OFICIO 500-05-2018-14385 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de l OFICIO 500-05-2018-14385 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio: 500-05-2018-14385 Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto. Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, así como en la regla 1.4., último párrafo, inciso d) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, le comunica lo siguiente: Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento. Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, y en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación: Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIN DEFINITIVA. | R.F.C. | Nombre del Contribuyente | Medio de notificación al contribuyente | Número y fecha de oficio de resolución definitiva | Estrados de la autoridad | Notificación Personal | Notificación por buzón tributario | Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | 1 | ACO091112822 | AGRO CORTES, S.A. DE C.V. | 500-38-00-04-02-2016-17208 de fecha 10 de octubre de 2016 | Â | Â | 12 de octubre de 2016 | 13 de octubre de 2016 | Â | Â | 2 | IIL101202SB4 | INNNOVADORA E IDHEAS LACERTARE GLOBALIA, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-2395 de fecha 12 enero de 2017 | Â | Â | Â | Â | 18 de enero de 2017 | 19 de enero de 2017 | 3 | LTE080825U97 | LIDERAZGO TECNOLGICO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 500-02-2014-22810 de fecha 15 de agosto de 2014 | 23 de septiembre de 2014 | 16 de octubre de 2014 | Â | Â | Â | Â | 4 | PYD130607IC2 | PROYECTOS Y DESARROLLADORA TREVIÑO INTERNACIONAL, S.C. | 500-05-2017-2378 de fecha 11 de enero de 2017 | 14 de febrero de 2017 | 9 de marzo de 2017 | Â | Â | Â | Â | 5 | SCI130129MY2 | SUPERVISIN Y CONSTRUCCIN IKUSI, S. DE R.L. DE C.V. | 500-46-00-05-02-2017-12236 de fecha 18 de mayo de 2017 | Â | Â | Â | Â | 30 de mayo de 2017 | 31 de mayo de 2017 | Por lo anterior, los nombres o razón social de los contribuyentes a los que se les notificó las citadas resoluciones fueron agregados al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, el cual fue publicado en el Diario oficial de la Federación, como a continuación se indica: | R.F.C. | Nombre del Contribuyente | Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo | Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación | 1 | ACO091112822 | AGRO CORTES, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-2494 de fecha 16 de febrero de 2017 | 2 de marzo de 2017 | 2 | IIL101202SB4 | INNNOVADORA E IDHEAS LACERTARE GLOBALIA, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-2570 de fecha 16 de marzo de 2017 | 30 de marzo de 2017 | 3 | LTE080825U97 | LIDERAZGO TECNOLGICO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 500-05-2016-38724 de fecha 16 de diciembre de 2016 | 11 de enero de 2017 | 4 | PYD130607IC2 | PROYECTOS Y DESARROLLADORA TREVIÑO INTERNACIONAL, S.C. | 500-05-2017-16088 de fecha 16 de mayo de 2017 | 29 de mayo de 2017 | 5 | SCI130129MY2 | SUPERVISIN Y CONSTRUCCIN IKUSI, S. DE R.L. DE C.V. | 500-05-2017-16355 de fecha 14 de julio de 2017 | 16 de agosto de 2017 | Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpuso medios de defensa los cuales concluyeron con las siguientes resoluciones o sentencias: | R.F.C. | Nombre del Contribuyente | Medio de defensa | Fecha de la Resolución o sentencia firme | Autoridad que resolvió | Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme | 1 | ACO091112822 | AGRO CORTES, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1534/16-21-01-3-OT | 2 de mayo de 2017 | Sala Regional del Pacifico-Centro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada, contenida en el oficio 500-38-00-04-02-2016-17208 de fecha 10 de octubre de 2016 emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Michoacán "2". | 2 | IIL101202SB4 | INNNOVADORA E IDHEAS LACERTARE GLOBALIA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1627/17-11-02-8-OT | 30 de noviembre de 2017 | Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México del Tribunal Federal de .Justicia Administrativa | Se declaró la nulidad de las resoluciones impugnadas únicamente las contenidas en los oficios 500-05-2016-2395 de 12 de enero de 2017 emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 3 | LTE080825U97 | LIDERAZGO TECNOLGICO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 266/15-07-01-6 | 2 de febrero de 2018 | Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de .Justicia Administrativa | Se declaró la nulidad de la resolución impugnada consistente en el oficio 500-05-2014-22810 de 15 de agosto de 2014, para el efecto de que la autoridad retrotraiga el procedimiento al momento en que incurrió la violación procedimental, sin que impida a la autoridad ejercer sus atribuciones de comprobación y sancionatorias. | 4 | PYD130607IC2 | PROYECTOS Y DESARROLLADORA TREVIÑO INTERNACIONAL, S.C. | Juicio de Nulidad 2227/17-06-01-1 | 18 de septiembre de 2017 | Primera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de .Justicia Administrativa | Se declaró la nulidad lisa y llana de la resolución contenida en el oficio número 500-05-2017-2378 de fecha 11 de enero de 2017 emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. | 5 | SCI130129MY2 | SUPERVISIN Y CONSTRUCCIN IKUSI, S. DE R.L. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1899/17-12-02-1 | 9 de abril de 2018 | Segunda Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declaró la nulidad lisa y llana de la resolución contenida en el oficio número 500-46-00-05-02-2017-12236 de fecha 18 de mayo de 2017 emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Puebla "2". | En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia de la nulidad o revocación señaladas en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación seguido a esos contribuyentes también ha quedado sin efectos. Finalmente se informa que el hecho de que los contribuyentes antes señalados hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal. Atentamente Ciudad de México, a 5 de julio de 2018.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Ady Elizabeth García Pimentel.- Rúbrica.
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