ACUERDO General 52/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con re

ACUERDO General 52/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; así como las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en la entidad federativa y residencia indicada; y que reforma el similar 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana, y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 52/2018, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACIN, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCIN TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA; AS COMO LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIN Y DISTRIBUCIN DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN LA ENTIDAD FEDERATIVA Y RESIDENCIA INDICADA; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DETERMINACIN DEL NMERO Y LMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPBLICA MEXICANA, Y AL NMERO, A LA JURISDICCIN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones VI y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana; así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos rganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. El incremento en el número de ingresos y la complejidad en el trámite de los mismos, ha ocasionado el aumento en las cargas de trabajo que registran los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, lo que hace necesario establecer un nuevo órgano jurisdiccional en la entidad federativa y residencia;
QUINTO. En sesión celebrada el seis de abril de dos mil dieciséis, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el dictamen relativo a la creación de un Juzgado de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; órgano jurisdiccional respecto del cual a la fecha subsiste la necesidad de creación, toda vez que los datos estadísticos evidencian el elevado ingreso de asuntos; y
SEXTO. De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad se cuenta con la infraestructura física necesaria para la instalación e inicio de funciones del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en
Cuernavaca.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. El órgano jurisdiccional que se crea se denomina Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, y tendrá igual competencia y jurisdicción territorial que los Juzgados de Distrito en la misma entidad federativa y residencia.
Artículo 2. El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, tiene su domicilio en Boulevard del Lago número 103, colonia Villas Deportivas, código postal 62370, Cuernavaca, Morelos.
Todos los trámites relacionados con los asuntos de su competencia, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio indicado.
Artículo 3. El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, inicia funciones el dieciséis de enero de dos mil diecinueve, con la plantilla laboral autorizada.
Artículo 4. La Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, prestará servicio al Juzgado de Distrito de nueva creación.
Artículo 5. Los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, del dieciséis al veintitrés de enero de dos mil diecinueve, en días y horas hábiles, se remitirán al Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, a través del sistema computarizado de recepción y distribución que se utiliza para esos efectos.
Los asuntos relacionados, en términos de lo previsto en el artículo 45, fracción II, del Acuerdo General de Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, serán turnados al Juzgado de Distrito que cuente con los antecedentes.
Artículo 6. Los titulares de los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del periodo de exclusión de turno indicado los datos señalados en el cuadro siguiente:
MOVIMIENTO TOTAL DE ASUNTOS
PERIODO DEL 16 AL 23 DE ENERO DE 2019
RGANO
EXISTENCIA
INICIAL
INGRESO
EGRESO
EXISTENCIA FINAL
TRÁMITE
PENDIENTES DE
RESOLVER
 
 
 
 
 
 
 
La Comisión de Creación de Nuevos rganos, podrá concluir de manera anticipada o prorrogar, en su caso, el plazo de exclusión de turno de nuevos asuntos. Lo anterior, con base en los estudios respectivos que
presente a su consideración la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos, durante el plazo de exclusión.
Artículo 7. Para el turno de guardia de asuntos en días y horas inhábiles los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, atenderán los asuntos conforme al calendario siguiente:
PERIODO DE GUARDIA
RGANO JURISDICCIONAL AL QUE CORRESPONDE
LA GUARDIA
DEL 14 AL 21 DE ENERO DE 2019
JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA
DEL 21 AL 28 DE ENERO DE 2019
JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA
DEL 28 DE ENERO AL 4 DE FEBRERO DE 2019
JUZGADO SPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA
DEL 04 AL 11 DE FEBRERO DE 2019
JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA
DEL 11 AL 18 DE FEBRERO DE 2019
JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA
DEL 18 AL 25 DE FEBRERO DE 2019
JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA
 
Y así sucesivamente en ese orden.
Los turnos de guardia inician el día lunes a las ocho horas con treinta minutos y finalizan el siguiente lunes a las ocho horas con veintinueve minutos.
Artículo 8. El titular del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, con asistencia de un secretario, deberá autorizar el uso de libros de control nuevos, se asentará la certificación correspondiente, en los cuales registrará los asuntos que reciba con motivo de sus funciones, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.
Deberá levantar por duplicado un acta administrativa del inicio de funciones, en el formato proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos, remitiendo un ejemplar a ésta para su archivo.
Artículo 9. El órgano jurisdiccional que inicia funciones deberá remitir dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes, un reporte estadístico a la Dirección General de Estadística Judicial.
Artículo 10. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos rganos; de Carrera Judicial; de Adscripción; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, estarán facultados para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 11. Se reforma el numeral SEGUNDO, fracción XVIII, número 3, del Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"SEGUNDO. ...
I.     a XVII. ...
XVIII. ...
1.    a 2. ...
3.    Nueve Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca.
 
...
XIX. a XXXII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Internet.
TERCERO. Dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha señalada en el artículo 3 de este Acuerdo, los Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, deberán proceder de la siguiente forma:
I.     Remitir por conducto de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito que le presta servicio al órgano jurisdiccional de nueva creación 5 juicios de amparo indirecto en trámite, con las características siguientes.
  Que sean los más recientes, incluyendo sus anexos, valores y objetos;
  No se deberán incluir aquellos que sean urgentes; los que se encuentren con audiencia celebrada; los turnados de manera relacionada, en términos de los artículos 45 y 46 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales;
II.     Los Titulares de los órganos jurisdiccionales, con asistencia de un secretario deberán levantar un acta en la que conste la entrega-recepción de expedientes y sus anexos y deberán asentar la entrega efectuada en los libros de control correspondientes; y,
III.    Los órganos jurisdiccionales que entreguen y el que reciba los expedientes a que se refiere este Acuerdo, deberán informar a la Dirección General de Estadística Judicial, el movimiento estadístico originado en razón del envío o recepción de expedientes.
CUARTO. La Secretaría Ejecutiva de Administración por conducto de las áreas administrativas a su cargo que resulten competentes, dotará al nuevo órgano jurisdiccional de la infraestructura y equipamiento necesarios para el desempeño de sus funciones.
QUINTO. La Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos, las Direcciones Generales de Tecnologías de la Información y de Estadística Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, realizarán las modificaciones necesarias a la configuración del sistema computarizado de recepción y distribución de asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común que dará servicio al órgano jurisdiccional que inicia funciones.
EL LICENCIADO SERGIO DAZ INFANTE MNDEZ, SECRETARIO TCNICO ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SECRETARA EJECUTIVA DEL PLENO, DE CONFORMIDAD CON LA DESIGNACIN EFECTUADA POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, EN SESIN DE CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 52/2018, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; así como las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los juzgados de Distrito en la entidad federativa y residencia indicada; y que reforma el similar 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la república mexicana, y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de catorce de noviembre de dos mil dieciocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis
María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Jorge Antonio Cruz Ramos, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a dos de enero de dos mil diecinueve.- Conste.- Rúbrica.