población que se encuentra afectada por alguna circunstancia considerada como contingencia y que no tienen acceso a los servicios de salud, a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo los Servicios de Salud del estado de ____ (O SU EQUIVALENTE, SEGNCORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
QUINTA. APLICACIN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en forma exclusiva para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2018; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros generados y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme al Anexo ____.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- "LA SECRETARA" conforme a disponibilidad presupuestaria y necesidades de operación del Programa, previa autorización por escrito que otorgue el titular de la DGPLADES, podrá aportar recursos para cubrir, entre otras erogaciones, las comprendidas en los capítulos de gasto: 2000 Materiales y Suministros (2100 Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales, 2900 Herramientas, refacciones y accesorios menores); 3000 Servicios Generales (3100 Servicios básicos, 3200 Servicios de arrendamiento, 3300 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios, 3400 Servicios financieros bancarios y comerciales, 3500 Servicios de Instalación, reparación, mantenimiento y conservación); asimismo, conforme a disponibilidad presupuestaria y necesidades de operación otros gastos podrán quedar a cargo de "LA ENTIDAD".
SPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.       Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de su Secretaría de Salud, (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.      Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las
disposiciones jurídicas aplicables.
III.     Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose al objetivo y reporte de productividad a que se refiere el presente Convenio.
IV.     Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo, deberá remitirse en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
        Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.     "LA ENTIDAD" a través de la Unidad Ejecutora, se compromete a mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.     Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquellos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.    Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARA", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas o su equivalente de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio.
VIII.   Asegurar, por conducto de la Secretaría de Salud, (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), las unidades médicas móviles asignadas en comodato o cuya propiedad haya sido transferida a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
        Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES.
IX.     Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, adjuntando en archivo electrónico la documentación comprobatoria.
 
X.     Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, así como del sistema de posicionamiento global.
XI.     Brindar las facilidades para que "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES pueda verificar, mediante el sistema de información el cumplimiento del objetivo para los que se destinen los recursos transferidos.
XII.    Informar de manera trimestral a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, rendimientos financieros y economías generados, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 8 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte correspondiente).
XIII.   Cancelar, por conducto de la Secretaría de Salud, (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), la documentación comprobatoria, con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal ____".
XIV.   Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio ____ y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento del objetivo, reporte de productividad, y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV.   La Secretaría de Salud del Estado ( de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2017 (______) (ESTABLECER PERIODICIDAD SEGN CORRESPONDA), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARA", y de conformidad con lo dispuesto en las Reglas de Operación.
XVI.   La Secretaría de Salud del Estado (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), deberá informar a "LA SECRETARA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 9, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII.  Mantener actualizada la información relativa al cumplimiento al objetivo y reporte de productividad de los recursos presupuestarios federales transferidos para la ejecución del Programa, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos.
 
XVIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento del objetivo y reporte de productividad, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
XIX.   Mantener actualizados los reportes de productividad derivados de la atención brindada por el COPAC en contingencias para resultados de los recursos presupuestarios federales transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
XX.   Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
XXI.   Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet, por conducto de la Secretaría de Salud (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARA" se obliga a:
I.       Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II.      Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.     Practicar a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de verificación de acuerdo al Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.     Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se deba reportar, la entrega del informe del avance del cumplimiento del objetivo y reporte de productividad.
V.      Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos, economías generadas y rendimientos financieros, con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias, conforme al formato establecido en su Anexo 8, así como el de certificación de gasto contenido en su Anexo 4.
VI.     Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.    Suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquéllos que se hayan transferido no sean comprobados o
reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII.   Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX.     Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X.      Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación a que hace referencia el presente instrumento.
XI.     Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XII.    Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIN, SEGUIMIENTO, EVALUACIN, CONTROL Y FISCALIZACIN.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DCIMA. RELACIN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de ____.
DCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la
suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los __________ días del mes de _____________ del año dos mil ________.
POR "LA SECRETARA"
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN Y
DESARROLLO DEL SECTOR SALUD
_________________________________
(NOMBRE)
POR "LA ENTIDAD"
(SEGN CORRESPONDA)
EL SECRETARIO DE FINANZAS
(o su equivalente)
______________________________
(NOMBRE)
 
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y
DESARROLLO EN SALUD
_________________________________
(NOMBRE)
 
EL SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y/O
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO Y/O
TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE
SALUD
(según corresponda)
_______________________________
(NOMBRE)
 
 
ANEXOS 1 AL 9 DEL CONVENIO (ANEXO 3B)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
 
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPTULO DE GASTO
APORTACIN FEDERAL
APORTACIN ESTATAL
TOTAL 2018
 
 
 
 
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$0.00
$0.00
$0.00
 
 
TOTAL
$0.00
$0.00
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 de 1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A
LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CALENDARIO DE MINISTRACIN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO
PERIODO: ________
PERIODO: ________
PERIODO: ________
PERIODO: ________
TOTAL 2018
4000 "Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas" 43801
"Subsidios a las Entidades Federativas y
Municipios.
$ -
 
 
$ -
$ -
$ -
$0.00
ACUMULADO
$ -
 
 
$ -
$ -
$ -
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
"LA SECRETARA" PODRÁ SUSPENDER LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS, EN CASO DE PRESENTARSE INCUMPLIMIENTO EN LA COMPROBACIN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD" MEDIANTE EL PRESENTE INSTRUMENTO. LA COMPROBACIN DE LOS RECURSOS DEBERÁ DE REALIZARSE DENTRO DE LOS PRIMEROS 15 DAS HÁBILES SIGUIENTES AL TRMINO DEL TRIMESTRE CORRESPONDIENTE.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A
LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
GASTOS DE OPERACIN POR CAPTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTAL
PARA __ UMM
TOTAL 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
34501 "SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES"
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
3700 (***) "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIÁTICOS"
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
(**) "GASTOS ADMINISTRATIVOS"
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
(*) "GASTOS DE CONTINGENCIAS"
$0.00
 
 
 
 
 
 
$0.00
 
 
 
 
TOTAL
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(*) "Los importes específicos por concepto de gasto, deberán de ser autorizados previo a su ejercicio, por escrito y en términos del numeral 6.5 de las Reglas de Operación vigentes, por el Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, y corresponderán a los estrictamente necesarios para la atención de la Contingencia específica y podrán corresponder a los capítulos de gasto 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales" y 5000 "Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles".
(**) Monto asignado única y exclusivamente para la contratación de los servicios, señalados en el anexo 6 de este Convenio; bajo las siguientes partidas específicas de gasto: 31101, 31301, 31401, 31701, 32201, 33801 y 35801.
(***) En caso de que personal del COPAC, realice comisiones oficiales vía terrestre en las cuales generen gastos por concepto de peaje, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIN DE GASTO 2018 PARA "GASTOS DE OPERACIN"
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INSTRUCTIVO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Se deberá anotar lo siguiente:
 
 
 
 
 
 
 
1
Entidad Federativa.
 
 
 
 
 
 
 
2
Monto por concepto de gasto
 
 
 
 
 
 
 
3
Concepto de Gasto de Aplicación
 
 
 
 
 
 
 
4
Nombre del Concepto de Gasto
 
 
 
 
 
 
 
5
Fecha de elaboración del certificado
 
 
 
 
 
 
6
Partida Específica de gasto
 
 
 
 
 
 
 
7
No. de factura pagada
 
 
 
 
 
 
 
8
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
 
 
 
 
9
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
 
 
 
 
 
10
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
 
 
 
 
11
Especificar si es contrato o pedido
 
 
 
 
 
 
12
Proveedor o Prestador de Servicios
 
 
 
 
 
 
13
Importe neto de la factura (incluye IVA)
 
 
 
 
 
 
14
Observaciones Generales
 
 
 
 
 
 
 
15
Total del gasto efectuado.
 
 
 
 
 
 
 
16
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
 
 
 
 
 
17
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
 
 
 
 
 
18
Nombre del Director de Administración.
 
 
 
 
 
 
19
Nombre del Secretario de Salud.
 
 
 
 
 
 
 
20
Mes en que se reporta
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NOTA:
ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIN DE GASTO
 
 
 
POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), AS COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS
 
 
FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA DOCUMENTACIN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTCULOS 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE AS LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO CON LA VERIFICACIN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
Catálogo Universal de Servicios de Salud 2017
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE SALUD PBLICA
1
1
VACUNACIN CONTRA TUBERCULOSIS (B.C.G.)
2
2
VACUNACIN CONTRA HEPATITIS B (H.B.)-
3
3
ADMINISTRACIN DE VACUNA PENTAVALENTE (DPT, HB, HIB)
4
4
VACUNACIN CONTRA ROTAVIRUS
5
5
VACUNACIN CONTRA NEUMOCOCO CONJUGADO (HEPTAVALENTE)
6
6
VACUNACIN PROFILÁCTICA CONTRA INFLUENZA (GRIPE ESTACIONAL) MENORES DE 14 AÑOS Y GRUPOS DE RIESGO
7
7
VACUNACIN CONTRA SARAMPIN, PAROTIDITIS Y RUBOLA (SRP)
8
8
VACUNACIN CONTRA DIFTERIA, TOSFERINA Y TTANOS (DPT)
9
9
VACUNACIN CONTRA POLIOMIELITIS (SABIN)
10
10
VACUNACIN CONTRA EL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO (VPH)
11
11
VACUNACIN CONTRA HEPATITIS B (HB) MAYORES DE 14 AÑOS
12
12
VACUNACIN CONTRA SARAMPIN Y RUBOLA (SR)
13
13
VACUNACIN CONTRA TTANOS Y DIFTERIA (TD)
14
14
VACUNACIN CONTRA EL NEUMOCOCO PARA EL ADULTO MAYOR
15
15
VACUNACIN PROFILÁCTICA CONTRA INFLUENZA (GRIPE ESTACIONAL) PARA MAYORES DE 60 AÑOS SIN PATOLOGAS ASOCIADAS
16
16
ACCIONES PREVENTIVAS PARA RECIN NACIDO
17
17
ACCIONES PREVENTIVAS PARA MENORES DE 5 AÑOS
18
18
ACCIONES PREVENTIVAS PARA NIÑAS Y NIÑOS DE 5 A 9 AÑOS
19
19
DETECCIN PRECOZ DE LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA
20
20
ACCIONES PREVENTIVAS PARA ADOLESCENTES DE 10 A 19 AÑOS
21
21
ACCIONES PREVENTIVAS PARA MUJERES DE 20 A 59 AÑOS
22
22
ACCIONES PREVENTIVAS PARA HOMBRES DE 20 A 59 AÑOS
23
23
EXAMEN MDICO COMPLETO PARA MUJERES DE 40 A 59 AÑOS
24
24
EXAMEN MDICO COMPLETO PARA HOMBRES DE 40 A 59 AÑOS
25
25
PREVENCIN Y ATENCIN A VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GNERO
26
26
ACCIONES PREVENTIVAS PARA ADULTOS MAYORES DE 60 AÑOS EN ADELANTE
 27
27
OTRAS ACCIONES DE PROMOCIN A LA SALUD Y PREVENCIN DE RIESGOS
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE CONSULTA DE MEDICINA GENERAL, FAMILIAR Y ESPECIALIDAD
28
28
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANEMIA FERROPRIVA Y POR DEFICIENCIA DE VITAMINA B12
29
29
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO POR DEFICIENCIA DE VITAMINA A
30
30
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESCARLATINA
31
31
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SARAMPIN, RUBOLA Y PAROTIDITIS
 
32
32
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VARICELA
33
33
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FARINGOAMIGDALITIS AGUDA
34
34
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TOS FERINA
35
35
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OTITIS MEDIA NO SUPURATIVA
36
36
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RINOFARINGITIS AGUDA
37
37
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CONJUNTIVITIS
38
38
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RINITIS ALRGICA Y VASOMOTORA
39
39
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DENGUE CLÁSICO (Y OTRAS FIEBRES PRODUCIDAS POR FLAVIVIRUS Y ARBOVIRUS)
40
40
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL SNDROME DIARREICO AGUDO
41
41
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FIEBRE PARATIFOIDEA Y OTRAS SALMONELOSIS
42
42
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FIEBRE TIFOIDEA
43
43
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL HERPES ZSTER
44
44
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CANDIDIASIS ORAL
45
45
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE GONORREA
46
46
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR CHLAMYDIA (INCLUYE TRACOMA)
47
47
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TRICHOMONIASIS
48
48
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SFILIS PRECOZ Y TARDA
49
49
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CISTITIS
 
 
50
50
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VAGINITIS AGUDA
51
51
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VULVITIS AGUDA
52
52
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CHANCRO BLANDO
53
53
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HERPES GENITAL
54
54
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE AMEBIASIS
55
55
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANQUILOSTOMIASIS Y NECATORIASIS
56
56
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ASCARIASIS
57
57
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENTEROBIASIS
58
58
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE EQUINOCOCOSIS
59
59
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE ESQUISTOSOMIASIS
60
60
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE ESTRONGILOIDIASIS
61
61
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE FILARIASIS
 62
62
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE GIARDIASIS
63
63
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TENIASIS
64
64
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TRICURIASIS
65
65
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TRIQUINOSIS
66
66
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE BRUCELOSIS
67
67
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESCABIOSIS
68
68
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PEDICULOSIS Y PHTHIRIASIS
69
69
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE MICOSIS SUPERFICIALES (EXCEPTO ONICOMICOSIS)
70
70
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ONICOMICOSIS
71
71
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ERISIPELA Y CELULITIS
 
72
72
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PROCESOS INFECCIOSOS DE REZAGO (PALUDISMO,RICKETSIOSIS, LEPRA, ENFERMEDAD DE CHAGAS, LEISHMANIASIS, ONCOCERCOSIS)
73
73
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS ALRGICA Y DE CONTACTO
74
74
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS ATPICA
75
75
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS DE CONTACTO POR IRRITANTES
76
76
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS DEL PAÑAL
77
77
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS EXFOLIATIVA
78
78
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS SEBORREICA
79
79
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VERRUGAS VULGARES
80
80
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ACN
81
81
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIN AGUDA POR VIRUS DE LA HEPATITIS A Y B
82
82
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE GASTRITIS AGUDA, DUODENITIS Y DISPEPSIA
83
83
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL SNDROME DE INTESTINO IRRITABLE
84
84
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PREDIABETES Y DIABETES MELLITUS TIPO 2
85
85
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTENSIN ARTERIAL
86
86
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE ARTROSIS EROSIVA Y POLIARTROSIS NO ESPECIFICADA
87
87
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LUMBALGIA
 
88
88
ATENCIN POR ALGUNOS SIGNOS, SNTOMAS Y OTROS FACTORES QUE INFLUYEN EN EL ESTADO DE SALUD
89
90
MTODO DE PLANIFICACIN FAMILIAR TEMPORAL CON ANTICONCEPTIVOS HORMONALES
90
91
CONSEJO Y ASESORAMIENTO GENERAL SOBRE ANTICONCEPCIN MEDIANTE EL USO DEL CONDN
91
92
MTODO DE PLANIFICACIN FAMILIAR TEMPORAL CON DISPOSITIVO INTRAUTERINO
92
93
ATENCIN PRENATAL EN EL EMBARAZO
93
96
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DISMENORREA PRIMARIA
94
97
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL CLIMATERIO Y MENOPAUSIA
 95
98
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TRASTORNOS BENIGNOS DE LA MAMA
96
99
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERPLASIA ENDOMETRIAL
97
100
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VAGINITIS SUBAGUDA Y CRNICA
98
101
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENDOMETRIOSIS
99
102
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE URETRITIS Y SNDROME URETRAL
100
103
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LESIONES ESCAMOSAS INTRAEPITELIALES DE GRADOS BAJO Y MODERADO
101
104
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LESIONES ESCAMOSAS INTRAEPITELIALES DE ALTOGRADO
102
105
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN LEVE, MODERADA Y SEVERA
103
106
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN SEVERA TIPO KWASHIORKOR
104
107
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN SEVERA TIPO MARASMO
105
108
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SECUELAS DE DESNUTRICIN
106
109
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO MDICO DEL SOBREPESO Y OBESIDAD EXGENA
107
110
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LARINGOTRAQUEITIS AGUDA
 
108
111
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OTITIS MEDIA SUPURATIVA
109
112
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SINUSITIS AGUDA
110
113
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ASMA Y SUS EXACERBACIONES EN ADULTOS
111
114
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ASMA Y SUS EXACERBACIONES EN MENORES DE 18 AÑOS
112
115
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TUBERCULOSIS (TAES)
113
116
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TUBERCULOSIS FARMACORRESISTENTE (TAES)
114
117
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PSORIASIS
115
118
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESOFAGITIS POR REFLUJO
116
119
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LCERA GÁSTRICA Y PPTICA CRNICA NO PERFORADA
117
120
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DISLIPIDEMIA
118
121
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO
119
123
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPOTIROIDISMO
120
124
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DIABETES MELLITUS TIPO 1
121
125
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INSUFICIENCIA CARDIACA
122
126
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OSTEOPOROSIS
123
127
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERURICEMIA Y GOTA
124
128
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ARTRITIS REUMATOIDE
125
132
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO DE EPILEPSIA Y CRISIS CONVULSIVAS
126
133
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO MDICO DE ENFERMEDAD DE PARKINSON
127
134
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE LUXACIN CONGNITA DE CADERA
128
136
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PARÁLISIS FACIAL
129
137
PREVENCIN Y DETECCIN TEMPRANA DE ADICCIONES (CONSEJERA)
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE ODONTOLOGA
130
138
PREVENCIN DE CARIES DENTAL
131
139
APLICACIN DE SELLADORES DE FOSETAS Y FISURAS DENTALES
132
140
RESTAURACIONES DENTALES CON AMALGAMA, IONMERO DE VIDRIO Y RESINA, PORCARIES O FRACTURA DE LOS DIENTES
133
141
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FOCOS INFECCIOSOS BACTERIANOS AGUDOS EN LA CAVIDAD BUCAL
134
142
EXTRACCIN DE DIENTES ERUPCIONADOS Y RESTOS RADICULARES
135
143
TERAPIA PULPAR
136
144
EXTRACCIN DE TERCER MOLAR
 
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES EN URGENCIAS
137
149
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANGINA DE PECHO
138
155
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ENVENENAMIENTO POR INSECTICIDAS ORGANOFOSFORADOS Y CARBAMATOS
139
158
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PICADURA DE ALACRÁN
140
159
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PICADURAS DE ABEJA, ARAÑA Y OTROS ARTRPODOS
141
160
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INTOXICACIN AGUDA ALIMENTARIA
142
161
MANEJO DE MORDEDURA Y PREVENCIN DE RABIA EN HUMANOS
143
162
EXTRACCIN DE CUERPOS EXTRAÑOS
144
163
CURACIN Y SUTURAS DE LESIONES TRAUMÁTICAS DE TEJIDOS BLANDOS
145
165
MANEJO EN URGENCIAS DE QUEMADURAS DE PRIMER GRADO
146
166
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE CERVICAL
147
167
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE HOMBRO
148
168
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE CODO
149
169
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE MUÑECA Y MANO
150
170
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE ESGUINCE DE RODILLA
151
171
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE TOBILLO Y PIE
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE HOSPITALIZACIN
152
172
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PIELONEFRITIS
153
178
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE NEUMONA EN MENORES DE 18 AÑOS
154
181
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD PLVICA INFLAMATORIA
155
184
ATENCIN DEL PARTO Y PUERPERIO FISIOLGICO
156
188
ATENCIN DEL RECIN NACIDO
157
198
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIN DE EPISIORRAFIA O HERIDA QUIRRGICA OBSTTRICA
158
202
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RETENCIN AGUDA DE ORINA
159
211
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE NEUROPATA PERIFRICA SECUNDARIA A DIABETES
160
218
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DIABETES GESTACIONAL
161
219
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTENSIN INDUCIDA Y/O PREEXISTENTE EN EL EMBARAZO
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE CIRUGA GENERAL
162
231
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD HEMORROIDAL
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO
A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL COPAC.
13202
GRATIFICACIN DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal de las entidades. GRATIFICACIN DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL COPAC.
34501
SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES
Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto 3500 Servicios de mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales.
37201
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203
PASAJES TERRESTRES NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA
SERVIDORES PBLICOS DE MANDO EN EL
DESEMPEÑO DE COMISIONES Y
FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A
DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
1 de 2
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
37504
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
37101
PASAJES AREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103
PASAJES AREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104
PASAJES AREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
*
"Los importes específicos por concepto de gasto, deberán de ser autorizados previo a su ejercicio, por escrito y en términos del numeral 6.5 de las Reglas de Operación vigentes, por el Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, y corresponderán a los estrictamente necesarios para la atención de la Contingencia específica y podrán corresponder a los capítulos de gasto 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales" y 5000 "Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles".
**
Monto asignado única y exclusivamente para la contratación de los servicios, señalados en las siguientes partidas específicas de gasto: 31101 Servicios de energía eléctrica, 31301 Servicios de agua, 31401 Servicio de telefonía convencional, 31701 Servicios de conducción de señales analógicas y digitales, 32201 Arrendamiento de edificios y locales, 33801 Vigilancia y 35801 Servicios de lavandería, limpieza e higiene.
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
2 de 2
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL
FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
 
 
PERSONAL EN EL ESTADO DE MORELOS PARA EL CENTRO DE ATENCIN DE CONTINGENCIAS PARA EL AÑO 2018
NIVEL ESTATAL
 
 
 
 
 
 
 
 
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL COPAC. (PERIODO)
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
N°
PAGO DE HONORARIOS POR
LA PRESTACIN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MDICA "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
SOPORTE ADMINISTRATIVO "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MVIL TIPO 0
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
N°
PAGO DE HONORARIOS POR
LA PRESTACIN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MVIL TIPO 2
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
N°
PAGO DE HONORARIOS POR
LA PRESTACIN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE CONTRATACIN
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de aguinaldo, se encuentra programada para ministrarse en el último trimestre del año
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 de 1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A
LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
 
TRIMESTRE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
MES:
SECRETARIA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
 
 
 
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
 
 
CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
 
 
 
ENERO
 
 
 
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TOTAL
ACUMULABLE
$ -
 
$ -
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DAS, AL TRMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________________
________________________________
 
_____________________________________________
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACIN
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
(O SU EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 de 1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO
A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo de gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos reintegrados a TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría de
Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
Gastos
administrativos
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios de
Salud
 
 
 
Gastos de
Contingencias
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________________
________________________________
_____________________________________________
RESPONSABLE DE LA INFORMACIN
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD
(O SU EQUIVALENTE)
 
 
 
 
 
 
NOTAS:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
HOJA DE FIRMAS DE LOS ANEXOS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 DEL
 
 
CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA
FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO OPERATIVO PARA LA ATENCIN DE CONTINGENCIAS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
POR "LA SECRETARA"
POR "LA ENTIDAD"
 
 
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN
EL SECRETARIO DE FINANZAS
 
 
Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD
(SEGN CORRESPONDA)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXX
 
 
 
 
 
 
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y
EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL
 
 
DESARROLLO EN SALUD
DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD
 
 
 
DEL ESTADO DE XXX (SEGN CORRESPONDA)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXX
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA DIRECTORA GENERAL DEL ORGANISMO PBLICO DESCENTRALIZADO
DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE XXX
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XXXXXXXXXX
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
La presente hoja de firmas de anexos forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el funcionamiento del Centro Operativo para la Atención de Contingencias, por la cantidad de $_0.00 (_______ pesos 00/100 M.N.) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Anexo 3C.- CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA.
CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ____________________________, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL ___________________________, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE __________(NOMBRE DE LA ENTIDAD FEDERATIVA SEGN CORRESPONDA), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ ___"LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL ________________, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, ______________ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN SU ENTIDAD FEDERATIVA), Y EL _____, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y/O DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO Y/O TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD, __ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), A QUIENES CUANDO ACTEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha ___de ____ de 20__ (SEGN CORRESPONDA), "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), y "LA SECRETARA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.     De conformidad con lo establecido en la Cláusula (Segunda o Tercera, SEGN CORRESPONDA) de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Secretario de Finanzas y el Secretario de Salud Estatal y/o (Director General del Instituto y/o Titular de los Servicios Estatales de Salud O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA) de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARIA", lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas; la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios o la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.
III.    El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento.
 
IV.   El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional.
       Asimismo, dicho Programa en su Objetivo 5. Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea como una forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud, el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos para la salud que incluyen infraestructura y equipamiento.
V.    Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VI.   El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ser un programa que coadyuve a las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 habitantes.
DECLARACIONES
I.     DE "LA SECRETARIA":
I.1.   El ________________________, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2.   La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular el _________________, se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3.  Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran contribuir al
aseguramiento del acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las entidades federativas, a través de las cuales proporcionarán la atención primaria a la salud en las áreas de enfoque objetivo, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentran contribuir a que las entidades federativas cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, la contratación del personal operativo del Programa en las entidades federativas, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha ___ de ______ del 20___.
I.4.   Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5.   Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II.     DE "LA ENTIDAD":
II.1.  El Secretario de Finanzas __ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos ___________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de _________ (SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), cargo que quedó debidamente acreditado en "EL ACUERDO MARCO" (o cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento SEGN CORRESPONDA).
II.2.  El Secretario de Salud Estatal y/o Director General del Instituto y/o Titular de los Servicios Estatales de Salud ____ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos _________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de ___________ (SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), cargo que quedó debidamente acreditado en "EL ACUERDO MARCO" (o cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento SEGN CORRESPONDA).
II.3.  Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como atención médica, de acuerdo a la implementación de las nuevas modalidades del Programa.
II.4.  Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en ______ (SEGN CORRESPONDA).
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
 
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal ______ (ESTABLECER AÑO Y PERIODICIDAD SEGN CORRESPONDA) en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, que le permitan realizar las ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES DEL PROGRAMA, que se describen en el presente instrumento jurídico, a fin de mejorar los servicios de salud para la población objetivo, en el Estado de __________, y de manera específica dichos recursos presupuestarios federales se destinarán para realizar los gastos que se deriven de la operación de (unidades médicas móviles ____ o establecimientos de salud fijos en el primer nivel de atención, según corresponda), mismos que se detallan en los Anexos 3A y 3B de este Convenio; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo establecido en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal ________", publicado en el Diario Oficial de la Federación el __________ (Reglas de Operación), y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARA" transferirá a "LA ENTIDAD", en varias ministraciones, un importe de hasta $_____ (EXPRESAR CANTIDADES EN NMERO Y LETRA SEGN CORRESPONDA AL MONTO ASIGNADO), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas o su equivalente, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Secretaría de Salud (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquel en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de
la Federación.
La Secretaría de Finanzas o su equivalente, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio, no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento del objetivo y los reportes de productividad de las nuevas modalidades a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de verificación, a efecto de observar la correcta operación del Programa de Fortalecimiento a la Atención Médica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros y economías generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 8, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
       En caso de que con motivo de las visitas de verificación "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
 
IV.   "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en los Anexo 4-A y 4-B, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.    "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en los Anexos 4-A y 4-B del presente Convenio, al que deberán adjuntarse archivos electrónicos con la documentación soporte.
       En caso de presentarse la falta de comprobación los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a la "LA ENTIDAD", "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI.   Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVO Y REPORTE DE PRODUCTIVIDAD.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán el objetivo y reporte de productividad que a continuación se mencionan:
OBJETIVO. La implementación de acciones y proyectos con nuevas modalidades del programa fortalecimiento a la atención médica, a que se refiere el presente instrumento, a fin de mejorar la calidad de los servicios médicos de la población objetivo.
REPORTE DE PRODUCTIVIDAD: Realizar las acciones necesarias para emitir los reportes de productividad de las nuevas modalidades de implementación para mejorar la calidad, así como otorgar servicios de salud de acuerdo a la cartera de servicios (Anexo 5 del presente instrumento jurídico) a la población objetivo que no tienen acceso a los servicios de salud, a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo de los Servicios de Salud del Estado de ____ (O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
QUINTA. APLICACIN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2018 conforme a lo señalado en su cláusula Primera; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Bajo el amparo de este ordenamiento, cuando se trate de recursos destinados a proyectos y acciones de inversión, se estará a los plazos de ejecución que se establezcan en los Anexos respectivos, en ese tenor,
los subsidios se considerarán devengados, una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al beneficiario.
Los rendimientos financieros y economías que generen los recursos presupuestarios a que se refieren los párrafos anteriores, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 8.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros y economías generadas y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4-A, 4-B y 8.
"LA SECRETARA" conforme a disponibilidad presupuestaria y atendiendo la naturaleza de las acciones y/o proyectos implementados del Programa, previa autorización por escrito que otorgue el titular de la DGPLADES, podrá otorgar recursos para cubrir, entre otras erogaciones, las comprendidas en los capítulos de gasto: 1000 "Servicios Personales", 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales", 5000 "Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles" y 6000 "Inversión Pública" de conformidad estos últimos con los montos establecidos en los Anexos 3-A y 3-B. Asimismo, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y necesidades de operación, otros gastos podrán quedar a cargo de "LA ENTIDAD".
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación al cierre del ejercicio, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 6 del presente Convenio, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.       Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de su Secretaría de Salud, (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.      Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquella generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.     Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
 
IV.     Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere éste párrafo, deberá remitirse en archivo electrónico el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
        Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable, mediante archivo electrónico.
V.     "LA ENTIDAD" a través de la Unidad Ejecutora, se compromete a mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.     Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquellos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la DGPLADES, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.    Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARA", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas o su equivalente de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio.
VIII.   Asegurar, por conducto de la Secretaría de Salud (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), las unidades médicas móviles asignadas en comodato a "LA ENTIDAD". La póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
        Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES.
IX.     Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades
médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, adjuntando en archivo electrónico la documentación comprobatoria.
X.     Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, así como del sistema de posicionamiento global.
XI.     Brindar las facilidades para que la "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES pueda verificar, mediante el sistema de posicionamiento global, el cumplimiento del objeto del Convenio.
XII.    Informar de manera trimestral a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, rendimientos financieros y economías generados, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4-A, 4-B y 8 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte correspondiente).
XIII.   Cancelar, por conducto de la Secretaría de Salud (los Servicios de Salud del Estado de ___ y/o el Instituto de Servicios de Salud del Estado de ____ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), la documentación comprobatoria, con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal ____".
XIV.   Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio ____ y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento del objetivo, reporte de productividad, y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV.   La Secretaría de Salud del Estado de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2018 (______) (ESTABLECER PERIODICIDAD SEGN CORRESPONDA), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARA", y de conformidad con el Anexo 7 del presente Convenio Específico de Colaboración.
XVI.   La Secretaría de Salud del Estado (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA), deberá informar a "LA SECRETARA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 9, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII.  Mantener actualizados los reportes de productividad derivados de la atención brindada por las acciones y proyectos con nuevas modalidades del Programa fortalecimiento a la atención médica a que se refiere el presente instrumento, a fin mejorar la calidad de los servicios
de salud de la población objetivo para resultados de los recursos presupuestarios federales transferidos, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos.
XVIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento del objetivo y reporte de productividad, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
XIX.   Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
XX.   Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet, por conducto de la Secretaría de Salud (o de los Servicios de Salud del Estado ___ O SU EQUIVALENTE, SEGN CORRESPONDA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA).
XXI.   Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
       Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría social que se utilizarán son:
a.   Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
b.   Capacitación y asesoría a servidores públicos - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.    Capacitación a integrantes de Comités â "LA ENTIDAD"; y
d.   Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARA" se obliga a:
I.       Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II.      Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.     Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de verificación de acuerdo al Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.     Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se deba reportar, la entrega del informe del avance del cumplimiento del objeto, reporte de productividad, y del resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
 
V.      Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos, economías generadas y rendimientos financieros, con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias, conforme al formato establecido en su Anexo 8, así como el de certificación de gasto contenido en sus Anexos 4-A y 4-B del presente Convenio.
VI.     Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.    Suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquellos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII.   Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX.     Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X.      Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación a que hace referencia el presente instrumento.
XI.     Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación.
XII.    Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII.   Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV.   Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento del objetivo y reportes de productividad, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIN, SEGUIMIENTO, EVALUACIN, CONTROL Y FISCALIZACIN.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARA" a través de la DGPLADES.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DCIMA. RELACIN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada
como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de ____.
En los casos de gastos de inversión se sujetará a los plazos de ejecución establecidos en el Anexo 3-B del presente Convenio Específico de Colaboración, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
DCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los __________ días del mes de _____________ del año dos mil ________.
 
POR "LA SECRETARA"
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN Y
DESARROLLO DEL SECTOR SALUD
_________________________________
(NOMBRE)
POR "LA ENTIDAD"
(SEGN CORRESPONDA)
EL SECRETARIO DE FINANZAS
(o su equivalente)
______________________________
(NOMBRE)
 
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN
Y DESARROLLO EN SALUD
_________________________________
(NOMBRE)
 
EL SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y/O
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO Y/O
TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE
SALUD
(según corresponda)
_______________________________
(NOMBRE)
 
 
 
ANEXOS 1 AL 9 DEL CONVENIO (ANEXO 3C)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA
LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA (3C)
 
 
 
 
 
 
 
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPTULO DE GASTO
APORTACIN FEDERAL
APORTACIN ESTATAL
TOTAL 2018
 
 
 
 
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$0.00
$0.00
$0.00
 
 
TOTAL
$0.00
$0.00
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA
LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CALENDARIO DE MINISTRACIN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO
ENE
FEB
MZO
ABR
MAY
JUN
JUL
AGO
SEP
OCT
NOV
DIC
TOTAL 2018
4000 "Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas" 43801 "Subsidios a las
Entidades Federativas y Municipios.
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
ACUMULADO
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
"La Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento.
La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al término del trimestre correspondiente.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 3-A DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS,
PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DISTRIBUCIN DEL GASTO POR CAPTULO DE GASTO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPTULO DE GASTO
TOTAL 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$0.00
 
 
 
 
2000 "MATERIALES Y SUMINISTROS"
$0.00
 
 
 
 
3000 "SERVICIOS GENERALES"
$0.00
 
 
 
 
5000 "BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES"
$0.00
 
 
 
 
6000 "INVERSIN PBLICA"
$0.00
 
 
 
 
* GASTOS DE NUEVAS MODALIDADES
$0.00
 
 
 
 
TOTAL
$0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
*Los importes específicos por concepto de gasto, deberán de ser autorizados precio a su ejercicio, por escrito y en términos del numeral 6.6 de las Reglas de Operación vigentes, por el Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, y corresponderán a los estrictamente necesarios para la implementación de acciones y proyectso del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 3-B DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS,
PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA EN EL ESTADO DE (escribir el Estado correspondiente)
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
 
 
 
 
 
 
 
 
NOMBRE DE LA ACCIN O
PROYECTRO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TIPO DE ACCIN:
Dignificación ( )
Conservación ( )
Mantenimiento ( )
Equipamiento ( )
Ampliación ( )
Fortalecimiento ( )
Obra nueva ( )
Sustitución ( )
 
 
 
ESTATUS DE LA OBRA:
En proceso ( )
En operación ( )
Obra nueva ( )
 
 
RED DE ATENCIN MDICA:
( )
Vigilancia y control del embarazo (Reducción de Muerte Materno-Infantil) ( )
Cruzada contra el hambre
 
( )
Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( )
Red de Frío
 
( )
Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna
 
 
 
 
( )
Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad
 
 
 
 
( )
Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC)
 
 
 
 
( )
Red Roja
 
 
 
 
 
 
( )
Salud Mental y Atención de Adicciones
 
 
 
 
 
( )
Telemedicina
 
 
 
 
 
 
( )
Otros - Especificar________________________________________________
 
 
RED DE ATENCIN DE INFRAESTRUCTURA:
( ) ( )
Centros de Salud UNEMES
( ) Hospitales de la Comunidad ( ) CESSA
( ) Hospitales Generales ( ) Establecimientos de Apoyo
( ) Establecimientos de Asistencia Social
POBLACIN BENEFICIADA:
 
MONTOS DE PROYECTO
(OBRA Y EQUIPO)
Mantenimiento de equipo
Adquisición de equipo
Obra
Monto Total
 
 
 
 
PLAZO DE EJECUCIN
 
REQUIERE CND
S
( )
NO ( )
No. de Registro PMI:
JUSTIFICACIN TCNICA DE LA ACCIN O PROYECTO:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4-A FORMATO DE CERTIFICACIN DE GASTO 2018 PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES
Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES DEL FAM
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INSTRUCTIVO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Se deberá anotar lo siguiente:
 
 
 
 
 
 
 
1
Entidad Federativa.
 
 
 
 
 
 
 
2
Monto por concepto de gasto
 
 
 
 
 
 
 
3
Concepto de Gasto de Aplicación
 
 
 
 
 
 
 
4
Nombre del Concepto de Gasto
 
 
 
 
 
 
 
5
Fecha de elaboración del certificado
 
 
 
 
 
 
6
Partida Específica de gasto
 
 
 
 
 
 
 
7
No. de factura pagada
 
 
 
 
 
 
 
8
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
 
 
 
 
9
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
 
 
 
 
 
10
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
 
 
 
 
11
Especificar si es contrato o pedido
 
 
 
 
 
 
12
Proveedor o Prestador de Servicios
 
 
 
 
 
 
13
Importe neto de la factura (incluye IVA)
 
 
 
 
 
 
14
Observaciones Generales
 
 
 
 
 
 
 
15
Total del gasto efectuado.
 
 
 
 
 
 
 
16
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
 
 
 
 
 
17
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
 
 
 
 
 
18
Nombre del Director de Administración.
 
 
 
 
 
 
19
Nombre del Secretario de Salud.
 
 
 
 
 
 
 
20
Mes en que se reporta
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NOTA:
ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERA EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), AS COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA DOCUMENTACIN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTCULOS 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE AS LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO CON LA VERIFICACIN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2 de 2
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 4-B DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS
MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA (3C)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FORMATO DE CERTIFICACIN DE GASTO 2018 LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES DEL FAM
EJERCICIO:
( 1 )
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Entidad:
( 2 )
Fecha de Entrega:
( 3 )
 
Solicitud de Pago No.:
( 4 )
( 5 )
Recurso:
 
 
 
 
 
( 8 )
(9)
(10)
Partida:
( 6 )
( 7 )
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Proyectos:
( 11 )
( 12 )
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Número Docto.
Proyecto
Póliza Cheque y/
o Transferencia
Electrónica
Fecha Pol-Cheque
y/o Transferencia
Electrónica
Mod.
Adquisición
Contrato
Reg. Contrato
Proveedor o Beneficiario
Clave Presupuestal
Importe
Observaciones
( 13 )
( 14 )
( 15 )
( 16 )
( 17 )
( 18 )
( 19 )
( 20 )
( 21 )
( 22 )
( 23 )
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
( 24 )
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL ACUMULADO
0.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA DOCUMENTACION ORIGINAL COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE CUMPLE CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTCULOS 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, ARTCULO 66 (FRACCIN III) DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, ADMINISTRATIVOS Y NORMATIVOS VIGENTES VINCULADOS AL PROGRAMA Y SE ENCUENTRAN PARA SU GUARDA Y CUSTODIA EN LA SECRETARA DE SALUD O SU EQUIVALENTE DE ESTA ENTIDAD FEDERATIVA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS, MISMA QUE ESTÁ A DISPOSICIN DE LA SECRETARA DE SALUD FEDERAL PARA SU REVISIN O EFECTOS QUE SE CONSIDEREN PROCEDENTES.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Elaboró
 
 
 
 
Autorizó
 
Vo. Bo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
( 25 )
 
 
 
 
( 27 )
 
( 29 )
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
( 26 )
 
 
 
 
( 28 )
 
( 30 )
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hoja -- de --
 
 
ANEXO 4-B
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL "FORMATO DE CERTIFICADO DE GASTO"
1
Año al que corresponden los recursos transferidos y que son objeto de comprobación por medio del formato de certificado de gasto, de conformidad con el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado.
2
Nombre de la Entidad Federativa.
 
 
 
 
 
 
 
3
Fecha en que se entrega el formato de certificado de gasto por parte de la Entidad Federativa a la DGPLADES.
 
 
4
No. de Solicitud de Pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
5
Monto total de la Solicitud de Pago que le fue comunicada por DGPLADES en los términos anteriores.
 
 
 
6
Clave de la Partida, Concepto de Gasto o Capitulo de Gasto, según lo exija lo dispuesto el instrumento jurídico suscrito entre la federación y el Estado.
7
Descripción de la Partida, Concepto de Gasto o Capitulo de Gasto, según lo exija lo dispuesto el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado. Tratándose de pagos de 1 al millar, así especificarlo.
8
Clave presupuestaria de la solicitud de pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
9
Importe total correspondiente al formato de certificado de gasto identificado por la clave presupuestal que le dio a conocer previamente la DGPLADES al Estado cuando le informó sobre la transferencia de recursos.
10
Importe radicado por clave presupuestal (por dígito de fuente de financiamiento).
11
Número que el Estado asigna a cada uno de los proyectos previstos en el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y la Entidad Federativa, y que son objeto de comprobación mediante el presente formato de certificado de gasto.
12
Nombre del o los proyectos numerados por el Estado, pero previstos en el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y la Entidad Federativa, y que son objeto de comprobación mediante el presente formato de certificación de gasto.
13
En la medida de lo posible, referencia de la documentación comprobatoria (No. de factura, etc.).
 
 
 
14
mero del proyecto del cual el Estado comprueba gasto.
 
 
 
 
15
Póliza cheque del pago efectuado y/o Transferencia Electrónica
 
 
 
 
16
Fecha de la póliza cheque y/o Transferencia Electrónica
 
 
 
 
 
17
En su caso, siglas de la modalidad de adquisición (LPN, LPI, CCTP).
 
 
 
 
18
En su caso, número(s) de contrato(s) cuya(s) fecha(s) de suscripción corresponda(n) con el año fiscal de los recursos transferidos objeto de la comprobación.
19
En su caso, fecha de registro del contrato en el Estado.
 
 
 
 
 
20
Proveedor o beneficiario de la póliza cheque.
 
 
 
 
 
 
21
Clave presupuestaria de la solicitud de pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
22
Importe del gasto cuya comprobación la certifica el Estado por medio de este formato.
 
 
 
23
Observaciones o aclaraciones referentes a la comprobación que el Estado desee realizar (por ejemplo, si una misma factura fue pagada por dos CLC diferentes, hacer la precisión y detallar el o los montos).
24
Suma del total de los importes de los gastos cuya comprobación la certifica el Estado por medio de este formato.
 
 
25
Nombre y firma del Director de Planeación.
 
 
 
 
 
 
26
Puesto del Director de Planeación o equivalente.
 
 
 
 
 
27
Nombre y firma del Director de Administración.
 
 
 
 
 
 
28
Puesto del Director de Administración o equivalente.
 
 
 
 
 
29
Nombre y firma del Secretario de Salud, quien Certifica la comprobación del gasto de conformidad con la normatividad aplicable.
 
 
30
Descripción completa del cargo del Secretario de Salud.
 
 
 
 
 
NOTAS:
1) Es importante mencionar que deberá emitirse un certificado de gasto por cada partida presupuestal, concepto de gasto o catulo de gasto, según se esté comprobando, conforme lo establezca el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y la Entidad Federativa de los recursos asignados a esa Entidad.
 
2) Se deberá considerar la disponibilidad de cada una de las Solicitudes de Pago, así como de las claves presupuestales según calendario de los recursos asignados a esa Entidad.
 
3) En este formato deberá hacerse la indicación en cada afectación del proyecto al que corresponda.
 
 
 
 
4) Tratándose de la aplicación de rendimientos financieros mediante este formato, realizar en el encabezado del mismo el señalamiento al respecto.
 
 
 
5) Se recomienda que el Estado le asigne un número consecutivo a cada Formato de Certificación de Gasto que tramita ante la DGPLADES, para facilitar un mejor manejo del mismo.
 
6) Deberán acompañar en electrónico, copia de los documentos comprobatorios del gasto, y que reúnan los requisitos fiscales que marca nuestra legislación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA DOCUMENTACIN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTCULOS 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE AS LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRNICO CON LA VERIFICACIN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SAT). POR OTRA PARTE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hoja -- de --
 
 

 
 
 
DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA
FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
Catálogo Universal de Servicios de Salud 2017
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE SALUD PBLICA
1
1
VACUNACIN CONTRA TUBERCULOSIS (B.C.G.)
2
2
VACUNACIN CONTRA HEPATITIS B (H.B.)
3
3
ADMINISTRACIN DE VACUNA PENTAVALENTE (DPT, HB, HIB)
4
4
VACUNACIN CONTRA ROTAVIRUS
5
5
VACUNACIN CONTRA NEUMOCOCO CONJUGADO (HEPTAVALENTE)
6
6
VACUNACIN PROFILÁCTICA CONTRA INFLUENZA (GRIPE ESTACIONAL) MENORES DE 14 AÑOS Y GRUPOS DE RIESGO
7
7
VACUNACIN CONTRA SARAMPIN, PAROTIDITIS Y RUBOLA (SRP)
8
8
VACUNACIN CONTRA DIFTERIA, TOS FERINA Y TTANOS (DPT)
9
9
VACUNACIN CONTRA POLIOMIELITIS (SABIN)
10
10
VACUNACIN CONTRA EL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO (VPH)
11
11
VACUNACIN CONTRA HEPATITIS B (HB) MAYORES DE 14 AÑOS
12
12
VACUNACIN CONTRA SARAMPIN Y RUBOLA (SR)
13
13
VACUNACIN CONTRA TTANOS Y DIFTERIA (TD)
14
14
VACUNACIN CONTRA EL NEUMOCOCO PARA EL ADULTO MAYOR
15
15
VACUNACIN PROFILÁCTICA CONTRA INFLUENZA (GRIPE ESTACIONAL) PARA MAYORES DE 60 AÑOS SIN PATOLOGAS ASOCIADAS
16
16
ACCIONES PREVENTIVAS PARA RECIN NACIDO
17
17
ACCIONES PREVENTIVAS PARA MENORES DE 5 AÑOS
18
18
ACCIONES PREVENTIVAS PARA NIÑAS Y NIÑOS DE 5 A 9 AÑOS
19
19
DETECCIN PRECOZ DE LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA
20
20
ACCIONES PREVENTIVAS PARA ADOLESCENTES DE 10 A 19 AÑOS
21
21
ACCIONES PREVENTIVAS PARA MUJERES DE 20 A 59 AÑOS
22
22
ACCIONES PREVENTIVAS PARA HOMBRES DE 20 A 59 AÑOS
23
23
EXAMEN MDICO COMPLETO PARA MUJERES DE 40 A 59 AÑOS
24
24
EXAMEN MDICO COMPLETO PARA HOMBRES DE 40 A 59 AÑOS
25
25
PREVENCIN Y ATENCIN A VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GNERO
26
26
ACCIONES PREVENTIVAS PARA ADULTOS MAYORES DE 60 AÑOS EN ADELANTE
27
27
OTRAS ACCIONES DE PROMOCIN A LA SALUD Y PREVENCIN DE RIESGOS
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE CONSULTA DE MEDICINA GENERAL, FAMILIAR Y ESPECIALIDAD
28
28
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANEMIA FERROPRIVA Y POR DEFICIENCIA DE VITAMINA B12
29
29
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO POR DEFICIENCIA DE VITAMINA A
30
30
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESCARLATINA
31
31
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SARAMPIN, RUBOLA Y PAROTIDITIS
32
32
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VARICELA
33
33
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FARINGOAMIGDALITIS AGUDA
34
34
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TOS FERINA
35
35
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OTITIS MEDIA NO SUPURATIVA
36
36
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RINOFARINGITIS AGUDA
37
37
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CONJUNTIVITIS
38
38
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RINITIS ALRGICA Y VASOMOTORA
39
39
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DENGUE CLÁSICO (Y OTRAS FIEBRES PRODUCIDAS POR FLAVIVIRUS Y ARBOVIRUS)
 
40
40
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL SNDROME DIARREICO AGUDO
41
41
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FIEBRE PARATIFOIDEA Y OTRAS SALMONELOSIS
42
42
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FIEBRE TIFOIDEA
43
43
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL HERPES ZSTER
44
44
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CANDIDIASIS ORAL
45
45
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE GONORREA
46
46
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR CHLAMYDIA (INCLUYE TRACOMA)
47
47
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TRICHOMONIASIS
48
48
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SFILIS PRECOZ Y TARDA
49
49
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CISTITIS
50
50
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VAGINITIS AGUDA
51
51
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VULVITIS AGUDA
52
52
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE CHANCRO BLANDO
 
53
53
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HERPES GENITAL
54
54
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE AMEBIASIS
55
55
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANQUILOSTOMIASIS Y NECATORIASIS
56
56
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ASCARIASIS
57
57
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENTEROBIASIS
58
58
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE EQUINOCOCOSIS
59
59
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE ESQUISTOSOMIASIS
60
60
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE ESTRONGILOIDIASIS
61
61
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE FILARIASIS
62
62
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE GIARDIASIS
63
63
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TENIASIS
64
64
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TRICURIASIS
65
65
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE TRIQUINOSIS
66
66
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO FARMACOLGICO DE BRUCELOSIS
67
67
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESCABIOSIS
68
68
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PEDICULOSIS Y PHTHIRIASIS
69
69
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE MICOSIS SUPERFICIALES (EXCEPTO ONICOMICOSIS)
 
70
70
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ONICOMICOSIS
71
71
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ERISIPELA Y CELULITIS
72
72
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PROCESOS INFECCIOSOS DE REZAGO (PALUDISMO, RICKETSIOSIS, LEPRA, ENFERMEDAD DE CHAGAS, LEISHMANIASIS, ONCOCERCOSIS)
73
73
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS ALRGICA Y DE CONTACTO
74
74
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS ATPICA
75
75
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS DE CONTACTO POR IRRITANTES
76
76
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS DEL PAÑAL
77
77
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS EXFOLIATIVA
78
78
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DERMATITIS SEBORREICA
79
79
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VERRUGAS VULGARES
80
80
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ACN
81
81
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIN AGUDA POR VIRUS DE LA HEPATITIS A Y B
82
82
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE GASTRITIS AGUDA, DUODENITIS Y DISPEPSIA
83
83
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL SNDROME DE INTESTINO IRRITABLE
84
84
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PREDIABETES Y DIABETES MELLITUS TIPO 2
85
85
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTENSIN ARTERIAL
 
86
86
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE ARTROSIS EROSIVA Y POLIARTROSIS NO ESPECIFICADA
87
87
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LUMBALGIA
88
88
ATENCIN POR ALGUNOS SIGNOS, SNTOMAS Y OTROS FACTORES QUE INFLUYEN EN EL ESTADO DE SALUD
89
90
MTODO DE PLANIFICACIN FAMILIAR TEMPORAL CON ANTICONCEPTIVOS HORMONALES
90
91
CONSEJO Y ASESORAMIENTO GENERAL SOBRE ANTICONCEPCIN MEDIANTE EL USO DEL CONDN
91
92
MTODO DE PLANIFICACIN FAMILIAR TEMPORAL CON DISPOSITIVO INTRAUTERINO
92
93
ATENCIN PRENATAL EN EL EMBARAZO
93
96
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DISMENORREA PRIMARIA
94
97
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL CLIMATERIO Y MENOPAUSIA
95
98
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TRASTORNOS BENIGNOS DE LA MAMA
96
99
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERPLASIA ENDOMETRIAL
97
100
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE VAGINITIS SUBAGUDA Y CRNICA
98
101
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENDOMETRIOSIS
99
102
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE URETRITIS Y SNDROME URETRAL
 
100
103
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LESIONES ESCAMOSAS INTRAEPITELIALES DE GRADOS BAJO Y MODERADO
101
104
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LESIONES ESCAMOSAS INTRAEPITELIALES DE ALTO GRADO
102
105
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN LEVE, MODERADA Y SEVERA
103
106
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN SEVERA TIPO KWASHIORKOR
104
107
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DESNUTRICIN SEVERA TIPO MARASMO
105
108
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SECUELAS DE DESNUTRICIN
106
109
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO MDICO DEL SOBREPESO Y OBESIDAD EXGENA
107
110
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LARINGOTRAQUETIS AGUDA
108
111
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OTITIS MEDIA SUPURATIVA
109
112
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE SINUSITIS AGUDA
110
113
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ASMA Y SUS EXACERBACIONES EN ADULTOS
111
114
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ASMA Y SUS EXACERBACIONES EN MENORES DE 18 AÑOS
112
115
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TUBERCULOSIS (TAES)
113
116
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE TUBERCULOSIS FARMACORRESISTENTE (TAES)
114
117
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PSORIASIS
115
118
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESOFAGITIS POR REFLUJO
 
116
119
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE LCERA GÁSTRICA Y PPTICA CRNICA NO PERFORADA
117
120
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DISLIPIDEMIA
118
121
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO
119
123
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPOTIROIDISMO
120
124
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DIABETES MELLITUS TIPO 1
121
125
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INSUFICIENCIA CARDIACA
122
126
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE OSTEOPOROSIS
123
127
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERURICEMIA Y GOTA
124
128
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ARTRITIS REUMATOIDE
125
132
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO DE EPILEPSIA Y CRISIS CONVULSIVAS
126
133
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO MDICO DE ENFERMEDAD DE PARKINSON
127
134
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE LUXACIN CONGNITA DE CADERA
128
136
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PARÁLISIS FACIAL
129
137
PREVENCIN Y DETECCIN TEMPRANA DE ADICCIONES (CONSEJERA)
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE ODONTOLOGA
130
138
PREVENCIN DE CARIES DENTAL
131
139
APLICACIN DE SELLADORES DE FOSETAS Y FISURAS DENTALES
132
140
RESTAURACIONES DENTALES CON AMALGAMA, IONMERO DE VIDRIO Y RESINA, POR CARIES O FRACTURA DE LOS DIENTES
133
141
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE FOCOS INFECCIOSOS BACTERIANOS AGUDOS EN LA CAVIDAD BUCAL
134
142
EXTRACCIN DE DIENTES ERUPCIONADOS Y RESTOS RADICULARES
135
143
TERAPIA PULPAR
136
144
EXTRACCIN DE TERCER MOLAR
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES EN URGENCIAS
137
149
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ANGINA DE PECHO
138
155
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DEL ENVENENAMIENTO POR INSECTICIDAS ORGANOFOSFORADOS Y CARBAMATOS
139
158
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PICADURA DE ALACRÁN
140
159
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PICADURAS DE ABEJA, ARAÑA Y OTROS ARTRPODOS
141
160
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INTOXICACIN AGUDA ALIMENTARIA
142
161
MANEJO DE MORDEDURA Y PREVENCIN DE RABIA EN HUMANOS
143
162
EXTRACCIN DE CUERPOS EXTRAÑOS
144
163
CURACIN Y SUTURAS DE LESIONES TRAUMÁTICAS DE TEJIDOS BLANDOS
145
165
MANEJO EN URGENCIAS DE QUEMADURAS DE PRIMER GRADO
146
166
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE CERVICAL
147
167
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE HOMBRO
148
168
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE CODO
149
169
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE MUÑECA Y MANO
150
170
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO CONSERVADOR DE ESGUINCE DE RODILLA
151
171
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ESGUINCE DE TOBILLO Y PIE
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE HOSPITALIZACIN
152
172
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE PIELONEFRITIS
153
178
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE NEUMONA EN MENORES DE 18 AÑOS
154
181
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD PLVICA INFLAMATORIA
155
184
ATENCIN DEL PARTO Y PUERPERIO FISIOLGICO
156
188
ATENCIN DEL RECIN NACIDO
157
198
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE INFECCIN DE EPISIORRAFIA O HERIDA QUIRRGICA OBSTTRICA
158
202
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE RETENCIN AGUDA DE ORINA
159
211
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE NEUROPATA PERIFRICA SECUNDARIA A DIABETES
160
218
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE DIABETES GESTACIONAL
161
219
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE HIPERTENSIN INDUCIDA Y/O PREEXISTENTE EN EL EMBARAZO
 
No.
FAM
No.
CAUSES
INTERVENCIONES DE CIRUGA GENERAL
162
231
DIAGNSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD HEMORROIDAL
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA
LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
 
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS
13202
GRATIFICACIN DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal de las entidades.
2000 (*)
CORRESPONDERÁ A CUALQUIER PARTIDA DE GASTO DE ESTE CAPTULO, AUTORIZADA PREVIO A SU EJERCICIO POR LA DGPLADES
3000 (*)
CORRESPONDERÁ A CUALQUIER PARTIDA DE GASTO DE ESTE CAPTULO, AUTORIZADA PREVIO A SU EJERCICIO POR LA DGPLADES
5000 (*)
CORRESPONDERÁ A CUALQUIER PARTIDA DE GASTO DE ESTE CAPTULO, AUTORIZADA PREVIO A SU EJERCICIO POR LA DGPLADES
6000 (*)
CORRESPONDERÁ A CUALQUIER PARTIDA DE GASTO DE ESTE CAPTULO, AUTORIZADA PREVIO A SU EJERCICIO POR LA DGPLADES
(*)
Los importes específicos por partida de gasto, deberán de ser autorizados previo a su ejercicio, por escrito por el Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, y podrán corresponder a los estrictamente necesarios para el ejercicio de los recursos de los capítulos de gasto: 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales", 5000 "bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles" y 6000 "Inversión Pública" destinados para la implementación de acciones y proyectos con nuevas modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
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ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS,
PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PERSONAL EN EL ESTADO DE
________________
 
 
 
NIVEL ESTATAL
 
 
 
 
 
 
 
 
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y
OPERATIVO DEL PROGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES. (PERIODO)
 
 
 
 
 
 
 
 
CDIGO
DESCRIPCIN
N°
PAGO DE HONORARIOS POR LA
PRESTACIN DE SERVICIOS
(BRUTO MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIN DE
FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
 
 
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
__
$ -
$ -
$ -
-
$ -
 
 
 
 
 
 
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de gratificación de fin de año, se encuentra programada para ministrarse en el último trimestre del año.
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA IMPLEMENTACIN DE
ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
 
TRIMESTRE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
MES:
SECRETARA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
 
 
 
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
 
 
CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
 
 
 
ENERO
 
 
 
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
 
 
 
 
 
 
 
MONTO TOTAL
ACUMULABLE
$ -
 
$ -
 
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DAS, AL TRMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________
________________________________
 
____________________________________
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACIN
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE
SALUD (O SU EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA IMPLEMENTACIN DE
ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo de gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro TESOFE
(1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos reintegrados a TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría de Finanzas
 
 
 
2000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios de Salud
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
_____________________________
____________________________
____________________________________
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACIN
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE
SALUD (O SU EQUIVALENTE)
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA
ENTIDAD (O SU EQUIVALENTE)
 
 
 
 
 
 
 
NOTAS:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DGPLADES-FAM-CECTR-XXX-01/18
 
 
 
 
 
 
 
 
HOJA DE FIRMAS DE LOS ANEXOS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 Y 9
 
 
DEL CONVENIO ESPECFICO DE COLABORACIN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA LA IMPLEMENTACIN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIN
MDICA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
POR "LA SECRETARA"
POR "LA ENTIDAD"
 
 
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIN
EL SECRETARIO DE FINANZAS
 
 
Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD
(SEGN CORRESPONDA)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXX
 
 
 
 
 
 
EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIN Y
EL SECRETARIO DE SALUD
 
 
DESARROLLO EN SALUD
DEL ESTADO DE XXX (SEGN CORRESPONDA)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXX
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la implementación de Acciones y Proyectos con Nuevas Modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $_0.00 (________ pesos 00/100 M.N.) (SEGN CORRESPONDA) que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Estado Libre y Soberano de ______ (SEGN CORRESPONDA), por conducto de la Secretaría de Finanzas (O SU EQUIVALENTE), la Secretaría de Salud del estado de _______ (O SU EQUIVALENTE) (SEGN CORRESPONDA).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 de 1
 
 
Anexo 4.- Cierre presupuestario del Ejercicio Fiscal 2018.
 
Capítulo
de
gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
Reintegro
TESOFE
(1)
 
No.
Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimiento
s
reintegrados
a TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta
Secretaría de
Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta
Servicios de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
__________________________
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
DE LOS SERVICIOS DE SALUD
(O SU EQUIVALENTE)
 
 
 
_____________________________
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE
LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD
(O SU EQUIVALENTE)
 
 
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 

 
 
________________________________