ACUERDO número 13/06/18 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018, emitidas mediante diverso número 28/12/17, publicado el 29 de diciembre de 2017

ACUERDO número 13/06/18 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018, emitidas mediante diverso número 28/12/17, publicado el 29 de diciembre de 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

OTTO REN GRANADOS ROLDÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XXI, XXII y antepenúltimo y penúltimo párrafos; 15, fracción V, 24, 27, 28, 29, 38 y Anexos 10, 18, 26 y 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;
Que con fecha 29 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 28/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018;
Que las referidas Reglas de Operación establecen en su numeral 2.1 que el Programa Educación para Adultos (INEA) tiene como objetivo general promover y realizar acciones para organizar e impartir la educación para personas de 15 años o más a través de la prestación de los servicios de alfabetización, educación primaria, educación secundaria, la formación para el trabajo, la certificación a través del reconocimiento de los saberes y los demás que determinen las disposiciones jurídicas y los programas aplicables, apoyándose en la participación y la solidaridad social;
Que se requiere llevar a cabo la modificación del numeral 3.4 "Características de los apoyos (tipo y monto)" y su ANEXO 4 APOYOS ECONMICOS A FIGURAS SOLIDARIAS POR INCORPORACIN, ATENCIN Y AVANCE" a fin de coadyuvar a que el índice de analfabetismo a nivel nacional se sitúe en un 4%, beneficiando a más de 320,000 personas en condición de analfabetismo de una población de 3.9 millones de mexicanos que no saben leer y escribir según estimaciones propias al cierre del 2017 y lograr la acreditación del nivel primaria o secundaria de aproximadamente 700 mil personas en rezago educativo, mediante el fortalecimiento de los procesos de inscripción, acreditación y seguimiento operativo y el mejoramiento de los apoyos económicos dirigidos a los alfabetizadores que participarán en dichas acciones;
Que la presente modificación no implica un impacto presupuestario, toda vez que como parte de las acciones que desarrollará el INEA para el logro de los objetivos del Programa Educación para Adultos (INEA), está la aplicación de instrumentos de evaluación que permitirán reconocer los saberes de las personas beneficiarias mediante la acreditación de módulos y con ello reducir la cantidad de material educativo requerido para la conclusión de su primaria o su secundaria, así como una reducción en los apoyos económicos generados por la presentación de menos exámenes y menor cantidad de módulos requeridos; estos ahorros serán canalizados para cubrir las gratificaciones de las figuras solidarias que participen en la estrategia y apoyo al educando al término del módulo de "La Palabra".
Que se cuenta con el oficio número 315.A.-1127 de fecha 2 de mayo de 2018 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el cual emite la autorización presupuestaria de la modificación a que se refiere el presente Acuerdo;
Que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, ahora Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio número COFEME/18/2035 de fecha 23 de mayo de 2018 ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, y
Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
 
ACUERDO NMERO 13/06/18 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIN DEL
PROGRAMA EDUCACIN PARA ADULTOS (INEA) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, EMITIDAS
MEDIANTE DIVERSO NMERO 28/12/17, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIN
EL 29 DE DICIEMBRE DE 2017
NICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
NICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, 1 de junio de 2018.- El Secretario de Educación Pública, Otto René Granados Roldán.- Rúbrica.
ANEXO
PRIMERO.- Se REFORMA la tabla relativa a los educandos que concluyen la etapa de alfabetización del numeral 3.4 "Características de los apoyos (tipo y monto)" de las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018, emitidas mediante Acuerdo número 28/12/17, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2017, para quedar como sigue:
"3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
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Educandos que concluyen la etapa de alfabetización.
Tipo
Monto o porcentaje
Periodicidad
Económico
MEVyT Hispanohablante:
-   ...
-   ...
-   Examen acreditado del módulo "La palabra": $500.00
...
...
Cada vez que se concluye la etapa de alfabetización
 
...
 
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...
...
...
 
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...
...
...
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...
..."
 
SEGUNDO.- Se ADICIONA una quinta viñeta al concepto "Enlace regional" del "Glosario de Figuras Solidarias"; se REFORMAN las tablas denominadas "1. APOYO AL EDUCANDO/A"; "2. APOYO ECONMICO A ALFABETIZADORES/AS Y ASESORES/AS POR AVANCE"; "3. APOYOS ECONMICOS A FIGURAS SOLIDARIAS POR INCORPORACIN", y "10. "APOYOS A FIGURAS SOLIDARIAS", y se ELIMINA el segundo párrafo posterior a la tabla denominada "10. APOYOS A FIGURAS SOLIDARIAS", recorriéndose en su orden los párrafos subsecuentes, todos ellos del Anexo 4 "APOYOS ECONMICOS A FIGURAS SOLIDARIAS POR INCORPORACIN, ATENCIN Y AVANCE" de las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018, emitidas mediante Acuerdo número 28/12/17, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2017, para quedar como sigue:
"ANEXO 4
APOYOS ECONMICOS A FIGURAS SOLIDARIAS POR INCORPORACIN, ATENCIN Y AVANCE
Glosario de Figuras Solidarias
Alfabetizador/a.- a Enlace informático.- ...
Enlace regional.-...
-      ...
-      ...
-      ...
-      ...
-      Enlace Regional Específico para Incorporación (EREI).
Enlace Regional Bilinge.- a Tutora/or.- ...
Introducción
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Consideraciones Generales.
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1. APOYO AL EDUCANDO/A.
...
NIVEL
CONCEPTO
MONTO
CONDICIONADO A
ALFABETIZACIN.
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...
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Examen del módulo "La palabra".
$500.00
Acreditado.
...
...
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...
 
2. APOYO ECONMICO A ALFABETIZADORES/AS Y ASESORES/AS POR AVANCE.
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...
FIGURA
CONCEPTO
MONTO
CONDICIONADO A
ALFABETIZADOR/A
...
...
...
...
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Examen del módulo "La Palabra".
$600.00
Acreditado.
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3. APOYOS ECONMICOS A FIGURAS SOLIDARIAS POR INCORPORACIN.
...
NIVEL
CONCEPTO
MONTO
CONDICIONADO A
TODAS LAS FIGURAS SOLIDARIAS QUE INCORPOREN EDUCANDOS/AS, INCLUYENDO EL PROYECTO DE JORNALEROS AGRCOLAS MIGRANTES.
Incorporación.
$180.00
Incorporación o reincorporación de educandos al proceso de alfabetización y se libera la gratificación, con la presentación de la primera formativa o con la presentación del examen final del módulo "La Palabra".
Las figuras a las que se les considerará este apoyo será:
1) asesor/a educativo/a
2) promotor/a de plaza comunitaria
3) figuras de los programas sociales que realizan procesos de incorporación y reincorporación (siempre y cuando estén registradas como figuras solidarias en los sistemas de control escolar).
NOTAS: Sólo aplica para educandos/as que se incorporen en Alfabetización y que cuenten con el soporte documental que demuestre la presentación de la evaluación formativa o de un examen acreditado.
Para primaria y secundaria:
-    Se generarán apoyos económicos por incorporación y reincorporación de acuerdo a lo siguiente:
â  $120.00 por educando incorporado o reincorporado a primaria y secundaria, tanto del programa regular como del PEC y se libera con la presentación del primer examen ya sea final, diagnóstico o PEC.
â  Las figuras a las que se les considerará este apoyo será: asesor/a educativo/a, promotor/a de plaza comunitaria y figuras de los programas sociales que realizan procesos de incorporación.
-    Se considera un apoyo económico por UCN en el PEC y Programa regular de $180.00 para las figuras que incorporaron o reincorporaron a los/as beneficiarios/as.
-    En los casos de educandos activos/as en programa regular que presenten examen PEC y lo acrediten, sólo podrán recibir apoyo por conclusión de nivel los/as asesores que tiene vinculado al educando.
 
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"4. GASTOS DE FORMACIN POR FIGURA SOLIDARIA" a "9. APOYOS A FIGURAS SOLIDARIAS PARA LA APLICACIN DEL PROGRAMA DE CERTIFICACIN (PEC)" ...
10. apoyos a figuras solidarias
10.1 APOYOS FIGURAS DE APOYO FIJO Y AVANCE.
FIGURA
CONCEPTO
GRATIFICACIN
TRASLADO
APOYO PARA
OPERACIN
DEL
PROGRAMA
CONDICIONADO
A
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ENLACE REGIONAL
Colaborar en la Coordinación de Zona en la gestión y seguimiento de la operación de los servicios integrales en un área específica.
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El apoyo por traslado y reproducción de materiales podrá ser distintivo dependiendo de las condiciones de la microrregión en la que opera, respetando el techo presupuestal asignado a este apoyo. Adicional podrá recibir un apoyo económico fijo de $1,000.00 por cada 50 educandos incorporados al proceso de alfabetización y se les entregará cuando éstos presenten su primera formativa.
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No se otorgarán apoyos económicos a personas que cobran por los servicios de asesoría educativa a jóvenes o personas adultas beneficiarias del INEA, en otra institución o en centros que cobran por dicho servicio. Tampoco se otorgarán apoyos económicos cuando la asesoría educativa derive de convenios en los que se establezca que el INEA no otorgará gratificación alguna.
Los Institutos y/o Delegaciones, podrán destinar las disponibilidades presupuestarias en su calidad de ejecutores estatales de gasto, para la dignificación de los espacios educativos donde se brinde la atención a los beneficiarios, siempre y cuando, el caso lo amerite y no generen presiones de gasto en ningún rubro.
Asimismo, la erogación y comprobación de estos recursos queda bajo responsabilidad de cada Instituto y/o Delegación.
Las figuras solidarias que en su caso lo requieran, podrán recibir apoyo de traslado, reproducción de materiales educativos, el monto y entrega del apoyo dependerá de las condiciones geográficas y de operación de cada IEEA o Delegación del INEA.
Apoyos económicos a figuras de Plazas Comunitarias
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"11. APOYOS FIGURAS DE APOYO FIJO Y AVANCE" a "13. APOYOS ECONMICOS A FIGURAS SOLIDARIAS DE PLAZAS DE SERVICIOS INTEGRALES." ..."
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